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Integración laboral de personas con discapacidad

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Academic year: 2020

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

TESIS DE GRADO PORTADA

PREVIA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

AUTOR:

ESTALIN RODRIGO BARRAGÁN MIÑO

ASESOR:

AB. LUIS MALDONADO. MSC

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II

(3)
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IV

DEDICATORIA

Este logro alcanzado, dedico sobre todo a Dios y a mis padres que me han dado la fortaleza, en ella la capacidad para superarme, desearme lo mejor en cada momento difícil, que la vida nos pone como prueba, y, a toda mi familia que estuvo allí, para alentarme, ayudarme, darme ese equilibrio importante para continuar y no desmayar en mi propósito de superarme en mis estudios y hacer realidad mis sueños.

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V

AGRADECIMIENTO

A Dios por darme vida, salud, felicidad, completa, a mis padres que siempre se preocuparon por darme todo, su apoyo incondicional y sus conocimientos, que gracias a ellos y sus sacrificios, forjaron en mi un sueño y una formación académica, que hoy lo estoy logrando, con humildad, y un espíritu humanista para alcanzar la excelencia de la profesión, y agradezco a todos los catedráticos de la noble institución “UNIANDES” quienes sin egoísmo han compartido sus sabios conocimientos, gracias por ayudarme a cumplir una meta más en mi vida.

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VI INDICE

Portada i

Certificado del asesor ii

Declaración autoría de tesis iii

Dedicatoria iv

Agradecimiento v

Índice vi

Resumen ejecutivo x

Executive sumary xi

Introducción 1

Antecedentes de la investigación 2

Planteamiento del problema 2

Formulación del problema 4

Delimitación del problema 4

El objetivo de estudio 5

El campo de acción 6

Identificación de la línea de investigación 4

Objetivos 4

Objetivo general 4

Objetivo especifico 5

Idea a defender 5

Justificación 5

Resumen de la estructura de la tesis 6

CAPÍTULO I MARCO TEÓRICO

1.1.1 Disposiciones constitucionales con relación a la inclusión

Social de personas con discapacidad 9

1.1.2 Ciudadanas y ciudadanos 9

1.1.2.1 Derechos del Buen Vivir 9 1.1.2.2 Trabajo y seguridad social 10

1.1.2.3 Derecho al trabajo 10

1.2 TRATADO INTERNACIONAL SOBRE PERSONAS CON

(7)

VII

1.2.1 Concepto 11

1.2.2 Historia sobre cuando fue creada 11

1.2.2.1 ¿Por qué una convención? 12

1.2.2.2 ¿Qué abarca la convención? 12

1.2.2.3 ¿Quienes se consideran personas con discapacidad? 13 1.2.2.4 ¿Creará esta convención obligaciones para los estados? 13 1.2.2.5 ¿Tiene la adopción del convenio un interés

económico para los países? 13

1.2.2.6 ¿Qué se está perdiendo la sociedad? 14 1.3 CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS

PERSONAS CON DISCAPACIDAD 14

1.3.1 Preámbulo 14

1.3.2 Artículo 1 17

1.3.2.1 Propósito 17

1.3.3 Artículo 2 17

1.3.3.1 Definiciones 17

1.3.4 Artículo 3 18

1.3.4.1 Principios generales 18

1.3.5 Artículo 5 19

1.3.5.1 Igualdad y no discriminación 19 1.4 CONCEPTOS DE TRABAJO Y LA INCLUSIÓN LABORAL DE

PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU EVOLUCIÓN 19

1.4.1 Definición de trabajo 19

1.4.2 ¿Qué es un contrato de trabajo? 20

1.4.3 Elementos del contrato de trabajo 20

1.4.3.1 Elementos esenciales en los contratos de trabajo 20

1.5 SERVICIOS LÍCITOS Y PERSONALES 20

1.5.1 Dependencia 21

1.5.2 Remuneración 21

1.6 ELEMENTOS NATURALES DE LOS CON TRATOS DE

TRABAJO 21

1.6.1 Definición del derecho laboral 21

(8)

VIII

1.7.1 Definición de discapacidad 23

1.7.2 Antecedentes históricos en el Ecuador 23

1.8 CONADIS 23

1.8.1 Visión 24

1.8.2 Misión 24

1.8.3 Funciones 24

1.8.4 Evolución de personas con discapacidad 25

1.8.5 Definiciones y enfoques 25

1.8.5.1 Enfoque social 26

1.8.5.2 Enfoque del comportamiento interpersonal 27

1.9 DERECHO COMPARADO 27

1.9.1 Guatemala 27

1.9.2 República Dominicana 28

1.9.3 Nicaragua 29

1.9.4 Colombia 30

1.10 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPITULO 31

CAPÍTULO II

MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA

2.1.1 Entidad encargada de verificar la problemática que se

investiga 32

2.1.2 Ministerio de Relaciones Laborales sede Santo Domingo

de los Tsáchilas (Ministerio de Relaciones Laborales) 32

2.2 EL BUEN VIVIR (SUMAK KAWSAY) 33

2.2.1 Características del Buen Vivir 33

2.3 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO

PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN 34

2.4 MODALIDAD DE LA INVESTIGACIÓN 34

2.4.1 Investigación cualitativa 34

2.4.2 Investigación cuantitativa 34

2.5 TIPOS DE INVESTIGACIÓN 34

2.5.1 De campo 34

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IX

2.5.3 Documental 35

2.5.3 Población y muestra 35

2.6 MÉTODOS UTILIZADOS PARA EL DESARROLLO DE LA

INVESTIGACIÓN 36

2.6.1 Métodos 36

2.6.1.1 Método inductivo 36

2.6.1.2 Método deductivo 36

2.6.1.3 Método histórico 36

2.6.1.4 Método analítico 36

2.6.1.5 Método sintético 37

2.6.1.6 Método comparado 37

2.7 TÉCNICAS INVESTIGATIVAS UTILIZADAS 37

2.7.1 Encuesta 37

2.8 INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS GRÁFICOS Y CUADROS 38 2.9 ANALISIS DE RESULTADOS DE LA ENCUESTA 41

2.10 DESARROLLO DE LA PROPUESTA 43

2.10.1 Cuadro comparativo normativa actual y propuesta 44

2.11 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO 46

CAPÍTULO III MARCO PROPOSITIVO

3.1.1 Propuesta del investigador 47

3.1.2 Certificado de viabilidad del tema 49 3.1.3 Conclusiones parciales del capítulo 50

Conclusiones generales 51

Recomendaciones 52

Bibliografía 53

Física 53

Digital 55

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X

RESUMEN EJECUTIVO

El presente trabajo investigativo se realiza basado en la necesidad emergente que supone la insuficiencia en la normativa jurídica del Código del Trabajo en su artículo 42, numeral 33,inciso 4, al sancionar a las empresas privadas y públicas, sólo por el incumplimiento de la contratación de personas con discapacidad, se puede decir que si una empresa en sus nóminas de trabajo tiene cincuenta trabajadores, y la otra tiene mil trabajadores, la primera empresa contrata a dos personas con discapacidad que falte insertar al trabajo; pero la otra tiene que contratar cuarenta personas con discapacidad, ahora bien la misma sanción será para las dos empresas, si incumplen con esta norma, cuando se evidencia fácilmente la desproporcionalidad que existe la una de la otra, por la cantidad de personas que se encuentran laborando en las empresas, cuando debería ser la sanción por cada persona que falte insertar a su nómina de trabajo, para que exista una igualdad ante la Ley sin beneficiar a ninguna de las dos.

Capítulo I, contiene el Marco Teórico, mismo que constituye el sustento legal y base doctrinaria jurídica referente a la problemática, donde se encuentra el origen y evolución, y las distintas posiciones teóricas que justifican su necesidad.

Capítulo II, habla sobre el Marco Metodológico, contiene los métodos investigativos utilizados en el desarrollo de la presente tesis, mismos que sirven de herramienta principal para la búsqueda de datos y lugares donde existe la problemática; así mismo, consta el desarrollo de la propuesta detectándose la solución al problema planteado.

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XI

EXECUTIVE SUMMARY

His research work was conducted based on the emerging need which is insufficiency in legal regulations of the Labour Code in its article. Forty incised numeral thirty four to punish private and public companies, only for breach of the employment of people with disabilities, we can say that if a company working on the payroll has fifty employees, and the other has a thousand workers, the first company contrary to the two people with disabilities who fails insert to work, but the other would have to hire a number of forty people with disabilities, however the same penalty shall be for the two companies, if breach. with hiring people with disabilities when disproportionality is evident that there is easily one of the other, by the amount of people who are working in companies, when it should be the punishment for every person who fails to insert your payroll work, so that there is equal before the law without benefit either.

Chapter one contains the theoretical framework, which is the legal basis and legal doctrinal ,basis on, kerning the problem, where we can find the origin and evolution, and different theoretical positions that justify their need.

Chapter two discusses the methodological framework, containing the research methods used in the development of this thesis, have been the same as the primary tool for data search and places where there is a problem, likewise, has the development of the proposal detected the solution to the problem.

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1

INTRODUCCIÓN

En el presente trabajo de tesis espero ver un estudio de inserción laboral de las personas con discapacidad sus problemas, procesos, e historia cómo fueron tratadas por sus discapacidades, para que se tome conciencia, y se valore los esfuerzos y la perseverancia, que han demostrado a lo largo de los años, olvidando las discriminaciones, ya que hay que tomar en cuenta algo muy importante que una discapacidad no significa incapacidad, y brindarles mayor oportunidades de trabajo para que lo puedan demostrar, dentro de sus condiciones intelectuales y físicas.

Posterior se encuentra el Capítulo I, que se denomina Marco Teórico en donde se aprecia todo el sustento teórico del presente trabajo de tesis, que trata de personas con discapacidad, sus derechos constitucionales, la inclusión social e inserción laboral a empresas públicas y privadas, el derecho al Buen Vivir, Convenios Internacionales celebrados referente al tema de discapacidad, su historia y la evolución, donde también menciono brevemente sobre el derecho comparado de algunos países como Colombia, Guatemala, entre otros.

Siguiendo con la investigación acerca del tema se enmarca en el Capítulo II llamado Marco Metodológico, que es la metodología de la investigación utilizada, para la presentación del presente trabajo de tesis, la modalidad cuali-cuantitativa, los tipos de investigación, los métodos, técnicas e instrumentos investigativos y la interpretación de resultados, forman parte de este capítulo.

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2 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN

Luego de una investigación preliminar en la biblioteca de la Universidad se observó que no existen trabajos relacionados directamente con el tema. Se procede a escoger un tema de tesis, para la obtención del Título de Abogado del señor Julio Benavides con el tema: “Despido intempestivo a personas con discapacidad”, donde menciona que la sanción pecuniaria debe ser la misma por despido intempestivo de la mujer embarazada que se encuentra tipificado en el Código del Trabajo, por tratarse de personas con atención prioritaria y así garantizar el Buen Vivir de estas personas con discapacidad.

También se procede a investigar en el CEDIC donde se afirmar que no se ha encontrado trabajos de investigación sobre el tema de estudio, por lo que la presente investigación es de carácter original y pertinente.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

En nuestra investigación abordo el tema de la inclusión laboral de las personas con discapacidad, es un hecho inocultable que las personas con discapacidad a través de mucho tiempo han sido objeto de constante discriminación social, fueron marginadas de la sociedad, ya que socialmente eran tratadas como “distintas” o “especiales”. Por sus características, y como consecuencia de estas discriminaciones la autonomía y autoestima se veía mermada.

Afortunadamente, estos conceptos se han modificado debido a las investigaciones sobre inclusión y discapacidad, ya que se debe entender prioritariamente que, discapacidad no significa incapacidad.

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3

una persona con discapacidad en labores permanentes que se consideren apropiadas en relación con sus conocimientos, condición física y aptitudes individuales.

Así mismo en el código del trabajo en su art. 346.22, manifiesta; que el estado garantizara la inserción al trabajo de las personas con discapacidad, en todas las modalidades como empleo ordinario empleo protegido o autoempleo tanto en el sector público como privado y dentro de este último en empresas nacionales y extranjeras, por ende el incumplimiento de esta obligación será sancionado de conformidad con el artículo 42, numeral 33 inciso 4 del Código del Trabajo que es una multa mensual equivalente a diez remuneraciones básicas mínimas unificadas del trabajador en general.

Es decir, que si en una inspección realizada a una empresa se evidencia que por la cantidad de trabajadores le falta 1 persona con discapacidad será sancionado con 10 remuneraciones básicas mínimas unificadas, multa mensual que debe pagar hasta que cumpla con la obligación, e igual sanción recibiría una empresa que por razón de su nómina le falte insertar 20 personas con discapacidad, por cuanto la sanción es por incumplimiento, más no por cada persona con discapacidad que le falte insertar dependiendo de su nómina de trabajares.

Las empresas que le falten 1 o hasta 5 personas con discapacidad para evitar la sanción, debe insertar, sin embargo, aquella empresa que maneja una cantidad de 1000 trabajadores en nómina, debe tener al menos 40 personas con discapacidad y si no los tiene prefiere cancelar la multa mensual de diez remuneración básicas mínimas unificadas del trabajador en general (año 2013 = $3.180,00).

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4 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA.

¿Cómo lograr que se sancione a los empleadores por el número de personas con discapacidad que no ha contratado en relación con la cantidad de sus trabajadores bajo actual relación de dependencia?

DELIMITACIÓN DEL PROBLEMA

El objeto de Estudio

El Código del Trabajo

El campo de acción

La sanción a los empleadores por cada caso de falta de contratación a personas con discapacidad.

IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

La línea de investigación jurídica se basa en seguridad industrial, social y relaciones laborales.

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

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5 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

 Fundamentar jurídicamente y doctrinariamente la necesidad de reformar el artículo 42, numeral 33, inciso 4 del Código del Trabajo a fin de que se establezca una sanción pecuniaria al empleador por cada persona con discapacidad que falte incorporar o insertar el empleador público o privado, en una mencionada empresa.

 Acudir a las diferentes empresas privadas e instituciones del Estado y de esta forma llegar a constatar el incumplimiento de la disposición del artículo 42, numeral 33, inciso 4 del Código del Trabajo.

.

 Elaborar los componentes jurídicos tendientes a reformar el artículo 42, numeral 33, inciso 4 del Código del Trabajo que se establezca una sanción pecuniaria a los empleadores por cada persona con discapacidad que falte incorporar según lo establecido en el Código del Trabajo.

 Validar la propuesta por vía de expertos

IDEA A DEFENDER

Con la reforma del artículo 42, numeral 33, inciso 4 del Código del Trabajo se trata de que el empleador público o privado debe contratar a personas con discapacidad, al no cumplir con lo dispuesto se debe sancionar al empleador o las empresas por cada persona que le falte para completar con lo establecido en el Código del Trabajo se lograra la inclusión de este grupo de personas considerados de atención prioritaria.

JUSTIFICACIÓN

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6

que maneje una cantidad de 1000 trabajadores en su nómina, debe tener al menos 40 personas con discapacidad, y si no los tiene deberá cancelar una multa equivalente a ( $3.180,00 =2013) por persona con discapacidad que falte insertar en su nómina de trabajo, por cuanto en la actualidad este tipo de empresas que manejan cifras altas de trabajadores bajo su dependencia, prefieren cancelar la multa mensual de diez remuneración básicas mínimas unificadas (año 2013 = $3.180,00), que cumplir con la obligación.

La presente Constitución garantiza el derecho al trabajo de las personas con discapacidad y a una estabilidad laboral, como actualmente lo establece el Código del Trabajo.

Implementada la normativa jurídica del presente proyecto permite que las personas con discapacidad tengan la oportunidad de acceder a mayores fuentes de trabajo, y no sean discriminadas por parte de la sociedad, en consecuencia en relación al trabajo digno se alcancen los derechos del buen vivir que faculta la Constitución de la República del Ecuador.

Por lo tanto la finalidad de la normativa jurídica a implementar en el Código del Trabajo nos permite alcanzar un régimen de posibilidades para las personas con discapacidad a tener un trabajo digno y una vida garantizada para ellos y sus familias, y que las empresas cumplan con lo establecido en la Ley.

El aporte teórico práctico está dado por la calidad de la investigación realizada en razón de que la información recolectada fue debidamente seleccionada de fuentes bibliográficas tanto físicas como digitales.

RESUMEN DE LA ESTRUCTURA DE LA TESIS.

La estructura de la tesis contiene tres capítulos:

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7

constitucionales enmarcados a la inclusión social y la inserción laboral para fortalecer el principal objetivo de la nueva Constitución de la República del Ecuador que es el Buen Vivir “Sumak Kawsay” también se encuentra brevemente una reseña histórica y los avances de que han tenido las personas con discapacidad.

Además la fuerte discriminación que han tenido que vivir las personas con discapacidad por pensar que son diferentes a la sociedad, pero también se puede rescatar las buenas cosas, sus esfuerzos y su lucha por conseguir ser iguales ante los demás.

Se puede ver en Tratados Internacionales que los países que han celebrado para la protección y no vulneración de los derechos humanos y personas con discapacidad que son de atención prioritaria y necesitan de una u otra forma, de cada uno de nosotros para poder alcanzar más logros, un bienestar social e igual.

Prosiguiendo con el resumen se encuentra el tema acerca del Derecho Comparado de algunos países, por ello es muy importante mencionar a República Dominicana, donde menciona el: Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la Ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o persona. Así lo manifiesta la Constitución del 2010 República Dominicana.

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Capítulo II.- En el Marco Metodológico se encuentra la investigación realizada a la población en la cual se toma en cuenta a las personas afectadas de esta problemática, que ahora la trasformamos en tesis así como profesionales del Derecho, tanto en el sector público, como son: Inspectores del Trabajo, discapacidad y también un grupo de abogados en el libre ejercicio de la profesión.

El tema que se desarrolla tiene como principal objetivo la interpretación de los resultados a las encuestas realizadas, tratan de que las personas con discapacidades que tengan la oportunidad de una excelente y verdadera inserción laboral a empresas públicas y privadas como estipula la Ley.

Capítulo III.- Contiene el desarrollo de la propuesta y su necesidad de reformar el artículo 42, numeral 33, inciso 4 del Código del Trabajo es sancionado con una multa mensual equivalente a diez remuneraciones básicas mínimas unificadas del trabajador. Es decir, que si en una inspección realizada a una empresa se evidencia que por la cantidad de trabajadores le falta 1 persona con discapacidad será sancionado con 10 remuneraciones básicas mínimas unificadas, multa mensual que debe pagar hasta que cumpla con la obligación, e igual sanción recibe una empresa que por razón de su nómina le falte insertar 20 personas con discapacidad, por cuanto la sanción es por incumplimiento, más no por cada persona con discapacidad que le falte para tener el mínimo requerido por la Ley, cuando sería la solución de la problemática efectivamente sancionar por cada persona con discapacidad que falte incorporar a su nómina de labores.

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9 CAPÍTULO I

1.1 MARCO TEÓRICO

El Marco Teórico constituye el sustento legal o base teórica en la cual se desarrolla el presente trabajo de tesis, compuesto de varios epígrafes relacionados a la investigación realizada.

1.1.1 Disposiciones Constitucionales con relación a la inclusión social de personas con discapacidad

El Estado garantiza políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procura la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social.

Art 47, CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR. (CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012)

Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:

Inciso Nº 5.- El trabajo en condiciones de igualdad de oportunidades, que fomente sus capacidades y potencialidades, a través de políticas que permitan su incorporación en entidades públicas y privadas.

1.1.2 Ciudadanas y Ciudadanos

Todas y todos los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución artículo 6 CC.

CAPÍTULO SEGUNDO

1.1.2.1 Derechos del Buen Vivir

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ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, “Sumak Kawsay”. Art. 14 Constitución de la República del Ecuador, aprobada (2008), (CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012)

1.1.2.2 Trabajo y seguridad social

El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado. Art. 33 Nueva Constitución de la República del Ecuador, aprobada 2008. (CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012)

1.1.2.3 Derecho al Trabajo

Este contempla según la Constitución, un derecho fundamental para el desarrollo propio e integral de una persona, y que equivale principalmente la fuerza productiva para el desenvolvimiento de un país, en nuestra Carta Magna dentro del Capítulo Segundo en su Sección Octava se determina este derecho como medio para alcanzar el Buen Vivir, dentro de los artículos siguientes:

Art. 33.- (CRE.2008). El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.(CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012);

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remuneración justa que equivalga la labor desempeñado, y de la accesibilidad al trabajo, factores que enfrascan la búsqueda del verdadero Buen Vivir.

Art. 34.- (CRE. 2008) EI derecho a la seguridad social es un derecho irrenunciable de todas las personas, y será deber y responsabilidad primordial del Estado. La seguridad social se regirá por los principios de solidaridad, obligatoriedad, universalidad, equidad, eficiencia, subsidiaridad, suficiencia, transparencia y participación, para la atención de las necesidades individuales y colectivas. El Estado garantizará y hará efectivo el ejercicio pleno del derecho a la seguridad social, que incluye a las personas que realizan trabajo no remunerado en los hogares, actividades para el auto sustento en el campo, toda forma de trabajo autónomo y a quienes se encuentran en situación de desempleo.(CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012)

1.2 TRATADO INTERNACIONAL SOBRE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

1.2.1 Concepto.

La Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad.- (CRPD, por su sigla en inglés) es un instrumento internacional de derechos humanos de las Naciones Unidas o Derecho Internacional de los derechos humanos destinadas a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. Partes en la Convención tienen la obligación de promover, proteger y garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad y garantizar que gocen de plena igualdad ante la Ley.

1.2.2 Historia sobre cuando fue creada

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General, la Convención será abierta a los 192 Estados Miembros para su ratificación y aplicación.

1.2.2.1 ¿Por qué una Convención?

Por qué necesitamos una convención especial para las personas con discapacidad, no tienen los mismos derechos que todos los demás?.

En un mundo perfecto, los derechos enumerados en la Declaración Universal de Derechos Humanos serían suficientes para proteger a todos. Pero en la práctica, a ciertos grupos, como las mujeres, los niños y los refugiados, les ha ido mucho peor que a otros y las convenciones internacionales tienen por objeto proteger y promover los derechos humanos de tales grupos. Del mismo modo, los 650 millones de personas con discapacidad –alrededor del 10% de la población mundial—carecen de las oportunidades que tiene la población en general. Se enfrentan a un cúmulo de obstáculos físicos y sociales que:

 Les impiden recibir educación;

 Les impiden conseguir empleo, incluso cuando están bien cualificados;

 Les impiden tener acceso a la información;

 Les impiden obtener el adecuado cuidado médico y sanitario;

 Les impiden desplazarse;

Les impiden integrarse en la sociedad y ser aceptados

1.2.2.2 ¿Qué abarca la convención?

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13

pasando de una preocupación en materia de bienestar social a una cuestión de derechos humanos, que reconoce que las barreras y los prejuicios de la sociedad constituyen en sí mismos una discapacidad.

1.2.2.3 ¿Quiénes se consideran personas con discapacidad?

La convención reconoce que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que es el resultado de la interacción entre la deficiencia de una persona y los obstáculos tales como barreras físicas y actitudes imperantes que impiden su participación en la sociedad. Cuantos más obstáculos hay, más discapacitada se vuelve una persona. Las discapacidades incluyen deficiencias físicas, mentales, intelectuales y sensoriales tales como ceguera, sordera, deterioro de la movilidad y deficiencias en el desarrollo.

Algunas personas tienen más de una forma de incapacidad y muchas, si no todas, podrían llegar a tener alguna discapacidad en algún momento de su vida debido a lesiones físicas, enfermedades o envejecimiento.

1.2.2.4 ¿Creará esta convención obligaciones para los Estados?

Sí, los Estados se verán obligados a introducir medidas destinadas a promover los derechos de las personas con discapacidad y a luchar contra la discriminación. Estas medidas incluirán una legislación antidiscriminatoria, eliminarán las leyes y prácticas que establecen una discriminación hacia estas personas y las tendrán en cuenta en la aprobación de nuevos programas o nuevas políticas. Se tratará también de prestar servicios, proporcionar bienes y crear infraestructuras accesibles a las personas con discapacidad.

1.2.2.5 ¿Tiene la adopción del convenio un interés económico para los países?

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14

fundamentales de un sector importante de la población, desde el punto de vista económico, resulta beneficioso garantizar que las personas con discapacidad puedan vivir su vida en plenitud. Cuando no hay obstáculos en su camino, las personas con discapacidad son empleados, empresarios, consumidores y contribuyentes como todos los demás.

1.2.2.6 ¿Qué se está perdiendo la sociedad?

Un grupo más numeroso de personas cualificadas. Las personas con discapacidad pueden contribuir con una amplia gama de conocimientos, habilidades y talentos. Si bien esas personas sufren tasas más altas de desempleo que el resto de la población en prácticamente todos los países, los estudios demuestran que el rendimiento en el trabajo de las personas con discapacidad es igual, si no mayor, que el de la población en general. Un alto índice de permanencia en el puesto de trabajo y un menor absentismo compensan con creces los temores de que es demasiado costoso atender las necesidades de las personas con discapacidad en el lugar de trabajo. Además, han sido exagerados los temores de que la contratación de personas con discapacidad añade importantes costos suplementarios para los empleadores. En una encuesta efectuada en 2003 en los Estados Unidos, casi las dos terceras partes de los empleadores informaron de que los empleados con discapacidad no requerían ninguna instalación especial.

Para más información, sírvase visitar www.un.org/esa/socdev/enable o ponerse en contacto con: Eduardo Bello, Departamento de Información Pública de las Naciones Unidas, tel.: (212) 963 8275, e mail: mediainfo@un.org.

1.3 CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

1.3.1 Preámbulo

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15

a) Recordando los principios de la Carta de las Naciones Unidas que proclaman que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad y el valor inherentes y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana,

b) Reconociendo que las Naciones Unidas, en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, han reconocido y proclamado que toda persona tiene los derechos y libertades enunciados en esos instrumentos, sin distinción de ninguna índole,

c) Reafirmando la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la necesidad de garantizar que las personas con discapacidad los ejerzan plenamente y sin discriminación,

d) Recordando el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la Convención sobre los Derechos del Niño

e) Reconociendo que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás,

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16

internacional destinados a dar una mayor igualdad de oportunidades a las personas con discapacidad,

g) Destacando la importancia de incorporar las cuestiones relativas a la discapacidad como parte integrante de las estrategias pertinentes de desarrollo sostenible,

h) Reconociendo también que la discriminación contra cualquier persona por razón de su discapacidad constituye una vulneración de la dignidad y el valor inherentes del ser humano,

i) Reconociendo además la diversidad de las personas con discapacidad,

j) Reconociendo la necesidad de promover y proteger los derechos humanos de todas las personas con discapacidad, incluidas aquellas que necesitan un apoyo más intenso,

k) Observando con preocupación que, pese a estos diversos instrumentos y actividades, las personas con discapacidad siguen encontrando barreras para participar en igualdad de condiciones con las demás en la vida social y que se siguen vulnerando sus derechos humanos en todas las partes del mundo,

l) Reconociendo la importancia de la cooperación internacional para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapacidad en todos los países, en particular en los países en desarrollo, Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad,

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17

estas personas y avances significativos en el desarrollo económico, social y humano de la sociedad y en la erradicación de la pobreza,

n) Reconociendo la importancia que para las personas con discapacidad reviste su autonomía e independencia individual, incluida la libertad de tomar sus propias decisiones,

o) Considerando que las personas con discapacidad deben tener la oportunidad de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones sobre políticas y programas, incluidos los que les afectan directamente,

1.3.2 Artículo 1

1.3.2.1 Propósito

El propósito de la presente Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.

1.3.3 Artículo 2

1.3.3.1 Definiciones

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18

tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso; Por “lenguaje” se entenderá tanto el lenguaje oral como la lengua de señas y otras formas de comunicación no verbal; Por “discriminación por motivos de discapacidad” se entender cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de discapacidad que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político, económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas las formas de discriminación, entre ellas, la de negación de ajustes razonables; Por “ajustes razonables” se entenderán las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular.

Los principales tratados internacionales de derechos humanos para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales; Por “diseño universal” se entenderá el diseño de productos, entornos, programas y servicios que puedan utilizar todas las personas, en la mayor medida posible, sin necesidad de adaptación ni diseño especializado. El “diseño universal” no excluirá las ayudas técnicas para grupos particulares de personas con discapacidad, cuando se necesiten.

1.3.4 Artículo 3

1.3.4.1 Principios generales

Los principios de la presente Convención serán:

a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;

b) La no discriminación;

c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;

(30)

19

como parte de la diversidad y la condición humanas;

e) La igualdad de oportunidades;

f) La accesibilidad;

g) La igualdad entre el hombre y la mujer;

h) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.

1.3.5 Artículo 5

1.3.5.1 Igualdad y no discriminación

1. Los Estados Partes reconocen que todas las personas son iguales ante la ley y en virtud de ella y que tienen derecho a igual protección legal y a beneficiarse de la ley en igual medida sin discriminación alguna.

2. Los Estados Partes prohibirán toda discriminación por motivos de discapacidad y garantizarán a todas las personas con discapacidad protección legal igual y efectiva contra la discriminación por cualquier motivo.

3. A fin de promover la igualdad y eliminar la discriminación, los Estados Partes adoptarán todas las medidas pertinentes para asegurar la realización de ajustes razonables.

4. No se considerarán discriminatorias, en virtud de la presente Convención, las medidas específicas que sean necesarias para acelerar o lograr la igualdad de hecho de las personas con discapacidad.

1.4 CONCEPTOS DE TRABAJO Y LA INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIAD Y SU EVOLUCIÓN

1.4.1 Definición de trabajo.

(31)

20 1.4.2 Qué es un contrato de trabajo?

El tenor literal del artículo 8 del Código del Trabajo, lo define como “…el convenio en virtud del cual una persona se compromete a prestar sus servicios lícitos y personales, bajo su dependencia, por una remuneración fijada por el convenio, la ley, el contrato y la costumbre” (CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012).

Según Guillermo Cabanellas, es “…un contrato que tiene por objeto, la prestación continuada de servicios privados y con carácter económico y por el cual una de las partes -el patrono, empresario o empleador- da remuneración o recompensa a cambio de disfrutar, o de servirse, bajo su dependencia o dirección, de la actividad profesional de otra, denominada el trabajador” (CABANELLAS, 1979).

1.4.3 Elementos del contrato de trabajo.

Apegándose a lo que disponen las Leyes en la materia, se dice que se distinguen en los contratos las cosas que les son esenciales, naturales y accidentales.

1.4.3.1 Elementos esenciales en los contratos de trabajo

El Código del Trabajo de manera taxativa y sin permitir interpretación impone varios elementos esenciales a los contratos de trabajo y son la prestación de servicios lícitos y personales, la dependencia y la remuneración.

1.5 SERVICIOS LÍCITOS Y PERSONALES.

(32)

21 1.5.1 Dependencia.

La sujeción a las normas, procedimientos, instrucciones y maneras de ejecutar el trabajo de parte de los trabajadores es quizá la más importante característica de la dependencia.

1.5.2 Remuneración.

Es otro de los elementos esenciales de los contratos laborales, pero lo esencial es que se pacte la remuneración, no necesariamente que se pague, visto que en la práctica el ejercicio de la acción en la gran mayoría de las causas laborales tiene como causa precisamente el cumplimiento de este elemento, de lo cual deriva un incumplimiento en la relación laboral contractual. Las maneras de pactarse la remuneración son varias, entres estas tenemos:

a) La ley, de acuerdo con la remuneración básica dada para cada año.

b) El convenio.- Es el acuerdo de las partes fijado individual o colectivamente; y

c) La costumbre, es decir los usos frecuentes de la plaza donde se pacta. (C. T. 2005), (CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012)

1.6 ELEMENTOS NATURALES DE LOS CONTRATOS DE TRABAJO

(33)

22

Del derecho al Trabajo.-Obligatoriedad del trabajo.-El trabajo es un derecho y un deber social.

El trabajo es obligatorio, en la forma y con las limitaciones prescritas en la Constitución y las leyes.(CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012)

Concepto de Trabajador.- La persona que se obliga a la prestación del servicio o a la ejecución de la obra se denomina trabajador y puede ser empleado u obrero. (CORPORACION DE ESTUDIOS Y PUBLICACIONES , 2012)

1.6.1 Definición del derecho laboral

A nivel doctrinario son numerosas las definiciones que han expuesto sobre el Derecho Laboral, por lo que destaco los siguientes:

Rama del Derecho que, en forma principal, se ocupa de regular tuitivamente la situación de las personas naturales que obligan, de modo total o parcial, su capacidad de trabajo, durante un período apreciable de tiempo, a un empleo señalado por otra persona, natural o jurídica, que remunera los servicios.”(THAYER ARTEAGA, 1980)

“El Derecho Laboral como el conjunto de principios, normas e instituciones que protegen, dignifican y tienden a reivindicar a todos los que viven de sus esfuerzos materiales o intelectuales para la realización de su destino histórico: socializar la vida humana”(CAMPOS RIVERA, 1997)

(34)

23 1.7 PERSONAS CON DISCAPACIDAD

1.7.1 Definición de discapacidad

La discapacidad es el impedimento de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para el ser humano. La discapacidad se caracteriza por excesos o insuficiencias en el desempeño de una actividad rutinaria normal, los cuales pueden ser temporales o permanentes, reversibles o surgir como consecuencia directa de la deficiencia o como una respuesta del propio individuo, sobre todo la psicológica, a deficiencias físicas, sensoriales o de otro tipo.

1.7.2 Antecedentes históricos en el Ecuador

En el Ecuador, la atención inicial a las personas con discapacidad bajo criterios de caridad, para luego ir tecnificando progresivamente a partir de los años 50, a través de las asociaciones de padres de familia, personas con discapacidad e instituciones privadas.

Una de las primeras acciones del Estado orientada a la atención coordinada, técnica y normalizada fue la creación en 1973 del CONAREP-Consejo Nacional de Rehabilitación Profesional, que se encargó de la formación ocupacional e inserción laboral de las personas con discapacidad. Para lo posterior con el pasar de los años crear el Primer Plan Nacional de Discapacidades (Marzo, 1991), la expedición de la Ley 180 sobre Discapacidades – CONADIS, que salieron del equipo profesional, delegados de los ministerios de Salud, Educación, Bienestar Social, Trabajo, INNFA Y CONADE, que afirmaron la Comisión Interinstitucional de Análisis de la Situación de la Discapacidades en el Ecuador - CIASDE (Junio, 1989).(CONADIS, 2011)

1.8 CONADIS

(35)

24

de carácter público, ejerce sus atribuciones a nivel nacional, dicta políticas, coordina acciones y ejecuta e impulsa investigaciones sobre el área de las discapacidades. Su conformación es democrática, en la que participan todas las organizaciones públicas y privadas vinculadas directamente con las discapacidades.

1.8.1 Visión

El Consejo Nacional de Discapacidades, será un organismo dinamizador y articulador de todos los sectores de la comunidad para desarrollar acciones de prevención, atención e integración, con el propósito de prevenir las discapacidades y elevar la calidad de vida de las personas con discapacidad.

1.8.2 Misión

Es un organismo público y autónomo que genera políticas e información, planifica y coordina acciones con los sectores públicos y privado, en el ámbito de las discapacidades y canaliza recursos nacionales e internacionales en este campo.

1.8.3 Funciones

 Formular políticas nacionales relacionadas con las discapacidades

 Establecer el Plan Nacional de Discapacidades

 Defender jurídicamente los derechos de las personas con discapacidad

 Coordinar, efectuar el seguimiento y evaluar las acciones que realizan en discapacidades las entidades del sector público y privado. http://es.scribd.com/doc/52209298/-CONADIS

1.8.4 Evolución de personas con discapacidad

(36)

25

objetivamente menor que la de la media) y una persona con capacidades distintas de las normales y que -aunque no representa ninguna ventaja o inconveniente- a menudo es considerado un problema debido a la actitud de la sociedad o el hecho de que los estándares están basados en características medias.

Estos cambios de actitud han posibilitado cambios en la comprensión de determinadas características físicas que antes eran consideradas como discapacidades. En la década de los años 1960, por ejemplo, las personas zurdas eran vistas como personas con una anomalía, siendo obligadas a escribir con la mano derecha, e incluso a veces hasta se les castigaba si no lo hacían. En los años 1980 se acepta esta cualidad como una característica física. Si determinadas herramientas, como tijeras o sacacorchos se crean para personas diestras, una persona zurda se percibirá a sí misma como una persona con discapacidad, puesto que es incapaz de realizar ciertas acciones y necesita ayuda de otras personas, perdiendo su autonomía.

En la sociedad actual existe una tendencia a adaptar el entorno y los espacios públicos a las necesidades de las personas con discapacidad, a fin de evitar su exclusión social, pues una discapacidad se percibe como tal en tanto que la persona es incapaz de interactuar por sí misma con su propio entorno.

1.8.5 Definiciones y enfoques

La Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) de la Organización Mundial de la Salud, distingue entre las funciones del cuerpo (fisiológico o psicológico, visión) y las estructuras del cuerpo (piezas anatómicas, ojo y estructuras relacionadas). La debilitación en estructura o la función corporal se define como participación de la anomalía, del defecto, de la pérdida o de otra desviación significativa de ciertos estándares generalmente aceptados de la población, que pueden fluctuar en un cierto plazo. La actividad se define como la ejecución de una tarea o de una acción. El CIF enumera 9 amplios dominios del funcionamiento que pueden verse afectados:

(37)

26

 Tareas y demandas generales

 Comunicación

 Movilidad

 Cuidado en sí mismo

 Vida doméstica

 Interacciones y relaciones interpersonales

 Áreas importantes de la vida

 Vida de la comunidad, social y cívica

La introducción al CIF indica que una variedad de modelos conceptuales se ha propuesto para entender y para explicar la discapacidad y el funcionamiento, que intenta integrar a ellos. Existen dos modelos de ver la discapacidad en sí. El modelo social y el modelo médico.

1.8.5.1 Enfoque social

Modelo social en la discapacidad.

El enfoque social de la discapacidad considera la aplicación de la “discapacidad” principalmente como problema social creado y básicamente como cuestión de la integración completa de individuos en sociedad (la inclusión, como los derechos de la persona con discapacidad).

(38)

27

discapacidad y personas sin discapacidad. Para lograr esto, tenemos las tecnologías de apoyo.

No contempla la discapacidad como un problema individual, sino como algo dado por las limitaciones que pueda tener una persona y las muchas barreras que levanta la sociedad. Esto es lo que causa la desigualdad social con personas sin discapacidad.

1.8.5.2 Enfoque del comportamiento interpersonal

En el aspecto médico se ve a la discapacidad como una enfermedad, causando directamente una deficiencia, el trauma, o la otra condición de la salud que por lo tanto requiere la asistencia médica sostenida proporcionada bajo la forma de tratamiento individual por los profesionales.

1.9 DERECHO COMPARADO

En la presente investigación sobre el tema de tesis de inserción laboral de personas con discapacidad permite demostrar a través del derecho comparado existente en otros países.

1.9.1 Guatemala

La Constitución Política de la República de Guatemala de 1985 vigente en la sección octava del Trabajo, en el artículo 102 literal m, refiere sobre la protección y fomento al trabajo de los ciegos, minusválidos y personas con deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales.(CONSTITUCIÓN, 1985).

(39)

28 1.9.2 República Dominicana.

La Constitución de la República Dominicana expresa:

Artículo 39.- Derecho a la igualdad. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal. (COSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, 2010)

Artículo 58.- Protección de las personas con discapacidad. El Estado promoverá, protegerá y asegurará el goce de todos los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad, en condiciones de igualdad, así como el ejercicio pleno y autónomo de sus capacidades. El Estado adoptará las medidas positivas necesarias para propiciar su integración familiar, comunitaria, social, laboral, económica, cultural y política.(COSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, 2010)

El Código del Trabajo de República Dominicana expresa lo siguiente:

TÍTULO IX:

De los minusválidos

Art. 314.- Se considera como minusválida toda persona con defectos corporales congénitos o adquiridos que determinen una reducción en la capacidad normal de su trabajo.

Art. 315.- Se establece el derecho de los minusválidos, en igualdad con los demás trabajadores, a obtener una ocupación fija y permanente.

(40)

29

Art. 316.- El Poder Ejecutivo determinará por decreto o reglamento las modalidades de la aplicación de este Título.(CÓDIGO DEL TRABAJO, 2007)

1.9.3 Nicaragua

El Código del Trabajo de Nicaragua expresa:

Capítulo XII. Del trabajo de los discapacitados.

Artículo 198. Los discapacitados tienen el derecho a obtener una colocación que les proporcione una subsistencia digna y decorosa y les permita desempeñar una función útil para ellos mismos y la sociedad.

Artículo 199. El Ministerio del Trabajo establecerá los términos y condiciones en los cuales las empresas públicas y privadas darán empleo a discapacitados, de acuerdo con las posibilidades que ofrece la situación social y económica del país.

Artículo 200. El Estado dará facilidades de carácter fiscal y crediticio y de cualquier otra índole a las empresas de discapacitados, a las que hayan establecido departamentos mayoritariamente integrados por trabajadores discapacitados y a las que en cualquier forma favorezcan su empleo, capacitación, rehabilitación y readaptación.

Artículo 201. El Ministerio competente establecerá programas de concientización en coordinación con las organizaciones sindicales y de empleadores, el Instituto Nicaragüense de Seguridad Social y cualquiera otra institución pública o privada que se ocupe de ayudar a los trabajadores discapacitados.(CÓDIGO DEL TRABAJO N. , 1996)

(41)

30

capacidades diferentes (discapacidad) al mundo laboral tal como se ha dado en el Ecuador, sin embargo todavía el tema de indemnización por despido intempestivo de estos trabajadores con discapacidad no está resuelto en estos Países.

1.9.4 Colombia

La Constitución de la República de Colombia expresa:

Artículo 26. En ningún caso la limitación de una persona, podrá ser motivo para obstaculizar una vinculación laboral, a menos que dicha limitación sea claramente demostrada como incompatible e insuperable en el cargo que se va a desempeñar. Así mismo, ninguna persona limitada podrá ser despedida o su contrato terminado por razón de su limitación, salvo que medie autorización de la oficina del trabajo.

(42)

31

1.10 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPÍTULO

Hablar de las conclusiones en este Capítulo es poder ver que la nueva Constitución de la República del Ecuador, aprobada (2008), vela por la integración social de las personas con discapacidad como efectivamente lo manifiesta el artículo 47 de la Constitución y además en su numeral 5 manifiesta que deben tener iguales condiciones al trabajo sin ningún tipo de discriminación, también se puede apreciar que se reconoce el derecho de igualdad ante la Ley, pero se habla de una igualdad cuando en realidad queda sólo en manifiesto, tomando en cuenta que se puede recalcar un derecho primordial que se encuentra en la misma Constitución como es derecho al Buen Vivir, pero para llegar a esto, es necesario alcanzar una verdadera y fortalecida inserción laboral de personas con discapacidad.

Al mencionar la palabra discapacidad se viene a la memoria de algo que no pueden hacer o realizar, como poder decir que son incapaces, pero lo que sí ha demostrado una persona con discapacidad es todo lo contrario, su fortaleza, su espíritu de lucha contra una sociedad, que en gran parte asido la responsable de todos esos apelativos que los distinguían de otra persona, y se demuestra a través de este capítulo muy importante de tesis, que el creer es poder y para estas personas con discapacidad, no existe la palabra incapacidad.

(43)

32 CAPÍTULO II

2. 1 MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA.

A fin de realizar una indagación en el campo mismo donde se encuentra la problemática, he acudido a las diferentes entidades públicas encargadas de realizar los trámites para sancionar a las empresas privadas o públicas, que no cumplan con la contratación de personas con discapacidad cuyos resultados se encuentran expresados a lo largo del presente capítulo; también enuncio la metodología utilizada, que ha servido como base para fundamentar de la mejor manera mi propuesta como solución al problema investigado.

2.1.1 Entidad encargada de verificar la problemática que se investiga.

La entidad encargada de tramitar la verdadera inserción laboral de personas con discapacidad a cualquier empresa que según su nómina de trabajo lo necesita insertar a sus labores, como lo estipula la Ley, tramitar, investigar y resolver acerca de los mismo y posteriormente aseverar que corresponde por tal razón y buscando la problemática que genera a esta entidad, he trasladado a las mismas con el fin de investigar, buscar causas, consecuencia y posibles soluciones a este problema social, jurídico, laboral; entre estas entidades tenemos el Ministerio de Relaciones Laborales (Inspector de discapacidades),de las cuales hemos investigado lo siguiente:

2.1.2 Ministerio de Relaciones Laborales sede Santo Domingo de los Tsáchilas (Ministerio de Relaciones Laborales).

(44)

33

Por la investigación de campo realizada he podido notar que en este caso tan particular, las personas con discapacidad, son las más afectadas al no conseguir una oportunidad de trabajo y las empresas públicas o privadas no cumplen con la ley al no contratar personas con discapacidad. Misma que luego de una breve investigación, se nota que el Inspector de Discapacidades verifica en las empresas que no cumplen con la contratación, para lo posterior notificarles para una audiencia, en lo posterior conceder un término, para que cumplan con la Ley, o a su vez notificarles con una resolución la cual conlleva una sanción si no la cumplieren.

2.2 EL BUEN VIVIR (SUMAK KAWSAY).

Este principio constitucional, se encuentra debidamente motivado a promover una igualdad de condiciones. El Estado garantiza y promueve a todos los ciudadanos y ciudadanos de nuestro estado; una vida digna, “Sumak Kawsay”, el Buen Vivir para todos y cada uno de los miembros de este Estado. Con preponderancia en la salud, educación, trabajo, cultura, desarrollo territorial, entre otros.

2.2.1 Características del Buen Vivir.

La Constitución vigente, establece y realza políticas públicas como, obtención de los Objetivos del Buen Vivir y la garantía de derechos, según la Norma Suprema del Estado la planificación tiene por finalidad propiciar la equidad social, en beneficio de todos los ciudadanos.

(45)

34

2.3 DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN.

La investigación realizada fue basada en ciertos parámetros en cuanto a la metodología, y son los siguientes:

2.4 MODALIDAD DE LA INVESTIGACIÓN.

La presente investigación es cualitativa y cuantitativa.

2.4.1 Investigación cualitativa.

Con esta investigación cualitativa puedo estudiar la calidad de las actividades, relaciones, asunto, medios, que son los hechos jurídicos que permitió identificar la naturaleza profunda de las realidades y su estructura dinámica del problema planteado.

2.4.2 Investigación cuantitativa.

Es cuantitativa porque he trabajado sobre datos demostrativos, particularmente estadísticos que me permiten llegar a conclusiones determinadas.

2.5 TIPOS DE INVESTIGACIÓN

2.5.1 De campo.

Por lo que la investigación la he realizado en el lugar de los hechos a fin de determinar sus problemas y características objetivas.

2.5.2 Bibliográfica.

(46)

35 Doctrina y Legislación Internacional.

2.5.2.1 Documental.

Porque ha sido necesario completar la investigación con datos contenidos en documentos públicos y privados.

2.5.3 Población y muestra

Para la elaboración de este trabajo ha sido necesario recurrir a un universo de personas que están verdaderamente capacitadas con sus conocimientos sobre el tema, por tanto el universo por sí solo es reducido y equivalente a su muestra en tal razón no es necesario la aplicación de la correspondiente fórmula.

COMPOSICIÓN POBLACIÓN

%

INSPECTOR DE DISCAPACIDADES, Santo Domingo.

1 2%

INSPECTORES DE TRABAJO, Santo Domingo.

3 6%

FUNCIONARIOS DEL CONADIS 2 4%

ABOGADOS EN EL LIBRE EJERCICIO 22 44%

ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS 12 24%

PERSONAS CON DISCAPACIDAD 10 20%

(47)

36

2.6 MÉTODOS UTILIZADOS PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN.

2.6.1 Métodos.

En el desarrollo del presente trabajo investigativo, utilizo los siguientes métodos a fin de alcanzar los objetivos planteados y a su vez fundamentar jurídicamente la propuesta hecha en base de la reforma planteada:

2.6.1.1 Método inductivo.

Porque a través de éste método se ha investigado y deducido a través de hechos particulares lo que ha permitido obtener conclusiones o leyes universales con principios generales o universales que explican o relacionan los fenómenos estudiados.

2.6.1.2 Método deductivo.

Mediante este método he logrado obtener razonamientos partiendo de conocimientos generales, los cuales permitieron explicar y solucionar problemas particulares, presentados en el planteamiento del problema

2.6.1.3 Método histórico.

Porque el tema del presente proyecto he logrado estudiar la trayectoria y evolución con fenómenos no jurídicos, su aplicación desarrollo, fortalezas y debilidades, logrando así entender su importancia y necesidad en los distintos tiempos y espacios de la humanidad.

2.6.1.4 Método analítico.

(48)

37 2.6.1.5 Método sintético.

Porque reunidos los elementos en un todo gracias al análisis, ha sido posible llegar a la síntesis.

2.6.1.6 Método comparado.

Porque existe la necesidad del estudio y análisis de diferentes Instituciones Jurídicas incluyendo la de Sistemas Jurídicos de otros países para poder establecer las particularidades del tema.

2.7 TÉCNICAS INVESTIGATIVAS UTILIZADAS.

A través de varios instrumentos propios para la investigación científica, he presentado información de suma importancia para el desenvolvimiento del presente tema investigativo que está relacionado con el todo lo que en él conlleva, entre estas técnicas utilizo: la entrevista realizada a varios de los funcionarios de las entidades en las que se ven reflejadas la problemática y la desigualdad ante la Ley por parte del referido tema investigativo, y también se emplea la encuesta, la cual ha servido para sondear y medir el conocimiento sobre el tema y la aceptación tanto de la investigación como de la propuesta a los individuos que son parte de la población y muestra, en lo posterior se ha detallado la información demostrado los resultados obtenidos con ambas técnicas investigativas:

2.7.1 Encuesta.

(49)

38

2.8 INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS GRAFICOS Y CUADROS

Nº. PREGUNTAS SI NO %

1

¿Usted cree que la nueva Constitución de la República del Ecuador garantiza la inclusión social, y por ende la inserción laboral a las personas con discapacidades?

20 30 50

40% 60% 100%

2

¿Usted cree que se cumple con la inserción laboral de personas con discapacidad como lo estipula la Ley?

20 30 50

40% 60% 100%

3

¿Usted conoce el porcentaje de personas con discapacidades que tiene que contratar una empresa pública o privada?

40 10 50

80% 20% 100%

4

¿Cree usted que debe haber una sanción a las empresas que no cumplan con las disposiciones de las leyes, y que la sanción vaya enfocada por cada persona con discapacidad que le falte insertar dependiendo la cantidad de sus trabajadores?

45 5 50

90% 5% 100%

5 ¿Conoce usted, si Ecuador ha celebrado Tratados y Convenios Internacionales que

(50)

39

protegen los derechos del trabajador? 60% 40% 100%

6

¿Usted cree, que las personas con discapacidad en labores permanentes que se consideren apropiadas en relación con sus conocimientos, condición física y aptitudes individuales, pueden desenvolverse sin ninguna dificultad?

50 0 50

100% 0% 100%

7

¿Conoce usted alguna persona con discapacidad que se encuentre sin trabajo pudiendo hacerlo, y no le brindan una oportunidad?

30 20 50

60% 10 100%

8

¿Cree usted que ya no existe una discriminación en contra de las personas con discapacidad?

10 40 50

20% 80% 100%

9

¿Cree usted, que una persona con discapacidad puede ser de gran aporte a nuestra sociedad y no debemos limitarlas a realizar sus sueños?

50 0 50

100% 0% 100%

10

¿Usted, al tener un familiar con discapacidad, quisiera que se le brinde las mismas oportunidades de trabajo sin una discriminación por su estado de discapacidad?

50 0 50

(51)
(52)

41

2.9 ANÁLISIS DE RESULTADOS DE LA ENCUESTA.

1. Del cuadro y grafico se desprende que en la primera pregunta el 40 % de personas encuestadas responden que si que la Constitución de la República del Ecuador (2008) garantiza la inclusión social, y por ende la inserción laboral a las personas con discapacidades y un 60 % manifiesta que no garantiza este derecho.

2. Así mismo se determina en la segunda pregunta que un 40 % de las personas encuestadas contestan qué si creen que se cumple con una inserción laboral como lo ordena la Ley, y un 60 % de las personas encuestadas manifiesta que no se cumple esta disposición.

3. También se puede apreciar en la tercera pregunta que un 80 % de las personas encuestadas manifiestan que tienen conocimiento de cuantas personas con discapacidad tiene que contratar una empresa ya sea esta pública o privada y un 20 % de las personas encuestadas manifiestan que desconocen acerca de cuantas personas con discapacidad tiene que contratar una empresa ya sea esta pública o privada.

4. Además en la pregunta cuarta se puede apreciar que un 90 % de las personas encuestadas manifiestan que si debe haber una sanción a las empresas que no cumplan con las disposiciones de las leyes, y que la sanción vaya enfocada por cada persona con discapacidad que le falte insertar dependiendo la cantidad de sus trabajadores y un mínimo del 10 % de las encuestas manifiesta que no está de acuerdo que la sanción sea dependiendo de las personas con discapacidad que faltare una empresa insertar a su nomina de trabajo.

Referencias

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