E
l último fin de
se-mana, en plena
Plaza de Armas de
la provincia de
Cajabam-ba, un equipo de Jueces
y Trabajadores del
Pro-grama Justicia en tu
Co-munidad de la Corte de
Cajamarca, realizaron
una Feria Informativa
donde brindaron charlas
de orientación educativa
y de prevención sobre el
abuso infantil,
pandilla-je, bullyng, entre otros
temas, a escolares y
pa-dres de familia.
Las charlas de
orien-tación estuvieron
presi-didas por el Coordinador
del Programa Justicia
en tu Comunidad, Juez
Superior Percy Horna
León, quien felicitó la
En Feria Informativa del Poder Judicial
CAJABAMBA
LE DICE NO AL
ABUSO INFANTIL
Y PANDILLAJE
●
Equipo del Programa Justicia en tu Comunidad
tuvo como objetivo cambiar actitudes en
adolescentes y padres de familia frente a conflictos
y desarrollar habilidades para la vida diaria.
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes 05 de octubre del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes 05 de octubre del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
2
3
B
AVISOS JUDICIALES
DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes 05 de octubre del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
2.
EDICTOS
CLASIFICADOS
COSEJO DE
FAMILIA
EDICTO
Ante el Segundo Juzgado Mixto de San Miguel con Sede en la Florida, se tramita el Expediente de Familia N° 2015-014-F, en los seguidos por ANTIA MARTHA JUAREZ TERRONES, sobre ALIMENTOS contra HENRRY GONY RODRIGUEZ CHUAN, donde se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCION NUMERO UNO: La Florida 20/03/2015 ADMITIR A TRAMITE: en la vía del pro-ceso UNICO la demanda de Alimentos seguida contra HENRRY GONY RODRI-GUEZ CHUAN, concediéndole QUIN-CE DIAS de término especial,- para que se apersone al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrarle curador procesal en caso de incumplimiento. FDO: MARCO ELOY AQUINO CRUZADO Juez Segun-do JuzgaSegun-do Mixto San Miguel Sede La Florida, LATORRE BUSTAMANTE LIZETH S. Secretaria Judicial.
La Florida, 23 de septiembre del 2015 Marco E. Aquino Cruzado JUEZ SUPERNUMERARIO 2° JUZGADO MIXTO SAN MIGUEL
LA FLORIDA-CAJAMARCA LIZET LATORRE BUSTAMANTE
SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO MIXTO – LA
FLORIDA SAN MIGUEL P. 4947070 F.P. 05-06-07 S/. 8.00
INSCRIPCIÓN Y
RECTIFICACIÓN
DE PARTIDAS
PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO
EXP.973-2015.- Primer Juzgado de Paz
Letrado de Cajamarca, en solicitud de
SANTOS TACILLA BALENCIA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo
si-guiente: Resolución número uno.- Ca-jamarca quince de septiembre del año dos mil quince.- SE RESUELVE:
AD-MITIR A TRÁMITE la solicitud
inter-puesta por SANTOS TACILLA
BALEN-CIA sobre Rectificación de Partida de
nacimiento en vía procedimental No Contencioso; en el sentido que: en la partida de nacimiento del solicitante se ha consignado de manera errónea su apellido materno, debiendo ser lo correcto y de forma completa como
“SANTOS TACILLA VALENCIA”;
asi-mismo han consignado de manera errónea el prenombre de la madre del solicitante así como el apellido pater-no, debiendo de ser lo correcto y de forma completa como “MARIA
GRI-SAIDA VALENCIA CHAVEZ”;
debien-do corregirse en todebien-dos sus extremos.- Fdo. Burga Rabanal - Juez; Andrade León - Especialista Legal.
Cajamarca, 16 de septiembre del 2015 NILDA S. BURGA RABANAL
JUEZ
PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
CAJAMARCA
MARTHA CARMELA ANDRADE LEON SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO
CAJAMARCA P.4947099 F.P. 05 octubre S/. 4.00 EDICTO JUDICIAL Expediente N°:
00112-2015-0-0610-JP-CI-01, Ante el Juzgado de paz letrado
de Chota- Cajamarca el Juez: Dr. José Francisco León Izquierdo Secretario Judicial Marcos Villanueva Valiente: en el proceso CIVIL seguido por Juan Mariano Espinoza Rabines, sobre
INSCRIPCION DE PARTIDA DE NA-CIMIENTO, se ha resuelto ADMITIR
a trámite en la VÍA DEL PROCESO
NO CONTENCIOSO la solicitud de
Inscripción de Partida de Nacimiento, de doña María Eugenia Rivera Sayan, nacida el veintiuno de abril del año mil ochocientos noventa y ocho, en la ciudad de Lima, hija de don Felipe Ra-fael Rivera de la Guarda y de doña Eu-genia Inés Sayan Sayan; PUBLIQUESE por una vez un extracto de la misma por una sola vez en el diario “Judicial La República”;.
Fdo. JUEZ: José Francisco León Izquierdo.- Fdo. Marcos Villanueva Valiente.
Jose Francisco Leon Izquierdo JUEZ TITULAR Juzgado de Paz Letrado de Chota
CAJAMARCA MARCOS VILLANUEVA VALIENTE
SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO
CHOTA P.4948147 F.P. 05 Octubre S/. 3.00
SUCESIÓN
INTESTADA
EDICTOEXPEDIENTE 301-2015.- Juzgado Paz
Letrado Celendín.- En los seguidos por
Julia Rosaría Ortiz Llamoga en
re-presentación de Segundo Antonio Mu-ñoz Ortiz sobre Sucesión Intestada, se ha expedido la siguiente resolución:
RESOLUCION UNO: Celendín 11
setiembre 2015. AUTOS Y VISTOS Y
CONSIDERANDO:
Cumplidos los requisitos de procedi-bilidad, ADMITASE vía proceso No Contencioso la solicitud de Julia Ro-sana Ortiz Llamoga, sobre Sucesión
Intestada, para que se le declare
como único y universal heredero de su difunto padre Facundo Muñoz
Chávez fallecido el catorce de
octu-bre del año dos mil diez en el Caserío Parapuquio - Celendín; PUBLIQUESE por edictos en los Diarios El Peruano y La República por el plazo de Tres
días;
Notifíquese.-DR. JORGE LUIS MENDOZA LULICHA JUEZ TITULAR JUZGADO DE PAZ LETRADO
CELENDIN – CAJAMARCA MAURO A. CASTRO ALFARO
SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO –
CE-LENDIN CAJAMARCA P. 4948151 F.P. 05-06-07 Octubre. S/. 9.00
3.
NOTIFICACIÓN
POR EDICTOS
EDICTO JUDICIAL PROCESO ABREVIADO Ante el Segundo Juzgado Especia-lizado Civil de Cajamarca , la JuezDOCTORA CABANILLAS y
secreta-ria FERNÁNDEZ en el Expediente N° 1148-2011,seguido por CABRERA
ARANA JUAN ANTONIO con CABRE-RA RODRÍGUEZ ABASALÓN sobre
nulidad de acto jurídico en la vía de
proceso de conocimiento;
median-te Resolución N° 02 de fecha 12 de setiembre del dos mil once se dispo-ne ADMÍTASE a trámite la demanda postulada por Juan Antonio Cabrera Arana contra Cabrera Rodríguez Absa-lón y Anuario Cabrera Roncal , sobre nulidad de acto jurídico ; mediante resolución N° treinta y dos de fecha 17 de setiembre del dos mil quince la señora juez DECLARA LA
SUSPEN-SIÓN DEL PROCESO hasta que la
su-cesión de ANUARIO CABRERA
RON-CAL se apersonen al presente proceso
, en el esta do que se encuentre , dis-poniendo se notifique vía edictos a la sucesión de ANUARIO CABRERA
RONCAL a través del diario oficial la
república por el lapso de 03 días há-biles a fin de que los herederos o los que se crean con legítimo interés , se apersonen al proceso en el lapso de
SESENTA DÍAS bajo apercibimiento
de nombrárseles curador procesal en caso de no hacerlo.
Cajamarca, 28 de setiembre del 2015 CLAUDIA CABANILLAS QUEVEDO
JUEZ
SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL
CAJAMARCA YOLANDA FERNANDEZ AQUINO
SECRETARIA JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO ESPECIALIZADO
CIVIL CAJAMARCA P. 4946245 F.P. 02-05-06 Octubre S/. 12.00 EDICTO JUDICIAL Ante el Juzgado Mixto de la Provincia de San Marcos - Cajamarca; Expedien-te N° 028-2015-C, LUZ MERI PAREDES GONZÁLES, interpone demanda a fin de que declare judicialmente el reconocimiento de Unión de Hecho, entre la demandante y el extinto JOSÉ ELADIO URBINA ABANTO, desde el año 1975 hasta el 26 de diciembre del 2012; acción que la dirige contra la sucesión indeterminada de José Eladio Urbina Abanto. Por Resolución N° UNO; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda presentada, en la Vía del proceso de conocimiento; ordenándose la notificación personal de los aparentes sucesores conocidos, y, teniéndose en cuenta que no existe declaratoria de herederos, se ORDENA además la notificación mediante edic-tos, a fin de que quienes se consideren con derechos, se apersonen al proce-so dentro del término de SESENTA DÍAS acreditando su condición, BAJO APERCIBIMIENTO de nombrarse cura-dor procesal; PUBLÍQUESE por TRES DÍAS HÁBILES, en el diario Oficial “El Peruano” y el diario oficial distrital “La República”.
San Marcos, 15 de Setiembre del 2015.
JOSE LUIS MORALES BOÑON JUEZ
JUZGADO MIXTO SAN MARCOS RELINDA GALVEZ MEJIA
SECRETARIA JUDICIAL
participación de
alum-nos de cuarto, quinto
año de secundaria y
sexto grado de
prima-ria de diferentes
institu-ciones educativas que
respondieron de
mane-ra positiva a las charlas
dinámicas ofrecidas por
los jueces y abogados
de la Corte Superior de
Justicia de Cajamarca.
Horna León,
expre-só su satisfacción por el
apoyo del Presidente de
la Corte de Cajamarca,
Feliciano Vásquez
Mo-locho y a la vez,
agrade-ció el aporte del profesor
José Marcelo Gamboa
Hilario, Alcalde de la
Mu-nicipalidad Provincial de
Cajabamba, así como de
los jueces y trabajadores
que participaron
volun-tariamente con el único
objetivo de cambiar
acti-tudes en adolescentes y
padres de familia frente
a conflictos y desarrollar
habilidades para la vida
diaria.
En la jornada de
proyección social, los
abogados Giovana
Bo-rasino (Jueza de Paz
Letrado), César
Qui-roz, Luis Parra, Marilyn
Coba, Edgard Cruzado
y el comunicador Juan
Carlos Liza dinamizaron
sus diálogos motivando
la participación de los
estudiantes, en cuanto
a buscar el diálogo con
sus padres, ser sus
ami-gos, asimismo, ser
res-ponsables de sus
pro-pios actos, respetar las
normas, reglas y
practi-car la sana convivencia
con los compañeros.
Como antesala a este
evento el coordinador,
Percy Horna León, se
reunió con el Alcalde de
la ciudad, a quien
agra-deció por su
preocupa-ción y responsabilidad
que ejerce como
autori-dad al preocuparse por
la ciudadanía y especial
en los jóvenes de las
instituciones educativas.
En la feria
informa-tiva del Poder Judicial,
también participaron
brindando charlas de
orientación fiscales del
Ministerio Público y
de-fensores públicos del
Ministerio de Justicia.
Cajamarca, 04 de octubre del 2015.
JUZGADO MIXTO SAN MARCOS P.4946288 F.P. 02-05-06 Octubre S/.9.00 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE: 2015-065-C
Juzgado Especializado Civil Perma-nente de la Provincia de Chota. En solicitud de MELITON RODRIGO BAU-TISTA; RESOLUCION NÚMERO DOS.- Chota, veinticinco de agosto del año dos mil quince. SE RESUELVE: ADMI-TIR a trámite la demanda interpuesta por MELITON RODRIGO BAUTISTA contra ROSA REGALADO GUEVARA, sobre Otorgamiento de Escritura Pú-blica, en la vía signada al PROCESO SUMARÍSIMO de conformidad con lo prescrito en el artículo 1412° del Códi-go Civil. (...); NOTIFÍQUESE mediante edicto publicado en el Diario “La Re-pública” por una vez con un extrac-to de la demanda y auextrac-to admisorio; además de fijar el Edicto en la tablilla del Juzgado, a efectos que absuelva el traslado por el término de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento en caso de no hacerlo de ser declarada rebelde y nombrarle un curador procesal (...).
Chota, 25 de Agosto del 2015. Gisella Maritza Coronado Castro
JUEZ
JUZGADO CIVIL PERMANENTE CHOTA
DELMER ANTONIO JONDEC MEJIA SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO CIVIL PERMANENTE
CHOTA P. 4947493 F.P. 05 Octubre S/. 4.00 EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2009-017-C Seguido por JOSE ANDRES PALOMINO PERAL-TA Y OTRO contra JORGE FERNANDO POSADAS MENDES sobre MEJOR DERECHO DE PROPIEDAD, ante el Juzgado Mixto San Pablo.
RESOLUCION N° SETENTA Y CUATRO San Pablo, veintiuno de setiembre del Año dos mil quince.
SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDIC-TO. A la sucesora TERESA ZENAIDA POSADAS VILLAR, a fin de que en el plazo de treinta días, a partir de rea-lizada la ultima notificación, se
aper-sone al proceso y fije su domicilio procesal, dentro del radio urbano
de esta ciudad de la Provincia de San Pablo, Departamento de Cajamarca; en caso de incumplimiento bajo aper-cibimiento de nombrársele curador procesal, y continuar con el tramite del proceso, conforme a ley. JUEZ: LUNA CHAVEZ
SEC: PALOMINO CASTRE-JON
P.4948224 F.P. 05-06-07 Octubre S/. 9.00
EDICTO JUDICIAL
PROCESO CIVIL N° 965-2015.
segui-do por OTON GERARDO GARCIA
QUÍROZ, contra PERSONAS INDE-TERMINADAS O INCIERTAS, sobre REMBOLSO DE GASTOS DE ATEN-CIÓN, CUIDADO Y PROTECCIÓN DE LA PERSONA Y BIENES DE MARIO RAFAEL PASTOR QUIROZ, en la vía
Proceso Abreviado, ante el Primer Juzgado Civil de Cajamarca, en el cual se ha dispuesto mediante Resolución N° UNO de fecha diez de septiembre del dos mil quince, se publique un ex-tracto de la presente demanda, auto que resuelve lo siguiente: ADMITIR a trámite la presente demanda inter-puesta por OTON GERARDO
GAR-CIA QUIROZ, sobre REEMBOLSO DE GASTOS DE ATENCION, CUIDADO Y PROTECCIÓN DE LA PERSONA Y
BIENES DE MARIO RAFAEL PASTOR QUIROZ ascendente a la suma de S/
238,760.97 como primera pretensión principal y reembolso de gastos de fu-nerales del extinto Mario Rafael Pas-tor Quíroz por la suma de S/ 4, 413.70 como segunda pretensión en la vía del Proceso Abreviado contra las per-sonas indeterminadas o inciertas, a fin de que en el plazo de DIEZ DIAS, contesten la demanda, bajo aperci-bimiento de nombrarse CURADOR
PROCESAL; PUBLIQUESE un
extrac-to de la presente resolución mediante edictos en los diarios “ El Peruano” y “La República” por tres veces, con in-tervalo de tres días.; NOTIFIQUESE conforme a ley.
Roger Mendoza Herrera, Juez del Primer Juzgado Especializado Civil de Cajamarca.
Silvia Marianela Jara Sánchez, Secre-taria Judicial.
Cajamarca, 17 de Septiembre del 2015. ROGER MENDOZA HERRERA
JUEZ
PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA SILVIA MARIANELA JARA SANCHEZ
SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL
CAJAMARCA P.4923774 F.P. 23-29 Septiembre 05 Octubre S/. 12.00
4.
EDICTOS
PENALES
EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2014-185-F, En elJuz-gado Mixto de la Provincia de Celen-dín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra ADELSO BRIONES
BAU-TISTA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en
agravio de ISALBINA ALVA GUEVARA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN
NÚME-RO SIETE, QUE RESUELVE: NOTIFI-QUESE a la parte procesal agraviada ISALBINA ALVA GUEVARA y
deman-dada ADELSO BRIONES BAUTISTA con un extracto de la presente reso-lución y resoreso-lución número uno,
ME-DIANTE EDICTOS, los mismos que
se publicarán en el diario oficial la
República, por el plazo de tres días consecutivos.
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: AD-MITASE a trámite la demanda contra ADELSO BRIONES BAUTISTA sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su
modali-dad de MALTRATO FISICO Y
PSICO-LOGICO, en agravio de su conviviente ISALBINA ALVA GUEVARA; como
pretensiones accesorias se disponga las medidas de protección definiti-vas y el pago de MIL SEISCIENTOS
NUEVOS SOLES, por concepto de
reparación civil por el daño físico y psicológico ocasionado, a favor de la agraviada; TRAMITESE el presente proceso en la vía procedimental del
PROCESO UNICO. TENGASE por OFRECIDOS los medios probatorios
que se indican. CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo de
CINCO DIAS para que comparezca
al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incumplimien-to. TENGASE por comunicadas las medidas de protección dictadas, y
CONFIRMESE las mismas, bajo
aper-cibimiento de ser investigado por el delito de Desobediencia a la Autori-dad, en caso de incumplimiento por parte del demandado.
REQUIRIEN-DOSELES a dichas partes que
concu-rran al Juzgado en el plazo perentorio de TRES DIAS a fin de fotocopiar los anexos y ejerzan su derecho de
defen-sa en el modo y forma de Ley.
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Hugo Leonardo
Gonzáles Rengifo. Julissa Aseijas Silva
JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Abg. Hugo Leonardo Gonzales
Rengifo SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 01-02-05 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2014-257-F, En el
Juzgado Mixto de la Provincia de Ce-lendín que despacha la señorita Juez Dra. Julissa Aseijas Silva, en el pro-ceso seguido contra ALFONSO ZELADA
TELLO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en
agravio de MARÍA DELICIA RODRIGUEZ
RODRIGUEZ y MARIA MAGDALENA ZE-LADA RODRIGUEZ, se ha emitido la:
RESOLUCIÓN NÚMERO SIETE, QUE RESUELVE: NOTIFIQUESE a la parte
procesal agraviada MARÍA DELICIA
RODRIGUEZ RODRIGUEZ y MARIA MAGDALENA ZELADA RODRIGUEZ
y demandada ALFONSO ZELADA
TELLO con un extracto de la presente
resolución y resolución número uno,
MEDIANTE EDICTOS, los mismos
que se publicarán en el diario oficial
la República, por el plazo de tres días consecutivos.
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: AD-MITASE a trámite la demanda
con-tra ALFONSO ZELADA TELLO sobre
VIOLENCIA FAMILIAR, en su
moda-lidad de MALTRATO PSICOLOGICO, en agravio de su esposa MARÍA
DELI-CIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ y su
hija MARIA MAGDALENA ZELADA
RODRIGUEZ; como pretensiones
ac-cesorias se disponga las medidas de protección definitivas y el pago de
MIL NUEVOS SOLES, por concepto
de reparación civil por el daño psi-cológico ocasionado, a favor de las agraviadas, en la proporción de
QUI-NIENTOS NUEVOS SOLES para cada
una; TRAMITESE el presente proceso en la vía procedimental del
PROCE-SO UNICO. TENGASE por OFRECI-DOS los medios probatorios que se
indican. CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO
DIAS para que comparezca al proceso
y conteste la demanda, bajo apercibi-miento de ser declarado rebelde en caso de incumplimiento. TENGASE por comunicadas las medidas de pro-tección dictadas, y CONFIRMESE las mismas, bajo apercibimiento de ser investigado por el delito de Desobe-diencia a la Autoridad, en caso de incumplimiento por parte del deman-dado. REQUIRIENDOSELES a dichas partes que concurran al Juzgado en el plazo perentorio de TRES DIAS a fin de fotocopiar los anexos y ejerzan su derecho de defensa en el modo y forma de Ley.
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Hugo Leonardo Gonzáles Rengifo.
Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Abg. Hugo Leonardo Gonzales
Rengifo SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 01-02-05 Octubre EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2014-81-F, En el
Juzgado Mixto de la Provincia de Ce-lendín, que despacha la señorita Juez,
Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra MARCO ANTONIO
ALVA-RADO ROJAS, sobre VIOLENCIA FAMILIAR
en agravio de ONESIMO SILVA PINEDO y
DEINA SILVA VELASQUEZ, se ha emitido
la: RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE,
QUE RESUELVE: NOTIFIQUESE a
la parte procesal agraviada
ONESI-MO SILVA PINEDO y DEINA SILVA VELASQUEZ y demandada MARCO ANTONIO ALVARADO ROJAS con
un extracto de la presente resolu-ción y resoluresolu-ción número uno,
ME-DIANTE EDICTOS, los mismos que
se publicarán en el diario oficial la
República, por el plazo de tres días consecutivos.
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: AD-MITASE a trámite la demanda contra MARCO ANTONIO ALVARADO RO-JAS sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en
su modalidad de MALTRATO FISICO, en agravio de ONESIMO SILVA
PI-NEDO y DEINA SILVA VELASQUEZ,
yerno y conviviente respectivamente; como pretensiones accesorias se dis-ponga las medidas de protección defi-nitivas y el pago de UN MIL NUEVOS
SOLES, por concepto de reparación
civil por el daño físico ocasionado, a favor de los agraviados; TRAMITESE el presente proceso en la vía procedi-mental del PROCESO UNICO.
TEN-GASE por OFRECIDOS los medios
probatorios que se indican.
CORRA-SE traslado a la parte demandada
por el plazo de CINCO DIAS para que comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incum-plimiento. TENGASE por comunica-das las medicomunica-das de protección dicta-das, y CONFIRMESE las mismas, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Fiscalía Provincial Penal de esta ciu-dad a fin de que sea investigado por el delito de Desobediencia a la Auto-ridad, en caso de incumplimiento por parte del demandado.
REQUIRIEN-DOSELES a dichas partes que
concu-rran al Juzgado en el plazo perentorio de TRES DIAS a fin de fotocopiar los anexos y ejerzan su derecho de defen-sa en el modo y forma de Ley.
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Hugo Leonardo
Gonzáles Rengifo. Julissa Aseijas Silva
JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA Abg. Hugo Leonardo Gonzales
Rengifo SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 01-02-05 Octubre EDICTO PENAL EXPEDIENTE PENAL N° 00198-2015. CUARTO JUZGADO DE PAZ LETRA-DO - PENAL
SECRETARIA: Rosángela del Car-men Merino Yzquierdo. SE CITA Y EMPLAZA A: KELY
PARE-DES SUAREZ
Para hacer de su conocimiento que por Resolución N° DOS de fecha 24-09- 2015, SE RESUELVE:
REPROGRA-MAR LA AUDIENCIA, la misma que
se llevará a cabo el día miércoles 18
de noviembre del año 2015 a las 10:00 de la mañana, en el local del
Cuarto Juzgado de Paz Letrado, ubi-cado en el piso nueve del edificio de la Av. La Cantuta n° 1224-1228 de esta ciudad (Complejo Qhapaq Ñan), en el
Proceso Penal n° 00198-2015-0-0601 -JP-PE-04, seguido contra Estervita
Cabanillas Coba, por falta contra la Persona, en la modalidad de lesiones dolosas, en agravio de Kely Paredes Suarez.
Cajamarca, 28 de setiembre de 2015 F.P. 01-02-05 Octubre
EDICTO JUDICIAL
EXPEDIENTE Nº 2015-48-F, En el
Juzgado Mixto de la Provincia de Ce-lendin, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra JAVIER PELAEZ SILVA, so-bre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de
MARIA ELENA SANCHEZ TANTALEAN, se
ha emitido la: RESOLUCIÓN
NÚME-RO SEIS, QUE RESUELVE: NOTIFI-QUESE a la parte procesal agraviada MARIA ELENA SANCHEZ TANTA-LEAN y demandado JAVIER PELAEZ SILVA, por el plazo de QUINCE DÍAS,
contados desde el día de la última publicación de los edictos dispues-tos, para que éste último conteste la demanda, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de nombrar Curador Procesal; notificación que se realizará MEDÍANTE EDICTOS con un extracto de la presente resolución y resolución número uno, los mismos que se publicarán en el diario oficial
la República, por el plazo de tres días consecutivos.
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: AD-MITASE a trámite la demanda contra JAVIER PELAEZ SILVA sobre VIOLEN-CIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO PSICOLOGICO, en
agra-vio de su ex conviviente MARIA
ELE-NA SANCHEZ TANTALEAN; como
pretensiones accesorias se disponga las medidas de protección definitivas y el pago de QUINIENTOS NUEVOS
SOLES, por concepto de reparación
civil por el daño psicológico ocasio-nado, a favor de la agraviada;
TRA-MITESE el presente proceso en la vía
procedimental del PROCESO UNICO.
TENGASE por OFRECIDOS los
me-dios probatorios que se indican
CO-RRASE traslado a la parte demandada
por el plazo de CINCO DIAS para que comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incum-plimiento. TENGASE por comunica-das las medicomunica-das de protección dicta-das, y CONFIRMESE las mismas, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Fiscalía Provincial Penal de esta ciu-dad a fin de que sea investigado por el delito de Desobediencia a la Auto-ridad, en caso de incumplimiento por parte del demandado.
REQUIRIEN-DOSELES a dichas partes que
concu-rran al Juzgado en el plazo perentorio de TRES DIAS a fin de fotocopiar los anexos y ejerzan su derecho de defen-sa en el modo y forma de Ley.
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel
Salazar Salazar.
Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR
SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 12-2013-18-JIPTEM JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE TEMBLADERA
Especialista Judicial: MELISSA ZARAI
QUISPE RODRIGUEZ
SE NOTIFICA A: WILMER MES-TANZA CHUGNAS, con la siguiente
resolución expedida en el Cuaderno de Acusación, en los seguidos contra Luis Alfredo Bardales Tejada y otros, por delito de Hurto Agravado, en agra-vio de Lucy Marlene Yovera Correa y otros: Resolución N° 05 de fecha
07/09/2015, se resuelve: DECLARAR DE OFICIO LA NULIDAD DE LOS AC-TUADOS en la presente causa penal y
retrotrayéndose al estado que
corres-ponde REQUIÉRASE previamente a los acusados Luis Alfredo Bardales Tejada, Enrique Cabanillas Castillo y Wilmer Mestanza Chugnas, cumplan previamente con designar en el plazo de veinticuatro horas a un Abogado Defensor de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de incumpli-miento de designárseles a un Aboga-do Defensor Público de la Provincia de Contumazá a fin de que realice su defensa técnica.
JUEZ: DOBBERTIN
Tembladera, 07 de Setiembre del 2015
ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO
JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO
JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA TEMBLADERA F.P. 02-05-06 Octubre
EDICTO PENAL
Exp. N° 033-2014-JIPTEM JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA DE TEMBLADERA
Especialista Judicial: MELISSA ZARAI
QUISPE RODRIGUEZ
SE NOTIFICA A: CREYSI CAS-TAÑEDA VARGAS, RAQUEL LUCIA CASTAÑEDA VARGAS, VICTOR RAUL CASTAÑEDA MARTOS, JORGE TOMAS HUAMAN RISCO, YOLANDO SANTI-LLAN ARANA, ELAR ROMERO ARAU-JO, MARIA AURORA JARA CRISOLO-GO, RONALDO ROMERO ARAUJO, HORTENCIA GUERRA CHACÓN, JOSE ARTEAGA CARRASCO, CRUZ AGAPITO SANCHEZ VÁSQUEZ, ELIGIO ARMAS MEDINA, MERIA FELIPA URBANO URQUIZA, CIRILO ACEBEDO MELON, ABRAHAM MOZOMBITE PEÑA, MARÍA CALDERÓN DÁVILA, JOSE ANTONIO CONDOR MORENO, BRANDO CARRE-RA TICARRE-RADO, EMERSON LEONARDO TIRADO, VICTOR CONDOR MORENO, FLORENTINO MORENO REYES, JULIA TAPIA BUSTAMANTE, CIRILA JULCA ROSAS, OSCAR ESNAIDER CABELLOS VILCHEZ, CESAR TIRADO ARRESTE-GUI, SARA SALAZAR BAZÁN, EMERITA PAREDES VALERA, CARLOS VIGO VÁS-QUEZ, JENIFER RIQUELME MORENO Y ROSARIO RIQUELME LLASAHAC, con la siguiente resolución expedida en el Cuaderno de Sobreseimiento, en los seguidos contra Marcos Orlando Leiva Rojas, por delito de Homicidio Culposo por inobservancia de reglas de tránsito y otros, en agravio de Elard Romero Araujo y otros:
Reso-lución N° 12 de fecha 04/09/2015,
se resuelve: Declarar fundado el
requerimiento de Sobreseimiento a favor de Marcos Orlando Leiva Rojas, formulado por el Fiscal
Provin-cial Mixto de Distrito de Tembladera, respecto del delito Contra La Vida, El Cuerpo y La Salud en su Figura de Lesiones Culposas Graves, previsto y penado en el Art. 124° cuarto párrafo del Código Penal, en agravio de Creysi Lisbeth Castañeda Vargas y Otros. Ar-chivándose el presente proceso en el modo y forma de Ley.
JUEZ: DOBBERTIN
Tembladera, 04 de Setiembre del 2015
ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO
JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO
JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA TEMBLADERA F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de TEMBLADERA.
Juez Dobbertin. CITA Y EMPLAZA a ANGEL MARTIN ROJAS NUÑEZ, con la siguiente resolución expedi-da en el Cuaderno de Terminación Anticipada, en los seguidos contra Segundo Daniel Cadenillas Velásquez, por delito de Homicidio Culposo por Inobservancia de Reglas de Tránsito y Otro, en agravio de Jesús Emperatriz León Valdivia y Otros: Resolución N°
32 de fecha 22/09/2015, se resuelve:
citar a las partes procesales para la realización de la AUDIENCIA
PRIVA-DA DE TERMINACIÓN ANTICIPAPRIVA-DA,
día 29-10-2015, a las 10:00 a.m. JUEZ:
DOBBERTIN
Tembladera, 22 de Setiembre del 2015 ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN
ESPINO
JUEZ JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA
TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO
JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA TEMBLADERA F.P. 02-05-06 Octubre
EDICTO PENAL
JUZGADO DE PAZ LETRADO CON ADICION DE FUNCIONES DE IN-VESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CONTUMAZA
ESPECIALISTA JUDICIAL: ROXANA ALVAN ZAMORA
EXP. N° 020-2015-01
RESOLUCION N° SEIS de fecha 24 de septiembre del 2015; SE RE-SUELVE: 1.- HACER EFECTIVO.
el apercibimiento decretado en la resolución número tres, en conse-cuencia designase al defensor público de esta provincia para que ejerza la defensa del investigado a la cual se le notificara en su domicilio procesal sito en el Jr. José Olaya N° 262 - Contu-mazá. 2.- NOTIFICAR VIA EDICTO al
acusado WILMAR LOJE MEDINA, en
los seguidos contra Wilmar Loje Medi-na, por el delito de Violación Sexual de menor de edad.
Edictos que serán publicados en el diario Oficial “La República” de Cajamarca por el pazo de TRES DIAS. ,- Suscribe la Señora Juez María Jesús
Amaya Valderrama y Especialista
Judicial Roxana Alvan Zamora.
Maria Jesus Amaya Valderrama JUEZ TITULAR Juzgado de Paz Letrado con
adi-ción a
Funciones del Juzgado de Inves-tigación
Preparatoria – Contumaza ROXANA ALVAN ZAMORA ESPECIALISTA JUDICIAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA CONTUMAZA F.P. 02-05-06 Octubre EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE N° 2014-152-F, En el
Juzgado Mixto de la Provincia de Ce-lendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proce-so seguido contra AMARANTE RAMOS
CHOROCO. FELICITAS CHOROCO SAUCEDO Y MARIA GLADIS CHUQUIMANGO CHORO-CO, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en
agra-vio de FELICITAS CHOROCO SAUCEDO
Y AMARANTE RAMOS CHOROCO, se ha
emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO
OCHO, QUE RESUELVE: CORRASE TRASLADO al demandado AMA-RANTE RAMOS CHOROCO, por el
plazo perentorio de QUINCE DIAS, contados desde el día siguiente de la última publicación de los edictos dis-puestos, para que éste último conteste
la demanda, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de nombrar Curador Procesal, notificación que se realizará MEDIANTE EDICTOS, con un extracto de la presente resolución y resolución número uno (Admiso-rio), los mismos que se publicarán en el diario oficial la República, por el plazo de tres dias consecutivos.
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO: AD-MITASE a trámite la demanda contra FELICITAS CHOROCO SAUCEDO Y AMARANTE RAMOS CHOROCO
sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO FISICO
RECIPROCO; contra AMARANTE RAMOS CHOROCO, sobre VIOLEN-CIA FAMILIAR, en su modalidad
de MALTRATO PSICOLOGICO, en agravio de FELICITAS CHOROCO
SAUCEDO; y contra MARIA GLADIS CHUQUIMANGO CHOROCO,
sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO FISICO, en agravio de AMARANTE RAMOS
CHOROCO; como pretensiones
ac-cesorias se disponga las medidas de protección definitivas, a favor de los agraviados y el pago de MIL
OCHEN-TA Y CINCO NUEVOS SOLES, por
concepto de reparación civil por el daño psicológico ocasionado, por el demandado AMARANTE RAMOS
CHOROCO, a favor de la agraviada FELICITAS CHOROCO SAUCEDO; y
el pago de TRESCIENTOS NUEVOS
SOLES, por concepto de reparación
civil por el daño físico ocasionado, por la demandada FELICITAS
CHO-ROCO SAUCEDO, a favor del
agravia-do AMARANTE RAMOS CHOROCO;
TRAMITESE el presente proceso en
la vía procedimental del PROCESO
UNICO. TENGASE por OFRECIDOS
los medios probatorios que se indi-can. CORRASE traslado a la parte demandada por el plazo de CINCO
DIAS para que comparezca al proceso
y conteste la demanda, bajo apercibi-miento de ser declarado rebelde en caso de incumplimiento. TENGASE por comunicadas las medidas de pro-tección dictadas, y CONFIRMESE las mismas, bajo apercibimiento de re-mitirse copias a la Fiscalía Provincial Penal de esta ciudad a fin de que sea investigado por el delito de Desobe-diencia a la Autoridad, en caso de incumplimiento por parte del deman-dado. REQUIRIENDOSELES a dichas partes que concurran al Juzgado en el plazo perentorio TRES DIAS a fin de fotocopiar los anexos y ejerzan su derecho de defensa en el modo y for-ma de Ley.
Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel
Salazar Salazar
Julissa Aseijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA
CAJAMARCA LENIN MANUEL SALAZAR SALAZAR
SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CELENDIN F.P. 02-05-06 Octubre
EDICTO PENAL
Exp. N° 01271-2015-0-0601-JR-PE-02
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA
Especialista: JUAN DE DIOS COJAL
MENA
Se cita y emplaza a: JUAN CARLOS
CUEVA GUEVARA
Para que tome conocimiento y se pon-ga a derecho, que mediante Resolución
N° 03, de fecha 24/09/2015, se ha
dispues-to NOTIFICAR VÍA EDICTOS al imputado
JUAN CARLOS CUEVA GUEVARA con el
contenido de la resolución número uno que señala:
DADO CUENTA con el escrito
presenta-do por el defensor Público abogapresenta-do del acusado Juan Carlos Cueva
Gueva-DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes 05 de octubre del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE Lunes 05 de octubre del 2015 PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV
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ra, mediante el cual absuelve el trasla-do de la acusación fiscal, apersona al estado del presente proceso y solicita de ser el caso la aplicación del criterio de oportunidad, que antecede,
AGRE-GUESE a los autos y siendo que éste
ha sido presentado dentro del plazo de Ley, en consecuencia PÓNGASE a conocimiento de los demás sujetos procesales para su absolución oral en audiencia preliminar y RESÉRVESE todo pronunciamiento jurisdiccional hasta la realización de la misma; Al
otrosí: TENGASE por SEÑALADO como su
domicilio procesal ubicado en el Jirón
Los Sauces N° 508, Urb. El Ingenio de esta ciudad, en donde se le hará saber con
las resoluciones que se emitan por el Juzgado.
NOTIFICÁNDOSE.-Sandra Milagros Sosa Alarcon JUEZ TITULAR SEGUNDO JUZGADO DE
INVESTIGA-CION PREPARATORIA CAJAMARCA F.P. 02-05-06 Octubre
EDICTO PENAL
TERCER JUZGADO PENAL UNIPER-SONAL DE CAJAMARCA
ESPECIALISTA JUDICIAL: Juan Brio-nes Álvarez
Exp. 1038-2015-2-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE:
1. CITAR A JUICIO ORAL en el
presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día
TREIN-TA DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A LAS TRES CON TREIN-TA MINUTOS DE LA TREIN-TARDE,(data
dispuesta debido a que la agenda del juzgado Penal Unipersonal y Colegia-do se encuentran con diligencias pro-gramadas hasta esa fecha), la misma que se llevará a cabo en el despacho del Señor Juez del Tercer Juzgado Pe-nal UnipersoPe-nal, ubicado en la Aveni-da La Cantuta- Cuadra Doce – Quinto Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca, en el proceso seguido con-tra BENIGNO FRANCISCO TRIGOSO
VIGO como presunto autor del delito
contra la Familia, en su figura a la Omisión de Asistencia Familiar. Bajo apercibimiento de ordenar su con-ducción compulsiva. Suscribe el señor Juez: German Merino Vigo.
F.P. 02-05-06 Octubre
EDICTO PENAL
Exp. N° 01450-2015-0-0601-JR-PE-02
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA
Especialista: JUAN DE DIOS COJAL
MENA
Se cita y emplaza a: HUMBERTO TELLO
MICHA
Para que tome conocimiento y se pon-ga a derecho, que mediante Resolución
N° 01. de fecha 07/09/2015, se ha
dispues-to NOTIFICAR VÍA EDICTOS al imputado
HUMBERTO TELLO MICHA con el
con-tenido de la resolución número uno que señala:
por lo que estando a las consideracio-nes anotadas, LA SEÑORA JUEZ QUE
SUSCRIBE RESUELVE: 1) HACER EFECTIVO el apercibimiento
decre-tado en la resolución número uno de fecha siete de setiembre del mismo año; en consecuencia: DESIGNESE defensor público a fin de que ejerza la defensa técnica del acusado
HUM-BERTO TELLO MICHA, debiendo para tal
efecto OFICIARSE a la Oficina de la Defensoría Pública para tal fin. 2)
CÓ-RRASE TRASLADO de la acusación
a los demás sujetos procesales, inclui-do el defensor público a designar, por el plazo perentorio de diez días
hábiles, a efectos de que, de creer
conveniente, puedan por escrito y de manera fundamentada, pronunciarse sobre las facultades de las partes que se han precisado en el segundo con-siderando. PRECÍSESE que las
indi-cadas peticiones sólo serán objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación, siempre y cuan-do hayan sicuan-do presentadas dentro del plazo de ley. COMUNIQUESE que la carpeta fiscal original se encuentra en el Pool de Especialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Pre-paratoria, para los fines que corres-pondan, la misma que deberá correr como ACOMPAÑADO a la presente carpeta, manteniendo su foliación.
NOTIFIQUESE, a las partes procesales PRECISANDOSE que el presente
pro-ceso penal seguido en su contra se origina de la Investigación Fiscal por el delito de Omisión a la Asistencia Fa-miliar en agravio de Tello Requelme, Pierre Dario.
Cajamarca, 28 de Setiembre del 2015 Sandra Milagros Sosa Alarcón
JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre
EDICTO PENAL Exp. N° 01328-2015-0-0601-JR-PE-02
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA
Se cita y emplaza a: ANGELICA ISABEL
BARRIONUEVO OLIVA
Para que tome conocimiento y se pon-ga a derecho, que mediante Resolución
N° 03, de fecha 03/09/2015, se ha
dispues-to NOTIFICAR VÍA EDICTOS a la imputa-da ANGELICA ISABEL BARRIONUEVO
OLI-VA con el contenido de la resolución
número dos que señala:
LA SEÑORA JUEZ QUE SUSCRIBE RESUELVE: 1) HACER EFECTIVO el apercibimiento decretado en la reso-lución número dos de fecha tres de setiembre del mismo año; en conse-cuencia: DESIGNESE defensor público a fin de que ejerza la defensa técnica de la acusada ANGELICA ISABEL BA-RRIONUEVO OLIVA, debiendo para tal efecto OFICIARSE a la Oficina de la Defensoría Pública para tal fin. 2) CÓ-RRASE TRASLADO de la acusación a los demás sujetos procesales, incluido el defensor público a designar, por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efectos de que, de creer conveniente, puedan por escrito y de manera fun-damentada, pronunciarse sobre las fa-cultades de las partes que se han pre-cisado en el segundo considerando.
COMUNIQUESE que la carpeta fiscal
original se encuentra en el Pool de Es-pecialistas Judiciales de los Juzgados de Investigación Preparatoria, para los fines que correspondan, la misma que deberá correr como
ACOMPAÑA-DO a la presente carpeta,
mantenien-do su foliación. NOTIFIQUESE, a las partes procesales.
PRECISANDOSE que el presente pro-ceso penal seguido en su contra se origina de la Investigación Fiscal por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio de Mauricio rrionuevo, Nila Nicol, Mauricio Ba-rrionuevo, Yasmin Isabel y Mauricio Barrionuevo, Sritt Yamile
Cajamarca, 28 de Setiembre del 2015 Sandra Milagros Sosa Alarcón
JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre
EDICTO PENAL Exp. N° 1291-2015 - 0 -0601-JR-PE-04
CUARTO JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA DE CA-JAMARCA
Especialista: Gina Yakori Salazar Campos
Se cita y emplaza a: ÁLVARO
GUEVA-RA MARINO
RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO.- Caja-marca. 12 de agosto del 2015.- DADO
CUENTA: Con el requerimiento de
pro-ceso inmediato incoado por la Primera
Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, contra ALVARADO GUEVARA, MARINO, por la presunta comisión del delito de conducción en estado de ebriedad en agravio de la sociedad cajamarquina; AGRÉGUESE a los autos. Y, estando a lo prescrito en el artículo 448° del Código Procesal Penal: TRASLÁDESE del requerimien-to de proceso inmediarequerimien-to a los demás sujetos procesales por el plazo de TRES DÍAS, para que de creerlo con-veniente, se pronuncie sobre el pro-ceso especial requerido y presente los elementos de convicción pertinentes; y una vez cumplido, DESE CUENTA PARA RESOLVER lo que corresponde. Debiendo para tal efecto, de notifi-carse a los domicilios proporcionados por la representante del Ministerio Público en su condición de titular de la acción penal y conductor de la investigación dese su inicio. NOTIFÍ-
QUESE.-SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TURNO DE CAJAMARCA EDWIN RAFAEL LLANOS MALCA,
Fiscal Provincial Penal de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, con domicilio procesal en el Jirón Sor Manuela Gil S/N - Ur-banización La Alameda de la ciudad de Cajamarca, a usted digo: De con-formidad con lo establecido en los artículos 446°1 y 447°2 inciso prime-ro del Código Pprime-rocesal Penal vigente, recurro a su Juzgado de Investigación Preparatoria, con la finalidad de for-mular Requerimiento de PROCESO INMEDIATO; en contra de Marino Al-varado Guevara identificado con DNI N° 71042237, en la investigación fiscal que se le sigue como presunto autor del delito contra la seguridad pública - delito de peligro común - en la mo-dalidad de Conducción en estado de ebriedad o drogadicción, previsto en el primer párrafo del artículo 2741 del código penal vigente, en agravio de la sociedad cajamarquina.
EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION
PREPA-RATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1395-2015 - 1-0601-JR-pE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA DE CA-JAMARCA
Especialista: Gina Yakori Salazar Campos
Se cita y emplaza a: MINCHAN
TASI-LLA WHESLEY ALBERTO. RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.-
Ca-jamarca, uno de setiembre del 2015.-
DADO CUENTA: Que con fecha 31
de agosto del 2015, la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Cajamarca soli-cita aplicación del proceso especial de Terminación Anticipada en la investigación que se sigue contra RO-DRIGUEZ ORTIZ, JHONSON ALEXAN-DER y VASQUEZ HERRERA, LENIN por la presunta comisión el delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado agravio de MINCHAN TASILLA, WHESLEY ALBERTO, adjun-tando la respectiva acta de acuerdo provisional firmada por el fiscal, los imputados, y su abogado defensor, y estando a lo previsto en el artículo 468º del Código Procesal Penal;
PÓN-GASE EN CONOCIMIENTO de todas
las partes procesales por el plazo pe-rentorio de CINCO DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan, por escrito formular sus pretensiones.
NOTIFÍ-
QUESE.-SOLICITA TERMINACIÓN ANTICI-PADA DEL PROCESO SEÑOR JUEZ
DEL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE CAJAMARCA.-LUIS MARTIN LINGAN CABRERA,
Fiscal Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Caja-marca, con domicilio en el Jr. Sor Ma-nuela Gil s/n, Urbanización La Alame-da, Cajamarca, ante Usted expongo: De conformidad con lo prescrito en el artículo 468 del Código Procesal Penal del 2004, recurro a usted, señor Juez, con la finalidad de requerir fije fecha y hora para la celebración de una Au-diencia de Terminación Anticipada -previo traslado de la solicitud a las partes, por el plazo de cinco días-, en la investigación seguida contra Lenin Vásquez Herrera y Jhonson Alexander
Rodríguez Ortiz, por la presunta
co-misión del delito de Hurto Agravado (Art. 185, concordante con el artículo 186, primer párrafo, numerales 1 y 5, y articulo 16 del Código Penal-ten-tativa), en agravio de Whesley Alberto
Minchan Tacilla.
EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION
PREPA-RATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre
EDICTO PENAL
CUARTO JUZGADO PENAL UNIPER-SONAL DE CAJAMARCA.-ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1203-2013-4.
SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se
realizará en acto público el día
CIN-CO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS TRES Y CUA-RENTA MINUTOS DE LA TARDE, la
misma que se llevará a cabo en la Sala de audiencias número dos (02), de la Corte Superior de Justicia de Cajamar-ca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n, cuadra 12, frente al Gran Com-plejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acusado JOEL JUAREZ FIGUEROA, concurrir obligatoriamente, bajo apercibimiento de ser declarado Reo
Contumaz, en caso de
inconcurren-cia, previa verificación en la audien-cia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuer-za policial.
En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resis-tencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez
Santos Luis Vás quez Pla-sencia y especialista judicial Margot Chávez Veintimilla.
Atentamente.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL
UNIPER-SONAL
SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ TITULAR
CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre
EDICTO PENAL
CUARTO JUZGADO PENAL UNIPER-SONAL DE CAJAMARCA.-ESPECIALISTA DE CAUSAS: NILDA MARGOT CHAVEZ VEINTIMILLA EXP: 1871-2013-1.
SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL en la presente causa, que se
realizará en acto público el día
CIN-CO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A LAS CUATRO Y VEINTE MINUTOS DE LA TARDE,, la
misma que se llevará a cabo en la Sala de audiencias número dos (02), de la Corte Superior de Justicia de Cajamar-ca, ubicada en la Urbanización Villa Universitaria, Avenida La Cantuta s/n,
cuadra 12, frente al Gran Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos), debiendo el acu-sado WINCLER HUAMURO
VALLE-JOS, concurrir obligatoriamente, bajo
apercibimiento de ser declarado Reo
Contumaz, en caso de
inconcurren-cia, previa verificación en la audien-cia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación, aprehensión y conducción compulsiva por la fuer-za policial.
En los seguidos en su contra por el delito de Desobediencia y Resis-tencia a la Autoridad en agravio de EL ESTADO. Suscribe el señor Juez
Santos Luis Vásquez Plasencia y
especialista judicial Margot Chávez
Veintimilla.
Atentamente.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CUARTO JUZGADO PENAL
UNIPER-SONAL
SANTOS LUIS VASQUEZ PLASENCIA JUEZ TITULAR CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL EL JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA de TEMBLADERA.
Juez Dobbertin. CITA y EMPLAZA a ERIKA ALVITEZ DIAZ, con la resolución número Veintitrés, de fecha diez de Setiembre del año dos mil quince, en el proceso Exp. N° 01 -2013-00-JIPTEM-CSJ-PJ, Delito LESIO-NES CULPOSAS GRAVES, imputado Cecilio Aguilar Huamán y otros, para que concurra a la CONTINUACIÓN
DE AUDIENCIA PÚBLICA DE CON-TROL DE ACUSACIÓN MIXTA, día
30-09- 2015, a las 11:30 a.m.
NOTIFÍ-QUESE.- Tembladera, 10 de
Setiem-bre de 2015 Secretaria: Quispe
ENRIQUE ALEJANDRO DOBBERTIN ESPINO
JUEZ
JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA TEMBLADERA MELISSA ZARAI QUISPE RODRIGUEZ ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO
JUZGADO DE INVESTIGACION PRE-PARATORIA TEMBLADERA F.P. 05-06-07 Octubre
EDICTO PENAL
Exp. N° 1413-2015 - 0-0601-JR-pE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA DE CA-JAMARCA
Especialista: Salazar Campos Gina Yakorí
Se cita y emplaza a: CONDOR JAMBO LEONARDO
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.-
Caja-marca, veintinueve de setiembre del 2015.-SE RESUELVE: HACER EFECTIVO
EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha
01-09-2015; en consecuencia, OFÍCIESE al director de los defensores públicos con el propósito de que DESIGNE a un abogado defensor público que ejerza la defensa técnica en el presente pro-ceso del acusado CONDOR JAMBO, LEONARDO .CORRER TRASLADO DE LA
ACUSACIÓN a los demás sujetos
proce-sales por el plazo perentorio de DIEZ
DÍAS HÁBILES a efectos de que, de creer
conveniente, puedan, por escrito y de
manera fundamentada, pronunciarse
conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal.
PRE-CISÁNDOSE que sólo será objeto de
debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes
fundamentadas por escrito y presentadas dentro del plazo de ley. Notifíquese.-REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DI-RECTA
SEÑOR JUEZ DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TURNO DE LA
CORTE
SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJA-MARCA:
ERNESTO ENJELBERTO CUEVA HUACCHA, Fiscal Provincial Titular
del Cuarto Despacho de Investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Pe-nal Corporativa de Cajamarca, con domicilio procesal en el Jirón Sor Ma-nuela Gil S/N - Urbanización La Ala-meda - Cajamarca, a usted con el debi-do respeto digo: Con la autoridad que nos confiere el Artículo 159° numera-les 1) y 5) de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo 11° de la Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el Artículo 336° numeral 4o del Código Procesal Penal, FORMULO
REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN DIRECTA contra LEONARDO CÓN-DOR JAMBO por la presunta
comi-sión del delito contra la Familia en la modalidad de Omisión a la
Asisten-cia Familiar, en agravio de sus
meno-res hijos ALEX LEONARDO CÓNDOR
SANGAY, MARICARMEN CÓNDOR SANGAY y ALINA ELIZABETH CÓN-DOR SANGAY, representados por su
señora madre Lilia Beatriz Sangay
Mejía; en los términos siguientes
EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION
PREPA-RATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1464-2015 - 0 -0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA DE CA-JAMARCA
Especialista: Gina Yakori Salazar Campos
Se cita y emplaza a: Representante
Cecia Huamán Ramírez.
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Caja-marca, veintinueve de setiembre del 2015.-SE RESUELVE: HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha 08-09-2015; en consecuencia, OFÍCIESE al director de los defensores públicos con el propósito de que DE-SIGNE a un abogado defensor público que ejerza la defensa técnica en el pre-sente proceso del acusado ESTRADA AGUILAR, ROGER LEANDRO. CORRER TRASLADO DE LA ACUSACIÓN a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS HÁBILES a efectos de que, de creer conveniente, puedan, por escrito y de manera fun-damentada, pronunciarse conforme a lo previsto en el artículo 350° del Código Procesal Penal. PRECISANDO-SE que sólo será objeto de debate en la audiencia preliminar de control de acusación las solicitudes fundamen-tadas por escrito y presenfundamen-tadas dentro del plazo de ley. Notifíquese a la agra-viada vía
edictos.-FORMULAACUSACIÓN DIRECTA SEÑOR JUEZ DE TURNO DEL JUZGA-DO DE INVESTIGACIÓN PREPARA-TORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE CAJAMARCA. JAIME VÁSQUEZ RAMÍREZ, Fiscal vincial Penal de la Tercera Fiscalía Pro-vincial Penal Corporativa de Cajamar-ca, con domicilio Legal y Procesal en el Jirón Sor Manuela Gil S/N - Urbani-zación La Alameda - Cajamarca; en la investigación seguida contra ROGER LEANDRO ESTRADA AGUILAR. por la presunta comisión del delito contra la Familia, en su figura de Omisión A La Asistencia Familiar (ilícito previs-to en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal), en agravio de su menor hija Qniara Nayely Estrada Huammán representado por su seño-ra madre CECIAHUAMAN RAMÍREZ; a Usted digo: Que, al amparo del Decre-to Legislativo N° 052 - Ley Orgánica
del Ministerio Público, inciso 1) del Artículo 60°, Artículo 336° numeral 4 y Artículo 349° del Código Procesal Penal, recurro a su Despacho con la finalidad de FORMULAR ACUSACIÓN contra ROGER LEANDRO ESTRADA AGUILAR por la presunta comisión del delito contra la Familia, en su fi-gura de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR (ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 149° del Código Penal), en agravio de la menor Quiara Nayely Estrada Huamán.
EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION
PREPA-RATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exd. N° 570-2013 - 2 -0601-JR-PE.-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTI-GACION PREPARATORIA DE CA-JAMARCA
Especialista: Gina Yakori SAlazar Campos
Se cita y emplaza a: Imputado Sergio
Fustamante Quintana
Tercero Civil Jorge Britaldo Chiza
Cruzado
Isidora Ayay Carrasco RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO.-
Cajamarca- siete de setiembre del 2015.-DADO CUENTA: Con el Oficio
N°1815-2015 de fecha 03-09-2015,
sus-crito por el Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal de Cajamarca me-diante el cual remite el presente cua-derno de debate para su ejecución:
AGREGUESE a los autos; y, siendo el
estado del mismo, PROCEDASE con la ejecución de sentencia contenida en la resolución N°07 de fecha 03 de agosto del 2015, en tal sentido,
REQUIÉRASE al sentenciado FUSTA-MANTE QUINTANA, SERGIO cumpla
de manera oportuna con la senten-cia de autos, bajo apercibimiento de proceder conforme a lo indicado en la sentencia antes mencionada.
PROCEDASE a archivar en forma
definitiva los cuaderno adjuntos al presente expediente:
N°570-2013-3-0601-JR-PE-04, y N°570-2013-0-0601-JR-PE-04; REMÍTASE dichos
cuader-nos, a la Oficina de Archivo Definitivo de esta Corte de Justicia, debiéndose oficiar para dicho fin. Interviniendo la especialista judicial que suscribe por disposición superior.
NOTIFI-QUESE la presente resolución al domicilio real y procesal del sen-tenciado.
EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4º JUZGADO INVESTIGACION
PREPA-RATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 01177-2015-0-0601-JR-PE-02
SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA
Especialista: JUAN DE DIOS COJAL MENA Se cita y emplaza a: LUIS CASTOPE
GALLARDO
Para que tome conocimiento y se pon-ga a derecho, que mediante Resolución
N° 03, de fecha 21/09/2015, se ha
dispues-to NOTIFICAR VÍA EDICTOS al imputado
LUIS CASTOPE GALLARDO con el
conte-nido de la resolución número tres que señala:
DADO CUENTA con el estado actual
del presente proceso y de la revisión del mismo se advierte que hasta la fecha y pese al tiempo transcurrido no ha sido devuelta la constancia de notificación de la cédula dirigida al domicilio real del investigado Luis Castope Gallardo, de quien se desco-noce su paradero actual con lo cual se
estaría dilatando innecesariamente el trámite del presente proceso, por lo que, a fin de no recortar su dere-cho de defensa, debe notificarse vía edictos en el diario oficial de la Corte Superior, asimismo, éste no contaría con un abogado defensor que ejerza su defensa técnica en el presente pro-ceso, PREVIAMENTE a correr traslado con el requerimiento acusatorio,
RE-QUIERASE a éste para que en el plazo
de tres días hábiles de notificado cumpla con designar abogado defensor de su libre elección, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia, de nombrársele
un abogado defensor público a fin de que ejerza su defensa técnica-, debiendo para
tal efecto, ser notificado VIA EDICTOS en el Diario Oficial La República, por el lapso de tres días hábiles consecutivos, conforme a lo prescrito por el artículo 128° del Código Procesal Penal.
OFI-CIANDOSE con tal fin. Sin perjuicio de
ello, REQUIÉRASE al Coordinador de la Central de Notificaciones de ésta sede Judicial cumpla en el plazo de
veinticua-tro horas, con INFORMAR sobre el estado
de la indicada cédula de notificación y si se ha realizado el seguimiento res-pectivo, bajo responsabilidad funcional.
NOTIFIQUESE-Sandra Milagros Sosa Alarcón JUEZ TITULAR Segundo Juzgado de Investigación
Preparatoria CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre
Expediente: 01139-2015-0-0601-JR-PE-03
Procedencia: Tercer Juzgado de Inves-tigación Preparatoria
Demandante: José Celis Guevara Beneficiario: Nilcer Daván Becerra Manuel Castrejón Castrejón Demandada: Elizabeth Vicenta Arias
Quispe Juez del Primer Juzgado de
Investiga-ción
Preparatoria de Cajamarca Asunto: Apelación de sentencia que declara fundada la demanda de Há-beas Corpus Correctivo
Esp. Judicial: Abog. Richard Alexander Cabrera Villa
SENTENCIA N° 81 RESOLUCIÓN NÚMERO
SEIS.-Cajamarca, dos de setiembre del dos mil quince.
VISTOS Y OIDOS:
Los recursos de apelación interpues-tos por el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judicial del Poder Judi-cial y por la demandada Elizabeth Vi-centa Arias Quispe, Jueza del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cajamarca, en contra de sentencia contenida en la resolución N° 02 de fecha 15 de julio del 2015, emitida por el Juez del Tercer Juzgado e Investiga-ción Preparatoria de Cajamarca, que resuelve declarar fundada la deman-da de Hábeas Corpus presentademan-da por José M. Celis Guevara en favor de los beneficiados Nilcer Daván Becerra y Manuel Castrejón Castrejón, en con-tra de la referida magiscon-trada; orde-nando la inmediata excarcelación de los referido beneficiarios.
PARTE EXPOSITIVA Antecedentes procesales Sentencia de primera instancia
El Juez del Tercer Juzgado de Inves-tigación Preparatoria de Cajamarca, expidió la sentencia contenida en la resolución N° 02 de fecha 15 de julio del 2015, que declara fundada la de-manda de Hábeas Corpus, sustancial-mente porque a la fecha de interposi-ción de la demanda existía un saldo de 18 días de privación de la libertad injustificada –de facto- de los beneficia-rios, lo que implica que la demandada habría inobservado e incumplido lo establecido en el artículo 273° del Có-digo Procesal Penal (en adelante, CPP);