Régimen de las Entidades de Tenencia de Valores
CURSO de EXPERTO
en FISCALIDAD INTERNACIONAL
TRIBUTACIÓN DE LOS DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN
La tributación de los beneficios empresariales • La residencia fiscal
o Sede de dirección
o Localización de los beneficios
o Transparencia e intercambio de información
• Los precios de transferencia
o Funciones desarrolladas por las empresas del grupo o Valor aportado por la empresa
• La transparencia fiscal internacional
o Las rentas pasivas
o Tributación de las sociedades controladas
• Medidas antiabuso
o Acuerdos internacionales
TRIBUTACIÓN DE LOS DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN
La competitividad fiscal. Planificación fiscal agresiva
• Economía de opción
Posibilidad legítima de elegir entre varias alternativas válidas
Dirigidas a la consecución de un mismo fin
Generan ventajas adicionales
• Fiscalidad internacional
Libertad de movimiento
Competencia fiscal
Estructuras anómalas
Desplazamiento de rentas
TRIBUTACIÓN DE LOS DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN
• Datos Eurostat 2013
La presión fiscal en la UE llega al 38,8% del PIB en 2011
En la OCDE solo Canadá y Nueva Zelanda superan el 30% ▫ Datos Eurostat 2013
TRIBUTACIÓN DE LOS DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN
Evolución del impuesto sobre sociedades: se ha detenido el descenso de los tipos impositivos, del 35,3% de mediados de los noventa hasta el 23,5% actual.
Existe una gran diversidad, entre el 10% de Chipre y Bulgaria y el 36,1% de Francia.
TRIBUTACIÓN DE LOS DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN
La tributación de los dividendos • La doble imposición
o Interna
o Internacional
• Eliminación de la doble imposición
o Deducción
• Jurídica • Económica
o Exención
• Perceptor de los dividendos
o Persona física o Persona jurídica
• La residencia del perceptor
o Residente o No residente
TRIBUTACIÓN DE LOS DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN
Tributación de las rentas obtenidas en la transmisión de una participación • Sociedad participada
o Renta incorporada a reservas de la sociedad o Renta atribuible a plusvalías tácitas
• Doble imposición
o Eliminación de la doble imposición
• Titular de la participación
o Persona física o Persona jurídica
• Residencia del transmitente
o Residente o No residente
TRIBUTACIÓN DE LOS DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN
Tributación en España
• Impuesto sobre Sociedades
o Dividendos y transmisión participación en entidades residentes o Entidades no residentes
• Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
o Entidades residentes o No residentes
• Impuesto sobre la Renta de No Residentes • Convenios para evitar la doble imposición • Directiva matriz filial
SOCIEDADES HOLDING
Eliminación de la doble imposición • Sociedad
o Dividendos recibidos o Plusvalías obtenidas
• Socio
o Dividendos distribuidos o Plusvalías obtenidas
Financiación
• Aportaciones de capital
• Deducibilidad de los gastos generados por la financiación ajena Marco legal
ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS
Características de las sociedades
• Objeto social
• Valores nominativos
• No requisitos de residencia sociedades participadas o socios
o Excluidas residentes en paraísos fiscales
• Exclusión de las Agrupaciones de Interés Económico y Uniones Temporales de Empresas
ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS
Características de las sociedades
• Excluidas las sociedades de tenencia pasiva
o No gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario
• Comunicación a la Administración tributaria
• Menciones en la Memoria
o Rentas exentas o Impuestos pagados
ENTIDADES DE TENENCIA DE VALORES EXTRANJEROS
Incidencia del régimen de consolidación fiscal • Compatibilidad
• ETVE sociedad dominante
o Opción por tributar en régimen de consolidación o Y opción por tributar en régimen de ETVE
• ETVE sociedad dependiente
o Puede pertenecer al grupo consolidado
o Compensación de la depreciación de la participación en una
entidad no residente con rentas positivas del grupo
o Financiación de la participación en entidades no residentes con
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Porcentaje de participación o importe de la inversión • Participación directa
• Participación indirecta del 5% en filiales no residentes
• Filiales que cumplen condiciones grupo sociedades y formulan cuentas consolidadas
o Normativa española
• Aplicación régimen ETVE a participación indirecta
• Participación directa superior 5%
• Indirecta > 5% o directa + indirecta que forme grupo
• No superior 5% pero valor de la participación superior a 6 millones • Directa + indirecta con la que forme grupo
• Permanencia de la participación un año
• Momento en que sea exigible el dividendo
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Tributación en el extranjero
o Excluidas residentes en paraísos fiscales
o Sociedad participada gravada por impuesto de naturaleza idéntica
o análoga al Impuesto sobre Sociedades
• En el ejercicio en que se han obtenido los beneficios en que se participa
o Se tendrán en cuenta aquellos tributos extranjeros que hayan
tenido por finalidad la imposición de la renta obtenida por la entidad participada, siquiera sea parcialmente.
• Con independencia de que el objeto del tributo lo
constituya la propia renta, los ingresos o cualquier otro elemento indiciario de aquélla.
o Se considerará cumplido este requisito, cuando la entidad
participada sea residente en un país con el que España tenga
suscrito un convenio para evitar la doble imposición internacional, que le sea de aplicación y que contenga cláusula de intercambio de información.
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Los beneficios que se repartan o en que se participa procedan de la realización de una actividad empresarial en el extranjero
• El 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas como:
o Comercio al por mayor
Cuando los bienes sean puestos a disposición de los adquirentes en el país o territorio en el que resida la entidad participada o en cualquier otro país o territorio diferente del español, siempre que las
operaciones se efectúen a través de la organización de medios personales y materiales de que disponga la entidad participada.
o Servicios
Cuando sean utilizados en el país o territorio en el que resida la entidad participada o en cualquier otro país o territorio diferente del español, siempre que se efectúen a través de la organización de medios personales y materiales de que disponga la entidad participada.
o Crediticias y financieras
Cuando los préstamos y créditos sean otorgados a personas o entidades residentes en el país o territorio en el que resida la entidad participada o en cualquier otro país o territorio diferente del español, siempre que las operaciones se efectúen a través de la organización de medios personales y materiales de que disponga la entidad participada.
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Los beneficios procedan de una actividad empresarial en el extranjero • El 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas no
susceptibles de incluirse en el régimen de transparencia fiscal internacional
o Bienes inmuebles
Salvo que estén afectos a una actividad empresarial o cedidos en uso a entidades no residentes, pertenecientes al mismo grupo de sociedades de la titular
o Participación en fondos propios o cesión a terceros de capitales
propios
Salvo que la renta positiva proceda de los siguientes activos financieros:
a) los tenidos para dar cumplimiento a obligaciones legales y reglamentarias originadas por el ejercicio de actividades empresariales;
b) los que incorporen derechos de crédito nacidos de relaciones contractuales establecidas como consecuencia del desarrollo de actividades empresariales;
c) los tenidos como consecuencia del ejercicio de actividades de intermediación en mercados oficiales de valores; y
d) los tenidos por entidades de crédito y aseguradoras como consecuencia del ejercicio de sus actividades.
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Los beneficios procedan de una actividad empresarial en el extranjero • El 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas no
susceptibles de incluirse en el régimen de transparencia fiscal internacional
o Actividades crediticias, financieras, aseguradoras y de prestación
de servicios
Excepto los directamente relacionados con actividades de exportación, realizadas, directa o
indirectamente, con personas o entidades residentes en territorio español y vinculadas , en cuanto determinen gastos fiscalmente deducibles en dichas entidades residentes.
No se incluirá la renta positiva cuando más del 50 por 100 de los ingresos derivados de las actividades crediticias, financieras, aseguradoras o de prestación de servicios, excepto los directamente
relacionados con actividades de exportación, realizadas por la entidad no residente procedan de operaciones efectuadas con personas o entidades no vinculadas .
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Los beneficios procedan de una actividad empresarial en el extranjero • El 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a rentas no
susceptibles de incluirse en el régimen de transparencia fiscal internacional
Pueden proceder de bienes inmuebles, participaciones, créditos o la transmisión de inmuebles, participaciones o créditos
o Si la suma de los importes de dichas rentas sea inferior al 15% de
la renta total o al 4% de los ingresos totales de la entidad no residente o el grupo de sociedades al que pertenezca la no residente
o Si procedan o derivan de entidades en las que la entidad no
residente participe, directa o indirectamente, en más del 5% cuando
• La entidad no residente dirija y gestione las participaciones, mediante la correspondiente organización de medios materiales y personales
• y los ingresos de las entidades de las que se obtengan las rentas procedan, al menos en el 85%, del ejercicio de actividades empresariales
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Los beneficios procedan de una actividad empresarial en el extranjero • El 85% de los ingresos del ejercicio correspondan a:
• Dividendos o participaciones en beneficios de otras entidades no residentes respecto de las cuales el sujeto pasivo tenga
o Una participación indirecta del 5% o Antigüedad de un año
o Cuando los referidos beneficios y entidades cumplan a su vez, los
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Esquemas de participación
• ETVE
o Participación > 5% en no residente
• Participación > 5% en no residente: exención • Participación < 5% en no residente
Forma parte de un grupo: exención
EXENCIÓN EN DIVIDENDOS Y RENTAS TRANSMISIÓN ETVE
Esquemas de participación
• ETVE
o Participación < 5% en no residente pero inversión superior a 6
millones
• Participación > 50% en no residente: forma grupo y exención
• Participación > 50% en no residente
La no residente participa en 100% no residente y forman grupo: exención
• Participación < 50% en no residente: no forman grupo y no exención
TRIBUTACIÓN DEL SOCIO DE LA ETVE: DIVIDENDOS
Socio persona jurídica residente en España: deducción por doble imposición interna
• No residente resultado 2.000 (impuesto 500) • ETVE socio 100%: dividendo 1.500
o Base imponible: 0
• Persona jurídica socio 100% ETVE: dividendo 1.500
o Cuota (30%): 450
o Deducción doble imposición: 450 o Impuesto a pagar: 0
TRIBUTACIÓN DEL SOCIO DE LA ETVE: DIVIDENDOS
Socio persona jurídica residente en España: deducción por doble imposición interna
• No residente resultado 2.000 (impuesto 500) • ETVE socio 60%: dividendo 900
o Base imponible: 0
• Persona jurídica socio 5% ETVE: dividendo 45
o Cuota (30%): 13,5
o Deducción doble imposición: 13,5 o Impuesto a pagar: 0
TRIBUTACIÓN DEL SOCIO DE LA ETVE: DIVIDENDOS
Socio persona física residente en España: integración en la base imponible general y deducción por doble imposición jurídica internacional
• No residente resultado 2.000 (impuesto 500) • ETVE socio 100%: dividendo 1.500
o Base imponible: 0
• Persona física socio 20% ETVE: dividendo 300
o Cuota (52%): 156
o Deducción doble imposición internacional (menor):
• Satisfecho por la ETVE impuesto análogo IRPF por dividendos o plusvalías
(ej. 20% = 60)
• TMG a la base liquidable gravada en el extranjero (ej. 35% = 105)
TRIBUTACIÓN DEL SOCIO DE LA ETVE: DIVIDENDOS
Socio persona física o jurídica no residente en España: dividendo de ETVE se considera renta no obtenida en España.
o Excepción paraísos fiscales y EP en España de no residentes)
• No residente resultado 2.000 (impuesto 500) • ETVE (2) socio 100%: dividendo 1.500
o Base imponible: 0
• ETVE (1) socio > 5%
• Base imponible: 1.500
• Cuota íntegra (30%): 450
o Deducción doble imposición: 450 o Impuesto a pagar: 0
• No residente socio ETVE (1): dividendo 300
TRIBUTACIÓN DEL SOCIO DE LA ETVE: DIVIDENDOS
Socio persona física o jurídica no residente en España: dividendo de ETVE se considera renta no obtenida en España.
• No residente resultado 2.000 (impuesto 500) • ETVE (2) socio > 5%: dividendo 1.500
o Base imponible: 0
• No residente socio > 5% en ETVE (2)
• Renta 1.500 no obtenida en España • ETVE (1) socio > 100% de no residente
• Socio de ETVE (2) > 5%
• Base imponible:0
• No residente socio ETVE (1): dividendo 1.500 • Renta no obtenida en España
TRIBUTACIÓN DEL SOCIO DE LA ETVE: TRANSMISIÓN
Socio persona jurídica residente en España:
o Deducción por doble imposición interna: reservas generadas o Diferencia de valor de la participación en entidad no residente
• ETVE socio participación exenta
• Valor adquisición 1.000
• Valor de mercado 4.000
• ETVE reservas generadas 8.000 • Persona jurídica socio 20% ETVE:
• Valor adquisición 2.000
• Valor de transmisión 5.000
o Renta generada transmisión: 3.000
o Renta exenta: 20% de 4.000 – 1.000 = 600
o Deducción doble imposición: 20% de 8.000 = 1.600
TRIBUTACIÓN DEL SOCIO DE LA ETVE: TRANSMISIÓN
Socio persona física residente en España: ganancia patrimonial IRPF Socio persona física o jurídica no residente en España
• Impuesto sobre la Renta de No Residentes: tributación en España
o Renta que se corresponda con reservas generadas con cargo a
rentas exentas: no obtenida en España
o Renta que se corresponda con reservas generadas con cargo a
rentas sujetas: tributa en España
o Renta que se corresponde con diferencias de valor en
participaciones exentas: no obtenida en España
• Convenio para evitar la doble imposición: Estado de residencia del perceptor
• Estado con convenio con cláusula de intercambio de información: no tributación en España
TRIBUTACIÓN DEL SOCIO DE LA ETVE: TRANSMISIÓN
Transmisión inmuebles
• ETVE participa en sociedades no residentes inmobiliarias
o Venta directa e indirecta de inmuebles: normativa española
o Venta directa e indirecta de inmuebles: convenios
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