N E W S 372000 372000 373000 373000 374000 374000 375000 375000 376000 376000 377000 377000 378000 378000 379000 379000 380000 380000 381000 381000 382000 382000 2 85 10 00 285 10 00 2 85 20 00 285 20 00 2 85 30 00 285 30 00 2 85 40 00 285 40 00 2 85 50 00 285 50 00 CAPÍTULO I
DATOS GENERALES DEL PROYECTO, DEL PROMOVENTE Y DEL RESPONSABLE DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
I.1. PROYECTO.
Elaborar e insertar en éste apartado un croquis, donde se señalen las características de ubicación del proyecto, las localidades próximas, rasgos fisiográficos e hidrológicos sobresalientes y próximos, vías de comunicación y otras que permitan su fácil ubicación.
Se presenta en el Anexo 1 el plano a doble carta de la Figura I.1.- Ubicación del predio del proyecto.
I.1.1- Nombre del proyecto.
Fraccionamiento La Morada, en el municipio de Apodaca, Nuevo León.
I.1.2.- Ubicación del proyecto.
El área donde se ubica el proyecto corresponde al municipio de Apodaca, Nuevo León; sus colindancias son las siguientes: al Norte con la colonia Los Ébanos; al Sur con la colonia Paseo de Los Nogales; al Este con la colonia Santa Cecilia y al oeste con la colonia Paseo de Los Pinos.
Se tiene acceso por la avenida Sendero Norte, tomando la calle Wagner hasta llegar a entroncar con la avenida ébano y se toma hacia la derecha hasta llegar al camino hacia Santa Rosa tomando dicho camino hasta el cruce con la calle Corea, al lado derecho se encuentra el terreno en estudio.
COORDENADAS DEL PREDIO DONDE SE DESARROLLARÁ EL PROYECTO.
Tabla I.1.- Coordenadas UTM NAD27 del polígono del proyecto “Fraccionamiento La Morada”, en el municipio de Apodaca, Nuevo León.
COORD_ID X_COORD Y_COORD COORD_ID X_COORD Y_COORD 1 375317.76 2851412.18 3 375710.83 2851015.37 2 375729.76 2851264.18 4 375218.05 2851174.12
Superficie: 119,264.45 metros cuadrados.
Figura I.2.- Ubicación del área del proyecto “Fraccionamiento La Morada”, en el municipio de Apodaca, Nuevo
León.
I.1.3.- Tiempo de vida útil del proyecto.
Duración total (incluye todas las etapas). 5 años.
I.1.4 Presentación de la documentación legal.
En el Anexo 2, se encuentra una copia simple de la escritura del terreno.
I.2.1.- Nombre o razón social.
Habimil, S. A. de C. V.
Se presenta en el Anexo 3 las Acta Constitutiva de la empresa.
I.2.2.- Registro federal de contribuyentes del promoverte.
HAB890529 PK0
Se presenta en el Anexo 4 copia del RFC de la Empresa.
I.2.3.- Nombre y cargo del representante legal.
Ing. Eduardo García González
Se presenta en el Anexo 5 copia simple del Pode e Identificación oficial del Representante Legal.
I.2.4.- Dirección del promovente o de su representante legal para recibir u oír notificaciones.
Av. Roble No. 535-C Ote. Piso 2 Colonia Valle del Campestre San Pedro Garza García, N. L. C. P. 66265
I.2.5.- Nombre completo, teléfono y correo electrónico de contacto, de aquella persona con alta jerarquía para la toma de decisiones, respecto al pero de labores del cambio de uso de suelo y/o la realización de acciones de urgente aplicación, ello ante el riesgo potencial o declaración de contingencia ambiental, emitida por la Autoridad competente.
Nombre: Ing. Eduardo García González Teléfono: 8004 8080
e-mail: [email protected]
I.3 RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL.
I.3.1.- Nombre o razón social.
Ing. Olga Lidia López González.
Se presenta en el Anexo 6 copia de la Identificación Oficial.
I.3.2.- Registro Federal del contribuyente o CURP.
LOGO780817 HV9
I.3.3.- Dirección del responsable técnico del estudio.
Privada Jesús Pérez #268 Colonia La Petaca
Linares, Nuevo León. C.P. 67750.
Teléfono: 01 (81) 8994 7522 045 (821) 104 3020.
CAPÍTULO II
DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO.
II.1 Información del proyecto.
II.1.1 Naturaleza del proyecto.
El proyecto consiste en la construcción de un fraccionamiento habitacional en un área de 119,264.45 m2, de los cuales se requiere el cambio de uso de suelo para una superficie de 28,970.12 metros cuadrados.
II.1.2 Selección del sitio.
Criterios para selección del sitio:
Ambientales: El área del predio presenta elementos vegetales características de matorral espinoso tamaulipeco (24.29%). Se trata de un área que anteriormente ha sufrido cambios en su cubierta vegetal debido a las actividades que ahí se han desarrollado, como lo es la agricultura de riego.
Técnicos: Las características topográficas, la pendiente, el tipo de suelo, las características geológicas y la ubicación permiten el desarrollo del mismo.
Socioeconómicos: Primordialmente por ubicarse en un área de expansión de la metrópoli y contar con los servicios requeridos como son electricidad, redes de gas natural, agua, drenaje y telefónicas.
a) Incluir un plano topográfico actualizado, en el que se detallen la o las poligonales(incluyendo las de las obras y/o actividades asociadas y de apoyo, incluso estas últimas, cuando se pretenda realizarlas fuera del área del predio del proyecto) y colindancias del o de los sitios donde será desarrollado el proyecto, agregar para cada poligonal las vías de acceso del sitio donde será desarrollado el proyecto, dibujar la hidrología del sitio, incluyendo un recuadro en donde se indiquen las respectivas coordenadas Geográficas con aproximación a décimas de segundo.
b) Presentar un plano de conjunto del proyecto con la distribución total y la cuantificación de las superficies para llevar a cabo el Cambio de Uso de Suelo donde se indiquen las superficies destinadas a conservación, producción y restauración, a la misma escala que el mapa de vegetación que se solicitará en la sección IV.2.2 inciso A.
N E W S 372000 373000 374000 375000 376000 377000 378000 379000 380000 381000 382000 2 85 10 00 285 10 00 2 85 20 00 285 20 00 2 85 30 00 285 30 00 2 85 40 00 285 40 00 2 85 50 00 285 50 00
Figura II.1.- Ubicación del predio donde se llevará a cabo el proyecto “Fraccionamiento La Morada”, en el
municipio de Apodaca, Nuevo León.
Tabla II.1.- Coordenadas UTM NAD27 del polígono del proyecto “Fraccionamiento La Morada”, en el municipio de Apodaca, Nuevo León.
COORD_ID X_COORD Y_COORD COORD_ID X_COORD Y_COORD 1 375317.76 2851412.18 3 375710.83 2851015.37 2 375729.76 2851264.18 4 375218.05 2851174.12
# # # # 1 2 3 4 N E W S Po líg on o de l p ro ye ct o. # C oo rd en ad a 37 52 0 0 37 52 0 0 37 53 0 0 37 53 0 0 37 5 40 0 37 5 40 0 37 5 50 0 37 5 50 0 37 5 60 0 37 5 60 0 37 57 00 37 57 00 37 58 0 0 37 58 0 0 285 100 0 2851000 285 110 0 2851100 285 120 0 2851200 285 130 0 2851300 285 140 0 2851400
Figura II.2.- Polígono del predio donde se llevará a cabo el proyecto “Fraccionamiento Habitacional La Morada”, en
# # # # # # # # # # # # # # # # # # # # # # # # # # # # 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 N E W S Po líg on o de l p ro ye ct o Su pe rfi ci e de C U S # C oo rd en ad as d e C U S 37 53 00 37 53 00 37 54 00 37 54 00 37 55 00 37 55 00 37 56 00 37 56 00 37 57 00 37 57 00 37 58 00 37 58 00 285 110 0 2851100 285 120 0 2851200 285 130 0 2851300
Figura II.3.- Polígono del predio donde se llevará a cabo el Cambio de Uso de Suelo el proyecto “Fraccionamiento
Tabla II.2.- Coordenadas UTM NAD27 de la superficie de Cambio de Uso de Suelo para el proyecto “Fraccionamiento La Morada”, en el
municipio de Apodaca, N. L.
COO_ID X_COORD Y_COORD
1 375336 2851136 2 375218 2851174 3 375318 2851412 4 375730 2851264 5 375711 2851017 6 375338 2851136 7 375340 2851145 8 375415 2851121 9 375429 2851193 10 375476 2851187 11 375512 2851172 12 375496 2851097 13 375707 2851024 14 375726 2851259 15 375680 2851275 16 375650 2851189 17 375599 2851200 18 375569 2851215 19 375553 2851210 20 375561 2851251 21 375585 2851301 22 375578 2851316 23 375322 2851405 24 375257 2851241 25 375295 2851199 26 375283 2851173 27 375308 2851159 28 375338 2851146
Superficie: 28,970.12 metros cuadrados.
II.1.4 Inversión requerida.
a) Reportar el importe total del capital total requerido (inversión + gasto de operación), para el proyecto.
El costo estimado para la urbanización y construcción del proyecto es de $26,778,271.10 (veintiséis millones setecientos setenta y ocho mil doscientos setenta y un pesos 10/100 M. N.).
b) Precisar el período de recuperación del capital, justificándolo con la memoria de cálculo respectiva.
El tiempo estimado para la recuperación de la inversión es de 6 años para la etapa señalada. c) Especificar los costos necesarios para aplicar las medidas de prevención y mitigación. Los costos necesarios para aplicar las medidas de prevención y mitigación es de aproximadamente $ 1,926,046.55 (un millón novecientos veintiséis mil cuarenta y seis pesos 55/100 M. N.). En dichos costos se tiene contemplado la introducción de pasto en las áreas de jardines para evitar la erosión del suelo, la plantación arboles, así como el sistema de riego y mantenimiento. Este costo aproximado en las medidas de prevención y mitigación también contempla la realización de los diversos estudios (Manifestaciones de Impacto Ambiental, Hidráulico – Hidrológico, Mecánica de Suelos, Impacto Vial, etc.) necesarios que nos ayudan a ver y cómo prevenir posibles impactos en un futuro, y así aplicar las medidas de prevención y mitigación más efectivas en relación a las obras y actividades del proyecto y así atenuar los impactos ambientales. Igualmente se contemplan los diversos permisos requeridos por las diferentes dependencias
II.1.5 Dimensiones del proyecto.
Especifique la superficie total requerida para el proyecto, desglosándola de la siguiente manera: a) Superficie total del predio (en m2).
119,264.45 m2.
b) Superficie a afectar (en m2) con respecto a la cobertura vegetal del área del proyecto, por tipo de comunidad vegetal existente en el predio (selva, manglar, tular, bosque, etc.). Indicar, para cada caso su relación (en porcentaje), respecto a la superficie total del proyecto.
El área total a desmontar es de 28,970.12 m2 lo que representa el 24.29% de la superficie total del predio, a continuación se presenta la relación de acuerdo al tipo de vegetación presente en el predio:
a) Superficie (en m2) para obras permanentes. Indicar su relación (en porcentaje), respecto a la superficie total.
Al igual que la anterior, ya que se contempla la totalidad a desarrollar:
b) Superficie(s) del predio(s), de acuerdo con la siguiente clasificación: Conservación y aprovechamiento restringido, producción, restauración y otros usos, además considerar las dimensiones del proyecto, de acuerdo con las siguientes variantes:
• Si el proyecto se encuentra dentro de un solo predio se deberá indicar el área del proyecto y área total, en caso de estar inmerso en un predio mayor.
• Si el proyecto se encuentra dentro de un conjunto predial se mencionará las superficies totales del conjunto predial y/o de cada predio, además, especificar el tipo de superficie en hectáreas y el porcentaje de las mismas (de acuerdo a la siguiente tabla).
Tabla II.5.- Clasificación de superficies para proyectos que requieran el cambio de uso de suelo.
ZONAS CLASIFICACIONES SUP. EN HA. %
Zonas de Conservación y aprovechamiento restringido
Áreas Naturales Protegidas
0
Tabla II.3.- Superficies dentro del predio del Proyecto.
TIPO DE VEGETACIÓN SUPERFICIE CUBIERTA DENTRO DEL PREDIO PORCENTAJE CUBIERTO SUPERFICIE A DESMONTAR PORCENTAJE A DESMONTAR Matorral espinoso tamaulipeco. 28,970.12 m2 24.29 % 28,970.12 m2 24.29 % Áreas agrícolas. 90,294.33 m2 75.71 % 90,294.33 m2 75.71 %
Tabla II.4.- Área a desarrollar.
m2 %
Superficie con pendientes mayores al 100% o 45° 0 Superficies con vegetación de Manglar o Bosque
mesófilo de montaña 0
Superficie con vegetación en galería 0 Zona de producción Terrenos forestales o de aptitud preferentemente
forestal de productividad maderable alta 0 Terrenos forestales o de aptitud preferentemente
forestal de productividad maderable Media, 0 Terrenos forestales o de aptitud preferentemente
forestal de productividad maderable baja 2-89-70.12 24.29 Terrenos con vegetación forestal de zonas áridas 0
Terrenos adecuados para realizar forestaciones 0 Zonas de restauración Terrenos con degradación alta 0
Terrenos con degradación media 0
Terrenos con degradación baja 0
Terrenos degradados que ya estén sometidos a
tratamientos de recuperación y regeneración. 0
NOTA: LA TABLA ANTERIOR CORRESPONDE A LA ZONIFICACIÓN DE LOS TERRENOS FORESTALES Y DE APTITUD PREFERENTEMENTE
FORESTAL CON BASE EN EL INVENTARIO FORESTAL NACIONAL Y EL ORDENAMIENTO ECOLÓGICO DEL TERRITORIO NACIONAL.
II.1.6 Uso actual de suelo
Definir la categoría de uso de suelo que presenta el sitio del proyecto. Considerar lo siguiente:
• El uso común o regular de suelo. Describir los usos actuales de suelo en el sitio A manera de ejemplo se presentan las siguientes clasificaciones de uso de suelo: agrícola, pecuario, forestal, asentamientos humanos, industrial, turismo, minería, área natural protegida, corredor natural, sin uso evidente, etc.
• El uso potencial considerando la cartografía existente y los criterios técnicos que sustenten el o los posibles usos que pudiera dársele al terreno.
• Indicar en caso de que el proyecto se localice en alguna condición especial como son las zonas de atención prioritaria:
• Las zonas de anidación, refugio, reproducción, conservación de especies en alguna categoría de protección (de acuerdo con la normatividad vigente), o bien las áreas de distribución de especies frágiles y/o vulnerables de vida silvestre y de restauración del hábitat
• Las zonas de aprovechamiento restringido o de veda forestal y de fauna • Los ecosistemas frágiles
El sitio del proyecto se encuentra actualmente sin un uso definido. No se encuentra dentro de algún área de atención prioritaria.
II.1.7 Urbanización del área y descripción de servicios requeridos
Describir la disponibilidad de servicios básicos (vías de acceso, agua potable, energía eléctrica, drenaje, etc.) y de servicios de apoyo (plantas de tratamiento de aguas residuales, líneas telefónicas, etc.). De no disponerse en el sitio, indique cual es la infraestructura necesaria para otorgar servicios y quien será el responsable de construirla y/u operarla (promovente o un tercero).
El área del proyecto se encuentra en un área donde se encuentran varios fraccionamientos habitacionales en los alrededores, por lo que posee caminos de acceso, así como los servicios de agua potable, red de drenaje, electricidad, red de gas natural y telefonía.
II.2 Características particulares del proyecto.
Se recomienda que se ofrezca información sintetizada de las obras principales, asociadas y/o provisionales en cada una de las etapas que se indican en esta sección, debiendo destacar las principales características de diseño de las obras y actividades en relación con su participación en la reducción de las alteraciones al ambiente.
En este caso solo se realizará el retiro de la vegetación.
II.2.1 Programa general de trabajo.
Presentar a través de un diagrama de Gantt, un programa calendarizado de trabajo de todo el proyecto, desglosado por etapas (preparación del sitio, construcción, operación, mantenimiento y abandono del sitio, en su caso), señalando el tiempo que llevará su ejecución, en términos de semanas, meses o años, según sea el caso. Para el período de construcción de las obras, es
conveniente considerar el tiempo que tomará la construcción los períodos estimados para la obtención de otras autorizaciones como licencias, permisos, licitaciones y obtención de créditos, que puedan llegar a postergar el inicio de la construcción.
Tabla II.6.- Calendarización para la etapa de desmonte y despalme.
ETAPA A Ñ O S
Preparación del sitio. 1 2 3 4 5
ACTIVIDAD Desmonte. Despalme. Construcción. Operación. Mantenimiento.
II.2.1.1 Estudios de campo y gabinete.
En este apartado se incluirán todos y cada uno de los estudios que fueron empleados para la elaboración de la Manifestación de Impacto Ambiental, así como la justificación técnica para su empleo.
Definir los tipos de vegetación que serían afectados, especificando la superficie de afectación por cada tipo de vegetación y/o especie, detallando en número de individuos, volumen y/o densidades de afectación con nombres comunes y científicos. A continuación se especifican los resultados de los muestreos efectuados en el sitio.
En el área de estudio se realizó el conteo directo de las especies vegetales presentes debido a la poca densidad y poca superficie, obteniéndose la siguiente información:
Especie Numero Altura Cobertura Diámetro
Volumen unitario volumen Total ébano 2 4 4 0.2 0.062832 0.125664 ébano 2 3 2.5 0.15 0.02650725 0.0530145 ébano 7 3.5 2.5 0.1 0.0137445 0.0962115 ébano 2 7 4 0.25 0.17180625 0.3436125 ébano 1 7 6 0.6 0.989604 0.989604 ébano 1 4 3 0.25 0.098175 0.098175
ébano 1 8 7 1.6 8.042496 8.042496 ébano 1 7 4 0.6 0.989604 0.989604 ébano 1 9 7 1.1 4.276503 4.276503 ébano 10 8 6 0.35 0.384846 3.84846 ébano 3 4 3 0.45 0.318087 0.954261 ébano 3 6 3.5 0.45 0.4771305 1.4313915 ébano 3 4 2.5 0.25 0.098175 0.294525 ébano 10 6 3.5 0.25 0.1472625 1.472625 ébano 2 4 3 0.35 0.192423 0.384846 ébano 2 4 3 0.4 0.251328 0.502656 ébano 7 5 3.5 0.4 0.31416 2.19912 ébano 5 6 3 0.45 0.4771305 2.3856525 total 63 5.52 3.94 0.45 0.96287858 28.4884215
Especie Numero Altura Cobertura Diámetro
Volumen unitario volumen Total mezquite 1 3 3 0.25 0.07363125 0.07363125 mezquite 6 4 4 0.45 0.318087 1.908522 mezquite 1 4 3 0.35 0.192423 0.192423 mezquite 8 4 3 0.1 0.015708 0.125664 mezquite 6 3.5 2.5 0.25 0.08590313 0.51541875 total 22 3.7 3.1 0.28 0.13715048 2.815659
Especie Numero Altura Cobertura Diámetro
Volumen unitario volumen Total huizache 1 4 2.5 0.3 0.141372 0.141372 huizache 2 4 3 0.3 0.141372 0.282744 huizache 3 3.5 2.5 0.25 0.08590313 0.25770938 huizache 7 4 3 0.25 0.098175 0.687225 total 13 3.875 2.75 0.275 0.11670553 1.36905038
Especie Numero Altura Cobertura Diámetro
Volumen unitario volumen Total anacua 4 1.8 1.5 0.1 0.0070686 0.0282744 anacua 2 3 3 0.3 0.106029 0.212058 anacua 1 3 2.5 0.2 0.047124 0.047124 anacua 3 2.5 2.5 0.25 0.06135938 0.18407813 total 10 2.575 2.375 0.2125 0.05539524 0.47153453
Especie Numero Altura Cobertura Diámetro
Volumen unitario volumen Total palo blanco 3 4 2.5 0.3 0.141372 0.424116 palo blanco 1 4.5 3 0.25 0.11044688 0.11044688 palo blanco 3 3.5 3 0.25 0.08590313 0.25770938 palo blanco 6 3 2.5 0.25 0.07363125 0.4417875 total 13 3.75 2.75 0.2625 0.10283831 1.23405975
Especie Numero Altura Cobertura Diámetro
Volumen unitario
volumen Total
casuarina 3 4 3.5 0.25 0.098175 0.294525
casuarina 7 7 4 0.4 0.439824 3.078768
total 10 5.5 3.75 0.325 0.2689995 3.373293
Especie Numero Altura Cobertura Diámetro
Volumen unitario volumen Total leucaena 2 4.5 3 0.25 0.11044688 0.22089375 leucaena 5 4 3 0.25 0.098175 0.490875 total 7 4.25 3 0.25 0.10431094 0.71176875
Descripción de la vegetación con base en algunos de sus componentes de su estructura. Este parámetro fue determinado para el estrato arbóreo.
Estimación de parámetros ecológicos.
Para corroborar que la vegetación del área de estudio se ajuste a lo establecido en la literatura y obtener datos cuantitativos sobre su composición y estructura, se realizaron recorridos en la superficie arbolada que ocupa el predio con el fin de analizar los componentes florísticos se realizó un conteo directo de todas y cada una de las especies forestales que se encuentran dentro de la superficie sujeta a cambio de uso de suelo, el inventario se realizó en forma directa con motivo que se facilitó a la poca superficie sujeta a cambio de uso de suelo y a la poca densidad de individuos en el terreno, para efectuar posteriormente estimaciones de Abundancia (A), Dominancia (D) y Frecuencia (F), utilizando las siguientes fórmulas:
A = (No. de individuos de la especie / No. total de todas las especies)*100
Se refiere a la relación de la densidad de las especies comparado con un total existente (Heiseke et al., 1985 y Franco et al., 1991). Ar = (n / N) * 100
D = (Área de la copa de la especie / Área de la copa de todas las especies)*100
Parámetro que permite estimar el grado de participación de las especies en la comunidad (Heiseke et al., 1985 y Franco et al., 1991).
Dr = (Área de copa de la especie “i” / Área de copa total) * 100
F = (No. de parcelas con la especie / No. de parcelas muestreadas)*100.
Parámetro que permite estimar la distribución de las especies, siendo fundamental para, conocer la estructura de la comunidad (Heiseke, et al., 1985, citado por Rocha, 1995).
Fr = (n / N) * 100
El índice de valor de importancia (IVI) mide el valor de cada especie basados en la suma de los tres parámetros señalados (A, D y F) en sus valores relativos.
Su descripción revela la diversidad e importancia ecológica de cada especie e particular y en forma general la comunidad florística del sitio. Para el número de cuadrantes de muestreo establecidas se calculó un diámetro promedio de 3 cm, en tanto su altura se estimó en una media de 2.0 m.
La Tabla siguiente muestra los resultados de los parámetros ecológicos estimados.
Tabla II.7.- Abundancia, Frecuencia, Dominancia y Valor de Importancia de las especies presentes en el área de estudio.
Nombre
Común Nombre Científico
Abundancia Relativa Frecuencia Relativa Dominancia Relativa Índice de Valor de Importancia
Ébano Ebenopsis ebano 45.65 46.15 18.20 110.01
Mezquite Prosopis glandulosa 15.94 12.82 14.31 43.07
Huizache Acacia schaffneri 9.42 10.26 12.69 32.37
Anacua Ehretia anacua 7.25 10.26 10.96 28.46
Palo Blanco Celtis laevigata 9.42 10.26 12.69 32.37
Casuarina Casuarina equisetifolia 7.25 5.13 17.31 29.68
Leucaena Leucaena leucocephala 5.07 5.13 13.84 24.05
Total 100 100 100 300
En la tabla anterior se muestra que, que el valor de Abundancia Relativa la especie de Ébano presentó los valor más alto y la especie de Leucaena presento el valor más bajo. En el valor de
0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 50 1 Especies ABUNDANCIA RELATIVA Ebano Mezquite Huizache Anacua Palo Blanco Casuarina Leucaena 0 5 10 15 20 25 30 35 40 45 50 1 Especies FRECUENCIA RELATIVA Ebano Mezquite Huizache Anacua Palo Blanco Casuarina Leucaena
Frecuencia Relativa, la especie de ébano presentó el valor más alto y las especies de leucaena y casuarina los valores más bajos.
En el valor de Dominancia Relativa, la especie de ébano presentó el valor más alto y la especie de Anacua el valor más bajo. En el valor del índice del valor de Importancia la especie de ébano presentó el valor más alto y la especie de leucaena el valor más bajo.
A continuación se presentan gráficamente los resultados de la tabla anterior.
Figura II.4.- Abundancia Relativa en el área de estudio en el Municipio de Apodaca, Nuevo León.
0 2 4 6 8 10 12 14 16 18 20 1 Especies DOMINANCIA RELATIVA Ebano Mezquite Huizache Anacua Palo Blanco Casuarina Leucaena 0 20 40 60 80 100 120 1 Especies
ÍNDICE DE VALOR DE IMPORTANCIA
Ebano Mezquite Huizache Anacua Palo Blanco Casuarina Leucaena
Figura II.6.- Dominancia Relativa en el área de estudio en el Municipio de Apodaca, Nuevo León.
Figura II.7.- Valor de importancia en el área de estudio en el Municipio de Apodaca, Nuevo León.
Estimación del Volumen.
El método utilizado en el muestreo fue el sistema de Conteo directo.
El volumen es una forma de medir la masa forestal o bien un parámetro usado para estimar la cantidad de madera existente en un ecosistema forestal.
Vol. = AB * h*CM
Donde:
Vol. = Volumen
AB = Área basal del tronco; h = Altura total del árbol. Cm: Coeficiente mórfico
Calculo del volumen promedio por especie.
Se realizó un recorrido por las áreas que presentaban cobertura vegetal, se contabilizó cada uno de los individuos de manera directa.
Se registraron los parámetros de altura total de cada especie, diámetro y área basal de cada especie y cobertura de copa. Se obtuvo el volumen de cada uno de los individuos registrados de cada especie.
Una vez determinado el volumen (m3 r.t.a.) de cada uno de los árboles registrados por especie, y se sumó volumen de todos los individuos por cada especie.
Determinación de Volumen total de remoción.
Una vez determinado el volumen por especie, se sumo el volumen obtenido de todas y cada una de las especies registradas en el predio.
En la siguiente tabla se registraron los parámetros obtenidos por especie, en el área del proyecto ubicado en el Municipio de Apodaca, Nuevo León.
Tabla II.8. Parámetros medidos por especie en el área del Proyecto ubicado en el Municipio del Apodaca, Nuevo León.
Especie Altura Diámetro Cobertura
Ébano 5.53 0.46 3.94 Mezquite 3.70 0.28 3.10 Huizache 3.88 0.28 2.75 Anacua 2.58 0.21 2.38 Palo Blanco 3.75 0.26 2.75 Casuarina 5.50 0.33 3.75 Leucaena 4.25 0.25 3.00
Tabla II.9.- Volumen por especie a remover en el área del Proyecto “Fraccionamiento Habitacional La Morada”, ubicado en el Municipio del Apodaca, Nuevo León.
Especie Nombre Científico
Superficie de CUS (ha) Individuos totales a Remover Volumen Total
Ébano Ebenopsis ebano 2.89 63 28.48842
Mezquite Prosopis glandulosa 2.89 22 2.81566
Huizache Acacia schaffneri 2.89 13 1.36905
Anacua Ehretia anacua 2.89 10 0.47153
Palo Blanco Celtis laevigata 2.89 13 1.23406
Casuarina Casuarina equisetifolia 2.89 10 3.37329
Leucaena Leucaena leucocephala 2.89 7 0.71177
Total 2.89 138 38.46379
Presentar un Programa de Protección para aquellas especies que se distribuyen en el sitio del proyecto que estén consideradas en alguna categoría de protección según la NOM-059-ECOL-2001, en dicho programa deberá de identificar aquellas áreas que presenten mayor densidad poblacional de estas especies y su posible segregación de las obras y actividades en dichas áreas.
En el área del proyecto NO se registraron especies de cactáceas, pero no se descarta la presencia de ellas; por lo que se implementará un programa de rescate de cactáceas y las cuales serán reubicadas en otro lugar, en primera instancia se tiene donarlas al municipio de Apodaca, N. L. Se presenta en el Anexo 7 el Programa de Manejo Ambiental el cual contiene el Rescate de Flora de interés especial.
Presentar un Programa de Rescate de Flora y Fauna que deberá instrumentarse previamente a las actividades de despalme, desmonte y/o remoción, en dicho programa se identificarán
aquellas especies arbóreas que deberán preferentemente conservarse in situ o bien, sean integradas al diseño de áreas verdes de a cuerdo al proyecto de que se trate, de igual manera se identificarán aquellas especies biológicas de especial interés como cactus, bromelias y orquídeas, susceptibles de trasplante, así como de especies que cuenten con algún tipo de valor regional o biológico.
Para el trasplante de estas especies se deberá presentar las técnicas a emplear para su reubicación y seguimiento e indicar los sitios específicos para su reubicación y que se consideraran como vegetación permanente y las superficies de los mismos.
Presentar un Programa de Conservación de Suelos para aquellas áreas en las que pueda presentarse problemas de erosión en donde se llevarán a cabo acciones de conservación y/o restauración de suelos con el propósito de evitar su pérdida en el área del proyecto.
Dicho programa deberá contener cuando menos:
• Estimación de la pérdida de suelos del área propuesta para el proyecto en el estado actual. • Pronóstico de la pérdida de suelo al remover la cubierta vegetal, sin medidas de mitigación. • Medidas de protección y conservación de suelos que se propone realizar y programa de
ejecución.
• Pronóstico de la pérdida de suelo con la realización del proyecto, incluyendo las medidas de mitigación.
Durante la realización de los muestreos NO se encontraron ejemplares de cactáceas, en caso de que se encontrasen durante la etapa de desmonte y despalme; éstos serán rescatados y reubicados; así mismo, no se detectaron excretas, madrigueras, huellas, ni ejemplares de fauna silvestre (mamíferos y/o reptiles) a excepción de algunas especies de aves: Aún asi se anexa programa de rescate de fauna.
Se recomienda que en éste apartado se haga una descripción concreta y objetiva de las principales actividades que integran esta etapa, señalando características, diseños o modalidades.
En esta etapa se removerá la vegetación presente y se quitará parte del suelo. El retiro de la vegetación se hará con motoconformadora o trascabo de manera paulatina permitiendo en caso de que se encontrase fauna, esta se retire a tiempo del sitio, evitando sea dañada durante las operaciones.
II.2.3 Descripción de obras y actividades provisionales del proyecto.
Es importante que en este apartado se incluya una descripción completa pero resumida de las principales obras (apertura o rehabilitación de caminos de acceso, campamentos, almacenes, talleres, oficinas, patios de servicio, comedores, instalaciones sanitarias, regaderas, obras de abastecimiento y almacenamiento de combustible, etc.) y actividades (mantenimiento y reparaciones del equipo y maquinaria, apertura de préstamos de material, tratamiento de algunos desechos, etc.) de tipo provisional y que se prevea realizar como apoyo para la construcción de la obra principal. Es necesario destacar dimensiones y temporalidad de las mismas. También es importante destacar las características de su diseño que favorezcan la minimización o reducción de los impactos negativos al ambiente.
Se instalará 2 sanitarios portátiles para cada etapa de desmonte ya que se trabajara con un buldózer o en su defecto una retro excavadora, no habrá ningún campamento ni bodega para esta etapa de urbanización, el material producto de la limpieza y desmonte será retirado en camiones subcontratados que solo servirán para el transporte del material al tiradero mas cercano. El acceso al predio se efectuará por los caminos preexistentes.
En este rubro se describirá al menos lo siguiente: obras permanentes, asociadas y sus correspondientes actividades de construcción, de ser el caso, tanto sobre tierra firme como en el medio acuático. Es recomendable se describan someramente los procesos constructivos, y en cada caso, señalar las características de estos que deriven en la generación de impactos al ambiente así como las modificaciones previstas, cuando estas procedan, a dichos procesos para reducir sus efectos negativos. No es útil incluir el catálogo de los conceptos de la obra, sino únicamente la parte o etapa constructiva más representativa.
No aplica.
II.2.5 Etapa de operación y mantenimiento.
Con la misma orientación de los rubros anteriores, se recomienda describir los programas de operación y mantenimiento de las instalaciones, en los que se detalle lo siguiente: a) descripción general del tipo de servicios que se brindarán en las instalaciones. b) tecnologías que se utilizarán, en especial las que tengan relación directa con la emisión y control de residuos líquidos, sólidos o gaseosos; c) tipo de reparaciones a sistemas, equipos, etc.; d) especificar si se pretende llevar a cabo control de malezas o fauna nociva, describiendo los métodos de control.
No aplica
II.2.6 Descripción de obras asociadas al proyecto.
Como obra asociada se identifica a toda aquella obra que complemente a cualquiera de las obras principales como podrían ser: los edificios de áreas administrativas, de servicios, etc. El tratamiento a desarrollar en este caso es similar al de los rubros anteriores.
No se harán obras asociadas, se trabajara con un buldózer o en su defecto una retro excavadora, no habrá ningún campamento ni bodega para esta etapa de urbanización, el material producto de la limpieza y desmonte será retirado en camiones subcontratados que
solo servirán para el transporte del material al tiradero mas cercano. El acceso se efectuará por los caminos existentes.
II.2.7 Etapa de abandono del sitio.
Presentar todos aquellos planes y/o programas que serán tomados en cuenta para la rehabilitación, compensación y restitución de todas las obras y/o actividades del proyecto.
Presentar un Programa detallado del abandono del sitio, en el que se defina el destino que se dará a las obras (provisionales y/o definitivas) una vez concluida la vida útil del proyecto.
Una descripción de las actividades de rehabilitación, restitución o compensación de las superficies intervenidas.
Una descripción de los posibles cambios en toda el área del proyecto como consecuencia del abandono.
No se pretende abandonar el sitio, una vez que se retire la vegetación se comenzará con la etapa de construcción del fraccionamiento.
II.2.8 Generación, manejo y disposición de residuos sólidos, líquidos y emisiones a la atmósfera.
Resulta conveniente identificar los residuos que habrán de generarse en las diferentes etapas del proyecto y describir su manejo y disposición, considerando al menos lo siguiente: tipo de residuos (sólido o líquido, orgánico o inorgánico) y emisión a la atmósfera.
Los residuos que se generaran durante la etapa de preparación del sitio y operación son:
Tierra o suelo producto del despalme (SO e I),
Residuos de la alimentación de los trabajadores (SO e I),
Aguas residuales de la operación de los sanitarios portátiles (LO) y
Residuos de operaciones de mantenimiento menor de la maquinaria y equipo, (esto último solo en casos fortuito). (RPO)
Los primeros 4 residuos serán de tipo no peligrosos y los últimos podrían resultar peligrosos.
Los residuos sólidos orgánicos serán colectados en tambos de 200 lts y posteriormente llevados al relleno sanitario municipal para disposición definitiva, los residuos líquidos orgánicos producto de las aguas residuales del sanitario portátil serán recogidos por la empresa que presta el servicio de renta, al cual cuenta con la autorización respectiva para su manejo, y dispondrán de ellos de acuerdo a su protocolo de manejo autorizado, en el caso de generar residuos peligrosos (caso fortuito), serán enviados a empresas autorizadas para su disposición y manejo.
Abreviaturas. SO e I = Sólido orgánico e inorgánico, LO e I = Líquido orgánico e inorgánico, RPO = Residuo peligroso orgánico.
Tanto el parque vehicular como la maquinaria generaran emisiones a la atmósfera producto de la combustión interna de los motores, para atenuar su producción, deberán de estar en condiciones optimas de operación.
II.2.9 Infraestructura para el manejo y la disposición adecuada de los residuos.
Es necesario identificar y reportar la disponibilidad de servicios de infraestructura para el manejo y disposición final de los residuos, en la localidad y/o región, tales como: rellenos sanitarios, plantas de tratamiento de aguas residuales municipales, servicios de separación, manejo, tratamiento, reciclamiento o confinamiento de residuos, entre otros.
En caso de hacer uso de ellos indicar si estos servicios son suficientes para cubrir las demandas presentes y futuras del proyecto y de otros proyectos presentes en la zona.
En el caso de Nuevo León cuenta con una amplia infraestructura tanto para el manejo de residuos sólidos como de residuos peligrosos, específicamente para este proyecto los residuos serán enviados al basurero municipal.
CAPÍTULO III
VINCULACIÓN CON LOS ORDENAMIENTOS JURÍDICOS APLICABLES EN MATERIA AMBIENTAL Y EN SU CASO, CON LA REGULACIÓN DEL USO DEL SUELO.
Con base en las características del proyecto propuesto, a continuación se identifican y analizan los diferentes instrumentos de planeación que ordenan la zona donde se pretende establecer, a fin de sujetarse a los instrumentos con validez legal que rigen el desarrollo de actividades que contemplan procesos de cambio de uso de suelo.
De acuerdo a las disposiciones contenidas en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, así como en sus respectivos reglamentos, corresponde a la Federación las ordenaciones ambientales para la remoción de la vegetación.
El sitio proyectado se caracteriza por situarse en una zona de crecimiento urbano, que cuenta con poca vegetación nativa, por lo que deberán establecerse una serie de medidas restrictivas encaminadas a prevenir o mitigar los impactos adversos causados por la ejecución del proyecto en el componente arbustivo del ecosistema.
Planes de Ordenamiento Ecológico del Territorio decretados
A nivel nacional se cuenta con una serie de criterios de ordenamiento ecológico, mismos que no existen a nivel municipal ni para el estado de Nuevo León (Figura III.1), los cuales abarcan temas que van desde el control de la contaminación sobre los recursos naturales (agua, aire y suelo), hasta la reglamentación de ciertas actividades sectoriales.
De los que se encuentran disponibles para su consulta, ninguno incide directamente sobre el predio donde se pretende desarrollar el proyecto; sin embargo, por la naturaleza de su contenido se recomienda aplicar los siguientes criterios durante las diferentes fases de
implementación, teniendo como propósito lograr el aprovechamiento racional y sostenido de los recursos naturales, así como aminorar los impactos adversos sobre el ambiente.
Figura III.1.- Estado de los Programas de ordenamiento ecológico regional en la República Mexicana, 2004
(www.semarnat.gob.mx).
En materia de aire:
Prohibir la descarga o emisión de contaminantes que alteren la atmósfera o que provoquen degradación en perjuicio del ecosistema.
Prohibir la emisión de contaminantes por energía térmica y ruido en contravención de las disposiciones legales relativas.
Tomar medidas técnicas preventivas para evitar efectos nocivos en la salud de la población.
Prohibir la descarga, depósito o infiltración de contaminantes en los suelos sin el cumplimiento de las normas reglamentarias y los lineamientos técnicos correspondientes.
Todos los contaminantes que se depositen o se infiltren en el suelo deberán contar con un tratamiento previo a efecto de reunir las condiciones necesarias para evitar o prevenir su contaminación, alteraciones nocivas en el proceso biológico y alteraciones en el aprovechamiento, uso y explotación.
En materia forestal (considerando forestal toda cubierta vegetal constituida por árboles, arbustos y vegetación espontánea que tenga influencia directa contra la erosión normal en el régimen hidrográfico, sobre las condiciones climatológicas y que pueda además desempeñar funciones de producción y de recreo. Se excluyen los terrenos con fines agrícola, hortícola o ganadero):
Prohibir el uso del fuego en forma que pueda propagarse en los terrenos forestales y sus colindancias.
Observar las recomendaciones emanadas de la aplicación del procedimiento de impacto ambiental, con objeto de mitigar los efectos negativos al medio ambiente.
Utilizar la vegetación natural y fijadores de suelo en áreas afectadas por los movimientos de tierra.
Disponer adecuadamente los desechos resultantes de movimientos de tierra, de la remoción de la cubierta vegetal y de materiales de construcción excedentes.
Seleccionar las áreas de depósito que permitan la incorporación de dichos materiales al suelo sin efectos colaterales adversos al medio ambiente, o bien utilizar los materiales para la restauración de los bancos explotados.
Planes y Programas de Desarrollo Urbano Estatales y Municipales o en su caso, del Centro de Población.
a) Plan Estatal de Desarrollo, Nuevo León, 2004-2009
En este se definen los objetivos y estrategias en materia de vivienda, ecología y medio ambiente, desarrollo urbano y su equipamiento, agua, carreteras y caminos, transporte, tenencia de la tierra y el desarrollo regional, buscando mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural entre otros aspectos, mediante:
- La vinculación del desarrollo urbano con la concertación social de la población;
- La adecuada interrelación socioeconómica de los centros de población, el desarrollo urbano sustentable de Estado;
- El impulso del desarrollo de los centros de población estratégicos;
- La concertación de las zonas metropolitanas;
- La concertación y concertación de la inversión pública y privada.
En la sección “Por un desarrollo ordenado y sustentable”, el Plan establece como uno de sus objetivos estratégicos la promoción de una nueva cultura para la protección del ambiente y los recursos naturales en el ámbito estatal, mediante 10 grandes estrategias que abordan los temas prioritarios de la agenda ambiental: nuevo marco jurídico y administrativo, mejora en la gestión
ambiental, manejo integral del agua, educación e información ambiental, manejo integral de los residuos y fomento del reciclaje, aprovechamiento y desarrollo sustentable de los recursos forestales y la vida silvestre, gestión para el desarrollo tecnológico sustentable, fomento a la participación ciudadana, aprovechamiento del patrimonio ecológico de la entidad y ordenamiento ecológico regional y local.
El Plan Estatal de Desarrollo recoge la legítima inquietud de la sociedad por contar con un entorno habitable y armonioso, propio al desarrollo de las actividades de quienes la integran. De ahí se señala la necesidad de afrontar los retos y problemas que entrañan los centros urbanos como necesarios generadores de contaminación bajo una forma planificada y coherente con una visión de conjunto, con el propósito de lograr un desarrollo ordenado y sustentable.
b) Plan de Desarrollo Urbano Municipal.
Se presenta en el Anexo 8, la Factibilidad otorgada por el municipio de Apodaca, N. L.
Normas Oficiales Mexicanas
NOM-041-SEMARNAT-1993. Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de vehículos automotores en circulación que usan gasolina como combustible.
NOM-044-SEMARNAT-1993. Que establece los niveles máximos permisibles de emisión de hidrocarburos no quemados, bióxido de carbono, óxidos de nitrógeno, partículas suspendidas totales y opacidad de humo provenientes del escape de motores nuevos que usan diesel como combustible y que se utilizan para la propulsión de vehículos automotores con peso bruto vehicular mayor de 3,857 Kg.
NOM-059-SEMARNAT-2001. Que determina las especies y subespecies de flora y fauna silvestre y acuática en peligro de extinción, amenazadas, raras y las sujetas a protección especial y que establece especificaciones para su protección.
NOM-080-SEMARNAT-1994. Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido proveniente del escape de los vehículos automotores, motocicletas y triciclos motorizados en circulación y su método de medición.
Decretos y Programas de Manejo de Áreas Naturales Protegidas
Tal como ha sido citado en el contenido de este Estudio, la ubicación del proyecto no concuerda con los límites de las Áreas Naturales Protegidas (ANP´s) de regulación federal o estatal.
Leyes y Reglamentos
a) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1988).
De acuerdo a la actividad a desarrollar (cambio de uso del suelo), y que lleva implícita el retiro de la vegetación forestal en un área mayor a 1000 m2, la actividad queda comprendida en las actividades que requieren presentar una Manifestación de Impacto Ambiental modalidad Particular ante la Federación, siendo de competencia federal en materia de evaluación del impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en su fracción VII, que al calce dice:
SECCION V. Evaluación del Impacto Ambiental
ARTICULO 28.- La evaluación del impacto ambiental es el procedimiento a través del cual la Secretaría establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente. Para ello,
en los casos que determine el Reglamento que al efecto se expida, quienes pretendan llevar a cabo algúna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental de la Secretaría:
I a VI...
VII.- Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas;
…
El Reglamento de la presente Ley determinará las obras o actividades a que se refiere este artículo, que por su ubicación, dimensiones, características o alcances no produzcan impactos ambientales significativos, no causen o puedan causar desequilibrios ecológicos, ni rebasen los límites y condiciones establecidos en las disposiciones jurídicas referidas a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente, y que por lo tanto no deban sujetarse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto en este ordenamiento.
Para los efectos a que se refiere la fracción XII del presente artículo, la Secretaría notificará a los interesados su determinación para que sometan al procedimiento de evaluación de impacto ambiental la obra o actividad que corresponda, explicando las razones que lo justifiquen, con el propósito de que aquellos presenten los informes, dictámenes y consideraciones que juzguen convenientes, en un plazo no mayor a diez días.
Una vez recibida la documentación de los interesados, la Secretaría, en un plazo no mayor a treinta días, les comunicará si procede o no la presentación de una manifestación de impacto ambiental, así como la modalidad y el plazo para hacerlo. Transcurrido el plazo señalado, sin que la Secretaría emita la comunicación correspondiente, se entenderá que no es necesaria la presentación de una Manifestación de Impacto Ambiental.
El proyecto está vinculado con la Fracción VII del Artículo 28; Cambios de uso de suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas, ya que presenta vegetación de matorral.
b) Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia del Impacto Ambiental (Diario Oficial de la Federación del 30 de mayo del 2000)
Y dicha actividad queda reafirmada de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la LGEEPA en materia de Evaluación del Impacto Ambiental, en su artículo 5, inciso O, fracción I que al calce dice:
Capítulo II. De las obras o actividades que requieren autorización en materia de impacto ambiental y de las excepciones.
Artículo 5o.- Quienes pretendan llevar a cabo alguna de las siguientes obras o actividades, requerirán previamente la autorización de la Secretaría en materia de impacto ambiental:
A) a N) ...
O) Cambios de uso del suelo de áreas forestales, así como en selvas y zonas áridas:
I. Cambio de uso del suelo para actividades agropecuarias, acuícolas, de desarrollo inmobiliario, de infraestructura urbana, de vías generales de comunicación o para el establecimiento de instalaciones comerciales, industriales o de servicios en predios con vegetación forestal, con excepción de la construcción de vivienda unifamiliar y del establecimiento de instalaciones comerciales o de servicios en predios menores a 1,000 metros cuadrados, cuando su construcción no implique el derribo de arbolado en una superficie mayor a 500 metros cuadrados, o la eliminación o fragmentación del hábitat de ejemplares de flora o fauna sujetos a un régimen de protección especial de conformidad con las normas oficiales mexicanas y otros instrumentos jurídicos aplicables;
II a III…..
c) Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Diario Oficial de la Federación del 25 de febrero de 2003)
Así mismo, para realizar el retiro de vegetación forestal, se requiere autorización de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) mediante la presentación de un Estudio Técnico Justificativo de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) de acuerdo a lo establecido en los artículos:
58 fracción I ya que corresponde a la SEMARNAT otorgar su autorización,
ARTICULO 58. Corresponderá a la Secretaría otorgar las siguientes autorizaciones:
I. Cambio de uso de suelo en terrenos forestales, por excepción
…
117 el cual establece el procedimiento para otorgar la autorización,
ARTICULO 117. La Secretaría sólo podrá autorizar el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, por
excepción, previa opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal de que se trate y con base en los estudios técnicos justificativos que demuestren que no se compromete la biodiversidad, ni se provocará la erosión de los suelos, el deterioro de la calidad del agua o la disminución en su captación; y que los usos alternativos del suelo que se propongan sean más productivos a largo plazo. Estos estudios se deberán considerar en conjunto y no de manera aislada.
En las autorizaciones de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, la autoridad deberá dar respuesta debidamente fundada y motivada a las propuestas y observaciones planteadas por los miembros del Consejo Estatal Forestal.
No se podrá otorgar autorización de cambio de uso de suelo en un terreno incendiado sin que hayan pasado 20 años, a menos que se acredite fehacientemente a la Secretaría que el ecosistema se ha regenerado totalmente, mediante los mecanismos que para tal efecto se establezcan en el reglamento correspondiente.
Las autorizaciones que se emitan deberán atender lo que, en su caso, dispongan los programas de ordenamiento ecológico correspondiente, las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, la política de uso del suelo para estabilizar su uso agropecuario, incluyendo el sistema de roza, tumba y quema, desarrollando prácticas permanentes y evitando que la producción agropecuaria crezca a costa de los terrenos forestales.
La Secretaría, con la participación de la Comisión, coordinará con diversas entidades públicas, acciones conjuntas para armonizar y eficientar los programas de construcciones de los sectores eléctrico, hidráulico y de comunicaciones, con el cumplimiento de la normatividad correspondiente.
y 118, que da cuenta de la acreditación del depósito al Fondo Forestal Nacional, como compensación:
ARTICULO 118. Los interesados en el cambio de uso de terrenos forestales, deberán acreditar que otorgaron
depósito ante el Fondo, para concepto de compensación ambiental para actividades de reforestación o restauración y su mantenimiento, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento.
d) Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Diario Oficial de la
Federación del 21 de febrero de 2005)
El artículo 120 de Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable indica el procedimiento que el promoverte debe seguir con el fin solicitar la autorización
Artículo 120. Para solicitar la autorización de cambio de uso del suelo en terrenos forestales, el interesado deberá solicitarlo
mediante el formato que expida la Secretaría, el cual contendrá lo siguiente:
I. Nombre, denominación o razón social y domicilio del solicitante; II. Lugar y fecha;
III. Datos y ubicación del predio o conjunto de predios, y
IV. Superficie forestal solicitada para el cambio de uso de suelo y el tipo de vegetación por afectar.
Junto con la solicitud deberá presentarse el estudio técnico justificativo, así como copia simple de la identificación oficial del solicitante y original o copia certificada del título de propiedad, debidamente inscrito en el registro público que corresponda o, en su caso, del documento que acredite la posesión o el derecho para realizar actividades que impliquen el cambio de uso del suelo en terrenos forestales, así como copia simple para su cotejo. Tratándose de ejidos o comunidades agrarias, deberá presentarse original o copia certificada del acta de asamblea en la que conste el acuerdo de cambio del uso del suelo en el terreno respectivo, así como copia simple para su cotejo.
El derecho para realizar actividades que impliquen el cambio de uso del suelo, con motivo del reconocimiento, exploración superficial y explotación petrolera en terrenos forestales, se podrá acreditar con la documentación que establezcan las disposiciones aplicables en materia petrolera.
y el artículo 121 el contenido del Estudio Técnico Justificativo que se elabore para solicitar la autorización:
Artículo 121. Los estudios técnicos justificativos a que hace referencia el artículo 117 de la Ley, deberán contener la información
siguiente:
I. Usos que se pretendan dar al terreno;
II. Ubicación y superficie del predio o conjunto de predios, así como la delimitación de la porción en que se pretenda realizar el
cambio de uso del suelo en los terrenos forestales, a través de planos georeferenciados;
III. Descripción de los elementos físicos y biológicos de la cuenca hidrológico-forestal en donde se ubique el predio;
IV. Descripción de las condiciones del predio que incluya los fines a que esté destinado, clima, tipos de suelo, pendiente media,
relieve, hidrografía y tipos de vegetación y de fauna;
V. Estimación del volumen por especie de las materias primas forestales derivadas del cambio de uso del suelo; VI. Plazo y forma de ejecución del cambio de uso del suelo;
VII. Vegetación que deba respetarse o establecerse para proteger las tierras frágiles;
VIII. Medidas de prevención y mitigación de impactos sobre los recursos forestales, la flora y fauna silvestres, aplicables durante
las distintas etapas de desarrollo del cambio de uso del suelo;
IX. Servicios ambientales que pudieran ponerse en riesgo por el cambio de uso del suelo propuesto;
X. Justificación técnica, económica y social que motive la autorización excepcional del cambio de uso del suelo;
XI. Datos de inscripción en el Registro de la persona que haya formulado el estudio y, en su caso, del responsable de dirigir la
ejecución;
XII. Aplicación de los criterios establecidos en los programas de ordenamiento ecológico del territorio en sus diferentes
categorías;
XIII. Estimación económica de los recursos biológicos forestales del área sujeta al cambio de uso de suelo; XIV. Estimación del costo de las actividades de restauración con motivo del cambio de uso del suelo, y XV. En su caso, los demás requisitos que especifiquen las disposiciones aplicables.
Y por último el artículo 123 establece lo referente al otorgamiento de la autorización por parte de la SEMARNAT, previo depósito al Fondo Forestal Mexicano:
Artículo 123. La Secretaría otorgará la autorización de cambio de uso de suelo en terreno forestal, una vez que el interesado haya realizado el depósito a que se refiere el artículo 118 de la Ley, por el monto económico de la compensación ambiental determinado de conformidad con lo establecido en el artículo 124 del presente reglamento.
El trámite será desechado en caso de que el interesado co acredite el depósito a que se refiere el párrafo anterior dentro de los treinta días hábiles siguientes a que surta efecto la notificación.
Una vez acreditado el depósito, la Secretaría expedirá la autorización correspondiente dentro de los diez días hábiles siguientes. Transcurrido el plazo sin que la Secretaría otorgue la autorización, ésta se entenderá concedida.
En términos generales, de acuerdo a lo establecido en los criterios normativos analizados durante la elaboración de los estudios ambientales y a las medidas recomendadas, se concluye que la ejecución del proyecto es congruente con la regulación federal en materia de cambio de uso de suelo, acorde a los diferentes instrumentos jurídicos y de planeación examinados.
Como fue citado anteriormente, además de la presentación de esta Manifestación de Impacto Ambiental Modalidad Particular, se ha sujetado a la SEMARNAT de manera paralela la correspondiente se presenta el Estudio Técnico Justificativo.
CAPÍTULO IV
DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA AMBIENTAL Y SEÑALAMIENTO DE LA PROBLEMÁTICA AMBIENTAL DETECTADA EN EL ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO. INVENTARIO AMBIENTAL
IV.1 Delimitación del área de estudio.
La zona de estudio se delimitó con respecto a la ubicación y amplitud de los componentes ambientales con los que el proyecto tendrá alguna interacción, aplicando los siguientes criterios para el establecimiento del área de estudio:
a) Dimensiones del proyecto.
La superficie total del proyecto es de 119,264.45 m2, la superficie donde se efectuará el cambio de uso del suelo es de 28,970.12 m2.
b) Conjunto y tipo de obras a desarrollar.
En este caso solo se efectuará el cambio de uso del suelo (CUS) por lo que se retirará la vegetación únicamente dentro del área del proyecto, limitándose al polígono del mismo.
c) Factores sociales y económicos (poblados, mano de obra, etcétera).
La ubicación del área del proyecto se encuentra en crecimiento habitacional, contando con la disponibilidad de todos los servicios públicos y medios de transportes.
El centro poblado más cercano y donde se prevé se tenga el mayor impacto en demanda de mano de obra serán las colonias del municipio de Apodaca, las cuales se sitúan en los alrededores del área del proyecto.
d) Rasgos geomorfoedafológicos, hidrográficos, climáticos, tipos de vegetación, entre otros.
Se establecen como límites del área bajo estudio las cotas 470 m. Así como la provincia de la Sierra Madre Oriental y subprovincia fisiográfica de Sierras y Llanuras Coahuilenses y sistema de Topoformas de Bajada con Lomerío.
La vegetación y fauna tienden a ser muy similares a lo largo de toda esta subprovincia y la presencia de nuevos núcleos poblacionales afectaría a toda la subprovincia en su conjunto.
Dentro del estado de Nuevo León se encuentran áreas que corresponden a tres provincias fisiográficas: La Llanura Costera del Golfo Norte, La Sierra Madre Oriental, La Gran Llanura Norteamericana
Tabla IV.1- Regiones Fisiográficas del estado de Nuevo León.
Provincia % de superficie en el
estado de Nuevo León
Clave Nombre Clave Nombre
V Sierra Madre Oriental
7 Sierras y Llanuras Coahuilenses 13.56 5 Pliegues Saltillo – Parras 4.50 2 Sierras Tranversales 0.54 4 Gran Sierra Plegada 16.16 3 Sierras y Llanuras Occidentales 15.09 VI Gran Llanura de Norteamérica Llanura de Coahuila y Nuevo león 35.08 VII Llanura Costera del Golfo Norte Llanuras y Lomeríos 15.07
El área del proyecto pertenece a la Provincia de la Llanura Costera del Golfo Norte y está localizado en la Subprovincia de Llanuras y Lomeríos, el sistema de topoformas Lomerío con Llanuras.
Llanura Costera del Golfo Norte.
Esta provincia fisiográfica se extiende sobre la costa del Golfo desde el río Bravo –en el tramo que va de Reynosa, Tamps., a su desembocadura - hasta la zona de Nautla, Ver. Dentro del territorio nacional, limita al noroeste con la provincia de la Gran Llanura de Norteamérica, al oeste con la Sierra Madre Oriental, al este con el Golfo de México y al sur con la provincia del Eje Neovolcánico.
# N E W S Provincias fisiográficas:
GRANDES LLANURAS DE NORTEAMÉRICA LLANURA COSTERA DEL GOLFO NORTE SIERRA MADRE ORIENTAL Ubicación del Predio del Proyecto 300000 300000 350000 350000 400000 400000 450000 450000 500000 500000 550000 550000 26 00 00 0 26 00 00 0 26 50 00 0 2650 00 0 27 00 00 0 27 00 00 0 27 50 00 0 27 50 00 0 28 00 00 0 28 00 00 0 28 50 00 0 28 50 00 0 29 00 00 0 29 00 00 0 29 50 00 0 29 50 00 0 30 00 00 0 30 00 00 0 30 50 00 0 30 50 00 0
Figura IV.1.- Provincias fisiográficas del estado de Nuevo León.
Subprovincia de Llanuras y lomeríos.
La parte de esta subprovincia que penetra en el estado de Nuevo León –que está incluida en la región conocida como Llanura Costera o Plano Inclinado- ocupa 9,602.69 km2 del área de Monterrey, Montemorelos y Linares.
En ella quedan englobados los municipios de Apodaca, Cadereyta Jiménez, El Carmen, Ciénega de Flores, General Zuazua, Hualahuises, Marín, Pesquería y San Nicolás de los Garza; y parte de los de Allende, General Escobedo, General Terán, Juárez, Linares, Montemorelos, Monterrey, Los Ramones y Salinas Victoria. En términos generales, la Subprovincia está constituida por una
# N E W S Subprovincias fisiográficas: GRAN SIERRA PLEGADA
LLANURAS DE COAHUILA Y NUEVO LEÓN LLANURAS Y LOMERÍOS
SIERRA DE SAN CARLOS SIERRAS TRANSVERSALES SIERRAS Y LLANURAS COAHUILENSES SIERRAS Y LLANURAS OCCIDENTALES PLIEGUES SALTILLO PARRAS Ubicación del predio del Proyecto. 300000 300000 350000 350000 400000 400000 450000 450000 500000 500000 550000 550000 26 00 00 0 26 00 00 0 26 50 00 0 26 50 00 0 27 00 00 0 27 00 00 0 27 50 00 0 27 50 00 0 28 00 00 0 28 00 00 0 28 50 00 0 28 50 00 0 29 00 00 0 29 00 00 0 29 50 00 0 29 50 00 0 30 00 00 0 30 00 00 0 30 50 00 0 30 50 00 0
pequeña sierra baja, la Sierra de las Mitras, lomeríos suaves con bajadas y llanuras de extensión considerable.
Figura IV.2.- Subprovincias fisiográficas del estado de Nuevo León.
Respecto a la composición de suelo el tipo corresponde a Hc + Kh /3 (Feozem calcárico + Castañozem háplico / Clase Textural Fina).
#
N
E W
S
Ubicación del predio del Proyecto. Tipos de suelo: Acrisol Cambisol Castañozem Chernozem Feozem Fluvisol Gleysol Litosol Luvisol Regosol Rendzina Solonchak Vertisol Xerosol Yermosol 300000 300000 350000 350000 400000 400000 450000 450000 500000 500000 550000 550000 26 00 00 0 26 00 00 0 26 50 00 0 26 50 00 0 27 00 00 0 27 00 00 0 27 50 00 0 27 50 00 0 28 00 00 0 28 00 00 0 28 50 00 0 28 50 00 0 29 00 00 0 29 00 00 0 29 50 00 0 29 50 00 0 30 00 00 0 30 00 00 0 30 50 00 0 30 50 00 0
Figura IV.3.- Tipos de suelo del estado de Nuevo León.
El suelo predominante de este municipio está constituido en su gran mayoría por los siguientes tipos: rendzina, litosol, castañozem y feozem; en menor grado por xerosol y regosol.
El tipo de suelo rendzina se caracteriza por ser un tipo de suelo poco evolucionado que se forma sobre una roca madre carbonatada, como la caliza, y suelen ser fruto de la erosión, presenta además una capa superficial rica en materia orgánica que descansa sobre una roca caliza; no alcanza gran profundidad (apenas miden 10 cm.), tienen textura arcillosa de color negro a gris, son de susceptibilidad moderada a alta a la erosión, y se encuentran en regiones semiáridas.
El Litosol es un tipo de suelo no evolucionado que se forman sobre roca madre dura, también pueden ser resultado de la acumulación reciente de aportes aluviales, se caracterizan por su bajo aporte de materia orgánica y carecen de horizonte B. Se distinguen por tener una profundidad menor a los 10 cm.
Se localizan en las sierras, en laderas, barrancas, así como en lomeríos y algunos terrenos planos.
Tiene características muy variables, pues pueden ser fértiles o infértiles, arenosos o arcillosos.
Su susceptibilidad a la erosión depende de la zona en donde se encuentren, de la topografía y del mismo suelo.
Los tipos de suelo castañozem tienen una capa superficial de color pardo, y su textura es de migajón arcillosa y arcillosa.
Son suelos profundos que descansan sobre furas capas de arcilla con contenidos bajos de materia orgánica y acumulación de carbonatos de calcio en el subsuelo, presentan baja susceptibilidad a la erosión, y son de regiones semiáridas.