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Programa de medidas
del Plan de gestión del distrito
de cuenca fluvial de Cataluña
2016-2021
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN Y MARCO NORMATIVO ... 11
1.1. MARCO NORMATIVO 11
1.2. OBJETO 15
1.3. CONTENIDO: MEDIDAS BÁSICAS Y COMPLEMENTARIAS 16 1.4. PROCEDIMIENTO DE ELABORACIÓN, APROBACIÓN, REVISIÓN Y MODIFICACIÓN 18 2. OBJETIVOS Y NORMAS DE CALIDAD AMBIENTAL ... 20
2.1. RÍOS 29
2.1.1. Objetivos de estado ecológico en ríos (masas de agua naturales) ... 29 2.1.2. Objetivos de estado químico en ríos (masas de agua naturales) ... 41 2.1.3. Objetivos para las masas de agua ríos muy modificadas ... 42
2.2. EMBALSES 45
2.2.1. Objetivos de potencial ecológico en embalses ... 45 2.2.2. Objetivos de estado químico en embalses ... 48
2.3. LAGOS 48
2.3.1. Objetivos de estado ecológico en lagos (lagos profundos :Estany de Banyoles y lagos someros: zonas húmedas) ... 49 2.3.2. Objetivos de estado químico en lagos ... 51 2.3.3. Objetivos de estado para las masas de agua lagos muy modificados ... 51
2.4. AGUAS DE TRANSICIÓN 51
2.4.1. Objetivos de estado ecológico en aguas de transición (zonas húmedas) ... 52 2.4.2. Objetivos de estado químico para las aguas de transición ... 54 2.4.3. Objetivos de estado para las aguas de transición muy modificadas ... 54
2.5. AGUAS COSTERAS 55
2.5.1. Objetivos de estado ecológico en aguas costeras (masas de agua naturales) ... 55 2.5.2. Objetivos de estado químico en aguas costeras ... 60 2.5.3. Objetivos de estado para las masas de agua costeras muy modificadas ... 61
2.6. AGUAS SUBTERRÁNEAS 65
2.6.2. Objetivos de estado cuantitativo en aguas subterráneas ... 69
2.7. ZONAS PROTEGIDAS 69 2.7.1. Objetivos para las zonas protegidas para la captación de agua destinada al consumo humano 71 2.7.2. Objetivos para las zonas protegidas por especies acuáticas significativas desde un punto de vista económico ... 74
2.7.3. Objetivos para las zonas protegidas por usos recreativos... 74
2.7.4. Objetivos para las zonas protegidas por hábitats o especies ... 75
2.7.5. Objetivos para las Reservas Naturales fluviales... 75
3. EVALUACIÓN DEL ESTADO DE LAS MASAS DE AGUA ... 76
4. SÍNTESIS DEL PROGRAMA DE MEDIDAS ... 79
4.1. RESUMEN DEL GRADO DE EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE MEDIDAS 2006-2015 79 4.2. RESUMEN PROGRAMA DE MEDIDAS 2016-2021 88 5. MEDIDAS PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD FÍSICA Y BIOLÓGICA DEL MEDIO ... 94
5.1. IMPLANTACIÓN DE CAUDALES DE MANTENIMIENTO O ECOLÓGICOS 95 5.2. REHABILITACIÓN HIDROMORFOLÒGICA DE LOS RÍOS 98 5.2.1. Mejora de la conectividad ... 101
5.2.2. Recuperación de riberas ... 109
5.2.3. Recuperación morfológica y gestión del sedimento fluvial ... 120
5.3. REHABILITACIÓN DE ZONAS HÚMEDAS Y LAGOS 124 5.4. PREVENCIÓN, ERRADICACIÓN Y CONTROL DE ESPECIES INVASORAS 133 5.5. PROTECCIÓN Y MEJORA DEL LITORAL 142 5.6. PROTECCIÓN Y MEJORA DE ACUÍFEROS 154 5.7. REGULACIÓN DE LA NAVEGACIÓN Y FRECUENTACIÓN EN MASAS DE AGUA 160 6. MEDIDAS PARA LA GESTIÓN DE LA DEMANDA Y DE LOS RECURSOS HÍDRICOS ... 165
6.1. GESTIÓN Y EXPLOTACIÓN COORDINADA DE RECURSOS HÍDRICOS 166 6.2. MEJORA DE LA GARANTÍA DEL ABASTECIMIENTO DE AGUA 172 6.3. GESTIÓN DE SEQUÍAS 180 6.4. REUTILIZACIÓN DEL AGUA REGENERADA 183 6.5. MEJORA DEL CONTROL Y LA REGULACIÓN 186 6.6. MODERNIZACIÓN DE REGADÍOS 190 7. MEDIDAS PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD DE LAS AGUAS ... 193 7.1. MEJORA DEL SANEAMIENTO DE NÚCLEOS SANEADOS Y DE NÚCLEOS NO SANEADOS 194 7.2. REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN INDUSTRIAL 228 7.3. REDUCCIÓN DEL IMPACTO DE LAS DESCARGAS DE LOS SISTEMAS UNITARIOS 237
7.4. REDUCCIÓN DE NITRATOS DE ORIGEN AGRARIO 240 7.5. REDUCCIÓN DE PLAGUICIDAS DE ORIGEN AGRARIO 247 7.6. REDUCCIÓN DE LA CONTAMINACIÓN SALINA EN LA CUENCA DEL LLOBREGAT 251
7.7. DESCONTAMINACIÓN DE ACUÍFEROS 256
8. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y DEFENSA CONTRA LAS INUNDACIONES ... 263 8.1. PREVENCIÓN Y DEFENSA CONTRA LAS INUNDACIONES 263 9. MEDIDAS PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN Y LA INNOVACIÓN EN LA GESTIÓN DEL
AGUA Y LA PRESERVACIÓN Y MEJORA DEL MEDIO ACUÁTICO ... 267 9.1. LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE LA AGENCIA CATALANA DEL AGUA PARA EL DESARROLLO DE
LA INVESTIGACIÓN Y DE INNOVACIÓN 267
9.2. INFRAESTRUCTURAS DE SOPORTE CIENTÍFICO 271
9.3. PRESUPUESTO ASIGNADO Y FINANCIACIÓN 273
10. EFECTO DEL PROGRAMA DE MEDIDAS ... 279
10.1.MEJORA AMBIENTAL 279
10.2.MEJORA DE LA DISPONIBILIDAD DE RECURSO 280
11. ANÁLISIS ECONÓMICO DEL PROGRAMA DE MEDIDAS ... 284
11.1.ANÁLISIS COSTE-EFICACIA 284
11.2.PRESUPUESTO 287
12. RESUMEN DEL REGISTRO DE ZONAS PROTEGIDAS ... 291
12.1.REGISTRO DE ZONAS PROTEGIDAS 291
12.2.MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA ZONAS PROTEGIDAS 301
13. LISTADO DE ACRÓNIMOS ... 307 14. DOCUMENTOS MENCIONADOS EN EL PROGRAMA DE MEDIDAS ... 309 15. ANEXOS DEL PROGRAMA DE MEDIDAS ... 311
Índice de tablas
T.1. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de
planificación. Ríos. ... 22 T. 2. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primero y segundo ciclo de planificación. Embalses. ... 22 T. 3. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de
planificación. Lagos profundos (Banyoles). ... 24 T. 4. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de
T. 5. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua en el primer y segundo ciclo de
planificación. Zonas húmedas de la categoría aguas de transición. ... 26
T. 6. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Costeras. ... 27
T. 7. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Puertos. ... 28
T. 8 . Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Subterráneas. ... 28
T. 9 . Niveles de corte intercalibrados en la Decisión de la Comisión 2013/480/UE para los indicadores de ríos de ámbito mediterráneo (excepto peces) ... 30
T. 10 . Niveles de corte intercalibrados en la Decisión de la Comisión 2013/480/UE para el indicador de peces de ríos de ámbito mediterráneo (índice IBIMED)... 31
T. 11. Niveles de calidad según el valor del índice de diatomeas IPS para cada uno de los tipos fluviales ... 31
T. 12 . Niveles de calidad según el valor del índice de macrófitos IBMR para cada uno de los tipos fluviales. ... 32
T. 13 . Niveles de calidad según el valor del índice de macroinvertebrados IBMWP para cada uno de los tipos fluviales. ... 34
T. 14 . Niveles de calidad según el valor del índice de macroinvertebrados IMMi-T para cada uno de los tipos fluviales. ... 34
T. 15 . Niveles de calidad según el valor del índice de peces IBICAT2010 (IBIMED) para cada uno de los tipos fluviales de aplicación. ... 35
T. 16 . Indicadores de calidad fisicoquímica generales y parámetros utilizados en la valoración del estado ecológico en ríos, y niveles de corte entre el Muy bueno, el Bueno y el Inferor a bueno ... 37
T. 17. Normas de calidad ambiental (NCA) para las sustancias preferentes analizadas para la determinación de la calidad fisicoquímica de las aguas superficiales continentales (en µg/L). ... 39
T. 18 . Elementos de calidad hidromorfológica y parámetros de caracterización de las masas de agua ríos. ... 40
T. 19 . Niveles de calidad según el valor del índice de macroinvertebrados IBMWP en determinadas masas de agua ríos muy modificadas, y número de masas donde se aplica. ... 43
T. 20. Determinación del nivel de corte del buen potencial ecológico a partir de la comunidad de peces, en las masas de agua ríos muy modificadas, y número de masas donde se aplica. ... 44
T. 21. Niveles de calidad según la concentración de clorofila-a en la capa fótica (µg/L) ... 46
T. 22. Nivelels de calidad según el biovolúmen total (mm3/L) ... 46
T. 23. Niveles de calidad según el porcentaje de cianobacterias en la capa fótica (% biovolumen). ... 46
T. 24. Nivelels de calidad según el índice de grupos algales IGA. ... 47
T. 25 . Niveles de calidad orientativos según el porcentaje de oxígeno hipolimnético ... 48
T. 26. Niveles de calidad según los indicadores biológicos, fisicoquímicos y hidromorfológicos utilizados para valorar el estado ecológico de los lagos profundos (Banyoles). ... 50
T. 27. Elementos biológicos, hidromorfológicos y fisicoquímicos usados en la valoración del estado ecológico de las zonas húmedas. ... 53
T. 28. Niveles de calidad según el índice QAELSe2010, para cada tipología de zona húmeda (Tipos ACA). ... 53
T. 29. Niveles de calidad según el índice ECELS, para todos los tipos de zonas húmedas. ... 53
T. 30. Combinación de los índices QAELSe2010 y ECELS para la valoración parcial del estado de las zonas húmedas (aguas de transición y lagos). ... 54
T. 31 . Niveles de calidad según la Chl-a para cada una de las tipologías que vienen determinadas por el
grado de influencia continental (IC) y para los campos próximo (CP) y medio (CM). ... 56
T.32. Niveles de calidad según el valor del índice CARLIT para cada uno de los tipos de sustrato rocoso. ... 57
T.33. Niveles de calidad según el valor del índice POMI. ... 57
T.34. Niveles de calidad según el valor del índice de macroinvertebrados MEDOCC. ... 58
T.35. Niveles de calidad según el valor del índice FAN ... 59
T.36. Sustancias preferentes y niveles de calidad ambiental (NCA) en medias anuales para aguas costeras. ... 59
T.37. Sustancias prioritarias que se analizan en sedimentos de aguas costeras. ... 61
T.38. Niveles de calidad según la Chl-a para las tipologías que vienen determinadas por el grado de influencia continental (IC) posible en los puertos. ... 63
T.39. Niveles de calidad según el valor del índice de macroinvertebrados MEDOCC para los puertos. ... 63
T. 40 . Niveles de calidad según el valor del índice FAN para los puertos. ... 64
T.41. Niveles de calidad según las condiciones de oxigenación ... 64
T.42 Normas de calidad de las aguas subterráneas ... 66
T.43 Parámetros indicadores del estado químico de una masa de agua subterránea. ... 66
T.44 Tipos de zonas protegidas incluidas en el Plan de gestión. ... 70
T. 45. Objetivos de calidad de cada uno de los parámetros de control para garantizar el cumplimiento de los objetivos en las masas de agua epicontinentales (ríos, embalses y lagos) con zonas protegidas para la captación de agua destinada al consumo humano... 72
T.46 Estado de las masas de agua para cada categoría (periodo 2007-2012) ... 76
T.47 Estado de las masas de agua para cada categoría (periodo 2007-2012) con indicación de la incertidumbre ... 78
T. 48 Distribución del importe de las medidas previstas en el primer ciclo según el organismo inversor ... 79
T.49 Distribución del importe de las medidas previstas en el primer ciclo según tipología de objetivo ... 79
T.50 Grado de ejecución de las medidas previstas en el primer ciclo de planificación ... 80
T.51 Resumen de la evolución del estado de los masas de agua siguiendo los criterios utilizados en la diagnosis del estado del primer ciclo de planificación, y previsión programa para el 2015 según el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial del primer ciclo de planificación. ... 82
T.52 Masas de agua (MA) que en el 2009 se clasificaron con buen estado en el PGDCFC, y actualmente incumplen el buen estado, y principales motivos del deterioro. ... 83
T.53 Masas de agua (MA) que en el 2009 se clasificaron con estado inferior a bueno en el PGDCFC, y que actualmente (en 2015) cumplen el buen estado. ... 83
T.54 Principales medidas en materia de abastecimiento previstas y realizadas en el primer ciclo de planificación ... 86
T.55 Medidas e importes correspondientes agrupadas según objetivos ... 90
T.56 Distribución del importe de las medidas previstas en el segundo ciclo según el organismo inversor ... 92
T.57 Distribución del importe de las medidas previstas en el segundo ciclo según tipología de objetivo ... 93
T.58 Síntesis de las medidas de mejora de calidad física y biológica del medio y el presupuesto asociado en el segundo ciclo de planificación ... 94
T.59 Número de estructuras identificadas que pueden suponer un obstáculo a la continuidad longitudinal de los ríos por cuencas y en el total de las cuencas internas de Cataluña ... 102
T.60 Actuaciones de recuperación de la morfología y las riberas por cuencas (2008-2011) ... 113 T.61 Número de masas de agua (y porcentaje) de zonas húmedas y lagos afectadas por cada presión, según el documento IMPRESS 2013. ... 124 T.62 Actuaciones ejecutadas al anterior Programa de medidas... 145 T.63 Síntesis de las medidas de mejora de gestión de la demanda y recursos hídricos y el presupuesto
asociado en el segundo ciclo de planificación ... 165 T.64 Rendimientos mínimos que tienen que alcanzar las redes de distribución en Cataluña. ... 175 T.65 Síntesis de las medidas de mejora de calidad de las aguas y el presupuesto asociado en el segundo ciclo de planificación ... 193 T.66 Tabla comparativa de los consumos energéticos en diversos sistemas de saneamiento ... 198 T.67 Tabla de ejecución de actuaciones de nuevas EDAR y ampliaciones/remodelaciones de sistemas en funcionamiento en el distrito de cuenca fluvial de Cataluña ... 201 T.68 Resumen de actuaciones planificadas y programadas al periodo 2016-2021 por tipología de medida y su inversión asociada al periodo 2016-2021 en el distrito de cuenca fluvial de Cataluña ... 225 T.69 Tabla resumen de actuaciones planificadas por tipología de medida en el periodo 2022-2027 en el
distrito de cuenca fluvial de Cataluña ... 226 T.70 Aplicación de los criterios de selección de masas de agua ríos para llevar a cabo medidas de reducción de la contaminación industrial ... 232 T.71 Masas de agua costeras seleccionadas para llevar a cabo medidas de la contaminación industrial ... 233 T.72 Síntesis de las medidas de prevención y defensa contra las inundaciones en el segundo ciclo de
planificación ... 263 T.73 Resumen presupuesto en R+D+I por Grupo de medidas ... 275 T.74 Actuaciones en R+D+I y presupuesto estimado agrupado por tipo de medidas ... 276 T.75 Número de masas de agua superficiales que actualmente alcanzan el buen estado (estado en 2015), y número de masas previsto para 2021 en aplicación del Programa de medidas ... 279 T.76 Número de masas de agua subterráneas que actualmente alcanzan el buen estado (estado en 2015), y número de masas previsto para 2021 en aplicación del Programa de medidas ... 279 T.77 Presupuesto del Programa de medidas ... 287 T.78 Desglose del presupuesto del Programa de medidas por agentes ... 289 T.79 Número de masas de agua del DCFC, expresadas por categoría, que incluyen zonas protegidas por la captación de agua destinada al consumo humano... 292 T.80 Número de masas de agua del DCFC, expresadas por categoría, que incluyen zonas protegidas por especies acuáticas significativas desde el punto de vista económico. ... 293 T.81 Número de masas de agua del DCFC, expresadas por categoría, que incluyen zonas protegidas por usos recreativos. ... 293 T.82 Número de masas de agua del DCFC, expresadas por categoría, que incluyen zonas protegidas en relación en la aportación de nutrientes. ... 294 T.83 Número de espacios ZEC vinculados a masas de agua. ... 295 T.84 Número de reservas genéticas para la trucha común. ... 295 T.85 Número de masas de agua del DCFC, expresadas por categoría, que incluyen zonas designadas para la protección de hábitats o especias. ... 296 T.86 Masas de agua que contienen alguna reserva natural fluvial (RNF) en el DCFC. ... 297
T.87 Masas de agua que incluyen acuíferos con declaraciones de protección especial aprobadas o
programadas ... 299
T.88 Medidas para masas de agua protegidas en A3. Rehabilitación zonas húmedas... 302
T.89 Medidas para masas de agua protegidas al bloque de medidas A5: Mejora y protección litoral... 305
T.90 Listado de acrónimos ... 307
Índice de gráficos G.1 Distribución del presupuesto de inversión o gasto del Programa de medidas del segundo ciclo por bloques 91 G.2 Tipología de medidas del Programa de medidas del segundo ciclo por bloques ... 92
G.3 Distribución del presupuesto de inversión en las medidas del bloque de mejora de la calidad física y biológica del medio en el segundo ciclo de planificación ... 94
G.4 Resultados de la evaluación de la calidad hidromorfològica por cuencas ... 100
G.5 Resultados de la evaluación de la calidad de las masas de agua ríos según la naturalidad de los usos del suelo ... 109
G.6 Resultados de la evaluación de la calidad de las masas de agua ríos según la calidad del bosque de ribera ... 109
G.7 Distribución de la inversión de las medidas para la recuperación de riberas en el segundo ciclo de planificación ... 115
G.8 Distribución de la inversión de las medidas para la recuperación de riberas en el segundo ciclo de planificación ... 121
G.9 Distribución de la inversión ejecutada para la prevención, erradicación y control de especies invasoras durante el periodo 2006-2015... 135
G.10 Distribución de la inversión prevista por la prevención, erradicación y control de especies invasoras en el segundo ciclo de planificación ... 135
G.11 Distribución de las medidas propuestas en función de la problemática asociada ... 143
G.12 Distribución de las medidas propuestas en función de los objetivos ... 143
G.13 Distribución del presupuesto de inversión en las medidas del bloque de gestión de la demanda y los recursos hídricos para el segundo ciclo de planificación ... 165
G.14 Volúmenes reutilizados entre 2005 y 2013 ... 183
G.15 Distribución del presupuesto de inversión en las medidas del bloque de mejora de la calidad de las aguas en el segundo ciclo de planificación ... 193
G.16 Evolución temporal de la producción de biosólidos en toneladas de materia fresca genera al año durante periodo 2001-2013 ... 197
G.17 Evolución del estado de los expedientes de los episodios de contaminación de acuíferos (1995-2013) ... 257
G.18 Porcentaje de los episodios detectados en función del parámetro contaminante (2013) ... 257
G.19 Distribución de la longitud declarada como reserva natural fluvial por cada cuenca del DCFC ... 298
Índice de mapas M.1 Calidad hidromorfològica de los ríos de las cuencas internas de Cataluña (2012) ... 99
M.3 Masas de agua afectadas por el mejillón cebra (2009) ... 139
M.4 Mapa de distribución de las praderas de Posidonia oceanica (en verde) y localización de los emisarios submarinos d'ARU en una de las masas de agua costeras objeto del estudio ... 150
M.5 Detalle de la cartografía de fanerógamas marinas (DG Pesca y Asuntos Marítimos) ... 153
M.6 Mapa del contorno del modelo numérico planificado dentro de la masa de agua subterránea 32 ... 169
M.7 Mapas de desarrollo del saneamiento en Cataluña (2014) ... 195
M.8 Porcentaje de la población servida saneada en Cataluña por comarcas (2014) ... 196
M.9 Grado de estado ecológico actual en las masas de agua epicontinentales y aguas costeras (2014) ... 199
M.10 Valoración del estado de las masas de agua subterránea (2013) ... 240
Índice de imágenes I. 1 Esquema de derivación de los valores umbral en aguas subterráneas ... 68
I.2 Estación de aforo con paso para peces en el río Ter en Torroella de Montgrí ... 105
I.3 para el paso de peces construida en el río Ripoll ... 105
I.4 Rampa para el paso de peces en el azud de la Teula de Manlleu ... 106
I.5 Río Terri antes y después de la eliminación de la esclusa por parte de su titular ... 106
I.6 Material editado por la Red de custodia del territorio y la Agencia ... 110
I.7 Materiales editados por la Agencia para homogeneizar criterios para los proyectos de recuperación de riberas ... 112
I.8 Cartografía de hábitats fluviales de un tramo del río Gaià. ... 116
I.9 Actuaciones de restauración del meandro del río Gaià en la alameda de Santes Creus (I) ... 119
I.10 Actuaciones de restauración del meandro del río Gaià en la alameda de Santes Creus (II) ... 119
I.11 Ejemplos de medidas para la mejora morfodinàmica y gestión del sedimento... 121
I.12 Liberación de caudal de los embalses del DCFC (Llosa del Cavall) ... 122
I.13 Sistema de información SI-ExoAqua ... 136
I.14 Mejillón cebra en el embalse de la Baells ... 137
I.15 Ejemplo de hidrolimpiadora que se instala en las estaciones de desinfección. ... 138
I.16 Actuaciones de erradicación de la caña (Arundo donax) ... 140
I.17 Imágenes del litoral arenoso y rocoso característico de la costa catalana ... 142
I.18 Erosión de las playas por los temporales marítimos ... 148
I.19 Ordenación y conservación de sistemas dunares ... 148
I.20 Descargas de los sistemas unitarios (DSU) de saneamiento urbanos a través de aliviaderos ... 149
I.21 Aplicativo PlatgesCat ... 149
I.22 Vista de la balsa de infiltración de las balsas de recarga de Sant Vicenç dels Horts ... 168
I.23 Aliseda en la cabecera del río Tordera ... 296
1.
Introducción y marco normativo
1.1.Marco normativo
El Programa de medidas del distrito de cuenca hidrográfica y fluvial de Cataluña es el instrumento de planificación hidrológica que tiene que prever las medidas básicas o complementarias necesarias con el fin de alcanzar los objetivos ambientales en las masas de agua que forman parte del mencionado distrito de cuenca.
La Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, de 2000, por la cual se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, y la vigente legislación sectorial en materia de aguas configuran la planificación hidrológica como el principal medio para garantizar la consecución de los objetivos ambientales de las masas de agua y un uso racional y sostenible de los recursos hídricos, y para asegurar la participación ciudadana en la adopción de las decisiones públicas relativas al ciclo del agua.
En concreto, el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, aprobado por Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre (TRLMAC), y el Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por el Decreto 380/2006 establecen en los artículos 19 y 3 respectivamente los objetivos que tiene que alcanzar la planificación:
■ Garantizar la suficiencia y la sostenibilidad de todos los usos del agua. ■ Asegurar el equilibrio y la armonización del desarrollo regional.
■ Garantizar una gestión equilibrada e integradora del dominio público hidráulico que asegure la protección y la coordinación de las administraciones afectadas.
■ Economizar y racionalizar la utilización del recurso, y asignar los diversos usos en función de la calidad requerida.
■ Garantizar el mantenimiento de los caudales ecológicos o de mantenimiento.
■ Alcanzar un buen estado de las aguas superficiales mediante la prevención del deterioro de su calidad ecológica, y hacer un enfoque combinado del tratamiento de la contaminación y la recuperación de las aguas contaminadas.
■ Alcanzar un buen estado de las aguas subterráneas, mediante la prevención del deterioro de la calidad, a partir de un enfoque combinado del tratamiento de la contaminación y la garantía en el equilibrio entre la captación y la recarga de estas aguas y la recuperación de las aguas contaminadas.
■ Velar por la conservación y el mantenimiento de la red fluvial catalana y de las zonas húmedas y lacustres, y también por los ecosistemas vinculados al medio hídrico.
■ Garantizar el abastecimiento suficiente de agua en buen estado, mediante un uso del agua sostenible, equilibrado y equitativo.
■ Garantizar el principio de recuperación de costes de los servicios relacionados con el agua, mediante el establecimiento de un sistema de tarificación que ofrezca incentivos para conseguir un uso eficiente del agua y la consecución de los objetivos fijados por el Gobierno. A este efecto, la Administración competente en materia de suministro de agua y de tratamiento de aguas residuales tiene que establecer las estructuras tarifarias necesarias para la recuperación de costes, con el fin de garantizar el respeto a las necesidades básicas y desincentivar los consumos excesivos. Estas tarifas tienen que responder a los criterios de repercusión de los costes en los precios, que fija la Generalitat, sin perjuicio de las compensaciones que, en los casos de prestación de los servicios en régimen de concesión administrativa, pueda establecer la administración titular del servicio de suministro de agua con el fin de establecer el equilibrio económico del servicio.
■ Contribuir a paliar los efectos de las inundaciones y de las sequías.
Con el fin de garantizar la consecución de estos objetivos, las mencionadas disposiciones normativas diseñan un sistema de instrumentos de planificación hidrológica con diferente alcance y objeto: el Plan de gestión, el Programa de medidas, los programas de control y los planes y programas de gestión específicos. El principal instrumento de la planificación es el Plan de gestión de la demarcación hidrográfica que integra los contenidos del resto de los instrumentos. En el ámbito de las cuencas internas de Cataluña, el Plan de gestión del distrito de cuenca fluvial de Cataluña (PGDCFC) es la herramienta que tiene que incorporar las acciones y las medidas necesarias para desarrollar los mencionados objetivos de la planificación hidrológica del distrito de cuenca fluvial de Cataluña. Su ámbito territorial está constituido por las cuencas hidrográficas internas de Cataluña y por las aguas subterráneas y costeras asociadas.
En el mismo sentido, el artículo 40.1 del texto refundido de la Ley de aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, establece que la planificación tiene por objetivos generales la consecución del buen estado y la adecuada protección del dominio público hidráulico y de las masas de agua, la satisfacción de las demandas de agua, el equilibrio y armonización del desarrollo regional y sectorial, incrementando la disponibilidad del recurso, protegiendo la calidad, economizando la utilización y racionalizando los usos en harmonía con el medio ambiente y el resto de los recursos naturales.
La adecuada protección de las aguas requiere de la consecución de los objetivos ambientales que se concretan en el artículo 4.1 de la Directiva 2000/60/CE, y en el artículo 92 bis.1 del texto refundido de la Ley de aguas:
■ Para las aguas superficiales:
– Prevenir el deterioro del estado de las masas de agua superficiales.
– Proteger, mejorar y regenerar todas las masas de agua superficiales con el objetivo de alcanzar un buen estado o un buen potencial de las mismas.
– Reducir progresivamente la contaminación procedente de sustancias prioritarias y eliminar o suprimir gradualmente los vertidos, las emisiones y escapes de sustancias prioritarias peligrosas.
■ Para las aguas subterráneas:
– Evitar o limitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y evitar el deterioro del estado de todas las masas de agua subterránea.
– Proteger, mejorar y regenerar las masas de agua subterránea y garantizar el equilibrio entre la extracción y la recarga con el fin de obtener el buen estado de las masas de agua subterránea.
– Invertir las tendencias significativas y sostenidas al aumento de la concentración de cualquier contaminante derivada de la actividad humana con el fin de reducir progresivamente la contaminación de las aguas subterráneas.
■ Para las zonas protegidas:
– Cumplir las exigencias de las normas de protección que resulten aplicables a cada zona y alcanzar los objetivos ambientales que se establezcan.
■ Para las masas de agua artificiales y para las masas de agua muy modificadas:
– Proteger y mejorar su estado para alcanzar un buen potencial ecológico y un buen estado químico de las aguas superficiales.
El Programa de medidas como instrumento necesario de la planificación hidrológica se encuentra previsto en el artículo 11 de la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la cual se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas. De conformidad con este precepto, las autoridades nacionales, tomando como base los resultados de los estudios y análisis previos, tienen que elaborar para cada Demarcación hidrográfica un programa que contenga
las medidas necesarias con el fin de alcanzar los objetivos ambientales. Estas medidas se clasifican en básicas y en complementarias.
El mencionado precepto ha sido incorporado al ordenamiento español por medio de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del orden social, que ha introducido un nuevo artículo 92 cuatro en el Texto refundido de la Ley de aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio. El Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, ha desarrollado esta regulación en la sección octava del capítulo primero de su título primero (artículos 43 a 61), especificando cuáles son las medidas básicas que tienen que contener los programas de medidas y cuáles son las medidas complementarias que pueden incorporar estos instrumentos. Esta regulación estatal sólo tiene carácter básico por lo referente a la definición de Programa de medidas (artículo 43), a la relación de las medidas básicas (artículo 44), a la definición de las medidas complementarias (artículo 55) y al deber de las administraciones competentes de delimitar las zonas inundables en base a los estudios elaborados por los organismos de cuenca (artículo 59.3). En consecuencia, en las cuencas intracomunitarias, las Comunidades Autónomas con competencias estatutarias en materia de regulación de la planificación hidráulica en este ámbito, como es el caso de Cataluña, pueden desarrollar estos preceptos concretando el alcance y contenido de cada una de las medidas básicas y decidir qué medidas incluir dentro del grupo de medidas complementarias.
En este sentido, la Ley 6/1999, de 12 de julio, de ordenación, gestión y tributación del agua, también recoge el Programa de medidas entre los instrumentos que tienen que integrar la planificación hidrológica del distrito de cuenca hidrográfica o fluvial de Cataluña. Las disposiciones de esta Ley han sido objeto de refundida con otros preceptos legales en un texto único mediante el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre. El artículo 22 del mencionado texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña también relaciona las medidas que tiene que contener el Programa de medidas, así como otros contenidos obligatorios como las previsiones de actuaciones y obras hidráulicas estructurales y de gestión a desarrollar por la Agencia Catalana del Agua, las inversiones en infraestructuras, mantenimiento y reposición y el régimen de participación en la financiación de la actuación de la Generalitat y, si ocurre, de las entidades beneficiarias.
En consecuencia, el Programa de medidas contiene tanto listados de medidas de carácter normativo o de gestión como una relación de actuaciones y obras concretas a ejecutar por parte de la Administración hidráulica con el fin de alcanzar los objetivos ambientales e,
incluso, puede prever reservas de terrenos para la ejecución de las mencionadas obras y actuaciones.
El artículo 25 dispone la competencia del Gobierno para aprobar el Programa de medidas y se remite a norma reglamentaria por lo que respecta a la regulación de los procedimientos de aprobación y de revisión, así como para determinar la vigencia.
El procedimiento de elaboración y aprobación de los instrumentos de la planificación hidrológica definidos en el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña es objeto de desarrollo mediante el Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por Decreto 380/2006, de 10 de octubre. Este Reglamento contiene también una descripción detallada del contenido de los mencionados planes y programas establecida de conformidad con lo que prevé la Directiva 2000/60/CE. En concreto, con respecto al Programa de medidas, el artículo 9 del Reglamento enumera las medidas que con carácter esencial tiene que contener este instrumento así como los otros contenidos que establece el artículo 22 del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña. El procedimiento de elaboración y de aprobación del Programa de medidas se encuentra descrito en el artículo 10 del Reglamento. De conformidad con este artículo, el Programa de medidas del distrito de cuenca hidrográfica o fluvial de Cataluña se aprueba por acuerdo del Gobierno.
En cumplimiento de lo establecido en la Directiva 2000/60/CE, en el Texto refundido de la Ley de aguas y en el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña, se elabora este Programa de medidas con el contenido descrito en los artículos 22 del mencionado Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña y 92 cuatro del Texto refundido de la Ley de aguas, y en los artículos 43, 44, 55, y 59.3. del Reglamento de la planificación hidrológica estatal y en el artículo 9 del Reglamento de la planificación hidrológica catalán, y de conformidad con el procedimiento regulado en el artículo 10 de esta última norma reglamentaria.
1.2.
Objeto
El Programa de medidas tiene por objeto establecer las medidas necesarias para la consecución de los objetivos ambientales proclamados en el artículo 4 la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre, de 2000, por la cual se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.
– en relación con las masas de agua superficiales de la correspondiente demarcación hidrográfica, la prevención de su deterioro, su protección, mejora y regeneración para la consecución de un buen estado ecológico y químico, excepto las masas de agua artificiales y muy modificadas, con respecto a las cuales se tendrá que alcanzar un buen potencial ecológico y un buen estado químico, y reducir progresivamente la contaminación procedente de sustancias prioritarias e interrumpir o suprimir gradualmente los vertidos, las emisiones y las pérdidas de sustancias peligrosas prioritarias.
– en relación con las masas de agua subterráneas de la correspondiente demarcación hidrográfica, evitar y limitar la entrada de contaminantes y evitar el deterioro de su estado, proteger, mejorar y regenerarlas, garantizar un equilibrio entre la extracción y la alimentación de las mencionadas masas con el objeto de alcanzar de un buen estado cuantitativo y químico de las masas de aguas subterráneas, e invertir toda tendencia significativa y sostenida al aumento de la concentración de cualquier contaminante debida a las repercusiones de la actividad humana con la finalidad de reducir progresivamente la contaminación de estas aguas.
– en relación con las zonas protegidas de la correspondiente demarcación hidrográfica, alcanzar el cumplimiento de las normas y objetivos.
El ámbito territorial del Programa de medidas del distrito de cuenca hidrográfica o fluvial de Cataluña es delimitado por el ámbito competencial de la Generalitat de Catalunya, en materia de aguas.
Hay que tener en cuenta que en la consecución de los objetivos ambientales contribuyen otras medidas cuyo apoyo competencial se encuentra en otros ámbitos materiales de actuación atribuidos a la Generalitat de Catalunya, que abarcan toda Cataluña, como pueden ser la ordenación del territorio, la protección del medio ambiente, los espacios naturales, la agricultura, la industria y la protección civil, entre de otros. A pesar del carácter territorial de estas competencias, el Programa incluye exclusivamente las medidas circunscritas en el ámbito territorial de las cuencas internas de Cataluña.
1.3.
Contenido: medidas básicas y complementarias
La normativa mencionada establece un contenido obligatorio y necesario de los programas de medidas, es decir, una serie de medidas que la Directiva 2000/60/CE considera como básicas para la consecución de los objetivos ambientales en las masas de agua de la
demarcación. En concreto, de conformidad con el artículo 44 del Reglamento de la planificación hidrológica estatal, los programas de medidas tienen que recoger:
■ Medidas necesarias para aplicar la legislación de protección de las aguas, incluyendo las relativas a la protección del agua destinada a consumo humano.
■ Medidas para la aplicación del principio de recuperación de los gastos de los servicios relacionados con la gestión de las aguas.
■ Medidas de fomento de un uso eficiente y sostenible del agua.
■ Medidas de control sobre la extracción y almacenamiento del agua, en particular las del Registro del agua.
■ Medidas de control de los vertidos y otras actividades con incidencia en el estado de las aguas.
■ Prohibición de vertidos directos en las aguas subterráneas, excepto en determinadas condiciones.
■ Medidas en relación a las sustancias peligrosas, preferentes y prioritarias.
■ Medidas para prevenir o reducir las repercusiones de los incidentes de contaminación accidental.
■ Directrices para la recarga y protección de acuíferos.
Además de estas medidas básicas establecidas en el artículo 44 del Texto refundido de la Ley de aguas, el Programa de medidas tiene que incluir los otros contenidos especificados en el artículo 22.2. del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña y el correspondiente artículo 9 del Reglamento de la planificación hidrológica, que pueden considerarse como medidas complementarias:
■ Medidas para la determinación, recuperación y protección del régimen de caudales ecológicos.
■ Otras medidas para la recuperación, la protección y la mejora de la calidad y del estado o potencial ecológico de las aguas superficiales.
■ Otras medidas para la recuperación, la protección y la mejora de la calidad o de la cantidad de las aguas subterráneas.
■ Medidas para la recuperación, la protección y la mejora de los ecosistemas vinculados al medio hídrico.
■ Medidas de prevención y defensa contra las inundaciones.
■ Otras medidas destinadas al saneamiento y la depuración de las aguas residuales, incluyendo la descarga de sistemas unitarios.
■ Medidas para la reutilización del agua procedente de las estaciones depuradoras de aguas residuales.
■ Medidas de gestión de los Lodos procedentes de sistemas públicos de potabilización y de saneamiento de aguas residuales.
■ Previsión de colectores básicos de aguas pluviales.
■ Medidas para realizar el análisis económico del ciclo del agua.
■ La concreción del ámbito territorial de las Entidades Locales del Agua calificadas.
■ Medidas para reducir la contaminación de las aguas litorales marinas y adoptar las medidas necesarias para alcanzar el buen estado ecológico.
■ La delimitación de las zonas inundables.
Adicionalmente a estas medidas complementarias y de conformidad con los mencionados artículos 22 del Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña y 9 del Reglamento de la planificación hidrológica el Programa de medidas también tiene que contener las previsiones de actuaciones, de las obras hidráulicas, estructurales y de la gestión a desarrollar por la Agencia Catalana del Agua, y las inversiones en infraestructuras, mantenimiento y reposición y el régimen de participación de la Generalitat y, si ocurre, de las entidades beneficiarias en la financiación de cada actuación. Asimismo, el Programa de medidas también puede incluir las reservas de terreno necesarias para la realización de las actuaciones y obras que prevé.
1.4.
Procedimiento de elaboración, aprobación, revisión y modificación
1. Procedimiento de elaboración y aprobación
El procedimiento de elaboración del Programa de medidas correspondiente al distrito de cuenca fluvial de Cataluña se recoge en el artículo 10 del Reglamento de la planificación hidrológica. Según este precepto, es la Agencia Catalana del Agua quien tiene que elaborar el correspondiente proyecto en base a los estudios previos realizados.
Simultáneamente a la elaboración del proyecto, se redacta un Informe de sostenibilidad ambiental (ISA), con el contenido que establece el anexo IV del Reglamento de la planificación hidrológica.
El proyecto de Programa de medidas y el Informe de sostenibilidad ambiental se someten a un trámite de audiencia institucional de tres meses, a otro trámite de información pública de seis meses, y son posteriormente informados por el Consejo para el uso sostenible del agua. Una vez finalizados estos trámites y examinadas las observaciones y alegaciones
recibidas, la Agencia Catalana del Agua elabora una propuesta de memoria ambiental del Programa de medidas de conformidad con la normativa de evaluación de los efectos ambientales de planes y programas, y la envía, junto con el proyecto de Programa de medidas y el Informe de sostenibilidad ambiental, al órgano ambiental competente.
Efectuados los trámites anteriores, el Proyecto de Programa de medidas se somete a la consideración del órgano de gobierno de la Agencia Catalana del Agua y a la aprobación del Gobierno mediante acuerdo, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de aguas. El mencionado acuerdo es objeto de publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya.
2. Procedimiento de revisión
El Programa de medidas se revisa cada seis años, tal como establece el artículo 11.1. del Reglamento de la planificación hidrológica, aprobado por Decreto 380/2006, de 10 de octubre.
De conformidad con el mencionado artículo 11.1. del Reglamento de la planificación hidrológica, la revisión se llevará a cabo siguiendo el mismo procedimiento que el establecido en el artículo 10 del mismo Reglamento para su aprobación.
3. Procedimiento para la introducción de modificaciones puntuales
El artículo 11.2. del Reglamento de la planificación contempla la posibilidad de introducir modificaciones puntuales en el Programa de medidas acordado, sin necesidad de proceder a su revisión íntegra, de conformidad con el mismo procedimiento que el establecido en el artículo 27 del mismo Reglamento para la introducción de obras y actuaciones en la planificación aprobada.
Este procedimiento puede iniciarse a propuesta de la Agencia Catalana del Agua o de los entes locales. La propuesta de modificación puntual del Programa de medidas tiene que someterse a la consideración del Consejo para el uso sostenible del agua y del órgano de gobierno de la Agencia Catalana del Agua, el cual tiene que pronunciarse sobre la conveniencia de llevar a término la modificación. En caso de que el acuerdo sea favorable, se traslada, junto con los informes justificativos, al departamento competente en materia de aguas, a fin y efecto que lo eleve al gobierno que puede aprobarlo mediante acuerdo. Este acuerdo tiene que ser objeto de publicación en el DOGC.
2.
Objetivos y normas de calidad ambiental
Los objetivos genéricos, de acuerdo con el artículo 4 (1) de la DMA, de los artículos 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento de planificación hidrológica estatal (Real decreto 907/2007), y del artículo 13 del Reglamento de planificación hidrológica (Decreto 380/2006), se resumen en:
Para las aguas superficiales:
Prevenir el deterioro del estado de las masas de agua
Alcanzar el buen estado ecológico y el buen estado químico de las masas de agua naturales
Alcanzar el buen potencial ecológico y el buen estado químico de las masas de agua muy modificadas
Reducir progresivamente la contaminación procedente de sustancias prioritarias y interrumpir o suprimir gradualmente el vertido, emisiones y pérdidas de sustancias peligrosas prioritarias.
Para las aguas subterráneas:
Evitar o limitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y evitar el deterioro de su estado
Alcanzar el buen estado químico y cuantitativo de las masas de agua
Invertir toda tendencia significativa y sostenida al aumento de la concentración de contaminantes de origen antrópico
Los objetivos ambientales de las masas de agua del DCFC fueron fijados al primer ciclo del Plan de gestión (Decreto 171/2014, de 23 de diciembre). Se determinaron los objetivos generales de la planificación para todas las masas de agua (es decir, los elementos, parámetros, umbrales de calidad y reglas de agregación de los diferentes resultados), y se determinaron también los objetivos del Plan (es decir, el plazo para alcanzar los objetivos en cada una de las masas de agua) atendiendo al estado de las masas de agua en 2009 y a las medidas de gestión previstas en el primer Programa de medidas.
El mejor conocimiento actual del estado del medio, de la respuesta de los indicadores de calidad utilizados, así como la aparición de normativas nuevas y nuevos requerimientos de control (indicadores de calidad intercalibrados por la Comisión europea, o bien desarrollados con posterioridad en la publicación del primer Plan), hace necesaria la revisión de los objetivos ambientales de las masas de agua. Cabe destacar la aprobación del Real Decreto
817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental, que
determina objetivos y umbrales de calidad para muchos de los elementos que se aplican en aguas superficiales. Esta revisión, que se hace a todos niveles (desde los elementos generales de valoración a los umbrales específicos de un parámetro concreto en una determinada masa de agua), implica cambios en algunas categorías de masas de agua, mientras que en otras se mantienen los mismos criterios establecidos al primer Plan.
En las tablas T.1 a T.8 se resumen, para cada categoría de masa de agua, los diferentes elementos de calidad que se tienen en cuenta para la valoración del estado, con la indicación de los cambios efectuados en este segundo ciclo de planificación respecto del anterior. En los apartados siguientes se especifican los objetivos ambientales y las normas de calidad de este segundo ciclo para cada una de las categorías de masas de agua: ríos, embalses, lagos, aguas de transición, aguas costeras y aguas subterráneas. También se incluye un apartado con los objetivos para las zonas protegidas. El anexo IV recoge los objetivos ambientales para cada una de las masas de agua del DCFC.
T.1. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Ríos. Elemento Indicador 1º Ciclo Indicador 2º Ciclo Observaciones Estado ecológico Bi o ló g ic o s
Fitobentos IPS IPS Cambios en los niveles de corte debido a la intercalibración (Decisión 2013/480/UE)
Macrófitos - IBMR
Nuevo indicador intercalibrado (Decisión 2013/480/UE). Se aplicaran otros indicadores de macrófitos para estudiar el mejor ajuste al DCFC.
Macroinvertebra-dos
IBMWP IBMWP Cambios en los niveles de corte debido a la intercalibración (Decisión 2013/480/UE) - IMMi-T Nuevo indicador intercalibrado (Decisió
2013/480/UE)
Peces IBICAT IBICAT2010 (IBIMED)
Modificaciones en el indicador de peces y en los niveles de corte (Decisión 2013/480/UE). Se aplicaran otros indicadores de peces para estudiar el mejor ajuste al DCFC (p. ex. IBICAT2b). Fi s ic o q u ím ic o s Oxigenación - Oxígeno
En el primer Plan se diferenciaban dos niveles de calidad fisicoquímica: bueno y malo. En este segundo Plan se diferenciarán tres niveles: Muy bueno, bueno e inferior a bueno
Se modifican los umbrales de corte para algunos parámetros (amonio, fosfatos)
Carga orgánica TOC TOC Salinidad Cloruros Cloruros Conductividad Conductividad Nutrientes Amonio Amonio Nitratos Nitratos Fosfatos Fosfatos Acidificación - pH Contaminantes específicos Real Decreto 817/2015 Hid ro m o rfo ló g ic o s Régimen hidrológico No se definía ninguno concreto. Había que aplicar los que surgieran de los grupos de trabajo europeos
GC
El primer PdG preveía incorporar HM al segundo ciclo. En el segundo ciclo se incorpora para diferenciar las masas en muy buen estado, así como para ayudar a la interpretación de algunos indicadores biológicos y ajustar el estado final de las masas ACM IAH Conectividad DO ICF Morfología END QBR GNR
Estado químico Directiva
2008/105/CE
Directiva 2013/39/UE
Se modifican los umbrales para algunas sustancias, haciéndolos más restrictivos. Se añaden nuevos contaminantes
T. 2. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primero y segundo ciclo de planificación. Embalses.
Elemento Indicador 1º Ciclo Indicador 2º Ciclo Observaciones Potencial ecológico Biol óg ic o s Fitoplancton Clorofila-a Clorofila-a
Se aplicará el indicador MASRP intercalibrado a partir de la combinación de métricas de
fitopláncton - Biovolumen total - IGA -- % cianobacterios Fi s ic o quí m ic os
Transparencia Disco de Secchi Disco de
Secchi No se incluyen objetivos específicos para estos indicadores fisicoquímicos, a pesar de que se medirán para poder concretar el estado final Oxigenación O2 hipolímnion O2 hipolímnion
Nutrientes Fósforo total Fósforo total Contaminantes
específicos
Real Decreto 60/2011
Estado químico Directiva
2008/105/CE
Directiva 2013/39/UE
Se modifican los umbral para algunas sustancias, haciéndolos más restrictivos. Se añaden nuevos contaminantes
T. 3. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Lagos profundos (Banyoles).
Elemento Indicador 1º Ciclo Indicador 2º Ciclo Observaciones Estado ecológico Biol óg ic o s
Fitoplancton InClo (clorofila-a)
InClo o concentración de clorofila-a
Se modifican levemente los umbrales de corte. Se estudiará la aplicación de otros indicadores basados en el biovolumen del fitopancton InGA InGA
Otra flora InMac InMac
Se modifican los umbrales de corte.
Se identificarán las especies al mayor detalle posible para permitir la aplicación de otros indicadores
% helófits Cobertura helófits
Se modifican levemente los umbrales de corte. Se diferenciarán categorías de helófitos y macrófitos para permitir la aplicación de otros indicadores Macroinvertebrad os InMacro IBCAEL/QAEL Se2010 Fi s ic oq uí m ic os
Transparencia Disco de Secchi Disco de Secchi
Se modifican los umbrales de corte
Cond. Térmicas Temperatura Temperatura Salinidad Conductividad Conductividad Acidificación Alcalinidad Alcalinidad
pH pH Se modifican los umbrales de corte Nutrientes Fósforo total Fósforo total Se modifican los umbrales de corte
Nitrógeno total Nitrógeno total Contaminantes
específicos
Real Decreto 817/2015 HM Fluctuaciones
profundidad Dif. Màx - min Dif. Màx - min
Estado químico Directiva
2008/105/CE
Directiva 2013/39/UE
Se modifican los umbrales para algunas sustancias, haciéndolos más restrictivos. Se añaden nuevos contaminantes
T. 4. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Lagos someros (Zonas húmedas).
Elemento Indicador 1º Ciclo Indicador 2º Ciclo Observaciones Estado ecológico Biol óg ic
o Invertebrados QAELS QAELSe2010 Se usa una nueva versión del índice
Macrófitos Riqueza de macrófitos
Se identificarán las especies al mayor detalle posible para permitir la aplicación de otros indicadores Fi s ic oq uí m ic o FQ generales
pH Sólo en algunos tipos Fósforo total Sólo en algunos tipos
Se estudiará la definición de umbrales para otros parámetros fisicoquímicos
Contaminantes específicos
Real Decreto 817/2015
En las zonas húmedas consideradas como lagos se aplican los umbrales de las aguas
continentales
Indicador general (Bio +
FQ + HM) ECELS ECELS
Estado químico Directiva
2008/105/CE
Directiva 2013/39/UE
Se modifican los umbrales para algunas sustancias, haciéndolos más restrictivos. Se añaden nuevos contaminantes
En las zonas húmedas consideradas como lagos se aplican los umbrales de las aguas
T. 5. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua en el primer y segundo ciclo de planificación. Zonas húmedas de la categoría aguas de transición.
Elemento Indicador
1er Ciclo
Indicador
2on Ciclo Observaciones
Estado ecológico
Biol
ó
gic
o Invertebrados QAELS QAELSe2010 Se usa una nueva versión del índice
Otros
Se estudiará la incorporación de indicadores de otros elementos de calidad (especialmente macròfits) Fi s ic oq uí m ic o
FQ generales Se estudiará la definición de umbrales para determinados parámetros fisicoquímicos Contaminantes
específicos
Real Decreto 817/2015
En las zonas húmedas consideradas como aguas de transición se aplican los umbrales de las otras aguas continentales
Indicador general (Bio +
FQ + HM) ECELS ECELS
Estado químico Directiva
2008/105/CE
Directiva 2013/39/UE
Se modifican los umbrales para algunas sustancias, haciéndolos más restrictivos. Se añaden nuevos contaminantes
En las zonas húmedas consideradas como aguas de transición se aplican los umbrales de las otras aguas continentales
T. 6. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Costeras. Elemento Indicador 1º Ciclo Indicador 2º Ciclo Observaciones Estado ecológico Biol óg ic o
Fitoplancton Clorofila-a Clorofila-a No intercalibrado Otra flora:
Macroalgas CARLIT CARLIT Intercalibrado Otra flora:
Fanerógamas marinas
POMI POMI Intercalibrado
Macroinverte-brados MEDOCC MEDOCC Intercalibrado
Fi s ic oq uí m ic o Salinidad +
nutrientes FAN FAN
Contaminantes específicos
Terbutilazina, As, Cu, Cr VI, Se, Zn
Terbutilazina, tolueno, xileno, etilbenceno,
1,1,1-tricloretano, As, Cu, Cr VI, Se, Zn
En el primer Plan, sólo se analizaban los contaminantes específicos en aguas. En el segundo Plan, pasan también a analizarse los sedimentos
Estado químico Directiva
2008/105/CE
Directiva 2013/39/UE
Se modifican los umbrales para algunas sustancias, haciéndolos más restrictivos. En el primer Plan, sólo se analizaba el estado químico en aguas y en el segundo Plan pasan también a analizarse los sedimentos
T. 7. Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Puertos. Elemento Indicador 1º Ciclo Indicador 2º Ciclo Observaciones Estado ecológico Biol óg ic o s
Fitoplancton Clorofila-a Clorofila-a Invertebrados MEDOCC MEDOCC
Fi s ic oq uí m ic os Salinidad +
nutrientes FAN FAN Oxigenación O2 O2
Hidrocarburos HC total agua HC total agua COT COT sedimento COT sedimento
Contaminantes específicos
Terbutilazina, As, Cu, Cr VI, Se, Zn
Terbutilazina, tolueno, xileno, etilbenceno, 1,1,1-tricloretano, As, Cu, Cr VI, Se, Zn
En el primer Plan, sólo se analizaban los contaminantes específicos en aguas. En el segundo Plan, pasan también a analizarse los sedimentos
Estado químico Directiva
2008/105/CE
Directiva 2013/39/UE
Se modifican los umbrales para algunas sustancias, haciéndolos más restrictivos. En el primer Plan, sólo se analizaba el estado químico en aguas y en el segundo Plan pasan también a analizarse los sedimentos
T. 8 . Elementos usados para la valoración del estado de las masas de agua al primer y segundo ciclo de planificación. Subterráneas.
Elemento Indicador 1º y 2º Ciclo
Estado ecológico
Sustancias, iones o indicadores presentes
de forma natural y/o como resultado de actividades humanas Amonio Arsénico Cadmio Cloruro Mercurio Plomo Sulfato Sustancias sintéticas artificiales
Percloroetileno Tricloroetileno
Elemento Indicador 1º y 2º Ciclo
u otras intrusiones
Estado químico
Tendencia piezométrica
Incumplimiento por cloruros (MAS costeras) Presión por extracción de agua (Índice Explotación) Otras consideraciones
Para las aguas superficiales, el objetivo general de todas las masas de agua es alcanzar el buen estado y prevenir el deterioro de su estado actual. El estado de una masa de agua superficial resulta de la combinación de su estado químico y de su estado ecológico - caso de las masas naturales - o del estado químico y el potencial ecológico - caso de las masas muy modificadas. El resultado final se obtiene de la peor de las calificaciones.
Para las aguas subterráneas, el objetivo general de todas las masas de agua es el buen estado. El estado de una masa de agua subterránea se obtiene a partir de la peor calificación entre el resultado de su estado químico y su estado cuantitativo.
2.1.
Ríos
2.1.1.
Objetivos de estado ecológico en ríos (masas de agua naturales)
2.1.1.1. Elementos de calidad biológicos
La calidad biológica de los ríos se determina a partir de tres elementos de calidad: la flora acuática (diatomeas bentónicas y macrófitos), la fauna bentónica de invertebrados y los peces. Para cada uno de los indicadores, los objetivos y los niveles de corte entre clases de calidad (desde muy buena a mala) vienen dados por la distancia que presentan las comunidades biológicas presentes en una masa de agua respecto de las que se encontrarían en condiciones inalteradas (o de referencia), atendiendo siempre a la tipología de río de la qué se trate. Para expresar esta distancia se habla de los EQR (del inglés,
ecological quality ratio), que es la razón entre los valores observados y los valores de
referencia. Con el fin de homogeneizar estos niveles de corte a nivel europeo, se hacen los llamados ejercicios de intercalibración, donde los diferentes estados miembros comparan sus indicadores de calidad y se establecen los EQR comunes para la valoración del estado de las masas de agua.
En los últimos procesos de intercalibración (2008-2011), dentro del ámbito mediterráneo en el cual se encuentra el DCFC, se trabajaron indicadores para todos los elementos de calidad de ríos mencionados. Para facilitar la comparación interestatal, se trabaja cada indicador en función del tipo de río, utilizando una tipología común sencilla (tipo de intercalibración). La tabla T.9 resume para cada tipo de intercalibración, los valores de corte aprobados para los indicadores de ríos en ámbito mediterráneo (Decisión de la Comisión 2013/480/UE). Para el elemento de calidad peces, el proceso es ligeramente diferente, y no se trabaja con tipos comunes de intercalibración, sino que se intercalibran los métodos y los niveles directamente aplicando las tipologías nacionales. Los valores aprobados se muestran en la tabla T.10.
En este Plan se establecen como objetivos la consecución del buen estado para estos indicadores biológicos intercalibrados. Sin embargo, en una escala más local que la trabajada a nivel europeo surgen índices, métricas o matices que hacen que los resultados obtenidos con estas herramientas locales sean más acurados y se ajusten mejor al estado de los ríos. Un claro ejemplo es la respuesta a la variabilidad natural de los ríos frente a años climatológicamente diferentes; mientras que algunos indicadores se ajustan a estas variabilidades naturales, otros menos robustos no lo hacen y pasan a penalizar situaciones naturales no relacionadas con las perturbaciones antrópicas. Por eso, en este Plan se abre la posibilidad de usar otros indicadores que demuestren la misma fiabilidad que los intercalibrados pero se ajusten mejor a las particularidades de los ríos del DCFC.
T. 9 . Niveles de corte intercalibrados en la Decisión de la Comisión 2013/480/UE para los indicadores de ríos de ámbito mediterráneo (excepto peces)
Diatomeas Macrófitos Macroinvertebrados
Índice IPS Índice IBMR Índice IBMWP Índice IMMi-T
Tipo MB-B B-M MB-B B-M MB-B B-M MB-B B-M
R-M1 0,937 0,727 0,950 0,740 0,845 0,698 0,811 0,707 R-M2 0,938 0,727 0,950 0,740 0,845 0,698 0,811 0,707 R-M4 0,935 0,727 0,950 0,740 0,840 0,700 0,850 0,694 R-M5 0,935 0,700 - - 0,830 0,630 0,830 0,620 Se indica el corte entre niveles muy bueno y bueno (MB-B) y entre el bueno y el moderado (B-M).
La primera columna hace referencia a la tipología de ríos intercalibrados (R-M1: Ríos mediterráneos pequeños; R-M2: Ríos mediterráneos medianos; R-M4: Ríos de montaña mediterránea; R-M5: Ríos temporales).
T. 10 . Niveles de corte intercalibrados en la Decisión de la Comisión 2013/480/UE para el indicador de peces de ríos de ámbito mediterráneo (índice IBIMED)
Peces Índice IBIMED Tipo MB-B B-M IBIMED - T2 0,816 0,705 IBIMED - T3 0,929 0,733 IBIMED - T4 0,864 0,758 IBIMED - T5 0,866 0,650
Se indica el corte entre niveles muy bueno y bueno (MB-B) y entre el bueno y el moderado (B-M). T-2: Montaña húmeda; T-3: Ejes principales; T-4: Zona baja mediterránea; T-5: Alta montaña.
La flora bentónica de diatomeas se evaluará con el índice IPS (Indice de polluosensibilité
spécifique - Coste in Cemagref,1982), de acuerdo con los valores y los EQR especificados
en la tabla T.11. Estos valores se han obtenido de traspasar los EQR de los tipos intercalibrados (tabla T.9) a los tipos de ríos presentes en el distrito de cuenca fluvial de Cataluña, y posteriormente calcular el nivel de corte del índice según los valores de referencia en estos tipos de río.
T. 11. Niveles de calidad según el valor del índice de diatomeas IPS para cada uno de los tipos fluviales
Valor del índice EQR
Tipo Ref. MB-B B-M M-D D-Ma MB-B B-M M-D D- Ma
RMS 13 12,18 9,45 6,30 3,15 0,937 0,727 0,485 0,242 RMCV 17 15,90 12,33 8,22 4,11 0,935 0,725 0,484 0,242 ZC 19 17,77 13,81 9,21 4,60 0,935 0,727 0,485 0,242 MMS 17 15,93 12,36 8,24 4,12 0,937 0,727 0,485 0,242 MMC 19 17,77 13,78 9,18 4,59 0,935 0,725 0,483 0,242 MMEC 17 15,91 12,24 8,16 4,08 0,936 0,720 0,480 0,240 EP 13 12,16 9,43 6,28 3,14 0,935 0,725 0,483 0,242 GEM 13 12,17 9,36 6,24 3,12 0,936 0,720 0,480 0,240 TL 17 15,91 12,24 8,16 4,08 0,936 0,720 0,480 0,240 MHC 19 17,77 13,81 9,21 4,60 0,935 0,727 0,485 0,242 MHS 19 17,78 13,68 9,12 4,56 0,936 0,720 0,480 0,240