FORMA 40 F FIRST MAJESTIC SILVER CORP.
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(2) -2Del agente de servicio en los Estados Unidos de América) . ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ Valores a registrarse de conformidad con la Sección 12(b) de la Ley: Título de cada clase: . Nombre del Mercado de Valores en el que se registró. Acciones ordinarias, sin valor nominal. Mercado de Valores de Nueva York . Valores registrados de conformidad con la Sección 12(g) de la Ley: Ninguno Valores para los que hay obligación de reporte de conformidad con la Sección 15(d) de la Ley: Ninguno Para reportes anuales, marcar con una X la información registrada en este Formulario. [X] Formato de información anual [X] Estados financieros anuales auditados Indique el número de acciones en circulación de cada una de las clases de capital o acciones ordinarias del emisor al cierre del período que cubre el reporte anual. 164,461,567 Indique con una marca de verificación si el Registrante (1) ha registrado todos los informes requeridos a presentarse bajo la sección 13 o 15(d) de la Ley del Mercado de Valores durante los 12 meses anteriores (o para un periodo más corto en que se requiera que el Registrante debía registrar dichos reportes), y (2) ha estado sujeto a dichos requisitos de presentación durante los últimos 90 días. . . . . [] Si . . . [ ] No . Indique con una marca de verificación si el registrante ha registrado electrónicamente y publicado en su sitio Web corporativo, si lo hubiere, todos los Archivos de Datos Interactivos requeridos para ser presentados y colocados de conformidad con la Regla 405 de la Regulación S‐T (§232.405 de este capítulo) durante los 12 meses anteriores (o por un período más corto en el que el Registrante debía presentar y publicar dichos archivos). . . . . . [ ] Si . . . . [ ] No .
(3) -3NOTA ACLARATORIA First Majestic Silver Corp. (la “Compañía” o el “Registrante”) es un emisor canadiense elegible para registra su reporte anual en la Forma 40‐F de conformidad con la Sección 13 de la Ley del Mercado de Valores de 1934, enmendado (la “Ley del Mercado”) en la Forma 40‐F de conformidad con el sistema de divulgación de jurisdicciones múltiples de la Ley del Mercado de Valores. La Compañía es un “emisor extranjero privado” como se define en el Reglamento 3b‐4 bajo la Ley de Mercado. Las Acciones Ordinarias de la Compañía se encuentran exentas de las Secciones 14(a), 14(b), 14(c), 14(f) y 16 de la Ley del Mercado de Valores de conformidad con la Regla 3a12‐3. . DECLARACIONES A FUTURO Este reporte anual en la Forma 40‐F y los anexos adjuntos al presente contienen “declaraciones a futuro” bajo el significado de La Ley de Reforma de Litigio de Valores Privados de los Estados Unidos de América de 1995 e “información de proyecciones a futuro” bajo el significado de la legislación de valores canadiense aplicable. Las declaraciones a futuro, que son todas las declaraciones que no sean declaraciones de hechos históricos, incluyen, pero no se limitan a, declaraciones con respecto al precio futuro de plata, estimación de reservas minerales y recursos minerales, realización de estimaciones de reservas minerales, tiempos y cantidad de producción estimada a futuro, costos de producción, determinación de reservas y tasas de conversión de reservas. Por lo general, estas declaraciones a futuro pueden identificarse utilizando terminología de declaraciones a futuro tales como “planea”, “espera” o “no espera”, “se espera que”, “presupuesto”, “programado”, “estimaciones”, “pronósticos”, “pretende”, “prevé” o “no prevé”, o “considera”, o variaciones de dichas palabras y frases o declaraciones de que ciertas acciones, eventos o resultados “pueden”, “podrían”, “pudieran”, “pudiera” o “serán tomadas”, “ocurrirán” o “serán logrados”. Las declaraciones a futuro están sujetas a riesgos conocidos y desconocidos, incertidumbres y otros factores que puedan causar que los resultados reales, nivel de actividad, desempeño o logros de la Compañía sean significativamente diferentes de los expresados o implícitos por dichas declaraciones a futuro, incluyendo mas no limitándose a: fluctuaciones en el precio de la plata y oro; la ausencia de control sobre operaciones mineras de las que la Compañía compra plata e incluyendo riesgos relacionados a fluctuaciones en el precio de las mercancías principales extraídas de la mina en dichas operaciones, resultados reales de las actividades de extracción y exploración, riesgos económicos y políticos de jurisdicciones en las que las operaciones mineras están ubicadas, cambios en los parámetros de proyectos a medida que el desarrollo de planes continúan refinándose; y diferencias en la interpretación o aplicación de leyes y reglamentos fiscales; así como también los factores discutidos en la sección titulada “Factores de Riesgo” en el formato de información anual de la Compañía (Formato “AIF” por sus siglas en inglés) para el ejercicio fiscal finalizado el 31 de diciembre de 2016. Las declaraciones a futuro se basan en suposiciones que la administración considera que son razonables, incluyendo, mas no limitándose a: la operación continua de las operaciones mineras de las que la Compañía compra plata, ningún cambio adverso importante en el precio de mercado de las mercancías, que las operaciones mineras operen y los proyectos mineros serán completados de acuerdo con sus declaraciones públicas y alcancen sus metas establecidas de producción, y aquellos otros supuestos y factores establecidos en el .
(4) -4presente. Aunque la Compañía ha intentado identificar factores importantes que pudieran causar que los resultados reales difieran de manera importante de aquellos contenidos en las declaraciones a futuro, pueden existir otros factores que causen que los resultados no sean como los previstos, estimados o pretendidos. No puede haber certeza de que se comprobará que las declaraciones a futuro son exactas. Por consiguiente, los lectores no deben depositar una confianza indebida en las declaraciones a futuro. Las declaraciones a futuro y la información a futuro contenidas o incorporadas mediante referencia en este reporte anual en la Forma 40‐F se incluyen con el propósito de proporcionar de información a los inversionistas para ayudarles a entender el desempeño financiero y operativo esperado de la Compañía y no es adecuado para otros propósitos. La Compañía no se compromete a actualizar las declaraciones a futuro incluidas o incorporadas mediante referencia en el presente, salvo de conformidad con las leyes de valores aplicables. . NOTA A NUESTROS LECTORES ESTADOUNIDENSES – DIFFERENCIAS EN LAS PRÁCTICAS DE INFORMES ESTADOUNIDENSES Y CANADIENSES Se le permite a la Compañía, bajo el Sistema de divulgación de jurisdicciones múltiples adoptado por los Estados Unidos de América, elaborar este reporte anual en la Forma 40‐F de conformidad con los requisitos de divulgación canadienses, los cuales son diferentes de aquellos de los Estados Unidos de América. La Compañía elabora sus estados financieros (los “Estados Financieros Auditados”) de conformidad con las Normas Internacionales de Informes Financieros emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad. La AIF archivada como el Anexo 99.1 de este reporte anual en la Forma 40‐F, ha sido elaborada de conformidad con los requisitos de las leyes de valores vigentes en Canadá, los cuales difieren de los requisitos de las leyes de valores estadounidenses. Los términos “reserva mineral”, “reserva mineral comprobada” y “reserva mineral probable” son términos mineros canadienses definidos de acuerdo con el Instrumento Nacional Canadiense 43‐101‐ Normas de Divulgación para Proyectos Minerales (“NI 43‐ 101”) y el Instituto Canadiense de Minería, Metalurgia y Petróleo (por sus siglas en inglés “CIM”) –las Normas de Definición sobre Recursos Minerales y Reservas Minerales del CIM, adoptadas por el Consejo del CIM, reformadas. Estas definiciones difieren de las definiciones de la Comisión del Mercado de Valores de Estados Unidos de América (por sus siglas en inglés “SEC”) Guía de la Industria 7 (“Guía de la Industria 7 de la SEC”) conforme a la Ley del Mercado de Valores de los Estados Unidos de América de 1933, reformada. Conforme a las normas de la Guía de la Industria 7 de la SEC, se requiere un estudio de factibilidad “final” o “rentable” para reportar reservas, el historial del precio promedio de tres años se utiliza en cualquier reserva o análisis de flujos de efectivo para designar reservas y el análisis o reporte ambiental primario debe de registrarse ante la autoridad gubernamental apropiada. Adicionalmente, los términos “recurso mineral”, “recurso mineral medido”, “recurso mineral indicado” y “recurso mineral inferido” se definen y se requiere sean publicados por NI 43‐101; sin embargo, estos términos no son términos definidos conforme a la Guía Industrial 7 de SEC y normalmente no está permitido su uso en los informes y declaraciones de registro presentadas ante la SEC. Se les advierte a los .
(5) -5inversionistas no asumir que cualquier parte o la totalidad de los depósitos minerales bajo estas categorías serán convertidos en reservas. Los “recursos minerales inferidos” poseen una gran cantidad de incertidumbre con respecto a su existencia y viabilidad económica y legal. No se puede asumir que la totalidad o cualquier parte de un recurso mineral inferido serán elevados a una categoría superior. Conforme a las reglas canadienses, estimaciones de recursos minerales inferidos pueden no formar la base de estudios de viabilidad o pre viabilidad, salvo en casos excepcionales. Se advierte a los inversionistas no asumir que existe todo o alguna parte de un recurso mineral inferido o que es económica o legalmente explotable. La divulgación de “onzas contenidas” en un recurso es una divulgación permitida bajo las regulaciones Canadienses; sin embargo, el SEC normalmente solo permite a los emisores reportar mineralización que no sea considerada “reservas” bajo los estándares de SEC y en su lugar mencionar toneladas y ley sin hacer referencia a medidas de unidades. En consecuencia, la información que contiene este reporte anual y los documentos incorporados por referencia que contienen descripciones de los depósitos minerales de la Compañía no se pueden comparar con información similar publicada por compañías estadounidenses sujetas a requerimientos de informes y divulgación bajo las leyes federales de valores de Estados Unidos y los reglamentos y regulaciones de la misma. . MONEDA A menos que se indique lo contrario, todas las cantidades en dólares en este reporte anual en la Forma 40‐F, están en dólares estadounidenses. La moneda funcional de la Compañía, la entidad matriz, es el dólar americano y para operaciones mexicanas, la moneda funcional es el dólar estadounidense. Las presentaciones de informes financieros en moneda es el dólar estadounidense. Los ingresos y gastos de nuestras operaciones en las que incurren monedas distintas del dólar estadounidense se convierten al tipo de cambio vigente a la fecha de las operaciones subyacentes. Las diferencias que surgen de estas conversiones en moneda extranjera se registran en otros resultados integrales. . FORMATO DE INFORMACION ANUAL El AIF se registra como Anexo 99.1 para, e incorporado como referencia en este reporte anual en la Forma 40‐F. . ESTADOS FINANCIEROS ANUALES AUDITADOS Los Resultados Financieros Auditados para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2016, incluyendo el informe de la firma independiente de contadores públicos registrados con respecto a la misma, se presenta como Anexo 99.2 para, e incorporada como referencia en este reporte anual en la Forma 40‐F. . .
(6) -6DISCUSION Y ANALISIS DE LA ADMINISTRACIÓN La discusión y análisis de la administración sobre los resultados de las operaciones y situación financiera para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2016 se presenta como Anexo 99.3 de, e incorporado como referencia en este reporte anual en la Forma 40‐F. . CERTIFICACIONES Ver Anexos 99.4, 99.5, 99.6 y 99.7, los cuales se incluyen como Anexos a este reporte anual en la Forma 40‐F. . CONTROLES Y PROCEDIMIENTOS DE DIVULGACIÓN Evaluación de Controles y Procedimientos de Divulgación Al final del periodo cubierto por este reporte anual en la Forma 40‐F, se llevó a cabo una evaluación bajo la supervisión de, y con la participación de, la administración de la Compañía, incluyendo el Director General (“CEO” por sus silgas en inglés) y el Director de Finanzas (“CFO” por sus siglas en ingles), sobre la eficacia de los controles de divulgación y procedimientos de la Compañía (como se define en el Reglamento 13a – 15(e) y Reglamento 15d – 15(e) bajo la Ley del Mercado de Valores). Con base en los resultados de esa evaluación, el CEO y el CFO concluyeron que para el final del periodo cubierto por este reporte anual en la Forma 40‐F, los controles y procedimientos de divulgación de la Compañía son eficaces. Los Controles y procedimientos de divulgación incluyen controles y otros procedimientos que son diseñados para asegurar que (i) información que se requiere sea divulgada por la Compañía en informes que registra o somete a la SEC que conforme a la Ley del Mercado de Valores se registra, procesa, resume y reporta dentro de los periodos apropiados de tiempo especificados en regulaciones y formularios aplicables e (ii) información que se requiere sea divulgada por la Compañía en informes registrados bajo la Ley del Mercado de Valores se acumule y comunique a la administración de la Compañía, incluyendo el CEO y CFO, según sea adecuado, que permita decisiones exactas y oportunas relativas a divulgación requerida. . Informe de la Administración acerca del Control Interno sobre Informe Financiero La administración de la Compañía, con la participación del CEO y el CFO es la responsable de establecer y mantener un control interno adecuado sobre informes financieros como se define en las Reglas 13a‐15(f) y 15d‐15(f) bajo la Ley del Mercado de Valores. El control interno de la Compañía sobre informes financieros es un proceso diseñado para proporcionar certeza razonable relativa a la confiabilidad de los informes financieros y la preparación y presentación adecuada de estados financieros para propósitos externos de acuerdo con las Normas Internacionales de Informe Financiero emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad. El control interno de la Compañía sobre informes financieros incluye políticas y procedimientos que: .
(7) -7• mantengan registros que reflejen exacta y fielmente, con detalles razonables, las transacciones y disposiciones de activos de la Compañía; • proporcionen una seguridad razonable de que las transacciones se registran como necesarias para la preparación de estados financieros de conformidad con el IFRS; • proporcionen una seguridad razonable de que los ingresos y gastos de la Compañía se realicen únicamente de conformidad con la autorización de la administración y de los Consejeros de la Compañía; y • proporcionen seguridad razonable sobre la prevención o detección en tiempo de adquisiciones no autorizadas, uso o disposición de activos de la Compañía que pudieran tener un efecto importante en los estados financieros consolidados de la Compañía. Debido a sus limitaciones inherentes, el control interno de la Compañía sobre informes financieros puede no prevenir o detectar declaraciones erróneas. Además, las proyecciones de cualquier evaluación de efectividad a periodos futuros están sujetas al riesgo de que los controles puedan llegar a ser inadecuadas debido a los cambios en condiciones o que el grado de cumplimiento con las políticas o procedimientos pueda deteriorase. La Administración evaluó la efectividad del control interno de la Compañía sobre informes financieros al 31 de diciembre de 2016, basándose en los criterios establecidos en el Control Interno – Marco Integrado (2013) emitido por el Comité de Organizaciones Patrocinadoras de la Comisión Treadway. Esta evaluación incluyó la revisión de la documentación de controles, evaluación del diseño de eficiencia de controles, pruebas de la eficiencia en la operatividad de los controles y una conclusión sobre esta evaluación. Basados en esta evaluación, la administración concluye que el control interno de la Compañía sobre los informes financieros fue efectivo y no se identificó ninguna debilidad importante al 31 de diciembre de 2016. . Reporte de Atestiguamiento de la Firma Independiente de Contadores Públicos Registrados La eficiencia del control interno de la Compañía sobre reporte financiero, al 31 de diciembre de 2016, ha sido auditado por Deloitte LLP, una firma independiente de contadores públicos registrados, la cual también auditó lo estados financieros consolidados de la Compañía al y por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2016 y 2015, como se estableció en sus informes que figuran en los estados financieros consolidados de la Compañía, presentado como Apéndice 99.2 e incorporado por referencia en este reporte anual en el Formato 40‐F. . Cambios en el Control Interno sobre el Informe Financiero Durante el período cubierto por este reporte anual en la Forma 40‐F, no ocurrió ningún cambio en el control interno de la Compañía sobre informe financiero que haya afectado de manera importante, o sea .
(8) -8razonablemente posible que afecte de manera importante, el control interno de la Compañía sobre informe financiero. . Limitaciones de Controles y Procedimientos La Administración de la Compañía, incluyendo el CEO y CFO, no espera que sus controles y procedimientos de divulgación o controles y procedimientos internos prevengan todos los errores y todos los fraudes. Un sistema de control, no importa que tan bien se conciba y opere, puede proporcionar únicamente certeza razonable, no absoluta, de que los objetivos del sistema de control se cumplan. Además, el diseño de un sistema de control debe reflejar el hecho de que existe limitación de recursos, y los beneficios de los controles deben considerarse en relación a sus costos. Debido a las limitaciones inherentes en todos los sistemas de control, ninguna evaluación de controles puede proporcionar certeza absoluta que todos los asuntos de control e instancias de fraude, de haberlos, se detecten dentro de la Compañía. Estas limitaciones inherentes incluyen las realidades de que las opiniones en la toma de decisiones pueden ser defectuosas, y que fallos pueden ocurrir por un simple error o equivocación. Aunado a esto, los controles pueden eludirse por actos individuales de algunas personas, por conspiración de dos o más personas, o por anulación del control por parte de la Administración. El diseño de cualquier sistema de controles también se basa en parte en ciertos supuestos acerca de la probabilidad de eventos futuros, y no se puede tener ninguna garantía que algún diseño tendrá éxito en el logro de sus objetivos establecidos conforme a todas las posibles condiciones futuras; con el paso del tiempo, el control puede resultar inadecuado debido a cambios en las condiciones, o el grado de cumplimiento de las políticas o procedimientos puede deteriorarse. Debido a las limitaciones inherentes en un sistema de control redituable, las declaraciones falsas, debido a error o fraude pueden ocurrir y no ser detectadas. . COMITE DE AUDITORIA Comité de Auditoría El consejo de administración de la Compañía ha designado por separado un comité de auditoría permanente establecido de acuerdo con la sección 3(a)(58)(A) de la Ley del Mercado de Valores. Los miembros del comité de auditoría de la Compañía se identifican en la página 116 del AIF, presentada como Anexo 99.1 e incorporada mediante referencia en el presente. En la opinión del consejo de administración de la compañía, todos los miembros del comité de auditoría son independientes (como se determina conforme a la Regla 10A‐3 de la Ley del Mercado de Valores y las reglas del Mercado de Valores de Nueva York) y son expertos en finanzas. . Experto Financiero del Comité de Auditoría El consejo de administración de la Compañía ha determinado que Douglas Penrose sea el perito financiero del comité de auditoría, cuenta con conocimientos de los principios de contabilidad generalmente aceptados y estados financieros: tiene la capacidad de evaluar la aplicación de principios generales de contabilidad, incluyendo, en relación con contabilidad para estimaciones, acumulaciones y reservas. El .
(9) -9perito financiero tiene experiencia en preparar, auditar, analizar o evaluar estados financieros que conllevan asuntos contables de igual amplitud y complejidad a los estados financieros de la Compañía (o supervisa activamente a la persona que lo hizo) El perito financiero también tiene conocimiento de controles internos y procedimientos para informes financieros y conocimiento de las funciones del comité de auditoría. . CÓDIGO DE ETICA La Compañía adoptó un Código de Conducta Ética por escrito. Una copia de este código se encuentra disponible en el sitio web de la Compañía http://www.firstmajestic.com o para cualquier persona que no posea un cargo, por medio de una petición por escrito dirigida a: First Majestic Silver Corp., en Atención a: Secretaria Corporativa, Suite 1805 – 925 West Georgia Street, Vancouver, British Columbia V6C 3L2 Canadá (604) 688‐3033, o por correo electrónico ([email protected]). . HONORARIOS Y SERVICIOS DE CONTADORES PRINCIPALES Deloitte LLP actuó como firma independiente de contadores públicos registrados para el ejercicio fiscal finalizado el 31 de diciembre de 2016. Véase la página 116 del AIF, la cual se adjunta en este documento como Anexo 99.1 para el importe total facturado a la Compañía por Deloitte LLP por los servicios proporcionados en los últimos dos ejercicios financieros por categoría del servicio (por honorarios de auditoria, honorarios relacionados con auditoria, honorarios fiscales y todos las demás honorarios) en dólares canadienses. . POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS DE PRE‐ APROBACION DEL COMITÉ DE AUDITORIA Consulte el Apéndice “A” de la AIF incorporado mediante referencia a este documento como Anexo 99.1. . ACUERDOS FUERA DEL BALANCE GENERAL La Compañía no tiene acuerdos fuera del balance general que tengan o puedan tener un efecto actual o futuro en su situación financiera, cambios en su situación financiera, ingresos o gastos, resultados de operaciones, liquidez, gastos de capital o recursos de capital que sea importante para los inversionistas, o relaciones con entidades con propósitos especiales que no se encuentren consolidadas. . DIVULGACION TABULAR DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES La información proporcionada bajo el encabezado “Discusión y Análisis ‐ Administración de Riesgos e Incertidumbres – Riesgos de Liquidez” contenida en el Anexo 99.3 como se registró en este reporte anual en la Forma 40‐F contiene la publicación de las obligaciones contractuales de la Compañía y se incorpora mediante referencia en el presente. .
(10) - 10 COMPROMISOS La Compañía se compromete a poner a disposición representantes, en persona o por teléfono, para que respondan a las preguntas formuladas por el personal de la SEC, y entregar oportunamente, cuando así sea solicitado por el personal de la SEC, información relativa a: los valores registrados de conformidad a la Forma 40‐F; los valores en caso de que surja la obligación de registrar un reporte anual en la Forma 40‐F u operaciones en dichos valores. . CONSENTIMIENTO A EMPLAZAMIENTO La Compañía registró el nombramiento de un Agente de Emplazamiento y Compromiso en la Forma F‐X con respecto a la clase de valores en relación a la posibilidad que surja la obligación de registrar este reporte anual en la Forma 40‐F. . .
(11) - 11 INDICE DE ANEXOS Anexo 99.1 99.2 99.3 99.4 . 99.5 . 99.6 99.7 99.8 99.9 99.10 99.11 . Descripción Formato de Información Anual de la Compañía para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2016 Los estados financieros consolidados auditados y los reportes auditados relacionados de la Compañía, son anexos de y forman parte de este reporte anual Discusión y Análisis de la Administración para el año finalizado el 31 de diciembre de 2016 Certificación del CEO de conformidad con la Regla 13a‐14(a) o 15d‐14(a) de la Ley del Mercado de Valores de 1934, adoptada de conformidad con la Sección 302 de la Ley Sarbanes‐Oxley del año 2002 Certificación del CFO de conformidad con el Reglamento 13a‐14(a) o 15d‐14(a) de la Ley del Mercado de Valores de 1934, adoptada de conformidad con la Sección 302 de la Ley Sarbanes‐Oxley del año 2002 Certificación del CEO conforme al 18 U.S.C. Sección 1350, adoptada de conformidad con la Sección 906 de la Ley Sarbanes‐Oxley del año 2002 Certificación del CFO conforme al 18 U.S.C. Sección 1350, adoptada de conformidad con la Sección 906 de la Ley Sarbanes‐Oxley del año 2002 Consentimiento de Leonel López, Geólogo Principal de la Compañía Runge Pincock Minarco Consentimiento de Richard Addison, Ingeniero Principal de Procesos de la Compañía Runge Pincock Minarco Consentimiento de Ing. Ramón Mendoza, Vicepresidente de Servicios Técnicos de First Majestic Silver Corp. Consentimiento de la Geóloga María E. Vázquez Jaimes, Gerente de Bases de Datos Geológicas de First Majestic Silver Corp. . 99.12 . Consentimiento de Jesús M. Velador Beltrán, MMSA, Director de Exploración de First Majestic Silver Corp. . 99.13 99.14 99.15 99.16 99.17 99.18 99.19 99.20 99.21 99.22 99.23 99.24 . Consentimiento del Geólogo Gregory Kenneth Kulla, de Amec Foster Wheeler Americas Ltd. Consentimiento del Geólogo Peter Oshust, de Amec Foster Wheeler Americas Ltd. Consentimiento del Ing. Sabry Abdel‐Hafez, previamente de Tetra Tech WEI Inc. Consentimiento del Ing. Mark Horan, de Tetra Tech Canada Inc. Consentimiento del Geólogo James Barr, de Tetra Tech Canada Inc. Consentimiento del Geólogo Hassan Ghaffari, de Tetra Tech Inc. Consentimiento del Ing. Ting Lu, previamente de Tetra Tech EBA Inc. Consentimiento del Ing. Carlos Chaparro, de Tetra Tech Canada Inc. Consentimiento del Ing. Scott Martin, de Tetra Tech Canada Inc. Consentimiento de Nick Michael, MBA previamente de Tetra Tech EBA Inc. Consentimiento de Ing. Graham Wilkins, de Tetra Tech Canada Inc. Consentimiento de Deloitte LLP, Firma Registrada de Contadores Públicos Independientes.
(12) - 12 FIRMAS De conformidad con los requisitos de la Ley de Mercado de Valores, el Registrante certifica que cumple con todos los requisitos para presentar la Forma 40‐F y ha hecho debidamente que este reporte anual sea firmado en su representación por el suscrito, debidamente autorizado para ello. Fecha: 31 de marzo de 2017 . FIRST MAJESTIC SILVER CORP. . Por: . /s/ Keith Neumeyer Keith Neumeyer Director General . . . .
(13) . FORMATO DE INFORMACIÓN ANUAL . PARA EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016 31 de marzo de 2017 . 925 West Georgia Street, Suite 1800, Vancouver, B.C., Canada V6C 3L2 Teléfono: 604.688.3033 | Fax: 604-639-8873 | Llamada Gratuita: 1.866.529.2807 | Correo Electrónico: [email protected] www.firstmajestic.com. 1.
(14) TABLA DE CONTENIDOS NOTAS PRELIMINARES .........................................................................................................................................................3 ESTRUCTURA CORPORATIVA ................................................................................................................................................8 DESARROLLO GENERAL DE LAS OPERACIONES ................................................................................................................... 10 DESCRIPCION DEL NEGOCIO .............................................................................................................................................. 13 Generalidades ............................................................................................................................................................... 13 Mercados Principales Para la Plata ................................................................................................................................. 13 Proyectos Minerales ...................................................................................................................................................... 14 Mina de Plata La Encantada ....................................................................................................................................... 22 Mina de Plata La Parrilla ............................................................................................................................................ 33 Mina de Plata San Martín........................................................................................................................................... 40 Mina de Plata Del Toro ............................................................................................................................................... 50 Mina de Plata La Guitarra........................................................................................................................................... 58 Mina de Plata/Oro Santa Elena .................................................................................................................................. 69 Proyecto de Plata Plomosas ....................................................................................................................................... 86 Proyecto de Plata La Luz ............................................................................................................................................. 87 Proyecto de Plata La Joya ........................................................................................................................................... 88 Factores de Riesgo ......................................................................................................................................................... 89 Comercialización y Ventas del Producto ....................................................................................................................... 106 Políticas Sociales y Ambientales ................................................................................................................................... 107 Imposición .................................................................................................................................................................. 109 DIVIDENDOS ................................................................................................................................................................... 111 ESTRUCTURA DE CAPITAL ................................................................................................................................................ 111 MERCADO DE VALORES ................................................................................................................................................... 111 CONSEJEROS Y OFICIALES ................................................................................................................................................ 112 INFORMACIÓN DEL COMITÉ DE AUDITORIA ..................................................................................................................... 116 INTERES DE LA ADMINISRACION Y TERCEROS SOBRE OPERACIONES IMPORTANTES ......................................................... 117 AGENTE DE TRANSFERENCIA Y REGISTRADOR .................................................................................................................. 117 PROCEDIMIENTOS LEGALES Y ACCIONES REGULATORIAS.................................................................................................. 117 CONTRATOS IMPORTANTES ............................................................................................................................................. 118 INTERESES DE PERITOS .................................................................................................................................................... 119 INFORMACIÓN ADICIONAL .............................................................................................................................................. 119 APÉNDICE “A” ................................................................................................................................................................. 120. 925 West Georgia Street, Suite 1800, Vancouver, B.C., Canada V6C 3L2 Teléfono: 604.688.3033 | Fax: 604-639-8873 | Llamada Gratuita: 1.866.529.2807 | Correo Electrónico: [email protected] www.firstmajestic.com. 2.
(15) NOTAS PRELIMINARES Fecha de Información A menos que se indique lo contrario, toda la información contenida en este Formato de Información Anual (“AIF”) de First Majestic Silver Corp. (“First Majestic” o la “Compañía”) es al 31 de diciembre de 2016. . Información Financiera Los resultados financieros de la Compañía son elaborados y reportados de conformidad con las Normas Internacionales de Informes Financieros emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IFRS”) y se presentan en dólares estadounidenses. Información a Futuro Algunas declaraciones contenidas en este AIF constituyen información a futuro o declaraciones a futuro conforme a las leyes de valores aplicables (conjuntamente, las “declaraciones a futuro”). Estas declaraciones se relacionan con hechos futuros o con el desempeño, prospectos de operaciones u oportunidades futuras de la Compañía. Las declaraciones a futuro incluyen, pero no se limitan a: declaraciones con respecto a la estrategia de negocios de la Compañía, futuros procesos de planeación, operaciones mineras comerciales, recuperaciones minerales previstas, cantidades proyectadas de producción mineral futura, interpretación de resultados de perforación y demás información técnica, actividades anticipadas de desarrollo, ampliación y exploración y tasas de producción previstas y planes de mina y vida de la mina, el costo y tiempo estimados de mejoras de plantas en las minas operativas de la Compañía, el costo y tiempo estimados de mejoras de plantas en las minas operativas de la Compañía y el desarrollo de los proyectos de desarrollo de la Compañía, el tiempo de la terminación de los programas de exploración y la elaboración de informes técnicos, viabilidad de los proyectos de la Compañía, actividades anticipadas de reclamación y desmantelamiento, conversión de recursos minerales para reservas minerales probadas y probables, posibles tasas de recuperación de metal, análisis y otra información que se basan en pronósticos de resultados futuros, estimaciones de cantidades aún no determinables, declaraciones con respecto a la situación financiera futura de la Compañía incluyendo eficiencias de operación, flujo de efectivo, presupuestos de capital, costos y gastos, ahorros en costos, asignación de capital, el precio de las acciones de la Compañía, y las declaraciones con respecto a la recuperación del valor añadido de impuestos por cobrar, y el régimen de imposición en México, los planes de la Compañía con respecto a la ejecución de determinadas sentencias judiciales a favor de la Compañía y la probabilidad de recaudación por dichas sentencias, la capacidad de la Compañía para cumplir con futuras legislaciones o regulaciones, la intención de la Compañía para cumplir con asuntos regulatorios futuros, tendencias regulatorias futuras, condiciones futuras del mercado, futuros niveles y necesidades de empleo de personal, evaluación de oportunidades futuras para la Compañía, pagos futuros de dividendos por parte de la Compañía, suposiciones de la administración sobre mantener relaciones con comunidades locales, renovación de contratos relacionados a todas las propiedades importantes, el Programa de Re‐compra de Acciones (como se define aquí) y mantener relaciones con los empleados. Todas las declaraciones que no sean en relación a hechos históricos pueden ser declaraciones a futuro. Las declaraciones relativas a estimaciones de reservas minerales y recursos minerales probados y probables también pueden ser consideradas como que constituyen declaraciones a futuro, en la medida en que involucren estimaciones de la mineralización que será encontrada a medida que la propiedad se desarrolle, si se desarrolla, Recursos Minerales Medidos e Indicados o Reservas Minerales Probables y Probadas, dichas declaraciones reflejan la conclusión basada en algunas suposiciones de que los yacimientos minerales se pueden explotar económicamente. Cualesquiera declaraciones que expresen o involucren discusiones con respecto a predicciones, expectativas, creencias, planes, proyecciones, objetivos, suposiciones o hechos o desempeño futuros (a menudo pero no siempre, utilizando palabras o frases tales como “buscar”, “prever”, “planear”, “continuar”, “estimar”, “esperar”, “puede”, “proyectar”, “predecir”, “pronosticar”, “potencial”, “como 3.
(16) objetivo”, “pretender”, “podría”, “pudiera”, “debería”, “considerar” y expresiones similares) no son declaraciones de hechos históricos y pueden ser “declaraciones a futuro”. Las declaraciones a futuro involucran riesgos conocidos y desconocidos, incertidumbres y otros factores que pueden hacer que los resultados o hechos reales difieran de manera importante de aquellos previstos en dichas declaraciones a futuro. Estas declaraciones a futuro involucran riesgos e incertidumbres relativos a, entre otras cosas, condiciones económicas mundiales, cambios en precios de mercancías (commodity) y en particular, precios de plata, cambios en tipos de cambio, acceso a desarrollo minero experimentado y a personal de producción en molinos, relaciones laborales, costos de mano de obra, relaciones con comunidades locales y grupos aborígenes, resultados de actividades de exploración y desarrollo, exactitud de estimaciones de recursos, riesgos sin seguro, defectos en titularidad, disponibilidad y costos de materiales y equipo, incapacidad para cumplir con necesidades financieras futuras en términos aceptables, cambios en gobiernos nacionales o locales, cambios en la legislación aplicable o la aplicación de la misma, puntualidad en aprobaciones gubernamentales, desempeño real de las instalaciones, equipo y procesos relativos a especificaciones y expectativas e impactos ambientales imprevistos en las operaciones. Los factores adicionales que podrían hacer que los resultados reales difieran de manera importante incluyen, pero no están limitados a, los factores de riesgo aquí descritos. Consulte “Factores de Riesgo”. La Compañía considera que las expectativas reflejadas en esas declaraciones a futuro son razonables, pero no se puede garantizar que estas expectativas resultarán ser correctas y no se debe dar confianza indebida a dichas declaraciones a futuro incluidas o incorporadas mediante referencia en este AIF. Estas declaraciones únicamente hablan a la fecha de este AIF o a la fecha especificada en los documentos incorporados mediante referencia a este AIF, según sea el caso. La Compañía no pretende asumir y no asume ninguna obligación, de actualizar estas declaraciones a futuro, excepto según se requiera por las leyes aplicables. Los resultados reales pueden diferir de manera importante de aquellos expresados o implícitos por dichas declaraciones a futuro. Notas Precautorias a los Inversionistas Estadounidenses Relativas a las Estimaciones de Reservas y Recursos Este AIF se elaboró de acuerdo con los requisitos de las leyes de valores vigentes en Canadá, que difieren de los requisitos de las leyes de valores estadounidenses. Todos los términos mineros utilizados aquí pero que no se encuentran definidos en este documento, poseen las definiciones establecidas en el Instrumento Nacional 43‐101 – Normas de Divulgación para Proyectos Minerales (“NI 43‐101”). Las definiciones de Reservas Probables y Probadas (“Reservas Minerales” o “Reservas”) utilizadas en el NI 43‐101 difieren de las definiciones en la Guía de la Industria 7. Conforme a las normas de la Guía 7 de la SEC, se requiere un estudio de viabilidad “final” o “rentable” para reportar reservas, el precio promedio histórico de tres años se utiliza en cualquier reserva o análisis de flujo de efectivo para designar las reservas y el análisis ambiental primario o reporte debe de presentarse ante la autoridad gubernamental correspondiente. Además, los términos “Recurso Mineral”, “Recurso Mineral Medido”, “Recurso Mineral Indicado” y “Recurso Mineral Inferido” se definen en, y se requiere que sean divulgados por NI 43‐101; sin embargo, estos términos no son términos definidos conforme a la Guía de la Industria 7 de la SEC y normalmente no se permite que se utilicen en informes y declaraciones de registro presentados ante la SEC. Se advierte a los inversionistas que no asuman que cualquier parte o la totalidad de los yacimientos minerales en estas categorías serán convertidos en reservas. Los “recursos minerales inferidos” tienen una gran cantidad de incertidumbre con respecto a su existencia y gran cantidad de incertidumbre con respecto a su viabilidad económica y legal. No se puede asumir que la totalidad o cualquier parte de un recurso mineral inferido se subirán a una categoría más alta. Conforme a las leyes de valores canadienses, las estimaciones de recursos minerales inferidos no pueden formar la base de estudios de viabilidad o de pre‐viabilidad, excepto en algunos casos específicos. Además, la divulgación de “onzas contenidas” en un recurso es una divulgación permitida conforme a las leyes de valores canadienses; sin embargo, la SEC normalmente solo permite que los emisores reporten mineralización que no constituya “reservas” por las normas de la SEC como toneladas y grados en el lugar sin referencia a medidas de unidad. 4.
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