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Curso de Gestión de Clínica Dental 4ª Edición

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Academic year: 2021

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Curso de Gestión de Clínica

Dental

4ª Edición Módulo III Parte II

Modelos de

Tributación Fiscal

Curso de Gestión de Clínica Dental 4ªED

Módulo III Parte II

TRIBUTACION Y FISCALIDAD DE LAS DISTINTAS

FORMAS DE DESARROLLAR LA ACTIVIDAD DE LAS

CLINICAS DENTALES

:

Las distintas formas jurídicas de ejercer la actividad desarrollada por las clínicas dentales son las siguientes:

1. PERSONA FISICA: PROFESIONAL INDIVIDUAL

2. SOCIEDAD CIVIL PROFESIONAL Y COMUNIDADES DE BIENES

3. PERSONA JURIDICA: SOCIEDADES MERCANTILES; SOCIEDAD LIMITADA, ANONIMA O SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL

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PROFESIONAL INDIVIDUAL (I):

• El Profesional Individual, tributa en el Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas por el rendimiento obtenido de la actividad (beneficios), más el resto de rentas obtenidas por el contribuyente. Es un impuesto progresivo, por ello a mayores rentas más tributación pudiendo a elevarse al 43,50%.(OJO)

• Los métodos de determinación del rendimiento neto de la actividad de las clínicas dentales son los siguientes:

a) Estimación directa normal b) Estimación directa simplificada

• La modalidad simplificada es un método voluntario aplicable siempre que se cumplan los siguientes requisitos y el contribuyente no renuncie a ella. Los requisitos son los siguientes:

a) El importe neto de la cifra de negociosNOpuede superar los 600.000 euros

b) Si realiza otras actividades el rendimiento neto de todas se tiene que determinar por el método de estimación directa simplificada.

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Módulo III Parte II

PROFESIONAL INDIVIDUAL (II):

• La modalidad normal es un método obligatorio, que se aplica cuando el contribuyente, renuncia a la estimación directa simplificada o cuando el importe neto de la cifra de negocios en el año anterior supera los 600.000 euros

• El rendimiento neto o beneficio obtenido por la actividad, se calcula por la diferencia entreINGRESOS Y GASTOS

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PROFESIONAL INDIVIDUAL (III):

• Los gastos para ser fiscalmente deducibles tienen que cumplir los siguientes requisitos:

a) Que estén vinculados a la actividad que se desarrolla.

b) Que se encuentren convenientemente justificados (mediante la correspondiente factura).

c) Que estén registrados en la contabilidad y en los libros–registros que con carácter obligatorio deben llevar los contribuyentes.

d) La compra de un bien de inmovilizado no es un gasto en el ejercicio que se compra, sino que dicho importe del gasto, se distribuirá en función de la vida útil del bien, según las tablas de amortización aprobadas por Hacienda. Por ello, es gasto del ejercicio, la amortización del bien.

e) En el IRPF para que la amortización del bien y los gastos relacionados con dicho bien sean gasto deducible el bien tiene que estar exclusivamente afecto a la actividad.

f) En la actividad desarrolladas por las clínicas dentales el IVA soportado se considera mayor importe del gasto.

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PROFESIONAL INDIVIDUAL (IV):

NO se consideran gastos fiscalmentededucibles los siguientes: a) Las multas y sanciones

b) Los donativos y liberalidades c) Las pérdidas del juego

d) Los gastos de bienes no afectos exclusivamente a la actividad

e) Los gastos de representación y atenciones a clientes si superan el 1% del importe neto de la cifra de negocios.

Las principales diferencias entre el método de estimación directa normal y el de estimación directa simplificada son los siguientes:

a) Si el rendimiento neto se calcula por el método de estimación directa simplificada se podrá dar como gasto un 5% del rendimiento neto obtenido por la actividad con el límite de 2.000 euros.

b) La tabla de amortización aplicable a los bienes afectos a la actividad para el cálculo de la amortización es distinta.

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PROFESIONAL INDIVIDUAL (V):

TABLA DE AMORTIZACIÓN EN EL MÉTODO DE ESTIMACIÓN DIRECTA SIMPLIFICADA

Tabla de amortización simplificada

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PROFESIONAL INDIVIDUAL (VI):

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PROFESIONAL INDIVIDUAL (VI):

TABLA DE AMORTIZACIÓN EN ESTIMACIÓN DIRECTA NORMAL (2)

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PROFESIONAL INDIVIDUAL (VI):

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EJEMPLO: DETERMINACIÓN DEL RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD POR UN ODONTOLOGO EN ESTIMACION DIRECTA SIMPLIFICADA.

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SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES Y COMUNIDADES DE BIENES:

• En las sociedades civiles profesionales, los socios tributan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el régimen de atribución de rentas, por el rendimiento obtenido por la entidad en función de su porcentaje en la sociedad, junto con el resto de rentas obtenidas por el contribuyente.

• El rendimiento neto obtenido por la sociedad se determina igual que lo expuesto anteriormente para los profesionales individuales.

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EJEMPLO: DETERMINACIÓN DEL RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD POR UNA SOCIEDAD CIVIL PROFESIONAL (2 SOCIOS). ESTIMACION DIRECTA SIMPLIFICADA

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SOCIEDADES LIMITADAS, ANÓNIMAS Y SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES (I) • Las sociedades mercantiles, tributan en el Impuesto sobre Sociedades, a partir

del resultado contable de la sociedad, teniendo en cuenta los principios y normas generales del Plan General Contable, equivalente a la diferencia entre ingresos y gastos obtenidos en el ejercicio.

• A este resultado contable, puede ser necesario practicarle una serie de correcciones o ajustes extracontables, debido a la diferencia existentes entre las normas contables y fiscales.

• No se consideran gastos deducibles los siguientes: a) Las sanciones, multas y recargos

b) Las donaciones y liberalidades

c) Los gastos de representación que superen el porcentaje del 1% sobre el importe neto de la cifra de negocios.

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SOCIEDADES LIMITADAS, ANÓNIMAS Y SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES (II) • Una vez realizados los ajustes correspondientes se obtiene la base imponible del

Impuesto.

• Dicha base imponible, se podrá compensar con las bases imponibles negativas que se tengan pendientes de ejercicios anteriores y a la base imponible que resulte se le aplicará el tipo de gravamen, obteniendo la cuota íntegra o cantidad a pagar. • El tipo de gravamen en el Impuesto sobre Sociedades es un tipo fijo y para el

ejercicio 2018 es el 25%

• Las entidades de nueva creación tributan al tipo impositivo del 15% en el primer periodo que la base imponible sea positiva y siguiente.

• Hay que tener en cuenta que los bienes, derechos y obligaciones de la sociedad son exclusivamente de ella, eso significa que no puede existir ningún tipo de movimiento entre la sociedad y sus socios que no esté debidamente justificado y atienda a criterios fiscales o mercantiles. Las operaciones entre socio y sociedades se tienen que valorar a precio de mercado.

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SOCIEDADES LIMITADAS, ANÓNIMAS Y SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES (III)

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SOCIEDADES LIMITADAS, ANÓNIMAS Y SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES (III)

TABLA DE AMORTIZACIÓN (2)

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SOCIEDADES LIMITADAS, ANÓNIMAS Y SOCIEDADES CIVILES PROFESIONALES (III)

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EJEMPLO: DETERMINACIÓN DEL RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD POR UNA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL

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Módulo III Parte II

COMPARATIVA DE LOS COSTES FISCALES POR LOS BENEFICIOS OBTENIDOS Con el mismo beneficio obtenido, la tributación será la siguiente:

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ADQUISICIÓN INMOVILIZADO CON FINANCIACIÓN. COMPARATIVA PRÉSTAMO –LEASING - RENTING

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FACTURACION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR CLÍNICAS DENTALES (I)

PRINCIPIOS:

1. Obligación de emitir factura, aunque sus tratamientos estén exentos de IVA, según se establece en el articulo 164.1 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido y el artículo 3.1 del Reglamento de Facturación.

2. La posesión de la factura por parte del paciente no significa haber realizado el pago, éste sólo se acredita con el recibo o justificante de transferencia bancaria.

3. La factura se emite cuando se presta el servicio en virtud del artículo 11 del Reglamento de facturación.

Artículo 11.1 Las facturas deberán ser expedidas en el momento de realizarse la operación.

Así pues, a título de ejemplo y particularizando en el supuesto de las clínicas dentales, parece claro que en el momento en el que se realiza el tratamiento (empaste, limpieza bucodental, etc.) habrá que emitir la factura correspondiente a dicho servicio por el valor del mismo.

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FACTURACION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR CLÍNICAS DENTALES (II) Ejemplo: Un cliente contrata un tratamiento de ortodoncia, por el que se le presupuesta un importe total de 3.800 euros, así como, una limpieza bucal al final del tratamiento por importe de 100 euros. El tratamiento tendrá una duración de dos años.

En el ejemplo planteado, el tratamiento va a suponer diversas fases y secuencias en el tiempo:

Por tanto y en aplicación de lo que establece el Reglamento de facturación, la clínica deberá emitir factura al paciente por cada uno de los servicios prestados. Es decir:

• Se emitirá una factura por el estudio de ortodoncia en el momento de su realización por importe de 1.300 euros.

• Se emitirán facturas por cada control de alineación realizado mensualmente en el momento de la prestación de dicho servicio, 100 euros mensuales.

• Se emitirá una factura por el servicio de retirada del aparato cuando se realice el mismo por importe de 100 euros.

• Se emitirá una factura por la limpieza bucodental al final del tratamiento por importe de 100 euros.

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FACTURACION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR CLÍNICAS DENTALES (III) 4. Excepción a lo expuesto anteriormente: Sí el paciente realiza pagos anticipados a la

prestación del servicio, entonces se debe emitir la factura en el momento de realizar el cobro, en base al artículo 2.1 del Reglamento de Facturación.

Supuesto a) Pago a través de una financiera que abona todo el importe al comienzo del tratamiento.

En el ejemplo planteado anteriormente, del tratamiento de ortodoncia, y debido a que la entidad financiera abona los 3.800 euros, la clínica tiene que emitir la factura en el momento del cobro, con anterioridad al inicio del tratamiento, aunque el servicio no se

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FACTURACION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR CLÍNICAS DENTALES (IV) Supuesto b) Pagos parciales del presupuesto y pagos mensuales durante el resto del tratamiento.

En este supuesto, y con el ejemplo anterior, supongamos que el pago inicial del tratamiento de 1.300 euros, el paciente lo paga en dos veces, cada una de ellas por importe de 650 euros; los primeros 650 euros antes de iniciar el tratamiento y los otros 650 euros en el momento de inicio del tratamiento. Después el paciente realizará sus pagos mensuales de 100 euros.

En este caso la clínica:

1. Emite una factura antes de iniciar el tratamiento por importe de 650 euros con el concepto: FRA. Nº 1.“Anticipoparcial al tratamiento de ortodoncia”.

2. En el momento de inicio y colocación el paciente ingresa los 650 euros restantes. En esta factura el concepto será:

FRA. Nº 2. Estudio ortodoncia y colocación 1.300 euros

Anticipo a cuenta 650 euros

Importe de la factura 650 euros

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FACTURACION DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR CLÍNICAS DENTALES (V) 3. Se emiten facturas por control de alineación realizado, mensualmente por

importe de 100 euros.

4. Se emite una factura por el servicio de retirada del aparato cuando se realiza el servicio, por importe de 100 euros.

5. Se emite una factura por la limpieza bucodental al final del tratamiento, por importe de 100 euros.

Referencias