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Manual de Evaluación y Control Ambiental FINAL (13marz09)

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BORRADOR

BORRADOR

2009

2009

Manual de Evaluación y

Manual de Evaluación y

Control Ambiental

Control Ambiental

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE

Manual Técnico del

Manual Técnico del

Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

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(3)

2

2 Introducción Introducción | | REPUBLICA REPUBLICA DE DE HONDURASHONDURAS

Créditos:

Créditos:

Autor y

Autor y compilador responsablcompilador responsable: Allane: AllanAstorga GättgensAstorga Gättgens

Con la

Con la colaboración técnica de:colaboración técnica de:Bernardita Pascal y Mario Bernardita Pascal y Mario VallejoVallejo

Contraparte técnica: Dirección de Evaluación y Control Ambiental,

Contraparte técnica: Dirección de Evaluación y Control Ambiental,

Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente

Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente

Financiado por: Secretaria de la Presidencia de la

(4)

3

3 Introducción Introducción | | REPUBLICA REPUBLICA DE DE HONDURASHONDURAS

Contenido

Contenido

1.

1. Introducción Introducción ... ... 66 1.1

1.1 MMARCO CONCEPTUAL DE LAARCO CONCEPTUAL DE LAEIAEIA ((NOCIONES BÁSICASNOCIONES BÁSICAS))... 6... 6

1.1.1 Concepto y Propósito 1.1.1 Concepto y Propósito... 6... 6 1.1.2 Fundamentos de la EIA 1.1.2 Fundamentos de la EIA... 7... 7 1.1.3 Pasos de la EIA 1.1.3 Pasos de la EIA ... 8... 8 1.2

1.2 AANTECEDENTES DEL SISTEMA DENTECEDENTES DEL SISTEMA DEEIAEIAENENHHONDURASONDURAS... 12... 12

1.3

1.3 JJUSTIFICACIÓN DELUSTIFICACIÓN DELMMANUALANUAL... 13... 13

1.4

1.4 MMETODOLOGÍA EMPLEADAETODOLOGÍA EMPLEADA... 14... 14

1.5

1.5 MMECANISMO DE MEJORA CONTINÚAECANISMO DE MEJORA CONTINÚA... 15... 15

2.

2. Objetivo del Manual Objetivo del Manual de Evaluación y de Evaluación y Control Ambiental Control Ambiental ... 16... 16 2.1

2.1 OOBJETIVO GENERALBJETIVO GENERAL... 16... 16

2.2

2.2 OOBJETIVOS ESPECÍFICOSBJETIVOS ESPECÍFICOS... 17... 17

2.3

2.3 OORGANIZACIÓN DEL MANUALRGANIZACIÓN DEL MANUAL... 17... 17

3.

3. Definiciones Técnicas ... 19Definiciones Técnicas ... 19 3.1

3.1 PPRESENTACIÓNRESENTACIÓN... 19... 19

3.2

3.2 CCONCEPTOS PRINCIPALESONCEPTOS PRINCIPALES... 19... 19

4.

4. Marco Legal Marco Legal e e InstitucionInstitucional al ... 28... 28 4.1

4.1 IINTRODUCCIÓNNTRODUCCIÓN... 28... 28

4.2.

4.2. LLEGISLACIÓNEGISLACIÓN... 28... 28

4.3.

4.3. OORGANIZACIÓN PARA LARGANIZACIÓN PARA LAEIAEIA... 29... 29

5.

5. Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos NuevosProceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos

Categorías 1, 2 y 3 ... 31 Categorías 1, 2 y 3 ... 31

5.1.

5.1. IINTRODUCCIÓNNTRODUCCIÓN... 31... 31

5.2.

5.2. TTABLA DEABLA DECCATEGORIZACIÓNATEGORIZACIÓN... 33... 33

5.3

5.3 FFORMULARIOSORMULARIOSAAMBIENTALESMBIENTALES... 36... 36

5.3.1 Finalidad de los Formularios Ambientales

5.3.1 Finalidad de los Formularios Ambientales... 36... 36

5.3.2 Formulario SINEIA F-01

5.3.2 Formulario SINEIA F-01... 36... 36

5.3.3 Formulario SINEIA F-02

(5)

4 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

5.4 CÓDIGO DEBUENASPRÁCTICASAMBIENTALES DEHONDURAS... 39

5.5 PLANES DEGESTIÓNAMBIENTAL... 41

5.6 EMISIÓN DE LALICENCIAAMBIENTAL... 44

6. Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categoría 4 ... ... 45

6.1ELABORACIÓN DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL... 45

6.2CONTENIDO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL... 47

6.3RECEPCIÓN Y TRÁMITE DE LA REVISIÓN DELESIA... 60

6.3.1 Ingreso del EsIA al SERNA para su revisión ... 60

6.3.2 Trámite de revisión del EsIA en la SERNA ... 61

6.4CONSULTA PUBLICA... 65

6.5DICTAMEN TECNICO SOBRE ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL... 67

6.6CONSIDERACIONES DE FORMA PARA ELESIA... 68

7. Control y Seguimiento Ambiental ... 70 0 7.1 INICIO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO... 700

7.2 ACTUALIZACIONES DE LAEIAREALIZADA... 700

7.3 AUTORREGULACIÓNAMBIENTAL DEL PROYECTO... 711

7.4 INFORMES AMBIENTALES... 733

7.4.1 Marco técnico y legal de los Informes Ambientales de Cumplimiento ... 733

7.4.2 Contenido Temático del Informe Ambiental de Cumplimiento ... 744

7.5 INSPECCIONESAMBIENTALES... 766

7.6AUDITORÍAS AMBIENTALES... 777

7.6.1 Alcance de la Auditoría Ambiental ... 777

7.6.2 Procedimiento e Instrumentos de Auditoría Ambiental ... 799

7.7 CALIFICACIÓNAMBIENTAL EINCENTIVOS AMBIENTALES(GALARDÓNAMBIENTAL)... 82

7.7.1 Calificación Ambiental... 82

7.7.2 Incentivos ambientales y Galardón Ambiental ... 83

8. Gestión Ambiental de Actividades sin EIA y en Operación ... 85

8.1 INTRODUCCIÓN... 85

8.2 LINEAMIENTOS REGLAMENTARIOS... 86

(6)

5 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

8.2.2 Reglamento especial de Auditorías Ambientales ... 87

8.3 PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS TÉCNICOS... 89

8.3.1 Categoría 1... 89

8.3.2 Categorías 2 y 3... 90

8.3.3 Categoría 4... 92

8.4 RECONOCIMIENTO DECERTIFICACIONESAMBIENTALES... 93

8.5 SISTEMA DECONTROL YSEGUIMIENTOAMBIENTAL... 93

9. Otros Componentes de la Evaluación de Impacto Ambiental ... 94

9.1 INTRODUCCIÓN... 94

9.2 GUÍAS DEBUENASPRÁCTICASAMBIENTALES... 94

9.3 PRESTADORES DESERVICIOSAMBIENTALES... 97

9.4 GOBIERNO DIGITAL YEIA... 99

10. Bibliografía ... 100

(7)

6 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

1. Introducción

1.1 M

ARCO CONCEPTUAL DE LA

EIA (

NOCIONES BÁSICAS

)

1.1.1 Concepto y propósito

La Evaluación de Impacto Ambiental, abreviado como EIA, es un instrumento preventivo de la gestión pública que surgió a finales de los años 60 del siglo XX como una necesidad de considerar el tema ambiental en el desarrollo de los proyectos.

Uno de los conceptos originales y más difundidos sobre EIA, señala que ésta consiste en “l a identificación y valoración de los impactos (efectos) potenciales de proyectos, planes, programas o acciones normativas relativas a los componentes físico   – químicos, bióticos, culturales y socioeconómicos del entorno.” 

Desde el inicio de su aplicación se señaló que su propósito fundamental es el de

“animar a que se considere el medio ambiente en la planificación y en la toma de decisiones  para, en definitiva, acabar definiendo actuaciones que sean más compatibles con el medio  ambiente” 

La principal utilidad práctica de la EIA y que se ha demostrado durante los últimos 40 años en todo el mundo, es que permite prevenir efectos negativos en el ambiente durante el desarrollo de actuaciones humanas (proyectos, obras, actividades y otras acciones), evitando así que se deban hacer grandes inversiones en el desarrollo de acciones o medidas correctivas efectuadas con posterioridad. La experiencia ha mostrado que el costo de las medidas correctivas es como promedio ocho veces el costo de aplicación de medidas preventivas. En este elemento se sustenta el éxito de la EIA bien aplicada.

La EIA no debe entenderse únicamente como un trámite administrativo que se lleva a cabo ante una autoridad ambiental para obtener un permiso o autorización ambiental. Su objetivo principal es que las consideraciones y medidas ambientales SEAN INCORPORADAS debidamente en el diseño y posterior operación del proyecto.

(8)

7 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

1.1.2 Fundamentos de la EIA

En la Tabla 1, se presentan los siete fundamentos de la EIA. Como puede concluirse de la lectura de los mismos, la EIA no es un instrumento de uso indiscriminado. Debe ser aplicado cuando se considere necesario, para aquellas actuaciones humanas que, dadas sus características y ubicación, vayan a producir impactos SIGNIFICATIVOS en el ambiente. Una vez que se ha decido que se debe realizar una EIA, la misma debe cumplir una serie de requisitos, entre ellas que contemple la comparación de alternativas de la actuación humana a desarrollar, incluyendo la posibilidad de no ejecutarla. También, es importante que la EIA sea escrita de forma que permita su lectura y comprensión por el promedio de la gente. Como instrumento de decisión la EIA debe permitir la participación pública y enriquecerse de este proceso. Además, para que sea realmente efectiva debe aportar y mejorar el diseño, a fin de que las medidas ambientales sean parte intrínseca del proyecto.

Finalmente, la EIA no termina con el otorgamiento de un Permiso Ambiental. Por el contrario, la tarea principal apenas comienza. Se debe velar porque las medidas establecidas en la EIA, se cumplan a cabalidad durante la ejecución del proyecto.

Tabla 1.

Fundamentos aplicación de la EIA

1 Aplicable a todos aquellas actuaciones que fuera previsible que tuvieran un impacto ambiental significativo.

2 Compararía alternativas de las actuaciones propuestas (incluyendo la posibilidad de no actuar)

3 Generaría un estudio en el que la importancia de los impactos probables y sus características específicas quedaran claras tanto a expertos como a legos en la materia.

4 Incluiría una amplia participación pública y procedimientos administrativos vinculados de revisión.

5 Programado de tal manera que proporcionara información para la toma de decisiones.

6 Con capacidad para ser obligatorio.

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8 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

1.1.3 Pasos de la EIA

La EIA se divide en dos pasos principales, a saber: 1. EIA inicial (tamizado y selección)

2. Control y Seguimiento

El primer paso se realiza antes de que la actuación humana sea aprobada y obtenga la autorización ambiental para ser ejecutada. El segundo, se realiza cuando dicha actuación ya se encuentra en ejecución, sea construcción o bien operación.

Todas las actuaciones humanas (proyectos, obras o actividades) que realizan EIA deben cumplir los dos pasos, existiendo algunas que dado su muy alto impacto ambiental deben cumplir un paso adicional llamado Estudio de Impacto Ambiental (Figura 1).

La mayoría de los proyectos sólo realizan la EIA inicial (Categorías 1, 2 y 3 en Honduras), dada la significancia de sus impactos y pasan al segundo paso de control y seguimiento. Otros proyectos, obras o actividades (Categoría 4 en Honduras), pueden generar impactos significativos en el ambiente, razón por la cual deben realizar un Estudio de Impacto Ambiental a fin de analizarlos con más detalle. Este tipo de proyectos si debe cumplir con los tres pasos del proceso.

Pasos de la EIA 2. EsIA y otros instrumentos de Evaluación Ambiental 3. Control y Seguimiento 1. EIA Inicial Proyectos de Bajo y Moderado Impacto

Proyectos de Alto y Muy Alto Impacto Formulario Estudios de Impacto Ambiental Auditorías Ambientales Fig. 1. Pasos o componentes  de la EIA. Se indican  además algunos de los  instrumentos técnicos  que se utilizan en la  EIA.

(10)

9 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

La EIA inicial (tamizado y selección) 

En esta fase se determina primeramente si una actividad humana debe o no realizar el trámite de EIA, por lo general, por medio de una Tabla de Categorización y en segundo lugar, si la actividad humana generará o no impactos significativos.

En el caso de la que respuesta es sí, se establecerán los Términos de Referencia para la realización de un análisis técnico más profundo o detallado, que se denomina Estudio de Impacto Ambiental (EsIA).

En virtud de la naturaleza y condiciones en que se presenta esa actividad humana (dimensiones y otros factores) y de la primera aproximación sobre los impactos ambientales significativos que generaría, se establecen los temas a tratar en ese EsIA.

Estudio de Impacto Ambiental y el proceso de evaluación 

Una vez que el proponente o desarrollador recibe los Términos de Referencia, procede con la contratación del equipo consultor para que le prepare el respectivo Estudio de Impacto Ambiental.

El equipo consultor debe ser un equipo multidisciplinario afín a la actividad de desarrollo que es objeto del EsIA. Deberá cubrir el espectro temático ambiental básico, que como núcleo fundamental deberá integrar como profesional responsable del diseño y presentación de proyecto, un profesional en el campo del medio ambiente físico, otro profesional en el campo del medio ambiente biótico y otro en el campo del medio ambiente social. Uno de estos profesionales, o bien otro profesional adicional, deberá asumir la coordinación del EsIA, no solo para la organización y ejecución de los trabajos, sino también para la edición y preparación del documento a presentar ante la autoridad.

Cuando el estudio ha sido finalizado por el equipo consultor, el mismo es entregado a la Autoridad Ambiental correspondiente, iniciándose así la segunda fase de este paso, que consiste en la revisión o evaluación del EsIA.

Para efectuar la revisión o evaluación del EsIA, la Autoridad Ambiental debe organizarse por medio de un equipo multidisciplinario que en la medida de lo posible, debe

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10 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

ser una imagen especular del equipo consultor que elaboró el EsIA. Al igual que este caso, el equipo debe disponer de un coordinador quien es el responsable de organizar la revisión y quien, como mínimo debe cubrir la revisión integral del documento.

La revisión del EsIA debe estar ordenada según un procedimiento técnico estandarizado, en el que se registren las actividades realizadas y los criterios de ponderación con que se realiza la evaluación. La revisión del EsIA conlleva varias subfases como son: a) lectura del documento de forma multidisciplinaria, b) visita de inspección al sitio, c) elaboración del dictamen sobre el EsIA y, d) decisión sobre el EsIA.

Como parte del proceso de revisión del EsIA se lleva a cabo la consulta pública del documento y del proyecto. Pueden darse varias modalidades de consulta, una de ellas, para casos de proyectos de gran impacto y de interés por parte de la sociedad, puede implicar una audiencia o foro público.

Como parte final del proceso de revisión del EsIA y de previo a la aprobación del mismo, el equipo evaluador podrá avalar, corregir o completar el conjunto de indicadores ambientales que serán utilizados como referencia para el plan de control y seguimiento. Esos indicadores, una vez aprobado el EsIA servirán de base para establecer el programa de control y seguimiento que ejecutará la Autoridad Ambiental a la actividad en cuestión.

La fase final del proceso de revisión del EsIA culmina en el momento en que se toma la decisión y se realiza el trámite administrativo y legal correspondiente.

Control y seguimiento 

Esta fase se inicia desde el momento en que se toma la decisión de aprobar la EIA o el EsIA de la actividad humana sujeta a trámite de evaluación de impacto ambiental.

En el documento oficial en el que se aprueba la EIA o el EsIA se deben establecer las condiciones ambientales bajo las cuales se otorga la Autorización Ambiental. En la mayoría de los casos esas condiciones pueden incluir la totalidad o parte de los siguientes elementos:

a. Presentación de un documento formal de compromisos ambientales por parte del proponente en el que declara a fe de juramento que cumplirá con todas las

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11 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

medidas ambientales establecidas en el EsIA y aquellas otras incorporadas o mejoradas durante el proceso de revisión del instrumento.

b. Pago de una fianza o garantía ambiental de conformidad con lo que establezca la Autoridad Ambiental conforme al marco jurídico vigente.

c. Compromiso de adquisición de un seguro ambiental, en caso de que así sea dispuesto por la Autoridad Ambiental y siempre y cuando el mismo esté disponible en el país.

d. Compromiso de contar con un entidad responsable de la gestión ambiental de la actividad humana, encargada de vigilar, registrar y reportar el cumplimiento de los compromisos ambientales adquiridos así como el marco regulatorio vigente.

e. Compromiso de disponer de un registro de las acciones ambientales por medio de un cuaderno oficial o Bitácora Ambiental.

f. Compromiso de entregar informes ambientales a la autoridad ambiental y otros entes que esta le indique durante el período que así se establezca.

g. Compromiso de brindar todas las facilidades y apoyo a la Autoridad Ambiental para que realice las inspecciones o auditorías ambientales de cumplimiento que considere necesarias según el plan de control y seguimiento que se establezca. h. Compromiso de apoyar una gestión social y ambiental, en el sentido de participar

por medio de su entidad ambiental responsable en una comisión social de seguimiento y control ambiental de la actividad, siempre y cuando las características, dimensiones y significancia ambiental y social de ésta así lo ameriten.

El control y seguimiento contará como principales herramientas operativas las auditorías ambientales de cumplimiento.

Para la ejecución de las auditorías, la Autoridad Ambiental puede recurrir a terceros según un sistema de acreditación y certificación.

Como producto final del proceso de control y seguimiento, la Autoridad Ambiental podrá establecer un sistema de calificación ambiental de las actividades sujetas al proceso.

(13)

12 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

1.2 A

NTECEDENTES DEL SISTEMA DE

EIA

EN

H

ONDURAS

El Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA) en Honduras nace bajo la creación de le Ley General del Ambiente y su Reglamento General, emitida en  junio de 1993 bajo el Decreto número 104-93. En el artículo 5.- de dicha Ley se establece

que:

“Los proyectos, instalaciones industriales o cualquier otra actividad pública o privada susceptible de contaminar o degradar el ambiente, los recursos naturales o el  patrimonio histórico cultural de la nación, serán precedidos obligatoriamente de una  evaluación de impacto ambiental.

En tal virtud, las medidas de protección del ambiente o de los recursos naturales que  resulten de dichas evaluaciones serán de obligatorio cumplimiento para todas las  partes de la fase de ejecución y durante la vida útil de las obras e instalaciones. A tal  efecto, la Secretaría de Estado en el Despacho del Ambiente creará el sistema  nacional de evaluación del impacto ambiental.” 

En el Reglamento General de la Ley del Ambiente Acuerdo Número 109-93, emitido el año 1993, establece en el artículo 40.- inciso a) que una de las funciones de la Dirección General de Evaluación de Impacto y Control Ambiental es la de diseñar, proponer y manejar el sistema nacional de evaluación de impacto ambiental.

De esta forma, desde el año 1993 a la fecha la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, a través de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental, es la responsable de mantener el funcionamiento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, como una herramienta moderna, ágil y efectiva.

El Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental está regido y ordenado por el Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. Este Reglamento, que en una primera versión fue creado y publicado en fecha 5 de Marzo de 1994, fue actualizado y publicado en una nueva versión en el mes de _______ del año 2009.

(14)

13 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

La modernización y fortalecimiento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental en Honduras tiene como base un extenso proceso de análisis y cumplimiento de una serie de lineamientos establecidos en el Acuerdo de Ministros de Ambiente de Julio de 2002 y en el Plan de Acción Centroamericano propiciados en el ámbito de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo (CCAD).

1.3 J

USTIFICACIÓN DEL

M

ANUAL

El Manual de Evaluación y Control Ambiental del SINEIA tiene como justificación la necesidad que existe de explicar de una forma más amplia los diferentes procedimientos e instrumentos que comprenden dicho Sistema en Honduras. Esto por cuanto, tanto la Ley General del Medio Ambiente como el Reglamento de Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (abreviado como el Reglamento), definen los instrumentos y señalan los procedimientos generales del sistema, pero a un nivel legal y general.

En este Manual se retoman esos mandatos legales establecidos en la Ley y su reglamento, y se explican de forma más llana y clara a fin de hacerlos más comprensibles para todos los usuarios del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del país.

Además de esa explicación, el Manual Técnico, presenta como documento complementario el conjunto de instrumentos técnicos, que incluyen formularios, documentos de referencia, esquemas de resoluciones, etc., que junto con los procedimientos que aquí se explican conforman el Sistema de EIA (Figura 2).

El sentido fundamental del Manual es mostrar el conjunto de reglas que operan el sistema de EIA. Explicadas de según la lógica del proceso y en el orden que lo desarrolla la Ley General del Medio Ambiente.

Se pretende que el Manual sirva tanto a los funcionarios de la SERNA como a otras entidades gubernamentales a explicar los diferentes pasos lógicos del sistema de EIA, al igual que a los usuarios del mismo y del público en general.

(15)

14 Introducción | REPUBLICA DE HONDURAS

Manual Técnico de EIA

Instrumentos

Procedimientos

REGLAS CLARAS

Fig. 2. El Manual  Técnico  complementa  y detalla lo  señalado por  la Ley  General del  Medio  Ambiente y su  Reglamento  con la  finalidad de  servir de  documento  orientador y  educativo  sobre la EIA en el país.

1.4 M

ETODOLOGÍA EMPLEADA

Para la elaboración del presente Manual Técnico se han cumplido los siguientes pasos metodológicos:

1. Revisión de la legislación vigente sobre el tema de Evaluación de Impacto Ambiental.

2. Inventario y revisión del conjunto de instrumentos y procedimientos técnicos que utiliza la Dirección de Evaluación y Control Ambiental de la SERNA, como autoridad de evaluación ambiental del país.

3. Reuniones con el personal técnico de la SERNA.

4. Elaboración y discusión técnica con el personal de la DECA sobre la Tabla Contenido del Manual de Evaluación y Control Ambiental del SINEIA.

5. Preparación del primer borrador de propuesta del Manual.

(16)

15

15 Introducción Introducción | | REPUBLICA REPUBLICA DE DE HONDURASHONDURAS

7.

7. Corrección final de la Corrección final de la propuesta y propuesta y edición del borrador final para edición del borrador final para aprobación yaprobación y posterior publucación del mismo por parte de la SERNA.

posterior publucación del mismo por parte de la SERNA.

1.5

1.5

M

M

ECANISMO DE MEJORA CONTINÚAECANISMO DE MEJORA CONTINÚA

El Manual de Evaluación y Control Ambiental es un documento técnico de tipo El Manual de Evaluación y Control Ambiental es un documento técnico de tipo dinámico, es decir,

dinámico, es decir, que evoluciona y que evoluciona y por tanto por tanto es objeto es objeto de un de un proceso de proceso de mejora continua.mejora continua. Para ello, se cumplirá con los siguientes lineamientos:

Para ello, se cumplirá con los siguientes lineamientos: 1.

1. El Manual El Manual de Evaluación y de Evaluación y Control Ambiental del SControl Ambiental del SINEIA será objeto INEIA será objeto de revisión yde revisión y actualización por parte de la SERNA cada dos años.

actualización por parte de la SERNA cada dos años.

2. Como parte de la revisión y actualización, se podrán sustituir o mejorar 2. Como parte de la revisión y actualización, se podrán sustituir o mejorar instrumentos y procedimientos técnicos, o en su defecto se eliminarán algunos instrumentos y procedimientos técnicos, o en su defecto se eliminarán algunos que puedan quedar obsoletos y/o se adicionarán nuevos, siempre dentro del que puedan quedar obsoletos y/o se adicionarán nuevos, siempre dentro del marco legal vigente que norma el proceso de EIA en el país.

marco legal vigente que norma el proceso de EIA en el país. 3.

3. Todos los ajustes o cambios que Todos los ajustes o cambios que se hagan al se hagan al Manual, serán debidamenteManual, serán debidamente  justificados y documentados a fin de que se sustente técnicamente la razón para  justificados y documentados a fin de que se sustente técnicamente la razón para

que se realicen. que se realicen. 4.

4. Como parte de Como parte de la revisión y la revisión y actualización la SERNA podrá actualización la SERNA podrá realizar talleres derealizar talleres de discusión y consulta sobre los cambios a ejecutar.

discusión y consulta sobre los cambios a ejecutar. 5.

5. Cuando por uCuando por una situación de na situación de fuerza mayor se fuerza mayor se requiere sustituir o adicionar unrequiere sustituir o adicionar un instrumento o procedimiento de una forma urgente, la Manual de Evaluación y instrumento o procedimiento de una forma urgente, la Manual de Evaluación y Control Ambiental, lo podrá hacer siempre que se mantenga en el marco de los Control Ambiental, lo podrá hacer siempre que se mantenga en el marco de los establecido en la Ley y su reglamento y que le de una profusa divulgación a fin de establecido en la Ley y su reglamento y que le de una profusa divulgación a fin de no inducir al usuario a confusiones. Para este fin, el Manual que se disponga en no inducir al usuario a confusiones. Para este fin, el Manual que se disponga en el portal digital de la SERNA

el portal digital de la SERNA deberá contener como complemento una “ventanadeberá contener como complemento una “ventana temporal” que señale cambios realizados bajo esta situación.

temporal” que señale cambios realizados bajo esta situación.

6.

6. Los cambios o Los cambios o ajustes señalados en ajustes señalados en el punto el punto anterior se incorporarán al Manualanterior se incorporarán al Manual de forma integral cuando se realice su revisión periódica según el punto 1.

(17)

16

16 Objetivo dObjetivo del Manual el Manual de Evade Evaluación y luación y Control AmbControl Ambiental | iental | REPUBLICA REPUBLICA DE HONDUDE HONDURASRAS

2.

2.

Objetivo

Objetivo

del

del

Manual

Manual

de

de

Evaluación

Evaluación

y

y

Control Ambiental

Control Ambiental

2.1

2.1

O

O

BJETIVO GENERALBJETIVO GENERAL

El objetivo general del Manual de Evaluación y Control Ambiental, consiste en: El objetivo general del Manual de Evaluación y Control Ambiental, consiste en:

“S 

“S er una herramienta de orden técnico que clarifica, especifica y describe el Sistema er una herramienta de orden técnico que clarifica, especifica y describe el Sistema  Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental en su conjunto, dándole una mirada  Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental en su conjunto, dándole una mirada  práctica y de conjunto a dicho Sistema 

práctica y de conjunto a dicho Sistema ”.”.

En la Figura 3 se presenta un esquema básico sobre la filosofía del Manual de En la Figura 3 se presenta un esquema básico sobre la filosofía del Manual de Evaluación y Control Ambiental. El mismo tiene una doble función práctica. Por un lado servir Evaluación y Control Ambiental. El mismo tiene una doble función práctica. Por un lado servir de instrumento a lo interno de SERNA referente a las reglas que operan para TRAMITAR de instrumento a lo interno de SERNA referente a las reglas que operan para TRAMITAR instrumentos de EIA. Por otro lado, debe funcionar también a lo externo de la SERNA, es instrumentos de EIA. Por otro lado, debe funcionar también a lo externo de la SERNA, es decir, para todos los usuarios del sistema, explicando las reglas que operan para decir, para todos los usuarios del sistema, explicando las reglas que operan para ELABORAR los instrumentos de EIA. De esta manera el Manual funciona como un ELABORAR los instrumentos de EIA. De esta manera el Manual funciona como un documento que sintetiza las reglas claras del proceso de EIA válidas para TODOS los documento que sintetiza las reglas claras del proceso de EIA válidas para TODOS los usuarios del sistema.

usuarios del sistema.

Filosofía del Manual de EIA

Filosofía del Manual de EIA

Lineamientos de Lineamientos de operación a lo operación a lo interno: interno: 1.

1. InsInstrutrumenmentos tétos técnicnicos ycos y procedimientos para procedimientos para revisar las EIA. revisar las EIA. 2.

2. Pasos Pasos de rede revisivisión, ón, plazplazosos y procesos (jurídicos, y procesos (jurídicos, técnicos y administrativos) técnicos y administrativos) de respuesta al usuario. de respuesta al usuario. 3.

3. CoCompmprerensnsióión den de procedimientos de procedimientos de elaboración por parte de elaboración por parte de los usuarios. los usuarios. Lineamientos de Lineamientos de operación a lo operación a lo externo: externo: 1.

1. InstInstrumentrumentos os técnitécnicoscos y procedimientos y procedimientos presentar EIA. presentar EIA. 2.

2. PasPasos metodos metodolóológicgicosos (ruta) de elaboración (ruta) de elaboración de instrumentos. de instrumentos. 3.

3. ComCompreprensinsión ón dede procedimientos de procedimientos de revisión revisión.. Fig. 3. Fig. 3. Diagrama  Diagrama  explicativo  explicativo  sobre la  sobre la  filosofía  filosofía  que tiene  que tiene  el uso del  el uso del  Manual de  Manual de  Evaluación  Evaluación  y Control  y Control  Ambiental. Ambiental.

(18)

17

17 Objetivo dObjetivo del Manual el Manual de Evade Evaluación y luación y Control AmbControl Ambiental | iental | REPUBLICA REPUBLICA DE HONDUDE HONDURASRAS

2.2

2.2

O

O

BJETIVOS ESPECÍFICOSBJETIVOS ESPECÍFICOS

Son objetivos específicos del presente Manual son los siguientes: Son objetivos específicos del presente Manual son los siguientes: 1.

1. Constituir una Constituir una herramienta técnica herramienta técnica y py práctica del ráctica del Sistema Nacional Sistema Nacional de Evaluaciónde Evaluación de Impacto Ambiental

de Impacto Ambiental 2.

2. Orientar en los procesos Orientar en los procesos de licenciamiento y control ambiental, tanto de licenciamiento y control ambiental, tanto a losa los funcionarios de la SERNA, como a los proponentes, desarrolladores, apoderados funcionarios de la SERNA, como a los proponentes, desarrolladores, apoderados legales, prestadores de servicios ambientales y cualquier persona natural o legales, prestadores de servicios ambientales y cualquier persona natural o  jurídica involucrada en dichos procesos.

 jurídica involucrada en dichos procesos. 3.

3. Especificar y describir los Especificar y describir los aspectos técnicos aspectos técnicos y de y de procedimiento de procedimiento de los procesoslos procesos de licenciamiento y control ambiental, detallando sus pasos y las herramientas de licenciamiento y control ambiental, detallando sus pasos y las herramientas que para cada uno de ellos existe.

que para cada uno de ellos existe. 4.

4. Establecer lineamientos comunes Establecer lineamientos comunes para todos para todos los involucrados elos involucrados en los n los procesos deprocesos de licenciamiento y control ambiental, en relación a procesos, procedimientos, licenciamiento y control ambiental, en relación a procesos, procedimientos, herramientas y funcionamiento.

herramientas y funcionamiento.

2.3

2.3

O

O

RGANIZACIÓN DEL MANUALRGANIZACIÓN DEL MANUAL

El presente Manual está organizado de acuerdo a los procesos de evaluación del El presente Manual está organizado de acuerdo a los procesos de evaluación del impacto

impacto ambiental de los proyectos, obas ambiental de los proyectos, obas o actividades nuevas por o actividades nuevas por categoría y del categoría y del control ycontrol y seguimiento de las actividades u obras en operación.

seguimiento de las actividades u obras en operación.

Aparte de los capítulos introductorios del Manual, éste se ha organizado según el Aparte de los capítulos introductorios del Manual, éste se ha organizado según el orden lógico del proceso de

orden lógico del proceso de EIA. EIA. A este respecto, se A este respecto, se incluyen los siguientes capítulos:incluyen los siguientes capítulos:

-- Definiciones TécnicasDefiniciones Técnicas -- Marco legal e institucional.Marco legal e institucional.

-- Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos NuevosProceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos

Categorías 1, 2 y 3 Categorías 1, 2 y 3

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18 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

- Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos

Categoría 4

- Control y Seguimiento Ambiental

- Gestión Ambiental de Actividades sin EIA y en operación - Otros componentes de la Evaluación Ambiental de Honduras

Los instrumentos técnicos del proceso de EIA que acompañan al Manual se integran y ordenan, según una secuencia lógica como se introducen en el Manual, dentro de un Documento Anexo al Manual.

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19 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

3. Definiciones Técnicas

3.1 P

RESENTACIÓN

Con el objeto de estandarizar en todo lo posible la serie de conceptos técnicos que se utilizan en EIA, en el este capítulo se presentan las principales definiciones establecidas por la Ley General del Medio Ambiente y su reglamento.

Se recomienda al usuario del presente Manual Técnico realizar una lectura de los conceptos que a continuación se desarrollan. El conocimiento y entendimiento claro de esas definiciones es muy importante para evitar confusiones o interpretaciones inadecuadas.

3.2 C

ONCEPTOS PRINCIPALES

1. Ambiente o Medio Ambiente: El sistema de elementos bióticos, abióticos, socioeconómicos, culturales y estéticos que interactúan entre sí, en permanente modificación por la acción humana o natural, y que afectan o influyen sobre las condiciones de vida de los organismos, incluyendo al ser humano.

2. Área del Proyecto: Superficie de terreno afectada directamente por las obras o actividades tales como el área de construcción, instalaciones, caminos, sitios de almacenamiento, disposición de materiales y otros.

3. Área Ambientalmente Frágil: Espacio geográfico, que en función de sus condiciones de geoaptitud, capacidad de uso del suelo o de ecosistemas que lo conforman, o bien de su particularidad sociocultural, presenta una capacidad de carga limitada y, por tanto, limitantes técnicas para su uso y para la realización de proyectos, obras, industrias o cualquier otra actividad.

4. Área Protegida: Es aquella área, cualquiera fuere su categoría de manejo, definida como tal por la Ley, para la conservación y protección de los recursos naturales y culturales, tomando en cuenta parámetros geográficos, antropológicos, bióticos, sociales y económicos de la misma, que justifiquen el interés general;

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20 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

5. Auditoría Ambiental: Es la verificación en el sitio de una obra o actividad en operación, por parte del SINEIA o de una entidad autorizada por éste, con el objetivo de verificar, por medio de un procedimiento ordenado y estandarizado que dichas actividades humanas no estén provocando daños ambientales irreversibles.

6. Bitácora Ambiental: Libro foliado, donde el responsable ambiental de la actividad u obra registra el proceso de seguimiento del cumplimiento de compromisos ambientales adquiridos, el cumplimiento de la legislación ambiental vigente, las guías de buenas prácticas ambientales o el Código de Buenas Prácticas Ambientales.

7. Ciclo del Proyecto: Conjunto de fases o etapas que cubren el desarrollo de una actividad humana. Siguiendo una secuencia lógica temporal, las principales fases son las siguientes: concepción de la idea, prefactibilidad, factibilidad, diseño, construcción, operación, así como las ampliaciones o modificaciones y, eventualmente, el cierre.

8. Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras (CBPAH): Documento que contiene el conjunto de prácticas ambientales, generales y específicas, que debe cumplir todo proponente, como complemento de las regulaciones ambientales vigentes en el país y siempre que no se disponga de una guía de buenas prácticas ambientales específica que cubra la actividad humana en cuestión. En el mismo se establecen acciones de prevención, corrección, mitigación y compensación que deben ejecutarse a fin de promover la protección y prevención de daños al ambiente. Este documento debe ser tomado en consideración por los profesionales que intervienen en el proceso de licenciamiento ambiental de los proyectos, obras o actividades de bajo impacto ambiental, ya sea en revisiones, inspecciones, controles y seguimientos de los mismos. Puede ser utilizado como instrumento de agilización y control ambiental de las acciones humanas de bajo impacto/riesgo ambiental.

9. Compromisos Ambientales: conjunto de medidas ambientales que son necesarias de aplicar para que un proyecto, obra o actividad pueda ejecutarse dentro de un marco de equilibrio ambiental, de prevención y corrección de la contaminación. Estas medidas adquieren un carácter obligatorio cuando se formaliza el proceso de Licencia Ambiental. Su incumplimiento es objeto de sanción administrativa y penal, según sea el alcance de sus efectos.

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21 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

10. Daño Ambiental: Impacto ambiental negativo no previsto ni controlado, ni planificado en un proceso de evaluación ambiental (evaluado ex-ante), producido directa o indirectamente por un proyecto, obra, industria u otra actividad, sobre todos o cualquiera de los componentes del ambiente que implican una alteración valorada como mínimo de alta significancia de impacto ambiental.

11. Dictamen Técnico: Es el documento emitido por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, que conforme a ley, fundamenta la aceptación o rechazo de una licencia ambiental desde el punto de vista técnico tomando en consideración las normas técnicas y/o guías de buenas prácticas ambientales. También es un dictámen técnico el emitido como parte de un proceso de control y seguimiento.

12. Documento Final de Estudio de Impacto Ambiental: Es el documento preparado por un prestador de servicios ambientales, individual o empresa, que contiene toda la información recopilada, analizada e interpretada para la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y que se basa en los Términos de Referencia.

13. Equilibrio Ecológico: Es la relación de interdependencia entre los elementos que conforman el ambiente que hace posible la existencia, transformación y desarrollo del ser humano y demás seres vivos. El equilibrio ecológico entre las actividades del ser humano y su entorno ambiental, se alcanza cuando la presión (efectos o impactos) ejercida por el primero no supera la capacidad de carga del segundo, de forma tal que esa acción humana logre insertarse de forma armónica con el ecosistema natural, sin que la existencia del uno represente un peligro para la existencia del otro.

14. Estudio de Impacto Ambiental: instrumento técnico de la evaluación de impacto ambiental, elaborado por un equipo multidisciplinario, que tiene como finalidad primordial la realización de un análisis ambiental detallado y profundo de un proyecto, obra o actividad de muy alto impacto o de un megaproyecto. Se incluye como parte del mismo: la descripción del proyecto y sus alternativas valoradas, así como su marco legal, el medio físico, biótico y social en que se pretende desarrollar, los procesos de participación social, el diagnostico ambiental con la identificación de impactos, la valoración estandarizada de estos, las medidas ambientales, el análisis de riesgo, el plan de contingencia, el plan de gestión ambiental para todas sus fases, su impacto económico, cuando aplique y la síntesis de los compromisos ambientales.

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22 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

15. Evaluación de Impacto Ambiental (EIA): Es el proceso de análisis que sirve para identificar, predecir y describir los posibles impactos positivos y negativos de un proyecto propuesto, así como proponer las medidas de mitigación para los impactos negativos y un plan de control y seguimiento periódico.

16. Evaluación Ambiental Estratégica: proceso mediante el cual se introduce la dimensión ambiental en la planificación estratégica y en la toma de decisiones estratégicas para el desarrollo de una región o del país. Es un instrumento coadyuvante de la planificación que facilita la toma de decisiones, dentro de un marco de transparencia, participación e información.

17. Evaluación de Efectos Acumulativos: representa un análisis y evaluación sistemática de los cambios ambientales combinados, originados por la suma de los efectos de las acciones humanas, desarrolladas dentro de un área geográfica definida, particularmente en una cuenca hidrográfica.

18. Formulario SINEIA F-01: Instrumento de evaluación ambiental que deben presentar, a modo de declaración jurada, los proponentes de los proyectos, obras o actividades categorizados como de bajo impacto ambiental potencial. Se describe el proyecto, el terreno en que se localizará, así como su entorno y se adquiere el compromiso de cumplir, en todo lo que aplique, el Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras.

19. Formulario SINEIA F-02: Instrumento de evaluación ambiental que deben presentar, a modo de declaración jurada, los proponentes de los proyectos, obras o actividades categorizados como de moderado y alto impacto ambiental potencial, junto con un consultor ambiental responsable. Se describe el proyecto, el terreno en que se localizará, así como su entorno, y se establece una evaluación de la significancia del impacto ambiental, a partir de lo cual se establece el requerimiento o no de elaborar otro instrumento más profundo de evaluación ambiental o la suscripción al cumplimiento de una guía de buenas prácticas ambientales oficializada por la SERNA, según lo establezca el procedimiento técnico del formulario.

20. Gestión Ambiental: Conjunto de operaciones técnicas y actividades gerenciales, que tienen como objetivo asegurar que las actividades humanas operen dentro de las normas legales y técnicas ambientales exigidas.

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21. Guía Ambiental: Documento técnico que incluye un conjunto de medidas ambientales que deben realizarse en un proyecto, obra o actividad como parte de su ciclo de desarrollo, que se ordena según sectores, subsectores o actividades productivas. Se divide en tres partes que pueden publicarse de forma integrada o separada, a saber: (a) de Evaluación de Impacto Ambiental, (b) de Buenas Prácticas Ambientales y (c) para el Control y Certificación Ambiental. Su elaboración, contenido temático, revisión, oficialización y mejora es ordenada por la SERNA según un procedimiento técnico que forma parte del Manual de Evaluación y Control del SINEIA.

22. Impacto Ambiental: Cualquier alteración significativa, positiva o negativa, de uno o más de los componentes del ambiente, provocadas por acción de los seres humanos o fenómenos naturales en un área de influencia definida.

23. Impacto Ambiental Potencial: Efecto positivo o negativo latente que podría ocasionar una acción humana sobre el medio físico, biológico y social. Puede ser preestablecido, de forma aproximativa, en virtud de la consideración de riesgo ambiental o bien de una acción humana similar que ya está en operación.

24. Inicio de Ejecución en el Sitio: Comprende el momento a partir del cual una actividad humana nueva, que ha cumplido con la obtención de una licencia ambiental, puede iniciar formalmente su acción humana constructiva u operativa; y en caso de que se trate de una actividad humana en operación pueda continuar con su accionar en el marco del cumplimiento de compromisos ambientales para su sostenibilidad.

25. Licencia Ambiental: Es el permiso extendido por la SERNA o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley; por el cual se hace constar que el proponente ha cumplido en forma satisfactoria todos los pasos y requisitos exigidos por la Ley para comenzar el desarrollo de un proyecto, obra o actividad.

26. Manual de Evaluación y Control Ambiental: Documento técnico, emitido por la SERNA como ente rector del SINEIA, que compila y completa el conjunto de guías metodológicas del proceso de evaluación, control y seguimiento ambiental. Podrá ser publicado de forma parcial, por tema o bien de forma integral incluyendo todas las fases o partes del proceso de evolución, control y seguimiento ambiental.

27. Medidas de Prevención: son las acciones dirigidas a evitar que ocurra un impacto ambiental negativo, identificado mediante un proceso de evaluación de impacto

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24 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

ambiental. Por lo general, son medidas que implican ajustes al diseño del proyecto, de forma tal que se incorporan como parte de la ejecución del mismo a fin de que se mantenga dentro de un marco de equilibrio ambiental.

28. Medidas de Mitigación: Son aquellas estrategias, obras, acciones, que se realizan a fin de atenuar el impacto negativo que tiene una actividad específica de una obra o actividad. No neutralizan el impacto, sino que lo reducen, permitiendo que los efectos estén dentro de las normas ambientales del país.

29. Medidas de Compensación: medidas ambientales que se aplican como una forma de compensar un impacto ambiental negativo producido por la ejecución de un proyecto, obra o actividad y que, por su naturaleza no era posible evitar. Estas medidas de compensación pueden aplicarse en la misma área del proyecto o su área de influencia o en otro lugar diferente, siempre que se justifique y se tenga el aval de la SERNA o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello. Puede ser orden biofísico o socioeconómico, o una combinación de ambas. 30. Megaproyecto: Se entiende como megaproyecto el conjunto de actividades que

impliquen el desarrollo de obras cuyos impactos directos, de índole ambiental, económico, social y/o cultural sean de gran alcance, ya sea para la comunidad en que se desarrolla como para el país. Una característica de los megaproyectos es que se constituyen de componentes cuyas dimensiones son similares a las de acciones humanas que el proceso de EIA tramita de forma individual, pero que dada su magnitud y su correlación son un megaproyecto y no un conjunto de proyectos aislados. Se incluyen como parte de esta categoría actividades tales como generación hidroeléctrica, explotación minera metálica, explotación petrolera y grandes obras de infraestructura, entre otras. Por su naturaleza los megaproyectos pueden ser separados por la SERNA como de tipo estratégico (de implicancia a nivel nacional) o no (de implicancia a nivel local o comunitario).

31. Monto Inversión: representa la cantidad total de inversión económica que debe realizarse para ejecutar el proyecto, obra o actividad, incluyendo como parte del mismo el costo del terreno. Se establecerá el monto en la moneda nacional de honduras.

32. Normas Técnicas: Son los valores numéricos de un parámetro físico, químico o biológico, el cual, sí se encuentra fuera de los límites establecidos, causará daños a la salud

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25 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

humana, a los ecosistemas o al patrimonio histórico-cultural. Las normas serán específicas dependiendo del uso que se le quiera dar al recurso.

33. Plan de Gestión, Manejo o Mejoramiento Ambiental: Conjunto de operaciones técnicas y acciones propuestas, que tienen como objetivo asegurar la operación de una actividad humana, dentro de las normas legales, técnicas y ambientales para prevenir, corregir o mitigar los impactos o riesgos ambientales negativos y asegurar la mejora continua y la compatibilidad con el ambiente. Será parte integral de los instrumentos de evaluación ambiental, a fin de organizar las medidas ambientales y los compromisos que implican. En determinados casos de la evaluación ambiental de proyectos, obras o actividades de moderado impacto podrían ser solicitados como complemento de la evaluación ambiental inicial.

34. Prestadores de Servicios Ambientales: Son los consultores individuales, empresas consultoras y laboratorios de análisis debidamente acreditados y/o certificados, que efectúan actividades o trabajos en el campo de la evaluación o control ambiental, que deban ser presentados ante la SERNA.

35. Proponente: Es aquella persona natural o jurídica que desarrollará un proyecto, obra o actividad y que solicita la licencia ambiental a la SERNA o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello.

36. Resolución: Decisión que toma la SERNA o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello, donde se da por concluido el procedimiento donde al inicio una persona, natural o jurídica, solicita una licencia ambiental. La SERNA o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello; otorga o no la licencia de conformidad con la Ley y se obliga al titular de la licencia ambiental, a cumplir con las medidas de mitigación que allí se establecen.

37. Responsable Ambiental: Es la persona natural o jurídica, que se encuentra inscrito en el Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, contratado por el proponente, con el fin de velar por el cumplimiento de los compromisos ambientales adquiridos para la actividad, obra o proyecto, el Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras y/o las Guías de Buenas Prácticas Ambientales Específicas, en aquellos aspectos que le apliquen, y la legislación vigente. Tiene la obligación de informar oficialmente a la

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26 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

Autoridad Ambiental los resultados del seguimiento y control conforme a lo establecido en este reglamento. En los casos que durante el diseño del proyecto, obra o actividad se haya trabajado con un consultor ambiental inscrito en el Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, se recomienda que sea él mismo el contratado como Responsable Ambiental, en tanto velará por el cumplimiento de los compromisos adquiridos por él y por el proponente en la etapa de diseño y obtención de la Licencia Ambiental.

38. Seguimiento y Control: Es el conjunto de acciones realizadas por la SERNA o cualquier otra entidad pública, privada, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello, durante la ejecución y/o la operación de un proyecto para asegurar que los compromisos ambientales establecidos en el proceso de obtención de la licencia ambiental se están llevando a la práctica, verificando asimismo que no han aparecido nuevos impactos du-rante el tiempo que el proyecto ha estado en operación.

39. Seguro Ambiental o Fondo de Garantía: monto mediante el cual el proponente asegurará las actividades de su obra o actividad ante cualquier eventualidad que pueda causar un daño al ambiente.

40. Significancia del Impacto Ambiental: Consiste en la valoración cualitativa de un impacto ambiental dado, en el contexto de un proceso de armonización de criterios, tales como el marco regulatorio ambiental vigente, la finalidad de uso planeado para el área o factor ambiental en consideración, su condición de fragilidad ambiental, el potencial grado de controversia pública que pudiera darse y la relación de parámetros ambientales de la acción humana causante del efecto ambiental.

41. Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA): Conjunto armónico de elementos institucionales, naturales o jurídicos, normas y regulaciones técnicas y legales que determinen las relaciones entre cada uno de los componentes y aspectos necesarios para realizar el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental de Políticas económico-sociales, iniciativas de inversión pública o privadas y de actividades económicas es-tablecidas susceptibles de afectar el ambiente.

42. Tabla de Categorización Ambiental: Es la enumeración y clasificación ordenada de proyectos, obras, industrias o cualquier otra actividad de acuerdo al impacto ambiental potencial o bien riesgo ambiental y/o a la introducción de modificaciones nocivas o

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27 Definiciones Técnicas | REPUBLICA DE HONDURAS

notorias al paisaje y a los recursos culturales del patrimonio nacional. Para su elaboración se toma como referencia, una estandarización basada en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Todas las Actividades Económicas (CIIU). Es, en consideración de esta categorización y en cumplimiento del principio de proporcionalidad, que se aplican los diferentes instrumentos de evaluación, control y seguimiento ambiental.

43. Términos de Referencia: Es el documento elaborado por la DECA en el que se dan todas las referencias y antecedentes pertinentes del proyecto categoría 4, determinándose en forma clara y específica aquellas actividades que tendrán que ser realizadas por el Proponente para elaborar a satisfacción el Estudio de Impatco Ambiental

44. Titular: Persona natural o jurídica a quien se le ha otorgado una Licencia Ambiental.

45. Unidad de Gestión Ambiental (UGA): órgano técnico que opera dentro de las Secretaría y de otras instituciones del Poder Ejecutivo que cumple funciones de coadyuvancia técnica con la SERNA en el marco del SINEIA, así otras funciones de gestión ambiental a lo interno de su organización, incluyendo temas en el evaluación ambiental estratégica.

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28 Marco Legal e Institucional | REPUBLICA DE HONDURAS

4. Marco Legal e Institucional

4.1 I

NTRODUCCIÓN

El presente Manual se inserta dentro de un marco legal e institucional vigente, el cual ordena, regula y delimita el campo de acciones posibles en los procesos de evaluación y control del impacto ambiental de los proyectos y actividades que se llevan a cabo en territorio hondureño.

En este marco legal e institucional la norma que da vida en términos generales al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental es la Ley General del Ambiente y en ella se establece también la potestad de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente para crear y mantener el funcionamiento de dicho Sistema. Consiguientemente, en el Reglamento General de la Ley del Ambiente se establece que la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental es la encargada de diseñar, proponer y manejar dicho Sistema.

De esta forma, la SERNA, a través de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental, crea el Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental con el fin de dar existencia legal, ordenar y mantener vigente el Sistema. En este contexto, el presente Manual es una herramienta que permite dar una mirada más técnica y práctica dicho Sistema

4.2. L

EGISLACIÓN

Existe una gran variedad y cantidad de normas legales vigentes en Honduras que de forma directa o indirecta inciden en los procesos de evaluación y control ambiental. Sin embargo, la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente realizó el año 2008 un primer esfuerzo por compilar y ordenar la legislación ambiental y otras normas legales afines que se vinculan con los diferentes temas relacionados con el proceso de evaluación y control del impacto ambiental.

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29 Marco Legal e Institucional | REPUBLICA DE HONDURAS

Este trabajo fue llevado a cabo por el Dr. Mario Vallejo, el que en el documento

“Normas Legales que regulan aspectos relacionados con Evaluación de Impactos  Ambientales ” hace una revisión de las leyes, reglamentos –generales y especiales- normas

técnicas y otros actos administrativos, los cuales fueron divididos en temas específicos: Agua, Suelo, Energía Biotopos, Aire, Residuos Líquidos, Residuos Sólidos, Residuos Peligrosos, Vialidad, Recursos Arqueológicos, Aspectos Laborales, Manejo de Sustancias Peligrosas y Normas Legales Aplicables a todos los sectores.

En el Documento 1 del Anexo al presente Manual se presentan las normas compiladas ordenadas en una tabla por tema, con su nombre, tipo y fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

4.3 O

RGANIZACIÓN PARA LA

EIA

En el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental intervienen un conjunto de entidades públicas y privadas, que en el marco de un esquema de máxima coordinación y simplificación administrativa, trabajan de forma simultánea y recíproca dentro de una estructura jerárquica cuya rectoría es ejercida por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente.

En este Sistema, y por tanto en los procesos de evaluación y control ambiental, intervienen de forma directa las siguientes entidades:

a. La Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, a través de la Dirección General de Evaluación y Control Ambiental y otras direcciones e instancias con responsabilidades ambientales.

b. El proponente y los proyectos, los cuales constituyen el punto de inicio de los procesos de evaluación y control ambiental.

c. Prestadores de Servicios Ambientales inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios Ambientales que se encuentra en la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente.

d. Las municipalidades en su jurisdicción, a través de su respectiva Unidad Municipal Ambiental.

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30 Marco Legal e Institucional | REPUBLICA DE HONDURAS

e. Las demás instituciones de la administración pública, central o descentralizadas, a través de sus Unidades de Gestión Ambiental, o en caso de no tenerla, la unidad afín al tema.

Adicionalmente son parte de este Sistema, como entidades de apoyo al mismo:

a. Las organizaciones no gubernamentales y el público en general, las cuales están llamadas a apoyar desde la participación pública y ciudadana el desarrollo sustentable de Honduras, siendo un apoyo en la evaluación y control del impacto ambiental.

b. El Comité Técnico Asesor, el cual está definido como un Comité asesor y de consulta para casos conflictivos que por su magnitud afecten el interés nacional. c. Otras entidades especializadas según temática, tales como centros de educación

superior, laboratorios e instituciones de investigación y desarrollo de las ciencias ambientales.

d. Cualquier otra entidad pública o privada relacionada a la temática según la Ley y reglamentos.

El detalle de las atribuciones y responsabilidades de estos órganos del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental se encuentran establecidos en el Reglamento

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31 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3 | REPUBLICA DE HONDURAS

5. Proceso de Evaluación de Impacto

Ambiental para Proyectos Nuevos

Categorías 1, 2 y 3

5.1. I

NTRODUCCIÓN

Según lo establecido en la Ley General del Ambiente todo proyecto, obra o actividad susceptible de degradar o contaminar el ambiente debe obtener un permiso, autorización o licencia ambiental para ser llevado a cabo. A este trámite o proceso por el cual se evalúa el alcance de los impactos que en el ambiente tendrá un proyecto, obra o actividad se le denomina evaluación del impacto ambiental de un proyecto.

En virtud del grado de impacto que el proyecto generará se divide a los proyectos en categorías, las cuales están definidas en la Tabla de Categorización de Honduras (herramienta que se encuentra explicada en la Sección 5.2 del presente Manual).

De este modo, los proyectos, obras o actividades que según la Tabla de Categorización de Honduras están dentro de las categorías 1, 2 y 3 siguen un mismo proceso de obtención de licencia ambiental, existiendo diferencias en relación a las herramientas que se utilizan, pero siendo el mismo trámite o proceso de fondo. A continuación se explicita dicho proceso de manera detallada.

El proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para los proyectos de Categoría 4 se explicita en la Sección 6 de este Manual.

En términos generales este proceso comprende los siguientes pasos:

a. La categorización del proyecto, obra o actividad por medio de la Tabla de Categorización Ambiental. Esta categorización es llevada a cabo por el proponente o consultor ambiental y con ello se obtiene la categoría a la cual pertenece el proyecto y según esa clasificación se utilizan los instrumentos de valoración del impacto ambiental inicial correspondientes.

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32 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3 | REPUBLICA DE HONDURAS

b. Evaluación Ambiental Inicial y valoración de la significancia del impacto ambiental mediante los instrumentos que corresponden según la categoría del proyecto, obra o actividad. Esta evaluación se lleva a cabo, para la Categoría 1 con el Formulario SINEIA 01; y para las categorías 2 y 3 con el Formulario SINEIA F-02. Estos formularios deben ser entregados, junto con los demás requisitos, para dar inicio a la tramitación de la licencia ambiental.

c. Pago de la Tarifa por Expedición de la Licencia Ambiental de acuerdo al monto del proyecto, obra o actividad a realizar. Este pago se lleva a cabo en la XXXXXXXX y su comprobante debe adjuntarse a los demás requisitos a la hora de iniciar el trámite de licencia ambiental.

d. Publicación en un diario de cobertura local y/o nacional de un aviso con la intención de realizar el proyecto, su giro, la ubicación del mismo y la intención de solicitar una licencia ambiental.

e. Presentación de una Solicitud de Licencia Ambiental a la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) o cualquier otra entidad pública, autónoma o semiautónoma, facultada por ley para ello, acompañado de los instrumentos de evaluación del impacto ambiental inicial definidos en el numeral b, la acreditación del pago por la evaluación de impacto ambiental, la publicación establecida en el numeral d; además de los requisitos legales y técnicos definidos para cada categoría de proyecto.

f. Revisión de los documentos e instrumentos de evaluación ambiental solicitados, por parte de la autoridad ante la cual se ha presentado la solicitud. Esta revisión tiene tiempos máximos establecidos en el artículo 35.- del Reglamento del SINEIA.

g. Decisión de otorgar o no la Licencia Ambiental solicitada. La autoridad que ha recibido la licencia, luego de efectuar la revisión de la misma decide si se otorga o no la licencia ambiental al proyecto, obra o actividad cuáles serán las condiciones de la misma (tales como tiempos, medidas de mitigación o plan de gestión, etc..).

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33 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3 | REPUBLICA DE HONDURAS

5.2. T

ABLA DE

C

ATEGORIZACIÓN

Una de las herramientas fundamentales del SINEIA es la Tabla de Categorización de Honduras, la cual fue actualizada en el mes de marzo del año 2009, de forma tal de cumplir de manera más completa con su objetivo fundamental: identificar las actividades, obras o proyectos sujetos al proceso de evaluación de impacto ambiental, así como de categorizarlos o clasificarlos según su impacto ambiental potencial. También cumple la función de servir de base técnica para establecer la categoría de riesgo ambiental de las actividades, obras o proyectos que se encuentran en operación, a fin de orientar tanto en el proceso de trámite de una licencia ambiental como en el posterior control y seguimiento de las obras en actividad.

En el Documento 2 del Anexo del presente Manual se encuentra el Acuerdo Ministerial que contiene dicha Tabla de Categorización, en donde se establecen los fundamentos de la misma y se incluye la misma en su totalidad.

De acuerdo con el Reglamento del SINEIA, los proyectos, obras o actividades se ordenan de forma taxativa en una Tabla de Categorización Ambiental que toma como referencia el Estándar Internacional del Sistema CIIU, Código Internacional Industrial Uniforme de todas las actividades productivas. Con ello, se mantiene un sistema estandarizado que facilita la información a los usuarios del sistema, los orienta sobre los procedimientos de evaluación ambiental a seguir, permite una mejor coordinación con otras autoridades del Estado y hace posible un mejor y más efectivo control estadístico de los procesos de gestión.

El Reglamento señala que para el caso de los proyectos, obras o actividades que no aparezcan en la Tabla de Categorización, la SERNA podrá decidir la categoría a la cual debe pertenecer, previa consulta formal por parte del interesado. En este caso se deberá presentar una solicitud por escrito a la SERNA, describiendo el proyecto, obra o actividad que se pretende desarrollar.

La explicación sobre los tipos de categorías que se establecen en dicho Acuerdo de la Tabla de Categorización se presenta en la Tabla No. 1.

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34 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3 | REPUBLICA DE HONDURAS

En el Reglamento se indica que todos aquellos proyectos, obras o actividades que por su naturaleza, estén por debajo de los de categoría 1, se califican como de muy bajo impacto ambiental o riesgo ambiental. Como tales, no estarán sujetos a cumplir trámite de Licencia Ambiental, no obstante, estarán sometidos a cumplir la legislación ambiental vigente y, además, en todo lo que aplique, el Código de Buenas Prácticas Ambientales de Honduras (ver adelante).

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35 Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental para Proyectos Nuevos Categorías 1, 2 y 3 | REPUBLICA DE HONDURAS

Tabla No 1

Resumen de las categorías de proyectos, obras o actividades según la Tabla de Categorización

CATEGORÍA EXPLICACIÓN

Categorización

ambiental Las actividades, obras o proyectos se ordenan en cuatro diferentescategorías (1, 2, 3, y 4) tomando en cuenta los factores o condiciones que resultan pertinentes en función de sus dimensiones,

características conocidas de actividades en operación, naturaleza de las acciones que desarrolla, sus impactos ambientales potenciales o su riesgo ambiental.

Categoría 1 Las actividades, obras o proyectos de Categoría 1, corresponden con aquellas actividades humanas calificadas como de Bajo Impacto Ambiental Potencial o Bajo Riesgo Ambiental.

Categoría 2 Las actividades, obras o proyectos de Categoría 2 corresponden con aquellas actividades humanas calificadas como de Moderado –Bajo

Impacto Ambiental Potencial o Riesgo Ambiental.

Categoría 3 Las actividades, obras o proyectos de Categoría 3 corresponden con aquellas actividades humanas calificadas como de Moderado –Alto

Impacto Ambiental Potencial o Riesgo Ambiental.

Categoría 4 La Categoría 4, corresponde con aquellas actividades humanas calificadas como de Alto Impacto Ambiental Potencial o Alto Riesgo Ambiental.

Los megaproyectos, definidos como los proyectos de gran

envergadura, y que tienen alcance nacional, incluyen como de esta categoría. La identificación de una actividad de Categoría 4 como un Megaproyecto se realiza en primera instancia a través de la Tabla de Categorización y su verificación es responsabilidad de la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente por medio de la Dirección de Evaluación y Control Ambiental. Como parte de esta identificación se indicará si se trata de un Megaproyecto de carácter estratégico o no.

Fuente: Acuerdo de la Tabla de Categorización.

Tal y como señala el Reglamento del SINEIA, parte de la Tabla de Categorización Ambiental incluye una Lista de Áreas Ambientalmente Frágiles, donde se establecen las áreas del territorio nacional, que por su naturaleza o bien por su condición de administración especial, se consideran como sensibles desde el punto de vista ambiental y por tanto, de consideración especial, en el caso de que haya intenciones de desarrollar actividades, obras o proyectos en las mismas.

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