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Objetivo del Instructivo: Establecer los pasos a seguir para la gestión integral de los residuos eléctricos y electrónicos -RAEEs del Centro, garantizando el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente.
DESARROLLO
Este instructivo aplica a todas las áreas del Centro de Gestión Administrativa para mantener el compromiso por el cuidado ambiental comprometiéndose con la gestión integral de los residuos eléctricos y electrónicos, conforme a la normatividad ambiental vigente, a fin de lograr como resultado un ambiente sano y sostenible.
Documentos de Referencia:
Ley 1672 de 2013 “Por la cual se establecen los lineamientos para la adopción de una política pública de gestión integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), y se dictan otras disposiciones.”
Lineamientos Técnicos para el manejo de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos(RAEE), Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial -MAVDT-2011
Definiciones y Términos1:
• Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE):Son los aparatos eléctricos o
electrónicos en el momento en que se desechan o descartan. Este término comprende todos aquellos componentes, consumibles y subconjuntos que forman parte del producto en el momento en que se desecha, salvo que individualmente sean considerados peligrosos, caso en el cual recibirán el tratamiento previsto para tales residuos.
• Gestor: Persona natural o jurídica que presta en forma total o parcial los servicios de recolección, transporte, almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento y/o disposición final de los Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), dentro del marco de la gestión integral y cumpliendo con los requerimientos de la normatividad vigente. El Ministerio del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, implementará un Registro de aquellas personas naturales o jurídicas que presten los servicios definidos.
1Ley 1672 de 2013: Artículo 4°
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1. RECOMENDACIONES PARA EL MANEJO DE RAEEs
1.1 CLASIFICACIÓN
La clasificación de los RAEEs debe hacerse por diferentes categorías o tipos de aparatos para facilitar su posterior entrega a empresas especializadas, manteniendo los registros de la caracterización correspondiente. Esta actividad, será realizada por el Responsable de Inventarios.
1.2 ALMACENAMIENTO
El Pesaje, Empaque y Almacenamiento de los RAEEs se realizará de acuerdo a los componentes y características de cada residuo, bajo la responsabilidad del Responsable de Inventarios; de otra parte, el Líder Ambiental, mantendrá el Registro de Residuos Peligrosos con el tipo de residuo, cantidad y peso.
El funcionario Administrador del Edificio, deberá garantizar que exista un espacio demarcado y señalizado de almacenamiento de los RAEEs. El responsable de Inventarios y el Líder Ambiental, aseguraran que dicho espacio cumpla con los siguientes requerimientos básicos:
- Protección contra la intemperie: El almacenamiento debe realizarse a temperatura ambiente
y protegido de la intemperie, con el objeto de evitar que agentes contaminantes puedan lixiviar al ambiente debido a los efectos del tiempo y para permitir el posterior reacondicionamiento o reutilización de los equipos.
- Pisos: Impermeables para evitar infiltraciones y contaminación de los suelos.
- Capacidad: Adecuada para el manejo de todo el inventario.
- Protección contra acceso no autorizado: El desecho electrónico se debe almacenar de
manera tal que no se permita el ingreso de personas no autorizadas a las instalaciones para evitar que se agreguen o sean extraídos equipos en desuso o piezas sin supervisión.
- Registros: Mantener registros de inventarios, tanto de equipos en desuso enteros, como de
piezas recuperadas.
- Procedimientos: Se deben documentar los procedimientos que se llevan a cabo en el sitio de
almacenamiento.
- Personal: el personal debe estar capacitado para cumplir con los procedimientos del
almacenamiento.
- Almacenamiento y empaque: en general, los RAEEs se deben almacenar sobre estibas, o
en cajas de rejas o de madera, facilitando su almacenamiento, carga y transporte hacia procesos posteriores (Ilustraciones 1 a 4, extraídas de la Guía RAEE del Ministerio de Medio
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Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, -MAVDT- 2011). Estos recipientes deben estar debidamente señalizados.
Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que se depositen en el punto de recolección, no deben ser desensamblados ni manipulados.
Ilustración 1. Estiba de madera. Ilustración 2. Caja sobre estiba.
Ilustración 3. Cajas metálicas de rejas para almacenamiento.
Ilustración 4. Contenedores sobre ruedas.
Almacenamiento y empaque para casos especiales
- Componentes que pueden contener sustancias peligrosas: Después de un desensamble,
los componentes peligrosos que pueden estar presentes en los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos se deben almacenar, envasar, embalar, rotular, etiquetar y transportar contemplando la legislación vigente.
- Baterías: Para prevenir el riesgo de inflamación, las baterías Ni-Cd y Litio Ion se deben empacar de manera independiente (por ejemplo en bolsas de plástico) previo a su almacenamiento en contenedores para evitar el contacto entre las mismas.
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- Monitores TRC (Tubos de rayos catódicos): Los monitores TRC enteros se deben empacar
de manera que se reduzca al mínimo el riesgo de fractura durante condiciones de envío normales. Además, el empaque debe reducir al mínimo emisiones de material al ambiente si una fractura ocurre durante el transporte, por ejemplo utilizando cajas de madera o cajas Gaylord. Los monitores TRC con el vidrio quebrado, los pedazos de cristal y el vidrio de desecho de cristal se deben empacar en envases impermeables para evitar la pérdida de partículas y pedazos. Coloque los monitores con la pantalla hacia un lado (en particular los monitores de la primera capa). Se recomienda introducir una capa de espuma o de plástico burbuja entre las diferentes capas. De ser posible todos los cables de los monitores deberán ser removidos para evitar daños y complicaciones al descargar las cajas o las estibas. Se recomienda que los cables se transporten en envases o cajas separados. Los tubos sueltos (TRC) se deben transportar con las mismas precauciones para mantenerlos intactos y evitar la fractura de los mismos.
- Impresoras, faxes, fotocopiadoras y otros equipos: De ser posible, las impresoras y otros
equipos deberán ser empacados individualmente. Colocar los equipos más pesados en la base de la estiba. Si no se dispone de cajas, se debe colocar una capa de cartón o material de empaque entre las impresoras y demás equipos de impresión. Para evitar el derrame de tintas y de tóner, se deben colocar los equipos en contenedores y envases impermeables.
- Periféricos de las TIC: Colocar los teclados, ratones, audífonos, micrófonos y otros
accesorios y periféricos en cajas de cartón. Apilar las cajas en estibas y envolverlas con un plástico para colocarlas sobre un palé o almacenarlas en cajas de madera o cajas Gaylord. Las consideraciones de empaque descritas anteriormente, deberán ser tenidas en cuenta en el TRANSPORTE INTERNO de RAEE del Centro de Formación, ya que al momento de movilizar este tipo de residuos desde el sitio en que se generaron hasta el lugar de almacenamiento, podrían desprenderse componentes con contenidos peligrosos al medio ambiente y a la salud de las personas.
1.3 ENTREGA AL GESTOR DE RAEE
El Gestor de RAEE será seleccionado teniendo en cuenta el cumplimiento de la legislación ambiental vigente y la vinculación de normas ISO 9001, 14001 y 18001, entre otras normas no vinculantes.
Los aspectos técnicos de transporte de RAEE deben estar garantizados por el Gestor de los mismos; estos se encuentran establecidos en el ítem B.2 TRANSPORTE Y LOGISTICA, del documento “Lineamientos Técnicos para el manejo de RAEE” del MAVDT-2011.
El ingreso del Gestor de RAEE, debe cumplir con todos los requisitos de entrada del Centro de Formación y con los procedimientos y registros de seguridad industrial y salud ocupacional a que haya lugar.
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La entrega de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, se hará por parte del Líder Ambiental del Centro de Formación, tomando como referente los RAEETs del Registro de Residuos Peligrosos.
1.4 CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO
El Gestor Externo de RAEE deberá entregar el Certificado de Aprovechamiento y/o Disposición Final controlada al Líder Ambiental del Centro de Formación, dentro de los 15 días siguientes a la salida de estos residuos del Centro - SENA.
Control de los Cambios
Versión aprobación Fecha de Descripción del cambio Solicitado por
01 Septiembre 12 De 2013 Documento Original. Representante SIG 02 Noviembre 20 de 2013
Se realiza el cambio de acuerdo a los Ajustes
del Sistema Integrado de Gestión. Comité SIG
03
Enero 07 de 2014
Se realiza por la Implementación del SIG con base en los lineamientos de la Dirección General y el Centro de Gestión Administrativa
SIG
04 Noviembre 11
de 2014
Se realiza por la Implementación del MSIG con base en los lineamientos de la Dirección General (Compromiso) y el Centro de Gestión Administrativa