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SESION JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, DIA 22 DE ABRIL 2013

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Nº 16

SESION JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, DIA 22 DE ABRIL 2013

En la Ciudad de Alcalá de Henares, siendo las nueve horas y treinta minutos del día veintidós de abril de dos mil trece, se reunieron en la Casa Consistorial, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Excmo. Sr. Alcalde Presidente D. Francisco Javier Bello Nieto, los Ilmos. Señores Concejales de la Junta de Gobierno Local, D. Juan Jesús Domínguez Picazo y D. Gustavo Severien Tigeras, los Señores Concejales de la Junta de Gobierno Local D. Tomás Marcelo Isoldi Barbeito, D. Francisco Javier Fernández Abad y las Señoras Concejalas Dª Marta Viñuelas Prado, Dª Mª Dolores Cabañas González, Dª Amparo Moriche Hermoso y Dª Virginia Sanz Jurado; actuando como Concejal-Secretario D. Francisco Javier Fernández Abad, con el fin de celebrar la sesión ordinaria convocada para este día. No asiste a la Sesión, justificando su inasistencia D. Francisco Bernáldez García.

Asisten también, expresamente invitados por el Sr. Alcalde, el Sr. Concejal D. Jesús Fernández Pascual y la Sra. Concejala Dª Mercedes Gómez Catalán, así como el Interventor General D. Ernesto Sanz Álvaro.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el Art. 126 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, y a los efectos del ejercicio de las atribuciones recogidas en el Art. 127 de la misma norma.

Abierta la sesión por el Sr. Presidente y dada lectura de las Actas de las Sesiones celebradas los días 25 de febrero y 4 de marzo de 2013, se aprueba por unanimidad.

Seguidamente se someten a la consideración de la Junta de Gobierno Local los asuntos comprendidos en el Orden del Día.

ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DE LA CIUDAD Y SOSTENIBILIDAD

URBANISMO

Licencias de Primera Ocupación

1.- Dª Isabel López Villaverde.- Solicita Licencia de Primera Ocupación de edificio sito en C/ Empecinado, 14, cuya Licencia de Obras fue concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 07-12-10 para legalización de obras de readaptación

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de edificio, vivienda unifamiliar en sótano, planta baja y primera en la C/ Empecinado, 14.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la Licencia de Primera Ocupación solicitada:

- Informe jurídico de fecha 10-04-13.

- Informe del Jefe del Servicio de Patrimonio Histórico de fecha 26-03-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Primera Ocupación solicitada, así como remitir el expediente al Servicio de Gestión Tributaria para la práctica, en su caso, de la correspondiente comprobación administrativa a los efectos de lo dispuesto en el Art. 103.1, último párrafo, del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.

Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.

Certifíquese y pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo – Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

2.- D. Manuel Gómez Martínez.- Solicita Licencia de Primera Ocupación de dos viviendas de la 2ª planta del edificio sito en C/

Carmen Descalzo, 18, cuya Licencia de Obras fue concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 27-08-12 para reforma de vivienda y su transformación en las dos siguientes viviendas: Vivienda A, con una superficie construida de 63,75 m y Vivienda B con una superficie construida de 61,35 m en la segunda planta del edificio sito en C/ Carmen Descalzo, 18. Se adjunta a la solicitud el correspondiente Libro del Edificio.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la Licencia de Primera Ocupación solicitada:

- Informe jurídico de fecha 11-04-13.

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicios Técnicos-Licencias, de fecha 11-04-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Primera Ocupación solicitada, así como remitir el expediente al Servicio de Gestión Tributaria para la práctica, en su caso, de la correspondiente comprobación administrativa a los efectos de lo dispuesto en el Art. 103.1, último párrafo, del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.

Legislativo 2/2004 de 5 de marzo.

Certifíquese y pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo – Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

Obras para actividades

3.- D. Julio Alcaraz Espartosa.- Solicita Licencia de Obras para legalización de reforma de local destinado a Centro de Estética

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en Avda. Virgen del Val, 1.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe jurídico de fecha 11-04-13 en el que se hace constar que:

-- Por Resolución de Concejalía de Urbanismo de fecha 07-07- 11, nº 84 fue denegada la anulación de la solicitud de licencia de obras para pintar paredes, dar yeso y colocación de tarima encima de la existente en el local sito en Avda. Virgen del Val, nº 1 formulada por Dª. Cristina Torregrosa Ruiz en rep. de Centros de Estética Nenúfar, C.B. y requerido para que en plazo otorgado por Resolución de Concejalía de Urbanismo de fecha 18-05-11, nº 213, procediera a solicitar la preceptiva licencia de obras municipal para acondicionamiento interior y modificación de la distribución en el local sito en Avda. Virgen del Val, nº 1, exceptuando las obras ya solicitadas con fecha 21-01-11 (pintar y dar yeso paredes y colocación de tarima flotante).

-- Por Resolución de Concejalía de Urbanismo de fecha 25-01- 12, Decreto nº 161 fue concedida licencia de obras a favor de Dª. Cristina Torregrosa Ruiz en rep. de Centros de Estética Nenúfar, C.B. para reforma de local, consistentes en pintar paredes, dar yeso y poner tarima en Avda. Virgen del Val, nº 1, Local.

- Por Resolución de Concejalía de Urbanismo de fecha 28-11-12, Decreto nº 2862, le fue requerido a D. Nicolás Alcaraz Ochoa para que procediera en el plazo máximo de dos meses, a solicitar licencia municipal de obras de acondicionamiento interior y modificación de la distribución en Avda. Virgen del Val, nº 1, de conformidad con lo establecido en el Art. 195 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicios Técnicos-Licencias, de fecha 22-03-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, con arreglo al proyecto presentado suscrito por la Arquitecta Dª. Carmen de la Cal Arranz y a la documentación aportada con fecha 14-03-13 consistente en plano nº 3 (marzo 2012) que modifica al plano nº 2 y 3 (julio 2011) del proyecto original. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Deberán habilitar un armario para la colocación por el Ayuntamiento del contador individual de agua potable en un lugar fácilmente accesible a la lectura.

2.- Los puntos de consumo de agua dispondrán de mecanismos que permitan el máximo ahorro de agua potable, según se indica en el Reglamento del Servicio Municipal de abastecimiento de agua potable de Alcalá de Henares en el Capítulo III, Art. 9.3.

3.- La presente licencia de obras se otorga sin perjuicio de que deberá presentar, si procediera, la documentación necesaria para el ejercicio de la actividad conforme a la ley 17/2009, de

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23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio y demás normativa de pertinente aplicación.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

4.- D. Antonio Jabardo Abad, en rep. de LIDL SUPERMERCADOS, S.A.U.- Solicita Licencia de Obras para implantación de acceso desde viario en Avda. de Roma.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, Director del Área de Infraestructuras Urbanas de fecha 04-04-13 en el que se hace constar, entre otras consideraciones, que se solicita apertura de una salida desde el centro comercial situado en la calle Antonio Suárez a la Avenida de Roma. El tramo de la M- 300 o Avenida de Roma, situado entre la Rotonda de Arganda y la Plaza de Teodosio va a ser cedido próximamente por la Consejería de Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid al Ayuntamiento de Alcalá de Henares, momento en que tendrá carácter de vía urbana. La salida propuesta se sitúa a 40 metros de la Rotonda de Arganda, por lo que queda espacio para que los vehículos detenidos a la entrada de la rotonda no afecten a la salida del centro comercial.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, quedando condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- La apertura al tráfico se podrá realizar cuando se firme el Acta de Cesión del tramo de la M-300, indicado.

2.- Para la devolución de la fianza depositada para responder de la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición, se deberá cumplir lo dispuesto en el Art. 10 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid, teniendo especial cuidado en cumplimentar los impresos que figuran en la indicada Orden como anejo I, anejo II y anejo II.I.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

5.- I.E.P.E., S.L., en rep. de FIAT GROUP AUTOMOBI, S.A.- Solicita con fecha 12-08-10 Licencia de Obras para instalar carteleras de actividad principal en la sede de la compañía en Ctra. M-300, Km. 28,500, con arreglo al proyecto presentado visado con fecha 30-06-10 suscrito por el Ingeniero Industrial D. Luis Gómez Sanjuán.

Visto el informe emitido por la Directora del Área Jurídica de licencias Urbanísticas con fecha 16-04-13 y que a continuación se transcribe:

“Atendido que por el Arquitecto Técnico Municipal fue efectuado

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requerimiento con fecha 07-09-10, notificado y recibido por el interesado el día 15-10-10 y habiendo sido reiterado el requerimiento por este Área Jurídica de Licencias Urbanísticas con fecha 24-10-11, notificado y recibido por el interesado el día 15-11-11 en el que ponía de manifiesto literalmente trascrito lo que sigue:

“En relación a la licencia de obras que se presenta para

“instalación de carteleras de actividad principal en la sede de la compañía”, sito en Carretera M-300, km 28.500. Analizando el expediente y con el fin de poder tramitar su solicitud, la informo lo siguiente:

• Deberá aportar plano a escala suficiente, reflejando la situación de la cartelera e indicando las distancias a las vías próximas. Dependiendo de la distancia a la carretera M-300 y según la Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior puede ser necesario contar con el permiso previo del Órgano encargado de la explotación de la vía.

• La Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior en su Art. 4, apartado “a” indica: los carteles o rótulos en los bienes sobre los que se tenga titulo legal suficiente y sirvan para indicar la denominación social de la personas físicas o jurídicas o la actividad mercantil, industrial, profesional o de servicios al que las mismas se dediquen, siempre que se ajusten a las normas contenidas en las ordenanzas municipales sobre el uso del suelo y edificación y no tengan finalidad estrictamente publicitaria. A estos efectos se entiende por carteles o rótulos de los soportes fijos o móviles de larga duración en los cuales el mensaje mediante materiales duraderos dotados de corporeidad que producen o pueden producir efectos de relieve.

Deberá aclarar el punto anterior describiendo el contenido y materiales para reflejar la denominación social o actividad mercantil de la empresa.

• Las dimensiones de la cartelera así como su altura máxima, deberá cumplir con lo indicado en la Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior.”

Atendido que según informe emitido por el Servicio de Intervención Urbanística dicha instalación es objeto de expediente disciplinario, así como que no consta que por el interesado se haya procedido a dar cumplimiento al referido requerimiento anteriormente transcrito.

A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de sus miembros ARCHIVAR la citada licencia de obras formulada por I.E.P.E., S.L. en rep. de FIAT GROUP AUTOMOBI S.A. para instalar carteleras de actividad principal en la sede de la compañía, en Ctra. M.300, Km.

28,500,con la motivación anteriormente expresada.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

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Pasos de Carruajes

6.- Dª Mónica Tomás Martínez.- Solicita licencia para instalación de placas para paso de carruajes en garaje sito en C/ Islas Caimán, 2.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicios Técnicos-Licencias, de fecha 15-04-13 en el que se pone de manifiesto que el ancho de paso a reservar es de 6,50 m.

- Informe jurídico de fecha 16-04-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia para instalación de placas para paso de carruajes solicitada.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

Obras diversas

7.- Dª Isabel Garoz Carbonell, en rep. de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS C/ FERRAZ, 8.- Solicita Licencia de Obras para instalación de ascensor en patio abierto a línea de fachada en edificio de 5 plantas (planta baja + cuatro), sito en la citada dirección.

Asimismo l solicita que las citadas obras objeto del expediente de rehabilitación se declaren de interés o utilidad municipal, y en base a dicha declaración se conceda la bonificación del 95 por 100 de la cuota del impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del ICCP Municipal Jefe, Director del Área de Infraestructuras de fecha 28-01-13.

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicios Técnicos-Licencias, de fecha 27-03-13.

- Informe jurídico de fecha 11-04-13 indicando que el objeto de la vigente Ordenanza Municipal Reguladora de instalación de ascensores publicada en el B.O.C.M. de fecha 26-11-02 es permitir la instalación de ascensor en edificios de viviendas que no disponga de ascensor, en consonancia con lo establecido en la Ley 8/1993, de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas y el Reglamento Técnico de Desarrollo en Materia de Protección de la Accesibilidad y Supresión de las Barreras Arquitectónicas, Decreto 13/2007 de 15 de marzo de 2007.

A la vista de lo que antecede, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad de sus miembros:

1º) Conceder la Licencia de Obras para instalación de ascensor por patio interior de edificio de 5 plantas (planta baja + cuatro)

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sito en C/ Ferraz, nº 8, con arreglo al proyecto presentado, que incluye Estudio de Seguridad y Salud, visado con fecha 16-07- 12 suscrito por el Arquitecto Técnico D. Carlos López Martínez, y a la documentación aportada con fecha 20-03-13 consistente en planos números 05 y 06 visados con fecha 07-03-13 que anula y sustituye a los planos números 05 y 06 del referido proyecto y al plano 06 sin visar presentado. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Para la devolución de la fianza depositada para responder de la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición, se deberá cumplir lo dispuesto en el Art. 10 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid, teniendo especial cuidado en cumplimentar los impresos que figuran en la indicada Orden como anejo I, anejo II y anejo II.I.

2.-La concesión de la referida licencia de obras municipal se produce sin perjuicio del derecho de propiedad sobre el bien inmueble afectado y de los derechos de terceros, conforme a lo establecido en el artículo 152, apartado d) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

2º) Remitir el expediente al Servicio de Gestión Tributaria para su conocimiento y efectos oportunos en cuanto se refiere a la bonificación del 95% de la cuota de I.C.I.O. solicitada.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

8.- COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE C/ NÚÑEZ DE GUZMÁN, 7.- Solicita Licencia de Obras para sustitución completa de ascensor existente y ampliación de parada en planta baja del edificio, en la citada dirección.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 09-04-13 en el que se pone de manifiesto que el proyecto describe las obras necesarias para dotar al inmueble de un ascensor adaptado a minusválidos así como ampliar una parada más en planta baja, ubicándose el nuevo ascensor en el recinto existente del antiguo ascensor.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 09- 04-13.

- Informe jurídico de fecha 17-04-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada, , con arreglo al Proyecto de Ejecución presentado, que incluye Estudio de Seguridad y Salud, visado con fecha 24-01-13 suscrito por el Ingeniero Técnico Industrial D. Raúl Herranz Gozalo. La presente Licencia queda condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Para la devolución de la fianza depositada para responder de

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la correcta gestión de los residuos de construcción y demolición, se deberá cumplir lo dispuesto en el Art. 10 de la Orden 2726/2009, de 16 de julio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid, teniendo especial cuidado en cumplimentar los impresos que figuran en la indicada Orden como anejo I, anejo II y anejo II.I.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

9.- COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE AVDA. JUAN DE AUSTRIA, 16.- Solicita Licencia de Obras para reparación de terrazas del edificio sito en Avda. Juan de Austria, 16, instalación de andamio y ocupación de vía pública con el mismo y con contenedor en la citada dirección.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicios Técnicos-Licencias, de fecha 15-04-13 en el que se pone de manifiesto que la superficie de ocupación de vía pública con andamio será de 3 m durante 20 días.

- Informe jurídico de fecha 16-04-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras y la ocupación de vía pública con contenedor solicitadas, debiendo presentar Certificado Fin de Obra.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

10.- D. Mario José Casanova Paniagua en rep. de AURENTIA PLAZA, S.A.- Solicita Licencia de Obras para instalación de 3 cepos en rampas de garaje de viviendas unifamiliares sitas en el Sector 115 B:

- Manzana M-8: 2 cepos en C/ José de Echegaray, 18 y C/

Brigadas Internacionales 11.

- Manzana M-10: 1 cepo en C/ Salvador de Madariaga, 50.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 05-04-13 en el que se hace constar que los cepos se instalarán en las rampas de acceso a los distintos garajes de la promotora con la intención de evitar robos en las viviendas pendientes de venta.

- Informe jurídico de fecha 09-04-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

11.- D. Mario José Casanova Paniagua en rep. B & C, BIENESTAR Y

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CONFORT, S.A.- Solicita Licencia de Obras para instalación de 15 cepos en rampas de garaje de viviendas unifamiliares sitas en el Sector 115 B:

- Manzana M-3: 3 cepos en C/ Rosa Chacel, 44, C/ Rosa Chacel, 46 y C/ Fernán Caballero, 58.

- Manzana M-4: 10 cepos en C/ Rosa Chacel, 42, C/ Ortega y Gasset, 12, C/ Ortega y Gasset, 24, C/ Ortega y Gasset, 30, C/

Ortega y Gasset, 32, C/ Ortega y Gasset, 34, C/ José Varela, 17, C/ José Varela, 19, C/ José Varela, 25, C/ José Varela, 27., - Manzana M-13: 2 cepos en C/ Josep Plá, 2 y C/ Josep Plá, 24.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 05-04-13 en el que se hace constar que los cepos se instalarán en las rampas de acceso a los distintos garajes de la promotora con la intención de evitar robos en las viviendas pendientes de venta.

- Informe jurídico de fecha 09-04-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder la Licencia de Obras solicitada.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

12.- D. Adrián Hernández Fernández.- Solicita Licencia de Obras para instalación de isletas para paso de carruajes, en C/ Puente Rialto, 3, Local 2.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 08- 04-13.

- Informe jurídico de fecha 15-04-13.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda conceder la Licencia solicitada, quedando condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Las isletas deberán ser normalizadas.

2.- No podrán ser un obstáculo en la vía pública.

3.- El mantenimiento correrá a cargo del solicitante.

4.- No se podrán anclar a la calzada por razones de seguridad e higiene.

5.- Tendrán la validez del vado que protejan.

6.- Las isletas instaladas no podrán situarse fuera del vado autorizado.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

13.- D. Manuel Sanz Hospital, en rep. de UNION FENOSA DISTRIBUCIÓN, S.A.- Solicita Licencia de Obras para canalización eléctrica y acometida subterránea de 4 m. en Baja Tensión, en C/ Antonio Suárez, 2.

Vistos los informes siguientes emitidos al respecto, todos ellos

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de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe Jurídico de fecha 12-04-13.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 04- 04-13.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda conceder la Licencia de Obras solicitada, condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Antes del inicio de las obras se firmará Acta de Replanteo de las mismas con los Servicios Técnicos Municipales de este Ayuntamiento, momento en que se nombrará un responsable técnico de los trabajos frente al Ayuntamiento y se entregarán los servicios afectados por la obra. Se retranquearán los trazados previstos para evitar daños a las tuberías de agua en los paralelismos.

2.- Se mantendrá en todo momento la circulación de peatones y vehículos mediante la colocación de chapones, pasarelas, etc.

3.- Se realizarán y señalizarán los trabajos de acuerdo con lo indicado en las Ordenanzas Municipales, tanto durante el día como por la noche.

4.- Se realizarán muestras de densidades "in situ", que serán remitidas a los Servicios Técnicos Municipales. El número de muestras a realizar será fijado por dichos Servicios Técnicos.

5.- La duración de los trabajos será de 5 DIAS, debiendo figurar las fechas de inicio y terminación de los trabajos en el vallado de la obra.

6.- Se deberá depositar una fianza por importe de 200,00 €, para responder del correcto acabado de las terminaciones superficiales y de 100,00 € para la correcta gestión de los residuos. (Según Convenio).

7.- Al menos con 48 horas de antelación se avisará el comienzo de las obras a la Policía Municipal y a los Servicios Técnicos Municipales.

8.- No podrán comenzar las obras hasta que no se disponga de materiales de reposición de pavimentos iguales a los existentes.

Asimismo no podrán dar comienzo las obras con anterioridad a la autorización que para la actuación pretendida deberá solicitar y ser otorgada, si procediera, por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de las Artes de la Comunidad de Madrid, de conformidad a lo establecido en el Art.

22.1 de la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español, siendo obligatoria por tanto, la emisión de informe arqueológico suscrito por técnico competente.

9.- Cualquier rotura de servicios, incluidos los municipales, producida directa o indirectamente por las obras, deberá ser reparada de inmediato por el solicitante o empresa delegada y siempre a su cargo.

10.- Al objeto de disminuir el riesgo de roturas de servicios y como medida complementaria y preventiva, se deberá pasar por el eje de las canalizaciones solicitada el sistema de detección de servicios enterrados (georradar o similar).

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11.- La presente licencia ampara únicamente la obra de canalización principal, no pudiéndose realizar acometidas, salvo que la I.R.G. a la cual conecten, esté legalizada.

12.- Se deberá respetar la Ordenanza Municipal de Protección del Arbolado a lo largo de toda la canalización.

13.- Se deberá respetar el Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable de Alcalá de Henares, BOCAM nº 274 de 18 de noviembre de 2002.

14.- La obra no podrá darse por finalizada hasta la total y completa reposición de las terminaciones superficiales: pintura, señalización, ajardinamiento, en su caso, o cualquier otro posible elemento que se hubiese visto afectado por la canalización objeto de la presente licencia.

15.- Las calas de tiro o empalmes no podrán estar abiertas más de 48 horas.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

14.- D. Manuel Sanz Hospital, en rep. de UNION FENOSA DISTRIBUCIÓN, S.A.- Solicita Licencia de Obras para canalización eléctrica y acometida subterránea de 6 m. en Baja Tensión, en C/ Hita 2-G.

Vistos los informes siguientes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe Jurídico de fecha 12-04-13.

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 04- 04-13.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda conceder la Licencia de Obras solicitada, condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Antes del inicio de las obras se firmará Acta de Replanteo de las mismas con los Servicios Técnicos Municipales de este Ayuntamiento, momento en que se nombrará un responsable técnico de los trabajos frente al Ayuntamiento y se entregarán los servicios afectados por la obra. Se retranquearán los trazados previstos para evitar daños a las tuberías de agua en los paralelismos.

2.- Se mantendrá en todo momento la circulación de peatones y vehículos mediante la colocación de chapones, pasarelas, etc.

3.- Se realizarán y señalizarán los trabajos de acuerdo con lo indicado en las Ordenanzas Municipales, tanto durante el día como por la noche.

4.- Se realizarán muestras de densidades "in situ", que serán remitidas a los Servicios Técnicos Municipales. El número de muestras a realizar será fijado por dichos Servicios Técnicos.

5.- La duración de los trabajos será de 5 DIAS, debiendo figurar las fechas de inicio y terminación de los trabajos en el vallado de la obra.

6.- Se deberá depositar una fianza por importe de 200,00 €, para responder del correcto acabado de las terminaciones

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superficiales y de 100,00 € para la correcta gestión de los residuos. (Según Convenio).

7.- Al menos con 48 horas de antelación se avisará el comienzo de las obras a la Policía Municipal y a los Servicios Técnicos Municipales.

8.- No podrán comenzar las obras hasta que no se disponga de materiales de reposición de pavimentos iguales a los existentes.

Asimismo no podrán dar comienzo las obras con anterioridad a la autorización que para la actuación pretendida deberá solicitar y ser otorgada, si procediera, por la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de las Artes de la Comunidad de Madrid, de conformidad a lo establecido en el Art.

22.1 de la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español, siendo obligatoria por tanto, la emisión de informe arqueológico suscrito por técnico competente.

9.- Cualquier rotura de servicios, incluidos los municipales, producida directa o indirectamente por las obras, deberá ser reparada de inmediato por el solicitante o empresa delegada y siempre a su cargo.

10.- Al objeto de disminuir el riesgo de roturas de servicios y como medida complementaria y preventiva, se deberá pasar por el eje de las canalizaciones solicitada el sistema de detección de servicios enterrados (georradar o similar).

11.- La presente licencia ampara únicamente la obra de canalización principal, no pudiéndose realizar acometidas, salvo que la I.R.G. a la cual conecten, esté legalizada.

12.- Se deberá respetar la Ordenanza Municipal de Protección del Arbolado a lo largo de toda la canalización.

13.- Se deberá respetar el Reglamento del Servicio Municipal de Abastecimiento de Agua Potable de Alcalá de Henares, BOCAM nº 274 de 18 de noviembre de 2002.

14.- La obra no podrá darse por finalizada hasta la total y completa reposición de las terminaciones superficiales: pintura, señalización, ajardinamiento, en su caso, o cualquier otro posible elemento que se hubiese visto afectado por la canalización objeto de la presente licencia.

15.- Las calas de tiro o empalmes no podrán estar abiertas más de 48 horas.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

15.- TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U.- Solicita Licencia de Obras para apertura de cala para reparación de tapa rota en arqueta en C/

Ávila c/v C/ Cuenca.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 01- 04-13.

- Informe jurídico de fecha 10-04-13.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros,

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acuerda conceder la Licencia de Obras solicitada, debiendo presentar una fianza por importe de 100,00 € para responder del correcto acabado de las terminaciones superficiales y de 100,00 € para garantizar la gestión de los residuos.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

16.- TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U.- Solicita Licencia de Obras para legalización de cala por rotura de tapa telefónica en arqueta en Avda. Lope de Figueroa c/v C/ Sigüenza.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable a la concesión de la licencia solicitada:

- Informe del Servicio de Infraestructuras Urbanas de fecha 06- 03-13.

- Informe jurídico de fecha 14-03-13.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda conceder la Licencia de Obras solicitada, debiendo presentar una fianza por importe de 100,00 € para responder del correcto acabado de las terminaciones superficiales y de 100,00 € para garantizar la gestión de los residuos. (Según Convenio).

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

Asuntos varios

17.- Propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo para aprobar el Proyecto Modificado nº 1 del Proyecto de Urbanización de la C/

Santiago (PROGRAMA PRISMA), redactado por el Director Facultativo de la Obra, D. Rafael Fernández Fernández, con un presupuesto base de licitación sin IVA de 1.101.694,89 €.

Visto el informe del ICCP Municipal Jefe, Director del Servicio de Infraestructuras Urbana de fecha 11-04-13 y que a continuación se transcribe:

“El proyecto de la urbanización de la C/ Santiago fue redactado por los técnicos del Servicio de Infraestructuras del Ayuntamiento de Alcalá de Henares y entregado a la Dirección General de Cooperación con la Administración Local para su inclusión en el programa PRISMA y su realización.

Aceptado el proyecto en el indicado programa, ha sido realizada la obra siendo dirigida por una Dirección Facultativo externa al Ayuntamiento y designada por el organismo comunitario Nuevo Arpegio y puesta al uso público el 20 de noviembre del 2012.

Según se indica en la Memoria del Proyecto Modificado, durante la realización de la obra surgieron nuevas necesidades definidas por la Comisión Local del Patrimonio Histórico de Alcalá de Henares, que supone una modificación del pavimento a utilizar, así como por variaciones en las demandas de actuaciones de las compañías de servicios existentes en la zona, Telefónica y Unión

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Fenosa. También surgieron imprevistos consistentes en modificaciones de las unidades de obra de la red de alumbrado público y señalización.

Como resultado de las nuevas necesidades e imprevistos surgidos ha sido necesario la introducción de 30 precios nuevos y el aumento del plazo de ejecución en un mes y medio sin cambiar el presupuesto líquido de la obra, ya que el Presupuesto Adicional Líquido del Proyecto Modificado nº 1 del Proyecto de Urbanización de la calle Santiago es de 0 €.

Siendo precisa la aprobación por el Ayuntamiento de Alcalá de Henares de este Proyecto Modificado nº 1, se informa favorablemente el proyecto redactado por el Director Facultativo de la obra, Rafael Fernández Fernández, con un Presupuesto Base de Licitación, sin I.V.A. de 1.101.694,89 €.”

La Junta de Gobierno Local, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada.

Certifíquese y pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo – Servicio de Infraestructuras Urbanas-, a los efectos oportunos.

18.- D. Francisco Javier Olaciregui, en rep. de EDALO, S.A.- Presenta Proyecto de Infraestructuras Común de Acceso a los Servicios de Telecomunicaciones visado con fecha 25-03-13 suscrito por el Ingeniero de Telecomunicación D. Pedro Paz Fernández, al objeto de dar cumplimiento al condicionante nº 2 impuesto en el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 19-11-12, que aprobaba el Proyecto de Ejecución Modificado presentado, para construcción de complejo inmobiliario compuesto de dos edificios independientes sobre rasante, destinándose uno de ellos a residencia de estudiantes compuesto por 30 unidades de residencia y 7 trasteros en el espacio bajo cubierta, y el otro edificio destinado a residencia de estudiantes (fundación) exclusivo para caballeros que dispone de 16 habitaciones, y una planta sótano baja rasante común a ambos edificios, destinado a 48 plazas de aparcamiento, 23 trasteros, cuartos de instalaciones (grupo de presión, aseo, lavandería, etc.) y urbanización interior en la parcela M-17D del Sector 34 A proveniente de la agrupación de la Parcela M-17D2 o resto de finca matriz y de la parcela M-17D3, C/ Carabaña esquina a C/

Perales de Tajuña, consistente en que deberán presentar en el plazo máximo de 15 días Proyecto de Infraestructuras Común de Acceso a los Servicios de Telecomunicaciones.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto:

- Informe del Arquitecto Municipal, Director de Servicios Técnicos de Urbanismo de fecha 10-04-13.

- Informe jurídico de fecha 15-04-13.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, dar por cumplimentado el condicionante nº 2 impuesto en el acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 19- 11-12, nº 109.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica

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de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

19.- Dª Laura Delgado Alcaide en rep. de ALDESA CONSTRUCCIONES, S.A.- Solicita modificación de la Licencia para instalación de grúa en C/ Carabaña c/v C/ Perales de Tajuña, concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 18-02-13, en lo relativo al tiempo previsto de ocupación, pasando de 18 meses a 7 meses. Asimismo solicitan la modificación de la consiguiente tasa por ocupación de vía pública.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto:

- Informe jurídico de fecha 10-04-13 en el que se hace constar que por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 18-02-13 fue concedida Licencia a favor de Dª Laura Delgado Alcaide en rep. de ALDESA CONSTRUCCIONES, S.A. para instalación de grúa-torre, Marca COMANSA, Mod.: NT-40100, Nº de Fabricación 10277, Año de Fabricación 1998, en C/ Carabaña c/v C/Perales de Tajuña. En dicha Licencia en base al informe del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicios Técnicos- Licencias, que la superficie de barrido de la pluma sobre suelo público será de 971 m durante 18 meses.

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicios Técnicos-Licencias, de fecha 13-03-13 de carácter favorable a la rectificación de dicho plazo, de 18 a 7 meses, toda vez que la estimación de 18 meses anterior debe ser la total desde el inicio de las excavaciones hasta el final de la obra.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la modificación de la Licencia para instalación de grúa concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 18-02-13, nº 9, en lo que se refiere al tiempo previsto de ocupación, pasando a ser de 7 meses.

Asimismo se acuerda comunicar el presente acuerdo al Servicio de Gestión Tributaria en lo que se refiere a la modificación de las tasas por dicha ocupación de vía pública.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

20.- D. Roberto Camarillo Alcalde, en rep. de OPTICA CAMARILLO, C.B.- Solicita licencia para cambio de uso de vivienda a local comercial en C/ Torrelaguna, 25-bajo-D, (antes C/ Torrelaguna, 29, Bajo D).

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto, todos ellos de carácter favorable al cambio de uso solicitado:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Jefe de Servicios Técnicos-Licencias, de fecha 05-04-13.

- Informe jurídico de fecha 17-04-13 en el que se hace constar que obra en el expediente copia de la Nota Simple del Registro de la Propiedad nº 5 de Alcalá de Henares en el que consta que la vivienda está situada en la C/ Torrelaguna, 29, Planta Baja,

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Puerta D, con el nº de finca registral 3339/Bis, Identificador único de la finca 2807000024618, actual C/ Torrelaguna, 25- bajo-D, según consta en el informe emitido por la Oficina del Catastro Municipal de fecha 15-03-13. Asimismo consta copia de la licencia de funcionamiento de local comercial destinado a Papelería Librería concedida por Decreto de Alcaldía, de fecha 04-05-83, y en la actualidad licencia de funcionamiento correspondiente a comercio de Óptica otorgada por Resolución de Alcaldía de fecha 25-04-02.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, conceder el cambio de uso de vivienda a local comercial en C/ Torrelaguna, 25-bajo-D, solicitado.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

21.- Propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo para requerir a PUBLIALCA, S.L., GESMAR PROICASA, S.A. y DOMUS CARTERA, S.L., el desmontaje de 4 monopostes publicitarios instalados en el interior de una zona de aparcamiento en el Sector 32-C, Parcela 1, con apercibimiento de ejecución subsidiaria.

Visto el informe jurídico emitido al efecto por la Directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística con fecha 14-03-13 en el que se hace constar que:

-El expediente de desmontaje de cuatro monopostes publicitarios instalados en el interior de una zona de aparcamientos en Sector 32-C Parcela 1, fue iniciado a Publialca, S.L., Gesmar Proicasa, S.A. y Domus Cartera, S.L., por Resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 30-10- 2012, valorándose su desmontaje a realizar por ejecución subsidiaria en 34.373,90 €, y no habiéndose presentado alegaciones a la iniciación del expediente y valoración efectuada.

- De conformidad con lo establecido en el Art. 195.3 en relación con el 194.1, 2 y 6 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La Junta de Gobierno Local, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada y en consecuencia requerir a Publialca, S.L., Gesmar Proicasa, S.A. y Domus Cartera, S.L., para que proceda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación del presente acuerdo, al desmontaje de cuatro monopostes publicitarios instalados en el interior de una zona de aparcamientos en Sector 32-C Parcela 1; con apercibimiento que de no hacerlo así, el Ayuntamiento lo podrá realizar a costa del obligado a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el Art. 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y según la valoración efectuada por los Servicios Técnicos Municipales que asciende a la cantidad de 34.373,90 €, corriendo todos los gastos, daños y perjuicios a cargo del

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obligado, teniendo dicho importe el carácter de provisional y pudiendo el Ayuntamiento exigir su pago antes de la ejecución de dichas obras, y siempre a reserva de la liquidación definitiva y una vez finalizadas las mismas.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Disciplina Urbanística-, a los efectos oportunos.

22.- Propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo para requerir a Don F. C. S. la demolición de obras de ampliación de vivienda en zona superior de rampa de garaje ampliando la cocina, en C/

Corpa, 1, con apercibimiento de ejecución subsidiaria.

Visto el informe jurídico emitido por la Directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística con fecha 14-03-13 en el que se hace constar que:

- El expediente de demolición de obras de ampliación de la vivienda en zona superior de rampa de garaje ampliando la cocina en C/ Corpa, 1, fue iniciado a Don F. C. S. por Resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 27-6-2012, valorándose su demolición a realizar por ejecución subsidiaria en 5.330,14 € y no habiéndose presentado alegaciones a la iniciación del expediente y valoración efectuada.

- De conformidad con lo establecido en el Art. 195.3 en relación con el 194.1, 2 y 6 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La Junta de Gobierno Local, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada y en consecuencia requerir a Don F. C. S., para que proceda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la recepción de la notificación del presente acuerdo, a la demolición de obras de ampliación de la vivienda en zona superior de rampa de garaje ampliando la cocina en C/ Corpa, 1, con apercibimiento que de no hacerlo así, el Ayuntamiento lo podrá realizar a costa del obligado a través del procedimiento de ejecución subsidiaria previsto en el Art. 98 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y según la valoración efectuada por los Servicios Técnicos Municipales que asciende a la cantidad de 5.330,14 €, corriendo todos los gastos, daños y perjuicios a cargo del obligado, teniendo dicho importe el carácter de provisional y pudiendo el Ayuntamiento exigir su pago antes de la ejecución de dichas obras, y siempre a reserva de la liquidación definitiva y una vez finalizadas las mismas.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Disciplina Urbanística-, a los efectos oportunos.

23.- Propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo para DESESTIMAR el recurso de reposición interpuesto por Iglesia Evangélica “AGUA DE VIDA”, frente al acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 05-06-12 que requería el desmontaje de elementos decorativos, en acceso al inmueble sito en C/

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Cardenal Tenorio, 1.

Atendido al informe emitido por la Directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística con fecha 04-03-13 en el que se hace constar que:

- Visto el recurso de reposición interpuesto por Don Á. A. S., en rep. de la Iglesia Evangélica “Agua de Vida”, frente al Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 05-06-12 por la que se requería el desmontaje de los elementos decorativos añadidos a la puerta así como las macollas doradas, condicionante impuesto a la licencia concedida para la legalización de puerta de acceso al inmueble de C/ Cardenal Tenorio, 1, valorándose su desmontaje a realizar por ejecución subsidiaria en 295,74 €.

- En dicho recurso de reposición expone que los únicos elementos a eliminar eran los torneados y el vidrio de espejo, fue al presentar fotografía de estado modificado para la instalación de la puerta de acceso al inmueble, nos requirieron que elimináramos las macollas doradas y elementos decorativos cuando anteriormente el técnico nos comentó que las macollas podían quedarse al ser pocas (cuatro).

- La licencia concedida por Decreto de fecha 7-6-2011 para legalizar la instalación de la puerta, tiene el condicionante de que los elementos decorativos añadidos a la puerta así como las macollas doradas deberán ser eliminados, si el interesado no estaba conforme con la licencia que le fue concedida, debió recurrirla en los plazos legalmente establecidos.

- Por el arquitecto municipal de Disciplina Urbanística ha sido emitido informe en el que se pone de manifiesto que: “Según información facilitada por el Inspector de Obras de la zona, girada visita de inspección se ha podido comprobar que los elementos decorativos de la puerta no se han eliminado así como el vidrio espejo. Las macollas decorativas se han pintado de negro. Eran los condicionantes de la licencia concedida en Junta de Gobierno Local de fecha 07-06-2011.”

La Junta de Gobierno Local, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada y en consecuencia DESESTIMAR el recurso de reposición interpuesto por Don Á. A.

S., en rep. de la Iglesia Evangélica “Agua de Vida”, frente al Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 05-06-2012 con la motivación anteriormente expresada.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Disciplina Urbanística-, a los efectos oportunos.

24.- Propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo para proceder al ARCHIVO del expediente de legalización de obras de construcción de cuerpo edificado en patio de parcela en C/

Damas, 10, Bajo B, toda vez que el procedimiento ha caducado.

Visto el informe emitido por la Directora del Área Jurídica de Disciplina Urbanística con fecha 21-03-13 en el que se hace constar que:

- Visto el recurso de reposición interpuesto por Doña C. J. T.,

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frente a la Resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 22-3-2012, por la que se desestimaban las alegaciones formuladas por la interesada a la Resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 25-8-2010 que requería la legalización de obras de construcción de cuerpo edificado en patio de parcela en C/Damas, 10 Bajo B.

- En la primera de las alegaciones expone que el procedimiento está caducado, en efecto han transcurrido más de los diez meses previstos en la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, habiendo caducado el procedimiento.

- La segunda de las alegaciones hace referencia a la prescripción o caducidad de la acción administrativa, manifestando que la obra se realizó hace más de cuatro años.

Por el arquitecto municipal de Disciplina Urbanística se informa con fecha 27-02-13 sobre ésta alegación poniendo de manifiesto que:

“El ultimo párrafo de la alegación segunda reza textualmente:

Por su claridad y brevedad a efectos de la acreditación de la finalización de obras se acompaña carta remitida por el citado técnico (Arquitecto: D. Ricardo Valdenegro Valenzuela) informando del presupuesto por los servicios contratados para examen y peritación de la obra realizada, donde expresamente se hace constar su visita a la finca antes del 27-05-08 y se refiere en todo momento a obras terminadas o realizadas, que se adjunta como DOCUMENTO Nº 1.

1. Se procede a examinar dicho documento y se puede informar que dicho documento está incompleto o bien es una parte de un informe faltando las conclusiones específicas del objeto del informe, en el cual está subrayada la frase “Si están correctamente ejecutadas” pero si contextualizamos la frase es un condicional (en el caso de que estén correctamente ejecutadas).

2. Asimismo la frase subrayada en el documento incompleto presentado como dictamen, cuando es una carta de presentación y oferta de honorarios que dice (el subrayado) “Se han ejecutado las obras” se refiere en genérico (por lo tanto el encargo, tendría su importancia no solo a la hora de exponer a la comunidad de propietarios la forma en que se han ejecutado las obras).

3. Como se aprecia en ningún momento del escrito presentado se dictamina nada expreso sobre las obras objeto del expediente, ni en consecuencia se habla de estas obras terminadas o realizadas.”

- Sin embargo si consta en el expediente un informe de junio del año 2008 (copia) del arquitecto D. Ricardo Vadenegro Valenzuela sin firma y por lo tanto carente de valor, manifestando que la obra ejecutada en patio de C/ Damas, 10 bajo B consistente en la ampliación de la vivienda mediante la construcción de una habitación, no afecta a la estructura del edificio, y si recomienda un control de los diferentes elementos

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como (condiciones del terreno, nivel freático, etc.)

- En la tercera de las alegaciones manifiesta que comunicó al Ayuntamiento la realización de las obras mediante escrito de actuación comunicada, habiendo prescrito la infracción.

El arquitecto municipal de Disciplina Urbanística en el informe antes citado indica que:

“Respecto a la alegación 3ª se informa lo siguiente: con fecha 13-05-08, Doña C. J. T., solicitó una actuación comunicada consistente en Retirada de alicatado y solado en baño y cocina, alicatado en cocina y baño y aplicación de pintura plástica en toda la vivienda.

Como se puede apreciar no hace ninguna mención expresa a la ampliación de 4 vivienda en patio objeto del expediente por lo tanto las afirmaciones de que “Informó a la administración actuante” distan de ser correctas.

En el mismo expediente el técnico de Casco Histórico le requiere presentación de documentación acorde con la catalogación de protección estructural especificando que para este tipo de edificios no pueden tramitarse la solicitud por actuación comunicada.

Si bien se observa en la copia del aviso de correos, que dicha comunicación ha sido enviada a la calle Damas nº 20.

Independientemente de lo detallado en el informe, no se encuentran en este, razones técnicas para estimar su contenido.

Para poder realizar la obra de referencia hubiese sido precisa la entrega de proyecto y dirección facultativa.”

- Las obras realizadas nada tienen que ver con la solicitud por actuación comunicada (alicatado y solado de baño y cocina y pintura plástica), la obra ejecutada es una construcción en patio y para su realización hubiera sido precisa la realización de proyecto y dirección facultativa.

- Por ello, teniendo en cuenta que para la realización de las obras hubiera sido preciso la realización de proyecto y dirección facultativa, lo que realmente acredita la finalización de las obras es el certificado final de obra en el cual el técnico director de la misma certifica que la obra ha finalizado y está dispuesta para servir al fin y uso previstos.

- La infracción no ha prescrito, puesto que no queda documentado que éstas finalizaran hace más de cuatro años, al no constar la finalización de las obras no puede ser de aplicación la caducidad del plazo previsto en el Art. 195 ni la prescripción del Art. 236 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada y en consecuencia:

1º) Proceder al ARCHIVO del expediente de legalización de obras de construcción de cuerpo edificado en patio de parcela en C/ Damas, 10 Bajo B puesto que el procedimiento ha caducado.

2º) Comunicar a la interesada que se iniciará expediente de legalización de obras de construcción de cuerpo edificado en

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patio de parcela en C/ Damas, 10 Bajo B por Resolución de la Concejalía de Urbanismo.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Disciplina Urbanística-, a los efectos oportunos.

25.- D. Luis Javier Corredor Díaz, en rep. de TALLERES REYCO, REY FLORES S.L.N.E.- Solicita prórroga de la Licencia de Obras concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 24- 09-12 para instalación de placas de paso de carruajes con rebaje de bordillo, en C/ Ronda del Henares, 1 A.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto:

- Informe del Arquitecto Técnico Municipal, Servicio de Intervención Urbanística de fecha 14-03-13.

- Informe jurídico de fecha 03-04-13 en el que se hace constar que el Art. 4.1.30 de las Normas Urbanísticas del vigente P.G.O.U. establece que las licencias que amparen obras cuya ejecución no hubiere comenzado dentro de los seis meses siguientes a la fecha de su otorgamiento, caducarán por el transcurso de dicho plazo, pudiéndose solicitar, por causa justificada y en su caso, la prórroga de aquéllas por una sola vez, y por otros seis meses.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda conceder la prórroga solicitada, por un plazo máximo de seis meses.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

26.- Dª Rosa María Barbas Simón, en rep. de COMUNIDAD DE AGUSTINAS NTRA. SRA. DE LA CONSOLACIÓN.- Solicita prórroga de la Licencia de Obras concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 27-08-12 para la recuperación de la Espadaña de la Iglesia del convento de las RR. MM. Agustinas de Ntra. Sra. de la Consolación, en C/ Gallo, 2.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto:

- Informe del Jefe del Servicio de Patrimonio Histórico de fecha 20-03-13.

- Informe jurídico de fecha 03-04-13 en el que se hace constar que el Art. 4.1.30 de las Normas Urbanísticas del vigente P.G.O.U. establece que las licencias que amparen obras cuya ejecución no hubiere comenzado dentro de los seis meses siguientes a la fecha de su otorgamiento, caducarán por el transcurso de dicho plazo, pudiéndose solicitar, por causa justificada y en su caso, la prórroga de aquéllas por una sola vez, y por otros seis meses.

La Junta de Gobierno Local, por unanimidad de sus miembros, acuerda conceder la prórroga solicitada, por un plazo máximo de seis meses.

Pase el expediente a la Concejalía de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

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27.- Propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo para DENEGAR la devolución de la fianza por importe de 50,00 € depositada por IBERDROLA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.A.U. para responder del correcto acabado de las terminaciones superficiales de la licencia de obras para legalización de cala de urgencia en C/

Ruperto Chapí, 6; Licencia de Obras concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local 13-03-12, nº 30.

Visto el informe jurídico de fecha 16-04-13 así como el informe emitido por el ITOP Municipal, Jefe de Sección de Infraestructuras Área II de fecha 04-04-13 de carácter desfavorable a la solicitud efectuada, toda vez que de conformidad con lo establecido en el Art. 45, Libro II, de las Ordenanzas Municipales de Policía y Buen Gobierno, el plazo de garantía de cualquier obra llevada a cabo por Compañías, Empresas, Organismos o particulares para restituir el suelo municipal al estado previo a dichas obras, será de dos años, contado a partir de la fecha en que fueron terminadas, y que de conformidad con el Art. 41 del citado Libro y Ordenanzas, la devolución de tales fianzas se producirá una vez pasado el plazo de garantía definido en los artículos subsiguientes.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, DENEGAR la devolución de la fianza solicitada, con la motivación anteriormente expresada.

Pase el expediente a la Delegación de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

28.- Propuesta del Concejal Delegado de Urbanismo para DENEGAR la devolución del aval por importe de 1.500,00 € depositado por INGENIERÍA VIESCA, S.L. para responder del correcto acabado de las terminaciones de canalización eléctrica en C/ Rumanía, 5;

Licencia de Obras concedida por acuerdo de Junta de Gobierno Local 21-01-13, nº14.

Visto el informe jurídico de fecha 11-04-13 así como el informe emitido por el ITOP Municipal, Jefe de Sección de Infraestructuras Área II de fecha 08-04-13 de carácter desfavorable a la solicitud efectuada, toda vez que de conformidad con lo establecido en el Art. 45, Libro II, de las Ordenanzas Municipales de Policía y Buen Gobierno, el plazo de garantía de cualquier obra llevada a cabo por Compañías, Empresas, Organismos o particulares para restituir el suelo municipal al estado previo a dichas obras, será de dos años, contado a partir de la fecha en que fueron terminadas, y que de conformidad con el Art. 41 del citado Libro y Ordenanzas, la devolución de tales fianzas se producirá una vez pasado el plazo de garantía definido en los artículos subsiguientes.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad de sus miembros, DENEGAR la devolución de la fianza solicitada, con la motivación anteriormente expresada.

Pase el expediente a la Delegación de Urbanismo –Área Jurídica de Licencias Urbanísticas-, a los efectos oportunos.

(23)

PATRIMONIO HISTÓRICO

29.- Propuesta del Concejal Delegado de Patrimonio Histórico para aprobar el Convenio entre la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Autónoma de Madrid y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la realización de prácticas externas en el Servicio de Arqueología.

Vistos los siguientes informes emitidos al respecto:

- Informe del Técnico de Patrimonio Histórico de fecha 27-03- 13.

- Informe de la Directora del Área de Régimen Jurídico de fecha 11-04-13, examinado y conforme por el Titular del O.A. a la Junta de Gobierno Local y Asesoría Jurídica.

- Informe de la Intervención Municipal de fecha 18-04-13 en el que se pone de manifiesto las obligaciones del Ayuntamiento de Alcalá de Henares se incluyen en la cláusula cuarta del Convenio, considerando que pueden realizarse con los medios propios sin que supongan mayor gasto y sin que exista aportación expresa alguna.

La Junta de Gobierno Local, acuerda, por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada.

Pase el expediente a la Concejalía de Patrimonio Histórico y comuníquese a Intervención Municipal y al Registro Único de Convenios, a los efectos oportunos.

30.- Propuesta del Concejal Delegado de Patrimonio Histórico para aprobar la solicitud de renovación del permiso de excavación Expediente 0796/10 en la Ciudad Romana de Complutum, con objeto de desarrollar las acciones en este yacimiento para 2013.

La Junta de Gobierno Local, a la vista del informe emitido por el Servicio de Arqueología con fecha 15-04-13, acuerda por unanimidad de sus miembros, aprobar la Propuesta presentada.

Pase el expediente a la Concejalía de Patrimonio Histórico, a los efectos oportunos.

ESTACIONAMIENTOS

31.- Propuesta del Concejal Delegado de Estacionamientos para autorizar la compra-venta de la propiedad de la plaza nº 2012 del Aparcamiento “Parque de Sementales”, entre el actual titular Don H. B. S. y el futuro adquirente Don J-A. F. E.

Visto el informe emitido por la Directora del Área Jurídica de Licencias Urbanísticas con fecha 12-04-13 y que a continuación se transcribe:

“ANTECEDENTES DE HECHO

(24)

1º) Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en sesión celebrada el día 12-03-02 se aprobó el anteproyecto para la construcción y explotación mediante concesión administrativa del estacionamiento subterráneo para residentes denominado

“Parque de Sementales”.

2º) Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión celebrada el día 15-10-02, se aprobaron los pliegos de condiciones jurídico-administrativas, económicas y técnicas que sirvieron de base para la licitación y ulterior adjudicación mediante concurso abierto de la referida concesión administrativa.

3º) Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión celebrada el día 22-04-03, se adjudicó la concesión administrativa para la construcción y explotación por período de cincuenta años del estacionamiento subterráneo para residentes denominado “Parque de Sementales” a la empresa “INGENIERÍA DE APARCAMIENTOS URBANOS, SOCIEDAD ANÓNIMA”

(INAUSA).

4º) Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión celebrada el día 17-02-04, se aprobó el “Inicio de actuaciones administrativas para la transmisión en régimen de propiedad de las plazas de aparcamiento subterráneo para vehículos automóviles de residentes denominado PARQUE DE SEMENTALES, a construir bajo el terreno del parque del mismo nombre, suelo público, previa segregación por desdoblamiento de titularidades del suelo y del subsuelo, desafectación y enajenación de volumen determinado de subsuelo.

5º) Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno, adoptado en sesión celebrada el día 13-07-04, se aprobó el “Convenio entre el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares y la sociedad concesionaria INGENIERÍA DE APARCAMIENTOS URBANOS SOCIEDAD ANÓNIMA (INAUSA)”, convenio por el cual se establecieron las bases para la extinción de la concesión, la desafectación y transmisión en propiedad del subsuelo donde se construirá el estacionamiento de PARQUE DE SEMENTALES en desarrollo y aplicación del acuerdo plenario de fecha 17-02-04, conforme a lo establecido en el Art. 3.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, aprobatorio del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales en relación con lo también establecido en el artículo 4 del Real decreto legislativo 2/2000, de 16 de Junio, aprobatorio del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

6º) Con fecha de 01-03-05 fue firmado el convenio a que nos hemos referido en el expositivo anterior entre el Excmo.

Ayuntamiento de Alcalá de Henares y la entidad mercantil

“INGENIERÍA DE APARCAMIENTOS URBANOS SOCIEDAD ANÓNIMA” (INAUSA).

7º) Con fecha de 26-03-09 la citada sociedad adquirió del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares (mediante escritura

(25)

otorgada ante el Notario de Alcalá de Henares Sr. D. José María Moreno González, registrada al número de protocolo 742) la propiedad de la unidad delimitada de subsuelo situada bajo el denominado Parque de Sementales.

Con fecha de 20-07-09 se produjo el otorgamiento por parte de INAUSA de la escritura de declaración de obra nueva, división horizontal y constitución de servidumbres en relación a dicho inmueble (porción de subsuelo adquirida por dicha sociedad mercantil) conforme a lo indicado en el párrafo precedente;

dicho otorgamiento se verificó ante el Notario de Alcalá de Henares D. Enrique Aldaz Riera, sustituto de su compañero de residencia D. José María Moreno González, asignándose a dicha escritura el número 1.889 de protocolo.

8º) La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada con fecha 09-06-09, adoptó acuerdo relativo a la extinción de la concesión administrativa que fuera adjudicada a la sociedad mercantil

“INGENIERÍA DE APARCAMIENTOS URBANOS SOCIEDAD ANÓNIMA” (INAUSA).

9º) Con fecha de 14-12-09 se otorgó ante el Notario Sr. D. José María Moreno González escritura de compraventa de la plaza de aparcamiento Nº 2012 del referido aparcamiento de “PARQUE DE SEMENTALES” SITUADA EN PLANTA SEGUNDA; en dicha escritura, a la que se asignó el número 2.629 de protocolo, figuran, como parte vendedora, la entidad mercantil

“INGENIERÍA DE APARCAMIENTOS URBANOS, SOCIEDAD ANÓNIMA”, y, como parte compradora, Don H. B. S. mayor de edad, vecino de Alcalá de Henares, con domicilio en la calle XXXX. El inmueble objeto de compra figuraba inscrito a nombre de la sociedad vendedora en el Registro de la Propiedad Nº5 de los de Alcalá de Henares al TOMO 4.284, LIBRO 742, FOLIO 186, FINCA Nº 51.164.

10º) Con fecha de 12-03-13, Don H. B. S. presentó solicitud a través del Registro General del Ayuntamiento de Alcalá de Henares (Entrada 9.009) por el que comunicaba su intención de

“vender” la plaza de aparcamiento de su propiedad (número 2.012) en el estacionamiento subterráneo para residentes denominado “Parque de Sementales”. A dicha solicitud se acompañaron los siguientes documentos:

Fotocopia de la escritura de compraventa de la plaza, fotocopia del contrato anterior a la escritura concertado para la adquisición de los derechos de uso sobre la plaza concertado con la empresa concesionaria INAUSA y original de contrato privado suscrito con fecha de 12-03-13 entre Don H. B. S.

(como vendedor y Don J-A. F. E. (como comprador) que establece un precio total de venta de 13.921,32 €.

Así mismo con dicha solicitud se adjunta la siguiente documentación correspondiente al comprador: fotocopia de su D.N.I., volante de Empadronamiento en el que constan empadronado en la C/ XXXX, y del Impuesto de Circulación correspondiente a vehículo de su propiedad (BMW y de Matricula

(26)

XXXX); y fotocopia del IVTM, respecto de la que debe suponerse interesa la adquisición de la propiedad de la plaza de aparcamiento subterráneo Nº 2012 del aparcamiento subterráneo denominado “PARQUE DE SEMENTALES”.

11º) Desde la fecha de 22-03-13 cabría el ejercicio del derecho de tanteo por parte del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares en relación a la citada plaza de aparcamiento, si existiera voluntad y disposición de medios a tal fin.

12º) En informe emitido con fecha de 12-03-13 por D. Manuel Rioyo Jambrina, Sociólogo adscrito a la Concejalía de Urbanismo y Vivienda, del que se ha dado traslado en unión de toda la documentación presentada que debe conformar el expediente administrativo, se consideran los hechos anteriormente referidos y, tras hacer mención expresa tanto al contenido de los Pliegos de Condiciones que sirvieron de base para la adjudicación de la concesión administrativa para la construcción y explotación del aparcamiento, así como al Convenio firmado con fecha de 01- 03-05 entre el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Henares y la sociedad que fuera concesionaria, “INGENIERÍA DE APARCAMIENTOS URBANOS, S.A.”, y también al contenido de la escritura de compraventa suscrita entre INAUSA y D. HECTOR BRIOSO SANTOS, efectuando una interpretación finalista respecto de la voluntad e intereses municipales a través del contenido del Segundo Plan de Aparcamientos Subterráneos de Alcalá de Henares, efectúa la propuesta la siguiente:

“En base a lo expuesto, salvo mejor o más autorizado criterio, y a expensas del informe que la Directora del Área Jurídica de Licencias Urbanísticas emita, se entiende que la Junta de Gobierno Local puede autorizar la compraventa de la plaza de garaje nº. 2012 del estacionamiento para residentes de “Parque de Sementales” a realizar entre Don H. B. S. como vendedor y Don J-A. F. E., como comprador.

Este informe, unido a su expediente, se remite al Área Jurídica de Licencias Urbanísticas. La decisión última sobre los cambios de titularidad de las plazas de aparcamiento corresponde a la Junta de Gobierno Local. Una vez adoptada la decisión se deberá informar de la misma a este servicio para comunicarla a los interesados y, en caso de aprobarse y de llevarse a término, proceder a realizar los cambios oportunos en el registro de propietarios de plazas de aparcamiento del estacionamiento de

“Parque de Sementales” y notificarlo al administrador de la comunidad de propietarios del estacionamiento.”

A los anteriores antecedentes de hecho resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- Las pliegos de condiciones jurídico-administrativas, económicas y de explotación, y técnicas, que rigieron en su día el proceso de licitación para la adjudicación de la concesión administrativa para la construcción y explotación estacionamiento subterráneo para residentes en esta ciudad

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