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MANUAL DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO EJERCICIO FISCAL 2005

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MANUAL DE

PROGRAMACIÓN Y

PRESUPUESTO

EJERCICIO FISCAL 2005

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MANUAL DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO 2005

ÍNDICE

DISPOSICIONES GENERALES ... 10

I) PROCESO INTEGRAL DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO... 11

! !! ! LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS A OBSERVAR DURANTE LA FORMULACIÓN DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2005... 11

II) INSUMOS... 25

! !! ! Nivel de agregación del objeto de gasto ... 25

" Agregación del objeto del gasto en ramos ... 25

" Agregación del objeto del gasto en entidades ... 27

! !! ! Asociación de estructuras económicas ... 30

! !! ! Analítico de claves AC 01 Ramos ... 31

" Ramos administrativos... 31

" Ramos generales ... 33

" Ramos autónomos... 34

! !! ! Analítico de Claves AC 01 Programático Entidades ... 34

! !! ! Modificaciones / actualizaciones... 36

" Estructuras programáticas... 36

" Objetivos, metas e indicadores ... 37

" Asociación de objetivos, metas e indicadores a estructuras programáticas ... 37

" Programas y proyectos de inversión ... 37

! !! ! Estrategia programática ... 39

! !! ! Analítico de claves de entidades paraestatales (ACEP)... 40

" ACEP Flujo de efectivo ... 40

" ACEP Origen y Aplicación de Recursos (devengable)... 41

" ACEP Estado de resultados y cuentas de balance (devengable) ... 41

III) METODOLOGÍAS ... 45

! !! ! Metodologías para los insumos provenientes de los Ramos... 45

! !! ! Metodologías para los insumos provenientes de las Entidades... 46

! !! ! Clasificación económica ... 52

(4)

!

!!

! Flujos de efectivo ... 52

! !! ! Origen y Aplicación de Recursos ... 72

! !! ! Estado de Resultados y Cuenta de Balance ... 74

! !! ! Metodología para el cálculo de los balances de Productoras de Bienes y Servicios... 75

! !! ! Metodología para el cálculo de los balances de Fondos y Fideicomisos... 75

! !! ! Metodología para el cálculo de los balances de Bancos de Fomento ... 76

! !! ! Metodología para el cálculo de los balances de Aseguradoras ... 77

IV) PROCESOS ... 81 ! !! ! Controles ... 81 ! !! ! Techo Total ... 81

" Techo Regularizable de Servicios Personales... 81

" Validaciones (reglas mínimas)... 82

V) PRODUCTOS... 87

! !! ! Reportes a la H. Cámara de Diputados ... 87

" Reportes para el Proyecto de Presupuesto ... 89

Ramos... 89

" Reportes para el Proyecto de Presupuesto Entidades... 115

Entidades Paraestatales de Control Presupuestario Directo... 115

Entidades Paraestatales de Control Presupuestario Indirecto ... 133

" Exposición de Motivos ... 149

Ramos... 149

" Exposición de Motivos ... 159

Entidades de Control Presupuestario Directo ... 159

" Reportes Adicionales en el Presupuesto Aprobado ... 169

Ramos... 169

Entidades de Control Presupuestario Indirecto... 175

! !! ! Consultas básicas para Ramos ... 181

" Consulta AC 01 Ramos para la generación de reportes con orientación programática ... 181

" Consulta Capítulo de Gasto del Ramo ... 182

" Consulta AC 01, base devengable de las entidades para la generación de reportes con orientación programática... 183

" Consulta de las entidades de un Sector por capítulo de gasto... 183

" Consulta por capítulo de gasto de cada una de las unidades responsables de un Sector... 183

" Consultas AC 01, base efectivo y por capítulo de gasto ... 184

! !! ! Marco para el Gasto Público Federal ... 185

! !! ! Delimitación de los Ejecutores de Gasto Público Federal ... 185

! !! ! Clasificación administrativa para el proceso de programación y presupuesto ... 186

! !! ! Clasificación de control presupuestario de las entidades ... 187

(5)

!

!!

! Marco administrativo de la gestión programática presupuestaria ... 187

! !! ! Clave presupuestaria... 188 ! !! ! Conceptos de programación ... 190 ! !!

! Insumos del PIPP... 193

!

!!

! Reportes del PIPP... 195

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(7)

Con fundamento en los artículos 1°, 2°, 4°, 5°, 12, 13, 15, 16, 19, 24 y 38 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal (Ley) 18, 25, 28 y 29 del Reglamento de la Ley, y 7° y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) se comunican el presente Manual de Programación y Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2005.

DISPOSICIONES GENERALES

De la Programación-Presupuestación 2005

El presente manual se presenta en forma complementaria a las “Disposiciones Generales de la Programación-Presupuestación para el Ejercicio Fiscal 2005”, a las “Normas y Lineamientos para las Actividades del Proceso de Programación-Presupuestación 2005”, así como a los “Lineamientos para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto 2005”, emitidos mediante oficios circulares 307-A-0250 del pasado 15 de marzo, 307-A.-0577 del pasado 7 de junio, y 307-A.-0740 del pasado 20 de julio, respectivamente.

Objeto

El presente manual tiene como objetivo principal, guiar a las dependencias y entidades en la formulación de sus proyectos de presupuesto, con el fin de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) lleve a cabo la integración del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (Proyecto de PEF) que se presenta a la consideración de la H. Cámara de Diputados.

Ámbito de Aplicación

Las presentes disposiciones serán de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2° y 13 de la Ley, el contenido de este documento será aplicable a los ramos generales y autónomos en la formulación de los proyectos de presupuesto respectivos.

Consideraciones Generales

La estructura del documento responde a la necesidad de reflejar la vinculación que existe entre los conceptos e instrumentos requeridos para la formulación del Proyecto de Presupuesto de Egresos y su desarrollo a través del sistema para el Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP).

Al igual que en el presupuesto 2004, el esquema para 2005 está diseñado para que las dependencias y entidades incorporen los insumos fundamentales para el proceso presupuestario; es decir, las asignaciones de recursos propuestas para 2005 que se reflejarán en claves presupuestarias. También se incorporan como insumos fundamentales la captura de objetivos, metas e indicadores, la actualización del inventario de plazas, así como la identificación de los programas y proyectos de inversión en Cartera cuyos montos estarán asociados a los importes de inversión consignados en el analítico de claves en el caso del sector central de las dependencias, los órganos administrativos desconcentrados y las entidades de control presupuestario directo, y en el concepto de inversión física de flujo de efectivo en el caso de las entidades de control presupuestario indirecto.

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Los datos capturados, serán procesados, siguiendo metodologías específicas que se describen en este documento y darán como resultado la generación de los productos que se derivan del proceso presupuestario, tales como: reportes, consultas y bases de datos que serán el soporte de información fundamental para la integración y entrega del proyecto de presupuesto de egresos a la H. Cámara de Diputados.

La información que incorporen las dependencias y entidades en los módulos del PIPP, identificará en diferentes niveles de agregación, las asignaciones presupuestarias y la información relativa a los objetivos, metas e indicadores vinculados a las estructuras programáticas concertadas.

La información presupuestaria se producirá en dos momentos diferentes:

En una primera etapa se generarán los reportes y consultas que conformarán los tomos que forman parte del Proyecto PEF 2005, que se presentarán a la consideración de la H. Cámara de Diputados.

En una segunda etapa, una vez aprobado el presupuesto, se incorporarán, también a través del PIPP, los ajustes que en su caso se generen a partir de la aprobación legislativa.

Finalmente, para la aclaración de dudas o comentarios que se deriven de la lectura y aplicación de los lineamientos contenidos en el presente documento, las dependencias y entidades a través de las DGPYPs, y en general cualquier otra instancia deberán recurrir a la Unidad de Política y Control Presupuestario, como autoridad competente facultada para interpretar las disposiciones en materia presupuestaria conforme a lo previsto en los artículos 1°, 5°, 12 y 38 de la Ley de Presupuesto Contabilidad y Gasto Público Federal.

Nota:

En caso de que durante la formulación del Proyecto de PEF se considere necesario incorporar modificaciones a las metodologías que se detallan en este manual, o se requiera de la actualización a las funcionalidades del PIPP en sus diferentes módulos se comunicarán a través de avisos en el propio PIPP, con el propósito de que se tomen las medidas necesarias por las dependencias, entidades, Direcciones Generales de Programación y Presupuesto Sectoriales (DGPYPs), Unidad de Inversiones, Dirección General Adjunta Técnica de Presupuesto y otras áreas involucradas en el proceso presupuestario 2005 y se lleven a cabo las acciones que permitan reflejar adecuadamente en el PIPP, las asignaciones presupuestarias correspondientes.

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I) PROCESO INTEGRAL DE

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I)

PROCESO INTEGRAL DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO

! LINEAMIENTOS ESPECÍFICOS A OBSERVAR DURANTE LA FORMULACIÓN DEL

PROYECTO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN 2005

En la formulación del proyecto de presupuesto a realizar a través del PIPP, las dependencias y

entidades1 deberán observar entre otros criterios los siguientes:

# TECHOS,CONTROLES Y REGLAS DE INTEGRIDAD

Cifras de las asignaciones presupuestarias en pesos

1.- Las asignaciones tanto de los ramos como de las entidades, se capturan en pesos, sin

decimales.

Techos de gasto comunicados

2.- Las dependencias y entidades de control presupuestario directo deberán apegarse a los techos

de gasto comunicados.

3.- Las entidades de control presupuestario indirecto, atenderán los niveles de balance financiero o

primario que se determine según sea el caso.

Asignaciones para cumplir con las acciones y programas que resultan prioritarios para el Gobierno Federal

4.- En la formulación de sus propuestas para integrar el Proyecto de PEF las dependencias y

entidades deberán considerar las asignaciones específicas de las acciones y programas que resultan prioritarios para el Gobierno Federal.

Presupuesto regularizable de servicios personales de las dependencias

5.- Las dependencias deberán ajustarse al presupuesto regularizable de servicios personales que se

determine por la Unidad de Política y Control Presupuestario conjuntamente con la Dirección General Adjunta Técnica de Presupuesto.

Control de techos y validaciones en el PIPP para asegurar la congruencia de la información

6.- El cierre del ramo correspondiente o del Sector en el caso de las dependencias coordinadoras

sectoriales, en el PIPP solamente ocurrirá cuando las asignaciones se hayan distribuido adecuadamente apegándose al techo presupuestario comunicado y siempre y cuando se de cumplimiento a todas las validaciones. Esto implica que para cerrar un Sector, se tendrán que cubrir las validaciones, tanto del ramo, como de cada una de las entidades coordinadas.

7.- Para poder concretar el cierre señalado en el punto anterior, las dependencias y entidades

verificarán el cumplimiento de los requerimientos del PIPP para concluir el cierre de un Ramo o Sector en los siguientes aspectos:

1 Los presentes lineamientos serán aplicables a los ramos generales y ramos autónomos, conforme a lo

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$ Ajustar asignaciones al techo comunicado.

$ Cumplimiento de las reglas de validación del ramo o entidad.

$ Verificación de la asociación de actividades institucionales sustantivas a árboles completos

de objetivos, metas e indicadores.

$ Garantizar el cumplimiento de la construcción de la cadena completa objetivos, metas e

indicadores.

$ Envío de los documentos WORD Estrategia Programática y Exposición de Motivos por los

ramos y las entidades de control presupuestario directo.

$ En materia de programas y proyectos de inversión física:

% Garantizar la identificación en la cartera de inversión de cada uno de los programas y

proyectos de inversión, verificando que el monto total sea congruente con los importes asignados en el analítico de claves, en el caso del sector central de las dependencias, los órganos desconcentrados y las entidades de control presupuestario directo, y con el concepto de inversión física del flujo de efectivo en el caso de las entidades de control presupuestario directo...

% Conciliar información de la cartera de inversión con la asignación en claves

presupuestarias, según corresponda.

# PROGRAMACIÓN Y ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS

Modificación y nuevas estructuras programáticas

8.- La generación de nuevas estructuras programáticas, o la modificación a las existentes, se

realizará a través de su gestión en el módulo Estructuras Programáticas del PIPP.

Obligada asociación de estructuras programáticas a objetivos metas e indicadores

9.- Las dependencias y entidades deberán verificar que las estructuras programáticas que

correspondan a actividades institucionales sustantivas, estén asociadas con árboles completos de objetivos, metas e indicadores.

Solo para las actividades institucionales 001 y 002, no se requerirá de la asociación de objetivos, metas e indicadores, salvo en los casos excepcionales que se justifiquen ante la DGPYP correspondiente.

10.- Tratándose de los objetivos y metas cuya “medición” solo pueda realizarse en forma cualitativa,

será condición indispensable que los objetivos y metas se construyan expresando las características con las que se efectuará la valoración cualitativa. Por tanto, en los campos del indicador se deberá anotar entre paréntesis la leyenda: (indicador cualitativo).

Para efectos de seguimiento, los ramos y entidades que incluyan indicadores cualitativos, deberán remitir mediante oficio a la DGPyP correspondiente, las características de los indicadores que servirán para evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas.

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Construcción obligada de la cadena completa de objetivos metas e indicadores

11.- Al establecer objetivos, invariablemente deberán derivarse cuando menos una meta y un

indicador vinculados a cada objetivo. Por lo tanto, no procederá dar de alta objetivos que no se expresen en metas, ni metas que no sean evaluadas a través de indicadores.

Construcción de metas e indicadores orientados al presupuesto por resultados

12.- Al formular las metas e indicadores, se deberá evitar incorporar indicadores de gestión

administrativa interna de las dependencias y entidades. Por ejemplo, bajo un enfoque de presupuesto por resultados, no es relevante medir el total de casos o eventos atendidos entre el total programado.

Igualmente, no se considera relevante medir los recursos presupuestarios utilizados entre el total programado. Lo relevante sería cumplir la acción desarrollada con menos recursos con respecto a lo originalmente programado.

Tampoco es válido considerar como indicadores de resultados los que tengan por objeto medir gestiones administrativas u operativas que cotidianamente se realizan para la operación regular de las unidades responsables.

Gasto sustantivo y de administración como proporciones del gasto programable

13.- Una asignación eficiente de los recursos a gastar, consiste en ubicarlos fundamentalmente en

acciones que le devuelvan a la sociedad lo que esta entrega al gobierno a través del pago de impuestos y contribuciones; es decir, acciones en servicios de salud, educación, facilidades para la adquisición de vivienda, creación de infraestructura para fomentar la actividad económica, compensar desigualdades y redistribuir el ingreso vía subsidios a la población mediante reglas claras y sencillas, garantizar el orden público y la seguridad, proteger el medio ambiente, etc. Cada una de las acciones enunciadas deben ser capaces de expresarse en términos cuantitativos o cualitativos y por ende a través de esa expresión poder dársele seguimiento midiendo los avances obtenidos con respecto a lo programado, así como también poder evaluar su impacto en la población.

Lo anterior implica que los administradores de los recursos públicos deben destinar la mayor parte posible de los fondos presupuestados para atender acciones sustantivas, reflejándolas en metas concretas y medibles.

En las metas existe un componente de gasto administrativo que está vinculado directamente con la meta que se pretende desarrollar. Por ejemplo, al formular un programa del sector salud para combatir o prevenir las adicciones, se deben considerar como parte de la meta y por lo tanto, de su costo, los insumos utilizados para darle cumplimiento: los servicios personales del personal médico, administrativo y técnico correspondiente, los materiales y suministros de oficina y laboratorios, la difusión del programa, etc. Estas erogaciones forman parte del gasto sustantivo de las dependencias y entidades.

Por otra parte, existen gastos administrativos que se realizan con el fin de dar apoyo general para la operación regular de las oficinas que realizan esas acciones sustantivas. Este conjunto de acciones, comúnmente denominadas acciones adjetivas son igualmente importantes que las sustantivas, pero no forman parte del costo directo de las acciones sustantivas. Tal es el caso de

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las acciones que realizan las oficialías mayores o equivalentes en las dependencias y entidades, mismas que se reflejan dentro de las asignaciones que se incorporen en la actividad institucional (AI) 002.

En la AI 002, solo debe incluirse el costo de las áreas que son precisamente administrativas. Por lo tanto, no deben considerarse como gasto administrativo las asignaciones que a pesar de que se encuentran centralizadas en las áreas de la Oficialía Mayor o equivalente, corresponde a las unidades responsables sustantivas, tales como la nómina del personal de las unidades responsables sustantivas que se cubren a través de las áreas de Recursos Humanos; en este caso el gasto administrativo que se incorpora en la AI 002, solo debe ser la nómina del personal del área de recursos humanos; por lo tanto, la nómina de las unidades responsables sustantivas debe estar en una AI también sustantiva. El mismo concepto aplica para los recursos materiales y de servicios generales, así como los financieros; es decir, en la AI 002 solo debe estar el gasto administrativo propio de las áreas de la Oficialía Mayor o equivalente.

En función de lo anterior, el gasto administrativo orientado a las áreas de apoyo debe tender como tope máximo a un 10 por ciento como proporción del gasto programable de cada dependencia o entidad. Esto significa que en contraparte, el gasto sustantivo deberá representar cuando menos 90 por ciento del gasto programable.

Mejora continua de la programación de las asignaciones presupuestarias

14.- Será necesario examinar las actividades institucionales incorporadas durante la etapa de

concertación, con el fin de verificar que el contenido y la cantidad de actividades institucionales registradas, responda realmente al quehacer de las unidades responsables, de conformidad con las atribuciones que se consignan en los reglamentos interiores u otros ordenamientos legales que dan sustento a las funciones de las dependencias y entidades.

En el PIPP, se verificará que todas las actividades institucionales sustantivas estén asociadas a objetivos, metas e indicadores.

15.- Igualmente, deberán revisarse las actividades prioritarias a efecto de garantizar que las acciones

incorporadas como actividades relevantes, no correspondan a procesos generales que pueden compactarse e incorporarse en un número reducido.

16.- Las dependencias y entidades identificarán las asignaciones para inversión en infraestructura en

la actividad prioritaria K000 y en otras actividades prioritarias las correspondientes a los programas de inversión que se destinen fundamentalmente a la adquisición de mobiliario y equipo de oficina, de parque vehicular utilitario y obras de mantenimiento y rehabilitación de oficinas entre otros.

En el caso del sector central de las dependencias, los órganos desconcentrados y las entidades de control presupuestario directo, el monto total de las asignaciones incorporadas en la actividad prioritaria K000 y en otras estructuras programáticas con gasto de inversión sujeto a registro en Cartera, deberá coincidir con la asignación que se realice a los programas y proyectos registrados en la Cartera de Inversión.

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Obligada conciliación entre la asignación presupuestaria y la asignación a programas y proyectos de inversión registrados en Cartera.

17.- Las dependencias y entidades no podrán concluir el cierre del ramo o sector, si el monto total de

las asignaciones de inversión sujetas a registro en Cartera, no se ha distribuido totalmente en programas y proyectos registrados en la Cartera.

En consecuencia, en el PIPP se verificará que el monto asignado en el presupuesto de los ramos y entidades a gasto de inversión física, sea congruente con el importe total asignado a los programas y proyectos registrados en la Cartera de Inversión.

Es importante que se de cumplimiento a lo anterior, toda vez que la información que se gestione a través del módulo de Cartera de Inversión, servirá para generar los reportes que conforman el tomo VI de inversión que se incluirá en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005 que se remitirá a la H. Cámara de Diputados.

Niveles de agregación del objeto de gasto para la integración del Proyecto de PEF y para el control de las adecuaciones presupuestarias

18.- La integración del Proyecto de PEF 2005 la realizarán los ramos con un nivel de agregación de

objeto de gasto de concepto – partida. Por tanto, en la carga de datos en el AC 01, los ramos utilizarán el nivel de agregación de objeto de gasto vigente en 2004, con la adición de nuevas partidas y la apertura de otras más, que se requieren con vistas a un mejor control presupuestario, mismo que se detalla en el presente documento.

Interesa resaltar, que en congruencia con las mejoras para desregular el régimen del ejercicio presupuestario, una vez aprobado el presupuesto, el PIPP generará un AC 01 con un nivel de agregación más compacto y que será el que se incorporará en el Sistema Integral de Control Presupuestario (SICP) para efectos de las adecuaciones presupuestarias en el sistema que administra la Subsecretaría de Egresos (ver apartado “Nivel de agregación del objeto del gasto” del capítulo “II) Insumos” de este Manual de Programación y Presupuesto).

19.- En la formulación del proyecto de presupuesto, los ramos deberán considerar, cuando sea

aplicable, las nuevas partidas que se incorporan al Clasificador por Objeto del Gasto (ver subapartado Nivel de agregación del objeto del gasto, del capítulo de Insumos del presente Manual).

# EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Y ESTRATEGIA PROGRAMÁTICA

Congruencia en la exposición de motivos

20.- Los reportes Estrategia Programática (presentación horizontal) y Exposición de Motivos

(presentación vertical) se elaborarán utilizando las plantillas que se encuentran disponibles para estos efectos en el módulo de Integración del Proyecto de PEF del PIPP.

Para la elaboración de la Estrategia Programática, los ramos y las entidades de control presupuestario directo, desarrollarán un texto en el que se describirá un resumen sobre el desarrollo de las acciones que prevén realizar en 2005, y con ello dar cumplimiento a sus objetivos y metas, debiendo reflejar la vinculación directa de las estructuras programáticas con el Plan Nacional de Desarrollo y el programa de gobierno.

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La Estrategia Programática se reflejará en un documento WORD, que tendrá una extensión

máxima de cinco páginas, que podrá extenderse hasta seis en caso de que se incluyan cuadros

o gráficas.

En este documento se describirá brevemente la razón de ser de la dependencia y entidad. Posteriormente, deberán referirse los principales programas, actividades y proyectos que se desarrollarán en 2005, así como las metas que se espera alcanzar, destacando los elementos y acciones que se consideren más importantes en la ejecución del presupuesto que se apruebe para el próximo ejercicio.

Para la elaboración de la Exposición de Motivos, se podrá tomar como referencia el contenido de la Estrategia programática. Las dependencias y entidades de control presupuestario directo

deberán ajustarse a dos páginas para este documento.

Las Exposiciones de Motivos, únicamente se presentarán por los ramos presupuestarios y entidades de control presupuestario directo.

Ajuste de la Estrategia Programática

Una vez aprobado el Presupuesto, se podrán realizar ajustes a la Estrategia Programática, con el fin de reflejar las adecuaciones introducidas en la discusión legislativa.

# FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

Total congruencia entre los subsidios y transferencias de las entidades apoyadas y el ingreso en el flujo de efectivo

21.- En el caso de las entidades paraestatales apoyadas, deberá verificarse que los ingresos por

concepto de subsidios y transferencias que se registren en los ingresos del flujo de efectivo,

sean equivalentes a los importes asignados para estos fines en el AC01 del ramo correspondiente.

Las asignaciones por concepto de transferencias y subsidios que los ramos incorporen en las claves presupuestarias correspondientes a las entidades apoyadas deberán reflejarse por las entidades apoyadas en el AC 01 devengable que construyan y carguen en el PIPP estas últimas. Las entidades deberán asegurar las previsiones de pasivo circulante en el gasto del flujo de efectivo

22.- Las entidades paraestatales, al distribuir las asignaciones, deberán establecer con precisión las

prioridades de gasto para el próximo ejercicio. En este sentido, y en virtud de que el presupuesto de las entidades se presenta y autoriza en base flujo de efectivo, se deberán tomar las previsiones con el fin de acomodar en el proyecto de presupuesto 2005, los recursos necesarios para cubrir los compromisos que se espera estén devengados al 31 de diciembre de 2004 y que se estime que a esa fecha no será posible realizar su pago. Asimismo, deberán considerar que al finalizar el ejercicio 2005 existirá pasivo circulante que se cubrirá con cargo al flujo de efectivo 2006.

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Asegurar las identidades financieras

23.- Los flujos de efectivo de las entidades paraestatales se deberán calcular en términos de ingresos

y egresos efectivos (base de de flujo de efectivo o caja) por lo tanto es indispensable que cumplan con las identidades siguientes:

"Ingreso + Transferencias – Gasto = Balance Financiero = Endeudamiento (+/-) Variación en

disponibilidades.

"Variación en disponibilidades = Disponibilidad final – Disponibilidad inicial (+/-) diferencias

cambiarias, ajustes contables y operaciones en tránsito.

"Endeudamiento = Saldo deuda final – Saldo deuda inicial (+/-) diferencias cambiarias y ajustes

contables.

Las anteriores identidades serán aplicables para apoyar la congruencia de la información desde la fase de proyecto de presupuesto y posteriormente, durante el ejercicio presupuestario y su seguimiento.

24.- En lo referente a las operaciones ajenas, las entidades cargarán a montos brutos tanto en los

ingresos como en los egresos; en el reporte de flujo de efectivo se mostrará el resultado neto de ambas en el egreso, mostrándose el monto con signo positivo en el caso de que el monto registrado en el egreso resulte mayor que el monto registrado en el ingreso, y con signo negativo en el caso contrario.

Para el ejercicio 2005 las entidades deberán realizar un esfuerzo especial y analizar con precisión las expectativas de los flujos de fondos, a efecto de presupuestar desde la etapa de PPEF la totalidad de los recursos que se prevea ejercer tanto en los ingresos como en los egresos para las operaciones ajenas por cuenta de terceros, así como para las relativas a las

asociadas a operaciones recuperables.2

25.- Como instrumentos de apoyo a la presupuestación, que derivará en el proyecto de presupuesto,

las entidades pueden contar con el Clasificador por Objeto de Gasto para la Administración

Pública Federal.3

# BASE DEVENGABLE DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES

26.- Las entidades de control presupuestario directo cargarán su información de Origen y Aplicación

de Recursos. Para el efecto, deberán elaborar estados financieros proforma al 31 de diciembre de 2004 y 2005. Para el ejercicio fiscal 2005 se incorporará su proyecto de presupuesto de flujo de efectivo, adicionando aquéllas operaciones que no son relativas a flujo de efectivo y que obedecen a un criterio contabilizador sobre base devengable (principio acumulativo) incorporando reservas y depreciaciones bajo principios contables. Considerarán los ingresos independientemente del momento de su cobro y los egresos independientemente del momento del pago bajo el principio devengable.

2Por ejemplo, tratándose de terceros, los recursos asociados a la realización de proyectos de investigación financiados

con recursos de terceros deberán ser considerados en el PEF por las entidades en ambos rubros, es decir en ingresos y egresos.

3Para estos efectos, se incorpora un clasificador por objeto del gasto específico para la construcción y carga del AC 01

(18)

Con la información anterior (estados financieros proforma) determinarán las variaciones para obtener los orígenes y aplicaciones que incorporarán en sus proyectos de presupuesto.

27.- Por otra parte, para las entidades de Control Presupuestario Indirecto si bien no se prevé un

reporte de Origen y Aplicación de Recursos sobre base devengable, requerirán desarrollarlo con la metodología señalada en el apartado inmediato anterior. Para ello, se determinará el gasto no programable en los siguientes términos:

Estado de Resultados

Intereses, comisiones y gastos de la deuda Depreciación, amortizaciones y otros virtuales Reservas

Aumentos de activo Disminuciones de pasivo

Disminuciones de capital/patrimonio Otros.

Los conceptos del Estado de Resultados se obtendrán del estado financiero proforma correspondiente al período 1 de enero al 31 de diciembre de 2005 y los últimos cuatro conceptos del Estado de Origen y Aplicación de Recursos proforma.

La información de esta plantilla (ACEP Estado de Resultados y Cuentas de Balance) se reflejará al pie del reporte Análisis Funcional Programático Económico Financiero (Devengable) en el rubro denominado Gasto no Programable.

# IDENTIFICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS A LA ASISTENCIA PÚBLICA

28.- Los ramos presupuestarios y entidades que aplican recursos destinados al apoyo de acciones en

asistencia social (asistencia pública) deberán prever su asociación en su estructura programática a efecto de asociar los montos que por ley deben enterar a la Tesorería de la Federación los organismos Lotería Nacional para la Asistencia Pública (LOTENAL) y Pronósticos Deportivos para la Asistencia Pública (Pronósticos).

Para efectos de lo anterior, los ramos y entidades referidas, deberán dirigirse a la DGPyP que los coordina a efecto de que se verifique con la DGPYP “B” que coordina a LOTENAL y Pronósticos, que los montos identificados para asistencia social sean congruentes con los importes previstos en LOTENAL y Pronósticos como Enteros a TESOFE.

# ENFOQUE DE PRESUPUESTO POR RESULTADOS

29.- El proceso en 2005 está orientado a lograr la formulación de un presupuesto de egresos que

refleje las acciones que corresponde realizar al Estado para atender las demandas de la sociedad y que al mismo tiempo sea factible de ser evaluado a partir de los resultados que se deriven de su ejecución.

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Proceso de programación y presupuesto

30.- El proceso presupuestario, continuará realizándose a través de los módulos específicos que

conforman el sistema denominado Proceso Integral de Programación y Presupuesto (PIPP). La construcción del PIPP está diseñada de tal manera que los ejecutores de gasto de la Administración Pública Federal, elaboren y presenten su proyecto de presupuesto ante la SHCP, a través de un esquema totalmente en línea, en el cual los usuarios tramitan en forma directa e individualizada la concertación de sus estructuras programáticas, estructuras económicas, metas e indicadores, programas y proyectos de inversión, así como la distribución de las asignaciones presupuestarias desde sus propias oficinas, transmitiendo en ambos sentidos la información en tiempo real.

Relevancia de la Actividad Institucional

31.- En la determinación de los componentes de la clave presupuestaria para la formulación del

proyecto de presupuesto, se otorga un papel central a la actividad institucional, a efecto de establecer un vínculo entre el conjunto de funciones y programas y su alineación con las acciones prioritarias y estratégicas de cada sector. A partir de esta categoría se precisa y fortalece el campo de acción de las unidades responsables que se encargan de la operación cotidiana y por lo tanto, son las instancias que llevan a cabo el cumplimiento de las metas programadas.

Estructura programática

32.- Con el propósito de mantener estable la composición de la clave presupuestaria, la estructura

programática aplicable para 2005 continuará reflejándose a través de un arreglo que contiene las categorías indispensables para reflejar las acciones del sector público; es decir, funciones, subfunciones, programas y subprogramas y la inclusión de categorías con un mayor nivel de detalle como son las actividades institucionales y las actividades prioritarias.

Esta cadena de categorías, vinculadas jerárquicamente entre sí, permite disponer de un nivel de desagregación suficiente para que el esquema programático refleje con transparencia y eficacia la asignación y aplicación de los recursos públicos.

Metas e indicadores de resultados

33.- Una adecuada construcción de metas presupuestarias, es requisito indispensable para generar

una base sólida que ayude a las dependencias y entidades en el establecimiento jerárquico de las prioridades, lograr eficiencia en la asignación de los recursos presupuestarios en función de las prioridades, y durante la ejecución del presupuesto, alcanzar el cumplimiento de los objetivos planteados en el Plan Nacional de Desarrollo y en el programa de gobierno.

Para estos efectos, se impulsó una mejor definición de los objetivos metas e indicadores que servirán para evaluar la ejecución del gasto público, a través de lineamientos específicos elaborados y difundidos por la SHCP desde la fase de concertación de estructuras programáticas.

Esta tarea, sin embargo, requiere efectuar una revisión continua al contenido de los elementos programáticos, en especial a las metas e indicadores establecidos, con el fin de verificar que

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estos sean los adecuados para llevar a cabo la evaluación del desempeño en las dependencias y entidades.

Adicionalmente, es importante considerar que al llevar a cabo la formulación de estos elementos, los mismos deberán estar perfectamente identificados con el contenido de las actividades institucionales.

Asignación eficiente de los recursos presupuestarios

34.- Para efectos del presente Manual la asignación eficiente de los recursos debe entenderse como

un ejercicio en el cual al interior de cada dependencia y entidad deben valorarse adecuadamente los beneficios de cada una de las acciones; es decir, en un escenario de recursos limitados, el otorgar mayores recursos a un programa X, necesariamente implica que se reducen de otro programa Y. El resultado de la competencia por los recursos, toma en cuenta fundamentalmente el mayor beneficio que se espera dar a la sociedad al canalizar las asignaciones a uno u otro programa.

Este concepto es de la mayor relevancia, debido a que el esquema se reproduce al momento de determinar el proyecto de PEF integrado; ello, en virtud de que los programas prioritarios definidos internamente por una dependencia o entidad, a su vez tendrán que competir con otros programas prioritarios de las demás dependencias y entidades en la asignación de los recursos presupuestarios.

# INVERSIONES FINANCIADAS CON RECURSOS DE CRÉDITO EXTERNO

35.- De conformidad con el programa de desembolsos aprobado, las dependencias y entidades serán

responsables de asignar los recursos necesarios para la ejecución y desembolso de los préstamos otorgados por los organismos financieros internacionales, los que deberán estar comprendidos en el techo de presupuesto aprobado a cada dependencia o entidad ejecutora. Asimismo, se deberá identificar el origen de los recursos en la clave presupuestaria por el tipo de gasto y fuente de financiamiento. Por lo anterior, se deberán especificar los montos asignados a las fuentes de financiamiento 2 Gasto financiado con recursos provenientes de organismos e instituciones financieras internacionales y 3 Contraparte nacional, para el ejercicio de los recursos asignados a proyectos y programas financiados con crédito externo.

# DONATIVOS DEL EXTERIOR

36.- Las dependencias y entidades apoyadas que prevean aplicar donativos provenientes del exterior

en 2005, deberán etiquetar los recursos correspondientes en el proyecto de presupuesto para poder efectuar el ejercicio y disposición del donativo.

Las dependencias y entidades que reciban donativos del exterior, deberán destinarlos a los fines específicos para los cuales fueron otorgados.

En caso de que los donativos sean otorgados durante el ejercicio fiscal y no se cuente con la previsión en el presupuesto aprobado correspondiente, se podrá solicitar la autorización de un acuerdo de ministración conforme a las disposiciones aplicables por el monto anual que se pretenda ejercer del donativo, el cual deberá quedar regularizado presupuestariamente en los términos y plazos establecidos en el propio acuerdo de ministración autorizado.

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Los recursos que no sean elegibles para desembolso, incluyendo el pago de impuestos inherentes a los gastos efectuados, será cubierto por la dependencia o entidad beneficiaria con cargo a su presupuesto modificado autorizado.

# FIDEICOMISOS, MANDATOS Y CONTRATOS ANÁLOGOS QUE INVOLUCRAN RECURSOS PÚBLICOS

FEDERALES.

37.- Se deberán incluir los recursos presupuestarios en el proyecto de presupuesto de la

dependencia y en el caso de las entidades en su flujo de efectivo, para realizar posteriormente las aportaciones comprometidas, de conformidad con lo establecido en los contratos constitutivos de dichos actos jurídicos y en las disposiciones aplicables.

Para estar en posibilidad de aportar los recursos presupuestarios a los fideicomisos, mandatos y contratos análogos vigentes, se deberá haber cumplido con las disposiciones aplicables.

# PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL

38.- De acuerdo con el PRONAFIDE, la asignación del presupuesto en programas de desarrollo

regional deberá impulsar el gasto en infraestructura y en acciones estratégicas y prioritarias con alto impacto económico y social.

39.- Se deberán incluir en el proyecto de presupuesto las previsiones presupuestarias de recursos

que serán etiquetados con la clave de identificación de cada uno de los Programas de Desarrollo Regional:

Clave del Programa

Denominación

71 Desarrollo de la Región Centro-Occidente

72 Desarrollo de la Región Centro País

73 Desarrollo de la Región Noreste

74 Desarrollo de la Región Noroeste

75 Desarrollo de la Región Sur-Sureste

76 Plan de la Frontera Norte

77 Plan Puebla-Panamá

40.- En el caso de los programas, proyectos u otras actividades que se etiqueten o identifiquen con la

clave de un Programa de Desarrollo Regional, se llenará el siguiente formato en el que se incluirá:

• la entidad o entidades federativas en las que se ejercerán los recursos presupuestarios;

• la clave presupuestaria completa de cada uno de los programas, proyectos u otras

actividades;

• la clave de registro en la Cartera de Proyectos de Inversión;

• la denominación del proyecto; y

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Este documento se deberá remitir en archivo electrónico (formato Excel) a la Unidad de Política y

Control Presupuestario4 a las siguientes direcciones electrónicas:

[email protected] y [email protected].

La entrega del formato debidamente requisitado deberá remitirse a más tardar el 19 de agosto de 2004, con el fin de estar en condiciones de proceder a su incorporación en el Proyecto de PEF que será remitido a la H. Cámara de Diputados.

RA UR GF F SF PG AI AP OG TG FF

TOTAL 0

Denominación Importe en pesos

Nombre de la Entidad Federativa

PROGRAMAS DE DESARROLLO REGIONAL

(Pesos)

Clave Presupuestaria Clave de Registro en la Cartera de Inversión

Identificación de los órganos internos de control en el programa temático respectivo

41.- Con el propósito de homogeneizar las acciones que realizan los órganos internos de control

(OICs) en las dependencias y entidades, deberán ubicar las asignaciones respectivas de la actividad institucional 001 en el programa 54 “Programa Nacional de Combate a la Corrupción y Fomento a la Transparencia y Desarrollo Administrativo”

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II) INSUMOS

En este apartado se presenta la descripción y los criterios aplicables a la información presupuestaria que requiere el PIPP para llevar a cabo en línea la integración del proyecto de presupuesto de egresos y con base en ello, generar los reportes, consultas y otros productos que servirán para la información documentada que se someterá a la consideración de la H. Cámara de Diputados.

Para cargar la información presupuestaria que se requiere en los diversos insumos, es necesario exponer brevemente la conformación de tres de los clasificadores presupuestarios más relevantes

para la formulación del presupuesto: a) la Clasificación por Objeto del Gasto; b) su vinculación con el

Tipo de Gasto; y c) su vinculación con la Fuente de Financiamiento, que determinan la estructura

económica en la clave presupuestaria.

!

Nivel de agregación del objeto de gasto

" Agregación del objeto del gasto en ramos

1.- El Clasificador por Objeto del Gasto (COG) es, en términos generales, un catálogo que agrupa

en forma homogénea los diversos insumos por concepto de recursos humanos, materiales y financieros (bienes y servicios) que utilizan las dependencias y entidades para llevar a cabo sus operaciones regulares.

Por su parte, el tipo de gasto identifica la naturaleza económica de las operaciones que se efectúan, según se trate de gasto corriente o de capital.

Adicionalmente, la fuente de financiamiento permite identificar el origen de los fondos que se aplican para financiar el presupuesto; fundamentalmente recursos fiscales o provenientes de créditos externos con organismos financieros internacionales.

2.- El COG incluye también las erogaciones que se realizan para cubrir el pago de compromisos

derivados de obligaciones contraídas en el pasado (deuda pública) que sirvieron en su momento para hacer frente al pago de los bienes y servicios mencionados; incorpora también los recursos que el Gobierno Federal transfiere a los sectores privado y social, a las entidades federativas y a las entidades paraestatales para realizar actividades similares utilizando los bienes y servicios señalados en el numeral anterior.

3.- Al igual que en 2003 para el presupuesto 2004 el nivel de agregación del objeto del gasto para la

integración del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2005 por parte de los ramos, se realizará a un nivel de concepto-partida de gasto de mayor extensión al requerido para el régimen de las adecuaciones presupuestarias, con el fin de asegurar la información con el nivel de detalle que precisa el examen y aprobación del Proyecto de PEF por la H. Cámara de Diputados.

A partir de esa base y para efectos del régimen de las adecuaciones presupuestarias en el Sistema Integral de Control presupuestario (SICP) durante el ejercicio del presupuesto se realizará una compactación del nivel de agregación por Objeto del Gasto, conforme al siguiente cuadro de agrupamiento y equivalencias.

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Nivel Rango Núm. 352 Partida [1101 - 1103, 1106] 4 Partida* [1201-1202] 2 Partida* [1401, 1403] 2 Partida* [1801 - 1805] 5 Suma 1000 71 Concepto [2100 - 2900] 9 Concepto [3100 - 3600, 3800 - 3900] 8 Concepto* [3700] 1 Suma 2000 y 3000 18 Partida [4101-4109]; [4201-4233]; [4301-4328] 70 Suma 4000 70 Concepto [5100 - 5900] 9 Concepto [6100 - 6200] 2 Suma 5000 y 6000 11 Concepto [7100 - 7400] 4 Concepto [7500] = [7501 - 7504, 7509 - 7512] 1 Partida* [7505 - 7508] 4 Concepto [7600 - 7800] 3 Suma 7000 12 Partida [8101-8132]; [8201-8232]; [8301-8332]; [8401-8411]; [8501-8533]; [8601-8602] 142 Suma 8000 142 Partida [9101-9110]; [9201-9210]; [9301-9302]; [9401-9402]; [9501]; [9601]; [9701- 9702] 28 Suma 9000 28 * De control específico

8000 Participaciones de Ingresos y Aportaciones Federales, Aportaciones y Gasto Reasignado

9000 Deuda Pública

2000 Materiales y Suministros y 3000 Servicios Generales

4000 Subsidios y Transferencias

5000 Bienes Muebles e Inmuebles y 6000 Obras Públicas

7000 Inversión Financiera, Provisiones Económicas, Ayudas, Otras Erogaciones, y Pensiones, Jubilaciones y Otras

Agrupamientos de los Niveles de Agregación del Objeto de Gasto para la Integración del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de los Ramos para el Ejercicio

Fiscal 2005

Integración PPEF 2005

Suma niveles de agregación

Partida [1204 - 1206]; [1301 - 1330]; [1402, 1404 - 1412]; [1501-1505, 1507-1509, 1511-1513]; [1601-1602]; [1701 - 1702] 58

(27)

4.- Por ejemplo, en la integración se cargarán las asignaciones presupuestarias que se prevén para cada una de las cuatro partidas que para el PEF 2005 están comprendidas en el concepto de gasto 1100; en cambio para el régimen de las adecuaciones presupuestarias en el Sistema Integral de Control Presupuestario, la identificación del gasto se realizará para la asignación específica del concepto 1100, sin distinguir su composición por partida.

" Agregación del objeto del gasto en entidades

5.- Al igual que en el caso de los ramos, el Clasificador por Objeto del Gasto en entidades es un

catálogo que retoma los componentes del clasificador que utilizan los ramos y se presenta en forma agregada para ser congruente con la presentación programática y en flujo de efectivo. El catálogo incluye el costo financiero de las entidades de control presupuestario directo PEMEX y CFE.

6.- El objeto de gasto presenta un nivel de agregación similar al de otros ejercicios fiscales

anteriores, debiendo las entidades presupuestar con el nivel de agregación necesario al interior de sus registros para los efectos de ejercicio y control.

7.- Las entidades deben utilizar el nivel de agregación del objeto de gasto para cargar su AC 01

Programático Entidades con asignaciones a pesos y sin centavos, en base efectivo y base devengable según corresponda. Por lo anterior, el AC 01 Programático Entidades se divide en AC 01 Efectivo y AC 01 Devengable.

Aplicación del AC01 Devengable o Efectivo

La determinación de cifras en el AC 01 tiene diferentes propósitos según se trate de la base utilizada; es decir devengable o efectivo.

AC 01 Programático Entidades

Tipo de Entidad AC 01 Efectivo Devengable AC 01

Entidades de Control Presupuestario Directo APLICA APLICA

Entidades de Control Presupuestario Indirecto

NO APLICA APLICA

8.- El tipo de gasto servirá para identificarlo por corriente, de capital diferente de obra pública y por

obra pública.

9.- La fuente de financiamiento invariablemente se marcará con 0 (cero), internamente la entidad

deberá identificar la fuente de financiamiento del gasto para efectos del ejercicio Presupuestario.

10.- En principio, el AC 01 se construye sobre la base devengable debido a que el AC 01 es un

concepto programático a través del cual se identifican funciones, programas y actividades a las que es posible asociar metas concretas y asignaciones específicas.

Este concepto aplica tanto a ramos como entidades.

11.- Es importante recordar que el presupuesto en términos devengables se determina en función de

los compromisos que esperan contraer las dependencias y entidades, independientemente del momento en que deban liquidarse dichos compromisos.

(28)

Ramos

12.- En el caso de los ramos presupuestarios, el presupuesto en términos devengables representa la

capacidad presupuestaria que se autoriza a una dependencia para celebrar y cubrir sus compromisos en el cumplimiento de sus objetivos y metas, en un periodo de tiempo presupuestario determinado. Para liquidar los compromisos las dependencias cuentan con un periodo inicial comprendido entre el primer día hábil y el último día hábil del año correspondiente, que es lo que comúnmente conocemos como año fiscal. Una vez que concluye este periodo, es posible cubrir los compromisos devengados no pagados al 31 de diciembre, siempre y cuando los documentos para pago se presenten en el periodo comprendido entre el primer día hábil y el último día hábil del mes de febrero del año siguiente. Este periodo extendido a catorce meses constituye el año presupuestario.

13.- La diferencia entre un periodo y otro consiste básicamente en que en el primero las

dependencias remiten cuentas por liquidar a la TESOFE para su pago con cargo a su presupuesto autorizado en el ejercicio correspondiente. Por su parte, los compromisos que se cubren en el año siguiente, si bien se basan en el presupuesto autorizado de la dependencia del año correspondiente, se pagan con cargo al presupuesto autorizado en el Ramo 30 del siguiente ejercicio fiscal.

14.- Con base en lo anterior, es importante que las dependencias prevean con oportunidad el pago

de sus compromisos, debido a que si el monto autorizado en el Ramo 30 no es suficiente para cubrir los compromisos devengados no pagados que presenten en el periodo de ADEFAS las dependencias, la diferencia resultante debe cubrirse con recursos del presupuesto de las dependencias autorizado en el año siguiente.

Entidades de Control Presupuestario Directo e Indirecto (Flujo de efectivo y AC01 devengable)

15.- En el caso de las entidades el presupuesto se autoriza con base en flujo de efectivo; es decir,

los compromisos se pagan en función de los ingresos efectivamente recibidos a través de sus tesorerías durante el primer día hábil y el último día hábil del ejercicio fiscal correspondiente. Esto implica que el pasivo circulante reconocido al 31 de diciembre del ejercicio fiscal correspondiente, se deba cubrir con cargo al presupuesto autorizado a la entidad en el ejercicio fiscal siguiente.

Adicionalmente, las entidades deben reflejar el costo de las acciones a realizar para el cumplimiento de sus objetivos, considerando su realización, independientemente del momento de su pago. La estimación del costo real de la ejecución de dichas acciones, se plasma en el AC01 para entidades sobre bases devengables.

AC 01 Efectivo en Entidades de Control Presupuestario Directo

16.- A diferencia de los Ramos cuyos presupuestos se autorizan sobre la base devengable en el

PEF, las asignaciones de las entidades paraestatales se autorizan sobre la base de efectivo; en ese marco y con el propósito de identificar el flujo de los recursos destinados a cubrir los compromisos inherentes a las acciones previstas en el AC 01 programático (devengable) en el caso específico de las entidades de control presupuestario directo también se capturan asignaciones presupuestarias en un AC 01 efectivo. En el AC 01 devengable se ubica el costo de las acciones que habrán de desarrollarse y en el AC 01 efectivo los recursos que realmente

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serán pagados. Por ejemplo, en un contrato de obra, puede haberse recibido el 100% de la obra ejecutada; sin embargo, solo se pagó a esa fecha el 80% del valor del contrato. Esto refleja que bajo el enfoque devengado se cumplió la meta totalmente. El flujo de efectivo reflejará que a la misma fecha solo se pagó parcialmente el monto contratado (Este concepto aplica en los mismos términos para las entidades de control indirecto).

A continuación se presentan las clasificaciones por objeto de gasto, tipo de gasto y fuente de financiamiento, que operarán para el proyecto de presupuesto que se cargará en el Analítico de Claves AC 01 Programático Entidades:

Clasificación por objeto de gasto para la carga del AC 01 Programático Entidades Objeto de

Gasto Descripción

1000 Servicios personales 2000 Materiales y suministros

2606 Combustibles para plantas productivas 2607 PIDIREGAS costos variables

3000 Servicios generales 3212 PIDIREGAS costos fijos

3507 Mantenimiento y conservación de plantas e instalaciones productivas 5000 Bienes muebles e inmuebles

5901 Bienes muebles por arrendamiento financiero (en su modalidad de BLT'S)

5903 Bienes inmuebles en la modalidad de proyectos de infraestructura productiva de largo plazo 5904 Bienes inmuebles por arrendamiento financiero (en su modalidad de BLT'S)

6100 Obras públicas por contrato

6108 Mantenimiento y rehabilitación de obras públicas (proyectos productivos) 7000 Otras erogaciones corrientes

7100 Otorgamiento de créditos 7200 Adquisición de valores

7500 Erogaciones para apoyar a los sectores social y privado en actividades culturales, deportivas y de ayuda extraordinaria

7602 Erogaciones recuperables */ 7700 Pago de pensiones y jubilaciones 7800 Aportaciones a fideicomisos y mandatos

8500 Gasto federal reasignado a las entidades federativas y municipios 9000 Costo financiero*/

*/. Solo aplica en la carga del AC 01 Efectivo. No es necesario cargar en el AC 01 Devengable.

Catálogo de Tipo de Gasto para la carga del AC 01 Programático Entidades

Tipo de

Gasto Descripción

1 Gasto corriente

2 Gasto de capital diferente de obra pública 3 Gasto de obra pública

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Catálogo de la Fuente de Financiamiento para la carga del AC 01 Programático Entidades

Fuente de Financiamiento Descripción

0 No aplica

!

Asociación de estructuras económicas

17.- La asociación de estructuras económicas a estructuras programáticas de las entidades tiene un

componente por objeto de gasto dependiendo del ramo o sector en las que se encuentren sectorizadas. La siguiente tabla permitirá visualizar la estructura económica del AC 01 Programático Entidades para su asociación con la estructura programática, que permitirá integrar la clave presupuestaria:

ESTRUCTURAS ECONÓMICAS POR SECTOR PARA ENTIDADES PARAESTATALES

Ciclo Sector Objeto de Gasto Tipo de Gasto Fuente de Financ. Ciclo Sector Objeto de Gasto Tipo de Gasto Fuente de Financ. Ciclo Sector Objeto de Gasto Tipo de Gasto Fuente de Financ. Ciclo Sector Objeto de Gasto Tipo de Gasto Fuente de Financ. Ciclo Sector Objeto de Gasto Tipo de Gasto Fuente de Financ. 2005 4 1000 1 0 2005 8 7507 1 0 2005 12 5000 3 0 2005 17 2000 1 0 2005 21 6100 3 0 2005 4 1000 2 0 2005 8 7508 1 0 2005 12 6100 3 0 2005 17 2000 2 0 2005 21 7000 1 0 2005 4 1000 3 0 2005 8 7800 1 0 2005 12 7000 1 0 2005 17 2000 3 0 2005 21 7100 2 0 2005 4 2000 1 0 2005 8 7800 2 0 2005 12 7100 2 0 2005 17 3000 1 0 2005 21 7200 2 0 2005 4 2000 2 0 2005 8 7800 3 0 2005 12 7200 2 0 2005 17 3000 2 0 2005 21 7500 2 0 2005 4 2000 3 0 2005 8 8500 1 0 2005 12 7500 2 0 2005 17 3000 3 0 2005 21 7505 1 0 2005 4 3000 1 0 2005 8 8500 2 0 2005 12 7505 1 0 2005 17 5000 2 0 2005 21 7506 1 0 2005 4 3000 2 0 2005 8 8500 3 0 2005 12 7506 1 0 2005 17 5000 3 0 2005 21 7507 1 0 2005 4 3000 3 0 2005 9 1000 1 0 2005 12 7507 1 0 2005 17 6100 3 0 2005 21 7508 1 0 2005 4 5000 2 0 2005 9 1000 2 0 2005 12 7508 1 0 2005 17 7000 1 0 2005 21 7800 1 0 2005 4 5000 3 0 2005 9 1000 3 0 2005 12 7800 1 0 2005 17 7100 2 0 2005 21 7800 2 0 2005 4 6100 3 0 2005 9 2000 1 0 2005 12 7800 2 0 2005 17 7200 2 0 2005 21 7800 3 0 2005 4 7000 1 0 2005 9 2000 2 0 2005 12 7800 3 0 2005 17 7500 2 0 2005 21 8500 1 0 2005 4 7100 2 0 2005 9 2000 3 0 2005 12 8500 1 0 2005 17 7505 1 0 2005 21 8500 2 0 2005 4 7200 2 0 2005 9 3000 1 0 2005 12 8500 2 0 2005 17 7506 1 0 2005 21 8500 3 0 2005 4 7500 2 0 2005 9 3000 2 0 2005 12 8500 3 0 2005 17 7507 1 0 2005 38 1000 1 0 2005 4 7505 1 0 2005 9 3000 3 0 2005 14 1000 1 0 2005 17 7508 1 0 2005 38 1000 2 0 2005 4 7506 1 0 2005 9 5000 2 0 2005 14 1000 2 0 2005 17 7800 1 0 2005 38 1000 3 0 2005 4 7507 1 0 2005 9 5000 3 0 2005 14 1000 3 0 2005 17 7800 2 0 2005 38 2000 1 0 2005 4 7508 1 0 2005 9 6100 3 0 2005 14 2000 1 0 2005 17 7800 3 0 2005 38 2000 2 0 2005 4 7800 1 0 2005 9 7000 1 0 2005 14 2000 2 0 2005 17 8500 1 0 2005 38 2000 3 0 2005 4 7800 2 0 2005 9 7100 2 0 2005 14 2000 3 0 2005 17 8500 2 0 2005 38 3000 1 0 2005 4 7800 3 0 2005 9 7200 2 0 2005 14 3000 1 0 2005 17 8500 3 0 2005 38 3000 2 0 2005 4 8500 1 0 2005 9 7500 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2005 8 2000 2 0 2005 11 7800 3 0 2005 16 7500 2 0 2005 20 8500 1 0 2005 51 7200 2 0 2005 8 2000 3 0 2005 11 8500 1 0 2005 16 7505 1 0 2005 20 8500 2 0 2005 51 7500 2 0 2005 8 3000 1 0 2005 11 8500 2 0 2005 16 7506 1 0 2005 20 8500 3 0 2005 51 7505 1 0 2005 8 3000 2 0 2005 11 8500 3 0 2005 16 7507 1 0 2005 21 1000 1 0 2005 51 7506 1 0 2005 8 3000 3 0 2005 12 1000 1 0 2005 16 7508 1 0 2005 21 1000 2 0 2005 51 7507 1 0 2005 8 5000 2 0 2005 12 1000 2 0 2005 16 7800 1 0 2005 21 1000 3 0 2005 51 7508 1 0 2005 8 5000 3 0 2005 12 1000 3 0 2005 16 7800 2 0 2005 21 2000 1 0 2005 51 7602 2 0 2005 8 6100 3 0 2005 12 2000 1 0 2005 16 7800 3 0 2005 21 2000 2 0 2005 51 7700 1 0 2005 8 7000 1 0 2005 12 2000 2 0 2005 16 8500 1 0 2005 21 2000 3 0 2005 51 7800 1 0 2005 8 7100 2 0 2005 12 2000 3 0 2005 16 8500 2 0 2005 21 3000 1 0 2005 51 7800 2 0 2005 8 7200 2 0 2005 12 3000 1 0 2005 16 8500 3 0 2005 21 3000 2 0 2005 51 7800 3 0 2005 8 7500 2 0 2005 12 3000 2 0 2005 17 1000 1 0 2005 21 3000 3 0 2005 51 8500 1 0 2005 8 7505 1 0 2005 12 3000 3 0 2005 17 1000 2 0 2005 21 5000 2 0 2005 51 8500 2 0 2005 8 7506 1 0 2005 12 5000 2 0 2005 17 1000 3 0 2005 21 5000 3 0 2005 51 8500 3 0

(31)

Los insumos que requiere el sistema se presentan en el siguiente cuadro:

Insumos para el PIPP

Ramos Entidades Paraestatales de

Control Presupuestario Directo Entidades paraestatales de Control Presupuestario Indirecto Analítico de claves AC – 01 Ramos Analítico de claves AC – 01,

Gasto Devengable (Versión

Entidades)

Analítico de claves AC – 01,

Gasto Devengable (Versión

Entidades) Analítico de claves AC – 01

Base flujo de Efectivo

(Versión Entidades) Analítico de claves para ingresos y egresos de entidades paraestatales

ACEP (Flujos de efectivo)

Analítico de claves para ingresos y egresos de

entidades paraestatales ACEP

(Flujos de efectivo)

Analítico de claves para entidades paraestatales

ACEP para Origen y Aplicación de recursos

(Devengable)

Analítico de claves para entidades paraestatales ACEP

para Estado de Resultados y Balance (Devengable) Captura de objetivos y metas y

asociación a estructuras programáticas

Captura de objetivos y metas y asociación a estructuras programáticas

Captura de objetivos y metas y asociación a estructuras programáticas

Inventario de plazas5

(Actualización)

Registro de los programas y proyectos de inversión en la Cartera. Asignación de recursos a los programas y proyectos inversión registrados en la Cartera. Conciliación de cifras con el Analítico de claves AC – 01 Ramos.

Registro de los programas y proyectos de inversión en la Cartera. Asignación de recursos a los programas y proyectos inversión registrados en la Cartera. Conciliación de cifras con el Analítico de clave AC – 01 Base flujo de Efectivo

(Versión Entidades).

Registro de los programas y proyectos de inversión en la Cartera. Asignación de recursos a los programas y proyectos inversión registrados en la Cartera. Conciliación de cifras con el Analítico de claves para ingresos y egresos de entidades paraestatales

ACEP (Flujos de efectivo).

!

Analítico de claves AC 01 Ramos

" Ramos administrativos

18.- En la carga de datos para la conformación del analítico de claves AC–01, las dependencias

incorporarán las asignaciones de recursos en las estructuras programáticas autorizadas durante la fase de concertación; para ello, aplicarán los conceptos y partidas del clasificador por objeto del gasto de acuerdo con la naturaleza económica y la fuente de financiamiento de las erogaciones previstas para 2005.

5En 2003 para el presupuesto 2004 se capturó el analítico de claves AC02 con el propósito de generar el inventario de

plazas de las dependencias del Gobierno Federal, para el proyecto de presupuesto 2005, el inventario solo incorpora las modificaciones necesarias para su actualización.

Referencias

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