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CONTRATACIÓN PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

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Academic year: 2021

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Asunto: Pliego Técnico de Prescripciones para contrato de actividades relacionadas con la de gastronomía en los Centros Sociales y otros equipamientos municipales

Informa: Trabajadora Social de Centros Sociales, Carmen Rosa Mullor Mullor.

Conforma: El Jefe de Servicio de Servicios Sociales y Promoción Social, Juan Manuel

Siñeriz Fernández.

Vº Bº: Concejala de Gobierno del Área de Atención a las Personas e Igualdad, Mª Luisa

Ponga

Departamento: Centros Sociales

Destino: CONTRATACIÓN

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO

El Ayuntamiento de Oviedo contrata los servicios de realización de diversas actividades socioculturales, recreativas y de ocio y tiempo libre para su desarrollo y ejecución en los Centros Sociales y otros equipamientos Municipales.

El objeto del contrato es la iniciación del procedimiento para la contratación de los servicios de realización de actividades de gastronomía en los Centros Sociales y otros equipamientos municipales. Siendo actividades relacionadas con la GASTRONOMÍA: exhibición, manipulación y/o degustación gastronómica (cata de vinos, corte de jamón, repostería, clases de cocina en sus muchas variedades, etc)

SEGUNDA.-SERVICIOS QUE SE CONTRATAN

En relación con estas actividades, la información que se hará constar, al menos, será la siguiente: - La población destinataria (en el caso de la existencia de un público específico, requisitos

adicionales –edad, estado de salud, etc…-, o necesidad de acreditación de conocimientos previos).

- Sus contenidos básicos, incluyendo el programa genérico de la actividad. Si se trata de talleres, desarrollo escrito de al menos una sesión a título ilustrativo.

- La duración total (en horas), junto con la duración por sesión

- Los requisitos que ha de reunir el profesional encargado de impartir la actividad (posesión de una titulación específica, experiencia laboral mínima en actividades similares, etc.)

- Los mecanismos de aseguramiento por los que la empresa acreditará el cumplimiento de las condiciones anteriores, que complementariamente podrán ser acompañados de la relación del personal provisionalmente designado para el desarrollo de cada actividad (en este caso aportando dichas acreditaciones)

- Los criterios, metodología y sistema de evaluación que se emplearán para recabar el grado de satisfacción de los participantes tras la finalización de la actividad.

- Medios: técnicos, materiales que aporta el adjudicatario con el importe total asignado en concepto de material para cada modalidad de actividad ofertada, así como el importe total anual máximo asumible en este concepto para todo el conjunto de talleres ofertados, indicando todos aquellos que pondrá a disposición de las personas que participen en la actividad y del conjunto de profesionales

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- Recursos humanos: asignados a cada actividad con indicación del número de personas que van a desarrollarla y sus perfiles profesionales

La persona responsable del contrato examinará el contenido de las actividades propuestas por el adjudicatario, solicitará las aclaraciones pertinentes y concretará con la empresa la programación, estableciendo un calendario de ejecución de aquellos cursos, actividades o talleres que se consideren oportunos.

Con carácter general, las sesiones se desarrollarán de lunes a viernes, dentro del intervalo horario de apertura al público de los equipamientos

Para el caso de que durante el desarrollo del contrato, surja la posibilidad de incorporar actividades y servicios no incluidos en la programación, la empresa adjudicataria propondrá al Ayuntamiento su autorización para la inclusión de los mismos, motivando la asignación al grupo que proceda. Por otra parte, el Ayuntamiento se reserva la facultad de exigir a la empresa adjudicataria la modificación de la programación prevista (horarios, modalidad, frecuencia semanal y duración de las actividades), en función de las necesidades que se sucedan.

TERCERA.- ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO

3.1 TAREAS QUE INCLUYEN LA EJECUCION DEL CONTRATO La empresa adjudicataria deberá realizar las siguientes tareas:

A Impartición de talleres socioculturales en los distintos centros que conforman la Red Municipal de Centros Sociales y otros equipamiento del Ayuntamiento de Oviedo, de acuerdo con el objeto de este contrato. En cuanto a sus contenidos y funcionamiento, los talleres responderán a las orientaciones señaladas en las cláusulas del presente Pliego, así como en los Anexos que se adjuntan.

B.- Control de las incidencias que se sucedan durante la prestación del servicio

C.- Preparación de programas, actualización de los mismos, y propuesta periódica de nuevas actividades-talleres a impartir, a remitir tanto en soporte digital como impreso

D.- Documentación de las acciones practicadas a lo largo del curso, en relación al conjunto de talleres (incidencias, asistencia, evaluación y propuesta de mejora)

Todas las actividades programadas y desarrolladas se publicarán en el Tablón de Anuncios del equipamiento correspondiente, incluyendo, como mínimo, la siguiente información:

- Nombre de la actividad - A quien va dirigida

- Lugar y fecha de celebración - Fecha de inscripción

- Cualquier otro dato que sea necesario concretar para una mejor difusión de la actividad - Precio (si lo hubiera)

La empresa adjudicataria deberá elaborar el documento que se publique y entregarlo en el equipamiento correspondiente para la publicación en dicho tablón de anuncios.

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En las actividades que no requieran inscripción previa, será obligación de la empresa controlar el aforo para que no exceda del permitido por la instalación y contabilizar el número de personas asistentes Cuando la actividad requiera inscripción, el Ayuntamiento diseñará el formulario de solicitud y proporcionará todas aquellas que sean necesarias para cubrir la demanda.

La insuficiente cobertura de inscripciones operará a efectos de la iniciación y continuidad de las actividades. En este sentido, el Ayuntamiento se reserva la posibilidad de la suspensión, temporal o definitiva, de las actividades ofertadas. Igualmente, y atendiendo a la insuficiente demanda de plazas, podrá disminuirse la oferta inicial de la actividad.

Los menores de edad que quieran participar en una actividad deberán presentar el consentimiento por parte de sus padres o tutores legales.

Serán causa de baja en la actividad:

- La renuncia voluntaria en la actividad que esté desarrollando la persona.

- El incumplimiento de los pagos establecidos para la realización de dicha actividad, en su caso. - La ausencia sin justificar de tres sesiones al mes, en cursos y actividades gratuitas, cuando

exista lista de espera. - Por fallecimiento.

3.1 PERSONAL QUE IMPARTE LOS TALLERES

Para la ejecución de los servicios descritos, la entidad adjudicataria deberá contar con personal suficiente y con aptitudes idóneas para atender las prestaciones del contrato, asumiendo los costes derivados de la relación de dependencia de dicho personal. En ningún caso podrá considerarse que exista relación laboral alguna entre el personal que aporta el contratista para la prestación del servicio y el Ayuntamiento Oviedo. A tal efecto, la empresa adjudicataria garantiza, a través de su poder de dirección y de sus potestades organizativas y disciplinarias, la correcta calidad y continuidad de los servicios contratados, velando, con sus propios medios, por la correcta prestación de las actividades realizadas por su personal y resolviendo, en definitiva, cualquier incidencia que pudiera producirse.

La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todo empresario sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato. En particular, asumirá la negociación y pago de salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de su personal en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empresario y empleador. La empresa adjudicataria queda obligada a cubrir las ausencias del personal asignado ante situaciones de enfermedad, vacaciones o cualquier otra eventualidad o contingencia.

Con carácter previo al inicio de cada servicio, la empresa adjudicataria deberá acreditar ante la persona responsable del contrato la afiliación y alta en la Seguridad Social de las personas contratadas laboralmente para cada actividad, aportando la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, según la naturaleza del servicio a que va destinado cada profesional.

En cada actividad, el/la profesional designado/a por la empresa adjudicataria deberá prestar el servicio en el horario y lugares que se indiquen, con la debida diligencia y respetando los objetivos marcados desde el Ayuntamiento. La empresa adjudicataria velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.

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Para garantizar la estabilidad del servicio el adjudicatario procurará la continuidad del equipo de trabajo, velando porque las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, evitando las sustituciones y reemplazos sucesivos e informando en todo momento al responsable del contrato.

El Ayuntamiento de Oviedo, a través de la persona responsable del contrato, podrá en todo momento trasladar su queja a la empresa adjudicataria acerca de la ejecución de los servicios prestados, bien por la manifestación de un comportamiento inadecuado, incorrecto o negligente por parte del personal designado a la ejecución del servicio, bien porque se constate su incompetencia para la realización de las tareas incluidas en los servicios objeto de este contrato; siendo de parte del adjudicatario la adopción de las medidas destinadas a resolver tales deficiencias.

El personal deberá estar en posesión de titulación exigible para el desempeño de su puesto de trabajo en función del perfil profesional propuesto. En todo caso, deberá reunir una experiencia laboral no inferior a seis meses.

Excepcionalmente, el Ayuntamiento podrá no exigir el requisito de experiencia mínima de seis meses en sustituciones de carácter temporal que se produzcan durante la ejecución del contrato, siempre y cuando la idoneidad del sustituto para el cumplimiento de las prestaciones del contrato pueda acreditarse de otro modo.

La empresa deberá asegurar que los desplazamientos del personal para la ejecución del contrato se realicen utilizando los medios de locomoción que permitan la reducción del tiempo empleado al mínimo posible.

3.2 COORDINACIÓN

La empresa adjudicataria deberá hacer constar, en su oferta, las estrategias de coordinación precisas para la adecuada ejecución del contrato, de forma que se garantice un cumplimiento óptimo de las funciones encomendadas al personal designado para la ejecución de los servicios y se posibiliten mecanismos de comunicación fluida entre Ayuntamiento y empresa adjudicataria.

Para ello, la empresa debe designar a una persona encargada de la interlocución entre la empresa y el responsable del contrato. Esta figura de coordinación supervisará la ejecución de los servicios, de acuerdo al régimen de dedicación (tiempo diario) y en las condiciones incluidas en la oferta, y se encargará de la impartición de instrucciones, la supervisión de los servicios y el control del desempeño del puesto de trabajo.

En todo caso, se asegurarán medios para la correcta canalización de las incidencias de toda clase que surjan en el desarrollo de los servicios objeto del presente contrato. Como mínimo, deberán proponerse actuaciones que materialicen las siguientes condiciones:

- Garantizar el control y adecuación de los servicios en cuanto a horarios, diseño de contenidos, formato de la actividad y cuantas otras acciones sean necesarias para asegurar la correcta prestación de las actividades.

- Definir los mecanismos que sirvan para garantizar las soluciones adecuadas para el reemplazo y sustitución en los casos de bajas o ausencias del personal asignado por la empresa para el desarrollo de los trabajos, de tal manera que éstos no se resientan.

- Canalizar entre todo el personal asignado la información y organización del trabajo objeto del contrato. Se deben garantizar mecanismos para:

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a) distribuir y proporcionar los medios y materiales necesarios para las actividades, b) imponer directrices a todos los profesionales que prestan el servicio,

c) supervisar de manera periódica el adecuado ejercicio de las funciones a desarrollar por los profesionales incluidos en el marco de este contrato

d) supervisar y reajustar la adscripción de los profesionales, dependiendo de la sincronía y satisfacción de los participantes y de su preparación técnica.

e) canalizar información, tanto a los profesionales de la empresa como al Ayuntamiento - Determinar un sistema para enviar comunicados al Ayuntamiento, así como para recibirlos. 3.3 TALLERES

Durante la ejecución del contrato, la relación de instalaciones objeto de este contrato podrá experimentar altas o bajas, así como la reconfiguración de la distribución nº talleres-Centro. El Ayuntamiento podrá solicitar la implantación de cuantas actividades se incluyan en la propuesta presentada.

Las condiciones y requisitos para participar en el taller, la gestión de las inscripciones, altas y bajas corresponderá al Ayuntamiento, a través de los técnicos y servicios por él designados.

Con el inicio del taller, el personal designado por el adjudicatario para el desarrollo de los cursos, deberá suministrar un programa del curso a cada participante con el temario orientativo de cada una de las sesiones que compondrán el taller anual, los manuales cuando sean necesarios, las observaciones oportunas relacionadas con ese taller, así como cualquier otra información de utilidad para el correcto desarrollo de las clases.

Los contenidos iniciales se ajustarán y definirán de acuerdo con el nivel de los grupos y la evolución natural de la población participante. En este sentido, el programa deberá reajustarse a la progresión mostrada por los participantes durante el desarrollo de cada actividad, así como a sus principales intereses y preferencias. Una vez confirmado, este programa se mantendrá durante el tiempo que transcurra la actividad, independientemente del monitor encargado de impartirla.

Antes de la finalización de cada taller, y de manera anual, se realizará una evaluación general mediante cuestionario, entre todos los participantes sobre su grado de satisfacción con la actividad, resultado que se remitirá al responsable del presente contrato a través del soporte informático establecido, quien marcará las directrices de dichas evaluaciones, en cuanto al diseño del cuestionario, y el sistema de su aplicación.

Con respecto al cumplimiento del horario previsto y la duración de cada taller contratado, no se incluye para su cálculo el tiempo destinado a la preparación de la actividad (organización de materiales, disposición del espacio, desplazamiento del monitor…).

Será necesaria la cobertura del servicio para la totalidad de las actividades programadas, destinando a los profesionales propuestos por cada actividad. A tales efectos, se podrá considerar que un mismo profesional imparta distintas actividades en consonancia con la formación y experiencia demostrada, siempre en grupos y horarios que sean complementarios y no se solapen durante la impartición de las clases.

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La titulación y experiencia de cada candidato propuesto para prestar el servicio deberá corresponderse con la modalidad de la actividad a realizar en cada caso, atendiendo a los requisitos mínimos exigidos por cada tipología de la misma.

Además, el personal atenderá la demanda de información técnica por parte de las personas participantes, e informará, a través del Coordinador/a de la entidad, sobre cualquier incidente que pueda ocurrir durante el transcurso de la prestación.

Si durante la ejecución, alguien del personal causase baja definitiva, la empresa adjudicataria realizará la sustitución por aquel/la profesional que reúna idénticos requisitos de titulación y capacidad exigidos al primero, mediante propuesta del contratista y con la documentación correspondiente, a la cual deberá prestar conformidad la persona responsable del contrato.

En caso de baja temporal de algunas de las personas responsables del desarrollo de las actividades el adjudicatario/a deberá proponer la persona que vaya a sustituir, debiendo reunir la capacidad técnica exigida en este pliego. En estos casos, la empresa adjudicataria deberá proveer su sustitución de forma inmediata, a efectos de evitar perjuicios a los/as destinatarios/as de la actividad. Ante situaciones sobrevenidas que motiven la ausencia de profesionales, si resultase imposible el desarrollo de alguna sesión (imposibilidad material de realizar una sustitución), la empresa adjudicataria deberá comunicar esta circunstancia a los diferentes participantes, con los que contactará a través de la figura de coordinación, y por medio de la cesión autorizada de los datos personales facilitada por el Ayuntamiento.

La modificación de los horarios por parte de la empresa adjudicataria requerirá de previa autorización municipal, deberá proponerse a través de la figura de coordinación, y en ningún caso podrá determinarla unilateralmente el personal responsable de impartirla.

Como mecanismo de verificación del cumplimiento de los servicios contratados, la empresa adjudicataria facilitará mensualmente, a través de su coordinador/a, la relación de actividades realizadas, entregando para ello original de los documentos de control que la empresa adjudicataria haya establecido como mecanismo de supervisión de sus trabajadores. En dichos documentos deberán constar las horas firmadas y realizadas por cada profesional. Estos documentos servirán para la verificación de las horas de servicio y facturación mensual de la empresa.

Tras la adjudicación, y atendiendo a la propuesta de coordinación incluida en la oferta, se concretarán los distintos mecanismos que autorice el Ayuntamiento para el adecuado seguimiento del contrato.

El personal asignado por la empresa para la realización de la actividad deberá asumir, además las siguientes obligaciones:

- Colaborar en la preparación y acondicionamiento de las salas que acogen las actividades, incluyendo traslado y almacenamiento de sillas, mesas u otros elementos necesarios para el correcto desarrollo de la actividad; así como la restitución de la sala a su estado previo al inicio de la misma

- Informar a la ciudadanía de las características/condiciones de participación y acceso a las actividades - Preparación de medios audiovisuales, cuando así proceda, para el desarrollo de la actividad: sistema de reproducción del sonido, proyección de imágenes, conexiones, …

- Dar cuenta de cualquier anomalía, desperfecto, etc… que se produzca durante el desarrollo de la actividad y requiera su reparación y/o oportuna reposición

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- Comunicar a su coordinador/a responsable cuantas incidencias se produzcan en el Centro, edificio, instalaciones mobiliario, etc…, así como cuantas quejas reclamaciones o sugerencias se generen - Tareas administrativas correspondientes a la elaboración y redacción de los programas de las actividades, presentación de la evaluación anual junto con las propuestas de mejora

- Realización de reportaje fotográfico de la actividad, que habrá de adjuntar a la evaluación anual de la misma

- Será responsable de la confidencialidad de los datos que conozca en razón de sus servicios, en el marco de este contrato

- Deberá promover el cumplimiento de las normas internas de usos y utilización de las instalaciones, así como de participación en las actividades, durante el transcurso de las mismas

- Comunicarse con el alumnado ante circunstancias sobrevenidas que impidan la realización efectiva de una sesión previamente programada, según las instrucciones establecidas por la coordinación de su empresa

- Cualesquiera otras que tengan relación con la naturaleza de su actividad y/o que se determinen por el órgano competente; así como las derivadas del ejercicio de los servicios objeto del contrato.

3.4 MEDIOS Y RECURSOS MATERIALES

Para la realización de los talleres la empresa adjudicataria deberá aportar los materiales fungibles necesarios, salvo el material de uso individual del alumno, que correrá a cargo de éste. En los talleres que requieran material inventariable (menaje, utensilios…) la dotación, mantenimiento, sustitución y reparación serán de cuenta de la empresa adjudicataria.

En todo caso, la empresa adjudicataria garantizará la provisión de todos aquellos materiales que haya incluido en su oferta, para cada uno de los talleres objeto de este contrato.

Correrá a cargo del adjudicatario la guardia y custodia de dicho material, bajo su única y exclusiva responsabilidad.

Se detallará el importe total asignado en concepto de material para cada modalidad de taller ofertado, así como el importe total anual máximo asumible en este concepto para todo el conjunto de talleres ofertados. El coste derivado de los mismos se entiende incluido dentro del precio unitario de licitación.

El primer día de las actividades deberá entregarse a cada alumno una lista con el material que debe aportar para el taller en el que se ha inscrito.

La entidad adjudicataria deberá poner a disposición del contrato, como mínimo los siguientes recursos:

- Un sistema de comunicaciones de voz y datos que permita una comunicación inmediata de la persona responsable del contrato con la persona que la empresa haya designado como interlocutora y de dicha persona con el resto de profesionales y, eventualmente, proveedores de

servicios, que la citada empresa haya asignado para la ejecución de las prestaciones objeto de este contrato. Este soporte ha de garantizarse de manera continuada durante el horario de atención, por lo que ante defectos en la señal o conectividad que pueda utilizarse de manera alternativa, el adjudicatario deberá reemplazarla por los medios tecnológicos existentes en ese momento.

- Facilitar a todo el personal una credencial identificativa que deberá exhibir en lugar visible de su indumentaria en la que figurará el logo de la empresa y el nombre y apellido de la persona.

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- Instalaciones de la propia empresa para la elaboración y diseño de los proyectos, programación de actividades, documentación de las actividades, etc, junto con los equipamientos correspondientes (equipos informáticos, mobiliario, documentación técnica, fotocopiadora, plantillas, etc.), así como salas destinadas a las reuniones de equipo. De manera adicional, el adjudicatario podrá proponer una de las instalaciones puestas a disposición del Proyecto para que, de común acuerdo y previa autorización municipal, pueda facilitar medios técnicos auxiliares para todo el conjunto de profesionales incluidos en los servicios a contratar.

- El material fungible necesario para el normal desarrollo de su actividad, especialmente el suministro de fotocopias con la documentación que para cada actividad sea preceptivo facilitar a las personas participantes.

- El soporte necesario para las tareas derivadas de la preparación y organización de sus actividades. La empresa es responsable de garantizar el adecuado estado de los medios dispuestos para el servicio, tanto en lo concerniente en su mantenimiento, como en su necesaria actualización y, en su caso, reposición. Los gastos que se deriven del uso de los mismos correrán a cargo de la empresa.

3.5 RELACIONES CON LAS PERSONAS USUARIAS

Durante la prestación del servicio la empresa adjudicataria velará por los intereses de los usuarios y destinatarios de los programas. Dirigirá su actividad de acuerdo a los principios establecidos en la Ley 1/2003, de 24 de febrero, de servicios sociales del Principado de Asturias, especialmente en los artículos que recogen los derechos y deberes de los usuarios. Conducirá su actividad según el desarrollo normativo que pudiera derivarse de esta ley, y en particular según lo dispuesto en el Reglamento de Funcionamiento de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Oviedo, publicado en BOPA el 11 de junio de 2007.

En lo no previsto, la empresa atenderá a las especificaciones contempladas en las normas que regulen la participación en las actividades de carácter municipal que se oferten y el funcionamiento interno de los equipamientos en los que se integren los monitores, si las hubiera.

La empresa adjudicataria, a través de su plantilla, deberá asegurar que el servicio se presta a la ciudadanía con estricta igualdad de trato, respeto y buena disposición.

3.6 MEMORIA ANUAL

Dentro del sistema de evaluación diseñado por la empresa se producirán una serie de entregables entre los que se incluirá, con carácter obligatorio, un documento, a la finalización de cada año, donde se recojan todas las actividades que se han generado en cada Centro o equipamiento, las actuaciones llevadas a cabo por el servicio, el resultado de los cuestionarios evaluativos y cuantas consideraciones quepa mencionar para la mejora continua del Proyecto. La estructura de dicho documento será consensuada entre la empresa adjudicataria y el Ayuntamiento.

CUARTA. ESPECIFICACIONES DE LAS ACTIVIDADES

Las Actividades relacionadas con la gastronomía, con la exhibición, manipulación y/o degustación gastronómica deberán desarrollarse con el personal debidamente uniformado, cumpliendo y haciendo cumplir las condiciones y requisitos de higiene alimentaria en la manipulación de alimentos.

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5.1 LOCALIZACIÓN

El desarrollo de estas actividades tiene como ámbito territorial el conjunto del municipio de Oviedo.

Para lo cual se pondrán a disposición de los licitadores las instalaciones que figuran en el Anexo I al presente Pliego.

Las sesiones se desarrollarán en las salas y espacios de los Centros Sociales y otros equipamientos municipales. La empresa adjudicataria deberá preparar estos espacios para la correcta prestación del servicio. Se podrá autorizar la prestación del servicio en instalaciones no pertenecientes a esta red de equipamientos municipales.

La empresa adjudicataria podrá utilizar, una vez iniciado el contrato, las instalaciones de los Centros Sociales para depositar materiales necesarios para los talleres, en las condiciones que establezca el responsable del contrato. Igualmente, podrá acceder a las instalaciones, una vez finalizados los talleres, con objeto de su desalojo.

La empresa adjudicataria deberá mantener en buen estado los elementos de aquellas instalaciones municipales en las que pueda prestar el servicio, debiendo reintegrar el coste de los gastos de la reposición o reparación en caso de deterioros producidos por uso inadecuado, siendo responsable de los daños y perjuicios que ocasionare al patrimonio municipal o al uso general o al servicio al que estuviesen destinados.

Dentro de cada equipamiento, las sesiones se desarrollarán en las salas y espacios puestos a disposición de este contrato. La empresa adjudicataria deberá preparar estos espacios para la correcta prestación del servicio. Se podrá autorizar la prestación del servicio en instalaciones no pertenecientes a la red de equipamientos municipales cuando la naturaleza de la actividad así lo aconseje.

5.2 DISTRIBUCIÓN

El Ayuntamiento de Oviedo, a través de la persona responsable del contrato, decidirá con carácter trimestral y con la antelación suficiente, el número de talleres totales a impartir, su modalidad, las fechas de inicio y finalización, los horarios y la distribución geográfica de los mismos, teniendo en cuenta la relación de los distintos equipamientos y el nº de talleres anuales a impartir en cada uno de ellos-.

La empresa adjudicataria está obligada a la recuperación de las clases no impartidas en las fechas y horas previstas, que se definirán de forma consensuada por la empresa adjudicataria y el servicio municipal responsable.

5. 3 TEMPORALIZACIÓN

La ejecución de los talleres, con carácter general, se realizará a lo largo de todo el año. La duración de cada taller, con carácter general, se corresponde con un curso escolar (aproximadamente nueve meses), a través de tres periodos trimestrales.

El Ayuntamiento se reserva la facultad de exigir a la empresa adjudicataria la modificación de la programación prevista (horarios, modalidad, frecuencia semanal y duración de talleres), en función de las necesidades que se sucedan.

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5.4 CONTROL Y SEGUIMIENTO

El control y seguimiento del contrato se efectuará por medio de los siguientes mecanismos: - La visita y supervisión municipal en los Centros donde se desarrolle el servicio

- La solicitud de cuanta información se requiera para la verificación de los datos relativos a la ejecución del servicio

- La celebración de reuniones de seguimiento periódicas, mantenidas entre Ayuntamiento y empresa adjudicataria.

SÉXTA.- MODIFICACIONES DEL CONTRATO

A los efectos previstos en los arts. 105 y ss del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público se contempla la posibilidad de una modificación al alza del precio máximo del contrato hasta un 20% para atender a un eventual incremento del número de talleres a impartir como consecuencia de un aumento de la demanda, de un incremento de listas de espera y/o de la incorporación de nuevos centros a los que sea necesario ofertar estas actividades.

El procedimiento incorporaría un informe justificativo de la necesidad de la modificación, amparándose en la circunstancia objetiva del aumento de la demanda del servicio y exigiría la aprobación del órgano de contratación, previa acreditación de la existencia de crédito para atender a ese mayor gasto, la realización de un trámite de audiencia a la empresa adjudicataria, la emisión de los informes del servicio, de la Sección de Contratación, de Asesoría Jurídica y del Servicio de Fiscalización.

SEPTIMA.- PLAZO DEL CONTRATO

El plazo de vigencia del contrato será de un año desde la fecha de formalización del contratoy podrá prorrogarse durante un año

OCTAVA.- PRECIO DEL CONTRATO

Considerando la prórroga prevista y la posibilidad de modificación de hasta un 20% del presupuesto máximo, el valor estimado del contrato asciende a 55.872,00 € más IVA

El presupuesto máximo del contrato, sin considerar la previsión de modificación, durante el plazo inicial un año no podrá exceder de 23.280,00 €más IVA.

En caso de prórroga, el presupuesto máximo del contrato será de 23.280,00 € más IVA, más las modificaciones aprobadas, en su caso.

El precio del contrato será el resultado de multiplicar el precio unitario ofrecido por el adjudicatario aplicado al número de horas (o la fracción temporal que corresponda) efectivamente prestadas.

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El tipo de licitación se fija de acuerdo a:

Actividades relacionadas con la gastronomía,

1.1. Clases de cocina tradicional … 25,00€/h. más IVA

Para actividades de carácter especial, que reportan un carácter distintivo y diferenciado de las anteriores, se establecen dos categorías en función de la complejidad del taller y la necesidad de aportación de material para la realización de los mismos:

1.2. Clases de cocina especializada: vegetariana, repostería … 40,00€/h más IVA 1.3. Talleres que requieren materiales especiales como catas de vinos, cervezas, cocteles, corte de jamón 60,00 €/h más IVA

El adjudicatario deberá aportar el equipo básico de material fungible suficiente para la impartición del curso o taller.

A los efectos previstos en el art. 152.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se considerará baja desproporcionada o temeraria aquella proposición cuyo precio hora baje de 20€ /h. en las clases de cocina tradicional, que son las más numerosas.

En el precio ofrecido por los licitadores estarán incluidos los gastos de transporte del personal de la empresa adjudicataria y cualesquiera otros que puedan derivarse de la ejecución del contrato.

NOVENA.- REVISIÓN DE PRECIOS

Teniendo en cuenta que el plazo del contrato es de un año, no procede la revisión de precios.

DÉCIMA.- RESPONSABLE DEL CONTRATO

Se establece como responsable del contrato el Técnico de Centros Sociales. Son funciones del responsable del contrato:

a) Interpretar el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás condiciones técnicas establecidas en el contrato o en disposiciones oficiales.

b) Exigir la existencia de los medios y organización necesarios para la prestación de los servicios en cada una de sus fases.

d) Proponer las modificaciones que convenga para el buen desarrollo de los servicios. f) Tramitar cuantas incidencias surjan durante el desarrollo de los servicios.

g) Convocar cuantas reuniones estime pertinentes para el buen desarrollo de los servicios y su supervisión, a la que estará obligada a asistir la representación de la empresa adjudicataria, asistida de aquellos técnicos, letrados o especialistas de la misma que tengan alguna intervención en la ejecución del servicio.

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Protección de datos de carácter personal.

La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999. El adjudicatario deberá formar e informar a su personal de las obligaciones que en materia de protección de datos estén obligados a cumplir en el desarrollo de sus tareas para la prestación del contrato, en especial las derivadas del deber de secreto, respondiendo la empresa adjudicataria personalmente de las infracciones legales en que por incumplimiento de sus empleados se pudiera incurrir.

El adjudicatario y su personal durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del contrato, estarán sujetos al estricto cumplimiento de las normas de seguridad de las dependencias municipales en las que se desarrolle su trabajo.

Si el contrato adjudicado implica el tratamiento de datos de carácter personal se deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo.

Cesión autorizada de los datos personales

Tras la adjudicación del contrato, se llevará a cabo la suscripción de un Documento de Confidencialidad entre el adjudicatario y el Ayuntamiento de Oviedo, que regulará las condiciones de cesión de los datos de carácter personal que se observe necesario establecer durante la prestación de los servicios. El modelo de dicho documento figura en el Anexo III al presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

DÉCIMO SEGUNDA.- PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS

Todos los estudios y documentos elaborados que puedan derivarse de la ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Oviedo quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos.

El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación.

DÉCIMO TERCERA.- PAGO

El pago se efectuará por meses vencidos, contra facturas expedidas por el adjudicatario y conformadas por los técnicos municipales.

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ANEXO I.- Equipamientos municipales puestos a disposición para el desarrollo de actividades I.1.- Relación de equipamientos

Con carácter general será de obligado cumplimiento dos talleres en centros urbanos y uno en centros rurales

1 ANIEVES Bajos de las Viviendas Sociales de San Roque

2 ARGAÑOSA Bandames Candamo, 23

3 BRAÑES Antiguas Escuealas, Brañes 4

4 CACES Antiguas Escuelas, Bisueña, 68

5 CAMPOMANES Campomanes, 10

6 COLLOTO Luis Suárez Ximielga, 4

7 CRISTO I Burriana, 1

8 CRISTO II Burriana, 11

9 EL CORTIJO Ctra. La Corredoria, 82

10 EL LLANO El Llano, 6

11 FARO Antiguas Escuelas. Faro de Arriba, 47

12 GODOS Antiguas Escuelas, Godos, 51

13 GUILLÉN LA FUERZA Plaza de la Iglesia, s/n

14 LA ERÍA Bajos del Nuevo Carlos Tartiere

15 LA FLORIDA Paseo de La Florida s/n

16 LA MANJOYA Antiguas Escuelas de La Merced, El Caserón, 2

17 LA MONXINA Alvaro Albornoz 8, Urb. La monxina

18 LA RIERA La Riera, 188 (Trubia)

19 LAS CALDAS Las Caldas, 31

20 LAS CAMPAS Quirós, S/n

21 LAS CUESTAS Las Cuestas, 54 (Trubia)

22 LATORES Antiguas Escuelas. Latores, 71

23 MANZANEDA Antiguas Escuelas. Manzaneda, 4

24 MUÑOZ DEGRAIN Plaza Salvador Allende

25 NARANCO Fernández de Oviedo, 23

26 OLIVARES El Casal. Olivares

27 OLLONIEGO Ctra. Geral. Avda. Príncipe de Asturias, 97

28 OTERO Bajos Edificio San Mateo. Otero, 4

29 PERLAVIA Antiguas Escuelas. Perlavia, 20

30 PINTORIA Antiguas Escuelas. Pintoria, s/n

31 PRIAÑES Antiguas Escuelas. Priañes, s/n

32 PUMARÍN Turina, 1

33 SAN ANDRÉS TRUBIA Antiguas Escuelas. San Andrés, 7

34 SAN CLAUDIO Antigua Sindical. San Roque, 25

35 SAN ESTEBAN San Esteban de las Cruces, s/n

36 SANTA EULALIA Santa Eulalia de la Manzaneda

37 SANTIANES Santianes, 70

38 SOGRANDIO Antiguas Escuelas. La Campa, 22.

39 SOTO Bajos Grupo Química del Nalón.

40 STA MARÍA PIEDRAMUELLE Antiguas Escuelas. La Carrera, 4

41 TEATINOS I Puerto Pajares, 21

42 TENDERINA Miguel de Unamuno, 21

43 TRUBIA/CASINO General Elorza, 6, bajo.

44 TUDELA AGÜERIA Antiguas Escuelas. Sotiello, 116

45 TUDELA VEGUÍN La Manzanilla, s/n

46 ULES Carretera Ules, s/n

47 VALLOBÍN I Vázquez de Mella, 78

48 VALLOBÍN II Doctor Solís Cagigal, 6

49 VENTANIELLES Plaza Lago Enol, s/n

50 VETUSTA Ctra. Vetusta, 11

51 VILLAPEREZ Antiguas Escuelas. Nora, 10.

52 VILLA MAGDALENA Avda. Galicia

53 C. JUVENIL Y TELECENTRO Corredoria

(14)
(15)
(16)

ANEXO II

Funciones del Monitor de Actividades Socioculturales

- Colaborar en la preparación y acondicionamiento de las salas que acogen los talleres, incluyendo traslado y almacenamiento de sillas, mesas u otros elementos necesarios para el correcto desarrollo de la actividad; así como la restitución de la sala a su estado inicial previo al taller

- Informar a los usuarios de las características/condiciones de participación y acceso a los talleres

- Preparación de medios audiovisuales, cuando así proceda, para el desarrollo del taller: sistema de reproducción del sonido, proyección de imágenes, conexiones, etc

- Dar cuenta de cualquier anomalía, desperfecto, etc… que se produzca durante el desarrollo del taller, y requiera su reparación y/o oportuna reposición

- Comunicar a su coordinador responsable cuantas incidencias se produzcan en el Centro, edificio, instalaciones mobiliario, etc…, así como cuantas quejas reclamaciones o sugerencias se generen - Tareas administrativas correspondientes a la elaboración y redacción de los programas de las

actividades, presentación de la evaluación anual junto con las propuestas de mejora

- Realización de reportaje fotográfico del curso, que habrá de adjuntar junto con la evaluación anual del taller

- Será responsable de la confidencialidad de los datos que conozca en razón de sus servicios, en el marco de este contrato

- Será responsable del cumplimiento de las normas internas de usos y utilización de las instalaciones, así como de participación en las actividades, durante el transcurso de los talleres que imparta

- Comunicarse con los alumnos ante circunstancias sobrevenidas que impidan la realización efectiva de una sesión previamente programada, según las instrucciones establecidas por la coordinación de su empresa

- Cualesquiera otras que tengan relación con la naturaleza de su actividad y/o que se determinen por el órgano competente; así como las derivadas del ejercicio de los servicios objeto del contrato (cláusula segunda del Pliego de Prescripciones Técnicas)

(17)

ANEXO III

Documento de Confidencialidad

De una parte, Ayuntamiento del Oviedo, y de otra, ____________________, adjudicataria de los servicios de realización de diversas actividades socioculturales, recreativas y de ocio y tiempo libre en los Centros Sociales Municipales de Oviedo.

INTERVIENEN

Ambas partes declaran haber convenido otorgar el presente Documento de Confidencialidad, lo que llevan a cabo conforme a las siguientes;

ESTIPULACIONES

1. La Ley 1/2003, de 24 de febrero, de Servicios Sociales del Principado de Asturias contempla, entre las funciones atribuidas al sistema público de servicios sociales, la de Favorecer la

participación y el pleno y libre desarrollo de las personas y de los grupos dentro de la sociedad, así como el fomento del desarrollo comunitario.

Para materializarlo, la propia ley eleva a categoría de prestación la Participación social y

desarrollo comunitario (Artículo 32), entendiendo por ella “aquellas medidas dirigidas a

incrementar la participación social y el desarrollo comunitario dirigidas tanto a individuos como a grupos específicos y a la comunidad a la que pertenecen para favorecer su propia promoción y las posibilidades de participar tanto en la movilización de recursos comunitarios como las estrategias necesarias para estimular su implicación en la solución de problemas y el fortalecimiento de las redes sociales de apoyo”

El Ayuntamiento materializa dichas acciones por medio de diversos proyectos, programas y servicios, entre los cuales se encuentra comprendido el contrato de los servicios de realización de diversas actividades socioculturales, recreativas y de ocio y tiempo libre en los Centros Sociales Municipales de Oviedo al que se encuentra vinculado el presente documento.

2. Que para la prestación de dicho servicio, el Ayuntamiento de Oviedo formaliza un contrato con ______________ del que el presente documento es Anexo.

3. Que para la ejecución del servicio es necesario que se tenga acceso a los datos de carácter personal de los usuarios, de cuyo tratamiento son responsables el Ayuntamiento de Oviedo y ________________, respectivamente.

4. Que por esta razón, y en cumplimiento de la LOPD 15/99, ambas partes en su libre y espontánea voluntad acuerdan regular este acceso y tratamiento de datos de carácter personal y a tal efecto se señalan expresamente las siguientes obligaciones:

- Tener los ficheros de los que son titulares debidamente legalizados y legitimados de conformidad

con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, e implantadas las medidas de seguridad legalmente aplicables.

(18)

a) La existencia de sus respectivos ficheros o tratamientos de los datos de carácter personal, así como de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.

b) De la necesidad de sus respuestas a las preguntas que les sean planteadas y de la imposibilidad de prestarle el servicio de realización de diversas actividades socioculturales en los Centros Sociales Municipales de Oviedo (inscripción y participación en actividades, cursos, talleres…) si se negasen a suministrarlas y otorgar los consentimientos requeridos.

c) De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

d) De la identidad y dirección de los respectivos responsables del tratamiento.

- Disponer del consentimiento inequívoco del afectado para el tratamiento de los datos y efectuar

las cesiones previstas para la correcta prestación de los servicios.

- Guardar el secreto profesional de los datos de los usuarios participantes y destinatarios de los

servicios, obligándose, salvo en los casos en los que en aplicación de la normativa esté autorizado, a no comunicarlos, ni siquiera para su conservación, a otras personas, obligación que subsistirá aún después de finalizar sus relaciones.

- Responder directamente frente a la Agencia Española de Protección de Datos así como ante la

otra parte, de las sanciones pecuniarias y responsabilidades de todo tipo que de los propios incumplimientos en esta materia se deriven para ella misma y pueda alcanzar a la otra parte, incluidos los gastos de los profesionales (letrados, procuradores, técnicos, etc.) en los que incurran para su defensa.

5. El acceso por parte de ______________ a los datos de carácter personal facilitados por el Ayuntamiento de Oviedo se realizará única y exclusivamente con la finalidad de prestar el servicio de realización de diversas actividades socioculturales, recreativas y de ocio y tiempo libre en los Centros Sociales Municipales de Oviedo, de forma que ______________ pueda prestar al Ayuntamiento de Oviedo los servicios acordados.

6. _________________ aplicará y utilizará los datos facilitados por el Ayuntamiento de Oviedo únicamente para la finalidad prevista en el presente documento, sin que pueda aplicarlos o utilizarlos con fin distinto al que figura en el mismo.

7. Una vez finalizada la colaboración prestada entre las partes, ____________ procederá a la cancelación de los datos de carácter personal de los usuarios derivados por el Ayuntamiento de Oviedo a losefectos previstos en lanormativa vigente.

Y en prueba de conformidad con lo que acontece, ambas partes firman el presente documento en duplicado ejemplar y a un solo efecto,

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