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Acta Reunión 022 - Asamblea Nacional Revisora

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(1)

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 ASAMBLEA NACIONAL

Reunida por convocatoria de la Ley 70-09, del 27 de febrero de 2009 ACTA NÚMERO VEINTIDÓS (022) DE LA ASAMBLEA NACIONAL REUNIÓN ORDINARIA

DEL DÍA MARTES NUEVE (09) DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2009 ASAMBLEÍSTA PRESIDENTE: REINALDO PARED PÉREZ

ASAMBLEÍSTAS SECRETARIOS: RUBÉN DARÍO CRUZ UBIERA, ADRIANO DE JESÚS SÁNCHEZ ROA (SEC. AD HOC), ALFONSO CRISÓSTOMO VÁSQUEZ Y JUANA MERCEDES VICENTE MORONTA.

ÍNDICE GENERAL

ASUNTO PÁGINA

1. Comprobación del quórum y presentación de excusas. ... 10

Asistencia ... 10

Incorporados a la reunión ... 15

Ausentes con excusa ... 16

Ausentes sin excusa ... 17

Apertura de reunión ... 17

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 17

3. Lectura de correspondencias siguiendo el orden de fechas de recibidas ... 18

Lectura correspondencia remitida por el vocero del bloque de Diputados del PRSC ... 18

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 19

2. Lectura y aprobación de actas de reuniones anteriores, si las hubiere ... 20

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 20

4. Lectura de informes recibidos de las comisiones en ocasión de la segunda lectura ... 20

5. Conclusión del orden del día anterior ... 20

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 20

(2)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 2 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 23

Asambleísta Rafael Porfirio Calderón Martínez ... 23

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 24

Votación 001 ... 25

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 25

Lectura comparativa de los artículos del texto vigente de la Constitución, o del que se propone incorporar, y los artículos de la propuesta del Poder Ejecutivo... 26

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 37

Votación 002 ... 38

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 38

Votación 003 ... 38

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 39

Votación 004 ... 39

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 39

Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ... 40

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 40

Asambleísta Radhamés Fortuna Sánchez ... 40

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 41

Asambleísta Rafael Porfirio Calderón Martínez ... 41

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 42

Asambleísta Francisco Rosario Martínez ... 42

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 43

(3)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 3 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 44

Asambleísta Luis José González Sánchez ... 44

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 45

Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ... 46

Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ... 46

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 47

Asambleísta Prim Pujals Nolasco ... 47

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 48

Asambleísta Mario José Fernández Saviñón ... 49

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 49

Asambleísta Vicepresidente, Julio César Valentín Jiminián ... 49

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 52

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 53

Asambleísta Francisco Rosario Martínez ... 53

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 54

Asambleísta Luis José González Sánchez ... 54

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 54

Asambleísta Francisco Rosario Martínez ... 54

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 55

Asambleísta Luis José González Sánchez ... 55

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 55

(4)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 4 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 55

Asambleísta Teodoro Ursino Reyes ... 56

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 56

Asambleísta Rafael Porfirio Calderón Martínez ... 56

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 56

Votación 005 ... 57

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 57

Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ... 57

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 57

Votación 006 ... 58

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 58

Lectura del artículo 89 de la propuesta del Poder Ejecutivo ... 58

Votación 007 ... 58

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 59

Lectura del artículo 100 de la propuesta del Poder Ejecutivo ... 59

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 59

Votación 008 ... 59

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 59

Votación 009 ... 60

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 60

Asambleísta Pedro Dionicio Flores Grullón ... 60

(5)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 5 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Asambleísta Cristina Altagracia Lizardo Mézquita ... 61

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 61

Asambleísta Cristina Altagracia Lizardo Mézquita ... 61

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 64

Señalamiento a viva voz ... 64

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 64

Observaciones a viva voz ... 65

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 65

Observaciones a viva voz ... 65

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 65

Votación 010 ... 65

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 66

Lectura del objeto No.34 de la Ley 70-09 ... 66

Lectura de los artículos 102, 103, 104, 105, 111, 112 y 113 de la propuesta del Poder Ejecutivo ... 67

Lectura de las propuestas de modificaciones presentadas por los asambleístas ... 69

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 71

Señalamiento a viva voz ... 71

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 71

Continuación de la lectura de las propuestas de modificaciones presentadas por los asambleístas ... 72

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 73

(6)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 6 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Designación de secretario ad hoc, asambleísta Demóstenes Willian Martínez

Hernández ... 75

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 75

Asambleísta Julio César Valentín Jiminián ... 76

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 76

Asambleísta María Cleofia Sánchez Lora ... 76

Asambleísta Julio César Valentín Jiminián ... 76

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 76

Asambleísta María Cleofía Sánchez Lora ... 76

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 76

Votación 011 ... 77

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 77

Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ... 77

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 78

Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ... 78

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 79

Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ... 80

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 80

Asambleísta Minerva Josefina Tavárez Mirabal ... 80

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 81

Asambleísta Elso Milcíades Segura Martínez ... 81

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 82

(7)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 7 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 83

Votación 013 ... 83

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 83

Votación 014 ... 84

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 84

Votación 015 ... 84

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 85

Votación 016 ... 85

Designación de secretaria ad hoc, asambleísta Orfelina Liseloth Arias Medrano ... 85

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 85

Asambleísta Rafael Porfirio Calderón Martínez ... 86

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 87

Asambleísta Ramón Rogelio Genao Durán ... 87

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 89

Asambleísta Ruddy González ... 89

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 91

Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ... 91

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 91

Reincorporación a la Asamblea Nacional de la secretaria titular, asambleísta Juana Mercedes Vicente Moronta ... 92

Votación 017 ... 92

(8)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 8 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Asambleísta Pelegrín Horacio Castillo Semán ... 92

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 94

Asambleísta Domingo Antonio Páez Rodríguez ... 95

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 96

Votación 018 ... 96

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 96

Asambleísta José Leonel Cabrera Abud ... 97

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 97

Reincorporación a la Asamblea Nacional del secretario titular, asambleísta Alfonso Crisóstomo Vásquez ... 97

Votación 019 ... 97

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 98

Manifestación a viva voz ... 98

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 98

Votación 020 ... 98

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 98

Sugerencia a viva voz ... 99

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 99

Votación 021 ... 99

Solicitud a viva voz ... 100

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 100

Manifestación a viva voz ... 100

(9)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 9 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Asambleísta Ruddy González ... 100

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 100

Votación 022 ... 101

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 101

Designación de secretario ad hoc, asambleísta Adriano de Jesús Sánchez Roa .... 102

Asambleísta Ruddy González ... 102

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 102

Asambleísta Julio César Valentín Jiminián ... 102

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 102

Asambleísta Ruddy González ... 102

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 103

Votación 023 ... 103

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 103

Votación 024 ... 104

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez ... 104

Cierre de reunión ... 104

Firmas ... 105

Certificación de fidelidad ... 105

(10)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 10 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

1. Comprobación del quórum y presentación de excusas

En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, el día martes nueve (09) del mes de junio del año dos mil nueve (2009), siendo las tres horas y cincuenta y cinco minutos (03:55) de la tarde, se reunieron en el Salón de la Asamblea Nacional del Palacio del Congreso Nacional, sito en el Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, los Senadores y Diputados que integran la Asamblea Nacional, cuyo Bufete Directivo está compuesto de la siguiente manera: Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez, senador del Distrito Nacional - PLD, Presidente del Senado y de la Asamblea Nacional; Julio César Valentín Jiminián, diputado de la provincia Santiago - PLD, Presidente de la Cámara de Diputados y Vicepresidente de la Asamblea Nacional; y, los Secretarios del Bufete Directivo de la Asamblea Nacional: Rubén Darío Cruz Ubiera, senador de la provincia Hato Mayor - PLD; Dionis Alfonso Sánchez Carrasco, senador de la provincia Pedernales - PLD, Secretarios del Bufete Directivo del Senado; Alfonso Crisóstomo Vásquez, diputado de la provincia Puerto Plata - PLD, y Juana Mercedes Vicente Moronta, diputada de la provincia San Pedro de Macorís - PLD, Secretarios del Bufete Directivo de la Cámara de Diputados.

Los restantes miembros de la Asamblea Nacional, señores legisladores integrantes del Senado de la República: Cristina Altagracia Lizardo Mézquiz, senadora de la provincia Santo Domingo - PLD, Vicepresidenta del Senado; Andrés Bautista García, provincia Espaillat - PRD; Luis René Canaán Rojas, provincia Hermanas Mirabal - PLD; Germán Castro García, provincia La Altagracia - PRD; Antonio de Jesús Cruz Torres, provincia Santiago Rodríguez - PLD; José Ramón de la Rosa

(11)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 11 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Mateo, provincia San Juan - PLD; César Augusto Díaz Filpo, provincia Azua - PRD; Francisco Javier Tadeo Domínguez Brito, provincia Santiago - PLD; Tommy Alberto Galán Grullón, provincia San Cristóbal - PLD; Wilton Bienvenido Guerrero Dumé, provincia Peravia - PLD; Charles Noel Mariotty Tapia, provincia Monte Plata - PLD; Juan Olando Mercedes Sena, provincia Independencia - PLD; Francisco Radhamés Peña Peña, provincia Valverde - PLD; Prim Pujals Nolasco, provincia - Samaná - PLD; Adriano de Jesús Sánchez Roa, provincia Elías Piña - PRSC; Amarilis Santana Cedano, provincia La Romana - PLD; Mario Antonio Torres Ulloa, provincia Dajabón - PRD; Félix María Vásquez Espinal, provincia Sánchez Ramírez - PRSC; Heinz Siegfried Vielut Cabrera, provincia Montecristi - PLD.

Los señores legisladores integrantes de la Cámara de Diputados: Lucía Medina Sánchez, diputada de la provincia San Juan - PLD, Vicepresidenta de la Cámara de Diputados; Rafael Leonidas Abréu Valdez, provincia San Cristóbal - PRD; José Acevedo Trinidad, provincia Samaná - PLD; Ángel Acosta Féliz, provincia Santiago - PRD; Pablo Adón Guzmán, provincia Santo Domingo - PRD; Juan Alberto Aquino Montero, provincia Elías Piña - PLD; Orfelina Liseloth Arias Medrano, provincia Peravia - PLD; Alberto Elías Atallah Lajan, Distrito Nacional - PRD, Gladys Sofía Azcona de la Cruz, provincia Santo Domingo - PLD; Euclides Batista Brache, provincia La Vega - PRSC; Víctor Orlando Bisonó Haza, Distrito Nacional - PRSC; Ana Isabel Bonilla Hernández, provincia María Trinidad Sánchez - PLD; Julio Alberto Brito Peña, provincia Azua - PLD; Ramón Antonio Cabrera Cabrera, provincia Santo Domingo - PLD; Lidio Cadet Jiménez, provincia Santo Domingo - PLD; Rafael Porfirio Calderón Martínez, provincia Azua - PRD;

(12)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 12 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Juan Julio Campos Ventura, provincia La Altagracia - PLD; Pedro Antonio Caro Pérez, provincia Bahoruco - PLD; Félix Antonio Castillo Rodríguez, provincia Puerto Plata - PLD; Josefa Aquilina Castillo Rodríguez, provincia Santo Domingo - PRD; Pelegrín Horacio Castillo Semán, Distrito Nacional - PLD-FNP; Máximo Castro Silverio, provincia Santiago - PRSC; Eugenio Cedeño Areché, provincia La Romana - PRD; Sergio Antonio Cedeño de Jesús, provincia La Altagracia - PRD; Antonio Bernabel Colón Cruz, provincia Santiago - PRD; Juan Andrés Comprés Brito, provincia Duarte - PLD; Néstor Julio Cruz Pichardo, provincia Santo Domingo - PRD; Nemencia Amancia de la Cruz Abad, provincia Santo Domingo - PRD; María Estela de la Cruz de De Jesús, provincia Monte Planta - PRD; Juan de Jesús de León Contreras, provincia Santiago - UDC; Lucila Leonarda de León Martínez, provincia Santo Domingo - PRD; Antonio de León Morel, provincia Santiago - PRD; Pedro Antonio Delgado Valdez, provincia La Vega - PLD; Modesto Díaz Coste, provincia Monseñor Nouel - PRD; Ydenia Doñé Tiburcio, provincia San Cristóbal - PLD; Julio Encarnación, provincia Santo Domingo - PRD; Roberto Ernesto Féliz Féliz, provincia Barahona - PRSC; José Antonio Fabián Bertré, provincia Monseñor Nouel - PLD; Mario José Fernández Saviñón, provincia Duarte - PRSC; Radhamés Fortuna Sánchez, provincia Santo Domingo - PLD; Hugo Fernelis Fortuna Tejeda, provincia Santo Domingo - PLD; Milcíades Marino Franjul Pimentel, provincia Peravia - PLD; Jorge Frías, provincia Santo Domingo - PRD; Ramón Rogelio Genao Durán, provincia La Vega - PRSC; Ángel José Gomera Peralta, provincia Santo Domingo - PLD; César Enrique Gómez Segura, provincia San José de Ocoa - PRSC; Ruddy González, provincia Azua - PRD; José Altagracia González Sánchez, provincia Santo Domingo - PRD; Luis José González Sánchez, provincia Bahoruco - PRSC; Leivin Esenobel Guerrero,

(13)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 13 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 provincia San Cristóbal - PRD; Altagracia Herrera de Brito, provincia Monte Planta - PRD; Julio César Horton Espinal, Distrito Nacional - PLD; Andrés Henríquez Antigua, provincia Santo Domingo - PRD; Tulio Jiménez Díaz, provincia San Cristóbal - PLD; Manuel de Jesús Jiménez Ortega, provincia Santo Domingo - PLD; Ana Quisqueya Lantigua de la Cruz, provincia Azua - PLD; Víctor Luis de Jesús Lasosé Figueroa, provincia Espaillat - PRD; Aquiles Leonel Ledesma Alcántara, provincia Barahoana - PRD; Elba Lugo A. de Alcántara, provincia San Juan - PLD; Juan Maldonado Castro, provincia El Seibo - PRD; Rubén Darío Maldonado Díaz, provincia Santo Domingo - PLD; Noé Marmolejos Mercedes, provincia Duarte - PRD; Jesús Martínez Alberti, provincia Santo Domingo - PLD; Abel Atahualpa Martínez Durán, provincia Santiago - PLD; Demóstenes Willian Martínez Hernández, provincia Santiago - PLD; Abrahan de la Cruz Martínez Pujols, provincia San José de Ocoa - PLD; María Altagracia Matos Ramírez, provincia Pedernales - PLD; Rudy María Méndez, provincia Barahona - PLD; Fausto Marino Mendoza Rodríguez, provincia San Cristóbal - PRD; Alfonso Gamalier Montás Domínguez, provincia San Cristóbal - PLD; Francisco Rosario Martínez, provincia La Romana - PRSC; Carlos José Martínez Arango, provincia Puerto Plata - PRD; Ilana Neumann Hernández, provincia Puerto Plata - PRD; Hugo Rafael Núñez Almonte, provincia La Vega - PRD; Ramón Dilepcio Núñez Pérez, provincia Santiago - PLD; Domingo Antonio Páez Rodríguez, provincia Santo Domingo - PLD; Cristian Paredes Aponte, provincia Sánchez Ramírez - PRD; Carlos Manuel Peña Batista, Distrito Nacional - PLD; Celestino Peña García, provincia Santiago Rodríguez - PRD; Plutarco Pérez, provincia La Romana - PLD; Mirtha Elena Pérez, provincia Santo Domingo - PLD; Mauro Piña Bello, provincia San Juan - PLD; Fidelia Altagracia Pérez Rodríguez, provincia Santiago - PRD;

(14)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 14 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 René Polanco Vidal, provincia Santo Domingo - PLD; Ángela Pozo, provincia Valverde - PLD; Luis Ramón Peña, provincia San Pedro de Macorís - PRD; Ramón Antonio Pimentel Gómez, provincia Montecristi - PRD; Juan Carlos Quiñones Minaya, provincia Puerto Plata - PLD; Santo Ynilcio Ramírez Bethancourt, provincia Peravia - PRD; Gregorio Reyes Castillo, provincia Dajabón - PLD; Guillermo Radhamés Ramos García, provincia La Vega - PRD; Teodoro Ursino Reyes, provincia La Romana - PLD; Juan Benito Reyes Brito, provincia San Cristóbal - PRD; Digna Reynoso, Distrito Nacional - PRD; Afif Nazario Rizek Camilo, provincia Salcedo - PLD; Magda Alina Altagracia Rodríguez Azcona, provincia Santiago - PLD; Santiago de Jesús Rodríguez Peña, provincia Santiago - PLD; Aníbal Rosario Ramírez, provincia Santo Domingo - PRD; Juan José Rosario Rosario, provincia Duarte - PLD; José Ulises Rodríguez Guzmán, provincia Santiago - PRD; Julio Rafael Romero Villar, provincia Santo Domingo - PRD; Manuel Alberto Sánchez Carrasco, provincia Pedernales - PRD; María Margarita Sánchez de Almonte, provincia Santo Domingo - PRD; Ramón Ricardo Sánchez de la Rosa, provincia La Altagracia - PRSC; Gustavo Antonio Sánchez García, Distrito Nacional - PLD; María Cleofia Sánchez Lora, Distrito Nacional - PLD; Bernardo Sánchez Rosario, provincia Espaillat - PRD; Luis Rafael Sánchez Rosario, provincia Santo Domingo - PRD; Rafael Antonio Santana Albuez, provincia Monte Plata - PLD; Nancy Altagracia Santos Peralta, provincia Santiago Rodríguez - PLD; Henry Osvaldo Sarraff Urbáez, provincia Independencia - PRD; Elso Milcíades Segura Martínez, provincia Santo Domingo - PLD; Juan Gilberto Serulle Ramia, provincia Santiago - PLD; José María Sosa Vásquez, provincia San Pedro de Macorís - PLD; Gladis Mercedes Soto Iturrino, provincia Sánchez Ramírez - PLD; Víctor Valdemar Suárez Díaz, provincia Santiago - PLD; Minerva

(15)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 15 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Josefina Tavárez Mirabal, Distrito Nacional - PLD; Víctor Manuel Terrero Encarnación, provincia Barahona - PLD; Sergio Pascual Vargas Parra, provincia San Cristóbal - PLD; Radamés Vásquez Reyes, provincia San Cristóbal - PLD; Demetrio Antonio Vicente Ureña, provincia Samaná - PRD; Santiago Vilorio Lizardo, provincia Hato Mayor - PLD; Miguel Ángel de Jesús Vásquez Escoto, provincia Hermanas Mirabal - PRD; .

INCORPORADOS A LA REUNIÓN: Félix María Nova Paulino, provincia Monseñor Nouel - PLD (4:43); Amílcar Jesús Romero Portuondo, provincia Duarte - PLD (4:43); Euclides Rafael Sánchez Tavárez, provincia La Vega - PLD (4:43); Francis Emilio Vargas Francisco, provincia Puerto Plata - PLD (5:30); Rafaela Alburquerque de González, provincia San Pedro de Macorís - PRSC (5:04); Pedro Alejandro Aguirre Hernández, provincia Puerto Plata - PRD (4:43); Nelson de Jesús Arroyo Perdomo, provincia San Pedro de Macorís - PRD (4:43); Manuel Elpidio Báez Mejía, Distrito Nacional - PLD (5:33); Miguel Alejandro Bejarán Álvarez, provincia Montecristi - PLD (6:02); Geraldo Miguel Bogaert Marra, provincia Santo Domingo - PLD (6:49); Ramón Antonio Bueno Patiño, Distrito Nacional - PRD (4:43); Ramón Noé Camacho Santos, provincia Espaillat - PLD (4:43); Guido Cabrera Martínez, provincia La Altagracia - PRSC; Agne Berenice Contreras Valenzuela, provincia Elías Piña - PRD (4:43); José Leonel Cabrera Abud, Distrito Nacional - PRD (6:52); Luis Ernesto Camilo García, provincia Duarte - PRD (5:41); Rafael Librado Castillo Espinosa, Distrito Naciona - PRD (4:43); Ysabel de la Cruz Javier, provincia Santo Domingo - PLD (4:45); Yuderka Yvelisse de la Rosa Guerrero, Distrito Naciona - PLD (4:43); Manuel Antonio Díaz Santos, provincia San Cristóbal - PLD (4:47); Nidio Encarnación

(16)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 16 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Santiago, provincia San Juan - PRD (4:47); Pedro Augusto Evangelista Monegro, provincia Hato Mayor - PRD (6:10); Pedro Dionicio Flores Grullón, provincia Espaillat - PLD (4:43); Elvin Antonio Fulgencio, provincia Santo Domingo - PLD (6:28); Salomón García Ureña, provincia María Trinidad Sánchez - PRD (4:43); David Herrera Díaz, provincia San Juan - PRD (4:43); Pedro Vicente Jiménez Mejía, provincia Santo Domingo -PLD (6:45); Wagner Manuel José Mosquea, provincia María Trinidad Sánchez - PRD (4:43); Alfredo Martínez, provincia Santo Domingo - PLD (4:43); Kenia Milagros Mejía Mercedes, provincia El Seybo - PLD (5:32); Ramón Alejandro Montás Rondón, Distrito Nacional - PLD (6:25); Lupe Núñez Rosario, provincia Duarte - PLD (6:24); Franklin Isaías Peña Villalona, provincia San Pedro de Macorís - PLD (4:43); Rubén Darío Peñaló Torres, provincia Valverde - PRD (4:45); José Casimiro Ramos Calderón, provincia Monseñor Nouel - PLD (PLD); Aridio Antonio Reyes, provincia La Vega - PLD (4:47); Karen Lisbeth Ricardo Corniel, provincia Santo Domingo - PLD (4:45); Pablo Inocencio Santana Díaz, provincia Independencia - PLD (4:43); José Francisco A. A. Santana Suriel, provincia Santo Domingo - PRD (4:43); Elías Rafael Serulle Tavárez, Distrito Nacional - PLD (5:32); Juan Suazo Marte, provincia Monte Planta - PLD (4:43); José Ricardo Taveras Blanco, provincia Santiago - FNP (4:43); Carmen Mirelys Uceta Vélez, provincia Dajabón - PRSC (7:15); Lethi Vásquez Castillo, provincia Santo Domingo - PLD (4:49); Rafael Francisco Vásquez Paulino, Distrito Nacional - PRD (4:43).

AUSENTES CON EXCUSA: Diego Aquino Acosta Rojas, provincia Bahoruco - PLD; Pedro José Alegría Soto, provincia San José de Ocoa - PRD; Juan Roberto Rodríguez Hernández, provincia El Seibo - PRD; Noé Sterling Vásquez, provincia

(17)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 17 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Barahona - PRSC; Jesús Antonio Vásquez Martínez, provincia María Trinidad Sánchez - PRD; Alejandro Leonel Williams Ureña, provincia San Pedro de Macorís - PLD; Domingo Inocencio Colón Rodríguez, provincia Valverde - PLD; Radhamés Castro, provincia Santo Domingo - PRSC-PPC; Marino Antonio Collante Gómez, provincia Santiago - PRSC; Juan Bautista Encarnación Tejeda, Distrito Nacional - PLD; Gilda Mercedes Moronta Guzmán, provincia La Vega - PLD; Rafael Molina Lluberes, provincia Sánchez Ramírez - PRSC.

AUSENTES SIN EXCUSA: Remberto Arturo Cruz Rodríguez, provincia Espaillat - PRD; Radhamés Antonio Fermín Cruz, provincia Santiago - PRD; Guillermo Galván, provincia La Vega - PLD; Raúl Mondesí Avelino, provincia San Cristóbal - PLD; Juan Antonio Pérez, provincia Santo Domingo - PLD.

Con la presencia, al inicio de los trabajos de 115 diputados y 18 senadores, 133 asambleístas en total, el Presidente de la Asamblea, senador Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez, siendo las tres horas y cincuenta y cinco minutos (03:55) de la tarde, declaró abierta la reunión del día de hoy de la Asamblea Nacional, la cual se encuentra reunida desde el 24 de marzo de 2009, por disposición de la Ley 70-09 del 27 de febrero de 2009, publicada oficialmente el 11 de marzo de 2009, Ley que Declara la Necesidad de la Reforma a la Constitución de la República.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Han

presentado excusa los asambleístas siguientes: Juan Roberto Rodríguez, Pedro Alegría Soto, Noé Sterling Vásquez, Radhamés Castro, Diego Aquino Acosta, Alejandro Williams, Jesús Vásquez Martínez, Gilda Moronta, Elías Serulle,

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Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Domingo Colón, Juan Bautista Encarnación, Rafael Molina Lluberes y Ramón Alejandro Montás. Esas son las excusas presentadas hasta este momento. Les informo que las transmisiones en vivo han sido suspendidas, lo que se dará será un resumen. Vamos, en primer término, a darle lectura a una correspondencia remitida a nosotros por la bancada del Partido Reformista Social Cristiano. Déle lectura, por favor, asambleísta Dionis Sánchez, para entonces inmediatamente, empezar con la agenda”.

________________

3. Lectura de correspondencias siguiendo el orden de fechas de recibidas.

Por Secretaría se dio lectura a la correspondencia remitida por el vocero del bloque de Diputados del PRSC, recibida en el día de hoy. A continuación se transcribe el texto leído:

“Santo Domingo, D. N., 09 de junio de 2009

Licenciado Reinaldo Pared Pérez

Presidente de la Asamblea Nacional Su Despacho

Honorable Presidente:

A casi 3 meses de inicio de los trabajos de la Asamblea Nacional, constituida en Asamblea Revisora de la Constitución de la República, sólo hemos podido conocer y votar en primera lectura alrededor de 85 de los 254 artículos de la propuesta del Poder Ejecutivo, lo que equivale a una sexta parte del contenido total de la misma. Esta realidad permite proyectar que de mantener el mismo ritmo en los trabajos de la Asamblea, la revisión total del texto constitucional podría ocupar el resto del año y más.

Nuestra organización desde el momento del depósito del proyecto de ley de convocatoria, consideró lo oportuno del mismo sobre la base de la distancia que existía en el tiempo de los procesos electorales, congresionales, municipales y

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Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 presidenciales, y lo saludable que esto sería en procura de una discusión descontaminada del electoralismo típico en un tema tan trascendente e importante para el país, como es la Reforma Constitucional.

La realidad de hoy es que el desánimo y el desinterés se ha apoderado de una parte considerable de los asambleístas, y la proximidad con el inicio de los procesos internos de los partidos amenaza con hacer zozobrar la reforma, lo que sería una irresponsabilidad mayúscula de la clase política nacional, sobre todo después de los acuerdos pactados y declaraciones conjuntas que han suscrito el PRD y el PRSC con el Dr. Leonel Fernández y el PLD, sobre lo que debería ser la nueva Constitución.

En tal sentido, aprovechando el ambiente distenso que generan estos acuerdos proponemos:

a) Que la Asamblea sesione 4 días en vez de 3 por semana, lunes en la tarde, en doble tanda mañana-tarde, los días martes y miércoles y jueves en la mañana. b) Que se reserve la mañana de los lunes y los viernes para en caso de que fuese necesario puedan sesionar de manera ordinaria, por separado, la Cámara de Diputados y el Senado de la República.

c) Establecer como meta concluir y proclamar nueva Constitución antes del mes de agosto, procurando terminar la discusión artículo por artículo en primera lectura en lo que resta del mes de junio y la segunda lectura en el mes de julio.

d) En tanto sea posible procurar votar la segunda lectura en bloque, por títulos, capítulos o sesiones y no artículo por artículo como se ha hecho en la primera. Con sentimientos de consideración y estima, le saluda

Atentamente,

Ing. Ramón Rogelio Genao

Vocero de los asambleístas del PRSC

CC: Lic. Julio César Valentín

Vicepresidente de la Asamblea Nacional”

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Eso vamos a

ponderarlo, para que luego la Asamblea tome una decisión”.

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Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

2. Lectura y aprobación de actas de reuniones anteriores, si las hubiere.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Miren, las

actas que se encuentran disponibles para fines de consulta, toda vez que pretendemos someterlas para fines de lectura y aprobación el día 16 de junio del presente año, son las siguientes: La de la reunión No.4, de fecha 16 de abril de 2009; la No.6 del 22 de abril de 2009; la No.8 del 29 de abril de este año; la No.9 del 30 de abril, también de este mismo año; la del 6 de mayo de 2009; la del 13 de mayo de 2009; y la del 20 de mayo de 2009. Este conjunto de actas, repetimos, está disponible para fines de consulta y serán sometidas el día 16 de junio del año en curso”.

________________

4. Lectura de informes recibidos de las comisiones en ocasión de la segunda lectura.

No hay informes depositados.

________________

5. Conclusión del orden del día anterior.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Seguimos

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Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Ley de Convocatoria No.70-09. Quedamos por iniciar el artículo 81 de la propuesta del Poder Ejecutivo, luego veríamos y conoceríamos el informe que rindió la comisión que tuvo a su cargo el estudio de los artículos 44, 45 y 46 de la propuesta del Poder Ejecutivo. Fíjense, a los fines de agilizar los trabajos, que pudiéramos terminar con el Poder Legislativo, exceptuando lo que se encuentra en comisión, nosotros vamos a someter una propuesta de procedimiento en lo que resta del conocimiento de las propuestas del Poder Ejecutivo sobre el Poder Legislativo, y me voy a explicar: en la mañana de hoy nosotros nos dedicamos a hacer un estudio comparativo desde el artículo 81 de la propuesta del Poder Ejecutivo, hasta el 101, ambos inclusive. Hicimos un estudio comparativo y llegamos a la siguiente conclusión: El artículo 81 de la propuesta del Poder Ejecutivo equivale al 38 del texto vigente; el 82 es un artículo nuevo, pero fíjense, el 83 corresponde al párrafo del artículo 38; el 84 corresponde al 39; el 85 al 40; el 86 al 41; el 87 al párrafo primero del artículo 41; el 88 al párrafo segundo del artículo 41; el 89 es un artículo nuevo, pero el 90 corresponde al artículo 42; el 91 al 43; el 92 al 44; el 93 al 45; el 94 al 47 y el 95 al 48. Y en la sección referente a la Asamblea Nacional y a las reuniones conjuntas, oigan lo siguiente: el 96 corresponde al 29; el 97 corresponde al 27; el 98 corresponde al 35 aunque tiene un numeral nuevo; el 99 corresponde al 36; el 100 es un artículo nuevo y el 101 corresponde al párrafo del artículo 29. Es decir, de esos veintiún artículos que contiene la propuesta del Poder Ejecutivo, dieciocho tienen la misma redacción de la Constitución vigente, y me refiero a la sección que trata de lo relativo a la formación y efecto de las leyes, y también lo referente a la reunión de la Asamblea Nacional y de las reuniones conjuntas. Recurrí al reglamento que norma los trabajos de la Asamblea, y el procedimiento para la discusión o deliberación, en su artículo 59, el párrafo

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Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 primero nos dice lo siguiente: „El orden en que se conocerán las propuestas a considerar en la deliberación, podrá ser adecuado según acuerdo del Pleno de la Asamblea, en aquellos casos donde se estime su conveniencia por razones y agilidad en los trámites de aprobación.‟ Después de hacer ese estudio en la mañana de hoy, tanto de la propuesta del Poder Ejecutivo, como de la Constitución vigente, y de lo que establecía el reglamento, me permití consultar en primer término con el vicepresidente de la Asamblea, el asambleísta Julio César Valentín, y con los voceros de las diferentes bancadas. Conversé con el licenciado Julio César Valentín; conversé con uno de los voceros, porque no localicé a Roberto Rodríguez, hablé con Ruddy González; hablé con el vocero de la bancada del PLD, Luis René Canaán; traté de contactar a Pelegrín Castillo, pero no lo conseguí; y conversé también con Ramón Rogelio Genao, vocero de la bancada del Partido Reformista Social Cristiano. ¿Qué proponemos?, que en base a lo que hemos explicado, y esto no presenta mayores inconvenientes, porque la atención, en lo que se refiere al Poder Legislativo, que ha centrado a los legisladores, se refiere a las atribuciones del Senado, por una parte, a las atribuciones de la Cámara de Diputados, por otra parte, y a las atribuciones del Congreso en su conjunto, y eso se encuentra en comisión. Fácilmente nosotros, en el día de hoy, después de cumplir con lo que establece el reglamento de darle lectura primero al objeto de la ley según se trate, de darle lectura a la propuesta del Poder Ejecutivo y de darle lectura al texto vigente, pudiéramos aprobar ese paquete. Los textos nuevos los veríamos por separado en el día de hoy, y aquel o aquella asambleísta en la „formación y efecto de las leyes‟ que tenga alguna propuesta de modificación, que la someta a las comisiones de Verificación y a la de Estilo, para la segunda discusión, como esas dos comisiones tienen que rendir un informe, y así

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ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 23 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 avanzaríamos mucho, empezando desde el día de hoy, lo que nos permitiría concluir con lo referente a lo del Poder Legislativo, exceptuando lo que está en comisiones, pasaríamos a ver el informe que rindió la Comisión que tuvo a su cargo el estudio y análisis de los artículos 44, 45 y 46 de la propuesta del Poder Ejecutivo, y mañana pudiéramos entrar en el Poder Ejecutivo. Los diferentes voceros, así como el señor vicepresidente, estuvieron de acuerdo con nosotros, y esa es la propuesta de procedimiento que les vamos a presentar, porque con eso daríamos un paso de avance notable, y como tenemos que leer la propuesta del Poder Ejecutivo y la propuesta del texto vigente, ustedes se percatarán de que lo que les he dicho es la absoluta verdad, de que tienen el mismo texto, porque no presentan mayores inconvenientes, lo que resta es la „formación y efecto de las leyes‟, el procedimiento. ¿Hay alguna observación? Una pregunta, asambleísta Calderón”.

Asambleísta Rafael Porfirio Calderón Martínez: “¿El procedimiento implica la

lectura de cada uno de esos artículos para ver si no hay diferencia entre la propuesta del Poder Ejecutivo?”.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Sí, le

daríamos lectura a todos”.

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ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 24 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez: “Y después de

haberles dado lectura los sometemos en paquete a aprobación, dejaríamos, si ustedes quieren, los tres artículos nuevos, que son el 82, el 89 y el 100, no son conflictivos tampoco, pero por un asunto de delicadeza no quise introducirlos también en el paquete, para que entonces, si hay lugar, como son artículos nuevos, que los veamos por separado. Uno tiene que ver con la iniciativa popular, que es el 82; el otro tiene que ver con las convocatorias extraordinarias que hace el Poder Ejecutivo, que es el 89, que lo que persigue la propuesta del Poder Ejecutivo es que ellas no tengan incidencia en la perención de las iniciativas de las cuales se encuentra apoderado el Congreso; y el tercero nuevo, que es el 100, trata lo referente a la Asamblea Nacional que también no tiene mayores inconvenientes. (En este momento, se escuchó que a viva voz un asambleísta hizo un comentario.) No, hay algunas, mire, en el 96, pero eso puede ir a la Comisión; el 84 tiene unos errores gramaticales, que dice: „… en una sesión consecutiva.‟, y debería decir: „dos‟; el 83, que debe agregársele „demás‟; el 96, que había que agregar „conjuntamente‟; y el 98, que tiene un numeral nuevo, ¿ustedes saben a qué se refiere?, a que actualmente cuando habla de la reunión de la Asamblea Nacional prevé dos numerales, y hay un tercer numeral que nosotros lo pusimos en vigencia, y ese tercer numeral nuevo dice que la Asamblea deberá aprobar su reglamento, y ya nosotros lo aprobamos. Esas son las precisiones que habría que hacer. Si no hay mayor inconveniente, entonces me permito someter a la consideración de ustedes ese procedimiento, y con ello, miren, aprobaríamos en el día de hoy veintiún artículos, aparte de los otros, y varios objetos. Entonces vamos a someter a votación este procedimiento por el día de hoy. Que inicie la votación”.

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Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 25 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Votación 001

Sometida a votación la propuesta de procedimiento presentada por el asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez, secundada por los diferentes voceros, así como por el asambleísta vicepresidente, para que en el día de hoy: “En lo que resta del conocimiento de las propuestas del Poder Ejecutivo sobre el Poder Legislativo: Primero, darle lectura al objeto de la Ley, según se trate; darle lectura a la propuesta del Poder Ejecutivo; y darle lectura al texto vigente, para aprobar ese paquete. Los textos nuevos se verían por separados, y aquel o aquella asambleísta que tenga alguna propuesta de modificación en el acápite de la Formación y Efecto de las Leyes, que la someta a las Comisiones de Verificación y de Estilo, para que en la segunda discusión esas dos comisiones rindan un informe, lo que permitiría concluir con lo referente al Poder Legislativo, exceptuando lo que está en comisiones. Se pasaría a ver el informe que rindió la comisión que tuvo a su cargo el estudio y análisis de los artículos 44, 45 y 46 de la propuesta del Poder Ejecutivo. Después de darle lectura a todos los artículos se someterán en paquete a aprobación, y se dejarían, si se quiere, los tres artículos nuevos, que son: el 82, el 89 y el 100: EVIDENTEMENTE APROBADO. 125 VOTOS SÍ, 21 VOTOS NO DE 146 ASAMBLEÍSTAS PRESENTES PARA ESTA VOTACIÓN.

Asambleísta Presidente, Reinaldo de las Mercedes Pared Pérez:

“Evidentemente aprobado este procedimiento, al obtener una votación de 125, el mínimo requerido era 98. Entonces, tal y como expliqué, vamos a durar un buen ratito leyendo, en primer término, el objeto de la Ley 70-09, la propuesta del Poder Ejecutivo y el texto de la Constitución vigente, y así avanzaríamos. Crisóstomo, empiece a partir de la página 32.”

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Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 Por Secretaría se hizo una lectura comparativa de los artículos del texto vigente de la Constitución, o del que se propone incorporar, y los artículos de la propuesta del Poder Ejecutivo, que se transcriben a continuación:

6.1

Lectura del artículo a discutir del texto vigente, o del que se propone

incorporar;

6.2

Las Propuestas del Poder Ejecutivo

6.1.2 Ley 70-09

 Objeto No. 28):

Iniciativas legislativas

Considerar y discutir lo relativo al proceso y conocimiento de las iniciativas legislativas y ponderar la iniciativa legislativa popular.

 Constitución vigente:

SECCIÓN VI

DE LA FORMACIÓN Y EFECTO DE LAS LEYES

ART. 38.- Tienen derecho a iniciativa

en la formación de las leyes:

a. Los Senadores y los Diputados. b. El Presidente de la República. c. La Suprema Corte de Justicia en asuntos judiciales.

d. La Junta Central Electoral en asuntos electorales.

6.2.2

Sección V

De la Formación y Efecto de las Leyes

Artículo 81. Tienen derecho a

iniciativa en la formación de las leyes:

1) Los Senadores o Senadoras y los Diputados o Diputadas.

2) El Presidente de la República.

3) La Suprema Corte de Justicia en asuntos judiciales.

4) La Junta Central Electoral en asuntos electorales.

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Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 27 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Art.38

Párrafo.- El que ejerza ese derecho

podrá sostener su moción en la otra Cámara, si es el caso del Inciso a) de este artículo, y en ambas Cámaras mediante representante si se trata de uno cualquiera de los otros tres casos.

Art. 39.- Todo proyecto de ley admitido

en una de las Cámaras se someterá a dos discusiones distintas, con un intervalo de un día por lo menos entre una y otra discusión. En caso de que fuere declarado previamente de urgencia deberá ser discutido en dos sesiones consecutivas.

Art. 40.- Aprobado un proyecto de ley

en cualquiera de las Cámaras, pasará a la otra para su oportuna discusión, observándose en ellas las mismas formas constitucionales. Si esta Cámara le hiciere modificaciones, devolverá dicho proyecto con observaciones a la Cámara en que se inició, y, en caso de ser aceptadas, enviará la ley al Poder Ejecutivo. Pero si aquellas fueren rechazadas, será devuelto el proyecto a la otra Cámara con observaciones; y si ésta las aprueba, enviará a su vez la ley al Poder Ejecutivo. Si fueren rechazadas las observaciones, se considerará desechado el proyecto.

Artículo 82. Se establece la iniciativa

legislativa popular mediante la cual un número de ciudadanos no menor del dos por ciento de los inscriptos en el registro de electores, podrá presentar proyectos de ley ante el Congreso Nacional. Una ley especial establecerá el procedimiento para ejercer esta iniciativa.

Artículo 83. El que ejerza ese

derecho podrá sostener su moción en la otra Cámara, si es el caso del numeral 1 del artículo 81, y en ambas Cámaras mediante representante, si se trata de uno cualquiera de los demás casos.

Artículo 84. Todo proyecto de ley

admitido en una de las Cámaras se someterá a dos discusiones distintas, con un intervalo de tres días por lo menos entre una y otra discusión. En caso de que fuere declarado previamente de urgencia deberá ser discutido en una sesión consecutiva.

Artículo 85. Aprobado un proyecto

de ley en cualquiera de las Cámaras, pasará a la otra para su oportuna discusión, observándose en ella las mismas formas constitucionales. Si esta Cámara le hiciere modificaciones, devolverá dicho proyecto con observaciones a la Cámara en que se inició, y, en caso de ser aceptadas, enviará la ley al Poder Ejecutivo. Pero si aquellas fueren rechazadas, será devuelto el proyecto a la otra Cámara con observaciones; y si ésta las aprueba, enviará a su vez la ley al Poder Ejecutivo. Si fueren rechazadas las observaciones, se considerará desechado el proyecto.

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Asamblea Nacional

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Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Art.41.-

Párrafo I. Los proyectos de ley que quedaren pendientes en cualquiera de las dos Cámaras al cerrarse la legislatura, deberán seguir los trámites constitucionales en la legislatura siguiente, hasta ser convertidos en ley o ser rechazados. Cuando esto no ocurriere así, se tendrá el proyecto como no iniciado.

Párrafo II. Todo proyecto de ley recibido en una Cámara, después de haber sido aprobado en la otra, será fijado en el orden del día.

ART. 43.- Los proyectos de ley

rechazados en una Cámara no podrán presentarse en la otra, ni nuevamente en ninguna de las dos, sino en la legislatura siguiente.

Artículo 87. Los proyectos de ley que

quedaren pendientes en cualquiera de las dos Cámaras al cerrarse la legislatura, deberán seguir los trámites constitucionales en la legislatura siguiente, hasta ser convertidos en ley o ser rechazados. Cuando esto no ocurriere así, se tendrá el proyecto como no iniciado.

Artículo 88. Todo proyecto de ley

recibido en una Cámara, después de haber sido aprobado en la otra, será incluido en el orden del día de la primera sesión que se celebre.

Artículo 91. Los proyectos de ley

rechazados en una Cámara no podrán presentarse en la otra, ni nuevamente en ninguna de las dos, sino en la legislatura siguiente.

6.1.3

Ley 70-09

 Objeto No. 29):

Leyes orgánicas y ordinarias

Conocer todo lo relativo a los requisitos y distinción de las leyes orgánicas y ordinarias.

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Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 29 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009  Constitución vigente:

SECCIÓN VI

DE LA FORMACIÓN Y EFECTO DE LAS LEYES

Art. 44.- Las leyes se encabezarán así:

"El Congreso Nacional. En Nombre de la República".

Art. 45.- Las leyes, después de

promulgadas, se publicarán en la forma que por la ley se determine, y serán obligatorias una vez que hayan transcurrido los plazos indicados por la ley para que se reputen conocidas en cada parte del territorio nacional.

Art. 47.- La ley solo dispone y se aplica

para lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea favorable al que esté sub-judice o cumpliendo condena. En ningún caso la ley ni poder público alguno podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior.

ART. 48.- Las leyes relativas al orden

público, la policía, la seguridad y las buenas costumbres, obligan a todos los habitantes del territorio y no pueden ser derogadas por convenciones particulares.

Artículo 92. Las leyes se encabezarán así: "El Congreso Nacional. En Nombre de la República".

Artículo 93. Las leyes, después de

promulgadas, se publicarán en la forma que la ley determine asegurándose la más amplia difusión posible, y serán obligatorias una vez que hayan transcurrido los plazos para que se reputen conocidas en todo el territorio nacional.

Artículo 94. La ley sólo dispone y se

aplica para lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea favorable al que esté sub-júdice o cumpliendo condena. En ningún caso, la ley ni Poder Público alguno, podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior.

Artículo 95. Las leyes relativas al

orden público, la policía, la seguridad y las buenas costumbres, obligan a todos los habitantes del territorio y no pueden ser derogadas por convenciones particulares.

Artículo 252. Las leyes orgánicas

establecidas en la presente Constitución, requerirán para su aprobación, modificación o derogación, una votación calificada, de las dos terceras de los votos de ambas Cámaras.

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Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 30 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Artículo 253. La derogación o

modificación de las leyes: Ley Orgánica de Presupuesto No. 423-06 de fecha 17 de noviembre del 2006; Ley Orgánica de Planificación e Inversión Pública No. 496-06 del 28 de diciembre del 2006; Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas No. 873 del 31 de julio de 1978; Ley Institucional de la Policía Nacional No. 96-04 del 28 de enero de 2004; Ley del Servicio Civil y Carrera Administrativa No. 14-91 del 20 de mayo de 1991, requerirán el voto de las dos terceras partes de ambas Cámaras.

6.1.4

Ley 70-09

 Objeto No. 30):

Plazos promulgar, observar leyes

Revisar los plazos del Poder Ejecutivo para promulgar y observar las leyes.

 Constitución vigente:

ART. 41.- (Parte Capital) Toda ley

aprobada en ambas Cámaras será enviada al Poder Ejecutivo. Si éste no la observaren, la promulgará dentro de los ocho días de recibida y la hará publicar dentro de los quince días de la promulgación. Si la observare, la devolverá a la Cámara de donde procedió en el término de ocho días a contar de la fecha en que le fue enviada, si el asunto no fue declarado de urgencia, pues en este caso hará sus observaciones en el término de tres días. La Cámara que hubiere recibido las observaciones las hará consignar en el orden del día de la próxima sesión y discutirá de nuevo la ley. Si después de esta discusión, las dos terceras partes del

6.2.4

Artículo 86. Toda ley aprobada en

ambas Cámaras será enviada al Poder Ejecutivo. Si éste no la observare, la promulgará dentro de los diez días de recibida y la hará publicar dentro de los veinticinco días de la promulgación. Si la observare, la devolverá a la Cámara de donde procedió en el término de diez días a contar de la fecha en que fue recibida, si el asunto no fue declarado de urgencia, pues en este caso hará sus observaciones en el término de cinco días. La Cámara que hubiere recibido las observaciones las hará consignar en el orden del día de la próxima sesión y discutirá de nuevo la ley. Si después de esta discusión, las dos terceras partes del número total de los

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Asamblea Nacional

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Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009 número total de los miembros de dicha

Cámara la aprobaren de nuevo, será remitida a la otra Cámara; y si ésta la aprobare por igual mayoría, se considerará definitivamente ley. El Presidente de la República estará obligado a promulgar y publicar la ley en los plazos indicados.

ART. 42.- Cuando fuere enviada una ley

al Presidente de la República para su promulgación y el tiempo que faltare para el término de la legislatura fuere inferior al que se determina en el precedente artículo para observarla, seguirá abierta la legislatura para conocer de las observaciones hasta el agotamiento de los plazos y del procedimiento establecido por el Artículo 41.

Las leyes, después de publicadas, son obligatorias para todos los habitantes de la República, si ha transcurrido el tiempo legal para que se reputen conocidas.

miembros de dicha Cámara la aprobaren de nuevo, será remitida a la otra Cámara; y si ésta la aprobare por igual mayoría, se considerará definitivamente ley. El Presidente de la República estará obligado a promulgar y publicar la ley en los plazos indicados.

Artículo 90. Cuando fuere enviada

una ley al Presidente de la República para su promulgación y el tiempo que faltare para el término de la legislatura fuere inferior al que se determina en el precedente artículo para observarla, seguirá abierta la legislatura para conocer de las observaciones hasta el agotamiento de los plazos y del procedimiento establecido por el artículo 89.

6.1.5 Ley 70-09

 Objeto No. 31):

Convocatorias Extraordinarias

Establecer las normas sobre las convocatorias extraordinarias del Congreso Nacional.

 Constitución vigente:

6.2.5

Artículo 89. Las convocatorias extraordinarias realizadas por el Poder Ejecutivo a las Cámaras no surtirán efectos para los fines de la perención de los proyectos de Ley en trámite.

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Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 32 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

6.1.6 Ley 70-09

 Objeto No. 32):

Asamblea Nacional

Organizar todo lo relativo a la Asamblea Nacional y a la Reunión Conjunta de ambas Cámaras

 Constitución vigente:

Del Congreso Nacional Sección IV

Art. 27.- Las Cámaras se reunirán en

Asamblea Nacional en los casos indicados por la Constitución, debiendo estar presente más de la mitad de los miembros de cada una de ellas.

Las decisiones se tomarán por mayoría absoluta de votos.

Art. 29.- El Senado y la Cámara de

Diputados celebrarán sus sesiones separadamente, excepto cuando se reúnan en Asamblea Nacional.

Párrafo.- Podrán también reunirse

conjuntamente para recibir el mensaje del Presidente de la República y las memorias de los Secretario de Estado, a que se refiere el Artículo 55, Inciso 22, y para la celebración de actos conmemorativos o de otra naturaleza que no se relacionen con el ejercicio de las atribuciones legislativas de cada Cámara ni de las que están señaladas por esta Constitución como exclusivas de cada una de ellas.

6.2.6

Sección VI

De la Asamblea Nacional y de la Reunión Conjunta de ambas

Cámaras

Artículo 96. El Senado y la Cámara

de Diputados celebrarán sus sesiones separadamente, excepto cuando se reúnan en Asamblea Nacional.

Artículo 97. Las Cámaras se reunirán

en Asamblea Nacional en los casos indicados por la Constitución, debiendo estar presentes más de la mitad de los miembros de cada una de ellas. Sus decisiones se tomarán por mayoría absoluta de votos.

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Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 33 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Art. 35.- Cuando las Cámaras se reúnan

en Asamblea Nacional o en reunión conjunta, asumirá la Presidencia el Presidente del Senado; la Vicepresidencia la ocupará la persona a quien corresponda en ese momento presidir la Cámara de Diputados, y la Secretaría las personas a quienes corresponda en ese momento las funciones de Secretarios de cada Cámara.

Párrafo I. En caso de falta temporal o

definitiva del Presidente del Senado, y mientras no sea elegido el nuevo Presidente de dicha Cámara Legislativa, presidirá la Asamblea Nacional o la reunión conjunta el Presidente de la Cámara de Diputados.

Párrafo II. En caso de falta temporal o

definitiva del Presidente del Senado y del Presidente de la Cámara de Diputados, presidirá la Asamblea o la reunión conjunta el Vicepresidente del Senado, y, en su defecto, el Vicepresidente de la Cámara de Diputados.

Art. 36.- Corresponde a la Asamblea

Nacional examinar las actas de elección del Presidente y del Vicepresidente de la República, proclamarlos y, en su caso, recibirles juramento, aceptarles o rechazarles las renuncias y ejercer las facultades que le confiere la presente Constitución.

Artículo 98. Cuando las Cámaras se

reúnan en Asamblea Nacional o en Reunión Conjunta, asumirán la Presidencia el Presidente del Senado; la Vicepresidencia, el Presidente de la Cámara de Diputados y la Secretaría las personas a quienes correspondan en ese momento las funciones de Secretarios de cada Cámara.

1) En caso de falta temporal o definitiva del Presidente o Presidenta del Senado, y mientras no sea elegido el nuevo Presidente o Presidenta de dicha Cámara Legislativa, presidirá la Asamblea Nacional o la Reunión Conjunta el Presidente o Presidenta de la Cámara de Diputados.

2) En caso de falta temporal o definitiva del Presidente o Presidenta del Senado y del Presidente o Presidenta de la Cámara de Diputados, presidirá la Asamblea o la reunión conjunta el Vicepresidente o Vicepresidenta del Senado, y, en su defecto, el Vicepresidente o Vicepresidenta de la Cámara de Diputados.

3) La Asamblea Nacional aprobará un reglamento relativo a su organización y funcionamiento.

Artículo 99. Corresponde a la

Asamblea Nacional examinar las actas de elección del Presidente o Presidenta y del Vicepresidente o Vicepresidenta de la República, proclamarlos y, en su caso, recibirles juramento, aceptarles o rechazarles las renuncias y ejercer las facultades que le confiere la presente Constitución.

(34)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 34 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009

Artículo 100. La Asamblea Nacional,

igualmente se reunirá, de conformidad con las disposiciones del Artículo 253 de esta Constitución, para conocer de la Reforma a la Constitución de la República. En este caso actuará en funciones de Asamblea Nacional Revisora.

Artículo 101. Las Cámaras se

reunirán conjuntamente para recibir el mensaje del Presidente o Presidenta de la República y las memorias de los Ministerios, a que se refiere el numeral 14 del artículo 108 y para la celebración de actos conmemorativos o de naturaleza protocolar que no se relacionen con el ejercicio de las atribuciones legislativas de cada Cámara ni de las que están señaladas por esta Constitución como exclusivas de cada una de ellas.

6.1.7

Ley 70-09

 Objeto No. 33):

Asamblea Nacional Revisora

Consagrar la calidad de Asamblea Nacional Revisora, a la Asamblea Nacional reunida para conocer de la Reforma a la Constitución de la República.

(35)

Asamblea Nacional

ACTA REUNIÓN 022 DEL MARTES NUEVE (09) DE JUNIO DEL AÑO 2009, PÁGINA NO. 35 DE 130

Pendiente de aprobación por el Pleno de la Asamblea. Publicada desde 23-06-2009  Constitución vigente:

TÍTULO XIII DE LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES

Art. 116.- Esta Constitución podrá ser

reformada si la proposición de reforma se presenta en el Congreso Nacional con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra Cámara, o si es sometida por el Poder Ejecutivo.

Art. 117.- La necesidad de la reforma se

declarará por una ley. Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional, determinará el objeto de la reforma e indicará los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.

ART. 118.- Para resolver acerca de las

reformas propuestas, la Asamblea Nacional se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declare la necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las Cámaras. Una vez votadas y proclamadas las reformas por la Asamblea Nacional, la Constitución será publicada íntegramente con los textos reformados.

CAPÍTULO II

DE LA ASAMBLEA NACIONAL REVISORA

Artículo 245. La necesidad de la

reforma Constitucional se declarará por una ley de convocatoria que deberá ser aprobada con el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de cada una de las cámaras. Esta ley, que no podrá ser observada por el Poder Ejecutivo, ordenará la reunión de la Asamblea Nacional Revisora, contendrá el objeto de la reforma e indicará el o los artículos de la Constitución sobre los cuales versará.

Artículo 246. Para resolver acerca de

la reforma propuesta, la Asamblea Nacional Revisora se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declara la necesidad de las reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las Cámaras. No podrá iniciarse la Reforma Constitucional en caso de vigencia de alguno de los estados y supuestos previstos en el artículo 171. 1) En este caso, las decisiones se tomarán por la mayoría de las dos terceras partes de los votos.

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