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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA

“UTILES ESCOLARES”

SE

Secretaría de Educación

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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

LIC. MARCO ANTONIO LEDESMA GONZALEZ, Secretaria de Educación, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos; 7 fracciones XIII, numeral 4 y XIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 9 de la Ley general de Educación; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 16, 38 y 43 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; 1, 30 fracción X, 31 fracción V y 36 de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; articulo 6°, fracción VI Reglamento Interior de la Secretaría de Educación;

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA UTILES ESCOLARES CONSIDERANDO

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 establece en el artículo tercero que todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado –Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

Que La educación básica es la base del sistema educativo nacional, ya que es en este nivel donde se adquieren los conocimientos fundamentales para continuar con otra preparación y/o desempeñarse en el mercado laboral y que la educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

Que el gobierno del Estado de Nayarit determina que la educación para los individuos es una oportunidad para tener mejores condiciones de vida; y en el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2017 en su apartado 6.2.1 se establece como objetivo ampliar la cobertura de educación en los niveles básico, medio superior y superior, para garantizar el acceso de la población al sistema educativo estatal.

El Reglamento Interior vigente de la Secretaría, determina en su artículo número 6º fracción XXXVIII, Vigilar que en el otorgamiento de becas se cumpla con los programas y reglas de operación aplicables.

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir las siguientes:

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PRESENTACIÓN

Una educación pública equitativa y de calidad es, por definición, una educación inclusiva, en tanto tiene el imperativo ético de garantizar el acceso, la plena participación y el aprendizaje de todos y cada uno de los estudiantes, independientemente de sus diferencias personales, su procedencia social y cultural.

Una educación con mayor calidad aspira a una sociedad más pareja, más justa, más equitativa, y por eso todos los niños deben recibir la misma calidad en los apoyos y los útiles que recibirán responderán a la calidad que tiene la educación.

El gobierno del estado a través de la Secretaría de Educación promueve El Programa “UTILES ESCOLARES” el cual está destinado a los alumnos de las escuelas oficiales del nivel primaria y secundaria, con ello se combate la deserción escolar, se garantiza mayor cobertura, aumenta la calidad del servicio educativo, se contribuye a la economía familiar.

OBJETIVO

Otorgar útiles escolares y fortalecer la permanencia escolar de los alumnos de educación primaria y secundaria de las Instituciones Educativas Públicas del estado de Nayarit, para propiciar la equidad de oportunidades en el logro educativo.

OBJETIVOS ESPECIFICOS

1.-Incrementar la calidad educativa en la educación básica en el estado de Nayarit, a través de la igualdad de oportunidades educativas.

2.-Apoyar a las familias Nayaritas a mejorar el bienestar de los estudiantes de las Instituciones Educativas Publicas de los niveles primaria y secundaria, disminuyendo los índices de deserción.

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4 COBERTURA

El Programa tendrá cobertura a nivel estatal, de acuerdo al Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal del año correspondiente.

POBLACIÓN OBJETIVO

Niñas y Niños que cursan el nivel Primaria y Secundaria en Instituciones Educativas públicas del estado de Nayarit, es un Programa de apoyo anual.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

Gobierno del Estado otorgará los beneficios del Sistema de becas a todos los alumnos de educación primaria y secundaria de las Instituciones de Educación Pública pertenecientes a la Secretaría de Educación (SE), los Servicios de Educación Pública en el Estado de Nayarit (SEPEN), y el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), residentes en las comunidades, localidades y municipios del Estado, siempre que estuvieren inscritos para el ciclo escolar presente, y se encuentren dados de alta en el Sistema Integral de Información Educativa (SIIE) a cargo de los SEPEN.

TIPO DE APOYO

Los apoyos consisten en dos juegos de uniformes escolares y serán entregados a través del procedimiento normativo correspondiente.

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5 Las becas consisten en Paquetes de útiles, que recibirá el alumno de acuerdo a su grado y nivel de escolaridad, conforme a los paquetes tipo A, B, C, D, E, F, G y H.

Tipo de Apoyo Nivel Descripción Paquete

En especie Primaria Primero y segundo A Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto B Secundaria Primero y Segundo C Tercero D BENEFICIARIOS

Alumnos que cursen el nivel Primaria y Secundaria en Instituciones Educativas públicas, de los veinte municipios que conforman el Estado de Nayarit.

REQUISITOS

a) Ser alumno de las Instituciones de Educación Pública del Estado de Nayarit, pertenecientes a la Secretaría de Educación, Servicios de Educación Pública en el Estado de Nayarit y el Consejo Nacional de Fomento Educativo.

b) Cursar la educación básica obligatoria (primaria y secundaria). c) Estar inscrito en el ciclo escolar vigente.

d) Estar registrado en el Sistema Integral de Información Educativa (SIIE). e) Inscribirse en el Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales.

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6 SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN EDUCATIVA (SIIE)

Los titulares de las Instituciones de Educación Pública pertenecientes a la Secretaría de Educación (SE), los Servicios de Educación Pública en el Estado de Nayarit (SEPEN), y el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), serán los Responsables Directos de recabar y entregar a los SEPEN la información necesaria para integrar el Sistema Integral de Información Educativa, que cuando mínimo deberá contener el nombre de la escuela, clave, turno, sector, zona escolar, localidad, municipio y su pertenencia a SEPEN, SE y CONAFE, número consecutivo, listado de alumnos beneficiados con el nombre y CURP del alumno, nivel y grado escolar, así como talla de playera, pantalón o falda.

La Instancia Ejecutora se coordinará con los Enlaces Educativos que se designen en cada municipio para la realización de las reuniones especiales que se requieran entre los titulares de las Instituciones de Educación Pública del municipio que le competa, a fin de coordinar los procedimientos necesarios para recabar y entregar la información necesaria para el SIIE.

PADRÓN ÚNICO DE BENEFICIARIOS DE PROGRAMAS SOCIALES.

Los titulares de las Instituciones de Educación Pública pertenecientes a la Secretaría de Educación (SE), los Servicios de Educación Pública en el Estado de Nayarit (SEPEN), y el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), deberán inscribir a los alumnos beneficiados con el Programa de Becas, en el Padrón Único de Beneficiaros de Programas Sociales, llenando y entregando para ello, al Enlace Municipal el formato del Padrón único de Beneficiarios de Programas Sociales (FPU), que entregará a la Secretaría de Administración y Finanzas, por conducto de la Instancia Ejecutora.

La Instancia Ejecutora será responsable de integrar y actualizar la información relativa al Programa de Becas en el Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales (FPU).

DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS

a) Se les brinde por conducto de sus padres y/o tutores la información necesaria de manera clara y oportuna para participar en el Programa; b) Recibir un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de género,

grupo étnico, filiación política, gremial o religión, así como tener la debida privacidad y reserva de su información confidencial; y,

c) Recibir en conjunto con sus padres y/o tutores los beneficios del Programa de Becas en el domicilio de la Institución de Educación

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7 Pública a que pertenezca, o bien, el que previamente se notifique por la Instancia Ejecutora dentro de su localidad.

OBLIGACIONES DE LOS PADRES Y/O TUTORES DE LOS BENEFICIARIOS

a) Proporcionar y actualizar, en su caso, la información que se le requiera de acuerdo en lo establecido en las presentes reglas de operación; b) Entregar la documentación que le sea solicitada para su inscripción en el

Programa de Becas;

c) Acudir acompañado del alumno, en la fecha y lugar designado para la entrega de los beneficios del Programa de Becas; y,

d) No hacer uso indebido (venta, uso con fines partidistas o electorales, entre otros) de los beneficios del Programa de Becas.

CAUSAS DE SUSPENSIÓN.

La entrega de los beneficios del Sistema de Becas del Programa a favor de los beneficiarios, se suspenderá en forma provisional o definitiva, en los siguientes casos:

PROVISIONAL

a) No se recoja alguno de los beneficios que integran el Sistema de Becas del Programa;

b) No se actualicen los datos necesarios para el SIIE y Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales.

DEFINITIVA

a) Otorgar información falsa u omitir datos necesarios para SIIE y el Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales, por cualquier motivo; b) Defunción.

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8 INSTANCIA EJECUTORA

La Secretaría de Educación, será la instancia responsable de la ejecución de este Programa en los términos aquí previstos, sin perjuicio de las atribuciones que corresponda ejecutar a la Secretaría de Administración y Finanzas, y de las que se realicen en colaboración por la Dirección de Los Servicios de Educación Pública del Estado de Nayarit y el resto de las dependencias y/o entidades de la Administración Pública.

INSTANCIA NORMATIVA

La Secretaría de Educación (SE), fungirá como Instancia Normativa y será la instancia facultada para interpretar las presentes reglas, así como resolver los casos no previstos en las mismas.

La Instancia Normativa será competente para:

a) Definir los lineamientos de operación del Programa de Becas;

b) Obtener la información actualizada del Sistema Integral de Información Educativa;

c) Determinar el monto de las becas económicas.

INSTANCIA DE CONTROL

Corresponderá a la Secretaría de la Contraloría General, establecer y conducir, en coordinación con la Secretaría de Educación, las acciones de vigilancia en la administración y operación del Programa de Becas.

COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Despacho del Ejecutivo

Secretaría de Educación

Servicios de Educación Pública del Estado de Nayarit Secretaría de Administración y Finanzas

Secretaría de Seguridad Pública Estatal Secretaria de la Contraloría General

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MECÁNICA DE OPERACIÓN.

El Sistema Integral de Información Educativa (SIIE) se instrumenta con la finalidad de precisar antes del inicio del ciclo escolar, la matrícula de educación primaria y secundaria con que cuenta el Estado de Nayarit, a fin de entregar en tiempo y forma los beneficios que integran el sistema de becas de este Programa.

ADQUISICIÓN DE UNIFORMES Y PAQUETES DE ÚTILES ESCOLARES.

La Secretaría de Educación deberá llevar a cabo, con la anticipación debida, los procedimientos licitatorios para la adquisición de los uniformes y paquetes de útiles escolares; ajustándose, para ello, a lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Almacenes del Estado de Nayarit. Adquiridos los paquetes de útiles escolares, la Secretaría de Administración y Finanzas será la responsable de facilitar el lugar que durante un máximo de seis meses del ciclo escolar, se utilizará como Bodega para Beneficios Escolares. De no contar con inmueble disponible, podrá ser arrendado.

La Bodega para Beneficios Escolares, deberá ser equipada como mínimo, con servicio telefónico, de internet y fotocopiado. Deberá contar con espacios y/o áreas especificas para el almacenamiento y entrega de playeras escolares, de faldas, de pantalones, y de paquetes de útiles escolares tipos A, B, C, D, E, F, G y H.

Los bultos de los paquetes de útiles escolares deberán estar etiquetados con el rótulo de Gobierno “Unidos por tu Educación”.

La Secretaría de Administración y Finanzas registrará la marca “Unidos por la

Educación” ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), con la anticipación requerida para la operación del Programa de Becas.

PROCEDIMIENTO DE ENTREGA.

La entrega de los beneficios del sistema de becas del Programa se realizará al alumno en compañía de sus padres y/o tutor, en las instalaciones de la Institución de Educación Pública en que se encuentre inscrito, para lo cual deberán ser previamente informados por conducto del titular de la Institución de Educación Pública de que se trate, de la fecha en que se realizara la entrega. En la entrega participarán los Enlaces Educativos en colaboración con las Coordinadores Municipales. En el acto deberá estar presente el Visor.

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10 AVANCES FÍSICOS-FINANCIEROS

Será la instancia ejecutora quien estará a cargo del seguimiento financiero del programa, así como la evaluación en forma estadística de su desempeño.

EVALUACIÓN

La Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Nayarit, deberá realizar las acciones correspondientes para que en conjunto con su Contraloría Social lleven a cabo evaluaciones trimestrales, del impacto de este Programa Social en beneficio de la sociedad; debiendo documentarlo por escrito los primeros quince días del mes inmediato posterior al periodo que se evalúe.

GASTOS DE OPERACIÓN.

Para el desarrollo de las acciones correspondientes a la planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría social y evaluación externa del programa, la Secretaría de Administración y Finanzas, otorgará los recursos asignados al Programa de Beca Unidos, en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal vigente.

DIFUSIÓN

Estas reglas, serán publicadas en el Periódico Oficial Órgano de Gobierno del Estado de Nayarit y estarán disponibles para consulta de la ciudadanía en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Nayarit.

QUEJAS Y DENUNCIAS.

En primera instancia a la coordinación estatal del programa es quien dará contestación en un lapso no mayor a días 5 hábiles.

Los beneficiarios podrán presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes reglas de operación.

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11 Las quejas y denuncias se podrán captar en las siguientes instalaciones:

En la Secretaría de la Contraloría General Área de Denuncias y Quejas

Domicilio: Zacatecas No. 30 sur. Col. Centro Teléfono: 2-15-21-70

Horario: 9:00 a 15:00 Hrs.

TRANSITORIOS

Primero.- Las presentes reglas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Órgano de Gobierno del Estado y se continuarán aplicando en los subsecuentes ejercicios fiscales, en lo que no se opongan a las disposiciones y normativa aplicables.

Segundo.- El programa está sujeto a las variaciones que durante el ejercicio fiscal que corresponda, pueda sufrir el presupuesto de egresos.

Dado en el despacho de la Secretaría de Educación del estado de Nayarit, en Tepic, su capital, a los 27 días del mes de Mayo del año dos mil catorce.

“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.- LIC. MARCO ANTONIO LEDESMA GONZÁLEZ, SECRETARIO DE EDUCACIÓN.- Rúbrica.

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