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NUEVO MAHOU-CALDERÓN

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Academic year: 2021

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(1)

ÁREA DE PLANEAMIENTO ESPECÍFICO

A.P.E. 02.27

“NUEVO MAHOU-CALDERÓN”

Distrito de Arganzuela

(2)

ÍNDICE

1. MARCO CONTEXTUAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MADRID DE 1997 EN EL ÁMBITO APE 02.27 “NUEVO

MAHOU-CALDERÓN” ... 8

1.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DEL ÁMBITO... 8

1.2 MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA ... 9

1.2.1 ENCUADRE NORMATIVO DEL PROCEDIMIENTO AMBIENTAL ... 9

1.2.2 PRINCIPALES REFERENCIAS NORMATIVAS AMBIENTALES DE APLICACIÓN .. 9

2. OBJETO Y CONTENIDO DEL DOCUMENTO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ... 10

2.1 OBJETO ... 10

2.2 CONTENIDO ... 10

3. ÁMBITO DE ESTUDIO ... 12

3.1 LOCALIZACIÓN ... 12

3.2 SITUACIÓN ACTUAL DEL ÁMBITO Y SU ENTORNO ... 13

3.3 DETERMINACIONES DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MADRID DE 1997 PARA EL ÁMBITO “NUEVO MAHOU-CALDERÓN” ... 17

3.3.1 ESTADIO "VICENTE CALDERÓN" Y SUS INMEDIACIONES ... 17

3.3.2 TERRENOS DE "MAHOU" Y DEL COLEGIO PÚBLICO TOMÁS BRETÓN ... 18

3.3.3 DOTACIONES PÚBLICAS INCLUIDAS. EL PLAN ESPECIAL RÍO MANZANARES 19 4. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS RAZONABLES, TÉCNICA Y AMBIENTALMENTE VIABLES 19 4.1 ALTERNATIVA CERO. ESTADO ACTUAL ... 19

4.2 EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS ... 20

4.2.1 SOLUCIONES PARA LA CALLE 30 ... 21

4.2.2 MODELO DE CIUDAD ... 23

4.3 RESUMEN DE LOS MOTIVOS PARA LA SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA ... 25

(3)

5. LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOUM97 EN EL ÁMBITO “NUEVO

MAHOU-CALDERÓN”. ALCANCE Y CONTENIDO ... 29

5.1 JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA ... 29

5.2 OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL ÁMBITO ... 29

5.3 DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA ... 30

5.3.1 DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA ... 30

5.3.2 ANÁLISIS DE LAS SUPERFICIES ... 37

5.3.4 CRITERIOS DE SOSTENIBILIDAD EN EL DISEÑO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ... 44

6. DESARROLLO PREVISIBLE DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOUM97 EN EL ÁMBITO “NUEVO MAHOU-CALDERÓN” ... 45

7. CARACTERIZACIÓN DE LA SITUACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE ANTES DEL DESARROLLO DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL ... 46

7.1 CLIMA ... 46

7.2 CALIDAD DEL AIRE ... 48

7.2.1 CALIDAD ATMOSFÉRICA ... 48 7.2.2 CALIDAD ACÚSTICA ... 54 7.3 AGUAS SUPERFICIALES ... 59 7.4 AGUAS SUBTERRÁNEAS ... 63 7.4.1 HIDROGEOLOGÍA ... 63 7.4.2 PERMEABILIDAD ... 75 7.5 SUELO ... 77 7.5.1 CONTEXTO GEOLÓGICO ... 77 7.5.2 GEOMORFOLOGÍA ... 79 7.5.3 EDAFOLOGÍA ... 79

7.5.4 CALIDAD DEL SUELO ... 80

7.6 VEGETACIÓN Y ARBOLADO URBANO ... 83

(4)

7.6.2 ARBOLADO DE APANTALLAMIENTO JUNTO A LA CALLE 30, A LA ALTURA DEL

ESTADIO VICENTE CALDERÓN, EN EL PASEO DE LA VIRGEN DEL PUERTO ... 94

7.6.3 SOLAR DE MAHOU ... 95

7.7 FAUNA ... 96

7.8 VÍAS PECUARIAS ... 97

7.9 PATRIMONIO CULTURAL ... 98

7.9.1 ZONA ARQUEOLÓGICA DE LAS TERRAZAS DEL MANZANARES ... 98

7.9.2 ZONA ARQUEOLÓGICA DEL CONJUNTO HISTÓRICO DE LA VILLA DE MADRID 100 7.10 PAISAJE ... 103

7.10.1 FRAGILIDAD DEL PAISAJE ... 104

7.10.2 CALIDAD DEL PAISAJE ... 106

7.10.3 CUENCA DE VISUALIZACIÓN EXTERNA ... 108

7.11 POBLACIÓN Y ASPECTOS SOCIOECONÓMICOS ... 109

7.11.1 ÁREA DE INFLUENCIA DE LA ACTUACIÓN ... 109

7.11.2 ANÁLISIS DE LA DINÁMICA DEMOGRÁFICA ... 110

7.11.3 DIAGNÓSTICO SOBRE LA DINÁMICA DEMOGRÁFICA ... 114

7.11.4 ESTRUCTURA SOCIOECONÓMICA Y EXPRESIÓN ESPACIAL ... 115

7.11.5 DIAGNÓSTICO SOBRE LA ESTRUCTURA SOCIOECONÓMICA ... 118

7.11.6 CONCLUSIONES ... 118

8. CONDICIONANTES AMBIENTALES PARA LA EJECUCIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOUM97 EN EL ÁMBITO “NUEVO MAHOU-CALDERÓN” ... 119

8.1 PRESENCIA DE ARBOLADO SINGULAR ... 119

8.2 PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO ... 121

8.3 CALIDAD DE LOS SUELOS ... 121

8.4 CONTAMINACIÓN ACÚSTICA ... 122

(5)

8.6 INFRAESTRUCTURAS DE SANEAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES ... 123

9. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES DERIVADOS DE LA EJECUCIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL ... 124

9.1 ACCIONES SUSCEPTIBLES DE GENERAR EFECTOS AMBIENTALES ... 124

9.1.1 ACCIONES SUSCEPTIBLES DE GENERAR EFECTOS AMBIENTALES EN LA FASE DE OBRA 125 9.1.2 ACCIONES SUSCEPTIBLES DE GENERAR EFECTOS AMBIENTALES EN LA FASE DE EXPLOTACIÓN O FUNCIONAMIENTO ... 127

9.2 IDENTIFICACIÓN DE EFECTOS POTENCIALES SOBRE EL MEDIO AMBIENTE ... 133

9.2.1 EFECTOS AMBIENTALES NO SIGNIFICATIVOS O NULOS ... 134

9.2.2 EFECTOS AMBIENTALES CON INCIDENCIA SIGNIFICATIVA ... 139

9.3 VALORACIÓN DE LOS EFECTOS AMBIENTALES SIGNIFICATIVOS ... 144

9.4 AFECCIÓN AL DOMINIO PÚBLICO HIDRÁULICO ... 148

9.5 EVALUACIÓN GLOBAL DE LAS INTERVENCIONES: EFECTOS ACUMULATIVOS Y SINÉRGICOS... 149

9.6 ACTUACIONES PREVISTAS PARA LA ELIMINACIÓN O MINIMIZACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ... 160

10. EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES SOBRE LOS PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES CONCURRENTES ... 161

10.1 PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MADRID DE 1997 ... 162

10.2 PLAN MUNICIPAL DE GESTIÓN DE LA DEMANDA DE AGUA EN LA CIUDAD DE MADRID ... 163

10.3 PLAN ESPECIAL MADRID RÍO ... 164

10.4 PLAN DE CALIDAD DEL PAISAJE URBANO DE LA CIUDAD DE MADRID ... 165

10.4.1 RELACIÓN DEL PCPU CON LA NORMATIVA VIGENTE ... 166

10.4.2 CONSIDERACIONES A EFECTOS DE EVALUACIÓN PAISAJÍSTICA ... 169

10.5 AGENDA 21 DE MADRID ... 170 10.6 ESTRATEGIA LOCAL DE CALIDAD DEL AIRE DE LA CIUDAD DE MADRID 2006-2010

(6)

10.7 ESTRATEGIA DE CALIDAD DEL AIRE Y CAMBIO CLIMÁTICO DE LA COMUNIDAD

DE MADRID (2013-2020). PLAN AZUL+ ... 172

10.8 ESTRATEGIA DE GESTIÓN SOSTENIBLE DE LOS RESIDUOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (2017 – 2024) ... 173

11. MOTIVACIÓN DE LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA ... 174

12. MEDIDAS PREVISTAS PARA PREVENIR, REDUCIR Y, EN LA MEDIDA DE LO POSIBLE, CORREGIR CUALQUIER EFECTO NEGATIVO RELEVANTE EN EL MEDIO AMBIENTE DE LA EJECUCIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL, TOMANDO EN CONSIDERACIÓN EL CAMBIO CLIMÁTICO ... 176

12.1 MEDIDAS GENÉRICAS INCLUIDAS EN LA NORMATIVA VIGENTE ... 177

12.1.1 LEGISLACIÓN MUNICIPAL ... 177

12.1.2 LEGISLACIÓN AUTONÓMICA ... 183

12.1.3 LEGISLACIÓN NACIONAL ... 183

12.2 MEDIDAS ESPECÍFICAS ... 184

12.2.1 DELIMITACIÓN DEL PERÍMETRO DE LAS OBRAS ... 184

12.2.2 MEDIDAS DURANTE LA DEMOLICIÓN DE LAS EDIFICACIONES ... 184

12.2.3 MEDIDAS CONTRA EL RUIDO Y LAS VIBRACIONES DURANTE LAS OBRAS 185 12.2.4 MEDIDAS CONTRA EL POLVO Y EL BARRO ... 188

12.2.5 MEDIDAS PARA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO HÍDRICO Y EL DPH DEL RÍO MANZANARES ... 189

12.2.6 USO DE BOMBAS DE ACHIQUE PARA LA EVACUACIÓN DE LAS AGUAS SUBTERRÁNEAS DURANTE LAS OBRAS ... 190

12.2.7 MEDIDAS DE CONTROL DE LA EROSIÓN Y DE LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA EN ZONAS EN CONSTRUCCIÓN Y OBRAS EN LA VÍA PÚBLICA ... 191

12.2.8 RETIRADA, ACOPIO Y MANTENIMIENTO DE LA TIERRA VEGETAL ... 194

12.2.9 DESMANTELAMIENTO DE INSTALACIONES ... 194

12.2.10 MEDIDAS EN RELACIÓN CON LA VEGETACIÓN Y EL ARBOLADO URBANO 194 12.2.11 RECUPERACIÓN DE LA ZONA DE INSTALACIONES PROVISIONALES DE OBRA Y CREACIÓN DE ZONAS VERDES ... 200

(7)

12.2.12 ACTUACIONES ARQUEOLÓGICAS SEGÚN LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO ARTÍSTICO ... 200 12.3 GESTIÓN AMBIENTAL DURANTE LA FASE DE FUNCIONAMIENTO DE LOS USOS TERCIARIO-RECREATIVOS ... 201 12.4 MEDIDAS ESPECÍFICAS RELATIVAS A LA MITIGACIÓN Y ADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO ... 203 13. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVISTAS PARA EL SEGUIMIENTO AMBIENTAL DE LA EJECUCIÓN DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL ... 204

13.1 PRESCRIPCIONES AMBIENTALES DURANTE LA FASE DE OBRA ... 204 13.2 CONTROL DE LA PROTECCIÓN DE LA VEGETACIÓN DURANTE LA FASE DE OBRA

208

13.3 CONTROL DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO ARQUEOLÓGICO DURANTE LA FASE DE OBRA ... 209 13.4 CONTROL DEL TRASPLANTE Y REPOSICIÓN DEL ARBOLADO. CONTROL DEL ESTADO Y EVOLUCIÓN DE LAS PLANTACIONES REALIZADAS ... 210 13.5 CONTROL DE LA REPOSICIÓN DE LOS SERVICIOS ... 212

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ANEXOS

ANEXO I. REPORTAJE FOTOGRÁFICO DEL ÁMBITO DE ESTUDIO Y SU ENTORNO. ANEXO II. ESTUDIO DE ARBOLADO.

ANEXO III. ESTUDIO ARQUEOPALEONTOLÓGICO. ANEXO IV. ESTUDIO DE SUELOS.

ANEXO V. ESTUDIO ACÚSTICO.

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1. MARCO CONTEXTUAL DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL

PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MADRID DE 1997

EN EL ÁMBITO APE 02.27 “NUEVO MAHOU-CALDERÓN”

1.1 ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DEL ÁMBITO

El 16 de febrero de 2009 el Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras del Ayuntamiento de Madrid (Dirección General de Planeamiento Urbanístico. Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano), remitió a la entonces denominada Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid un escrito por el que se venía a interesar el Informe de Análisis Ambiental, de acuerdo al procedimiento ambiental establecido en la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid, acompañado de la documentación referida a la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en el ámbito “Mahou-Vicente Calderón” -aprobada inicialmente por la Junta de Gobierno municipal el 26 de diciembre de 2008-, que incluía el Estudio de Incidencia Ambiental para evaluar sus efectos sobre el medio.

Con fecha de firma 10 de septiembre de 2009, la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio emitió el preceptivo Informe Ambiental, en virtud de la Ley 2/2002 y de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Una vez cumplido el procedimiento ambiental, se aprobó de forma definitiva la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en el ámbito “Mahou-Vicente Calderón”, mediante la Resolución de 12 de enero de 2010, por la que se hacía público el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2009 (B.O.C.M. Núm 11 del jueves 14 de enero de 2010).

Las consideraciones incluidas en el Informe Ambiental de fecha 10 de septiembre de 2009, fueron contempladas durante la tramitación del Plan Parcial de Reforma Interior (en adelante PPRI) del A.P.R. 02.21 “Mahou-Vicente Calderón” del PGOU de Madrid (aprobado inicialmente el 3 de julio de 2014 por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid).

Esta tramitación se inició el 24 de julio de 2014 con el registro en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, del oficio de remisión por parte del Ayuntamiento de Madrid, por el que se interesaba la emisión por la Dirección General de Evaluación Ambiental de los informes preceptivos de su competencia, propios del procedimiento de aprobación de dicho Plan Parcial.

En aplicación de la citada Ley 9/2006, el 15 de octubre de 2014 la Dirección General de Evaluación Ambiental emitió informe ambiental favorable al PPRI en el ámbito “Mahou-Vicente Calderón”.

(10)

1.2 MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA

1.2.1 ENCUADRE NORMATIVO DEL PROCEDIMIENTO AMBIENTAL

El marco normativo de aplicación a la evaluación ambiental en la Comunidad de Madrid lo constituye la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, conforme a lo establecido en la Disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

El presente documento constituye el Documento Ambiental Estratégico de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 (en adelante PGOUM97) en el ámbito APE 02.27 “Nuevo Mahou-Calderón”, realizado conforme a las especificaciones establecidas en el Artículo 29. Solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica

simplificada de la Ley 21/2013, de 19 de diciembre, de evaluación ambiental, texto

normativo de aplicación a la evaluación ambiental en la Comunidad de Madrid de acuerdo con la Disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

La tramitación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, posibilita la integración de los aspectos ambientales más relevantes desde las primeras etapas de definición de la Modificación Puntual, así como la previsión de los potenciales efectos significativos consecuencia de su ejecución.

La justificación de la aplicación a la Modificación Puntual del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada se recoge en el capítulo 11 del presente documento. 1.2.2 PRINCIPALES REFERENCIAS NORMATIVAS AMBIENTALES DE APLICACIÓN Además de la legislación en materia de evaluación ambiental referida en el apartado anterior, para la redacción de la Modificación Puntual del PGOUM97 en el ámbito “Nuevo Mahou-Calderón” se ha tenido en cuenta la legislación específica ambiental. Un extracto de la misma se incluye en el Anexo VI.

(11)

2. OBJETO Y CONTENIDO DEL DOCUMENTO AMBIENTAL

ESTRATÉGICO

2.1 OBJETO

El objeto del Documento Ambiental Estratégico es identificar, describir y evaluar los posibles efectos significativos en el medio ambiente de la ejecución de la Modificación Puntual, así como de unas alternativas razonables, técnica y ambientalmente viables, que deben tener en cuenta los objetivos y el ámbito de aplicación geográfico de la Modificación.

2.2 CONTENIDO

El contenido mínimo del Documento Ambiental Estratégico se recoge en el epígrafe 1 del Artículo 29. Solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica simplificada de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

Dando cumplimiento al contenido establecido en el citado artículo, el presente Documento Ambiental Estratégico analiza los potenciales efectos ambientales derivados de la ejecución de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en el ámbito “Nuevo Mahou-Calderón”, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento.

Asimismo, se definen un conjunto de medidas preventivas y correctoras destinadas a evitar o, en su defecto, corregir los impactos que pudieran producirse, con el fin de que las actuaciones propuestas sean compatibles con la preservación de los recursos naturales y socioculturales del entorno. Además, se describen las medidas previstas para el seguimiento ambiental de las actuaciones derivadas de la ejecución de la Modificación Puntual.

De este modo, en el capítulo 1. Marco contextual de la Modificación Puntual del Plan General

de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en el ámbito APE 02.27 “Nuevo Mahou-Calderón”,

se relatan los antecedentes administrativos ambientales del ámbito de actuación enmarca y se determina la normativa ambiental de aplicación.

Por su parte, la definición del ámbito de estudio es fundamental para realizar la evaluación de los potenciales efectos de las actuaciones derivadas de la Modificación Puntual sobre el territorio. De este modo, en el capítulo 3. Ámbito de estudio, se describe el ámbito de actuación con aspectos tales como su situación, las determinaciones que define el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para sus diferentes áreas y la situación actual en la que se encuentran tanto el propio ámbito como su entorno próximo.

A continuación, en el capítulo 4 se realiza un análisis de diferentes alternativas de ordenación, técnica y ambientalmente viables, incluyendo la alternativa cero o de no actuación. Dicho análisis concluye con la elección de la alternativa más favorable tanto técnica, como ambiental y económicamente, justificándose los motivos para la selección de la alternativa seleccionada.

En el capítulo 5, se describe la Modificación Puntual del PGOUM97 en el ámbito “Nuevo Mahou-Calderón”, justificando la propuesta, así como definiendo los objetivos que se

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persiguen con el desarrollo del ámbito. Además, se mencionan una serie de criterios considerados en el diseño de la Modificación Puntual del Plan General, para garantizar la sostenibilidad ambiental de la propuesta.

En el capítulo 6 se analiza el desarrollo temporal previsible de la Modificación Puntual. En el capítulo 7, se lleva a cabo una caracterización de la situación ambiental del ámbito antes de la ejecución de la Modificación Puntual, considerando diversos factores ambientales como el clima, la calidad acústica, la vegetación, el arbolado urbano y el paisaje.

Por otro lado, en el capítulo 8. Condicionantes ambientales para la ejecución de la

Modificación Puntual, se analizan los elementos naturales-culturales que se constituyen

como condicionantes ambientales de la Modificación Puntual, cuya consideración se ha hecho imprescindible desde las primeras fases de la definición de la propuesta de ordenación.

Además de los condicionantes ambientales señalados en este capítulo, en el marco de los requerimientos que establece la normativa sectorial vigente, se han elaborado una serie de estudios sectoriales que se incluyen como anexos y que analizan los efectos de la ejecución de la Modificación Puntual sobre diversos factores ambientales, cuyas conclusiones se recogen en este documento y se han considerado para la planificación urbanística del ámbito “Nuevo Mahou-Calderón”.

Sobre la base de la información recopilada en los capítulos anteriores, en el Capítulo 9.

Efectos ambientales previsibles derivados de la ejecución de la Modificación Puntual, se

realiza una identificación y valoración de los efectos esperados como consecuencia de la ejecución de la Modificación Puntual del Plan General.

En el capítulo 10 se analizan los efectos ambientales que pudieran derivarse de la ejecución de la Modificación Puntual, sobre planes sectoriales y territoriales concurrentes, como el Plan General de Madrid vigente o el Plan Municipal de gestión de la demanda de agua en la Ciudad de Madrid.

La justificación de la aplicación del procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada, seleccionado para la tramitación ambiental de la Modificación Puntual, se recoge en el capítulo 11.

Para concluir, en el Capítulo 12 se concretan las medidas previstas para prevenir, reducir y, en su caso, corregir cualquier efecto negativo significativo sobre el medio ambiente que pudiera derivarse del desarrollo de la propuesta de la Modificación Puntual.

El documento incorpora, asimismo, en el capítulo 13 una descripción de las medidas previstas para el seguimiento ambiental de la ejecución de la Modificación Puntual.

(13)

3. ÁMBITO DE ESTUDIO

En el presente capítulo se realiza una aproximación al ámbito de estudio, señalando, además de la localización y de su situación actual, las determinaciones que sobre el mismo define el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid vigente.

3.1 LOCALIZACIÓN

El Área de Planeamiento Específico (APE) 02.27 “Nuevo Mahou-Calderón”, se localiza en el distrito municipal de Arganzuela, al suroeste del núcleo urbano, dentro del límite que conforma la Calle 30.

Concretamente, la zona en la que está prevista la actuación pertenece al barrio denominado Imperial, localizado al norte del distrito y situado sobre las antiguas terrazas del río Manzanares.

El ámbito, que tiene una superficie aproximada de 194.358,83 m2, está delimitado por el Paseo de Pontones, el Paseo Imperial, el Paseo de los Melancólicos, el Paseo de la Virgen del Puerto y la calle Duque de Tovar (ver imagen siguiente):

Figura 1.- Localización del APE 02.27 “Nuevo Mahou-Calderón”. Fuente: Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

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3.2 SITUACIÓN ACTUAL DEL ÁMBITO Y SU ENTORNO

El ámbito de actuación “Mahou-Calderón” incorpora como suelo de titularidad privada exclusivamente el correspondiente a las antiguas instalaciones de la fábrica de cerveza "Mahou" y el estadio de fútbol "Vicente Calderón", siendo el resto del suelo de titularidad pública municipal.

Concretamente el ámbito está compuesto de los siguientes sectores, representados gráficamente en la figura siguiente:

- API 02.09. Fábrica de Cervezas Mahou.

- API.02.17. Manzana del Estadio Vicente Calderón.

- Suelo Urbano Consolidado en parcelas cercanas al Estadio. - APR.02.15. Manzanas laterales al Estadio Vicente Calderón. Las grandes cifras que caracterizan el ámbito son las siguientes:

- Superficie total aproximada: 194.358,83 m2.

o Superficie de la parcela del Estadio Vicente Calderón: 30.428,45 m2. o Superficie de la parcela de Mahou: es de 61.398,33 m2.

o Superficie actualmente destinada a viario y zona verde pública: 102.532,05 m2 sobre rasante, de los que 19.730,45 m2 corresponden a la Calle 30.

Figura 2.- Plano de ordenación del ámbito del PGOUM97. Fuente: Memoria de la Modificación Puntual.

La historia urbana de este ámbito y su entorno, ha sido curiosa y peculiar en el conjunto urbano. De una tardía consolidación urbana por la presencia contundente de la estación Imperial y su extraordinaria especialización industrial, se ha pasado a los cambios más espectaculares y recientes de todo el centro de la capital.

Destacar no sólo el cambio desde la función industrial a la residencial, sino también una serie de transformaciones puntuales que han logrado dar a la zona un aire completamente

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nuevo, con la incorporación de amplias zonas verdes y paseos peatonales arbolados bien conservados, transformaciones que se incorporan al desarrollo establecido por el Plan Especial Río Manzanares, en el que ya se establecen como Áreas de Oportunidad sobre suelos privados las parcelas Vicente Calderón-Fábrica Mahou, con objeto de propiciar la permeabilidad espacial y visual desde el río hacia el centro histórico de la ciudad.

El área donde se localiza el ámbito, situada sobre las antiguas terrazas del Manzanares y con forma de talud, condiciona que las calles paralelas al río sean llanas (Virgen del Puerto, Alejando Dumas, Paseo de los Melancólicos) y las perpendiculares tengan más pendiente hacia el río Manzanares como son el Paseo de Pontones y Paseo Imperial; esta última vía da nombre al barrio, y ha sido la que ha sufrido mayores transformaciones a lo largo del tiempo, pasando de ser una calle industrial, a residencial con grandes bloques de vivienda. El estadio Vicente Calderón, edificio emblemático de esta zona, supone acústicamente un foco de distorsión debido a la gran afluencia de público que acude a los eventos deportivos, así como a los espectáculos eventuales en vivo que en él se celebran.

También en su momento la fábrica Mahou fue un punto de gran movimiento, tanto por el tráfico que generaba como por el ruido producido. En la actualidad sus instalaciones están desmanteladas.

El ámbito de actuación inicialmente planteado en la nueva propuesta de ordenación es el coincidente con el APR.02.21.

Como se explica durante el análisis de alternativas, dado que en este ámbito se incluían los suelos dotacionales correspondientes a los equipamientos públicos existentes (Colegio Tomás Bretón e Instituto Gran Capitán), se consideró la posibilidad de excluir éstos del futuro ámbito de actuación, puesto que no son objeto de modificación alguna en su ordenación.

Como se muestra en la imagen siguiente, el ámbito finalmente no incorpora los terrenos del colegio Tomas Bretón y el instituto Gran Capitán, y excluye también los correspondientes al actual hipermercado Makro (antigua empresa Radisa) -que da frente al Paseo Imperial- y los edificios de viviendas anexos -que dan frente a la Glorieta de Pirámides y al Paseo Imperial (situados en la misma gran manzana que los terrenos de Mahou, S.A.)-.

Por otra parte, la delimitación propuesta (en línea discontinua azul en la figura que se muestra a continuación), incluiría el espacio libre público existente en la manzana formada por las calles San Epifanio, Alejandro Dumas y paseo de los Melancólicos, actualmente excluido del ámbito del APR.02.21:

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Figura 3.- Delimitación del ámbito propuesto en relación con el ámbito del Plan Parcial de Reforma Interior (PPRI) tramitado en el 2014. Fuente: Memoria de la Modificación Puntual.

De la misma forma, las edificaciones de viviendas que se sitúan entre el Paseo de los Melancólicos y la calle Alejandro Dumas quedan como islas dentro del ámbito, pero sin pertenecer a él.

Tampoco forman parte del mismo las manzanas de reciente construcción que se ubican entre el Paseo de los Melancólicos y el río Manzanares, que modifican de forma decisiva la alineación de la edificación que da frente al río, cuya mejora ha sido objetivo principal de las estrategias planteadas recientemente por el Ayuntamiento de Madrid en el Plan Especial Madrid Río.

En las figuras siguientes se muestran fotografías del estado actual del ámbito, desde diferentes puntos de vista, así como la delimitación del ámbito sobre ortofotografía:

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Figura 4.- Situación actual del ámbito de actuación en el entorno urbano. Fuente: Google Earth.

Figura 5.- Vistas aéreas actuales del ámbito de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997 en el ámbito "Mahou-Vicente Calderón" desde diferentes puntos de vista: la primera, con el río Manzanares en primer término, y la segunda con los terrenos de la fábrica Mahou en primer plano. Fuente: Google Earth.

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Figura 6.- Delimitación del ámbito propuesto. Fuente: Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

3.3 DETERMINACIONES DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA DE MADRID DE 1997 PARA EL ÁMBITO “NUEVO MAHOU-CALDERÓN”

Para un conocimiento más pormenorizado del ámbito de la Modificación Puntual, a continuación se describen las determinaciones y principales características que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid (PGOUM) de 1997 vigente, establece para las diferentes porciones de este suelo urbano.

3.3.1 ESTADIO "VICENTE CALDERÓN" Y SUS INMEDIACIONES El Plan General, establece dos ámbitos de suelo urbano:

- Área de Planeamiento Incorporado (API) 02.17 "Estadio Vicente Calderón", que recoge las determinaciones de la Modificación del Plan General de 1985.

- Área de Planeamiento Remitido (APR) 02.15 "Estadio Vicente Calderón", que recoge los compromisos asumidos en las dos Actas de Manifestaciones de 17 de junio y 26 de septiembre de 1996.

En relación con el API 02.17 "Estadio Vicente Calderón", el PGOUM le asigna la calificación de Deportivo Privado en su categoría de instalaciones deportivas para el espectáculo,

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estableciendo en su ficha de condiciones las siguientes observaciones y determinaciones complementarias:

- Se recoge expresamente la localización del graderío situado sobre la Calle 30, en las condiciones que se especifican en la MPG (M-787).

- El Estadio con la regulación de la Norma Zonal 3 c del Plan General de 1985, tendrá los siguientes parámetros básicos:

o Superficie de parcela: 30.255 m2s o Ocupación máxima: 20.170 m2s o Edificabilidad: 80.680 m2 edif.

Respecto al APR 02.15 "Estadio Vicente Calderón", en sesión celebrada el 30 de noviembre de 1998, el Excmo. Ayuntamiento Pleno aprobó definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior, en desarrollo de esta área, tramitado con número de expediente 711/1997/18.908, cuyo fin era la ordenación urbanística pormenorizada del entorno del Estadio Vicente Calderón.

El ámbito objeto de la presente Modificación del Plan General, incorpora la totalidad de las redes públicas del Plan Especial, con la superficie y calificación que se detalla a continuación:

o Zona Verde Básica: 15.020,65 m2s o Vía Pública Principal: 1.204,44 m2s o Vía Pública Secundaria: 28.141,80 m2s

3.3.2 TERRENOS DE "MAHOU" Y DEL COLEGIO PÚBLICO TOMÁS BRETÓN

Los terrenos donde se localizaba la fábrica de cervezas Mahou y donde se localiza el Colegio Público Tomás Bretón, están regulados en el PGOUM97 por el Área de Planeamiento Incorporado (API) 02.09 "Manzana Pº Pontones, Imperial y Alejandro Dumas".

En esta área el PGOUM97 asume genéricamente las determinaciones de planeamiento del Plan General de 1985, en el que se corresponde con el Área de Planeamiento Diferenciado (APD) 2-3 "Manzana delimitada por las calles Paseo de los Pontones, Paseo Imperial y Alejandro Dumas".

El APD 2-3 establece un uso industrial para los terrenos de la fábrica de cervezas Mahou, con una superficie de parcela de 62.217,50 m2s, y una edificabilidad máxima en volumen edificado de 12,5 m3edif/m2s, lo que equivale a un volumen industrial de 777.718,75 m3. Respecto al Colegio Público Tomás Bretón, colindante con los terrenos anteriores, calificado en el PGOUM97 como equipamiento educativo de nivel básico, queda excluido del ámbito APE 02.27.

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3.3.3 DOTACIONES PÚBLICAS INCLUIDAS. EL PLAN ESPECIAL RÍO MANZANARES

Además de las dotaciones públicas contempladas en los dos epígrafes anteriores, el ámbito de actuación incorpora para su tratamiento y homogeneización los viarios públicos, que junto a los ya descritos, posibilitan su reestructuración con el fin de mejorar la movilidad y accesibilidad de la zona así como su integración con los espacios libres.

Así mismo, la Modificación del Plan General, incorpora la totalidad de la superficie del Sistema General Viario de Calle 30.

El Plan Especial Río Manzanares, tramitado con número de expediente 711/2008/02298, y aprobado definitivamente por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 25 de junio de 2008, incluye el ámbito “Mahou-Calderón” entre las Áreas de Oportunidad detectadas y propone para el mismo una serie de determinaciones no vinculantes, como guía de futuros desarrollos. Entre estas determinaciones destacan la necesidad de liberar una franja de, al menos, 75 metros de ancho junto al cauce del río y la necesidad de propiciar la continuidad de los espacios libres que han de obtenerse en el desarrollo del ámbito con las áreas libres que constituyen el Parque de la Arganzuela, al sur, y el Salón de Pinos, al norte.

4. ANÁLISIS DE ALTERNATIVAS RAZONABLES, TÉCNICA Y

AMBIENTALMENTE VIABLES

En el presente apartado se analizan las diferentes alternativas barajadas hasta la elección de la alternativa finalista, partiendo de la situación actual o alternativa cero y motivando la selección de la alternativa finalmente elegida.

4.1 ALTERNATIVA CERO. ESTADO ACTUAL

La alternativa cero es la alternativa de no ejecución, es decir, mantener el estado actual o punto de partida. Contiene los aspectos relevantes de la situación actual del medio ambiente y su probable evolución en el caso de no desarrollar actuación alguna en el ámbito.

Dentro del ámbito de estudio, las parcelas objeto de modificación están actualmente ocupadas por:

- El Estadio Vicente Calderón, edificio emblemático de la zona construido en los años sesenta, que en la actualidad constituye una zona de distorsión dentro del espacio residencial circundante, así como un importante foco de ruido, tráfico y contaminación debido a la gran afluencia de público que acude a los diferentes eventos deportivos y espectáculos que acoge.

- La parcela ocupada anteriormente por la fábrica de cervezas Mahou, que comparte situación con otras fincas no incluidas en el ámbito en las que se encuentran el edificio del hipermercado Makro, varias fincas residenciales y el Colegio Público Tomás Bretón.

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Así mismo, el tramo de la Calle 30 que permanece sin soterrar, localizado junto al río bajo uno de los graderíos del Estadio Vicente Calderón, constituye un punto de ruptura dentro de la renovación urbanística promovida por el Ayuntamiento a través del Plan Especial Río Manzanares.

A la vista de la situación actual, la “alternativa cero” se presenta como un punto de partida sobre el que es conveniente actuar, ya que resulta necesaria en la zona una importante transformación del espacio urbano, que permita integrar los distritos del sur con el centro de la capital mediante las estrategias planteadas por el proyecto Madrid Río.

Los objetivos básicos de la actuación urbanística son los siguientes:

- La reconversión de los usos actuales, deportivo e industrial, en otros usos residenciales y terciarios que contribuyan a hacer del centro de la ciudad y de su relación con el río Manzanares un espacio más habitado, más equipado y más habitable.

- La realización de una transformación urbanística y arquitectónica de calidad, compatible y homologable con el Proyecto Madrid-Río.

- El cubrimiento del tramo de la Calle 30 que actualmente discurre en superficie bajo los graderíos del estadio.

- El incremento de las dotaciones públicas, en especial de zonas verdes y equipamiento educativo, para reajustar su proporción con las nuevas edificabilidades y usos urbanísticos propuestos.

- La reforma y renovación de la urbanización del ámbito, necesaria para la creación de nuevas parcelas aptas para la edificación de los usos propuestos.

Este proceso de renovación supondrá numerosos beneficios para los vecinos del ámbito, con el aumento de equipamientos locales, fundamentalmente educativos -con las ampliaciones del Colegio Público Tomás Bretón y el Instituto de Educación Secundaria Gran Capitán- y la eliminación de las molestias generadas por el Estadio, mediante la creación de un área moderna y abierta a la concentración de una edificación residencial de máxima calidad. 4.2 EVALUACIÓN DE ALTERNATIVAS

En la evaluación de las posibles alternativas para la ordenación del ámbito se han tenido en cuenta dos aspectos:

- Posibles soluciones para la Calle 30: soterramiento, cubrimiento, mantenimiento del estado actual.

- El modelo de ciudad sobre el que trabajar y desarrollar la propuesta de ordenación. A continuación, se desarrolla la evaluación de alternativas en torno a los dos aspectos anteriores.

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4.2.1 SOLUCIONES PARA LA CALLE 30

El ámbito de ordenación delimitado se halla en el margen izquierdo del río Manzanares e incluye un tramo (19.730,45 m²s) de una de las vías principales de circunvalación de Madrid: la Calle 30 que, en esta parte de la ciudad, discurre paralela al río en ambos márgenes. Su trazado es colindante con la grada del estadio Vicente Calderón pasando por debajo de la estructura soporte del graderío.

Dicho tramo se localiza dentro del parque Madrid Río que, contando con aproximadamente 6 km de longitud, fue construido entre 2006 y 2011 sobre el soterramiento de la infraestructura viaria (cuyas obras se desarrollaron entre 2003 y 2007). Conecta importantes áreas verdes de la ciudad como son la Casa de Campo, el Parque de la Arganzuela o el Parque del Manzanares Sur, completando a su paso por la ciudad el importante corredor ambiental que con casi tres mil hectáreas en el municipio une El Pardo con Getafe.

En las obras de soterramiento quedó únicamente un tramo sin soterrar de aproximadamente 600 metros localizado entre los puentes de Toledo y de San Isidro, que es el que se incluye en el ámbito, presentando una problemática sin solución actual que interrumpe la normal continuidad en los elementos longitudinales que acompañan al discurrir del río a través de la ciudad.

Con la actuación a desarrollar sobre los terrenos de la antigua fábrica de Mahou y el Estadio Vicente Calderón, y la prevista desaparición de éste último, se plantea la oportunidad de completar el trazado del parque en este tramo. Además, cuenta con la posibilidad de convertirse en un hito del disfrute ciudadano más allá de la mera continuidad del parque, puesto que cuenta con una amplia superficie disponible.

Se han evaluado cualitativa y cuantitativamente distintas soluciones a este respecto: 4.2.1.1 Soterramiento completo de la vía

De forma resumida, la solución desarrollada para el soterramiento del tramo de Calle 30 consiste en conectar y cubrir el tramo cubierto anterior a la actuación (Tramo Puente de Segovia – Puente de Praga) con el tramo cubierto situado a continuación (Tramo Puente de San Isidro – Puente de Segovia) contemplándose asimismo un ramal de acceso para dar entrada al tráfico desde el Paseo de los Melancólicos. El tramo a soterrar, sin contar el ramal de acceso, tiene una longitud aproximada de 620 m. Representa una fuerte inversión estructural con planteamientos cuidadosos de cimentaciones con pilotes y pantallas de hormigón conformando la sección de paso con al menos 5 carriles de circulación.

Consecuencia de ello, surge la necesidad de afectar a grandes infraestructuras urbanas que es preciso retranquear, con los correspondientes riesgos funcionales: colector de margen de gran dimensión y de muy ajustada pendiente en el momento actual.

Además de deprimir la rasante actual para permitir el soterramiento, se coloca la cota de circulación de vehículos por debajo del nivel hidráulico de río, por lo que se necesitarán operaciones costosas de impermeabilización, recogida de aguas de lluvia, construcción de depósitos reguladores sobredimensionados, al igual que grupos de bombeos que garanticen

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de forma contundente la eliminación de las aguas de escorrentía, impidiendo que se puedan producir inundaciones en períodos de elevadas precipitaciones.

Otros servicios a salvaguardar serían la línea de cercanías C–5 (ya contemplada en las fases constructivas del proyecto de la Calle 30 realizadas en anteriores legislaturas). Hay igualmente líneas eléctricas afectadas y se requiere la implantación en el futuro túnel de servicios de ventilación que precisan de espacios grandes para alojar los equipos necesarios que garanticen la adecuada ventilación.

Las medidas de evacuación peatonal en caso de emergencia resultan igualmente costosas al tener que salir al exterior de cotas profundas de 6,00 m. o más.

Todas estas medidas representan una complicada problemática de difícil solución dando como resultado una inversión entre 130 y 140 MM € y plazos de ejecución dilatados, superiores a 30 meses.

4.2.1.2 Cubrimiento de la traza actual

Con el fin de buscar una alternativa más sostenible económicamente se plantea no deprimir la traza actual, y sustituir el túnel por un cubrimiento de la traza mediante una estructura a modo de “visera” que elimine el impacto actual y permita la continuidad urbana del Parque Madrid Río en esa margen.

Esta alternativa tiene importantes mejoras sobre el soterramiento, pues no se precisa retranquear ninguno de los servicios urbanos que discurren en paralelo por la traza actual de la Calle 30. Tampoco se precisan importantes instalaciones para dar solución a la ventilación de la Calle 30, puesto que al no estar soterrada sus flujos de aire y circulación son más naturales.

Los drenajes necesarios para el firme de la vía dispondrán de evacuaciones naturales a la red de colectores actuales más profundos, por lo que no se precisarán bombeos y se garantizará la funcionalidad hidráulica de mejor manera.

Sobre la “visera” estructural se plantea el diseño y continuidad del Parque Madrid Río, generando una línea de mirador de la ciudad de más de 600 m, aportando un nuevo elemento de observación desde alturas desconocidas hasta el momento.

Sobre la membrana estructural de cubrición se diseñarán los elementos constructivos de la ordenación del Parque Madrid Río.

En el lado del río, no se proyecta construir una pared completa de cierre, de forma que la ventilación natural está garantizada. Se prevé la construcción de un elemento ornamental permeable que minimice el impacto visual y acústico del tráfico, aportando un patrimonio cultural a la ciudad.

Además de todo lo anterior se considera, como opción, la oportunidad de recuperar el viario del Paseo de los Melancólicos para otros usos distintos del actual.

En este escenario de cubrimiento de la Calle 30, se plantean dos alternativas estructurales en función del ancho final para la circulación:

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- La sección más ancha, 30,50 m., requiere construir pilas cimentadas en pilotes en ambos márgenes y en el semieje (vanos de 17,00 y 13,50 m.), para soportar el forjado.

- La sección estricta, de 23,50 m., se resuelve con pilas sobre pilotes exclusivamente en los laterales.

Se ha optado por esta solución, es decir, por el cubrimiento de la Calle 30, porque aunque su coste por metro cuadrado es mayor, al ser la superficie descubierta menor, el coste total y su impacto sobre el terreno y las infraestructuras existentes son menores (el coste estimado es de 64 MM €).

4.2.2 MODELO DE CIUDAD

Como explica el Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP) del APE 02.27, dada la complejidad de la actuación y la incidencia que ésta tiene en la ciudad, se hace necesaria una reflexión previa de los posibles modelos de ciudad que puedan establecerse para completar un vacío de la trama de la ciudad consolidada, en un emplazamiento que se descubre como una importante área de oportunidad para el desarrollo de la zona Sur de Madrid.

Se plantean dos propuestas para el modelo de ciudad sobre el que trabajar:

- una de ellas basada en la regularidad y rotundidad de la composición tanto en planta como en alzado, buscando una perspectiva concreta y estudiada (“ciudad clásica”).

- otra, que busca la concatenación de espacios urbanos de distinta naturaleza, la sorpresa y lo inesperado en el movimiento dentro de la ciudad (“ciudad compleja”). A continuación se describen las dos alternativas evaluadas.

4.2.2.1 Alternativa 1: Modelo “Ciudad clásica”

Basada en una trama regular, la propuesta establece sobre los terrenos de la antigua fábrica cervecera una serie de manzanas cerradas, con menor altura en la orientación al Sur para permitir un mejor soleamiento, que conforman una serie de calles definidas por las fachadas paralelas a ambos lados, manteniendo fijo el punto de fuga a lo largo de su recorrido, definiendo una escena clásica.

Se establece un parque lineal que, desde la conjunción de la calle Alejandro Dumas con el Paseo de los Melancólicos donde se conecta con el Parque del Río, discurre estructurando el trazado regular hasta el Paseo de Pontones. Se configura como el espacio central de la ordenación definido por las fachadas, paralelas de nuevo, de bloques abiertos que toman una mayor altura que el resto de la edificación, significando la importancia de este espacio como eje central.

En los terrenos correspondientes a la ubicación actual del Estadio Vicente Calderón se ubican tres edificaciones que, siguiendo la orientación establecida en el resto de la ordenación, se

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abren hacia el Parque del Río, con una localización que respeta la huella de las primeras gradas del campo de juego que se integra en el trazado de Madrid Rio.

Figura 7.- Propuesta de ordenación modelo “Ciudad clásica”. Fuente: E. Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

4.2.2.2 Alternativa 2: Modelo “Ciudad compleja”

El segundo modelo se basa en los planteamientos de la “ciudad cómica” o “compleja”: imprevisibilidad visual, fragmentación de la edificación, sucesión de espacios públicos de distinta naturaleza tales como pequeñas plazas, jardines con prevalencia de la vegetación, zonas estanciales, de paseo, quiebros de la alineación y otros componentes similares. Este modelo de ciudad es más cercano al resultante de la ciudad madura, alejándose de una imagen urbana basada en la rotundidad de sus arquitecturas entendidas como diseños autónomos y descontextualizados, bien sea por la enfatización de la racionalidad funcional propia del Movimiento Moderno o bien por la imagen del espectáculo de algunas arquitecturas contemporáneas.

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Figura 8.- Propuesta de ordenación modelo “Ciudad compleja”. Fuente: Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

La propuesta plantea un desarrollo, en los suelos de la antigua fábrica de Mahou, de manzanas cerradas, con una altura de la edificación generalmente más reducida hacia la orientación Sur, para lograr buenas condiciones de soleamiento. Las manzanas configuran calles quebradas con diversidad de distintos espacios públicos. En este caso, se vertebra también mediante un parque lineal, que se abre y conecta, a través de tres zonas, con Madrid Río, localizándose el punto de conexión más importante en la conjunción de la calle Alejandro Dumas con el Paseo de los Melancólicos.

El área liberada por el antiguo Estadio se abre hacia el río, ampliándose Madrid Río en este punto, tomando el espacio del antiguo campo de juego. Una edificación volumétricamente quebrada, tanto en planta como en alzado, completa el trazado urbano, contextualizando las edificaciones existentes y enmarcando varias entradas al parque.

4.3 RESUMEN DE LOS MOTIVOS PARA LA SELECCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA

Una vez planteadas y analizadas las alternativas previas, en el Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP) se recogen las siguientes conclusiones:

 En relación con el soterramiento o cubrimiento del tramo de la Calle 30, se considera más adecuado, por cuestiones económicas, por la menor afección a infraestructuras existentes y por las menores repercusiones sobre el tráfico durante

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las obras de construcción, el cubrimiento de la misma. Esta solución permite la continuidad efectiva del parque en esta margen, pudiéndose resolver con pendientes suaves. Al sumarse a esto la posibilidad de ampliar el parque sobre los terrenos del Estadio, permite generar un espacio sugerente y de calidad a los ya existentes en Madrid Río.

Esta solución, además, permite reducir considerablemente la afección sonora y visual de las vías de circulación pudiéndose cerrar lateralmente, dibujando el borde del río, mediante un elemento escultórico.

 En relación a los modelos de ciudad planteados, la alternativa seleccionada es el modelo de la “Ciudad compleja” por diversos motivos:

o Resulta una solución que se integra mucho más naturalmente en la trama urbana existente de ciudad consolidada. El trazado ortogonal de la “Ciudad clásica” resulta descontextualizado en relación a las calles circundantes y la topografía.

o La fragmentación de los volúmenes y los quiebros en la orientación de las alineaciones reduce el impacto visual de la edificación en un terreno que, debido principalmente a la topografía, tiene mucha incidencia en el paisaje urbano. Se evita, con esta solución, la aparición de amplias fachadas concatenadas, formado murallas visuales.

o La solución aporta una mayor riqueza perceptual y estancial al ofrecer espacios urbanos de distinto carácter y variadas perspectivas que generan una mayor continuidad de la trama urbana. Los espacios estanciales y los de prioridad peatonal permiten la generación de distintos recorridos que cosen el tejido urbano y su relación con el Parque del Río.

o El parque propuesto en el área de la antigua fábrica de Mahou conecta de una manera más clara con Madrid Río, suponiendo una ampliación de éste hacia el Norte, integrándose con el nuevo desarrollo y con el centro urbano. Se une con el mismo a través de tres “dedos”, por los que el paseo peatonal resulta agradable y tranquilo.

o La configuración de la “Ciudad compleja” es más adecuada desde el punto de vista de la afección acústica debido a que protege mejor las zonas interiores del espacio ocupado por el estadio Vicente Calderón y la Fábrica de Mahou.

4.4 DESARROLLO DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA: “CIUDAD COMPLEJA” Una vez seleccionado el modelo de “Ciudad compleja”, se ha trabajado en su desarrollo con los servicios técnicos municipales y en mesas de participación pública tratándose, entre otros, los siguientes aspectos:

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 Trazado viario

 Tipología edificatoria en contacto con Madrid Río  Configuración de la Plaza de Francisco Morano  Alturas de la edificación

El análisis de dichos aspectos y las conclusiones obtenidas ha propiciado una evolución continua de la propuesta de ordenación hasta la propuesta definitiva, que se desarrolla en la Modificación Puntual y que se recoge en el capítulo siguiente.

A continuación, sin ánimo de exhaustividad se muestran imágenes de algunas de las versiones de ordenación que se han analizado desde la elección del modelo de ciudad hasta llegar a la propuesta seleccionada:

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Versión 2

Versión 4

Versión 6

Versión definitiva

Figura 9.- Evolución de las propuestas de ordenación para el APE 02.27. Fuente: Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

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5. LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PGOUM97 EN EL ÁMBITO

“NUEVO MAHOU-CALDERÓN”. ALCANCE Y CONTENIDO

5.1 JUSTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA

La propuesta incluida en la Modificación Puntual del PGOUM97 en el ámbito “Nuevo Mahou-Calderón”, es una de las operaciones urbanas que pueden considerarse más significativas para la ciudad de Madrid, en la que quedarán integrados los suelos necesarios para conseguir una completa renovación urbanística de la zona, principalmente la parcela sobre la que actualmente está construido el estadio de fútbol Vicente Calderón y el solar propiedad de Mahou, S.A.

La actuación sobre este ámbito permitirá además asegurar un tratamiento de la zona compatible con las condiciones fijadas en el Plan Especial Madrid Río aprobado por el Ayuntamiento de Madrid. Todo ello planteado de forma que queden compensados y equilibrados los intereses en juego de las diferentes partes afectadas: el interés general de la ciudad que representa el Ayuntamiento de Madrid, el interés local de la totalidad de los vecinos residentes en la zona y el interés, también colectivo, de la masa de socios del Club Atlético de Madrid, así como los legítimos intereses de Mahou, S.A.

5.2 OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL ÁMBITO

La transformación del espacio urbano que supone la operación planteada va a constituir para la ciudad, la oportunidad de materializar dos objetivos de enorme alcance:

- Cubrir el tramo de la Calle 30 a su paso bajo el Estadio Vicente Calderón.

- Integrar el centro urbano y los distritos del sur con el Proyecto Madrid Río, ámbito al que se añade una importante superficie de suelo que pasará a calificarse en su integridad como un espacio público para la ciudad: zona verde, en su caso compatible sólo con algún uso deportivo.

Para los vecinos de la zona sometida al proceso de renovación, la ejecución de la Modificación Puntual reportará beneficios significativos como son el aumento de los equipamientos dotacionales ubicados en la misma -fundamentalmente educativos, a través de las ampliaciones del Colegio Público “Tomás Bretón” y del Instituto de Educación Secundaria “Gran Capitán”-, la eliminación de la parcela industrial en desuso y la creación de un área moderna y abierta de concentración de la edificación residencial, en la que pretende garantizarse la máxima calidad arquitectónica.

Para los socios del Club Atlético de Madrid, la desaparición de las actuales instalaciones del estadio Vicente Calderón, inherente a esta operación de renovación de la ciudad, va indisolublemente unida a las oportunidades que ofrece la posibilidad de disfrutar de uno de los más modernos equipamientos deportivos: el Estadio de Madrid (conocido popularmente como Estadio de La Peineta), con capacidad técnica suficiente para responder a todos los requerimientos del Club y de sus socios.

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Por su posición dentro de la ciudad, por sus posibilidades técnicas para aumentar el aforo del número de abonados al Club y por su configuración singular en el ámbito estrictamente deportivo (derivada de su calificación de Estadio Olímpico en el programa Madrid 2016), tanto el Ayuntamiento de Madrid como el Club Atlético de Madrid han coincidido en su interés por la utilización de este equipamiento como instrumento al servicio de los intereses públicos y privados que a cada uno de ellos les corresponde representar y defender. Los principales beneficios que aporta la actuación urbanística propuesta son:

- Desarrollo de una actuación urbanística en un enclave privilegiado en el entramado urbano, mediante la reconversión de los usos actuales, deportivo e industrial, absolutamente inadecuados para el nuevo modelo de ciudad, en otros usos que contribuyan a hacer del centro de la ciudad un espacio “más habitado y más habitable”, incluyendo dotaciones públicas, aparcamientos y reestructuración de viarios.

- Cubrimiento del tramo de la Calle 30 próximo al río Manzanares a su paso por el Estadio Vicente Calderón.

- Incremento de zonas verdes en un ámbito emblemático del centro de la ciudad consecuencia del nuevo planeamiento, nuevos equipamientos públicos y nuevo viario para mejorar la movilidad de la zona.

Las inversiones a realizar en la zona contribuirán a la dinamización de la economía madrileña con la consiguiente generación de riqueza y creación de puestos de trabajo.

5.3 DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Tras el análisis de alternativas efectuado en el capítulo anterior, a continuación se describe de manera sintética la propuesta de ordenación urbanística para el ámbito “Nuevo Mahou Calderón”, incluida en la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997.

La descripción detallada de esta propuesta de ordenación puede consultarse en el Documento de Ordenación Pormenorizada del ámbito.

5.3.1 DESCRIPCIÓN DE LA ALTERNATIVA SELECCIONADA

La alternativa de ordenación seleccionada presenta una condición netamente urbana al introducir, como ya se ha comentado, la estructura morfológica de “Ciudad compleja” enfatizando la imprevisibilidad visual, la fragmentación de los volúmenes edificatorios, la diversidad de espacios urbanos de distinta naturaleza, la riqueza en variedad de perspectivas, etc.

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Figura 10.- Imagen del modelo “Ciudad compleja” (alternativa seleccionada). Fuente: Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

El ámbito se sitúa en la parte baja de la “cornisa de Madrid”, llamada así por el importante desnivel que se produce de manera natural en esta zona, formando la vega del río Manzanares, sobre la que a día de hoy se extiende la ciudad.

Debido a la incidencia de la actuación en la escena urbana, se ha prestado especial atención a la localización, orientación y volumetría de la edificación. El trazado de las calles y las zonas estanciales producen quiebros en las perspectivas y giros en la dirección de las alineaciones, lo que, además de generar riqueza y diversidad en los espacios urbanos, quiebra y fragmenta la percepción de los volúmenes edificatorios.

La edificación se configura en manzanas de pequeño tamaño, lo que facilita esta percepción fragmentada, evitándose los grandes frentes continuos edificados a modo de “muralla”. Únicamente se mantiene la alineación de la edificación, de manera marcada, en los frentes que configuran y completan los paseos de Pontones e Imperial.

En cuanto a la edificación situada en la zona suroeste del ámbito, sobre los terrenos del entorno del Estadio Vicente Calderón, se ha tratado de minorar la densidad de la misma, permitiendo un mayor contacto del parque con el tejido edificado.

Se sitúan en esta parte dos edificaciones abiertas, ambas con un zócalo destinado en su mayor parte a un uso terciario. El resto de parcelas situadas en la zona de contacto del parque de Madrid Río con la ciudad son equipamientos públicos con edificaciones de baja

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altura y densidad, como transición entre la ciudad más densa y edificada y los espacios abiertos, amplios y arbolados que forman el parque de Madrid Río.

Se ha tratado de bajar la altura de las edificaciones en toda la propuesta, no superando las presentes en el entorno. Se mantiene una altura media de 7 plantas, con un máximo de 12 plantas en los bloques más altos, localizados en el entorno de Madrid Río, donde ya existen edificaciones con esta altura.

En la imagen siguiente se muestran las alturas de las edificaciones de la propuesta en relación con las existentes en las edificaciones circundantes:

Figura 11.- Plano de alturas de la propuesta en relación con su entorno. Fuente: Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

Se considera beneficioso dotar de una mayor presencia, en esta área de la ciudad, al espacio libre público frente al espacio libre privado. Mantener manzanas de menor tamaño permite mayor permeabilidad y libertad de recorridos, facilita desarrollar un espacio público diverso y de calidad y la generación de un acceso urbano fluido al espacio libre de Madrid Río.

En la trama urbana más densa propia del casco histórico de la ciudad y del entorno cercano, al Norte, principalmente en los barrios de Lavapiés y Latina, encontramos una organización del espacio público propia de la ciudad histórica consolidada, cercana a las premisas

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planteadas en esta propuesta. En la imagen que se muestra a continuación se puede ver cómo se enriquece el espacio libre público y cómo predomina sobre el espacio libre privado en estos barrios.

En la propuesta seleccionada se busca aunar la calidad de las edificaciones, manteniendo la ventilación cruzada con fondos no mayores a 17 m. y espacios libres privados interiores a las manzanas de tamaño adecuado y suficiente para la correcta ventilación y soleamiento de las viviendas, con la prevalencia del espacio libre público de características similares a los propios de la ciudad consolidada.

Zonas verdes

Para conseguir la continuidad de las zonas verdes que persigue conectar en este punto el tejido edificado con el Parque del Río, se disponen varias áreas ajardinadas:

- La prolongación de las calles Duque de Tovar y San Epifanio.

- Un gran parque que surge como una bifurcación de Madrid Río hacia el norte, discurriendo junto a la ampliación del C.E.I.P. Tomás Bretón y la parcela de vivienda protegida y equipamiento.

- Una tercera zona verde lineal paralela a las anteriores situada al sur de éstas. Las tres zonas verdes lineales conectan la calle Alejandro Dumas con la bifurcación de Madrid Río, que finalmente desemboca en Paseo Imperial como una prolongación mayor de la Calle del Duque de Tovar.

El espacio ocupado en la actualidad por el Estadio Vicente Calderón y por la Calle 30 (tramo no soterrado), pasará a formar parte del Parque del Río una vez desarrollada la actuación. La amplitud de este espacio permite la conformación de un hito dentro de Madrid Río, ofreciendo la posibilidad de dotar a la población de un espacio libre público de calidad excepcional y gran versatilidad.

Equipamientos públicos

Tras el análisis realizado de las dotaciones presentes en el ámbito, se ha considerado necesaria una ampliación de los espacios dotacionales educativos existentes: el Colegio Público Tomás Bretón y el I.E.S. Gran Capitán. Además, se considera necesaria la implementación de un centro de día para personas mayores, que podría estar ubicado en la parcela dotacional ubicada en las inmediaciones de Madrid Río o vinculado a las viviendas de protección pública, en el zócalo de equipamiento vinculado a la bifurcación del parque. Se considera también apropiada la posible implantación de un Centro de Educación Infantil que podría ubicarse en la parcela de equipamiento vinculada al Parque del Río.

La ampliación del Colegio Tomás Bretón se plantea con una prolongación de su actual parcela hacia el norte siguiendo la calle de nuevo trazado que conecta el Paseo Imperial con la calle Alejandro Dumas. La parcela resultante tiene un frente de aproximadamente 43 m. de longitud hacia la Calle Paseo Imperial en su lado este, mientras sus márgenes norte y oeste discurren totalmente anexos al nuevo parque que surge como bifurcación del parque de Madrid Río.

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La ampliación del Instituto Gran Capitán se facilita por el quiebro que se plantea a la calle Alejandro Dumas que, como queda dicho, se conecta así con la calle Cobos de Segovia. La superficie total destinada a nuevos equipamientos públicos, al margen de las superficies de nuevos viarios y zonas verdes, es de 17.712,15 m2.

Viario

Se han definido para el viario de la propuesta diferentes secciones y tratamientos de los acabados superficiales, de tal manera que se diversifique su utilización en el contexto general de un nuevo barrio de circulación rodada de baja velocidad.

Así, se contemplan los siguientes tipos. - Viario rodado

- Viario de tráfico compartido - Viario peatonal

En algunos puntos de la ordenación en las confluencias entre viarios rodados y continuidad de zonas verdes o de viarios peatonales se establecen pasos de preferencia del viandante sobre el coche.

Edificación y usos

Con independencia de la aplicación que en el desarrollo de la ordenación se haga de las posibilidades que el PGOU autoriza a la implantación de diferentes usos, lo cierto es que el diseño de la ordenación solo prevé y alienta de una manera directa la ubicación de locales comerciales con un tamaño mediano en la manzana recayente sobre la plaza de Francisco Morano y en las manzanas que, sobre el parque del Río, conforman las entradas a dicho parque desde el Paseo de los Melancólicos

El resto de usos terciarios o recreativos configurarán, dadas las características de la ordenación, locales comerciales de “proximidad” especialmente ubicados en el Paseo de Pontones y en la calle Alejandro Dumas.

El resto de usos terciarios o recreativos configurarán, dadas las características de la ordenación, locales comerciales de “proximidad” especialmente ubicados en el Paseo de Pontones y en el Paseo Imperial.

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Para cada una de las parcelas edificables lucrativas se establecerán unas determinaciones a seguir en la redacción de los proyectos concretos que, sin condicionar cada una de las soluciones arquitectónicas, sí permitan integrar dichas arquitecturas en un conjunto de ordenación como el descrito, habilitando con ello el concepto de construcción de la ciudad denominado “proyecto urbano”.

Se muestran a continuación imágenes volumétricas de la propuesta en el entorno:

Figura 13.- Infografías de la propuesta planteada. Fuente: Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

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5.3.2 ANÁLISIS DE LAS SUPERFICIES 5.3.2.1 USOS LUCRATIVOS

La propuesta plantea una edificabilidad total de 147.050 m². La hipótesis de desarrollo que se establece es la de que el 90% esté destinado a residencial colectivo (RC), lo que implica 132.345 m² edificables, quedando el 9% (con respecto al total de la edificabilidad) dedicado a vivienda protegida (RCVP), es decir, 13.234,5 m² edificables, y el 81% dedicado a vivienda libre (RCVL), es decir, 119.110,50 m² edificables. El 10% de la edificabilidad total, es decir, 14.705 m² edificables, se destinan al uso de Servicios Terciarios (ST).

Figura 14.- Resumen de superficies para los usos lucrativos. Fuente: Documento de Ordenación Pormenorizada (DOP).

5.3.2.2 REDES PÚBLICAS

La superficie total de redes públicas en el interior del ámbito, teniendo en cuenta la totalidad de las mismas, es decir, las localizadas tanto en el nivel superior (cota de calle) como inferior (Calle 30), asciende a 184.296,44 m²s, de los cuales 122.399,15 m²s se corresponden con redes existentes y 61.897,29 m²s son nueva superficie de cesión. En relación a la red de equipamientos, la propuesta cuenta con un total de 90.894,96 m²s, destinados 17.303,99 m²s a la red de equipamientos sociales y 73.590,97 m²s a la red de zonas verdes y espacios libres.

Dentro de la red de equipamientos sociales, se propone la ampliación de los equipamientos educativos existentes y colindantes con el ámbito:

- El IES Gran Capitán, que cuenta con 7.041,20 m²s, se amplía con 2.547,56 m²s en la parcela EQ.1.

- El colegio Tomás Bretón, que cuenta en la actualidad con 5.074 m²s, se amplía en 6.884,55 m²s (parcela EQ.2.).

Además, se proponen las siguientes parcelas también para usos dotacionales: Superficie m²s m²c % S/Total RESIDENCIAL COLECTIVO (RC) 132.345,00 90% 1.323 Vivienda Libre (RCVL) 119.110,50 81% 1.191 Vivienda Protegida (RCVP) 13.234,50 9% 132 SERVICIOS TERCIARIOS (ST) 14.705,00 10%

-Total USOS LUCRATIVOS

32.432,96

147.050,00

100%

1.323

SUELO LUCRATIVO - Edificabilidad por usos - Nº Viviendas estimadas

Edificabilidad Nº Viv Máx. Estimado

(*)

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