Evaluación del programa de auditorías 2010
Plan General de Auditorías
del Sistema de Gestión de Controles Oficiales
Coordinación de Seguridad Alimentaria y Salud ambiental
Noviembre 2011
Índice
Introducción... 3
Alcances... 4
Ámbitos ... 4
Evaluación de cada alcance ... 5
1. Plan de control de peligros químicos: muestreo de aflatoxinas... 5
2. II Plan de acción del sector lácteo: industrias de leche cruda... 7
3. Programa de control de legionelosis: instalaciones de mayor riesgo... 10
4. Aguas de consumo: protocolos de autocontrol de abastecimientos ... 12
5. Proceso de Alertas en Protección de la Salud... 14
6. Definición del Equipo de Gestión en el Acuerdo de Gestión 2010... 15
No conformidades fuera del alcance ... 16
Situación actual de las auditorías ... 16
Introducción
Durante 2010 se ha llevado a cabo el primer programa de auditorías internas del Sistema de Gestión de los Controles Oficiales en el ámbito de Protección de la Salud en Andalucía.
Su objetivo principal es evaluar la eficacia de las tareas de verificación del cumplimiento de la legislación sobre seguridad alimentaria y salud ambiental en todos los ámbitos de la organización: Distritos de Atención Primaria y Áreas de Gestión Sanitaria (en adelante DAP/AGS), Servicios de Salud de las Delegaciones Provinciales y Servicios de la Secretaría General de Salud Pública y Participación.
El Plan recoge una baremación del resultado de la auditoría que determina el seguimiento que se debe realizar de la misma. Hay cuatro posibles resultados:
Auditoría conforme. No se detectan no conformidades y no requiere seguimiento.
Auditoría conforme con desviaciones. No se detectan no conformidades mayores. El seguimiento se basa en el plan de acciones correctivas.
Auditoría conforme con riesgos. Se detectan hasta cuatro no conformidades mayores. En este caso el seguimiento se realiza a las acciones reparadoras y al plan de acciones correctivas, pudiendo realizar una auditoría extraordinaria si se considera necesario.
Auditoría no conforme. Se detectan más de cuatro no conformidades mayores. El seguimiento requiere una auditoría extraordinaria.
En 2010 se han realizado las 12 de las 13 auditorías programadas con el resultado global siguiente:
Auditorías conformes: 0
Auditorías conformes con desviaciones: 2
Auditorías conformes con riesgos: 10
Auditorías no conformes: 0
La auditoría programada no realizada se debe a que el alcance era el Plan de formación y en 2010 no se pudo poner en marcha.
En el desarrollo del programa han participado 6 auditores internos, y otros 4 en proceso de capacitación.
Durante el desarrollo del programa se ha incorporado como mejora del propio Plan General de Auditorías de los SGCO un procedimiento de seguimiento de las auditorías en el que básicamente se definen los hitos, plazos, vías de comunicación y niveles implicados, así como su registro en el sistema de información SIGAP.
Alcances
Plan de control de peligros químicos: muestreo de Aflatoxinas.
II Plan de acción del sector lácteo: actuaciones en industrias de leche cruda.
Programa de control de legionelosis: registro de instalaciones de mayor riesgo.
Aguas de consumo humano: protocolos de autocontrol y gestión de abastecimientos.
Proceso de Alertas en Protección de la Salud.
Definición del Equipo de Gestión en los Acuerdos de Gestión de las Unidades de Protección de la Salud 2010.
Plan de formación.
Ámbitos
Área de Gestión Sanitaria Campo de Gibraltar.
Delegación Provincial de Salud de Huelva.
Distrito de Atención Primaria Almería.
Delegación Provincial de Salud de Granada.
Distrito de Atención Primaria Córdoba Sur.
Distrito de Atención Primaria Huelva Costa.
Distrito de Atención Primaria Metropolitano de Granada.
Distrito de Atención Primaria Sevilla Sur.
Distrito de Atención Primaria Jaén.
Área de Gestión Sanitaria Serranía de Málaga.
Servicio de Seguridad Alimentaria y Laboratorios.
Servicio de Salud Ambiental.
Coordinación de Seguridad Alimentaria y Salud Ambiental.
Evaluación de cada alcance
A continuación se describen por alcance, de manera agrupada y resumida, las evidencias de no conformidad detectadas, así como la valoración de las acciones reparadoras y correctoras que se llevan a cabo y la valoración conformidad global.
1. Plan de control de peligros químicos: muestreo de aflatoxinas
Evidencias de no conformidad:
En varios ámbitos auditados se han detectado errores en la aplicación de los métodos de muestreo que establece el Reglamento 401/2006 para determinación de aflatoxinas:
La no división en sublotes cuando está indicado por el peso del lote.
Peso de la muestra global y/o peso de la muestra elemental distinto al que corresponde por aplicación del método de muestreo.
No aplicación del método de muestreo debido al peso del lote cuando el Reglamento establece método de muestreo para cualquier peso del lote o se han dado instrucciones a los agentes de control fijando el peso de la muestra sin tener en cuenta el peso del lote.
De manera puntual se han seleccionado establecimientos y productos para muestrear distintos a los priorizados en el plan.
Se han detectado errores en la solicitud de análisis al laboratorio: no se identifica el peligro a determinar, el lote, peso/volumen del lote o sublote a muestrear.
Se ha observado que los resultados analíticos no se comunican por el Laboratorio Provincial a la Sección de Seguridad Alimentaria correspondiente en caso de positivos y al DAP/AGS en el plazo que establece el programa en caso de negativos.
Observaciones:
En algún caso la comunicación de las fechas de toma muestras a los profesionales que las deben tomar, desde el DAP/AGS, se ha realizado en un plazo de tiempo muy ajustado que puede provocar incumplimientos en la programación de muestra.
Puntos fuertes:
En alguna Delegación Provincial se utiliza una aplicación informática colaborativa de trabajo de fácil acceso que permite realizar un mejor seguimiento de los calendarios de muestreo y el seguimiento de los resultados analíticos, así como compartir las instrucciones, programaciones, planes, programas y documentación de apoyo en su versión actualizada.
Valoración de las acciones reparadoras y correctoras llevadas a cabo:
Respecto a las medidas adoptadas para la correcta aplicación de los métodos de muestreo, se observa como acción correctora frecuente la remisión de instrucciones a los profesionales para que las muestras se ajusten al Reglamento y otras instrucciones que ya vienen dándose o que vienen establecidas en el propio plan, sin que se concreten otras medidas que puedan resolver la causa o prevenir desviaciones de este tipo. A modo de ejemplo, se indican las siguientes:
- Especialización: reducir el número de profesionales distintos que participan en este programa.
- Sesiones internas de revisión y análisis crítico de las muestras que se han tomado, identificar las causas de incumplimiento, dificultades y definir medidas a llevar a cabo, realización de supuestos prácticos en base al tipo de establecimiento y producto diana de su ámbito de manera que afiancen la destreza con la que se aplica el método de muestreo, otras actividades de entrenamiento.
- Utilización de las herramientas de gestión para estimular las buenas prácticas: asignación de objetivos individuales en relación con criterios de calidad de las muestras que se definan previamente, actividades de integración, unificación de criterios, entre otras.
- Instrucciones motivadas, esquemas o modelos complementarios a las actas que faciliten a los profesionales consignar toda la información relativa a la muestra, el método de muestreo empleado, el programa y la solicitud de análisis al laboratorio.
Se valora positivamente que cuando ha sido posible, se han adoptado medidas reparadoras inmediatas consistentes en la repetición de la toma de muestras siguiendo el método de muestreo establecido por el Reglamento.
De igual modo, en las acciones correctoras para incumplimientos relativos a la selección de establecimientos, productos u origen de los lotes y/o solicitud de analíticas, se echan en falta medidas concretas de coordinación entre las Delegaciones y las UPS, así como con los profesionales, más allá de repetir instrucciones que ya se están dando o vienen definidas en el propio plan.
Valoración global de conformidad para este alcance:
En la mayoría de las auditorías realizadas se ha detectado que la toma de muestra no se realiza conforme al método de muestreo establecido reglamentariamente, siendo necesaria la adopción de acciones correctivas eficaces que eviten en el futuro este tipo de desviaciones. No obstante, tras las comprobaciones realizadas en los distintos ámbitos respecto a este alcance y la adopción de las acciones reparadoras, debe considerarse que el objetivo del subprograma de control del peligro aflatoxinas relativo a verificar que los productos alimenticios puestos en el mercado no presentan residuos de contaminantes en niveles superiores a los establecidos en la norma, se ha cumplido.
2. II Plan de acción del sector lácteo: industrias de leche cruda
Evidencias de no conformidad:
Se han observado deficiencias en la planificación por las Delegaciones de la toma de muestras para detección de inhibidores: en algunos casos no se documenta dicha planificación, no se evidencia que se tengan en cuenta los criterios que establece el plan o se ha observado en algún caso, retraso en la implantación del plan.
En un DAP/AGS se ha detectado incumplimiento sobre la programación de muestras: no se han tomado algunas muestras programadas para inhibidores.
Los resultados positivos a inhibidores detectados por los profesionales en sus actuaciones de control en las empresas, son comunicados por el DAP/AGS al ámbito correspondiente que establece el plan en función de la ubicación de la explotación ganadera fuera del plazo que establece el plan.
En algunos casos, los profesionales no han comprobado que las empresas hayan notificado los positivos a inhibidores a la autoridad competente.
En varias auditorías, se ha observado que no se han realizado las actuaciones previstas en el árbol de decisiones establecido en el plan cuando los profesionales han detectado la ausencia de certificaciones de estatus sanitario del ganado que suministra leche a la industria.
En algunas industrias con positivos a inhibidores no se han realizado por parte de los profesionales las comprobaciones sobre la eficacia de los sistemas de autocontrol para ese peligro ni otras medidas que establece el plan.
En algunos casos, el tiempo transcurrido desde la toma de muestra y entrada en el laboratorio de la muestra hasta la determinación analítica supera el plazo de tiempo establecido en el plan para inhibidores.
En una auditoría se ha observado que se han realizado supervisiones que no cumplen con el objetivo de la misma, aprobándose sistemas de autocontrol que no son eficaces para el control del peligro inhibidores y sin que se realicen actuaciones de seguimiento para comprobar la implantación de medidas correctoras eficaces.
En una auditoría se han detectado deficiencias en el control de los procedimientos de la empresa para garantizar la temperatura de recepción de leche y en el control de células somáticas y gérmenes a 30ºC sin que el control oficial haya llevado a cabo actuaciones establecidas en el plan.
Observaciones:
En una auditoría, en el mes de noviembre no se habían realizado las supervisiones de establecimientos que reciben leche cruda con la frecuencia que se establece en el plan específico para el sector lácteo.
En un ámbito auditado, se ha detectado que los informes de supervisión realizados en el marco del plan, no incluyen entre los criterios de supervisión el II Plan de acción para el sector lácteo y no se hace valoración expresa de los aspectos específicos objeto de seguimiento y control descritos en dicho plan.
En un caso se ha detectado que las actuaciones del control oficial tras notificación de resultados positivos a inhibidores detectados por el laboratorio interprofesional lechero de Cantabria son realizadas con un retraso de tres meses respecto a la comunicación de la Delegación Provincial de dichos resultados al DAP/AGS.
Puntos fuertes:
Se facilita el acceso a la letra Q y a SIGGAN a los profesionales que tienen asignado el control de los establecimientos de manera que se agiliza las comunicaciones y otorga a estos agentes mayor información de los establecimientos.
Oportunidades de mejora:
En algún caso se ha recomendado mejorar la celeridad de las comunicaciones para los resultados positivos a inhibidores entre las Delegaciones y los DAP/AGS utilizando una cuenta de correo electrónico. Igualmente la utilización de la cuenta electrónica creada a tal fin para las comunicaciones de resultados positivos a inhibidores entre la Delegación Provincial y la Secretaría General.
Se recomienda un sistema que permita documentar las consultas y comunicaciones realizadas entre la Delegación y el Laboratorio Provincial relativas a la coordinación y planificación de la toma de muestras para verificación en el control de inhibidores.
Valoración de las acciones reparadoras y correctoras adoptadas:
Parece conveniente implementar acciones correctoras más eficaces relativas a la planificación de las muestras por las Delegaciones para determinación de inhibidores y que tengan en cuenta aspectos como el número de industrias, datos de producción, periodos y tipos de actividad y aquellos otros criterios que estén justificados. Para ello podría realizarse un trabajo conjunto y coordinado con los directores de las UPS y en los DAP/AGS con los profesionales que controlan este tipo de establecimientos al objeto de disponer en tiempo una información que permita una planificación y programación de muestras de inhibidores eficaz.
En cuanto a las medidas adoptadas sobre incumplimiento de la programación de muestras de inhibidores, además de insistir sobre la importancia de cumplir con los calendarios de muestreo, debieran contemplarse otras medidas de mayor eficacia para evitar estos incumplimientos y que algunas podrían ir en el mismo sentido que las indicadas para el anterior alcance.
Se observan algunas medidas correctoras tomadas en los establecimientos donde fueron detectadas las evidencias de no conformidad en relación con el análisis de las causas, las supervisiones, toma de muestras, etc, que debieran implantarse para todos los establecimientos objetivo del plan en el ámbito.
Se han adoptado acciones reparadoras en el caso de supervisiones detectadas que no cumplen con los objetivos de este plan, pareciendo conveniente que por los grupos referentes de DAP/AGS sean analizadas y revisadas las actuaciones que se están llevando a cabo en relación con las comprobaciones sobre los peligros específicos que contempla el II Plan de acción para el sector lácteo para establecer las medidas oportunas, con independencia de otras medidas de gestión de personas ya comentadas.
Valoración global de conformidad para este alcance:
Se han detectado algunas no conformidades mayores respecto a las instrucciones establecidas en el plan para las empresas que reciben leche cruda, si bien éstas no se producen de manera sistemática en los distintos ámbitos auditados. Tras las comprobaciones realizadas puede concluirse que se cumple el objetivo del plan de verificar que los operadores económicos de este tipo de empresas implementan adecuadamente los requisitos establecidos en el Reglamento 852/2004 y Reglamento 853/2004 y garantizar que los controles oficiales efectuados para verificar dicho cumplimiento son adecuados y conformes a los citados Reglamentos para conseguir un nivel elevado de protección de la salud, si bien parece necesario acometer planes de acciones correctoras eficaces en cuanto a la planificación de la toma de muestras de inhibidores y el cumplimiento de la programación de las mismas, actuaciones de control oficial ante la identificación de positivos a inhibidores y su comunicación, así como en las supervisiones realizadas en este tipo de establecimientos.
3. Programa de control de legionelosis: instalaciones de mayor riesgo
Evidencias de no conformidad:
En varias de las auditorías realizadas se observa falta de coherencia entre la información que se registra y valida en VEGA con la recogida en los protocolos de inspección de las instalaciones o las comprobadas "in situ" en el transcurso de la auditoría.
Se detecta que no se solicita a la Delegación del Gobierno la información de censos de establecimientos con instalaciones de riesgo de legionela, produciéndose en algunos casos esta solicitud por parte de la Delegación a los Ayuntamientos directamente, incumpliéndose las instrucciones específicas al respecto.
El número de instalaciones “censadas” en VEGA por establecimiento y el número real de estas instalaciones por establecimiento no coinciden: no se ha seguido un único criterio en los DAP/AGS para dar de alta a las torres de refrigeración en VEGA que comparten bandeja de agua.
Se detectan incumplimientos que son registrados en VEGA y consignados en los protocolos de inspección, que no son comunicados al operador económico mediante acta oficial de inspección.
Falta de actualización de la información cargada en VEGA con inspecciones realizadas nueve meses atrás que no han sido registradas.
Observaciones:
Se han valorado informes analíticos de parámetros indicadores del agua en las torres de refrigeración que no especifican los correspondientes métodos analíticos ni los límites de detección o cuantificación sin que se evidencien actuaciones del control oficial al respecto.
Se observa en uno de los ámbitos auditados que en el mes de noviembre se habían censado en VEGA el 53% de las instalaciones de mayor riesgo de proliferación de legionela; en cambio habían sido registradas en VEGA otras instalaciones de menor riesgo.
En algún caso se ha observado que se registran en VEGA inspecciones en las que se comprueba la subsanación de deficiencias detectadas en inspección realizadas con anterioridad que no han sido registradas en este sistema.
Debe aclararse en las instrucciones si es obligatorio registrar en VEGA el dato “año de instalación” dado que lo indicado al respecto en las instrucciones generales de ejecución del programa de prevención de la legionelosis 2010 y lo establecido en el manual de usuario del módulo control de legionelosis de VEGA no siguen el mismo criterio.
Puntos fuertes:
En algún caso se ha detectado que el censo de empresas que disponían de instalaciones de mayor riesgo de legionelosis había sido cargado en su totalidad en el módulo correspondiente de VEGA en el mes de junio.
Desarrollo de sesiones internas de trabajo con los profesionales implicados en registrar en VEGA estableciendo criterios homogéneos en el registro y validación de los datos.
Valoración de las acciones reparadoras y correctoras adoptadas:
En relación con la falta de correspondencia entre la información que se registra en VEGA y la consignada en los protocolos o en las comprobaciones "in situ", más allá de las acciones reparadoras que se han llevado sobre las evidencias concretas, se valoran muy positivamente aquellas medidas consistentes en las actividades internas de formación para la resolución de dudas y adopción de criterios en su ámbito y elevar las consultas que fueran necesarias, si bien esta medida se observa que se ha previsto únicamente en uno de los ámbitos afectados por esta desviación.
Más allá de la reiteración de instrucciones a los agentes, debieran contemplarse otras medidas de mayor eficacia que vayan contra las causas de la no conformidad y que eviten en el futuro la reiteración de esta discordancia.
Valoración global de conformidad para este alcance:
Dadas las desviaciones sistemáticas detectadas en los distintos ámbitos auditados entre la información registrada en VEGA con la que se observa en los protocolos utilizados en el momento de la inspección, así como en las observadas "in situ" en distintas auditorías, puede concluirse que no se cumple el objetivo de disponer de manera fiable de la información relativa a las instalaciones de riesgo de legionelosis en VEGA.
4. Aguas de consumo: protocolos de autocontrol de abastecimientos
Evidencias de no conformidad:
Se ha detectado que algunos informes sobre los protocolos de autocontrol y gestión de los abastecimientos se remiten directamente desde el DAP/AGS o los profesionales a los Gestores correspondientes en lugar de hacerlo la Delegación.
Se informan favorablemente protocolos sin que estos cumplan todos los requisitos establecidos en la norma: sin información correspondiente al suministro alternativo y sin la información relativa a la documentación mínima a disposición de la autoridad sanitaria.
Se ha evidenciado incumplimiento del plazo de remisión de informes de protocolos del DAP/AGS a la Delegación, y en otros casos se supera el plazo para la comunicación de la aceptación de los protocolos al gestor por parte de la Delegación.
En algún caso no se ha remitido desde el DAP/AGS a la Delegación la relación de gestores que no habían presentado el protocolo de autocontrol en su ámbito. A veces se remite fuera de plazo y en algún caso la relación no es completa.
No hay evidencias de haber iniciado expediente sancionador a los gestores que no han presentado el protocolo de autocontrol y gestión de abastecimientos tras el requerimiento realizado por la Delegación.
Observaciones:
De forma generalizada se ha detectado que en el DAP/AGS no se controlan los plazos para la valoración de los protocolos y notificación de informe a la Delegación, con el consiguiente riesgo de superar los dos meses de plazo para la comunicación de la aceptación de estos protocolos de autocontrol a los gestores por la Delegación Provincial.
En varias auditorías se pone de manifiesto que los DAP/AGS no disponen de copia de los protocolos presentados e informados.
Oportunidades de mejora:
Es conveniente para un mejor seguimiento de las actuaciones realizadas, que los DAP/AGS tengan conocimiento del sentido de las comunicaciones realizadas por la Delegación a los gestores de los abastecimientos en relación con sus protocolos de autocontrol.
Acciones reparadoras y correctoras adoptadas:
Se observa la adopción de acciones reparadoras inmediatas eficaces en las evidencias detectadas, aunque salvo excepciones, las medias correctoras son consistentes en el compromiso de cumplir los plazos y reiterar instrucciones.
Se valora positivamente aquellas medidas encaminadas a la unificación de criterios entre los adoptados por los profesionales en la valoración de los protocolos y los tenidos en cuenta en la Delegación Provincial para el requerimiento de mejoras o aceptación de los protocolos que se ha hecho en algún caso.
Valoración global de conformidad para este alcance:
En varias auditorías se ha observado la aprobación de protocolos de autocontrol y gestión de los abastecimientos que no contienen toda la información establecida en la norma, en concreto y exclusivamente la relativa al suministro alternativo de agua y a la documentación mínima a disposición de la autoridad sanitaria, sin que se hayan detectado desviaciones sobre el resto de aspectos establecidos en el Anexo XII del Decreto 70/2009. Así mismo, en algunas auditorías, se han observado desviaciones en el procedimiento establecido para la aprobación de estos protocolos como la remisión de informes de valoración de protocolos por los DAP/AGS o profesionales directamente a los gestores, incumplimientos o falta de seguimiento de los plazos.
No obstante, tras las comprobaciones realizadas y la adopción de las acciones reparadoras, puede concluirse que se cumple con el objetivo de que los gestores de abastecimientos de agua para consumo humano dispongan de protocolos de autocontrol y gestión de los abastecimientos valorados como favorables por la autoridad sanitaria.
5. Proceso de Alertas en Protección de la Salud
Evidencias detectadas:
Las alertas de aguas de consumo humano no se gestionan conforme al proceso estando en su alcance.
Incumplimientos en procedimientos normalizados de trabajo de desarrollo de arquitectura 4 relativos al sistema de registro de las alertas.
Retrasos en notificación de las alertas.
Oportunidades de mejora:
Ante la variabilidad de formatos de los informes de investigación y seguimiento de las alertas notificadas por las Delegaciones, se cree conveniente el establecimiento de un único formato con los ítems del Anexo III del proceso, a fin de facilitar el flujo y recopilado de la información y la correcta comprobación del contenido mínimo que debe incluir dicho informe.
Se ha recomendado el establecimiento de un único sistema de archivo dado que se observa que la información relativa a los expedientes de alertas se encuentra tanto en formato papel como en soporte informático.
Valoración de las acciones reparadoras y correctoras adoptadas:
Se han adoptado medidas reparadoras consistentes en la revisión y corrección de registros de fechas erróneos; posteriormente se han realizado comprobaciones al azar para la verificación.
Se modifican los PNT y reasignan tareas establecidas en esos procedimientos como acciones correctivas. Así mismo se ha procedido a la configuración de firmas electrónicas, sistemas de aviso e implantación de firma en cascada.
El proceso de Alertas está en fase de modificación, contemplándose que las alertas de aguas de consumo sean excluidas del proceso.
Valoración global de conformidad para este alcance:
Tras las comprobaciones realizadas, puede concluirse que las actividades en la gestión de las alertas se ajustan a las características de calidad definidas en el Proceso de Alertas, si bien se han identificado desviaciones para las que se han adoptado acciones reparadoras eficaces, y tras un análisis de causas, se han adoptado acciones correctoras.
6. Definición del Equipo de Gestión en el Acuerdo de Gestión 2010
Evidencias de no conformidad:
Dirección de UPS al margen de la gestión de planes/programas de una de las áreas fundamentales de conocimiento de Protección de la Salud.
Actividades definidas en el Acuerdo de Gestión para un componente del equipo de gestión son realizadas por otro profesional.
Valoración de las acciones reparadoras y correctoras adoptadas:
Se ha propuesto un sistema de registro de reuniones para dejar constancia de las reuniones del equipo de Dirección y Gestión de la UPS en relación con la gestión de los planes/programas correspondientes de seguridad alimentaria y de salud ambiental.
Compromiso de que las actividades definidas para algún componente de equipo de Dirección y Gestión serán llevadas a cabo exclusivamente por el profesional que tiene asignada esa actividad.
Valoración global de conformidad para este alcance:
De las comprobaciones realizadas en todas las auditorías, solo en un caso se han observado las desviaciones descritas, por lo que debemos considerar que los equipos de gestión en 2010 se definen conforme a los criterios establecidos en el Acuerdo de Gestión.
No conformidades fuera del alcance
Evidencias de no conformidad:
Se ha observado que en algunos casos se cumplimentan documentos de control oficial sin que se reflejen los nombres de los agentes actuantes y del responsable del establecimiento.
Valoración de las acciones reparadoras y correctoras adoptadas:
Además de incidir en el tipo de medidas ya comentadas en otras no conformidades, consistentes en la reiteración de instrucciones a los profesionales, en este caso para que sean consignados los documentos de control oficial correctamente, cabe destacar la medida señalada en un DAP/AGS consistente en la incorporación de esta causa en el "procedimiento de calidad del DAP/AGS" cuyo cumplimiento se incluye como objetivo individual en el Acuerdo de Gestión.
Valoración global de conformidad para este alcance:
Durante el desarrollo del programa de auditorías se han realizado comprobaciones sobre un elevado número de documentos de control oficial sobre los que no se han realizado reparos en cuanto a sus aspectos formales y administrativos, por lo que cabe concluir que los documentos de control oficial son consignados correctamente por los profesionales de manera general, con independencia de que se hayan detectado estos hallazgos de auditoría que requieren la adopción de medidas correctoras eficaces.
Situación actual de las auditorías
De las 12 auditorías realizadas, 11 de ellas disponen de un informe de cierre de la auditoría por el auditor jefe, toda vez que en sus correspondientes ámbitos se han adoptado acciones reparadoras inmediatas e implementado un plan de acciones correctivas, habiéndose comprobado por el auditor jefe que dichas acciones se han ejecutado.