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TRABAJO FINAL ACTIVIDAD Nro 7 HENRRY CHECA P.

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Academic year: 2020

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Universidad Mayor de San Simón Escuela Universitaria de Postgrado Facultad de Arquitectura y Cs. Del Hábitat

Dirección de Formación Continua Grado y Postgrado

ACTIVIDAD NRO 7

MAESTRIA

:

TECNOLOGIA, GERENCIA Y ADMINISTRACION DE LA

CONSTRUCCION, 3RA VERSION

MODULO

:

LEGISLACION Y CONTRATOS

DOCENTE

:

DR. ARQ. WILSON CASTRO VILLARROEL

POSTULANTE

:

ARQ. HENRRY MARIO CHECA PALLY

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1. MAPA CONCEPTUAL TEMA

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2. EXTRACTE DE MANERA RESUMIDA LOS ART. Y/O PRECEPTOS MÁS IMPORTANTES DE LA LEY GENERAL DE HIGIENE Y

SEGURIDAD.-Art. 1.- (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto:

1) Garantizar las condiciones adecuadas de salud higiene, seguridad y bienestar en el trabajo. 2) Lograr un ambiente de trabajo desprovisto de riesgo para la salud psico-física de los trabajadores.

3) Proteger a las personas y el medio ambiente en general, contra los riesgos que directa o indirectamente afectan a la salud, la seguridad y el equilibrio ecológico.

Art. 2º.- (ACCION DEL ESTADO, EMPLEADOR y TRABAJADOR). Los objetivos señalados se alcanzarán a través de la acción conjunta del Estado, los empleadores y trabajadores. La participación de los trabajadores y las organizaciones involucradas es determinante en la ejecución de las normas relativas a las condiciones y medio ambiente de trabajo.

Art. 3º.- (CAMPO DE APLICACION). La presente Ley es aplicable a toda actividad en que se ocupe uno o más trabajadores por cuenta de un empleador, persiga o no fines de lucro.

Art. 4º.- DEFINICIONES

Empleador.- Es toda persona natural o jurídica que esté a cargo o tenga a su cargo el control o vigilancia del trabajo en un centro laboral o de cualquier empleado del mismo.

Trabajador.- Es toda persona que presta servicios a un empleador por el sueldo, salario u otra remuneración, incluyendo cualquier aprendiz o discípulo mediante retribución o sin ella.

Lugar o Centro de Trabajo.- Es todo aquel sitio donde el trabajador desenvuelve sus actividades.

Seguridad Industrial u Ocupacional.- Es el conjunto de procedimientos y normas de naturaleza técnica, legal y administrativa, orientado a la protección del trabajador, de los riesgos contra su integridad física y sus consecuencias, así como mantener la continuidad del proceso productivo y la intangibilidad patrimonial del centro de trabajo.

Acto Inseguro.- Es la acción y /o exposición innecesaria del trabajador al riesgo, susceptible de causar accidente.

Accidente de Trabajo. -Es un suceso imprevisto que altera una actividad de trabajo ocasionando lesión (es) al trabajador y/o alteraciones en la maquinaria, equipo, materiales y productividad.

Artº 5.- (OBLIGACIONES DE EMPLEADORES Y TMBAJADORES). Los empleadores y trabajadores comprendidos en el campo de la aplicación de la presente Ley, tienen la obligación de cumplir las normas establecidas en ella, así como los reglamentos y otras disposiciones inherentes.

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1) Cumplir las Leyes y Reglamentos relativos a la Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar; reconociendo que su observancia constituye parte lndivisible en su actividad empresarial.

3) Constituir las edificaciones con estructuras sólidas y en condiciones sanitarias, ambientales y de seguridad adecuadas.

5) Controlar que las máquinas, equipos, herramientas, accesorios y otros en uso o por adquirirse, reúnan las especificaciones mínimas de seguridad.

14) Proveer y mantener ropa y /o equipos protectores adecuados contra los riesgos provenientes de las substancias peligrosas, de la lluvia, humedad, frío, calor, radiaciones, ruidos, caídas de materiales y otros.

Art. 10º (Quienes ejecutan la presente Ley). El cumplimiento y ejecución de la presente Ley estará a cargo de los Ministerios de Trabajo y Desarrollo Laboral y de Previsión Social y Salud Pública, a través del Consejo Nacional de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar, que se crea para el efecto, la Dirección General de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar dependiente del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, el Instituto Boliviano de Seguridad Social y el Instituto Nacional de Salud Ocupacional.

Art. 24º (Funciones de la C.N.S.S.). La Caja Nacional de Seguridad Social, a través de su Departamento de Medicina del Trabajo debe cumplir las siguientes funciones:

1) Exigir a las empresas afiliadas el cumplimiento de la obligación que tiene de constatar el estado de salud de sus trabajadores a tiempo de su contratación, mediante exámenes médicos, exámenes clínicos, radiográficos y de laboratorio.

2) Efectuar exámenes médicos periódicos a objeto de controlar la adaptación del trabajador a su ocupación y detectar oportunamente los daños que le ocasione su labor; adoptar las medidas preventivas del caso; aconsejar el cambio de ocupación o su transferencia a los seguros de riesgos profesionales, invalidez o vejez.

Art. 38º (Constitución de Servicios). Las empresas atendiendo a los índices de accidentalidad y morbimortalidad ocupacional, la naturaleza y característica de la actividad y el número de trabajadores expuestos, constituirán en sus centros de trabajo servicios preventivos de medicina del trabajo y Departamento de Higiene, Seguridad Ocupacional y Bienestar.

Art. 43º (Obligación Patronal). Los empleadores, a fin de mejorar el bienestar de sus trabajadores, están obligados a proporcionar a éstos:

Art. 44º (Alimentación). La empresa está obligada a proporcionar a sus trabajadores las facilidades para la obtención de alimentos en sus dependencias a cerca de ellas, cuando no existan servicios públicos o privados de alimentación en las proximidades del centro de trabajo.

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Art. 53º (Imposición del Multas). Los actos por comisión u omisión de los empleadores que signifiquen incumplimiento doloso o culpable de la presente Ley, los reglamentos que se dicten en su consecuencia y las instrucciones emitidas por el órgano de aplicación, constituyen infracciones que se sancionarán con multas pecuniarias de $b. 1.000.- a $b. 500.000.- (UN MIL A QUINIENTOS MIL PESOS BOLIVIANOS), según la gravedad de las faltas y su resultado, el número de trabajadores perjudicados y la magnitud de la empresa. En caso de reincidencia se elevará al doble la sanción.

Art. 55º (Sanciones a Trabajadores).Las infracciones en que incurran los trabajadores, se sancionarán con multas pecuniarias cuyo monto será el equivalente de uno a quince días del salario que perciban, según la gravedad de la falta, sin perjuicio de las acciones penal y/o civil a que dieren lugar los hechos.

Art. 58º Toda edificación permanente o temporal que funcione como centro de trabajo, debe construirse de acuerdo al Código de Construcción en vigencia, a fin de garantizar su estabilidad y rigidez.

Art. 59º Ninguna estructura de un centro de trabajo debe sobrecargarse permanentemente.

CONSTRUCCION, MODIFICACIONES Y REPARACIONES

Art. 60º Se someterán a la autoridad competente para su examen y aprobación los planos de toda nueva construcción y los proyectos de modificaciones o reparaciones importantes que se efectúen en los lugares de trabajo.

Art. 72º Todas las áreas que comprendan el local de trabajo deben tener una iluminación adecuada que puede ser: natural, artificial o combinada.

Art. 73º La intensidad y calidad de luz artificial debe regirse a normas específicas de iluminación.

Art. 80º Los trabajadores que permanente u ocasionalmente desarrollen labores a la intemperie, deben estar adecuadamente protegidos contra las inclemencias del tiempo.

Art. 90º Todos los lugares de trabajo deben tener los medios mínimos necesarios para prevenir y combatir incendios.

Art.104º Toda estructura que por su elevación sobre el nivel del piso sea susceptible a recibir descargas eléctricas, debe contar con un sistema de pararrayos.

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Art.155º Se deberán tomar las medidas de precaución necesarias contra chispas incendiarias originadas por descargas de electricidad estática.

Art.156º Todos los sistemas que causen acumulaciones de electricidad estática peligrosa, estarán conectadas a tierra por medios apropiados.

Art. 174º El término "Herramienta Manual" es aplicable a todo instrumento accionado por la fuerza de un solo hombre.

Art. 175º Las herramientas manuales utilizadas en todos los lugares de trabajo serán de material de buena calidad y apropiadas para el trabajo en el cual sean empleadas.

Art. 176º Las herramientas manuales se utilizarán únicamente para los fines específicos para los cuales hayan sido concebidas.

Art. 177º Los mangos o empuñaduras serán de dimensión adecuada, sin bordes agudos ni superficies resbaladizas y serán aislantes en caso necesario.

Art. 233º Todos los elementos, mecanismos y accesorios de todos los aparatos de manejo y transporte de materiales serán:

a) De buena construcción, material sólido y resistencia adecuada b) Conservado en perfecto estado de funcionamiento

c) Inspeccionados por lo menos una vez por semana por el operario u otra persona competente d) Resguardados apropiadamente con todos los dispositivos de seguridad

TRABAJOS EN EDIFICIOS Y ESTRUCTURAS

Art. 330º Para las obras de conservación y reparación de un edificio o estructura que no puedan efectuarse con seguridad desde una escalera portátil o plataforma, se erigirán cuando sea necesario, andamiajes, plataformas de trabajo, entablados, escalerillas y demás construcciones fijas provisionales adecuadas y seguras.

Art. 342º Se dispondrá de un abastecimiento adecuado de agua potable, limpia y fresca en todos los lugares de trabajo, fácilmente accesible a todos los trabajadores.

Art. 343º Cuando dicha agua potable no pueda obtenerse, la autoridad competente suministrará las instrucciones necesarias para potabilizar el agua para el consumohumano.

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ORDEN Y LIMPIEZA

Art. 347º Todos los lugares y locales de trabajo, pasillos, almacenes y cuartos de servicios se mantendrán en condiciones adecuadas de orden y limpieza, en especial:

a) Las superficies de las paredes y los cielos rasos, incluyendo las ventanas y los tragaluces, serán mantenidos en buen estado de limpieza y conservación.

b) El piso de todo local de trabajo se mantendrá limpio y siempre que sea factible en condiciones secas y no resbaladizas.

c) A ninguna persona se le permitirá usar los locales o lugares de trabajo como dormitorios, morada o cocinas.

Art. 371º Son ropas de trabajo las prendas de vestir que, además de cumplir con la función básica de toda vestimenta, son las más aptas para realizar determinados trabajos por razón de su resistencia o diseño. Ejemplo: overoles, pantalones reforzados, etc.

NORMAS PARA ROPA DE TRABAJO

Art. 372º Las ropas de trabajo deben conformarse a normas respecto a diseño, talla, ajuste, mantenimiento, confección, resistencia del material, al uso, al fuego, a la degradación por el tiempo, con el objeto de que no se conviertan en riesgos inminentes de seguridad.

OBLIGATORIEDAD

Art. 375º El suministro y uso de equipo de protección personal es obligatorio cuando se ha constatado la existencia de riesgos permanentes.

NORMAS

Art. 376º El suministro y uso de equipo de protección personal debe regirse estrictamente a las normas nacionales y las reglamentaciones específicas, para asegurar que el equipo sea adecuado para proteger positivamente contra el riesgo específico para el que se lo usa.

PROTECCION DE LA CABEZA. CASCOS

Art. 377º Los trabajadores expuestos a objetos que caigan o salten (objetos volantes) y a golpes en la cabeza, deben usar cascos de seguridad.

PROTECCION DE LA VISTA

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PROTECCION DEL OIDO

Art. 379º Los trabajadores expuestos a ruidos intensos y prolongados deben estar dotados de protectores auditivos adecuados.

Art. 403º El empleador está obligado a informar en la forma más completa posible al trabajador nuevo sobre los riesgos a los que está expuesto; además se le instruirá y capacitará en el manejo de mecanismos de seguridad.

Art. 404º En la selección de trabajadores se debe tener cuidado de que a cada trabajador le sea asignada la labor para la cual esté mejor calificado desde el punto de vista de su aptitud y resistencia física.

3. CLASIFIQUE Y DESARROLLE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD Y LOS TIPOS DE ACCIDENTES EN

ACCIDENTES DE

OBRA.-Definición de Accidente de

Trabajo.-Es el daño corporal debido a una causa exterior sobrevenida por razón del trabajo o con ocasión del mismo.

Clasificación de Accidentes. –

- Accidentes En Los Que El Material Va Hacia El Hombre.

- Golpeado por - Atrapado por

- Contacto con

- Accidentes En Los Que El Hombre Va Hacia El Material.

- Pegar contra - Contacto con - Aprisionado por - Caída a nivel - Caída a desnivel

- Accidente en los que el movimiento relativo es indeterminado

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Clases de Caídas

Tenemos de dos tipos:

- A un mismo nivel - A diferente nivel

A un mismo Nivel.- Estos son los más comunes y los que generalmente menos daño hace, sin embargo muchas de ellas pueden generar en accidentes graves especialmente si es que al caerse se golpean la cabeza en una esquina que este filuda o en una máquina.

Causas

- Piso resbaloso: En estos influyen, grasas o aceites, jabón, agua regada, aserrín esparcido, pisos demasiado encerados, etc.

- Obstrucciones: Piezas de materiales, maderas, tablas, herramientas, repuestos, etc. Que estén fuera de su lugar.

- Superficies desiguales: Remiendos defectuosos, desgastes, desniveles, roturas desgarres en el piso, etc.

- Vibraciones: Que se presentan por haber soportes mal asegurados, maquinaria mal equilibrada que gira a velocidad, etc.

A Diferente Nivel.- Está a un nivel más bajo son las más graves, por tanto las personas y los objetos adquieren mayor velocidad.

MEDIDAS DE

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materiales para hacer algo. De modo que gestión de seguridad significa tomar medidas de seguridad antes de que ocurran los accidentes. Una efectiva gestión de seguridad persigue tres objetivos principales:

 lograr un ambiente seguro

 hacer que el trabajo sea seguro

 hacer que los obreros tengan conciencia de la seguridad.

Politicas de

Seguridad.-Las condiciones de trabajo seguras y saludables no se dan por casualidad: es preciso que los empleadores dispongan de una política escrita de seguridad en la empresa que establezca las normas de seguridad y sanidad que se proponen alcanzar. Dicha política deberá nombrar al jefe encargado de que se apliquen las normas y autorizado para delegar responsabilidades en la gerencia y los supervisores a todos los niveles para el cumplimiento de las mismas. La política de seguridad deberá cubrir los siguientes aspectos:

 Dispositivos para impartir capacitación a todos los niveles. Es necesario prestar especial atención a trabajadores en puestos clave, tales como los que erigen andamios y manejan grúas, cuyos errores pueden ser especialmente peligrosos para los demás

 Métodos o sistemas de trabajo seguros para las operaciones riesgosas; los trabajadores que realicen dichas operaciones deben participar en su preparación;

 Deberes y responsabilidades de supervisores y trabajadores en puestos clave

 Dispositivos para divulgar la información sobre seguridad y salud

Organización de la

Seguridad.-La organización de la seguridad en una obra en construcción dependerá del tamaño de la misma, del sistema de empleo y de la manera en que se organiza el proyecto. Es preciso llevar registros de seguridad y sanidad que facilitan la identificación y resolución de los problemas de esa índole.

En los proyectos de construcción donde se utilicen subcontratistas, el contrato deberá

establecer las responsabilidades, deberes y medidas de seguridad que se esperan de la fuerza de trabajo del subcontratista. Dichas medidas podrán incluir el suministro y uso de

determinados equipos de seguridad, métodos para la ejecución de tareas específicas en forma segura, y la inspección y manejo adecuado de herramientas. El encargado de la obra debe además verificar que los materiales, equipo y herramientas traídos a la misma cumplan con las normas mínimas de seguridad.

Debe impartirse capacitación a todos los niveles: dirección, supervisores y obreros. Quizás también sea necesario capacitar a los subcontratistas y sus trabajadores en los procedimientos de seguridad de la obra, ya que distintos equipos de obreros especializados pueden afectar su seguridad mutua.

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prácticas inseguras y equipo defectuoso. Las tareas de seguridad y salud deben asignarse específicamente a determinadas personas. Los siguientes son ejemplo de algunos de los deberes que es necesario incluir: suministro, construcción y mantenimiento de instalaciones de seguridad tales como caminos de acceso, sendas peatonales, barricadas y protección de arriba; construcción e instalación de carteles de seguridad; medidas de seguridad características de cada oficio; pruebas de los aparatos elevadores tales como grúas y guinches de carga, y los accesorios de izado tales como cuerdas y argollas; inspección y rectificación de las

instalaciones de acceso, tales como andamios y escaleras de mano; inspección y limpieza de las instalaciones de bienestar común, tales como servicios higiénicos, aseos, vestuarios y comedores; transmisión de las porciones pertinentes del plan de seguridad a cada uno de los grupos de trabajo; planes de emergencia y evacuación.

Ningún plan o política de seguridad será factible a menos que cada tarea específica se asigne a una persona específica; se complete dentro de un plazo determinado.

El plan o política de seguridad debe transmitirse hasta llegar al nivel de los trabajadores cuya seguridad es, después de todo, la que el plan trata de salvaguardar.

Encargado o supervisor de seguridad.

Las empresas constructoras de cualquier tamaño deben nombrar una o varias personas debidamente calificadas cuya principal y especial responsabilidad será la promoción de la seguridad y la salud. Quienquiera sea nombrado deberá tener acceso directo al director

ejecutivo de la empresa, y entre sus deberes estarán: la organización de información que habrá de transmitirse desde la dirección a los obreros, inclusive a los que trabajan para

subcontratistas; la organización y conducción de programas de formación en seguridad, inclusive capacitación básica de los trabajadores de la obra; la investigación y estudio de las circunstancias y causas de accidentes y enfermedades ocupacionales, a fin de aconsejar sobre medidas preventivas; prestar servicio de consultoría y respaldo técnico a la comisión de

seguridad; participar en la planificación previa de la obra.

Para cumplir estas funciones, el encargado de seguridad debe contar con experiencia en la industria y tener una formación adecuada, así como también pertenecer a alguna asociación profesional reconocida de seguridad y salud, en los países en que existan

Los

trabajadores.-Todo trabajador tiene el deber moral de ejercer el máximo cuidado de su propia seguridad y la de sus compañeros. Existen varias maneras de lograr la participación directa de los trabajadores en el acondicionamiento de la obra, como por ejemplo:

 sesiones previas de instrucción: reuniones de cinco a diez minutos con los supervisores antes de comenzar la tarea, que dan a estos y a los obreros la oportunidad de considerar los problemas de seguridad que pueden plantearse, y su posible solución. Es una actividad sencilla que puede evitar accidentes graves

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preventivas para corregir situaciones de riesgo que luego puedan ponerlos en peligro a ellos o a otros obreros.

Disposición de la

obra.-Una obra mal distribuida y desprolija es motivo subyacente de muchos accidentes que resultan de la caída de materiales y colisiones de los obreros entre sí o con la planta y el equipo. El espacio reducido, sobre todo en las obras urbanas, es casi siempre el principal factor limitante y un plan de obra pensado para la seguridad y salud de los trabajadores puede parecer difícil de conciliar con la productividad.

La planificación adecuada por parte de la dirección constituye parte esencial de la preparación y factor del funcionamiento eficiente de una obra en construcción.

Antes de que el trabajo comience es preciso pensar en los siguientes aspectos:

Plan y disposición de la obra

 la secuencia u orden en que se llevarán a cabo las tareas y los procesos u operaciones especialmente peligrosos

 el acceso de los trabajadores a la obra y sus zonas circundantes. Las rutas deberán estar libres de obstrucciones y riesgos tales como materiales que caen, equipos y vehículos. Deben colocarse letreros de advertencia adecuados. Las vías hacia y desde los servicios higiénicos, vestuarios, etc., requieren similar consideración. Será preciso instalar protecciones en los bordes de pozos y escaleras, y en todo sitio donde haya una caída de dos metros o más al vacío.

 vías para el desplazamiento de vehículos. Deberán ser de una sola mano, dentro de lo posible. Los congestionamientos de tránsito son perjudiciales. El mal ordenamiento de la obra y la falta de espacio impiden el desplazamiento seguro de trabajadores y vehículos y son causa de accidentes.

Prevención de accidentes

personales.-La Seguridad Industrial destinada a la preservación y cuidado de la integridad personal, tanto de los obreros, personal Administrativo de la planta.

Como también lo delimita la normativa en algunos aspectos:

Articulo 71º En las construcciones no podrán utilizarse andamios de suspensión, sin permiso del Ingeniero Municipal o autoridad competente.

Un tipo de accidentes que se generan, aspecto en que vemos importante crear conciencia en el personal de la necesidad de cuidarse de estos accidentes y lo más importante PREVENIR QUE NO SUCEDAN.

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recomendable de que sean cuidadosos al momento de trabajar, no jugar, tener mucho cuidado al momento de encontrarse en zonas elevadas.

Para esto partamos del principio de que conociendo los agentes que motivan las caídas podremos prevenir que no acontezcan.

Consecuencias que pueden acarrear el no contemplar medidas de seguridad en obra. Pueden ser accidentes por: caídas por la mala utilización de las escaleras, golpes-cortaduras-otros por el mal manejo de las herramientas, es decir que las consecuencias podrían ser varias, desde simples golpes hasta fatales por caídas

Como Controlar los Accidentes de Trabajo.-

El Control de la Construcción de se da por el Procedimiento y Alcance del Control iniciación de obras.

La Habitabilidad.- Ningún edificio podrá habilitarse antes de efectuada la inspección final.

La alcaldía otorgara el certificado de habitabilidad a la presentación del certificado de conformidad y a la constatación de parte del propietario o el constructor de la existencia de óptimas condiciones de seguridad, salubridad, etc., en beneficio de quienes habiten el edificio y de los vecinos.

Medio Ambiente de

Trabajo.-1.-

Iluminación-La iluminación en el ambiente de trabajo debe ser siempre lo más completa posible, ya sea natural o artificial, cuidando sobre todo que las máquinas y especialmente sus áreas de corte u operación estén bien iluminadas y sin proyectar sombras que pueden ocultar detalles del trabajo o peligros. Se pueden usar reflectores que concentren la luz en los lugares preciosos, o pantallas de alta reflexión con el mismo objeto. La iluminación del resto del área de trabajo debe ser clara y pareja.

2.-

Limpieza.-La limpieza en el área de trabajo es un factor importante en la seguridad de las labores de producción. Cualquier acumulación de basura, aserrín o desperdicios, crea peligro potencial de incendios, aparte de obstruir la circulación. Igualmente manchas de aceite o grasa en el piso son potenciales causas de accidentes o de fuego. Se debe evitar igualmente dejar desparramados en el piso clavos sueltos o tablas con clavos que se pueden pisar.

3.-

Orden.-El mantenimiento del orden en el taller o maestranza es igualmente de importancia para la seguridad. Herramientas o instrumentos punzantes o cortantes son peligrosos. Asimismo madera o materiales mal apilados pueden ser causa de accidente o daños.

4.- Superficies de trabajo y

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4. CUALES SON LAS NORMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL EN OBRA QUE DEBEMOS CONTEMPLAR, APOYE CON IMÁGENES.

SEGURIDAD INDUSTRIAL E HIGIENE EN LAS OBRAS

 Durante la ejecución de cualquier edificación, el Director de Obra o el propietario de la misma, tomarán las precauciones, adoptarán las medidas técnicas y realizarán los trabajos necesarios para proteger la vida y la integridad física de los trabajadores y la de terceros.

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 Los aparatos y equipos que se utilicen en la edificación, que produzcan humo o gas proveniente de la combustión, deberán ser colocados de manera que se evite el peligro de incendio o de intoxicación.

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 Los trabajadores tienen la obligación de usar los equipos de protección personal en los casos que se requiera y que sean señalados por el director de obra o encargados de obras especiales.

 En las obras de construcción, deberán proporcionarse a los trabajadores servicios provisionales de agua potable y un sanitario portátil, inodoro o

letrina por cada veinticinco trabajadores; y mantener permanentemente un botiquín con los medicamentos e instrumentales de curación necesarios para proporcionar

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