• No se han encontrado resultados

A L E J A N D R O M I C C O A G U AY O. I n d i c a c i ó n s u s t i t u t i v a a b o l e t í n q u e :

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "A L E J A N D R O M I C C O A G U AY O. I n d i c a c i ó n s u s t i t u t i v a a b o l e t í n q u e :"

Copied!
23
0
0

Texto completo

(1)

I n d i c a c i ó n s u s t i t u t i v a a b o l e t í n q u e :

M o d i f i c a e l C ó d i g o Tr i b u t a r i o c o n o b j e t o d e e s t a b l e c e r p l a z o

p a r a i n f o r m a r a l S e r v i c i o d e I m p u e s t o s I n t e r n o s l a s

m o d i f i c a c i o n e s i m p o r t a n t e s d e d a t o s d e d e c l a r a c i ó n d e i n i c i o

d e a c t i v i d a d e s

B o l e t í n N ° 1 1 1 2 0 - 0 5

Valparaíso, 17 de Abril de 2017 Cámara de Diputados.

(2)

II. Contenido de indicación sustitutiva.

III. Informe Financiero.

(3)

I. Situación actual

(4)

de prescripción Actualmente el Tesorero comunal, actuando como juez sustanciador, al momento de despachar el mandamiento de ejecución y embargo, no puede excluir de dicho listado aquellas deudas respecto de las cuales han transcurrido los plazos de prescripción.

• Lo anterior implica un desembolso de recursos por parte del Fisco que puede resultar ineficiente, pues basta que el contribuyente, una vez notificado, oponga excepción de prescripción y deje sin efecto la ejecución, perdiendo los recursos destinados que podían haber sido destinados a ejecutar una deuda recuperable y no prescrita.

(5)

Institucionalidad en el procedimiento de cobro ejecutivo de obligaciones tributarias

Las notificaciones en el procedimiento de ejecución de las obligaciones tributarias  Las formas de notificación en el procedimiento de ejecución son la notificación personal, por cédula o carta certificada, siendo este un marco rígido que no contempla los avances tecnológicos que ha experimentado la administración tributaria en materia de.

• Dichas formas de notificación son las únicas que admite la ley en el procedimiento ejecutivo, dejando fuera la posibilidad de notificar por correo electrónico, como ocurre actualmente en los procesos de fiscalización llevados por el Servicio de Impuestos Internos.

(6)

impuestos morosos que cumplan con ciertas características.

• Las deudas declaradas incobrables se pueden revalidar, en caso de ser habido el deudor o encontrarse suficientes bienes. Transcurridos 3 años prescribe la acción del fisco y las deudas no pueden ser revalidadas.

• La actual regulación de la facultad de incobrabilidad, no permite una gestión eficaz de las carteras de deudas.

• Chile actualmente tiene uno de los indicadores de descargo de deudas más bajos de la región.

(7)

Aspectos sobre incobrabilidad

La facultad de declaración de incobrabilidad en materia de deudas sujetas al procedimiento de ejecución  Actualmente, la ley permite declarar a la TGR la incobrabilidad de ciertos créditos, cumpliendo una serie de requisitos, de una legislación no adaptada al presente.

• Dichas facultades no contemplan los procesos de modernización que ha experimentado la Tesorería General de la República, y que le permitirían actualmente caracterizar e identificar masivamente aquellos contribuyentes que no tienen capacidad de pago o bienes para garantizar su deuda.

• Lo anterior va en contra de los principios de eficacia y eficiencia en el cobro de las obligaciones tributarias.

(8)

a 2015 (número de deudores y miles de pesos)

(9)

Aspectos sobre incobrabilidad

• Análisis del stock de deuda

• A octubre de 2015 , la deuda morosa ascendió a 3,7 billones de pesos, correspondiente a 6,8 millones de deudas y 2,3 millones de deudores.

32% de la deuda corresponde a cartera menor a 5 años

41% de la deuda corresponde a cartera de 10 o más años de antigüedad.

(10)
(11)

Aspectos sobre incobrabilidad: casos de baja o nula probabilidad de recupero.

• Para determinar los casos de baja o nula recuperabilidad, se realiza un cruce de variables (antigüedad, embargo) con la condición de no tener movimientos tributarios en los últimos 3 años (formularios 22 y 29).

• En estos casos, se identifican dos tipos de deudas:

Deudas con 5 años o más de antigüedad, sin bienes embargados y sin movimiento tributario en los últimos 3 años

Deudas con 5 años o más de antigüedad, con embargo de bienes muebles con 8 años o más de embargo, sin movimiento tributario en los últimos tres años.

Ambos criterios permiten deducir una nula actividad económica en los últimos años y nula posibilidad de generar flujos financieros por parte del contribuyente para hacerse cargo de la deuda tributaria.

(12)

total, corresponde a 762.056 millones de pesos netos equivalentes al 20%

del stock de deuda actual:

Casos N° Rut Saldos $

Tipo1 200.702 540.273.878.039 Tipo2 20.075 221.148.284.684 Total 220.777 761.422.162.723

(13)

Aspectos sobre incobrabilidad: casos de baja o nula probabilidad de recupero.

Estadísticas de cuentas a enero 2017, de monto entre 10% de una UTM y 50% de una UTM.

Causal N°1 inciso primero art. 196 CT

# cuentas saldo # cuentas saldo

80.502 $ 1.199.323.762 445.668 $ 2.575.619.803

(14)

ejecutivo de obligaciones tributarias por parte del Servicio de Tesorería, ascienden al menos a $143.089 y corresponden a costos fijos que concurren con independencia del monto de la deuda o las probabilidades de pago de la misma. Considerando lo anterior, el gasto estimado destinado ejercer acciones sobre estos casos de baja (o nula) probabilidad de recupero, puede alcanzar 31.590 millones de pesos.

(15)

Aspectos sobre incobrabilidad

• Por otro lado, si se analizan sólo aquellos juicios de cobro en los que se logra concluir con el pago total de las obligaciones tributarias que fueron objeto de ellas, se obtiene que por cada $1 invertido se obtiene un retorno de $6,21.

• Considerando lo anterior, es posible concluir que si se destinaran estos recursos al recupero de casos con mayor probabilidad de éxito (suponiendo una probabilidad de éxito de 40%), la recuperación de cartera morosa podría alcanzar 78.470 millones de pesos.

(16)

27 bis del D.L. N°825 ( Ley de impuesto a las ventas y servicios)  Los contribuyentes de IVA para poder optar a la imputación o devolución de remanentes de créditos fiscales, deben tener dichos remanentes por 6 o más meses.

• El periodo que establece la ley, es ostensiblemente superior al promedio mundial en la materia.

(17)

Tasación de renta líquida imponible en casos de catástrofe

La tasación presunta del artículo 35 del D.L. N° 824 (Ley de impuesto a la renta)  La ley señala que en aquellos casos en que la renta no pueda determinarse clara y fehacientemente, el SII puede tasar la base imponible, considerando un porcentaje del capital invertido o un porcentaje de ventas realizadas durante el ejercicio. Respecto a los casos fortuitos, la ley señala que no se podrán aplicar las presunciones en cuestión, en los casos en que el SII no pueda determinar la renta.

• Existe una indefensión para los contribuyentes domiciliados en lugares donde haya ocurrido alguna catástrofe, pues producto de los efectos del evento, ellos pueden haber perdido los antecedentes que respalden sus resultados tributarios.

(18)

II. Contenido de la indicación sustitutiva.

(19)

Contenido de la indicación sustitutiva

1° Modificar el inciso final del artículo 68 del Código Tributario, estableciendo un plazo de 30 días para que los contribuyentes pongan en conocimiento de las oficinas del Servicio de Impuestos Internos, las modificaciones importantes de los datos y antecedentes contenidos en el formulario de inicio de actividades.

2° Incorporar nuevas causales y modificar algunas de las existentes para el ejercicio de la facultad de declaración de incobrabilidad de deudas tributarias.

• Se apunta a que los recursos fiscales destinados a causas cuya recuperabilidad es baja, sean focalizados a litigios en los cuales si existan posibilidades de recuperación.

(20)

tratamiento al aprobado en la Reforma Tributaria para las notificaciones ante el Servicio de Impuestos Internos.

4° Mejorar el procedimientos para imputar o solicitar devolución de los remanentes de créditos fiscales de IVA

• Reducción de plazo de acumulación, de 6 a 2 meses.

• Reducción de plazo de pronunciamiento de solicitud de contribuyente, de 60 a 40 días.

5° Modernizar procedimiento para la determinación de la renta para contribuyentes afectados por catástrofes, mediante tasación de la renta y posibilidad de revisión en caso de tener antecedentes que desvirtúen dicha tasación.

(21)

III. Informe Financiero

(22)

en los Gastos Fiscales, por cuanto perfecciona los procedimientos de cumplimiento tributario y optimiza el uso de los recursos humanos y financieros de la Administración Tributaria.

(23)

I n d i c a c i ó n s u s t i t u t i v a a b o l e t í n q u e :

M o d i f i c a e l C ó d i g o Tr i b u t a r i o c o n o b j e t o d e e s t a b l e c e r p l a z o

p a r a i n f o r m a r a l S e r v i c i o d e I m p u e s t o s I n t e r n o s l a s

m o d i f i c a c i o n e s i m p o r t a n t e s d e d a t o s d e d e c l a r a c i ó n d e i n i c i o

d e a c t i v i d a d e s

B o l e t í n N ° 1 1 1 2 0 - 0 5

Valparaíso, 17 de Abril de 2017 Cámara de Diputados.

Referencias

Documento similar

 Copia de Facturas y comprobantes de pago de los gastos de asesoría fiscal, contable y laboral, que necesariamente deberán corresponder al período subvencionable.. EXPEDIENTE

ACUERDO (2).- Una vez analizada y discutida la cuenta de mérito y de conformidad a lo dispuesto por los artículos 152, 153, 154 y 155 de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

• Incluir dentro de los conceptos a considerar para la constitución de la reserva de riegos en curso los gastos establecidos en la nota técnica multiplicados por un

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CALAMA DPTO... CAMINO A CHIU CHIU S/N

Como lo hemos expuesto .en Ja-intro^ucción a la edición de 1987 (reproducida en la nueva edición crítica de 1999), nos parece probable que el origen del texto quechua haya sido

Es responsabilidad de cada jinete y/o propietario enviar debidamente llenado su FORMATO DE INSCRIPCIÓN por medio del correo [email protected] junto con el

4.7 Una vez que el integrante del Comité Organizador que estará presente en la oficina de la Federación Mexicana de Automovilismo, tenga a la vista la licencia vigente otorgada por

Los montos imputados en esta cuenta no podrán permanecer por un plazo superior a los 90 días, transcurridos los cuales deberán transferirse a la modalidad operativa de préstamo a