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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

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AÑO CXXVII La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 1° de febrero del 2016La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 19 de abril del 2021 Nº 74 — 44 Páginas

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SECRETARÍA GENERAL CIRCULAR N° 54-2021

ASUNTO: Lista de abogadas y abogados suspendidos en el ejercicio de su profesión, actualizada al 4 de marzo de 2021.

A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE:

En cumplimiento de lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesiones N° 14-03 y 97-03, celebradas el 27 de febrero y 16 de diciembre de 2003, en ambas, artículos LII, hago de su conocimiento y para los fines consiguientes, la lista de los profesionales suspendidos en el ejercicio de la profesión ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, según correo electrónico del citado Colegio Profesional.

Lista de Abogadas y Abogados suspendidos en el ejercicio de la profesión.

Actualizada al 4 de marzo de 2021.

Notas:

* La suspensión se mantendrá hasta que cumpla la condena impuesta en sede penal.

** La suspensión será hasta la revocación de medida cautelar o finalización del proceso penal.

### (Lic. Rojas) Inhabilitación en el ejercicio de la abogacía por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal expediente N° 00-200095-0486-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal expediente N° 09-008513-0369-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Licda. Salas) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal expediente N° 06-024335-0042-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

### (Lic. Paniagua Mendoza) Suspensión por medida cautelar dictado por el Colegio, hasta la finalización del respectivo expediente administrativo disciplinario.

### (Lic. Zumbado) Suspensión por pena privativa de libertad bajo el expediente 08-002043-0175-PE, expediente disciplinario 162-17.

### (Lic. Zumbado) Suspensión por medida cautelar dictada por el Colegio, derivado de condenatoria penal expediente N° 13-000137-0622-PE, vigente hasta que no se dicte lo contrario.

ALVAREZ (FIRMA) ALVAREZ (FIRMA) Fecha: 2021.04.16 14:24:31 -06'00'

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MAGISTRADO O MAGISTRADA SUPLENTE SALA CONSTITUCIONAL

Forma de participar, requisitos y otros detalles se pueden acceder en la siguiente dirección electrónica:

https://ghreclutamientoyseleccion.poder-judicial.go.cr/index. php/concurso-y-convocatorias-vigentes

Periodo de inscripción Inicia: 19 de abril de 2021 Finaliza: 30 de abril de 2021 Horario de atención al público De lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 12:00 m. d.

y de 1:00 p. m. a 4:30 p. m.

Correo: [email protected], teléfono: 6241-9764. Krissia Dayana Rojas Quirós.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021539896 ).

JUZGADO NOTARIAL HACE SABER:

A Allen Puente Desanti, mayor, notario público, cédula de identidad número 1-500-011, de demás calidades ignoradas; Que en proceso disciplinario notarial número 20-000574-0627-NO establecido en su contra por Registro de Bienes Muebles, se han dictado las resoluciones que literalmente dicen: “Juzgado Notarial. San José a las diez horas del veinte de agosto del dos mil veinte. Se tiene por establecido el presente proceso disciplinario notarial de registro de bienes muebles contra Allen Puente Desanti, a quien se confiere traslado por el plazo de ocho días, dentro de ese plazo debe informar respecto de los hechos denunciados y ofrecer la prueba de descargo que estime de su interés. Para los efectos del artículo 153 del Código Notarial, se tiene como parte a la Dirección Nacional de Notariado, entidad que dentro del plazo señalado debe referirse respecto de la presente denuncia y aportar la prueba que considere pertinente. Se le previene a las partes que dentro del plazo ya citado, deben indicar medio en el cual recibir notificaciones, ya sea: Correo electrónico, fax, casillero o en estrados, en el entendido de que, mientras no lo hagan, o si la notificación no se pudiere efectuar por los medios señalados por la parte, las resoluciones posteriores que se dicten se le tendrán automáticamente notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas, incluidas las sentencias. De manera simultánea como máximo y dentro de los ya citados, podrán señalarse dos medios distintos o iguales para recibir notificaciones, pero deberá indicarse en forma expresa, cuál de ellos se utilizará como principal; en caso de omisión, será esta Autoridad la que realizará la elección. Si se señalare correo electrónico, la cuenta de correo deberá de estar acreditada por el Departamento de Tecnología de la Información del Poder Judicial. En caso de señalar fax, éste deberá de estar instalado dentro del territorio nacional. Así mismo se le previene a cada parte, que si no escogiere alguno de los medios anteriormente detallados u otro medio autorizado para atender notificaciones, deberá necesariamente designar en estrados; si no lo hiciere se producirán iguales consecuencias a las señaladas respecto a la notificación automática. En caso de señalar en estrados, se hace saber a la parte, que las listas de los procesos se exhibirán para su consulta, en la Oficina Centralizada de Notificaciones del Primer Circuito Judicial de San José (tercer piso del Edificio de los Tribunales de Justicia de este Circuito Judicial), los días martes y jueves de cada semana. En el caso de que la notificación de esta resolución deba realizarse en un lugar o zona de acceso restringido, se ordena permitir el ingreso al funcionario notificador a fin de realizar la diligencia encomendada; en caso de omisión se tendrá por válida la notificación practicada a la persona encargada de regular la entrada. (artículos 4, 11, 34, 36, 39, 47, 58 y 59 de la Ley de Notificaciones Judiciales vigente N° 8687, publicada en La Gaceta

N° 20 del jueves 29 de enero del 2009). Con respecto al medio, se le hace saber a las partes lo dispuesto por el Consejo Superior, en sesión N° 65-08, celebrada el 2 de setiembre del 2008, artículo LXII, Circular 169-2008, en el sentido de que, si desean señalar un fax como medio de notificación, dicho fax debe ser de uso exclusivo para el envío y recepción de documentos, por lo que no pueden utilizarlo también como teléfono. «Se exhorta a las partes a que suministren un medio de localización lo más ágil y eficiente posible, particularmente

& Fe de erratas. La Gaceta 110 del 08/06/2016. && Fe de erratas. La Gaceta 197 del 13/10/2016. &&& Fe de erratas. La Gaceta 96 del 23/05/2017. &&&& Fe de erratas La Gaceta 164 del 07/09/2018.

***** Suspensión por medida cautelar decretada por el Departamento Legal.

% Suspendido por ejecución de sanción por parte del poder judicial hasta que se efectúe el pago de la multa avalada en sesión 01-19 del Consejo Superior.

Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial. San José, 15 de marzo del 2021.

Silvia Patricia Navarro Romanini, Secretaria General

1 vez.—O.C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.— ( IN2021540159 ).

CIRCULAR N° 67-2021

ASUNTO: Modificación de la circular 127-2019, sobre “Información contenida en los dictámenes periciales” A TODAS LAS AUTORIDADES JUDICIALES

Y PERITOS DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior en sesión Nº 11-2021, celebrada el 9 de febrero de 2021, artículo XLI, a solicitud de la Dirección General del Organismo de Investigación Judicial, acordó modificar el texto de la circular 127-2019 del 7 de agosto de 2019, denominada “Información contenida en los dictámenes periciales”, para que se lea de la siguiente manera: Se adiciona a la Unidad de Vínculos Criminales (UVIC), como autorizados para la recepción de dictámenes criminalísticos elaborados, siempre y cuando estos sean solicitados formalmente, vía correo electrónico por la jefatura de dicha unidad jurisdiccional, según lo estipulado en la circular N° 17-ADM-2020 emitida por la Fiscalía General de la República y el Organismo de Investigación Judicial en el mes de agosto de 2020, lo anterior, en aras de maximizar el recurso institucional.

Publíquese por una única vez en el Boletín Judicial. San José, 19 de marzo de 2021

Lic. Carlos Toscano Mora Rodríguez Subsecretario General interino 1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021540160 ).

CIRCULAR Nº 70-2021

ASUNTO: Inicio de funciones del Juzgado Agrario de Jicaral A LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, ABOGADOS,

ABOGADAS Y PÚBLICO EN GENERAL SE LES HACE SABER QUE:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión número 15-2021 celebrada el 23 de febrero de 15-2021, artículo XXXVIII, conoció y aprobó el oficio Nº 159-PLA-MI-2020 del 02 de febrero de 2021, suscrito por la máster Nacira Valverde Bermúdez, Directora interina de Planificación, en que remitió el informe relacionado con la estructura y recurso humano del nuevo Juzgado Agrario de Jicaral y dispuso, en lo que interesa comunicar que el inicio de funciones del Juzgado Agrario de Jicaral, será a partir del 3 de mayo de 2021. Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.”

San José, 24 de marzo de 2021.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez Subsecretario General Interino 1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021540161 ).

DEPARTAMENTO DE GESTIÓN HUMANA DEL PODER JUDICIAL

CONVOCATORIA CV-02-2021

La Corte Suprema de Justicia y la Dirección de Gestión Humana invitan a las personas interesadas a participar en la siguiente convocatoria:

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recomendamos un “celular o un correo electrónico”, siendo mucho mejor señalar las dos alternativas a la vez. Esta petición es para cubrir nuestras necesidades internas de trámite procesal, buscando la agilización del mismo, pero en ningún momento sustituye los medios establecidos explícitamente en lo legal para la recepción de notificaciones.” Asimismo, por haberlo así dispuesto el Consejo Superior, en concordancia con la Política de Género del Poder Judicial, Sesión 78-07 celebrada el 18 de octubre 2007, artículo LV, se les solicita a las partes de este asunto que resulten ser personas físicas que se sirvan suministrar la siguiente información: a) lugar de trabajo, b) sexo, c) Fecha de Nacimiento, d) Profesión u oficio, e) Si cuenta con algún tipo de discapacidad, f) Estado civil, g) Número de cédula, h) Lugar de residencia. De conformidad con los artículos 153 del Código Notarial y 19 de la Ley de Notificaciones, notifíquesele esta resolución a la parte denunciada, mediante cédula y copias de ley; ya sea personalmente o en su casa de habitación o domicilio registral. Al respecto, se debe tener en cuenta que, si la notificación es en la casa de habitación del denunciado o en su domicilio registral, la cédula de notificación y copias podrán ser recibidas por cualquier persona que aparente ser mayor de quince años o por la propia persona denunciada; pero si la notificación se realiza en el lugar de trabajo u oficina, esta debe ser entregada únicamente a la persona denunciada. Tome nota la parte denunciada que, de conformidad con lo dispuesto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en voto 2010-8722, y por el Tribunal Disciplinario Notarial en votos 265- 2012 y 70-2015, es obligación de los notarios que ejercen como tales el tener actualizados sus datos personales en cuanto a las direcciones de oficina y lugar para atender notificaciones. Por indicarse que la parte denunciada tiene oficina en San José, Goicoechea, Guadalupe, trescientos metros norte BCR, Condominio Santa Mónica, se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Según Circuito Judicial de San José. En su defecto, de no ser localizada en ese lugar, la parte denunciada reportó que su domicilio registral se ubica en San José, Goicoechea, Guadalupe, trescientos metros norte BCR, Condominio Santa Mónica, por lo que se comisiona a Oficina de Comunicaciones Judiciales del Según Circuito Judicial de San José, así mismo, se comisiona a la Oficina de Comunicaciones Judiciales del Segundo Circuito Judicial de San José para notificar a la Dirección Nacional de Notariado esta resolución, en el costado oeste, del Mall San Pedro, Edificio Sigma, quinto piso. Obténgase, por medio de intranet, las direcciones reportadas por la parte denunciada en la Dirección Nacional de Notariado y Registro Civil, y para los efectos de proceder conforme lo dispuesto en el numeral 153, párrafo IV del Código Notarial, consúltese al Sistema de Certificaciones e Informes Digitales del Registro Nacional si la parte denunciada tiene apoderado inscrito. Notifíquese. Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza” y “Juzgado Notarial. San José a las quince horas treinta y siete minutos del veintitrés de marzo de dos mil veintiuno. En vista de que han sido fallidos los intentos por notificarle al Licenciado Allen Puente Desanti, la resolución dictada a las diez horas del veinte de agosto del dos mil veinte en las direcciones reportadas en la Dirección Nacional de Notariado y el último domicilio registral reportado en el Registro Civil (ver folio 10 vuelto y 12, así como el acta de notificación de folio 24), y siendo que no tiene apoderado inscrito ante el Registro de Personas Jurídicas (folio ver expediente digital, documentos incorporados en fecha 23/03/2021 15:20:49 y 23/03/2021 15:21:03), de conformidad con lo dispuesto por el párrafo IV del artículo 153 del Código Notarial, se dispone notificarle al citado profesional esa resolución así como la presente, por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial; comuníquese a la Imprenta Nacional. Se le hace saber al denunciado(a) que los hechos que se le atribuyen son aquellos que fueron descritos en el líbelo de denuncia agregado a partir de folio 8 del expediente físico que se encuentra en el Juzgado Notarial. Conforme lo dispone el citado numeral, comuníquese esta resolución a la Jefatura de Defensores Públicos, con el fin de que se le nombre un defensor público al denunciado Allen Puente Desanti, cédula de identidad 1-500-011. Notifíquese. Se publicará por una vez en el Boletín Judicial.

San José, 23 de marzo del 2021.

Dra. Ingrid Palacios Montero, Jueza

1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.— ( IN2021540576 ).

TRIBUNALES DE TRABAJO

Avisos

Licenciada Hellen Hidalgo Ávila, Jueza del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace saber a Netsys C.R. Sociedad Anónima, con cédula jurídica 310151996 y a Sitios de Comunicaciones NCR Sociedad Anónima con cédula jurídica 3101681354, que en este Despacho se interpuso un proceso OR.S.PRI. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente N° 19-000430-1125-LA, donde se dictó la resolución que literalmente. Dice: se reserva la solicitud de nombrar curador a las personas físicas, hasta tanto sea agotado todo lo concerniente a las sociedades en cuestión. Ahora bien, por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación de los representantes legales de la personas jurídicas denominadas Netsys C.R. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101519969 y Sitios de Comunicaciones NCR Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101681354, se emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal Civil en aplicación supletoria de esta materia. Lo anterior se ordena así en proceso de Walter Alonso Campos Rojas contra Calberth Giovanni Jiménez Ramírez, Goussal Sandra Elisasusana, Netsys C.R. Sociedad Anónima, Sitios de Comunicaciones NCR Sociedad Anónima. Nota: Publíquese este edicto por única vez en el Boletín Judicial. Los plazos comenzarán a correr tres días después de aquél en que se hizo la publicación.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 05 de abril del 2021.—Licda. Hellen Hidalgo Ávila, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021540458 ).

Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez del Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral); hace saber a Servicios Multiples Mora y Garcia Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102718044, que en este Despacho se interpuso un proceso Or.S.Pri. Prestac. Laborales en su contra, bajo el expediente número 19-000614-1125-LA donde se dictó la resolución que literalmente dice: Por ignorarse el domicilio o lugar de ubicación del representante legal de la persona jurídica denominada Servicios Multiples Mora y Garcia Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número 3102718044, se emplaza a los socios, asociados o a quien corresponda designar representante, para que en el plazo de un mes acrediten tal nombramiento, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se procederá a nombrar curador procesal, según lo dispone el artículo 19.4 del Código Procesal Civil en aplicación supletoria de esta materia. Publíquese la presente por medio de Boletín

Judicial. Lo anterior se ordena así en proceso de Raudin Naudevis

Camacho Rivas contra Servicios Multiples Mora y Garcia Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102718044.— Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 06 de abril del año 2021.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540569 ).

Causahabientes

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marcos Geovann Salmerón Salmerón, cédula de identidad 03-0335-0291, vecino de Corralillo de Cartago, fallecido el 20 de febrero del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número 21-000001-0698-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000001-0698-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 09 de marzo del año 2021.—Licda. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021540583 ).

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Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Álvaro Calderón Mata, quien fue portador de la cédula de identidad número uno doscientos ochenta y seis quinientos ochenta y seis, fallecido el siete de julio del año dos mil diecinueve, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones del sector privado bajo el Número 21-000139-1125-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000139-1125-LA. Por a favor de Álvaro Calderón Mata.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón) (Materia Laboral), 06 de abril del año 2021.—Msc. Harold Ríos Solórzano, Juez.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021540593 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Yahayra Patricia Chacón Varela, 0303750158, fallecida el 16 de diciembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000354-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000354-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 12 de marzo del año 2021.—Msc. Andrea Gutiérrez Vargas, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540606 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Alfonso Gerardo Sandoval Chavarría, cédula N° 03-0233-0793, vecino de Cartago, Paraíso, fallecido el 16 de febrero del año 2021, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado, bajo el número 21-000365-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín

Judicial. Expediente N° 21-000365-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 11 de marzo del año 2021.—Licda. Mónica Zúñiga Vega, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540607 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes del fallecido German Leandro Ramírez, cédula número 03-0176-0075, quien fue mayor, casado y falleció el 14 de noviembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consignación de prestaciones sector privado bajo el número 21-000377-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 21-000377-0641-LA. Promovido por María Cecilia Sánchez Piedra, cédula de identidad 1-393-1295.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 17 de marzo del año 2021.—M.Sc. Marlen Solís Porras, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021540608 ). Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Daniel Alfredo Robles Meza, cédula de identidad 03-0093-0008, fallecido el 01 de julio del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000408-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000408-0641-LA.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 16 de marzo del año 2021.—Licda. Clelia Calvo Bermúdez, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540609 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosa Elith Chaves Padilla 0301930197, fallecida el 20 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable

lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. Prest. Sector público bajo el Número 21-000468-0641-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000468-0641-LA. Por a favor de Rosa Elith Chaves Padilla.—Juzgado de Trabajo de Cartago, 25 de marzo del año 2021.—Msc. Ronald Figueroa Acuña, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021540611 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Víctor Manuel de la Trinidad Bolaños Herrera 0400770501, fallecido el 06 de marzo del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones bajo el Número 21-000641-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000641-0505-LA. Diligencias establecidas por Marta Isabel de los Ángeles Arce Ledezma, mayor de edad, femenina, viuda, pensionada, costarricense, portadora de la cédula de identidad número 4-0086-0171.—Juzgado de Trabajo de Heredia, 24 de marzo del año 2021.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540612 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Martínez García, N° 0800540931, fallecido el 30 de agosto del año 2013, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones, bajo el número 21-000659-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000659-0505-LA. Diligencias establecidas por Justa Ledezma Gómez, mayor de edad, ama de casa, cédula de identidad número 4-145-172.— Juzgado de Trabajo de Heredia, 25 de marzo del año 2021.—Lic. Luis Diego Vargas Vargas, Juez Decisor.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540613 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Ramon Carvajal Solano 0301970861, fallecido el 14 de setiembre del año 2008, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 20-000057-1542-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000057-1542-LA. Por Operadora de Pensiones BN Vital a favor de María Ginette Bogantes Morales.—Juzgado Contravencional de Matina (Materia Laboral), 15 de enero del año 2021.—Lic. Víctor Manuel Orozco Zarate, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540809 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de José Guillermo Espinoza Matarrita, 0601290344, fallecido el 29 de diciembre del año 2016, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el número 21-000220-0643-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 21-000220-0643-LA. Por Jenny María Espinoza Mora a favor de los causahabientes de José Guillermo Espinoza Matarrita.—Juzgado de Trabajo de Puntarenas, 18 de marzo del año 2021.—M.Sc. Silvia Marcela Araya Valverde, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.— Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021540817 ).

Se cita y emplaza a los que, en carácter de causahabientes de Miguel Ángel Bonilla Bonilla, cédula de identidad 0400960076, fallecido el 20 de febrero del año 2010, se consideren con derecho,

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para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Privado bajo el número 21-000323-0505-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 21-000323-0505-LA. Por Ana María Arguedas Rojas a favor de Miguel Ángel Bonilla Bonilla.— Juzgado de Trabajo de Heredia, 03 de marzo del año 2021.— Licda. Ana Ivannia Barrantes Venegas, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021540819 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Cecilia Fernández Jiménez, quien fue mayor, divorciada, educadora, laboró para el Ministerio de Educación, vecina de San Ramón de Alajuela, 275 metros sur de Coopecañera, cédula de identidad N° 105800350, y falleció el 04 de diciembre del 2020; se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen ante este despacho en las Diligencias de Distribución de Prestaciones de Persona Fallecida bajo el N° 21-000041-0296-CI, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000041-0296-CI.— Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela, (San Ramón), (Materia Laboral), 06 de abril del 2021.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540936 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Allan Antonio Marchena Rodríguez, cédula N° 0503390561, fallecido el 25 de abril del 2019, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 21-000056-0868-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000056- 0868-LA, en favor de Allan Antonio Marchena Rodríguez.—Juzgado Civil y Trabajo del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste, (Nicoya), (Materia Laboral), 15 de marzo del 2021.—Lic. David Alonso Abarca Campos, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540937 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marina Pacheco Méndez, 0202030188, fallecida el veintitrés de setiembre del dos mil veinte, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el número 21-000095-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente Nº 21-000095-0694-LA. Por a favor de Marina Pacheco Méndez.—Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 06 de abril del año 2021.—Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza.—1 vez.—O. C. Nº 364-12-2021.—Solicitud Nº 68-2017-JA.—( IN2021540941 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Sigifredo Cerdas Rodríguez, quien fue mayor, divorciado, cédula N° 0302570993, fallecido el 30/10/2020, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el N° 21-000096-1113-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000096-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo de Grecia, (Materia Laboral), 9 de marzo del 2021.—Msc. Emi Lorena Guevara Guevara, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540942 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Joaquín Antonio Palacios Loáciga, fallecido el 14 de febrero del 2021, se consideren con derecho para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este despacho en las diligencias de consig.

pago sector público bajo el N° 21-000107-0942-LA, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por los artículos 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000107-0942-LA, por a favor de...—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, (Liberia), (Materia Laboral), 15 de marzo del 2021.—Lic. Harold Rojas Aguilar, Juez.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540943 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Marcelino Castro Badilla, quien fue mayor, casado, agricultor, vecino de Alajuela, San Ramón, calle León, 400 metros sur de la Escuela Yadira Gamboa, portador de la cédula N° 2 0272 0893, y falleció en Santiago de San Ramón, el día 19 de abril del 2020; se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles, posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de distribución de prestaciones de persona fallecida, bajo el número 21-000121-0694-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000121-0694-LA.— Juzgado Civil y Trabajo del Tercer Circuito Judicial de Alajuela (San Ramón) (Materia Laboral), 06 de abril del año 2021.— Licda. Yorleny Bello Varela, Jueza Decisora.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021540944 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Didimo Gamboa Salazar quien fue mayor, cédula 102630313, fallecido el 01 de octubre del año 2017, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-000028-1529-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20-000028-1529-LA. Promovido por Melida Álvarez Guillen.—Juzgado Civil, Trabajo y Familia Puriscal (Materia Laboral), 19 de marzo del año 2020.—Lic. Jeffry García Soto, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021541294 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Shirley María Rivera Gutiérrez, 0701360964, fallecida el 12 de setiembre del año 2020, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector privado bajo el Número 20-000114- 1342-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 20- 000114-1342-LA. Por Gerald Yoel Varela Rivera a favor de Ian Adrian González Rivera.—Juzgado Civil, Trabajo, Familia, Penal Juvenil y Violencia Doméstica de Sarapiquí (Materia Laboral), 07 de octubre del 2020.—Lic. José Alfredo Sánchez González, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021541298 ).

A los causahabientes de quién en vida se llamó Claudio Bogantes Rodríguez, quien fue mayor, soltero, oficial de tránsito, vecino de Sarchí, cédula de identidad número 2-0363-0008, se les hace saber que: Freddy Bogantes Sánchez, con cédula de identidad No.1-1746-0382, estudiante, soltero, vecino de Sarchí, Sarchí norte, calle Céspedes, quinta casa a mano izquierda, se apersonó en este Despacho en calidad de hijo de la persona fallecida, a fin de promover las presentes diligencias de Consignación de Prestaciones. Por ello, se les cita y emplaza por medio de edicto que se publicará por una sola vez en el Boletín Judicial, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto se apersonen en este Despacho, en las diligencias aquí establecidas, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido por el artículo 85 del Código de Trabajo. Publíquese por una sola vez en el Boletín Judicial libre de derechos. Consignación de prestaciones del trabajador fallecido Claudio Bogantes Rodríguez. Expediente N° 20- 000385-1113-LA.—Juzgado Civil y Trabajo

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de Grecia (Materia Laboral), 03 de setiembre del 2020.—Lic. Rafael Antonio Ortega Tellería, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.—Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021541300 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Rosa Amelia de Los Ángeles Aguilar Guadamuz 0601820518, fallecida el 20 de octubre del año 2020, se consideren con derecho, para que, dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de Consig. Prest. Sector Público bajo el Número 21-000001-1441-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000001-1441-LA. Por a favor de Rosa Amelia de Los Ángeles Aguilar Guadamuz.—Juzgado Contravencional de Coto Brus (Materia Laboral) 01 de febrero del año 2021.—Lic. Marco Vinicio Soto Herrera, Juez.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021541313 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Wilber Martin Soto Rosales 0602450060, fallecido el 09 de enero del año 2021, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. prest. sector público bajo el Número 21-000001-1579-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Publíquese una vez en el Boletín Judicial. Expediente N° 21-000001-1579-LA. Promovente Marita del Rocío Duarte Núñez cédula 0602610329 y persona fallecida Wilber Martin Soto Rosales cédula 0602450060.—Juzgado Contravencional De Jicaral (Materia Laboral), 10 de marzo del 2021.—Licda. Eliana María Hernández Vanegas, Jueza.—1 vez.—O.C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021541314 ).

Se cita y emplaza a los que en carácter de causahabientes de Natividad De Jesús Bustos Moreno quien fue mayor, casado, profesión u oficio no indica, cédula de identidad número 5-0218-0293, laboró para Fortuna Segura H.C S. A. cédula jurídica N° 3-101-470014, y falleció el 01 de mayo del año 2019, se consideren con derecho, para que dentro del improrrogable lapso de ocho días hábiles posteriores a la publicación de este edicto, se apersonen ante este Despacho en las diligencias de consig. pago sector privado bajo el Número 21-000148-0942-LA, a hacer valer sus derechos, de conformidad con lo establecido por el artículo 85 y 550 del Código de Trabajo. Expediente N° 21-000148-0942-LA. Promovida por Esperanza Salazar Martínez, mayor, viuda, ama de casa, sin discapacidad alguna, documento de identidad número 155801647211, vecina de Guanacaste, Liberia, Cañas Dulces, en mi calidad de viuda del causante.—Juzgado Civil y Trabajo del Primer Circuito Judicial de Guanacaste (Liberia) (Materia Laboral), 26 de marzo del 2021.—Licda. Aura Lisseth Cedeño Yanes, Jueza.—1 vez.—O. C. N° 364-12-2021.— Solicitud N° 68-2017-JA.—( IN2021541324 ).

ADMINISTRACIÓN JUDICIAL

Remates

SEGUNDA PUBLICACIÓN

En este Despacho, con una base de ocho millones trescientos cincuenta y un mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número quinientos cuarenta y dos mil quince, derecho 000, la cual es terreno para construir. Situada: en el distrito 1 San Isidro de El General, cantón 19-Pérez Zeledón, de la provincia de San José. Colinda: al norte, Juntas de Educación de la Escuela Lomas de Cocori, Zira Corrales y Luis Enrique Mata Mora; al sur, Jorge Bermúdez y Vera Cordero; al este, calle pública, Mauren Mata Mora, Vera Cordero, Zira Corrales y Luis Enrique Mata Mora, y al oeste, quebrada. Mide: tres mil setecientos treinta y seis metros con cuarenta y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de mayo del dos

mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del doce de mayo del dos mil veintiuno, con la base de dos millones doscientos setenta y tres mil doscientos cincuenta colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del veinte de mayo del dos mil veintiuno, con la base de dos millones ochenta y siete mil setecientos cincuenta colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Elizabeth del Carmen Hernández Sánchez contra Inbrasa del Sur EM Sociedad Anónima. Expediente N° 19-005406-1200-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de la Zona Sur (Pérez Zeledón), diez horas con cincuenta y uno minutos del nueve de marzo del dos mil veintiuno.—Eileen Chaves Mora, Juez/a Tramitador/a.—( IN2021542158 ).

En este Despacho, Con una base de seis millones setecientos veinte mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número 61004-000. Que se describe así: naturaleza: terreno, construir, situada en el distrito 1-Nicoya cantón 2-Nicoya de la provincia de Guanacaste, Linderos: norte, Luis Ángel Badilla Ávila y otro, sur. Francisco Duarte Garcai, este, calle publica 10 mts 33 cm oeste, Nicolasa Tolentina Díaz Medina. Mide: doscientos ochenta y nueve metros con setenta y cinco decímetros cuadrados, Plano: G-0737471-1988. Para tal efecto, se señalan las quince horas diez minutos del siete de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas diez minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno con la base de cinco millones cuarenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas diez minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno con la base de un millón seiscientos ochenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Eddy Rolando Elizondo Valverde contra Fernando Pedro Félix Duarte García Expediente Nº 20-001636-1206-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Guanacaste (Santa Cruz), 10 de marzo del año 2021.—Víctor Hugo Martínez Zúñiga, Juez Tramitador.—( IN2021542091 ).

En este Despacho, con una base de siete millones setecientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 298-04495-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2014-280633-01-0002-001, servidumbre de paso citas: 2015-42574-01-0005001, servidumbre de paso citas: 2015-72264-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2015- 72264-01-0010-001, servidumbre de paso citas: 2015-72264-01-0012-001, servidumbre de paso citas: 2015-89026-01-0004001 servidumbre de aguas pluviales citas: 2015-108847-01-0003-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 131890-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 131890-010006-001, servidumbre de paja de agua citas: 131890-01-0008-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2015-164608-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015-164608- 010004-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2015-467914-01-0003001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2015467914-01-0006-001, servidumbre de paso citas: 2016-418048-01-0002-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-418048-010003-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 418048-01-0004001, servidumbre citas: 2016-434646-01-0008-001, servidumbre de paso citas: 2+016-441118-01-0002-001, servidumbre de aguas pluviales citas: 2016-441118-01-0003-001, servidumbre de líneas eléctricas y de paso citas: 2016-441118-01-0004-001, servidumbre de paja de agua citas:

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2016-441118-01-0005-00; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 543900-000, la cual es terreno para construir. Situada en el distrito 4-Cirri Sur, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Héctor Ramírez Vega; al sur, servidumbre de paso con un frente de I.02 metros en medio Rodríguez Matamoros Limitada; al este, Cirrí DC S.A. y al oeste, Cirrí DC S.A. Mide: doscientos cuatro metros cuadrados. Plano: A-1834780-2015. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno con la base de cinco millones setecientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno con la base de un millón novecientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela - La Vivienda contra Antonio Sequeira López, expediente N° 21-000721-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 07 de abril del año 2021.— Jazmín Núñez Alfaro, Juez/a Decisor/a.—( IN2021542093 ).

En este Despacho, con una base de veintisiete millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando servidumbre trasladada citas: 323-12671-01-0901-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número quinientos sesenta y cuatro mil novecientos noventa y cuatro, derecho cero cero uno y cero cero dos, la cual es terreno con una casa, patio y zona verde. Situada: en el distrito 7-El Rosario, cantón 6-Naranjo, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Wilberth y Rosario Porras Castillo; al sur, Cecilia Emilce Porras Chacón; al este, Wilbert y Rosibel Porras Castillo, y al oeste, calle pública con frente de 12.90 metros. Mide: doscientos treinta y siete metros cuadrados. Plano: A-1983527-20. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate, se efectuará a las ocho horas treinta minutos del ocho de junio del dos mil veintiuno, con la base de veinte millones seiscientos veinticinco mil colones exactos (75% de la base original), y de continuar sin oferentes, para el tercer remate, se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil veintiuno, con la base de seis millones ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este Despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Laura Indira Morantes Ramírez, Luis Carlos Yepes. Expediente N° 20-002561-1203-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 06 de abril del 2021.— Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021542094 ).

En este Despacho, con una base de treinta y cuatro millones novecientos ochenta y dos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de San José, matrícula número 377185, derecho 000, la cual es terreno para construir con 1 casa. Situada en el Distrito San Isidro, cantón Vázquez de Coronado, de la provincia de. Colinda: al norte, Cascanueces S. A.; al sur, calle pública con 6 m; al este, Saúl Gilberto Barrantes Vega; y al oeste, Cascanueces S. A. Mide: ciento veintiún metros con diecinueve decímetros cuadrados metros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas diez minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas diez minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la base de veintiséis millones doscientos treinta y seis mil quinientos colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas diez minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la

base de ocho millones setecientos cuarenta y cinco mil quinientos colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo contra Maria Isabel de los Ángeles Barrantes Solano. Expediente 21-002116-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 11 de marzo del año 2021.—M.Sc. Sirlene Salazar Muñoz, Jueza Decisora.—( IN2021542105 ).

En este despacho, con una base de nueve millones ochocientos mil colones exactos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando reservas y restricciones bajo las citas 322-16335-01-0901-001, reservas de ley de aguas y ley de caminos públicos bajo las citas 517-18934-01-0009-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 386.725-001-002, la cual es terreno lote 28. Terreno para construir. Situada en el distrito 1-San Rafael cantón 15-Guatuso, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Granja Familiar 27; sur, calle pública; este, calle pública, oeste, calle pública. Mide: mil cuatrocientos noventa y nueve metros con ochenta y siete decímetros cuadrados. Plano: A-0734424-2001. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del dos de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del diez de junio de dos mil veintiuno con la base de siete millones trescientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del dieciocho de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones cuatrocientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Inversiones Francibel Q.M S. A. contra Daniel Santos Gutiérrez Calero. Expediente N° 20-001442-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, 06 de octubre del año 2020.—Lilliam Álvarez Villegas, Jueza Decisora.—( IN2021542114 ).

En este Despacho, con una base de veintiocho millones ochocientos treinta y seis mil quince colones con cuarenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Heredia, matrícula número doscientos veintinueve mil trescientos cuarenta y tres, derecho 000, la cual es terreno de solar. Situada en el distrito 3-Las Horquetas, cantón 10-Sarapiquí, de la provincia de Heredia. Colinda: al norte, Eduardo Cordero Jiménez; al sur, yurro; al este, calle pública, con frente de 15.34 metros; y al oeste, Eduardo Cordero Jiménez. Mide: trescientos cuarenta y un metros con noventa y cinco decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del tres de noviembre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del once de noviembre del dos mil veintiuno con la base de veintiún millones seiscientos veintisiete mil once colones con sesenta céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del diecinueve de noviembre del dos mil veintiuno con la base de siete millones doscientos nueve mil tres colones con ochenta y siete céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Yeffry Mauricio Fallas Cordero. Expediente N° 18-006480-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 17 de marzo del 2021.—Liseth Delgado Chavarría, Jueza Tramitadora.—( IN2021542153 ).

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En este Despacho, con una base de dos millones quinientos mil colones exactos, libre de gravámenes, pero soportando demanda hipotecaria 800-362228-01-0001-001, reservas ley caminos; sáquese a remate la finca del partido de Puntarenas, matrícula número ciento diecinueve mil treinta y ocho, derecho 000, la cual es terreno con una casa de habitación finca se encuentra en zona catastrada. Situada en el Distrito 09 Monte Verde, Cantón 01 Puntarenas, de la provincia de Puntarenas. Colinda: al norte Cristóbal Quesada Obando; al sur calle pública con 08,25 metros de frente; al este Vicelino Núñez Calderón y Maritza Quesada Obando y al oeste Cristóbal Quesada Obando. Mide: ciento noventa y siete metros con trece decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las once horas veinticinco minutos del tres de agosto de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las once horas veinticinco minutos del once de agosto de dos mil veintiuno con la base de un millón ochocientos setenta y cinco mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las once horas veinticinco minutos del diecinueve de agosto de dos mil veintiuno con la base de seiscientos veinticinco mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Javier Wilfredo Villalobos Rojas contra Adolia De Los ángeles Quesada Obando. Expediente Nº 20-005865-1207-CJ.—Juzgado de Cobro de Puntarenas, 21 de enero del año 2021.—Anny Hernández Monge, Juez/a Decisor/a.—( IN2021542156 ).

En este Despacho, con una base de tres millones de colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Guanacaste, matrícula número quince mil trescientos cincuenta y siete, derecho 000, la cual es terreno. Para construir con 1 casa situada en el Distrito 1-Tilaran Cantón 8-Tilaran de la Provincia de Guanacaste finca se encuentra en zona catastrada linderos: Norte: Adelina Herrera Vega, sur: calle publica 12 mts 12 cms este: Cebin Alfaro, oeste: Adelina Herrera Vega. Mide: doscientos setenta y nueve metros con setenta y cuatro decímetros cuadrados plano: G-0878459-1990 identificador predial:508010015357. Para tal efecto, se señalan las nueve horas cero minutos del siete de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del quince de junio de dos mil veintiuno con la base de dos millones doscientos cincuenta mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del veintitrés de junio de dos mil veintiuno con la base de setecientos cincuenta mil colones exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Ronal López Bastos contra Adrián Esteban Morales Quirós. Expediente Nº:19-004337-1205-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Guanacaste, 25 de febrero del año 2021.—Rolando Valverde Calvo, Juez Decisor.—( IN2021542159 ).

En este Despacho, con una base de Treinta Y Nueve Millones Cuatrocientos Treinta Y Ocho Mil Cincuenta Y Siete Colones Con Once Céntimos, libre de gravámenes hipotecarios, pero soportando Reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos citas: 414-03571-01-0312-001; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número 526200-000, la cual es terreno para agricultura con una bodega. Situada en el distrito 8-La Tigra, cantón 10-San Carlos, de la provincia de Alajuela. Colinda: al norte, Walter Vargas Vargas y María Lidia Vargas Porras; al sur, Walter Vargas Vargas y María Lidia Vargas Porras; al este, Walter Vargas Vargas y María Lidia Vargas Porras; y al oeste, calle pública con un frente de setenta y tres metros lineales y Alina María Durán Santamaría. Mide: nueve mil setecientos cinco metros cuadrados metros cuadrados. Plano:

A-1778298-2014. Para tal efecto, se señalan las ocho horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil veintidós. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas treinta minutos del catorce de marzo del dos mil veintidós con la base de veintinueve millones quinientos setenta y ocho mil quinientos cuarenta y dos colones con ochenta y tres céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil veintidós con la base de nueve millones ochocientos cincuenta y nueve mil quinientos catorce colones con veintiocho céntimos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Coocique R.L. contra Alina María Durán Santamaría, Walter Fabricio Vargas Vargas. Expediente N° 19-004070-1202-CJ.—Juzgado de Cobro del Segundo Circuito Judicial de Alajuela, Ciudad Quesada, 23 de marzo del 2021.— Giovanni Vargas Loaiza, Juez Decisor.—( IN2021542160 ).

En este Despacho, con una base de doce millones quinientos noventa y cuatro mil setecientos cuatro colones con ochenta y siete céntimos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate la finca del partido de Alajuela, matrícula número doscientos setenta y seis mil cincuenta y nueve, derecho cero cero cero, la cual es terreno naturaleza: lote 563, terreno para construir con una casa. Situada en el Distrito Alajuela, Cantón Alajuela, de la Provincia de Alajuela. Colinda: al norte INVU; al sur INVU; al este, alameda dos y al oeste INVU. Mide: ciento dieciséis metros con sesenta y ocho decímetros cuadrados. Para tal efecto, se señalan las ocho horas cero minutos del veintiuno de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las ocho horas cero minutos del veintinueve de junio de dos mil veintiuno con la base de nueve millones cuatrocientos cuarenta y seis mil veintiocho colones con sesenta y cinco céntimos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ocho horas cero minutos del siete de julio de dos mil veintiuno con la base de tres millones ciento cuarenta y ocho mil seiscientos setenta y seis colones con veintidós céntimos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Nacional de Costa Rica contra Ingrid Sandí Alvarado, Luis Gerardo Moraga Porras, Roxana Ureña Alvarado. Expediente Nº:18-002506-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 02 de febrero del año 2021.—Ronald Chacón Mejía, Juez Tramitador.—( IN2021542163 ).

En este Despacho, con una base de dieciocho mil trescientos veinte dólares exactos, libre de gravámenes prendarios, pero soportando colisiones: 19-008532-0174-TR, Boleta 2019314201930, y 19-009895-0174-TR Boleta 2019244401120, ambas del Juzgado de Tránsito del Segundo Circuito Judicial de San José; sáquese a remate el vehículo BMJ780, marca Smart, estilo For Four, categoría automóvil, capacidad 4 personas, año 2015, color negro, vin WME4530421Y000612, cilindrada 1000 c.c., combustible gasolina, motor Nº H4DA400U029833. Para tal efecto se señalan las catorce horas quince minutos del quince de noviembre de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas quince minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno con la base de trece mil setecientos cuarenta dólares exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas quince minutos del dos de diciembre de dos mil veintiuno con la base de cuatro mil quinientos ochenta dólares exactos (25% de la base original). Notas: Se les informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que, en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto

(9)

por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco de Costa Rica contra Gustavo Wilches Tumbia, expediente N° 19-002987-1158-CJ.—Juzgado de Cobro de Heredia, 08 de abril del año 2021.— German Valverde Vindas, Juez Tramitador.—( IN2021542165 ).

En este Despacho, con una base de trece mil ciento noventa y un dólares con cuarenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas 878437, Marca: Jeep, Estilo: Grand Cherokee, Categoría: automóvil, Capacidad: 5 Personas, VIN: 1J4RR4GG2BC690711, Año Fabricación: 2011, Color: verde, N. Motor: N/A, Cilindrada: 3600 c.c., Cilindros: 6, Combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas cero minutos del trece de mayo del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas cero minutos del veintiuno de mayo del dos mil veintiuno, con la base de nueve mil ochocientos noventa y tres dólares con cincuenta y ocho centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas cero minutos del treinta y uno de mayo del dos mil veintiuno con la base de tres mil doscientos noventa y siete dólares con ochenta y seis centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Promerica de Costa Rica S. A., contra Jorge Arturo Araya Picado. Exp:21-001125-1170-CJ.—Juzgado Segundo Especializado de Cobro del I Circuito Judicial de San José, 10 de febrero del año 2021.—Licda. Isabel Castillo Navarro, Jueza Decisora.—( IN2021542166 ).

En este Despacho, con una base de trece mil novecientos un dólares con sesenta y cinco centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BJW550. Marca: Hyundai. Estilo: Accent GL. Categoría: automóvil. Serie: KMHCT41BEGU990690. Número chasis: KMHCT41BEGU990690. Año fabricación: 2016. Para tal efecto se señalan las catorce horas cero minutos del cuatro de octubre del dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las catorce horas cero minutos del doce de octubre del dos mil veintiuno con la base de diez mil cuatrocientos veintiséis dólares con veinticuatro centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las catorce horas cero minutos del veinte de octubre del dos mil veintiuno con la base de tres mil cuatrocientos setenta y cinco dólares con cuarenta y un centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución hipotecaria de Banco Promérica de Costa Rica S. A. contra Francinie Lidieth Navarro Valverde. Expediente N° 21-001103-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 22 de febrero del 2021.— Angie Rodríguez Salazar, Jueza Tramitadora.—( IN2021542168 ).

En este Despacho, con una base de siete millones seiscientos mil colones exactos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BKK070, marca: Hyundai, estilo: Grand I10 GLS, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: MALA841CAGM127021, carrocería: sedán 4 puertas tracción: 4x2 número chasis: MALA841CAGM127021, año fabricación: 2016, color: plateado, N. motor: G4LAFM758877, marca: Hyundai, modelo: B4S4K3615 G B148, cilindrada: 1200 c.c cilindros: 4 combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas treinta minutos del cuatro de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas treinta minutos del doce de mayo de dos mil veintiuno con la base de cinco millones setecientos mil colones exactos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve

horas treinta minutos del veinte de mayo de dos mil veintiuno con la base de un millón novecientos mil colones exactos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Scotiabank de Costa Rica Sociedad Anónima contra Luis Bernardo Monge Barahona, expediente N° 17-009866-1204-CJ.—Juzgado de Cobro de Grecia, 09 de marzo del año 2021.—Licda. Jazmín Núñez Alfaro, Jueza Decisora.—( IN2021542170 ).

En este Despacho, con una base de doce mil trescientos treinta y siete dólares con noventa y un centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo Placa: BKW938 Marca: Toyota Estilo: corolla S Categoría: automóvil Capacidad: 5 personas Serie: 5YFBUWHE2GP346874 Peso Vacío: 0 Serie: 5YFBUWHE2GP346874 carrocería: sedan 4 puertas Número chasis: 5YFBUWHE2GP346874 Año Fabricación: 2016 color: negro VIN: 5YFBUWHE2GP346874 N. Motor: 2ZRL756927 Cilindrada: 1800 c.c combustible: gasolina. Para tal efecto se señalan las nueve horas quince minutos del diecisiete de mayo de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las nueve horas quince minutos del veinticinco de mayo de dos mil veintiuno con la base de nueve mil doscientos cincuenta y tres dólares con cuarenta y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las nueve horas quince minutos del dos de junio de dos mil veintiuno con la base de tres mil ochenta y cuatro dólares con cuarenta y ocho centavos (25% de la base original). Notas: Se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Financiera Cafsa S. A. contra Víctor Hugo de Los Ángeles Hernández Soto. Expediente Nº 20-014175-1157-CJ.—Juzgado de Cobro del Primer Circuito Judicial de Alajuela, 04 de diciembre del año 2020.—Licda. Hazel Mariela Carvajal Rojas, Jueza Tramitadora.—( IN2021542171 ).

En este Despacho, con una base de quince mil cuatrocientos sesenta y dos dólares con cincuenta y ocho centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo placas BNB746, marca: M.G., estilo: MG GS STD, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, año fabricación: 2017, color: anaranjado, número de chasis: LSJA24U39HS010406, cilindrada: 1500 c.c. Para tal efecto se señalan las quince horas quince minutos del uno de junio de dos mil veintiuno. De no haber postores, el segundo remate se efectuará a las quince horas quince minutos del nueve de junio de dos mil veintiuno con la base de once mil quinientos noventa y seis dólares con noventa y tres centavos (75% de la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las quince horas quince minutos del diecisiete de junio de dos mil veintiuno con la base de tres mil ochocientos sesenta y cinco dólares con sesenta y cuatro centavos (25% de la base original). Notas: se le informa a las personas interesadas en participar en la almoneda que en caso de pagar con cheque certificado, el mismo deberá ser emitido a favor de este despacho. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de cinco días de antelación a la fecha fijada para la subasta. Se remata por ordenarse así en proceso ejecución prendaria de Banco Bac San José S. A. contra Aaron Amalec Villegas Manzanares, expediente N° 21-003307-1044-CJ.—Juzgado Primero Especializado de Cobro del Primer Circuito Judicial de San José, 03 de marzo del año 2021.— Ricardo Barrantes López, Juez/a Decisor/a.—( IN2021542172 ).

En este Despacho, con una base de veinte mil ciento setenta y cinco dólares con veintinueve centavos, libre de gravámenes y anotaciones; sáquese a remate el vehículo BQB566, marca: Hyundai, estilo: Accent GL, categoría: automóvil, capacidad: 5 personas, serie: KMHCT41BEHU315149, carrocería: sedan 4

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