4. Deserción
3.2. INFORMACIÓN GENERAL 1. Datos generales
3.2.2. Directorio
Presidente: Dr. Jesús PomachaguaPaucar Vicepresidente: Ing. José Pomalaya Valdez Miembro: Ing. Juan Ramos Gómez
Miembro: Ing. Edgar Acosta López Miembro: Dra. Martha Ríos Zea Miembro: Ing. Clara Espinoza Silva 3.3. CONVENIO MARCO
CONVENIO MARCO DE COOPERCIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Y LA
FUNDACIÓN DEL CENTRO DEL PERÚ
Conste con el presente documento el ” CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN”, que celebran, de una parte la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ, Representante por RECTOR.
CARLOS ANTONIO ADAUTO JUSTO, identificado con DNI N°19863312, fijando su domicilio legal en la Avenida Mariscal Castilla N°4089 El tambo – Ciudad Universitaria de la provincia de Huancayo, Departamento de Junín que en adelante se denomina UNCP y de la otra parte la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL CENTRO DEL PERÚ, representado por el Sr JORGE SANTANA JESÚS, en su condición de
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Gerente General identificado con DNI N° 19997126, con domicilio fiscal en la calle Real N° 860 El Tambo, quien en adelante se denomina FUDEC PERÚ, en cumplimiento al acuerdo de consejo Universitario del 12 de enero de 2010 en los términos y condiciones siguientes:
ANTECEDENTES CLÁUSULA PRIMERA:
“La UNCP”, es la institución Estatal de Derecho Público y tiene como fundamento jurídico el D.S. N°046 del 16 de Mayo de 1959 de creación de la Universidad Comunal, Nacionalizada el 2 de Enero de 1962 con ley N° 13827, la constitución Política del Perú; la Ley Universitaria N°
23733 y sus normas internas (Estatuto y reglamentos);tiene como objetivo, la formación profesional, la Investigación y la Proyección Social- Extensión Universitaria, para formar humanística y científicamente profesionales de alta calidad académica de acuerdo a las necesidades del país.
“LA UNCP”, dentro de su estatuto tiene como uno de sus fines interactuar con la comunidad e instituciones para la realización de sus objetivos a través de las actividades vinculadas a la prestación de servicio. Así mismo, que uno de sus objetivos indica establecer el intercambio Cultural Académico y Económico.
La FUDEC PERÚ, es una organización de tipo de FUNDACION, con personería jurídica Privada; según la escritura Publica N° 0535 y Registros Público en el Asiento A00001 de partida Electrónica N° 11021023 – Titulo N° 00011315, del Superintendencia Nacional de los Registros Públicos
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Zona Registral N° VIII y reconocimiento por el ministerio de Justicia, según Resolución N° 026-2004 JUS/CSF; inscrita en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta , Resolución de Intendencia N°1390050001675, calificada como Entidad Perceptora de Donaciones , Según Resolución Ministerial N°347-2008- EF/15.
La FUDEC PERÚ, para el cumplimiento del logro de sus fines establece:
a) Contribuir al desarrollo sostenible de la zona central del país mediante, la investigación científica, tecnológica y el desarrollo de programas y proyectos de inversión social.
b) Apoyar el desarrollo de las comunidades nativas, campesinas y organizaciones de base a través de la promoción de convenios interinstitucionales de cooperación mutua entre ellas y las universidades nacionales y extranjeras.
c) Promover y poyar, organizar y ejecutar centros y programas educativos debidamente articulados con las necesidades de la sociedad, en las distintas formas y modalidades que la Ley y las normas educativas del país lo permitan al afecto de erradicar el analfabetismo, asegura la formación básica de los sectores más desprotegidos y contribuir y apoyar a la reinserción laboral de la juventud.
d) Promover una cultura de democracia, de cambio, de libertad y paz en armonía ecológica, respeto y cuidado de la vida a través de articulación de programas y proyectos respectivos.
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e) Patrocinar programas y proyectos de desarrollo, culturales, de salud y Asistencia social.
f) Promover la conservación, recuperación y uso racional del medio ambiente, preferentemente de los recursos nativos y la biodiversidad.
g) Contribuir a la integración y desarrollo regional que afirma los valores, tradicionales culturales y la entidad, propiciando el turismo participativo nacional e internacional.
h) Apoyar desarrollo de la Universidad Nacional del Centro del Perú.
Tiene los siguientes objetivos:
a) Promover divulgar y aplicar tecnologías acorde al avance científico, que permita resolver problemas y necesidades sociales de la Zona central del país.
b) Fomentar, promover y realizar proyectos de investigación científica y tecnológica, programas y proyectos de inversión social y económica.
c) Apoyar el desarrollo integral de las comunidades nativas y campesinas del centro del Perú.
d) Desarrollar proyectos tendientes a la conservación, recuperación y uso racional del medio ambiente, preferentemente de los recursos nativos y la biodiversidad.
e) Articular e implementar centros y programas educativos de aplicación en los niveles y modalidad que la Ley y las Normas Educativas del país lo permitan donde se plasmen formas y estilos de educación acorde con el contexto socio- económico-cultural de
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la región central y constituyan alternativas para el sistemas educativo peruano.
f) Desarrollar un banco de programas y proyectos entorno a los fines de la fundación como son educación, cultural y asistencia social y canalizarlos, para su ejecución, hacia personas naturales o jurídicas, hacia personas naturales o jurídicas, nacionales e internacionales, preferentemente a la cooperación internacional para su internacionales, preferentemente a la cooperación internacional, para su financiamiento total y /o parcial.
g) Contribuir con el Desarrollar programas y proyectos y Proyectos de carácter académico o científico en las diferentes áreas del conocimiento.
BASE LEGAL
CLÁUSULA SEGUNDA:
h) Constitución Política del Perú i) Ley 23733, Ley Universitaria.
j) Ley 24948, Ley de la Actividad Empresarial del Estado.
k) Estatuto de la UNCP.
l) Ley 28044, Nueva Ley General de Educación.
m) Decreto supremo N 179-2004 – EF, Texto Único de la Ley del Impuesto a la Renta- D.S.N°215-2006- EF Reglamento de la Ley del impuesto a la Renta.
n) Decreto Supremo N°882-96 – ED, Ley de promoción de la Inversión en Educación y Modernización Educativa.
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o) Constitución y Estatuto de la FUDEC PERU, escritura Publica N°0535, Inscrita en Registros Públicos en el Asiento A0001, Partida Electrónica 11021023.
p) D.L.N°719 Ley de cooperación Técnica Internacional.
q) Decreto Supremo 055-99-EF-Decreto Legislativo N°821- Ley del impuesto General a las ventas y su Reglamento D.S. 130-2000- EF.
r) Decreto Supremo 046-97-EF-Bienes y Servicios inafectos al pago del Impuesto General a las Ventas.
s) Resolución de Intendencia N°1390050001675 - Inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta.
t) Resolución Ministerial N°347-2008-EF/15 – inscripción como entidad Perceptora de Donaciones.
u) Resolución N°00061- CU-2010 de fecha 12.01.2010.
OBJETO DEL CONVENIO Y VIGENCIA
CLÁUSULA TERCERA: El presente Convenio tiene como objeto promover el desarrollo tecnológico, científico y académico de la UNCP CLÁUSULA CUARTA: Rige a partir del día 12 del mes de Enero del 2010 y tendrá vigencia indeterminada.
CLÁUSULA QUINTA: El desarrollo de los objetivos del convenio se efectuara dentro del ámbito Regional y Nacional.
CLÁUSULA SEXTA: Establecer los medios concretos de cooperación interinstitucional entre la UNCP y la FUDEC
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Orientar el uso racional, óptimo, productivo y competitivo de los recursos para mejorar el quehacer científico, tecnológico y académico de la UNCP.
Desarrollar en forma conjunta a través de proyectos productos y de servicios convenios específicos, otorgar en cesión de administración proyectos o proyectos específicos que se realizan y7o ejecutaran bajo convenios específicos firmados entre la UNCP – FUDEC PERU y terceros.
Establecer alianza estratégica entre la FUDEC PERU y la UNCP para apoyar y contribuir activamente a la conversación, uso eficiente y eficaz de los recursos de las diversas actividades productivas que se generen como resultado del presente.
Fortalecer los procesos de formación profesional universitaria:
investigación, proyección social y extensión universitaria a nivel regional y nacional.
Contribuir al manejo de la calidad de la vida de la comunidad universitaria a través de:
a) Promover eventos o cursos de capacitación, actualización y/o especialización extracurricular, los cuales no tienen incidencia académica en la UNCP.
b) Prioridad en la participación en los diversos proyectos producidos.
c) Desarrollo de un nuevo concepto de cultura, organización basada en la eficiencia, eficacia y competitividad.
d) Promover eventos culturales, deportivos, educativos.
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e) Promover el desarrollo tecnológico, científico y académico de la UNCP.
f) Promover y conceder reconocimientos, premios y/ o distinciones por trabajos excepcionales por alta calidad.
g) Promover eventos de difusión radial.
h) Contribuir activamente al cambio del manejo, organizacional de la UNCP:
CLÁUSULA SÉPTIMA:
La UNCP, como parte de su contribución al presente convenio se compromete ante la FUDEC PERÚ lo siguiente:
a) Entregar en sesión de administración directa los recursos calificados técnicamente para ser administrado a través del régimen privado del FUDEC PERÚ.
b) Establecer líneas de investigación científica y Tecnológica prioritarias que permitan fortalecer las actividades de la FUDEC PERÚ, de tal forma que estas investigaciones permiten ser aprovechadas por fundación en los planes, Programas y proyectos de mejora de los recursos que finalmente redundaran en el fortalecimiento de la misma Universidad.
La FUDEC PERÚ, como parte de su contribución al presente convenio se compromete ante la UNCP lo siguiente:
a) Apoyar, asesorar y viabilizar la formación de NÚCLEOS EJECUTORES para la conducción de los programas y proyectos,
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los mismos que estarán conformados por miembros de la comunidad Universitaria de sus diversos estamentos.
b) Previa evaluación de la viabilidad y factibilidad de los programas o proyectos a ejecutarse por los Núcleos Ejecutores los recursos que generen serán invertidos en el desarrollo de las diversas unidades y facultades dentro del marco de las fundaciones para garantizar las prerrogativas y beneficios tributarios correspondientes.
c) Establecer y verificar que en la ejecución de los proyectos aprobados:
d) La participación prioritaria de la comunidad universitaria.
e) Las retribuciones y/o beneficios de las personas en los programas o proyectos, estén garantizadas con el autofinanciamiento del mismo.
f) Garantizar la conversación e incremento de recursos recepcionados de la UNCP.
g) Que de los ingresos brutos de los diversos programas o proyectos, se destinara el 6% como máximo a favor de la FUDEC PERÚ para financiar sus gastos de funcionamiento, ligo, el mismo que será determinado al momento de su aprobación.
Sin embargo, en los diversos eventos realizados por la UNCP, en cumplimiento del convenio marco, la distribución de los ingresos y los excedentes que se generan se distribuye de la siguiente manera:
DISTRIBUCIÓN DE LOS INGRESOS
Serán distribuidos en la siguiente proporción:
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10% del ingreso bruto para la universidad, por el logo y otros conceptos, según convenio, valor que será trasferido por la FUDEC PERÚ en bienes muebles o inmuebles.
6% del ingreso bruto para la FUDEC PERÚ, gastos de funcionamiento.
19% por IGV (valor que se encuentra incluido en el ingreso bruto).
Del mismo modo de aclarar que se considera en el presupuesto los pagos por concepto de Supervisor Administrativo y Auxiliar Administrativo, valor que ingresara al presupuesto de la SEDE PRINCIPAL de la FUDEC PERÚ, para cubrir gastos por sueldo del personal.
DESTINO DEL EXCEDENTE DEL EVENTO ACADÉMICO Y DE CAPACITACIÓN
El excedente de la facultad será distribuido en la siguiente proporción:
a) 40% Implementación de la Facultad.
b) 20% Acreditación y curricula de estudios.
c) 25% Capacitación de docentes.
d) 15% Implementación de biblioteca.
Las partes UNCP y FUDEC PERÚ, se comprometen mutuamente:
a) Desarrollar de manera conjunta un programa de sensibilización sobre los objetivos de la Fundación a través del desarrollo de diversos eventos culturales para garantizar la operatividad del presente convenio.
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b) Hacer uso racional compartido del logo y si fuera al caso previa opinión de parte de la razón social para efecto de difusión.
DE LA RESOLUCIÓN CLÁUSULA OCTAVA:
Los gastos que genere el cumplimiento de los objetivos, metas y responsabilidades del presente convenio en cuanto les compete, serán asumidos por cada parte contratante.
DE LA RESOLUCIÓN CLÁUSULA NOVENA:
El presente convenio podrá resolverse por las siguientes razones:
a) Mutuo acuerdo de las partes, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones asumidas debido al convenio, con una anticipación no menor de 30 días.
b) Por causa de fuerzas mayor que imposibiliten su cumplimento, con conocimiento y autorización de ambas partes.
c) No obstante, cada parte contratante podrá rescindir este convenio con afecto inmediato en caso de violación sustancial del mismo. La resolución así establecida no afectara la ejecución de los acuerdos puntuales que se haya celebrado en el marco del convenio.
COMUNICACIONES CLÁUSULA DÉCIMA:
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Toda la comunicación entre las partes, deberá ser remitida a los domicilios indicados en la parte introductoria del presente convenio.
DE LA MODIFICACIÓN
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA:
Este convenio podrá ser modificado previo acuerdo, debiéndose suscribir una Adenda en cada caso.
LEY APLICABLE Y SOMETIMIENTO JURISDICCIONAL CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA:
a) Las partes declaran que todo lo expresado lo en el presente documento se sujeta a su interpretación y a las disposiciones del código civil y en general a la normatividad peruana aplicable.
b) Las partes convienen en renunciar al fuero de sus domicilios y se someten en forma expresa a la competencia de los jueces y tribunales del cercado de Huancayo, de conformidad con lo estipulado en el artículo 25° del Código Procesal Civil Vigente.
Estando las partes de acuerdo firman como conformidad en Huancayo a los trece días del mes de Enero del 2010.