Problemas surgidos y su resolución
Nº 7 21 febrero 1783 ELCHE DE LA SIERRA. Necesidad de construir un puente de madera sobre el
río Segura, por haberse arruinado el que había.
Elche de Ayna.
1783.
El Alcalde ordinario de la Villa de Elche de Ayna SOBRE
La necesidad que hay de construcción de un Puente de Madera sobre el Río Segura por haberse arruinado el antiguo. /C
D
on Sebastián Quijano Bellón, Abogado de los Reales Consejos y Alcalde Ordinario de la Villa de Ayna en este Lugar de Elche, de su Jurisdicción, a Los Reales Pies de V. A., con el más profundo respeto, debo exponer:Que a una Legua de distancia de este Pueblo tiene su curso el Río Segura, y a la parte opuesta, casi a igual distancia, se hallan las Villas de Letur, Férez y Socobos, Reino de Murcia.
Estos pueblos tienen con éste un continuado tráfico y comunicación y por lo regular se halla interrumpido en los meses de Invierno a causa de no ser posible el tránsito por el citado Río, por el mucho caudal de Aguas de que abunda.
En años pasados estos pueblos, consultando su propia utilidad, construyeron un Puente de Vigas sobre pilares de cal y piedra. Mas, por defecto de [no] haberles proporcionado la correspondiente elevación y firmeza, quedó el Puente arruinado en una copiosa crecida del Río Segura y, al presente, continúa como antes lo estaba, siendo inexplicables los perjuicios que de ello se ocasionan y no poco frecuentes las desgracias de Personas y Animales que todos los días se verifican.
Cerciorados algunos buenos Patriotas de la atención que siempre me han merecido aquellos asuntos en que versa la utilidad común, lo que he procurado acreditar en el tiempo que hace me establecí en este País, me han indicado los motivos de necesidad y utilidad que influyen la construcción de un nuevo Puente sobre el Río Segura en el mismo sitio que se hallaba el antiguo. Y habiendo procurado recibir los correspondientes seguros informes, aparece de ellos: Que la obra /1
del antiguo Puente consistía en tres Postes, o Machones, a Cal y Piedra, en los cuales permanece casi enterrados y el otro enteramente arruinado. Que su destrucción dimana de haberse fundado sobre la arena y en terreno de poca solidez, y la de todo el Puente así de este defecto, como de no haberse dado dos varas más de elevación a fin de que pudiese resistir las grandes crecidas del Río. Que la nueva obra consiste en construir nuevamente el Machón o poste arruinado, y así a éste como a los otros dos que permanecen del mismo modo que se verificaron, darles dos varas más de elevación, coronándolos de vigas según convenga y las que han de formar el camino para el tránsito de personas y animales. Y que con atención a la proporción de materiales de cal, arena, piedra y madera que se hallan al pie de la obra, ésta podrá, ejecutándola a toda costa a solos tres mil reales de vellón.
Los medios de hacer efectiva esta suma, sin perjuicio de la que resulte en la tasación de la obra que deberá ejecutarse por Maestro Alarife, es otro de los puntos que [no] debo omitir. Se me informa que un vecino de Albacete que transita mucho por estos Pueblos ofrece para esta obra trescientos reales vellón; Alfonso Martínez, vecino de Letur, de ejercicio carpintero, también ofrece dar gratuitamente diez peonadas juntamente con un hijo suyo y un Oficial en su coste, y me persuado que si se verifica esta obra, habrá otras muchas contribuciones voluntarias, ya de dinero y ya de trabajo personal.
El Sitio en que debe construirse el citado Puente se halla en la jurisdicción de la villa de Letur y la que más le necesita para la precisa comunicación con los heredamientos de Bueycorto y Villares, que [se] componen de sesenta /1v
a setenta vecinos.
Por lo que, habiendo meditado este particular con la reflexión que me ha sido posible,
considero que la cantidad líquida que resultare, desfalcadas [sic] las contribuciones voluntarias deberá distribuirse entre partes, de que satisfaga una la Villa de Letur, y las otras dos terceras partes se dividirían en cuatro, de las que afrontará una la de Férez, otra la villa de Socobos, otra este Pueblo [= Elche de la Sierra] y otra las Villas de Lietor y Ayna por mitad, por no ser tan frecuente su tráfico como el de los demás Pueblos anotados.
En todo lo expuesto, Señor, he referido sencillamente la verdad, consultando únicamente el común beneficio. Si V. A. se dignase comisionarme para la ejecución de esta obra bajo las condiciones significadas y demás que vuestra soberana comprehensión tenga por oportunas y convenientes, acreditaré con diligencias judiciales la debida obediencia a los preceptos del Consejo y el pulso, desinterés y celo con que en ello prometo conducirme.
V. A. resolverá lo que fuere de su superior agrado.
Nuestro Señor conserve por dilatados años la Católica Real Persona de V. A. como la Monarquía necesita.
Elche de Ayna, 21 de febrero de 1783.
Muy Poderoso Señor,
A los Reales Pies de V. A., Sebastián Quijano Bellón. /2 Señor:
Don Sebastián Quijano Bellón,
Abogado de los Reales Consejos y Alcalde ordinario de Elche de Ayna.
Súplica a V. A. /2v Ilustrísimo Señor:
Siendo el asunto de la adjunta representación uno de los comprehendidos en la Orden Circular de [mil] setecientos sesenta y siete, según se preceptúa en la misma, la dirijo por mano de V. I., para que se digne hacerla presente al Consejo.
Mi objetivo no es otro que conseguir el beneficio común, y si la justificación de V. I. contempla méritos en mí para que se me confíe la ejecución de la obra de que se trata [en] la representación, Suplico a V. I. se digne inclinar a ello al Consejo en cuya forma, en el tiempo que resta hasta el Agosto, pueda preparar las correspondientes diligencias para que en dicho tiempo, único para ello, pueda reedificarse el Puente y al invierno próximo verificarse el beneficio que de ello me prometo, ya que en el presente son repetidos los quebrantos.
Nuestro Señor guarde la vida de V. I. dilatados años.
Besa la Mano de V. I. su más atento seguro servidor, Sebastián Quijano Bellón
Ilustrísimo Señor Conde de Campomanes /3
Elche de Ayna, 24 de Febrero de 1783.
El Alcalde ordinario
Remite una representación para el Consejo sobre la necesidad de que hay de un Puente de Madera, sobre el Río Segura, por haber arruinado el antiguo una avenida, por estar privadas del tráfico y comunicación diferentes villas situadas en una y otra parte de dicho Río. Propone medios para el costo del Puente, e implora la protección de V. S. I. para que el Consejo difiera a dicha instancia.
Señores de Gobierno:
Acedo Madrid, seis de Marzo de 1783.
Mora Pase al Señor Fiscal.
Argaiz [firma ilegible] /4v
Ilustrísimo Señor:
Muy Señor mío: Deseoso de contribuir a la pública felicidad de estos Pueblos y en conformidad a lo preceptuado por el Consejo en la Circular del año de [mil] setecientos sesenta y siete, representé a aquel Supremo Tribunal la importancia de la reedificación de el Puente que hace pocos años se inhabilitó en el Río Segura, muy importante para los pueblos de Letur, Férez, Socobos, Ayna, Lietor y Elche, con otros muchos que transitan para [sic] el citado Río.
Sin embargo que esta representación fue dirigida en principios de este año por mano de V. I.
con el fin de proporcionar este consuelo a los Pueblos para el Invierno próximo no he logrado yo el que me prometa bajo la protección y amparo poderoso de V. I., considerando que la pequeñez de mis clamores, u otros asuntos más graves e importantes habrán servido de obstáculo al fin de dicha mi representación. Y siendo, Señor Ilustrísimo, su objeto de la mayor importancia a la pública utilidad, y el costo de la obra muy reducido y corto, interpongo con V. I. eficazmente mi ruego a fin de que se digne arbitrar /5
los medios más oportunos para la reedificación del citado Puente, en lo que V. I. dispensan a estos Pueblos un beneficio imponderable.
Nuestro Señor guarde la vida de V. I. los dilatados años que la Monarquía necesita.
Elche de Ayna y Mayo 18 de 1783.
Ilustrísimo Señor:
Besa Los Pies de V. I.,
Sebastián Quijano,
Ilustrísimo Señor Conde de Campomanes /5v Elche de Ayna, 18 de Mayo de 1783.
El Alcalde mayor.
Recuerda a V. S. I. la representación sobre la necesidad e importancia de reedificar cierto Puente sobre el Río Segura y medios fáciles para su construcción, dirigió al Consejo por mano de V.
S. I. en principios de este año.
Señores de Gobierno:
Campomanes Urries Villafañé Balazote Vallejo Taranco
Madrid, treinta y uno de Enero de 1784.
Al Señor Fiscal, donde están los antecedentes.
[firma ilegible]
El Señor Fiscal Dice: Se podrá expedir orden a la Justicia de este Pueblo para que informe el estado actual en que se halla el Puente de que se trata, o acordará el Consejo lo más acertado.
Madrid, y Agosto de 1793, [firma ilegible] /6v
[Nota del transcriptor nº 36. Si no está errada la fecha de este último dictamen del presente expediente, que nos parece que no, aquí termina, inconcluso, dicho expediente. Habían transcurrido diez años desde la razonada, y razonable, petición del Alcalde de Elche de la Sierra. Sin más comentarios. FRT.].
[Nota del transcriptor nº 37. El expediente se “matriculó” (i. e., se registró su entrada en el Archivo definitivo del Consejo) en el año 1808].
[Legajo 2.821. Expediente nº 33].