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Tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE)

In document Memoria 2017 (página 88-92)

Según ha habido ocasión de reseñar anteriormente, diversas sentencias dictadas en 2017 otorgaron el amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de consuno con otro derecho fundamental: SSTC 39/2017, de 24 de abril, vulneración del derecho a la integridad física y moral en denuncia de torturas; 96/2017, de 17 de julio, incumplimiento de la carga de motivación reforzada en resoluciones judiciales que con- ciernen a la libertad personal, y 112/2017, de 16 de octubre, doble escala salarial. A ellas cabe añadir la STC 22/2017, de 13 de febrero, dictada por la Sala Segunda, que otorgó el amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión en relación con una condena penal impuesta desatendiendo la doctrina que en torno a la prescripción sentara la STC 63/2005, de 14 de marzo.

En las siguientes páginas se dará cuenta de las sentencias que versaron específicamente sobre los distintos contenidos del derecho fundamental proclamado en el primer apartado del artículo 24 de la Constitución.

a) Acceso a la justicia y al recurso legal

Cuatro sentencias dictadas en 2017 otorgaron el amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente de acceso a la jus- ticia y consiguiente derecho a obtener una resolución jurídicamente fun- dada. La Sala Primera dictó tres de ellas: SSTC 3/2017 y 4/2017, de 16 de enero, que, aplicando la doctrina sentada en la STC 148/2016, de 19 de septiembre, constataron la concurrencia de la referida infracción cons- titucional en sendos procesos sobre cláusulas suelo hipotecarias en los que el órgano judicial actuante había apreciado indebidamente una situación de prejudicialidad o litispendencia, lo que le había llevado a dejar impre- juzgado el fondo de la pretensión oportunamente deducida por la actora;

y STC 60/2017, de 22 de mayo, en relación con la inadmisión de un re- curso contencioso-administrativo al entender el juzgado que se trataba de un incidente de ejecución de una sentencia previa del mismo órgano juris- diccional, siendo así que el tribunal sentenciador había inadmitido la mis- ma pretensión cuando se le había presentado en forma incidental al repu- tarla un recurso contencioso-administrativo autónomo. La Sala Segunda, en la STC 12/2017, de 30 de enero, otorgó el amparo a una organización sindical a la que se había inadmitido su recurso contencioso-administra-

tivo por falta de un requisito procedimental subsanable, sin darle ocasión de proceder a la subsanación.

Sobre acceso al recurso legal se dictaron 13 sentencias.

Una primera aproximación a estas sentencias permite hacer referencia a las dictadas por las Salas antes del pronunciamiento por el Pleno del Tri- bunal de la STC 115/2017, de 19 de octubre, que inició una serie de seis sentencias que se cerró con la 149/2017, de 18 de diciembre. Antes de la sentencia plenaria de 19 de octubre de 2017, la Sala Primera había otor- gado tres amparos por vulneración del derecho al recurso: SSTC 42/2017, de 24 de abril, en relación con una inadmisión de recurso de suplicación laboral que representaba una reducción de la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales, pues en el caso el recurso pretendía reparar la vulneración de tales derechos, y 70/2017, de 5 de junio, y 104/2017, de 18 de septiembre, ambas sobre inadmisión de recurso de apelación por impago de la tasa judicial luego declarada inconstitucional. Por este mis- mo motivo, la Sala Segunda había otorgado el amparo en cuatro senten- cias (SSTC 40/2017, de 24 de abril; 74/2017, de 19 de junio; 83/2017 y 84/2017, de 3 de julio).

La STC 115/2017, de 19 de octubre, dictada por el Pleno, otorgó el am- paro a un trabajador municipal que había sido despedido en ejecución de un acuerdo de amortización de plazas adoptado por la junta de gobierno local. En aplicación de la doctrina sentada en la STC 147/2016, de 19 de septiembre, la sentencia que ahora se reseña aseveró que la ausencia de todo pronunciamiento, en la sentencia de casación, sobre la incompeten- cia del órgano administrativo, tempestivamente aducida por el actor, re- presentaba una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente de derecho al recurso. Esta sentencia cuenta con un voto parti- cular suscrito por dos magistrados e inicia una serie compuesta por otras cinco sentencias: en las SSTC 126/2017 y 127/2017, de 13 de noviembre, la Sala Segunda otorgó el amparo; en la STC 129/2017, de 13 de noviem- bre, la Sala Primera hizo lo propio, en sentencia a la que se formuló un voto particular; en las SSTC 136/2017, de 27 de noviembre, y 148/2017, de 18 de noviembre, por el contrario, la Sala Segunda denegó el amparo pues la incompetencia de la junta de gobierno no había sido alegada por la actora en el proceso judicial correspondiente.

b) Interdicción de la indefensión

En ocho sentencias se otorgó el amparo por incumplimiento del mandato de proscripción de la indefensión. En cuatro de los asuntos resueltos por dichas sentencias la indefensión se había producido por defectos en el emplazamiento de la parte demandada en procedimientos de ejecución hipotecaria (SSTC 5/2017 y 6/2017, de 16 de enero; 106/2017, de 18 de septiembre, y 138/2017, de 27 de noviembre). En otros dos el vicio con- sistió en la falta de asistencia del Ministerio Fiscal a la vista oral de sendos procesos de incapacitación (SSTC 31/2017, de 27 de febrero, y 85/2017, de 3 de julio). En la STC 50/2017, de 8 de mayo, se otorgó el amparo a un ciudadano francés a quien, en un juicio ordinario de reclamación de cantidad, se había emplazado mediante edictos sin agotar las posibilida- des de cooperación judicial en el seno de la Unión Europea. En la STC 137/2017, de 27 de noviembre, la inadecuada constitución de la re- lación procesal debida a la falta de diligencia del órgano jurisdiccional actuante se había producido en un juicio verbal de desahucio y reclama- ción de rentas.

c) Fundamentación en Derecho y motivación de las resoluciones judiciales

Además de la ya mencionada STC 96/2017, de 17 de julio, defectuosa motivación en una resolución judicial que determinó el modo de cumpli- miento de una condena penal, se dictaron otras cinco sentencias que otor- garon el amparo por deficiencias en la motivación de las resoluciones ju- diciales en cada caso controvertidas.

La Sala Segunda, en la STC 14/2017, de 30 de enero, otorgó el amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva a un extranjero con residencia permanente en España y que padecía una discapacidad, que había sido objeto de expulsión del territorio nacional como conse- cuencia de la imposición de una condena de pena privativa de libertad superior a un año. La sentencia concluyó que se había vulnerado el dere- cho a la tutela judicial efectiva al constatar la ausencia de una adecuada ponderación tanto de la situación de especial vulnerabilidad del deman- dante de amparo como de su arraigo en España. Por su parte, la Sala Primera, en la STC 29/2017, de 27 de febrero, otorgó el amparo a una extranjera residente en España a quien se sustituyó una pena inicial de

dos años de prisión por la expulsión y prohibición de entrada al territorio nacional, y por consiguiente al espacio Schengen, durante seis años. Tam- bién en este caso tanto la resolución administrativa inicial como la judicial que la confirmó se hallaban ayunas de una adecuada ponderación del arraigo familiar de la afectada.

La STC 30/2017, de 27 de febrero, de la Sala Segunda, otorgó el ampa- ro a un taxista que fuera sancionado por una infracción prevista en un precepto que, andando el tiempo, la STC 13/2013, de 28 de enero, de- claró inconstitucional. Planteado un incidente de nulidad de actuacio- nes, el órgano judicial sentenciador no atendió a la mencionada anula- ción del precepto en el que se tipificaba la conducta que había dejado de ser ilícita.

La STC 75/2017, de 19 de junio, de la Sala Primera, otorgó el amparo frente a las resoluciones dictadas en apelación en un proceso de ejecución hipotecaria desatendiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el concepto de consumidor. Reiterando la doctrina recogida en las SSTC 145/2012, de 2 de julio, y 232/2015, de 5 de noviembre, la sentencia que ahora se reseña declara la vulneración del derecho a la tu- tela judicial efectiva por infracción del principio de primacía del Derecho de la Unión Europea, lo que dio lugar a una selección irrazonable de la norma aplicable al caso.

Finalmente, en la STC 135/2017, de 27 de noviembre, la Sala Segunda otorgó el amparo y declaró la nulidad de una providencia de inadmisión de un incidente de nulidad de actuaciones que había dejado sin explica- ción la decisión de no plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Por el contrario, en la STC 128/2017, de 13 de noviembre, la Sala Prime- ra desestimó un recurso de amparo en el que también se denunciaba de- fectuosa motivación en un proceso en el que se impugnaba una liquida- ción del impuesto sobre el incremento de valor de los inmuebles de naturaleza urbana. En esta ocasión, el órgano judicial sentenciador había motivado adecuadamente la valoración de la prueba obrante en las actua- ciones, así como la imposibilidad de compartir el alegato de confiscatorie- dad dirigido contra el tributo objeto de liquidación.

In document Memoria 2017 (página 88-92)