Número 66 Viernes l.° de Junio de 1894 25 céntimos
BOLEir 1
DE LA PROVINCIA DE A L B A C E T E
P R i.riO ^ S. SCRJCIÓií.— Enla Capital: Por un trimestrp, 4 pesetas.— Por un :! I ’RKCIOS OE AJNT'JS'CIOS.—Los anuncios particulares que se niiícran insertar en el semestre, 7 id. or an ano, l2'o0^id.— FuKRA dkla Ca pital: Por tm trimestre, 5p'‘s e t a s .Bolf'pín, previa lieeneia de.) limo. Sr. Gobernador, pagarán: De 1 á 6 líneas, primera Por un seme-tre, a in. Por un año, 15 W.—Los edictos y sentencian de los Juzgados y :■ vez, 1 pi'S’ tn.—De 7 á 15 id. 1*50 id.— De 16 á 3U id., 2 id.—De 30 en adelante, precio iribnnales que se inserten en este periódico, y no sean de oñcio, pagarán 25 céntimo t Ü convt-ncional; por eada repetición, la'mitad.— Se pubUvra los i.un'>s, Miéreo.es y Viernes,
de peseta por linea. ^ Las reclamaciones al Director de la Imprenta D. líai'ael Serna López.
leccioit too
PRESIDENCIA DEL CONSEJD DE MINISTROS
SS. MM. el R
eyy la R
ein.\ Regente (Q. D. G.) y Augusta Real familia con
tinúan en esta Corte sin novedad en su importante salud.
(Gacetadel día 31 Mayo.) MINISTERIO DE FOMENTO
Dirección general de Instrucción pública.
Se halla vacaiite ea la Facultad de Medicina de la Uaiversidad de Sevilla, establecida en Cá
diz, la cátedra de Patología general con su clí
nica, dotada con el sueldo auual de 3.500 pese
tas, la cual ha de proveerse por concurso con arreglo á lo dispuesto eu el art. 226 de la ley de 9 de Septiembre de 1857, eu el 2 ° del re
glamento de 15 de Enero de 1870 y demás legis
lación vigente.
Pueden tomar parte en este concurso los ca
tedráticos numerarios de asignatura análoga y ios Auxiliares de la misma Facultad que tengan reconocido y conserven el derecho de concursar cátedras. Unos y otros deben hallarse en pose
sión de los títulos académicos y profesionales de sus respectivas clases.
Los aspirantes dirigirán sus solicitudes docu
mentadas á esta Dirección general, por con
ducto del Rector ó Director del establecimiento en que sirvan, en el plazo improrrogable de un raes, á contar desde la publicación de este anun
cio en la Gaceta.
Según lo dispuesto en el art. 41 del expre
sado reglamento, este anuncio debo publicaise en los /boletines oñciales de las provincias y por medio de edictos en todos los establecimientos públicos de enseñanza de la Nación; lo cual se
advierte para que las Autoridades respectivas dispongan que así se verifique desdo luego sin más aviso que el presento.
Madrid 22 de Mayo do 1894.—El Director geueral, Eduardo Vincenti.
§eccioiL í¡OL
G O B I E R N O C I V I L
Circular número 63.
Habiéndose realizado por el Pagador de Obras públicas de esta provincia el libramiento para el pago de los terrenos expropiados que ocupa la travesía de Casas Ibánez, en la carretera de Ca
sas Ibáñe/, á Requena, he dispuesto que el día l-l de Junio de 1894, y ante el Sr. AlcuLd.* de dichi población, se verifique dicho pago á ios indivi
duos que figuran en éi G-xpodieuto respectivo y que á continuación se expresan:
D. José Pó'’ez Soriano.
Juau Francisco Pérez Gómez.
Francisco Jara.
Pedro Antonio Gómez.
José, Ana y María Soriano.
Benito Gómez Sáez.
Miguel Gómez Soriano.
Benito Gómez García.
Francisdo Pérez Blesa.
Antonio Soriano Izquierdo.
Regalado Pérez Descalzo.
Albacete 31 de Mayo de 1894.
El GoberüAflor,
Francisco Ballesteros.
DISTRITO FORESTAL DE ALBACETE
Anuncio.
Eq los días y horas que se expresan en la relación que se inserta á continuación de este
anuncio, se celebrarán eu la Alcaldía do Hellín y en la oficina de esto Distrito forestal, situada en la calle del Carmen, núm. 22 duplicado, principal, de esta capital, la nueva subasta para la enajenación y aprovechamiento del número de quintales métricos de esparto que producen los montes de dicho pueblo, por el tipo de tasa
ción que se expre.sa en la citada relación, para cada uno de los años forestales de 1893*94 y 1894-95; cuya subasta se anuncia de nuevo y lleva á efecto, por no haber cumplido su rema
tante D. Juan Bautista Jiménez con lo que pre
viene la condición 8.* del pliego de ias faculta
tivas y reglamentarias que rigieron para los re
mates que le fueron adjudicados.
Lo que se hace público, por medio de este periódico oficial, para couociraiento del Ayunta
miento interesado y do las personas que deseen tomar parte eu el remate; debiendo hacer pre
sente que las nuevas subastas so celebraráu con sujeción en un todo al pliego do condieione.s fa
cultativas y reglamentarias publicado cu el lelín oficial, núm. 29, correspondiente al día 8 do Marzo de 1893, y que con arreglo á lo pre
venido en la Real orden de 17 de Noviembre do 1873 y demás disposiciones vigentes, correspon
de ser esta subasta doble y simultánea on el pueblo de Hellín y en este Distrito forestal, ex
ceptuando aquella que uo excede de cinco mil pesetas ol tipo de su Lasacióu, que será á la lla
na solo en el pueblo do Hellín.
Todas aquellas subastas que no tengan licl- tadores en la primera, se verificará una segunda licitación á los diez días de cedebrada la primera, bajo el mismo tipo y condiciones, y los expe
dientes de las subastas se remitirán á esta Je
fatura en el mismo día, ó al siguiente de cele
brada aquélla, con su correspondiente copia del acta del remate, para los efectos que procedau.
Albacete 31 de Mayo de 1894.—El Ingenie
ro Jefe del Distrito, José Muría Escribano Pérez.
RELACIÓN de hs montes cupos aprovechamientos del esparto se ha, de verificar prr dos años su contrato, mediante subasta p^Mica, que se cele
brará ante el Alcalde de Hellín y en la oficina del Distrito forestal de esta provincia.
NOíMBRE d e los m ontes
TÉRMINO
donde radican. de quintales NÚMEIÍO métricos.
TASACIÓX p o r c a d a u u a á o .
P e se ta s.
PLAZO qne se concede
para el aprovechamiento. DÍAS T HORAS para la celebración da
lassubastas.
Cañada del Corral... Hellín. 950 6.014 Noventa días. 2 Julio próximo 9 de su mañana.
Cueva Morena... Idem. 1.000 8.375 Idem. 2 id. 10 id.
Dehesillas... Idem. 900 9.031 Idem.
2
id. 11 id.Donceles... Idem. 1.750 10.073 Cien días.
2
id. 12 id.Grajas... Idem. 5.300 36.623 Ciento veinte días.
2
id. 1 de su tarde.Lomas del Gamonar... Idem. 1.700 11.200 Cien días.
3
id. 9 de su mañana.Matanza... Idem. 700 5.800 Ochenta días.
3
id. 10 id.Navazo... Idem. 1.100 9.251 Noventa días.
3
id. 11 id.Ceperos... Idem. 550 3.259 Setenta días. 3 id. 12 id.
Albacete 31 de Mayo de 1894.—El lugeniero Jefe del Distrito, José María Escribano Pérez.
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Boletín Oficial de la Provincia de Albacete
ADMINISTRACIÓN DE HACIENDA
Comisión de Evaluación.
Formado el apóudice de rectificación al ami- llararaiento de la riqueza pública de esta ciudad, que servirá do base para el repartimiento de la contribución de iumuebles, cultivo y ganadería en el pró.'simo año económico de 1894:'95, queda expuesto al público eu la Secretaría de Evalua
ción de esta capital duraute el término de 15 días, contados d'¿sdo el siguiente al do la publica
ción del presente edicto, para que los contribu
yentes que hayan sufrido alteración en su rique
za amillarada, puedan examinarlo y Incer las reclamaciones que estimen procedentes á su dere
cho, con arreglo á lo dispuesto en el artículo 60 del reglamento do 30 de Septiembre de 1885.
Albacete 30 de Mayo de 1894.—El Presi
dente do la Comisión, P. L, José Alcalde.
AYUxNTAMIENTOS
ALBACETE
Extracto de los acuerdos adoptados por él Ayuntamiento de esta ciudad durante el mes de Marzo de 1894.
Sesión del día 5, presidida por el Sr. primer Teniente Alcalde D. Rogelio Martínez Serna, asistiendo los Sres. Concejales Vera, Alcázar (D. Antonio), Martínez Moudéjar, Fernández, Solano, Alcázar (D. Manuel), Dusao, Ramírez, Gómez Piqueras (Ü. Juan), Griñán, Serna y
Molina.
Aprobar el acta de la anterior y varias cuen
tas.Encargar á la Cv^misíón da Escuelas busque local adecuado para trasladar la Superior de ni
ñas de esta ciudad.
Nombrar una Comisión especial para que informe y proponga lo que eu eu sentir proceda sobre un proyecto presentado para variar el sis
tema tributario del cáuon que se paga por ios terrenos desencharoados del canal de María Cris
tina.
Habilitar para depósito administrativo de aceito las habitaciones interiores que existen en el descubierto do la Gasa Consistorial, encar
gando á la Comisión del ramo proponga local para depósito de petróleo.
Encargar á la Gomisióu de Consumos que estudie el medio y proponga al Ayuntamiento lo que estime justo para habilitar almacenes donde puedan pernoctar y colocar sus carros los individuos de tránsito que conduzcan especies de adeudo.
Confirmar el nombramiento interino hecho por el Sr. Alcalde de Fiel de Consumos á favor de D. Apolinar Lara, por haber renunciado el
que servía la plaza.
Encargar al Sr Arquitecto municipal y Au
xiliar de policía urbana, practiquen un reconoci
miento en el antiguo camino que parte de la callo del Padre Romano para el de San Anto
nio, á fin de que quede dicha vía con la anchura que proceda.
Levantarla sesión siendo las siete y media do la noche.
Sesión del día 12, presidida por ol indicado Sr. primor Teniente Alcalde D. Rogelio Martínez Serna, asistiendo los Sres. Concejales Vera, Al
cázar (D. Antonio), Gómez Piqueras (D. José), Solano, Vidal, Alcázar (1). Manuel), Griñán, Serna, Gómoz Piqueras (l). Juan), Dusac, Mo
lina, López-Tello y Ramírez.
Aprobar ol acta de la anterior.
Idem varias cuentas.
Idem el extracto de los acuerdos del Ayun
tamiento de Febrero anterior.
Contestar al Juzgado de instrucción que S. E.
no se muestra parto en la causa que se instru
ye sobre hurto de cuatro peras del alumbrado público.
Autorizar á D. Ramón Jiménez para edifi
car una casa contigua á la carretera de Cuenca á Albacete, ingresando 2 pesetas por derechos de construcción.
Autorizar á la Comisión de festividades pa
ra la adquisición de cera, disponiendo lo demás necesario para la procesión del Saulo Entierro y lo que se requiera en las funciones religiosas de Semana Santa.
Aprobar las reformas hechas por el Sr. Al
calde, de acuerdo con la Comisión, en el ramo de Consumos.
Conceder, con carácter provisional, depósito administrativo á D. José Legorbnro en el local núm. 18 de la calle del Rosario.
Autorizar á la Comisión de cárceles para que disponga el blanqueo de las de esta capital, así como para adquirir seis petates, con sus acce
sorios, y demás uteusilios que se consideren pre
cisos para los presos de las mismas.
Unir una solicitud de varios vecinos de la calle del Padre Romano, en que piden rectifica
ción del camine que parte de dicha calle al pa
seo de carruajes de la Cuba, al expediente ins
truido con el mismo objeto, rasolvieudo que pa
ra la práctica del desliado acordado anterior- meute, concurra también la Comisión de ornato.
Levantar la sesión á las siete y 15 minutos de la noche.
Sesión del día 19, presidida por el referido Sr. primor Teniente Alcalde D. Rogelio Martí
nez Sorna, asistiendo los Sres. Concejales Vera, Alcázar (D, Antonio), Martínez Moudéjar, Gó
mez Piqueras (D. José), Solano, Gómez Pique
ras (D. Juan), Dusac, Griñán, Molina, Serna y López-Tello.
Aprobar el acta de la anterior.
Idem varias cuentas.
Prevenir al Sr. Arquiterto municipal forme y presente en Secretaría inventario de los ense
res que tenga relativos á su cargo.
Autorizar á D. Ricardo Castro para construir UQ panteón de familia eu el terreno que posee
0 0 el cementerio.
Acceder á lo pretendido por D. Valentín Ló
pez Barcbín sobre la obra que ejecuta en su ca
sa de la calle de la Caba.
Manifestar á la Comisión provincial de To
ledo, que por hoy no se le puede abonar la can
tidad que reclama, por carecer de crédito en pre
supuesto, pero que se verá el medio de solventar la deuda como lo permita la situación de esta Caja.
Confirmar el nombramiento hecho por el Sr. Alcalde, con carácter provisional, de Maestra de la Escuela pública de niñas de Pozo Cañada, hecho el día 14 á favor de ü .‘ Trinidad Fer
nández.
Autorizar á 1). Julio Molina para sustituir el kiosco que tiene establecido á la entrada de la callo de Alfonso XII con otro de mayores di
mensiones.
Modificar el acuerdo adoptado anteriormente prohibiendo entrar materiales coa carros en el cementerio para la construcción de panteones, en el sentido de que puedan hacerlo, á condición de arreglar por su cuenta los desperfectos que con ello puedan ocasionar.
Adquirir dos aljofainas, dos jarros y dos cu
bos de cinc con destino á la sala de autopsias del comen terio.
Pintar el cenador de hierro colocado en ol paseo de la Feria.
Levantar la sesión siendo las siete y medía de la noche.
Sesión del día 26, presidida por el Sr. Al
calde D. Manuel Méndez S:íntodomingo, asis
tiendo los Sres. Coiicejales Martínez Serna, Lo
zano, Vera, Alcázar (D. Antonio), Martínez Mondéjar, Fernández, Gómez Piqueras (D. Jo
sé), Gómez Piqueras (D. Juan), Griñán, Dusac, Cullell, López'Ttíüo y Molina.
Aprobar el acta de la anterior.
Idem varias cuentas.
Dar de alta en el padrón especial de pobres á varios vecinos de tal clase que así lo solicitan.
Aprobar la distribución de fondos para el mes de Abril próximo.
Autorizar á la Comisión de Hacienda, para que eutendióudoso con la Junta de obras de la Iglesia de San José, contribuya desde luego con la parte racional que estime para colocar uu pararrayos en dicho edificio, que á la vez preser
ve á la Escuela establecida en el mismo.
Pasar a informe y propuesta de la Comisión de Consumos una iustaucia de varios vecinos, habitantes en el lado izquierdo del paseo de la Feria, para que puedan pasar cou sus carruajes por dicho sitio.
Instruir expediente gubernativo en averi
guación de lo ocurrido eu dicho día entre un in
dividuo de la Guardia civil y uu depeudiente de Consumos estando eu ol ejercicio de su cargo, y qu. 0 se dó parte del hecho al Juzgado de ins
trucción.
Levantar la sesión siendo las ocho y media de la noche.
Albacete 31 de Marzo de 1894.—El Secre
tario, David Serna.—V.“ B.°—El Alcalde, Mén
dez.
FUENSANTA
D. Eugenio Jiménez Núñez, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber: Que en sesión celebrada por la Junta municipal eu 23 del actual, se halla ol particular siguiente:
«Dada cuenta, y leído que fue el presupuesto formado para el año económico de 1894-95, que
daron enterados los concurrentes. Acto seguido, y visto que los gastos no pnedeu rebajarse, por figurar úuicaraeote las partidas más indispensa
bles y precisas, ajustadas á la mayor economía, y que eu los ingresos se han utilizado los recur
sos legales eu el grado máximo que permiten las leyes, por la insignificancia que ofrecen los demás arbitrios que podrían utilizarse para con
tribuir á cubrir los gustos del presupuesto men
cionado, se acordó queden aprobados tal y como se hallan eu el citado documento, cuyo porme
nor es como sigue:
Importan los gastos del presupuesto
ordinario para 1894 á 95. . . . 10.852'46 Idem los ingresos por los ar
bitrios de pesos y medi
das... 500 -j
Idem por débitos atrasados [ 1.123^59 de consumos y otros.. . 623*59 )
Diferencia que fa lta. 9.728‘87 Para cubrir esta cantidad se consignan por los recursos legales propuestos en el capítulo 9.“ del presupuesto de ingresos por recargos so
bre la contribución territorial é industrial, có- dulps personales y consumos, segúu se detalla en la relación de ingresos, la cantidad de 5.908 pesetas 69 céntimos, resultando una diferencia de 3.820 pesetas 18 céntimos. Este déficit, en atención á que la Junta no halla dentro de la ley recursos para cubrirlo, y teniendo en cuenta que no cabe hacer en el presupuesto más econo
mías, según queda demostrado, acuerda, para la nivelación del mismo, establecer uu arbitrio ex- traordiuario sobre las especies de consumo no comprendidas en la tarifa general, que á conti
nuación se expresan, para lo que se instruirá el oportuno expediente y pedirá autorización al Exorno. Sr. Ministro do la Gobernación, decoc- formidati con lo prevenido eu las Reales órdenes de 3 de Agosto de 1878, 27 do Mayo y 14 de Diciembre de 1887 y 5 de Abril de 1889, eu ar
monía con la de 13 de Enero de 1892) cuyas especies y gravamen es como sigue.
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ESPECIES GRAVADAS UNIDAD
Precio medio de la unidad.
Pesetas.
Consmnoanual caluukdo.
Unidades.
Arbitrio
■ obre la unidad.
Pesetas.
raoDuxTO total.
Pesetas.
P atatas... 10 kilogramos. 1 10.000 0‘12 1.200
Paja de cereales... 10 id. 0‘50 18.000 0 ‘lü 1.800 Leña... 10 id. 0‘20 21.381 0‘03 6 U ‘43
Aves, liebres y conejos, etc. . . Una. 1‘75 715 0‘25 178‘75
Total de arbitrios extraordinarios. 3.820M8 En tal estado so acordó autorizar al Sr. Al
calde Presidente para formar y tramitar el ex
pediento de los arbitrios referidos, remitiéndolo al Ministerio de la Gobernación, por conducto dol Sr. Gobernador civil de la provincia, á los efectos de la autorización para recaudar el repe
tido arbitrio cu la forma que el impuesto de con
sumos, según previenen las leyes; haciéndose constar, de conformidad con la Real orden do 22 de Febrero de 1892, que las especies c»»mprendi- das en el arbitrio extraordinario están exceptua
das en el do pesos y medidas, debiendo consig
narse así en el expediente de arriando del cita
do arbitrio.»
Lo que so hace público, por medio del pre
sente, para que llegue á conocimiento de todos y en cumplimiento da las disposiciones vigentes en la materia.
Fuensanta 25 de Mayo de 1894.—Eugenio Jiménez.—Por su mandado, Antonio de Cerece
da y González, Secretario.
VILLAVERDE
Terminado el padrón do cédulas personales de este pueblo para el próximo año 1894 á 1895, queda expuesto al público sobre la mesa de es
ta Secretaría por término de 15 días, contados desde el siguiente al on que este anuncio apa
rezca inserto en el Boletín oficial de esta pro
vincia, á fin do que pueda ser examinado y pro
ducirse por escrito las reclamaciones que juz
guen pertinentes.
Villaverdo 16 de Mayo de 1894.—El Alcal
de, Mateo Flores,
BALSA DE VÉ3
D. Prisciliaao Serrano Sácaro, Secretario dol Ayuntamiento constitucional de esta villa.
G'^.rtiñco que en el acta de la sesión celebra
da por la Jauta municipal de esta villa el día 12 del actual, se encuentra el siguiente
^Particular.—Se dió lectura á la Reul or
den-circular, fecha 14 de Marzo de 1890, á la de 5 de Abril de 1889 y á la que ésta declarcU vi
gente de 3 de Agosto de 1878; y enterados los concurrentes, en conformidad á lo provenido en la regla 1.^ de la disposición 2.* de dicha Real orden de 3 de Agosto de 1878, procedieron á re
visar el presupuesto ordinario para el ano eco
nómico de 1894-95, á fin de introducir en el mismo todas las economías que sin perjuicio de los servicios se pudiesen realizar, y no resultan
do posible ninguua, por hallarse ajustado dicho presupuesto en nu todo á las necesidades de la localidad, la Junta municipal, ratificando su aprobación á la totalidad de ingresos en la can
tidad que aparecen consignados de 7.205 pese
tas 27 céntimos y los gastos en la de 11.724 pe
setas 77 céntimos, por lo que aparece toilavia subsistente un déficit de 4.519 pesetas 50 cén
timos, teniendo on cuenta que en los ingresos sb han consignado cuantos recursos autorizan las leyes vigentes, y que para enjugar dicho déficit, no permitiéndose el repartimiento vecinal, es el medio menos gravoso para los vecinos el de «es
tablecer un arbitrio extraordinario sobre artícu
los no comprendidos en la tarifa general de con
sumos, por unanimidad acuerda:
1.* Que se proponga al Gobierno los recur
sos extraordinarios comprendidos en la siguiente Tarifa de arbitrios que se propone al Gobierno para cubrir el déficit del presupuesto ordinario
para el año económico de 1894 á 1895 sobre artículos de comer, beber y arder no comprendi
dos en la general del impuesto de Consimios.
ARTÍCULOS Unidades. Preciomedio.
Pesetas.
Arbitrio.
Pesetas.
C onsum o
cnicuiado
d u r a n ie el año.
Kilogramos.
PRODTXTO anual.
Pesetas.
Paja de todas clases y plantas fo
rrajeras para el ganado. . 10 kilos. 0‘o0 040 170.000 1.700
Leñas de todas clases, exceptuando
las destinadas para la industria. 10 id. 0‘25 0‘05 223.900 l.U 9 ‘50 Patatas... 10 id. 0‘50 040 170.000 1.700
Total. 4.519'50
2.® Que se cumpla con lo mandado en la re
gla 2." de la Real orden de 3 de Agosto de 1878, remitiendo al Sr. Gobernador civil de la provin
cia, para su iuserción en el Boletín oficial^ co
pia literal de este particular, que además ha de fijarse al público; y transcurrido el plazo á que se refiero la regla 4.*, se manden á dicha Aulo- rruad los documentos á que la repetida regla 4.*
8 0 contrae para que, previos los informes preve
nidos en la 5.“, tenga á bien elevarlos al Exce
lentísimo Sr, Ministro de la Gobernación.
Sin más asuntos de que tratar se levantó la s'>aión y firman los Sres. Concejales y asociados presentes, de que yo el Secretario certifico. — Pe
dro José Gómez.—Juan José González. — Pedro Juan Pérez. — Pedro Hernández.---Francisco Aba —Pascual Pardo. —Fraiiciaco Hernández.—
Vicente Tolmo.—Pedro Martínez.— Alejandro Arenas —Juan García.—Ans3lmoHernández.—
Antonio Martínez.—Prisciliano Serrano, Secre
tario.»
Corresponde bien y fielmente con su origi
nal. Y para que conste expido la presente que, visada por el Sr. Alcalde, firmo en Balsa de Ves á 15 de Mayo de 1894.—Prisciliano Serrano.—
V.° B.°—Pedro José Gómez.
VIVEROS
D. Miguel Sjrrallé Fernández, Alcalde consti
tucional de esta villa.
Hago saber: Que por terminación de contra
to queda vacante, desde 1.® de Julio próxi mo venidero, la plaza de Módico Cirujano titular de esta villa, dotada con el sueldo anual de 750 pesetas, pagadas por trimestres vencidos,.por la asistencia ficultativa d(j 7o familias pobres, que al efecto serán designadas, y casos legales.
Lo que se anuncia al público, por medio del presente, á fin de que los aspirantes ú dicha pla
za presenten eii esta Alcaldía las solicitudes, debidamente documentuJas, durante el plazo de 30 días, á contar desde el siguiente á la inser
ción de este anuncio on ol Boletín oficial do la provincia; advirtiéudoles que con el resto del vecindario pueden pactar las correspondientes igualas.
Viveros 28 de Mayo Je 1894.—Miguel Se- rrallé.
D. Miguel Serrallo Fernández, .Alcalde consti
tucional do esta villa.
Hago saber: Q le por acuerdo del Ayunta
miento y asociados en Jimta municipal, y bajo el tipo ji coiiilicion-^s que constan en el oportuno expediente, queso halla de manifiesto en esta Secretaría, so subasta públicamente el arriendo del arbitrio municipal establecido sobro el uso obligatorio do las pesas y medidas, por todo ol año económico de 1894 á 95; cuyo acto-tendrá lugar en estas Casas Consistoria'es el día 15 do Junio próximo venidero, de once á doce do r&w mañana.
Si cu dicha subasta no se presentasen Uci- tadores que hagan postaras admisibles, se cele
brará una segunda ol día 20 de dicho mes, á la misma hora y en el propio local, admitiéndose posturas con la rebaja de un 25 por 100.
Viveros 28 de Mayo de 1894.—Miguel Se- rralló.
OHTUR
D. Bonito Moreno loza, Teniente Coronel retira
do y Alcalde constitucional de esta villa, Hace sabor: Que bajo o! tipo y condiciones que constan en el pliego que se llalla de mani
fiesto en la Secretaría de usté Ayuntamiento, sa saca á pública subasta el arriendo do pesos y medidas y puestos públicos de uso voluntario do esta villa para el año económico de 1894 á 95, bajo el tipo de 500 pesetas; debiendo-tener lugar la subasta en la Sala Capitular en los días 12 y 20 de Junio próximo, de diez á once de sus ma
ñanas; debiendo los lieitadores presentar la fian
za prevenida por la ley, según en dicho pliego se expresa.
Lo que se hace público llamando lieitadores.
Ontur 30 de Mayo de 1894.—Benito Moreno.
VILLATOYA
D. Domingo Pardo Jiménez, Alcalde constitu
cional de esta villa.
Hago saber:-Que no habiéndose presentado lieitadores on las dos subastas celebradas para el arrendamiento á venta libra do los derechos da consumos para cubrir el cupo con la Hacienda eó‘ el próximo ejercicio do 1894-95, el Ayunta
miento y asociados han acordado el arrenda
miento á venta exclsiva de las especies compren
didas en los grupos do líquidos y carnes, bajo el tipo de 548 pesetf’s 10 oóntimos; cuya subasta tendrá lugar en la Cusa Consistorial, á los diez días de aparecer inserto el presente en el Boletín oficial de la provincia, y hora de diez á once de
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SU mañana, con sajeción al pliego d« condicio
nes que está de manifiesto en la Secretaría del Ayuntamiento y por pujas á la llana. Si dicha subasta quedase desierta por no presentarse pro
posición admisible, se celebrará otra transcurri
dos ocho días, á la misma hora, previa rectifica
ción de ios precios de venta en un 6 por 100 de aumento; y ai tampoco se presentase proposición admisible, se celebrará la tercera transcurridos otros ocho días, sirvieudo de tipo y amitióndose proposiciones por las dos terceras partes del re
ferido tipo.
Para hacer postura se ha da acreditar tener hecho el depósito en arcas municipales del 2 por loo de la cantidad tipo.
La persona á cuyo favor se adjudique el re
mate ha de prestar fianza, consistente en un 25 por 100 en metálico de la cantidad importe del remate.
Villatoya 22 de Mayo de 1894.—El Alcal
de, Domingo Pardo.
TOB.IRRA
D. José Gómez Jiménez, Alcalde accidental del Ayuntamiento de esta villa.
Hago saber: Que en los días y horas que á contiuuacióu se expresan tendrán lugar en la Sa
la Capitular las subastas para el arrendamien
to de arbitrios municipales y suministro de . alumbrado público, con sujeción á los pliegos de condiciones obrantes en la Secretaría.
Aragón, número 13, con el ñu de citarle y em
plazarle en dicho sumario para ante la Excelen
tísima Audiencia de Albacete; apercibido que de no comparecer le parará el perjuicio que haya lugar.
Dado en Almansa á 29 de Mayo de 1894.—
Mariano González. -P . S. M., Teodolfo Cid.
CLASE DE ARBITRIO Pesos y medidas. .
Matadero público,.
Alumbrado público.
Tasación.
Pesetas. Día dt las subastas.
1.000500 1.750
12 de Junio de 1894 12 id. de id.
12 id. de id.
HORAS en que han de tener lugar,
8 de la mañana,
9 id.
11 id.
Lo que se hace público para conocimiento de los que quieran interesarse en dicha subasta.
Tobarra 29 do Mayo de 1894.—El Alcalde, José Gómez.—P. S. M., Daniel Cbulvi.
ALMANSA
D. Fernando Cuenca Díaz, Alcalde constitucio- nei de esta ciudad.
Hago saber; Que ultimado el padrón de cé
dulas personales da esta ciudad para el próximo año económico de 1894 á 95, queda expuesto al público eu la Secretaría de esta Ayuntamieu- to por término de ocho días, contados desdo el en que aparezca este anuncio inserto en el Bole- tin oficial de la provincia, para que los contribu
yentes en él comprendidos puedan examinarlo y producir las reclamaciones que á su derecho convengan; previniéndoles que transcurrido di
cho plazo no les sarán admitidas las que pre
senten.
Almansa 29 de Mayo da 1894.—Fernando Cuenca.
PATERNA
D. Ricardo Pozo López, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que el día 8 del próximo mes de Junio, de once á doce de su mañana, tendrá lugar en estas Casas Consistoriales la subasta para el arriendo de pesos y medidas do uso obli
gatorio para el año económico da 1894-95. Si en dicha subasta no hubiera iicitadores, se celebra
rá una segunda ocho días después, con la rebaja del 2o por 100 de la cantidad que sirvió de base en la primera. El pliego de condiciones y tipo para la misma, se hallan de manifiesto en la Se
cretaría del Ayuntamiento.
Paterna 20 de Mayo de 1894.—Ricardo Pozo.
D. Ricardo Pozo López, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber: Que el padróu de cédulas perso
nales para el año económico de 1894-95, se ha
lla concluido y expuesto al público por término de quince días, para que los contribuyentes en él comprendidos puedan examinarlo y producir las reclamaciones que vieren convenirles
Paterna 29 de Mayo de 1894.-^Ricardo Pozo.
sobre desobediencia, se subastan las fincas si
guientes:
Tres ctíleniioes de tierra secano, en el sitio de la Redonda, término de Férez, con 17 olivos y algunas parras, equivalentes á 1(5 áreas y 9 ceutiáreas; linda S. herederos de D. Jerónimo García, M. Juan Miranda Requena, P. Cándido Rubio y N. Laureano López Navari’o: tasados en 400 pesetas.
Cuatro celemines de tierra bajo riego, eu di
cho sitio y término, equivalentes á 21 áreas y 46 centiáreas, á olivar y viña; linda S. Félix Gar
cía, M. camino de la Balsa, P. y N. Laureano López Taraayo: tasados en 600 pesetas.
El remate tendrá lugar en la sala audiencia de este Juzgado el día 22 de Junio venidero, á las dio¿ de la mañana, con la rebaja del 25 por loo de la tasación; advirtiendo que para tomar parte eu la subasta se ha da cousiguar previa
mente el 10 por 100 de la tasación y que no se admitirá postura que deje de cubrir las dos ter
ceras partes de dicha tasación.
Dado en Hellín á 28 de Mayo de 1894.-—
Diego López Moya -D e orden de S. S., José María Herreros.
JUZGADOS
HELLIN
nii« costas, GD laS
que fué condenado Juan Ruia Rubio en cama
ALMANSA
D. Mariano González Rotbvoss, Juez de instruc
ción de Almansa y su partido.
Por el presente se cita y llama á Ramón García Valiente, vecino de Fuenteálamo, para que en térmiüo de 20 días, contados desde la pu
blicación de este edicto en el Boletín oficial de esta provincia y Gaceta de Madrid, comparezca en el local de este Juzgado y Escribanía del que refrenda, sito en la calle de Aragón, número 13, con el fin de oirle en el sumario que instruyo sobre hurto de esparto en terrenos pertenecientes al Municipio de dicha villa do Fuenteálamo;
apercibido que de no comparecer seguirán las referidas actuaciones sin oirle.
Dado en Almansa á 29 de Mayo de 1894 — Mariano González.—P. S. M., Teodolfo Cid' v Blanco.
D. Mariano González Rotbvoss, Juez de instruc- ciÓQ de Almansa y su partido.
Por el presente se cita y llama á Juan Fer
nando Rumbo Mínguez, vecino de Alpera, cuyo actual paradero se ignora, proces-ido por hurto de leñas; para que en término de 20 dias, conta
o s desde la publicación de este edicto en la Oaceta de Madrid y Boletín oficial de esta pro
ducía, se persone en el local de este Juzgado y Escribanía del que refrenda, sito en la calle de
SECCIÓN DE FUERA DE LA PROVINCIA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ONTENIENTE D. Enrique Frera y Alvarez, Juez do instrucción
de esta villa y su partido.
Por la presente requisitoria so cita, llama y emplaza á Juau Valles Martínez, do 24 á 26 años de edad, bajo, grueso, cara ancha, pelo negro, barba bastante cerrada y afeitada; viste pantalón de puntillón, blusa rayada y camisa también rayada de negro; cuyo sujeto, si bien se ignora su domicilio, es al parecer natural de Picazo (.Albacete), y se le cita para que dentro de diez días, eoutados desde la publicación de esta requisitoria en los periódicos oficiales on que so ha mandado insertar, comparezca ante este Juzgado á recibirle indagatoria eu el suma
rio que se instruye centra el mismo y otro por burtus; bajo apereibimieuto de que en otro caso será declarado rebelde y le parará el perjuicio á que hubiere lugar con arreglo á la ley.**
Al propio tiempo se suplica y encarga á las Autoridades y agentes de policía judicial, proce
dan ú la busca y captura del Juan Vallés, y caso de ser habido, ordenen su conducción á la cárcel de este partido á disposición de este Juz
gado.
Dado eu Onteniente á 18 de Mayo de 1894.—Enrique Frera.—Francisco Tormo.
EDICTO
D. Francisco Luna Martínez , primer Teniente del segundo Deposito do Reserva de Ingenie
ros y Juez instructor en el expediento que por falta de incorporación á filas se sigue al reser
vista de este Depósito Pedro Pérez Mora, que perteneció al Batallón de Telégrafos y no se presentó en esta capital cuando por Real de
creto do 4 de Noviembre último fué llamada la reserva activa;
Usando de la jurisdicción que me concede el Código de j!:sticia Militar, por la presente segunda requisitoria cito, llamo y emplazo á di
cho iudividuo para quo en. el término de quince días, á contar de su publicación, se presento en este Juzgado, sito eu el cuartel do Saa Herme
negildo de esta plaza, á fiu de que sean oídos sus descargos; bajo apercibimiento de ser decla
rado rebelde si no compareciese eu el referido pla- zo, siguiéndosele la responsabilidad á que baj'a lugar.
Ruego á las Autoridades civiles y militares den las oportunas órdenes para que practiquen activas diligencias sus agentes y capturen á Pedro Pérez Mora, caso de ser habido; sus señas son: hijo de Julián y de Brígida, natural de Ho
llín, provincia do Albacete, avecindado en 1889 en Sevilla y en 1893 eu Andújar, de edad de 24 años, estatura 1‘682 metros, pelo negro, cejas al pelo, ojos negros, nariz regular, barba poca, color poco, oficio mozo de estación, fue declarado soldado para el reemplazo de 1889.
Y para que la presente requisitoria tanga la debida publicidail, insértese eu el Boletín oficial de la provincia de Jaén.
En Sevilla á 22 de Mayo de 1894.—El pri
mer reiiiente, Juez instructor. Francisco Luna.
P. S. M., el Cabo Secretario, Juan Zamora.
L-
IMPRENTA PROVINCIAL
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»