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Número 112

SUMARIO

Pág.

1 eria

General de la Seguridad Social: Unidad de Recaudación Ejecutiva número

3

de Albacete.

nutricios de subasta de bienes

2

iinistración Local

11

(ación de Albacete:

Organisnio

Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete. Anuncio

7

11 lamientos

de:

Almansa, Hellín, Lezuza, Montealegre

del Castillo y

Motilleja 9

in

bt

brutal

Superior de Justicia de la

Región de Murcia: Sala de lo Social. Edicto

14

rulo de lo Social: Número

I

de Albacete

14

o

ercoles 17 de Septiembre, 1997

n inistración Civil y Autonómica

'

delegación del Gobierno de Albacete: Notificación

iinistración de Justicia

sal

Superior

de

Justicia

de

Castilla-La

Mancha: Edictos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo

12

BOLETÍN OFICIAL

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

rulos de Primera Instancia

e Instrucción: NÚMel-OS

I,

2

y

3

de Albacete y número

I

de

Hellín 15

ADMINISTRACIÓN CIVIL Y AUTONÓMICA

BDELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE ALBACETE

TIFICACIÓN

gnorändose el domicilio actual de don Luis Sevilla ada, an teriormente domiciliado en calle Tinte, 27-7°

'cha de Albacete, yeti cumplimiento de lo prevenido .1 articulo 594 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, Réghnen Jurídico de las Administraciones Públicas el Procedimiento Administrativo Común, se publica

el presente edicto para que sirva de notificación de la propuesta de resolución sancionadora del expediente 2.276/97, cuyo tenor literal es el siguiente:

Doña María Pilar Fajardo López, Instructora de ex- pediente sancionador número 2.276/97, en materia de armas, incoado por esta Subdelegación del Gobierno a

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(2)

2 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 B.O.P. número 0-2 Luis Sevilla Tejada.

Una vez concluida la tramitación del procedimiento, y conforme a las disposiciones establecidas en materia sancionadora por los artículos 127 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi- nistrativo Común, y concordantes del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sanciona- dora, aprobado por Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto (BOE número 189, de 9/agosto), formula la siguiente:

Propuesta de resolución sancionadora Resultando: Que por esta Subdelegación del Gobier- no, con fecha 18/julio/97. se acordó la incoación de expediente sancionador contra Luis Sevilla Tejada. por presunta infracción grave contra el artículo 23. párrafo a) de la citada Ley y el artículo 156, párrafo f) del Reglamento de Armas.

Este acuerdo, que incluye la designación de Instruc- tor y Secretario y los demás pronunciamientos estable- cidos reglamentariamente, se notificó al interesado.

concediéndole el plazo de quince días para formular aleg aciones y aportar documentos o proponer los me- dios de prueba convenientes a su derecho.

Resultando: Que notificado acuerdo de incoación con fecha 24/julio/97. se le concede el plazo legal pra formular alegaciones, sin que haya ejercitado dicho derecho.

Resultando: Concluida la instrucción, resultan pro- bados e imputados al denunciado los siguientes

Hechos: Mantener en su poder el revólver de su propiedad marca «Astra», calibre 38 SP, número 259.584, teniendo caducada la licencia de armas tipo

«E», número 05.168.892 desde el 09/junio/95.

Vistos: La Ley Orgánica 1/92. de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, la Ley 6/97. de 14 de abril. de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Estado. el Reglamen- to de Annas aprobado por R.D. 137/93, de 29 de enero, la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sanciona- dora. aprobado por Real Decreto 1.398/93, de 4 de agosto. (B.O.E. número 189, de 9/agosto).

Considerando: Que el artículo 29.1.d de la Ley Orgá- nica 1/92. de 21 de febrero, atribuye al Gobernador Civil la competencia para imponer sanciones, en cuan- tía de hasta un millón de pesetas, facultad que, conforme a la distribución de competencias realizada por la Dis- posición Adicional cuarta de la Ley de Ordenación y Funcionamiento de la Administración General del Esta- do, Ley 6/97, de 14 de abril. se atribuye actualmente a los Delegados del Gobierno.

Considerando: Que el procedimiento instruido se ha seguido conforme a los trámites del procedimiento ordinario regulado en el citado Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Considerando: Que transcurrido el plazo regl amen- tario no habiendo formulado descargos. hay que atri-

buir veracidad y fuerza probatoria a la denuncia (S.T.S. de 8-2-71, 5-3-79 y 11-12-80).

Considerando: Que los hechos probados constituyen una infracción tipificada como falta grave por el artícu-

lo 23.a) de la citada Ley y el artículo 156. párrafo 0, del

Reglamento de Armas y pueden ser sancionados coa

multa de 50.001 a 200.000 pesetas.

Considerando: Que si bien los hechos denunciados por imperativo legal hay que calificarlos como graves ,

teniendo en cuenta el principio de proporcionalidad que ha de informar tanto en el ámbito penal como en el

sancionador administrativo. se propone una multa de

25.000 pesetas y no de 50.001, cantidad mínima fijada

para sancionar conforme a la normativa vigente las

infracciones graves, al tener en cuenta las circunstar.

cias en que concurren los hechos.

En virtud de lo expuesto se propone:

Primero: Declarar a Luis Sevilla Tejada, responsable de una falta grave contra el artículo 23.a) de la citada

Ley, en relación con el artículo 156.f) del Reglamento de Armas.

Segundo: Imponerle en consecuencia una sanción de

25.000 pesetas.

No obstante V.E. resolverá lo procedente.

Albacete, 19 de agosto de 1997.—La Instructora.

María Pilar Fajardo López.

Notificación de la propuesta de resolución sancionadora

Con esta misma fecha, la Instructora ha formulado al Excmo. Sr. Delegado del Gobierno propuesta de resolu- ción sancionadora del expediente sancionador número 2.276/97, contra Luis Sevilla Tejada.

Lo que le notifico, con traslado del texto de la propuesta de resolución sancionadora, para Si conocimiento y efectos; así corno relación de los docu- mentos obrantes en el expediente.

Al propio tiempo le informo del derecho que le asiste, de conformidad con lo preceptuado en el artí- culo 19 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobad o por R.D. 1.398/93, de 4 de agosto. para que en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la recepción del presente escrito, pueda alegar cuanto considere conve- niente en su defensa.

Albacete, 19 de agosto de 1997.—El Subdelegado del Gobierno Acctal., Juan José Sendra Nadal. 011.194

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Unidad de Recaudación Ejecutiva número 3 de Albacete ANUNCIOS DE SUBASTA DE BIENES

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02/03 de Albacete.

Hace saber: En el expediente administrativo de apre-

mio que se instruye en esta Unidad de Recaudación ami cargo contra el deudor don Manuel Zafra Camac ho, con domicilio en Ossa de Montiel, c/ Álvarez Quinter o, 25.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(3)

B.O.P. número 112 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 3

rdébito s del régimen Autónomos según el expediente limero 02 03 95 56071, que importan al día de la fecha a cantidad de 1.211.510 pesetas, se ha dictado por el rector Provincial de la Tesorería General de la Segu- dad Social la siguiente:

Providencia:

Una vez autorizada, con fecha 4 de

septiembre de 1997, la subasta de bienes inmuebles ropiedad del deudor de referencia, que le fueron em- argados en procedimiento administrativo de apremio

temido contra dicho deudor con fecha 31 de enero de 1997. procédase a la celebración de la citada subasta el la 7de octubre de 1997, a las 9.30 horas, en los locales e la U.R.E. en calle Cristóbal Lozano, 12 de Albacete, obsérvense en su trámite y realización las prescripcio- es de los artículos 146 a 154 del Reglamento General e Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, los acreedores hipotecarios y demás acreedores, así

como al cónyuge de dicho deudor, si procede, y anún-

ciense los edictos que se publicarán en la Casa Consis- rial. en esta U.R.E., y en el B.O.P., y remítase uno de os ejemplares a la Dirección Provincial de la Tesorería General.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen

licitaren dicha subasta lo siguiente:

I.-Que los bienes embargados a enajenar son los

siguientes:

Descripción de las fincas embargadas

Deudor: Manuel Zafra Camacho.

Finca número: Uno.

Datos registrales: Número finca, 4.734; tomo, 731;

libro, 34; folio, 163 vto.

Descripción ampliada:

Urbana: Tierra de secano. Dehesa llamada de El Sabinar, en La Vega, de caber 1 Ha.,35 a. Dentro de su perímetro existe una nave para conejos; tiene una longi- tud de 40 m.. por una anchura de 10 m., ocupando una superficie de 400m2. La altura de los pilares es de 5m., su estructura metálica; siendo su recubrimiento en cha- pa Cindu.

Condiciones económicas

Tipo de subasta en primera licitación: 2.800.000 pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación: 2.100.000 pesetas.

Tipo de subasta en tercera licitación (si se celebra- se): 1.400.000 pesetas.

Finca número: Dos.

Datos registrales: Número finca, 4.051; tomo, 661;

libro, 29; folio, 9.

De scripción ampliada:

Rústica: Novena parte indivisa de una tierra al sitio Puntal de V illahermosa, de caber 11 Ha., 20a.

Condiciones económicas

Tipo de subasta en primera licitación: 373.334 Ptas.

Tipo de subasta en segunda licitación: 280.001 Ptas.

Tipo de subasta en tercera licitación (si se celebra- se): 1 86.667 pesetas.

2 •-Que todo licitadór . habra de constituir ante el Recaudador Ejecutivo o ante la mesa de subasta un

depósito de, al menos, el 25% del tipo de subasta de los bienes por los que desee pujar, pudiendo efectuarse tanto en metálico como mediante cheque conformado por Banco o Caja de Ahorros a nombre de la Unidad de Recaudación Ejecutiva. advirtiéndose que el depósito se ingresará en firme en la cuenta restringida de recau- dación de la Unidad actuante si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio del remate, independientemen- te de la responsabilidad en que incurrirán por los mayo- res perjuicios que del incumplimiento de tal obligación deriven.

3.-Los depósitos podrán ser constituidos desde el mismo día de publicación del presente anuncio hasta la iniciación del acto de constitución de la mesa, formali- zándose ante el Recaudador Ejecutivo o, en su caso, ante la mesa de subasta. Todo depositante al constituir el depósito, podrá además formular postura superior a la mínima acompañando al sobre que contenga el depósito otro cerrado en el que incluya dicha postura superior y exprese el/los lote/s a que esté referida. En su exterior deberá figurar la licitación en la que quiere participar.

4.-Constituido un depósito para cualquier licitación, se considerará que el depositante ofrece la postura mínima que corresponda al tipo de subasta. Sin perjui- cio de que pudiera efectuar otra u otras posturas superio- res a la mínima, bien en sobre cerrado, o bien durante la correspondiente licitación.

5.-La subasta es única, si bien comprenderá dos licitaciones y, en su caso, si así lo decide el Presidente de la mesa de subasta, una tercera licitación. Constitui- da la mesa y leído el anuncio de subasta, por la Presiden- cia se concederá el plazo necesario para que los licita- dores se identifiquen como tales y constituyan el pre- ceptivo depósito, admitiéndose en esta primera licita- ción posturas que igualen o superen el tipo de cada bien, subastándose éstos de forma sucesiva.

Cuando en primera licitación no existieran postores o, aún concurriendo, el importe de los adjudicados no fuera suficiente para saldar los débitos, se procederá a una segunda licitación, admitiéndose posturas que igua- len o superen el importe del nuevo tipo, que será el 75%

del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin, se abrirá un nuevo plazo por el tiempo necesario para la constitución de nuevos depósitos de al menos el 25% de ese nuevo tipo de subasta. Cuando en la segunda licita- ción tampoco existieren postores o, aun concurriendo, el importe del remate de los bienes adjudicados fuera aún insuficiente, la Presidencia en el mismo acto podrá anunciar la realización de una tercera licitación que se celebrará seguidamente. Esta tendrá las mismas parti- cularidades y efectos que las anteriores, siendo el tipo de subasta el 50% del tipo en primera licitación.

6.-En todas las licitaciones las posturas mínimas que se vayan formulando deberán guardar una diferencia de, al menos, el 2% del tipo de subasta.

7.-Los licitadores, al tiempo de remate, podrán ma- nifestar que lo hacen en calidad de ceder a terceros, cuyo nombre además precisarán al efectuar el pago de la adjudicación, con la finalidad de que pueda otorgarse el documento o escritura de venta a favor del cesionario_

8.-E1 rematante deberá entregar en el acto de la adjudicación definitiva de los bienes la diferencia entre

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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4 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 B.O.P. númerj-ip

el depósito constituido y el precio de adjudicación.

9.—La subasta se suspenderá antes de la adjudicación de los bienes si se hace el pago de la deuda, intereses en su caso, recargos y costas del procedimiento.

10.—Si en segunda licitación, o en su caso tercera, no se hubiesen enajenado todos o alguno de los bienes y siguieran sin cubrirse los débitos perseguidos, se proce- derá a celebrar su venta mediante gestión directa por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

I I .—Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. Sin cargas conocidas.

12.—Los adjudicatarios deberán conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expedien- te, no teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adju- dicación tendrá eficacia inmatriculadora en los térmi- nos previstos en el artículo 199 b) de la Ley Hipotecaria;

en los demás casos en que sea preciso habrán de proce- der, si les interesa, como dispone el Título VI de la misma Ley.

13.—Terminada la subasta se procederá a devohts sus depósitos a los licitadores, reteniéndose Sólo;

correspondientes a los adjudicatarios.

14.—La Tesorería General de la Seguridad Socialn reserva la posibilidad de ejercer el derecho de tal, durante el plazo de 30 días inmediatamente desputsds la adjudicación de los bienes al mejor postor. En el caso de que sea ejercido el derecho de tanteo, se devolver4 adjudicatario el depósito constituido y la diferentis entre éste y el remate que haya satisfecho.

I5.—Mediante el presente edicto, se tendrán poro«

tificados, a todos los efectos legales, a los deudoresco:

domicilio desconocido ya los acreedores hipotecarios, pignoraticios.

16.—En lo no dispuesto expresamente en el presten anuncio de subasta, se estará a lo establecido ea al Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.637/1995 de 6 de octubre (B.O.E. del día241 Albacete a 5 de septiembre de 1997.—E1 Recaudado Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. P.A. El Jefe di Negociado, Carlos Jiménez Martínez. 011515

El Jefe dula Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02/03 de Albacete.

Hace saber: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recauda- ción a mi cargo contra el deudor don Blas García Belmonte, con domicilio en Villapalacios, c/ Ctra.

Valencia-Córdoba, Km.96, por débitos del Régimen Autónomos y General según el expediente número 02 03 96 96215 y 02 03 97 25110, que importan al día de la fecha la cantidad de 324.770 pesetas, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

Providencia: Una vez autorizada, con fecha 4 de septiembre de 1997, la subasta de bienes muebles pro- piedad del deudor de referencia, que le fueron embarga- dos en procedimiento administrativo de apremio segui- do contra dicho deudor con fecha 14 de marzo de 1997, procédase a la celebración de la citada subasta el día 7 de octubre de 1997, a las 13,30 horas, en los locales de la U.R.E. en calle Cristóbal Lozano, 12 de Albacete, y obsérvense en su trámite y realización las prescripcio- nes de los artículos 146 a 149 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

,Notifíquese esta providencia al deudor, al deposita- rio de los bienes embargados y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y al cónyuge de dicho deudor, y anúnciense los edictos que se publica- rán en la Casa Consistorial, en esta U.R.E., y en el B.O.P., y remítase uno de los ejemplares a la Dirección Provincial de la Tesorería General.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.—Que los bienes embargados a enajenar son los siguientes:

Bienes objeto de la subasta y condiciones económicas Vehículo: Marca Seat Málaga, modelo 1.2 gasolina matrícula AB-6222-I.

Tipo de subasta en primera licitación: 68.000 post«

tas.

Tipo de subasta en segunda licitación: 51.000 pese tus.

Tipo de subasta en tercera licitación (si se celebra«

se): 34.000 pesetas.

2.—Que los bienes embargados se encuentran o poder del depositario don Blas García Belmonte y drán ser examinados por aquéllos a quienes interesen Km. 36,500 de la carretera Balazote-Barrax.

3.—Que todo licitador habrá de constituir ante ti Recaudador Ejecutivo o ante la mesa de subasta uu depósito de, al menos, el 25% del tipo de subasta delos bienes por los que desee pujar, pudiendo efectuaos tanto en metálico como mediante cheque conformado por Banco o Caja de Ahorros a nombre de la Unidaddt Recaudación Ejecutiva, advirtiéndose que el depdsilo se ingresará en firme en la cuenta restringida de real.

dación de la Unidad actuante si los adjudicatarios o hacen efectivo el precio del remate, independientemea te de la responsabilidades que incurrirán por los ma)'0' res perjuicios que del incumplimiento de tal obligacn1 deriven.

4.—Los depósitos podrán ser constituidos desde d mismo día de publicación del presente anuncio hastal,r iniciación del acto de constitución de la mesa, formal, zándose ante el Recaudador Ejecutivo o, en su c.ae:

ante la mesa de subasta. Todo depositante al consUblif el depósito, podrá además formular postura superl'ra.11 mínima acompañando al sobre que contenga el dep6.50 otro cerrado en el que incluya dicha postura superlc9 exprese el/los lote/s a que esté referida. En su deberá figurar la licitación en la que quiere participa'

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

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B.O.P. número 112 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 5

5 -Constituido un depósito para cualquier licitación, se c.onsiderará que el depositante ofrece la postura mínima que corresponda al tipo de subasta. Sin perjui- eiodeque pudiera efectuar otras otras posturas superio- res ala mínima, bien en sobre cerrado, o bien durante la correspondiente licitación.

6.-La subasta es única, st bien comprenderá dos licitaciones y, en su caso, si así lo decide el Presidente de la mesa de subasta, una tercera licitación. Constitui- dalamesa y leído el anuncio de subasta, por la Presiden- cia se concederá el plazo necesario para que los licita- dore. s se identifiquen igualen o superen el tipo de cada bien. subastándose éstos de forma sucesiva.

Cuando en primera licitación no existieran postores o, aún concurriendo, el importe de los adjudicados no fuera suficiente para saldar los débitos, se procederá a una segunda licitación en la que salvo causas justifica- das (obrantes en el expediente) se agregarán en un solo lote los no enajenados, admitiéndose posturas que igua- len o superen el importe del nuevo tipo, que será el 75%

del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin, se abrirá un nuevo plazo por el tiempo necesario para la constitución de nuevos depósitos de al menos el 25% de ese nuevo tipo de subasta. Cuando en la segunda licita- ción tampoco existieren postores o, aun concurriendo, el importe del remate de los bienes adjudicados fuera aún insuficiente, la Presidencia en el mismo acto podrá anunciar la realización de una tercera licitación que se celebrará seguidamente. Ésta tendrá las mismas parti- cularidades y efectos que las anteriores, siendo el tipo

subasta el 50% del tipo en primera licitación.

7.-En todas las licitaciones las posturas mínimas que vayan formulando deberán guardar una diferencia de, menos, el 2% del tipo de subasta.

8.-Los licitadores, al tiempo de remate, podrán ma- estarque lo hacen en calidad de ceder a terceros, cuyo abre además precisarán al efectuar el pago de la judicación, con la finalidad de que pueda otorgarse el cumento o escritura de venta a favor del cesionario.

9.-E1 rematante deberá entregar en el acto de la judicación definitiva de los bienes la diferencia entre

el depósito constituido y el precio de adjudicación.

10.-La subasta se suspenderá antes de la adjudi- cación de los bienes si se hace el pago de la deuda, intereses en su caso, recargos y costas del proce- dimiento.

11.-Si en segunda licitación, o en su caso tercera, no se hubiesen enajenado todos o alguno de los bienes y siguieran sin cubrirse los débitos perseguidos, se proce- derá a celebrar su venta mediante gestión directa por la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

12.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción. Sin cargas conocidas.

13.-Cuando los bienes subastados sean susceptibles de inscripción en Registros Públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros.

14.-Terminada la subasta se procederá a devolver sus depósitos a los licitadores, reteniéndose sólo los correspondientes a los adjudicatarios.

15.-La Tesorería General de la Seguridad Social se reserva la posibilidad de ejercer el derecho de tanteo durante el plazo de 30 días inmediatamente después de la adjudicación de los bienes al mejor postor. Ene! caso de que sea ejercido el derecho de tanteo, se devolverá al adjudicatario el depósito constituido y la diferencia entre éste y el remate que haya satisfecho»

16.-Mediante el presente edicto, se tendrán por no- tificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido y a los acreedores hipotecarios y pignoraticios.

17.-En lo no dispuesto expresamente ene! presente anuncio de subasta, se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1.637/1995 de 6 de octubre (B.O.E. del día 24).

Albacete a 5 de septiembre de 1997.-E1 Recaudador Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. P.A.: El Jefe de Negociado, Carlos Jiménez Martínez. 011.516

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 02/03 de Albacete.

Hace saber: Esel expediente administrativo de apre- oque se instruye cuesta Unidad de Recaudación a mi rp contra el deudor don Manuel Zafra Camacho, con omicilio en Ossa de Montiel, e/ Álvarez Quintero, 25, débitos del Régimen Autónomos según el expedien- número 02 03 95 56071, que importan al día de la chala cantidad de 1.211.510 pesetas, se ha dictado por D irector Provincial de la Tesorería General de la claridad Social la siguiente:

Providencia: Una vez autorizada, con fecha 4 de ptiembre de 1997, la subasta de bienes muebles pro- iedad del deudor de referencia, que le fueron embarga- os en procedimiento administrativo de apremio segui- o contra dicho deudor con fecha 27 de septiembre de

1996, procédase a la celebración de la citada subasta el día 7 de octubre de 1997, a las 11,30 horas, en los locales de la U.R.E. en calle Cristóbal Lozano, 12 de Albacete, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 146 a 149 del Reglamen- to General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Notifíquese esta providencia al deudor, al deposita- rio de los bienes embargados y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y al cónyuge de dicho deudor, y anúnciense los edictos que se publica- rán en la Casa Consistorial, en esta U.R.E., y en el B.O.P., y remítase uno de los ejemplares a la Dirección Provincial de la Tesorería General.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(6)

6 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 B.O.P. númet-03

licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.—Que los bienes embargados a enajenar son los siguientes:

Bienes objeto de la subasta y condiciones económicas Vehículo: Marca Peu g.eot, modelo 205, matrícula CS-9697-0.

Tipo de subasta en primera licitación: 272.500 pesetas.

Tipo de subasta en segunda licitación: 204.375 pesetas.

Tipo de subasta en tercera licitación (si se celebra- se): 136.250 pesetas.

2.—Que los bienes embargados se encuentran en poder del depositario don Manuel Zafra Camacho y podrán ser examinados por aquéllos a quienes interese en Finca El Sabinar, Políg. 10, parcela 30 de Ossa de Montiel.

3.—Que todo licitador habrá de constituir ante el Recaudador Ejecutivo o ante la mesa de subasta un depósito de, al menos, el 25% del tipo de subasta de los bienes por los que desee pujar, pudiendo efectuarse tanto en metálico como mediante cheque conformado por Banco o Caja de Ahorros a nombre de la Unidad de Recaudación Ejecutiva, advirtiéndose que el depósito se ingresará en firme en la cuenta restringida de recau- dación de la Unidad actuante si los adjudicatarios no hacen efectivo el precio del remate, independientemen- te de la responsabilidad en que incurrirán por los mayo- res perjuicios que del incumplimiento de tal obligación deriven.

4.—Los depósitos podrán ser constituidos desde el mismo día de publicación del presente anuncio hasta la iniciación del acto de constitución de la mesa, formali- zándose ante el Recaudador Ejecutivo o, en su caso, ante la mesa de subasta. Todo depositante al constituir el depósito, podrá además formular postura superior a la mínima acompañando al sobre que contenga el depósito otro cerrado en el que incluya dicha postura superior y exprese el/los lote/s a que esté referida. En su exterior deberá figurar la licitación en la que quiere participar.

5.—Constituido un depósito para cualquier licitación.

se considerará que el depositante ofrece la postura mínima que corresponda al tipo de subasta. Sin perjui- cio de que pudiera efectuar otra u otras posturas superio- res a la mínima, bien en sobre cerrado, o bien durante la correspondiente licitación.

6.—La subasta es única, si bien comprenderá dos licitaciones y, en su caso, si así lo decide el Presidente de la mesa de subasta, una tercera licitación. Constitui- da la mesa y leído el anuncio de subasta, por la Presiden- cia se concederá el plazo necesario para que los licita- dores se identifiquen igualen o superen el tipo de cada bien, subastándose éstos de forma sucesiva.

Cuando en primera licitación no existieran postores o, aún concurriendo, el importe de los adjudicados no fuera suficiente para saldar los débitos, se procederá a una segunda licitación en la que salvo causas justifica- das (obrantes en el expediente) se agregarán en un solo lote los no enajenados, admitiéndose posturas que igua- len o superen el importe del nuevo tipo, que será el 75%

del tipo de subasta en primera licitación. A tal fin, se abrirá un nuevo plazo por el tiempo necesario para la

constitución de nuevos depósitos de al menos el 255i,

ese nuevo tipo de subasta. Cuando en la segunda licite:

ción tampoco existieren postores o, aun concurriendo el importe del remate de los bienes adjudicados fuere aún insuficiente, la Presidencia en el mismo acto poli anunciar la realización de una tercera licitación queso celebrará seguidamente. Ésta tendrá las mismas pul:

cularidades y efectos que las anteriores, siendo eilig

de subasta el 50% del tipo en primera licitación.

7.—En todas las licitaciones las posturas mínimasque se vayan formulando deberán guardar una diferenciarle al menos, el 2% del tipo de subasta.

8.—Los licitadores, al tiempo de remate, podrán un nifestar que lo hacen en calidad de ceder a terceros,ctso nombre además precisarán al efectuar el pago dei adjudicación, con la finalidad de que pueda otorgarseel documento o escritura de venta a favor del cesionaria.

9.—E1 rematante deberá entregar en el acto dele adjudicación definitiva de loA bienes la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación,

I0.—La subasta se suspenderá antes de la adjudv cación de los bienes si se hace el pago de la deude intereses en su caso, recargos y costas del proct dimiento.

11.—Si en segunda licitación, o en su caso terceray se hubiesen enajenado todos o alguno de los bienes) siguieran sin cubrirse los débitos perseguidos, se proct derá a celebrar su venta mediante gestión directa pone Dirección Provincial de la Tesorería General de le Seguridad Social.

12.—Las cargas preferentes, si existieran, quedará subsistentes, no destinándose el precio del remate ase extinción. Sin cargas conocidas.

13.—Cuando los bienes subastados sean susceptibleo de inscripción en Registros Públicos, los licitador:

habrán de conformarse con los títulos de propiedad quo se hayan aportado al expediente, no teniendo derechoe exigir otros.

I4.—Terminada la subasta se procederá a devolver sus depósitos a los licitadores, reteniéndose sólo le correspondientes a los adjudicatarios.

15.—La Tesorería General de la Seguridad Social so reserva la posibilidad de ejercer el derecho de tantuo durante el plazo de 30 días inmediatamente despuésde la adjudicación de los bienes al mejor postor. En el caso de que sea ejercido el derecho de tanteo, se devolvern21 adjudicatario el depósito constituido y la diferencie entre éste y el remate que haya satisfecho.

16.—Mediante el presente edicto, se tendrán por o"

tificados, a todos los efectos legales, a los deudorescodr domicilio desconocido ya los acreedores hipotecarios?

pignoraticios.

I7.—En lo no dispuesto expresamente en el presente, anuncio de subasta, se estará a lo establecido Reglamento General de Recaudación de los Recurso) del Sistema de la Seguridad Social aprobado por Rai Decreto 1.637/1995 de 6 de octubre (B.O.E. del día2i1 Albacete a 5 de septiembre de 1997.—E1 Recaudado' Ejecutivo, Juan José Gómez Moya. P.A.: El Jefe dc Negociado, Carlos Jiménez Martínez. 011.519

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B.O.P. número 112 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 7

ADMINISTRACIÓN

LÖCAL

DIPUTACIÓN DE ALBACETE

Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete.

ANUNCIO DE COBRANZA

Don Emigdio de Moya Juan, Presidente del Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete.

Hace saben Que durante los días hábiles comprendidos entre el 21 de septiembre al 20 de noviembre próximos, ' ambos inclusive, o inmediato hábil posterior, tendrá lugar la cobranza voluntaria del impuesto sobre actividades económicas, correspondiente al presente ejercicio de 1997, de los municipios cuya cobranza se efectúa por el Organismo Autónomo Provincial de Gestión Tributaria de Albacete abajo relacionados, así como de los impuestos, tases y precios públicos correspondientes a 1997 de los Ayuntamientos que, en su caso se expresan.

Los contribuyentes que tengan domiciliado el pago de sus recibos, les serán cargados en cuenta el día 15 de octubre próximo.

Los contribuyentes que no los tengan domiciliados, recibirán en su domicilio un documento —juego de dos impresos— para que puedan hacer efectivos sus débitos en cualquiera de las entidades bancarias o Cajas de Ahorro que figuran en el citado documento. La presentación de este documento será imprescindible para que el pago les sea admitido por dichas entidades.

Si por cualquier circunstancia el documento aludido no llegara a algún contribuyente, éste deberá solicitar una copia en las Oficinas del Organismo o en el Ayuntamiento de su municipio, excepto en el de la capital.

La no recepción del mencionado documento por el contribuyente, no eximirá a éste de la obligación del pago, debiendo interesar la obtención del duplicado citado en el párrafo anterior.

El horario en las Zonas recaudatorias será de 9 a 14 horas.

Municipio Exacciones Municipales al cobro Zona 1. Albacete-Capital: Paseo de la Cuba, número 15.

Albacete

Aguas Nuevas Agua.

Zona 2. Albacete-Pueblos: Paseo de la Cuba, número 15.

Alcadozo Agua, basuras,alcantarillado, perros, cotos de caza, terrazas.

Alpera Agua, basuras, alcantarillado, depuradora.

Balazote Agua, basuras, alcantarillado, depuradora.

Barrat Tránsito animales, cotos de caza, basuras.

onete udete

rral Rubio Agua, basuras, alcantarillado, tránsito animales, cotos de caza.

inchilla Agua, basuras, alcantarillado, tránsito animales, cotos de caza, entrada vehículos.

nteälamo

Gineta Agua, basuras, alcantarillado, publicidad.

a Herrera Agua, basuras, alcantarillado, canalones, rodaje carruajes, tránsito animales, cotos de caza.

Higueruela Tránsito animales, alcantarillado, cotos de caza, entrada vehículos.

Hoya Gonzalo Tránsito animales, alcantarillado, cotos de caza, entrada vehículos.

Montealegre Agua, basuras, alcantarillado.

Penas San Pedro

brota —

Pozohondo Tránsito animales, cotos de caza.

ozuelo Tránsito animales, cotos de caza.

n Pedro Agua, basuras, alcantarillado, cotos de caza.

na 3. Casas Ibáñez: Calle Tercia, número 46.

bengibre

latoz Basuras, alcantarillado, contribuciones especiales.

•lborea Agua, contribuciones especiales.

lcalá Júcar Agua.

alsa de Ves Canon aprovechamiento.

arcetén Agua, basuras.

asas J. Núñez Agua, basuras.

asas de Ves Agua, basuras, alcantarillado, contribuciones especiales.

asas Ibáñez Basuras, contribuciones especiales, multas.

en ente Basuras, alcantarillado, contribuciones especiales.

uentealbilla

losalvo Agua.

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8 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 B.O.P. número II,

Municipio Exacciones Municipales al cobro

Jorquera Tránsito animales, cotos de caza, entrada vehículos, perros, contribuciones especiales

Mahora Agua.

Motilleja

Navas Jorquera Basuras, alcantarillado, tránsito animales.

Pozo Lorente Agua, basuras, alcantarillado, arrendamientos, entrada vehículos, canon aprovechamiento La Recueja Agua, basuras, alcantarillado, tránsito animales, cotos de caza, acometida aguas, acometiclarc:

alcantarillado.

Valdeganga Agua, basuras, alcantarillado.

Villa de Ves Agua, basuras, alcantarillado, tránsito animales, contribuciones especiales.

Villamalea Villatoya

Villavaliente Agua, basuras, alcantarillado, tránsito animales, entrada vehículos.

Zona 4. Alcaraz: Calle Padre Pareja, número 1.

Alcaraz Tránsito animales, cotos de caza, entrada vehículos, cementerio.

Ballestero Contribuciones especiales.

Bienservida Agua, basuras, alcantarillado, depuradora.

Bogarra

Bonillo Agua, basuras, alcantarillado, cotos de caza, depuradora.

Casas de Lázaro Basuras.

Cotillas

Masegoso Imp. vehículos, agua, alcantarillado.

Paterna Madera

Períascosa Basuras, tránsito animales, instalación contadores.

Povedilla

Riópar Agua. basuras.

Robledo Agua, basuras, alcantarillado.

Salobre -

Vianos

Villapalacios Agua, basuras, perros, tránsito animales.

Villaverde Viveros

Zona 5. Hellín: Calle Lope de Vega, número 13.

Albatana Agua.

Benin Entrada vehículos.

Liétor Agua, basuras, alcantarillado, entrada vehículos.

Ontur Agua, basuras, alcantarillado, arrendamientos, matadero, cámara frigorífica, mercado, reja, licencia autotaxi, guardería rural, canon aprovechamiento, contribuciones especiales, depuradora.

Tobarra

Zona 6. Elche de la Sierra: Calle Bolea, número 1.

Ayna Agua, basuras, alcantarillado, entrada vehículos.

Elche Sierra Agua. basuras, alcantarillado.

Férez Agua. basuras, alcantarillado, depuradora.

Letur Agua, basuras, alcantarillado.

Molinicos Agua, basuras, alcantarillado. terrazas.

Nerpio Basuras, alcantarillado, tránsito animales, cotos de caza, entrada vehículos, multas.

Socovos Basuras.

Yeste Agua, basuras, alcantarillado.

Zona 7. La Roda: Calle Alfredo Atienza, número 32.

Fuensanta Basuras, alcantarillado, canalones, rejas, tránsito animales, entrada vehículos.

Lezuza

Madrigueras Contribuciones especiales.

Minaya

Montalvos Agua, basuras, alcantarillado.

Munera

Ossa de Montiel Tránsito animales, alcantarillado, entrada vehículos, remolques.

La Roda Basuras, entrada vehículos.

Tarazona Agua, basuras, alcantarillado.

Villalgordo J.

Zona 8. Villarrobledo: Calle San Antón, número 5.

Villarrobledo

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112 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 9 0.0.P. número

Se recuerd a la conveniencia de hacer uso dein modalidad de domiciliar el pago de los recibos en cuentas abiertas entidades de depósito con oficina en la demarcación correspondiente, con arreglo a las normas señaladas en el artículo 90 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre,.

8.0.E. número 3 de 3 de enero de 1991.

Transcurrido el plazo de ingreso, y notificada al deudor la providencia de apremio, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo y devengarán el recargo del 20%, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley General Tributaria y en su artículo 91 y siguientes del citado Reglamento General de Recaudación.

Albacete, a4 de septiembre de 1997.-El Presidente del Organismo, Emigdio de Moya Juan. 011.511

AYUNTAMIENTO DE ALMANSA

ANUNCIO

En cumplimiento de la resolución de Alcaldía núme- ro2.203 de 4 de septiembre de 1997, se hace público el presente anuncio de convocatoria para adjudicar e]

contrato cuyas características se describen seguida- mente:

a) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Almansa.

b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría General.

2.- Objeto del contrato.

a)Descripción del objeto: Restauración y acondicio- namiento de la ermita de San Blas, en el municipio de Almansa.

b) División por lotes y número.

c) Lugar de ejecución: Municipio de Almansa.

d) Plazo de ejecución: Tres meses.

3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudi- cación.

a)Tramitación: Ordinaria.

b)Procedimiento: Abierto.

c)Forma: Concurso.

4.- Presupuesto base de licitación.

Importe total: Máximo de 7.385.172 pesetas.

5.- Garantías.

Provisional: 147.703 pesetas.

6.- Obtención de documentación e información.

a)Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Almansa.

b)Domicilio: Plaza de Santa María, número 4.

e) Localidad y código postal: 02640. Almansa d)Teléfono: 967 31 15 50.

e)Telefax: 967 31 13 32.

f) Fecha límite de obtención de documentación e in formación: Hasta el vigésimosexto día natural si- guiente al de la publicación del último anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, de 900 a 1400 horas.

Se podrán presentar reclamaciones contra el pliego

de condiciones, durante los cuatro días siguientes a la publicación del presente anuncio.

a) Clasificación: Grupo K, subgrupo 7.

b) Otros requisitos: No se exigen.

8.- Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación.

a) Fecha límite de recepción de ofertas: Hasta las catorce horas del vigésimosexto día natural siguiente al de la publicación en el Bolean Oficial de la Provincia.

b) Documentación a presentar: La que se especifica en el pliego de condiciones.

c) Lugar de presentación:

1°) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Almansa.

r)

Domicilio: Plaza de Santa María, número 4.

3°) Localidad y código postal: 02640 - Almansa.

9.- Apertura de ofertas.

a) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Almansa.

b) Domicilio: Plaza de Santa María, número 4.

c) Localidad: Almansa.

d) Fecha y hora: A las 1000 horas del tercer día hábil siguiente al último de presentación de proposiciones, en el caso de que no se hubiera remitido por correo ninguna proposición, se calificará la documentación general del sobre «B» y se abrirán posteriormente los sobres «A».

En el caso de que se presenten proposiciones por correo, será a las 1000 horas del primer día hábil siguiente a la expiración del plazo de los cinco días naturales siguien- tes al último de presentación de proposiciones.

A los solos efectos de proceder al acto de apertura de los sobres «A» y «B», se considerarán inhábiles los sábados.

10.- Costos de los anuncios.

Serán de cuenta del adjudicatario.

Almansa, a 4 de sepiembre de 1997.- El Alcalde,

Antonio Callado García. 011.217

AYUNTAMIENTO DE HELLÍN ANUNCIOS

El Sr. Alc alde-Presidente ha tenido a bien dictar la guiente resolución:

En cu mplimiento del acuerdo de Pleno de fecha 28 e j ulio de 1997, y de las normas aprobadas por el

mismo, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 29 de agosto, y de conformidad con el acuerdo del Consejo de Ministros de 13-12-1996, por medio del presente:

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10 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 B.O.P. número He resuelto:

Proceder a la convocatoria de referendum, entre los habitantes de Hellín y pedanías, sobre las fechas de celebración de la Feria.

La votación se celebrará el día 9 de noviembre de 1997, entre las 10 y las 20 horas.

Así lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidented, Hellín a 16 de septiembre de 1997. De todo lo eualyo el Secretario, doy fe.

Hellín 16 de septiembre de 1997.—E1 Alcoall1d.e5:7F8rtz.

cisco Vicente Sarabia.—E1 Secretario, José Rueda d;

Rueda.

Don Francisco Vicente Sarabia, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que la cobranza de recibos correspon- diente al segundo trimestre de 1997, de los conceptos que a continuación se detallan, tendrá lugar en las oficinas de Tedesa, sitas en El Rabal, número 33, en el período del 1 al 30 de agosto de 1997.

—Servicio de agua.

—Servicio de alcantarillado.

— Servicio de recogida de basuras.

Transcurrido dicho período, se procederá a su cobro por el procedimiento ejecutivo, con el 20% de recargo.

Se recomienda la conveniencia de hacer tro de las

modalidades de pago y gestión de abono en entidade bancarias, cajas de ahorro confederadas, y cooperatitt de crédito.

Padrones-matrícula.— Quedarán expuestos al públ, co en la sección de rentas y exacciones por el plazo&

quince días hábiles, a efectos de reclamaciones, me.

diéndose notificados colectivamente los interesada con arreglo al artículo 124 de la Ley General Tributad:

y artículo 88 del Reglamento General de Recaudacide Lo que se hace público para general conocimiento.

Hellín 6 de agosto de 1997.—E1 Alcalde, Francisze

Vicente Sambia. 011.345

AYUNTAMIENTO DE LEZUZA ANUNCIO

No habiéndose formulado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza fiscal reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda a domicilio adoptado en sesión plena- ria de fecha 2 de julio de 1997 y de conformidad con el artículo 17.3 de la Ley 39/88 se declara la aprobación definitiva de la mencionada ordenanza cuyo texto ínte- gro se publica a continuación.

Asimismo, se hace saber que de conformidad con el artículo 19.1 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre, los interesados podrán interponer recurso contencioso-ad- ministrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.

«Ordenanza municipal reguladora del precio público por la prestación del servicio de ayuda

a domicilio (S.A.D.) Artículo 1.—Concepto.

De conformidad con lo previsto en el artículo 117 , en relación con el artículo 41.13), ambos de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la pres- tación del servicio de ayuda a domicilio (S.A.D.) que consiste en la prestación de una serie de atenciones a los individuos y/o familias en su domicilio, cuando se hallen en situaciones de conflicto psico-familiares para alguno de sus miembros, que se regirá por las presentes normas.

Artículo 2.—Obligados al pago.

Están obligados al pago del precio público regulado en estas normas quienes se beneficien de los servicios prestados por este Ayuntamiento, a quien se refiere el artículo anterior.

Artículo 3.—Cuantía.

1.—La cuantía del precio público regulado en ecu

normas será la tarifa contenida en el apartado siguiese.

atendiendo a la renta mensual y al número de miembro de la unidad familiar del beneficiario.

Se entenderá por unidad familiar a todas las persona que convivan en un mismo domicilio, independiente mente de sus lazos de parentesco, que necesiten I:

prestación del servicio de ayuda a domicilio.

Se entenderá por renta mensual de la unidad familiz In suma de aquellas rentas e ingresos, así como el paten monio, de todos los integrantes de la unidad familiar.

2.—La tarifa del precio público vendrá determinad:

por la aplicación del siguiente cuadro:

Número de miembros Renta mensual

per cdpita

2 3 4 5 6

Hasta 50% del SMI. 2,5% 4,5% 6,5% 8,55 De 51% al 60% 2,5% 4% 6% 8% 10% 1255 De 61% al 70% 3% 5,5% 8% 10,5% 13% 15,50 De 71% al 80% 3,5% 6% 9% 12% 15% 189 De 81% al 90% 4% 6,5% 11,5% 16,5% 21,5%26.10 De 91% al 100% 6% 9% 19% 29% 39% 509 De 101% al 110% 9% 14% 29% 44% 59% 718 De 111% al 120% 13% 18% 35% 52% 69% 869 De 121% al 130% 18% 28% 47% 66% 85% 1109 De 131% al 140% 24% 34% 55% 72% 91% 1609 Da 141% al 150% 31% 41% 61% 81% 100%

De 151% al 160% 39% 47% 65% 83% 100%

De 161% al 170% 48% 56% 74% 92% 100%

De 171% al 180% 58% 65% 82% 100%

De 181% al 190% 70% 77% 94% 100%

De 191% al 200% 85% 90% 95% 100%

Más de 200% 100%

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B.0.1'. número 112

Los porcentajes señalados se aplicarán al pre- cio/hora del servicio vigente en cada momento.

Artículo 4.-Exenciones.

El Alcalde-Presidente podrá eximir el pago de la tarifa. en aquellos casos en que se prevea una imposibili- dad en el cobro del precio por causas no imputables a los beneficiarios y que, la no prestación del servicio por este motivo, pueda suponer un grave riesgo de deterioro per- sonal y familiar a cuyo efecto podrá solicitar informe previo dellla trabajador/a social.

Artículo 5.-Obligaciones de pago y cobro.

I.-La obligación de pago del precio público regulado en estas normas nace desde que se preste o realice el S.A.D. especificado en el artículo primero.

2.-EI pago del precio público se efectuará cola Teso- rería Municipal por trimestres naturales dentro de los veinte primeros días del mes siguiente al del vencimiento del trimestre.

3.-Las deudas derivadas de la prestación del servi- cio regulado en estas normas, podrá exigirse por el procedimiento administrativo de apremio.

Artículo 6.-Normas de gestión.

1.-El servicio de ayuda a domicilio por lo que respecta su prestación se regirá por su reglamentación específica.

2.-EI servicio de ayuda a domicilio de este Ayunta- lento facilitará al Servicio de Intervención, trines-

tralmente, relación de beneficiarios con indicación de su domicilio, número de horas prestadas, precio de las horas, importe total a pagar, y todos aquellos datos necesarios para determinar la liquidación y confección de recibos correspondientes.

3.-E1 retraso en el pago de un trimestre implicará la pérdida del derecho a continuar recibiendo la prestación del servicio, sin perjuicio de su cobro por vía ejecutiva.

Disposición adiciotzal.

Para lo no establecido expresamente en estas normas se estará a lo dispuesto en el Convenio anual con la Consejería de Bienestar Social para la prestación del servicio, en la Orden de Bienestar Social de 19 de diciem- bre de 1996, por la que se establecen las bases de convo- catoria de ayuda para la prestación del servicio de ayuda a domilicio para 1997 y cualquier normativa ulterior relativa a la materia que pueda dictar la Consejería de Bienestar Social.

Disposición final.

Las presentes normas entrarán en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, perma- neciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa».

En Lezuza a 1 de septiembre de 1997.-El Alcalde,

ilegible. 011.353

Miércoles 17 de Septiembre, 1997

YUNTAMIENTO DE MONTEALEGRE DEL CASTILLO DICTOS

n Sinforiano Montes Sánchez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que ha sido elevada a definitiva, en virtud de no haberse presentado reclamaciones en tiempo ábil. la aprobación del expediente de modificación de créditos número 2/97, del presupuesto municipal correspondiente al presente ejercicio, por suplementos de crédito, financiados con cargo al remanente líquido de Tesorería, y resultando tras el mismo los siguientes resúmenes:

A) Aumentos por suplementos de crédito.

IV° Partida Consign. atzt. Suplenzentos Consign. act.

01 4.62 5.509.233 1.600.000 7.109.233

02 4.63 500.000 400.000 900.000

03 5.60 6.360.500 3.516.000 9.876.500

01 9.76 100.000 100.000

Total 12.369.733 5.616.000 17.985.733

B) Financiación: Del remanente líquido de Tesorería, 5.616.000 pesetas.

C) Resumen por capítulos del estado de gastos, tras el presente expediente (excluidas incorporaciones en eraciones de créditos):

pirulo Consigtz. anterior Aumentos Consign. actual

I 24.849.114 24.849.114

II 29.279.544 29.279.544

III 1.500.000 1.500.000

IV 14.886.400 - 14.886.400

VI 25.054.610 5.516.000 30.570.610

VII 9.462.000 100.000 9.562.000

VIII 2.000 2.000

IX 1.094.000 1.094.000

males 106.127.668 5.616.000 111.743.668

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 150 y 158 de la Ley 39/88, de 28 de cierere, Reguladora de lasHaciendas Locales, pudiendo interponerse directamente recurso contencioso-admi- strativo contra el presente acuerdo, en la forma y plazos establecidos por las normas de dicha Jurisdicción.

Mon tealegre del Castillo a 5 de septiembre de 1997.-El Alcalde, Sinforiano Montes Sánchez. 011.348 Y

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12 Miércoles 17 de Septiembre, 1997 B.O.P. número7n Por don Prudencio Delicado Delicado, mayor de

edad, casado, natural y vecino de Montealegre del Castillo (Albacete). con domicilio en calle Zocal, nú- mero 8, 1.', con D.N.I. número 05.141.072-C, actuando en nombre y representación de la empresa Gade de Montealegre, S.L., se interesa licencia de apertura para la instalación de la actividad de taller de reparación de vehículos, especialidad mecánica, sita en calle Capataz Santiago, número 20, de esta localidad, y con el nombre comercial de Talleres Gade de Montealegre, S.L.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 30 del Reglamento de Activi-

darles Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas,D, creto 2414/1961, de 30 de noviembre, a fin de qu, quienes se consideren afectados de algún modo pori, actividad que se pretende instalar puedan formularp}}

escrito las observacionek pertinentes durante el plazodl diez días hábiles, a contar desde el siguiente de I}

inserción del presente edicto en el Boletín Oficialdelz Provincia.

En Montealegre del Castillo a 3 de septiembre ,k 1997.—E1 Alcalde, Sinforiano Montes Sánchez.

011.350

AYUNTAMIENTO DE MOTILLEJA EDICTO

Estando próximo a expirar el período de cuatro años por el que fue nombrado el Juez de Paz titular de este Municipio, en cumplimiento de lo dispuesto en el artí- culo 101 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y regla- mentación de desarrollo, se abre un plazo de quince días, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que todas aquellas personas interesadas en desempeñar dicho cargo, pre- senten sus instancias acompañadas de una declaración jurada de reunir los requisitos exigidos por la legisla-

ción vigente y no estar incursos en causas de incapacl dad o incompatibilidad para dicha función.

Lugar de presentación: Secretaría del Ayuntamiento, de 9,00 a 15,00 horas, en días laborables, o por ti procedimiento prevenido en el artículo 38 de late}

30/92 de Régimen Jurídico de las Administracion/

Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Motilleja 5 de septiembre de 1997.—E1 Alcalde, Pe dro José Charcos Expósito. 011.505

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA-LA MANCHA

EDICTOS

Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secreta- rio de la Sección Primera de la Sala de lo Contencio- so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de Albacete, hace saber: Que por el recurrente don Ramiro Fernández González, actuando en su propio nombre y derecho, se ha interpuesto recurso contencio- so-administrativo contra la resolución de 21 de mayo de 1997 de la Dirección General de Policía denegatoria de la reclamación de cantidad solicitada.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60

y 64 de la vigente Ley Reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a la personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo II apartado b). y 30 de la indicada Ley, estén legitimad/

como parte demandada y de las que tuvieren interei directo en el mantenimiento de la resolución recurrida}

quisieren intervenir en el procedimiento como paric coadyuvante de la Administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 01/0001199/1997.

Dado en Albacete a 3 de septiembre de 1997.-El Secretario, Enrique Roca Robles. 011.267

Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secreta- rio de la Sección Primera dula Sala de lo Contencio- so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de Albacete, hace saber: Que por el Procurador

don Abelardo López Ruiz, en nombre y representaci6o de Mutua Valenciana Levante número 15, se ha lee puesto recurso contencioso-administrativo contra la,"

solución de 23 de junio del 997 de la Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades Col aboradorasdela Seguridad Social desestimatoria del recurso interpuesi°

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(13)

Miércoles 17 de Septiembre, 1997 13 .P. número 112

contra la resolució n de la Dirección Provincial de Albacete sobre sanción.

Yen cumplimie nto de lo previsto en los artículos 60

y 64 de la vigente Ley Reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas

como parte demandada y de las que tuvieren interés

directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la Administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 01/0001195/1997.

Dado en Albacete a 3 de septiembre de 1997.—E1 Secretario, Enrique Roca Robles. 011.269

rique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secreta- rio de la Sección Primera de la Sala de lo Contencio- so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín rial de Albacete, hace saber: Que por el Letrado don drés López Martínez, en nombre y representación de audio Peñalver Pardines, se ha interpuesto recurso ntencioso-administrativo contra la resolución de 20 junio de 1997 del Ayuntamiento de Albacete sobre hivo de expediente de denuncia por ruidos de la ividad de café bar Nevada.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60

y 64 de la vigente Ley Reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la Administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 01/0001193/1997.

Dado en Albacete a 3 de septiembre de 1997.—E1 Secretario, Enrique Roca Robles. 011.271

trique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secreta- rio de la Sección Primera de la Sala de lo Contencio- so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín

rial de Albacete, hace saber: Que por el Letrado don los Lorenzo Escribano A.G., en nombre y represen- ión de Constructora, S.C.L., se ha interpuesto recur- con tencioso-administrativo contra la resolución de 3de junio de 1997 del Ministro de Trabajo y Asuntos aciales desestimatoria del recurso interpuesto contra

resolución dein Dirección General de Empleo sobre ación.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60 y 64 de la vigente Ley Reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la Administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 01/0001190/1997.

Dado en Albacete a 3 de septiembre de 1997.—E1 Secretario, Enrique Roca Robles. 011.274

rique Roca Robles, Licenciado en Derecho, Secreta- rio de la Sección Primera de la Sala de lo Contencio- so-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín

ficial de Albacete, hace saber: Que por el Letrado don Julio García Bueno, en nombre y representación de don ermän Linares Muñoz y don Manuel Molina Jiménez, e ha i nterpuesto recurso contencioso-administrativo oátra resolución de la Dirección General de la Guardia rail, de ferina 14 de marzo de 1997, sobre abono del impl emento de turnicidad.

Yen cumplimiento de lo previsto en los artículos 60

y 64 de la vigente Ley Reguladora de esta Jurisdicción, se hace público para que sirva de emplazamiento a las personas que con arreglo a los artículos 29, párrafo 1) apartado b), y 30 de la indicada Ley, estén legitimadas como parte demandada y de las que tuvieren interés directo en el mantenimiento de la resolución recurrida y quisieren intervenir en el procedimiento como parte coadyuvante de la Administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 01/0000713/1997 y acumulados.

Dado en Albacete a 2 de septiembre de 1997.—El Secretario, Enrique Roca Robles. 011.275

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

(14)

14 Mióreoles 17 de Septiembre, 1997 13.0.P. número Enrique Roca Robles, Licenciado en Derecho. Secreta-

rio de la Sección Primera de la Sala de lo Conlencio- so-Administrativo del Tribunal Superior deiusticia de Castilla-I,a Mancha.

Por el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de Albacete, hace saber: Que por el Procurador don Carmelo Gómez Pórez, en nombre y representación de Mercedes Chamorro Malo, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo contra resolución de l'echa 15 de mayo de 1997 de Tesorería General de la Seguri- dad Social sobre diligencia de embargo.

Y en cumplimiento de lo previsto en los artículos 60

y 64 de la vigente 1,ey Reguladora de esta Jurisdiccido se hace público para que sirva de emplazamiento ala;

personas que con arreglo a los artículos 29, pirulo apartado b), y 30 de la indicada Ley, estón legitimada;

como parle demandada y de las que tuvieren interls directo eitel mantenimiento de la resolución recurrida, quisieren intervenir en el procedimiento como pan', coadyuvante de la Administración.

Dicho recurso ha sido registrado bajo el número 01/0001172/1997.

Dado en Albacete a 2 de septiembre de 1997.-g Secretario. Enrique Roca Robles.. 011.277

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA REGIÓN DE MURCIA Sala de lo Social

EDICTO

Dona Elena 13urgos Herrera. Secretario de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

Por medio del presente edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Albacete. y para que sirva (le notificación en forma al demandado 'recluir.

S.A.. que últimamente tuvo su domicilio en esa provin- cia. y en la actualidad se encuentra en ignorado parade- ro, se hace saber:

Que por esta Sala y en el rollo número 712/96, se ha dictado sentencia, cuya cabeza y paute dispositiva dice así:

Sentencia 987/97

En la ciudad de Murcia. a 3 de julio de 1997, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el recurso de suplicación interpuesto por Mutua Eremap frente a la sentencia, (101 Juzgado de lo Social número chaco de Murcia, dictada en proceso número 410/95, ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Juan Martínez Moya. que expresa el parecer de la Sala.

rano

En atención de todo lo expuesto. la Sala de lo Social de este Tribunal, por la autoridad que le confiere la Constitucióti. ha decidido:

Desestimar el recurso de suplicación interpuesto por Mutua Frenuip contra la sentencia dictada por el Juzga- do de lo Social número cinco de Murcia, de fecha I de septiembre de 1995, a virtud de demanda deducida por

don Jesús Martínez García contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería Territorial de la Seguridad Social, Mutua Eremap, Tecnur, SA,,

bre accidente, y confirman', en consecuencia, el prt.

nunciamiento de instancia.

Dése a los depósil os, si los hubiere, el destino legal.

Nolifíquese esta sentencia a las partes y al terio Fiscal: hágaseles saber que contra la IlliS1113

cabe interponer el excepcional recurso de unifica.

ción de doctrina, en plazo de diez días y con suiceiN a lo dispuesto en la I,ey de Procedimiento Laboral, libro III. capítulos IV y V; y una vez firme, devuel van, los aultos al Juzgado de lo Social de proceden.

chi, con certificación de esta resolución para su

ejecución y expfdase testimonio de ella para su mii.

tanda en el rollo que se archiva en este Tribunal.

Así por esta nuestra sentencia. lo pronunciamoi mandamos y firmamos, Ilmos. Sres. don BartoloH Ríos, Presidente: don Francisco Martínez, don lo

Martínez.—Rubricados.

Y para inc sirva de notificación a la empresadcumi dada, 'remitir. S.A., que se encuentra en la actualidadea ignorado paradero, expido el presente para su publica.

ciön Cll el Boletín Oficial de la provincia de Albacete.

Dado en Murcia, a 23 deuo de 1997.— I,a Secreto, rio, Elena 13urgos Hcrrera , 011.130

Sánchez Gil.—En Albacete a 29 de julio de 1997.

Se tiene por formulada y se admite a trámi te IJ demanda interpuesta por Rafael García Oliva, corra Tricots García Cano, S.L., en material de cantida d , ,le, a la misma iraninación correspondiente. y cítese al' paules en única convocatoria para conciliación ya,

SU caso, juicio, para lo cual se señala el día 1 noviembre de 1997 a las 9,50 horas dc su niailana,d JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO

I

DE ALBACETE

EDICTOS

Doña María Isabel Sánchez Gil, Secretario del Juzgado de lo Social número uno de esta ciudad.

Por medio del presente edicto, hace saber: Que en los autos que se tramitan ante este Juzgado con el número 495/97, sobre erintidaid, promovidos por Ra- fael García Oliva. contra Tricots García Cano, S.L., se ha dictado la siguiente:

Propuesta de pwrideucia del Secretario Sra.

Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»

Referencias

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11.205 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO 1 DE ALBACETE EDICTO Don Fernando Cabarcos Camina], Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número uno de esta ciudad,