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BOLETÍN OFICIAL

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Academic year: 2023

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Reclamaciones: sustitución en el plazo de quince días hábiles ante la delegación de la A.E.A.T. TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Unidad ejecutiva de recaudación número 1 de Albacete AVISO DE SUBASTA DE INMUEBLE. 11.—Que en lo no expresado expresamente en el presente anuncio de subasta se aplicarán las disposiciones del citado reglamento general para la recaudación de fondos del sistema de seguridad social.

El Recaudador Ejecutivo de la Unidad Ejecutiva de Recaudación del Seguro Social número tres de esta ciudad. Las solicitudes se presentarán antes de las 13.00 horas 6.ª en el Registro General de la Diputación Provincial de Albacete.—Que la subasta quedará suspendida antes de la valoración de los bienes si se hace efectivo el pago de los descubiertos.

Apelaciones. — Reposición al tesorero municipal en el plazo de 1 mes, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/88, reguladora de las haciendas estatales locales. Recursos.-Reposición con el tesorero municipal en el plazo de 1 mes, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/88, por la que se regulan las haciendas estatales locales. 6.-Que la subasta quedará suspendida antes de la valoración de los bienes si se produce el pago del descubierto.

Apelaciones. — Reposición para el tesorero municipal en el plazo de 1 mes, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/88, reguladora de las haciendas estatales locales. Apelaciones. — Reposición al tesorero municipal en el plazo de 1 mes, según lo previsto en el artículo 14 de la Ley 39/88, reguladora de las haciendas estatales locales. Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de . Inserción de este anuncio en el Diario Oficial de la provincia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 150.3 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora. Las declaraciones contenidas en el resto de la solicitud se realizan en el formulario. Y para que conste y sirva de notificación y llamado a la decisión previa a la empresa demandada Dédalo Seguridad.

Quinto.- Que la primera subasta tendrá como tipo el valor de tasación de la mercancía. Séptimo.— Que en la tercera subasta no se aceptarán ofertas que excedan el 25% de las sumas tasadas de los bienes. Instituto Nacional de la Seguridad Social hasta que queden cubiertas todas las obligaciones perseguidas en el procedimiento.

Notificar: Que en el procedimiento judicial sumario conforme al artículo 131 de la Ley Hipotecaria, número promovido por Flori, S.A., en contra.

DE ALMANSAJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

Y para servir como notificación formal de citación a los herederos desconocidos e inciertos del difunto acusado Sr. Juan Montero Sánchez, hago Donación en Albacete a 6 de junio de 1996.—La que se fijará en el boletín de junta de este Juzgado y se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.—Firma Magistrada, María José García Juanes.— Firma. Cuarto.—Que a petición del solicitante se podrán reservar los depósitos de aquellos postores que hayan cubierto el precio de la subasta, de modo que si el primer adjudicatario no cumple con sus obligaciones, se apruebe la subasta a favor de los que le sucedan. . . Sexto.—En el acto de subasta, el subastador está obligado a cumplir con las obligaciones previstas en la regla octava del artículo 131 de la ley hipotecaria, y si no las acepta expresamente, no se acepta la propuesta.

Se informa: que el procedimiento sumario del artículo 131 de la Ley Hipotecaria número 336/95, promovido por la Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha, representada por el abogado D. Juan Sotoca Talavera vs. Miguel Moreno Fernández y Josefa Moreno Córdoba C/. 3'.—Los postores que deseen participar en las subastas deberán depositar previamente una cantidad mínima del 20% en efectivo en la cuenta de consignación de este tribunal abierta en el Banco Bilbao-Vizcaya con el núm. 7.—Las cantidades previamente presentadas por los subastadores para participar en la subasta serán devueltas, excepto la correspondiente al mejor postor, salvo que a petición del acreedor del envío de los subastadores que así lo reconozcan y hubieran cubierto el curso de la subasta. con la cantidad consignada, que les será devuelta cuando el subastador cumpla con sus obligaciones.

8'. Los documentos y declaraciones a que se refiere la regla 4' del artículo 131 de la Ley Hipotecaria se depositarán en la Secretaría de este Tribunal, entendiéndose que todos los postores aceptan como suficiente el título aportado. Casa situada en la calle Marqués de Estella, hoy Pedrera, número 23 de la localidad de Tarazona de la Mancha. el 20% de la tasa de la subasta correspondiente, y éste, para participar en la misma.

2.-Todas las posiciones podrán realizarse como transferencia del remate a un tercero; y su precio deberá registrarse dentro de los ocho días siguientes a la notificación de la aprobación de la subasta. 4.- Las inscripciones y la certificación del registro a que se refiere el artículo 1.489 de la L.E.C. se manifiestan en la secretaría: que se entenderá que todo postor las acepta como suficientes para el título y que los derechos o cargas anteriores y los preferentes , si las hubiere, en crédito del reclamante, seguirán existiendo, entendiéndose que el subastador las acepta y entra en su responsabilidad, sin que el precio de la subasta pueda asignarse a su extinción. 5.—Se advierte a los potenciales postores que en los correspondientes protocolos de subasta se hará constar que el subastador acepta las obligaciones anteriormente expresadas y.

3. Las posiciones podrán formalizarse por escrito en documento cerrado desde la publicación de la presente orden hasta la celebración de la correspondiente subasta, debiendo acreditarse junto con la presentación de la orden el correspondiente recibo de haber presentado el importe. correspondiente al porcentaje legal. 4.- Las inscripciones y la certificación del registro a que se refiere el artículo 1.489 de la L.E.C. se manifiestan en la secretaría: que se entenderá que todo postor las acepta como suficientes para el título y que los derechos o cargas anteriores y los preferentes , si las hubiere en haber del demandante, seguirán existiendo, entendiéndose que el subastador las acepta y entra en su responsabilidad, sin que el precio del remate sirva para su extinción. 5.—Se advierte a los potenciales postores que en los correspondientes protocolos de subasta se hará constar que el subastador acepta las obligaciones antes mencionadas y si no las acepta no se aceptará la propuesta; asimismo, no se aceptan posiciones escritas que no tengan en cuenta la aceptación expresa de estas obligaciones.

BOLETÍN OFICIAL

NINGUNA ORDEN O DISPOSICIÓN NO APROBADA PREVIAMENTE POR EL GOBIERNO CIVIL SE PUBLICA. El precio que servirá como tipo y oferta para la primera subasta será el que determine el perito para cada uno de los distintos lotes cotizados. Sr. Enrique Alejandre Carrizosa, juez interino del Juzgado de Primera Instancia de esta ciudad y su cliente.

La segunda subasta, si se abandona la primera, se celebrará el día 26 de diciembre de 1996. 1.- Con excepción del derecho del demandante, en todos los casos, a participar en las subastas como postor sin comprobar depósito alguno, todos Los demás licitadores, sin excepción, deberán acreditarlo en el momento de su celebración, previa remisión al Banco Bilbao Vizcaya, y al. 2.—Todas las pujas podrán hacerse como medio de pasar la subasta a un tercero; y su precio.

DE LA PROVINCIA DE ALBACETE

Referencias

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uno de esta ciudad, Hago saber: Que en dicho Juzgado y con el número 520/95 se tramita procedimiento judicial sumario al amparo del artículo 131 de la Ley Hipotecaria, a instan- cia de