N
úmero153.
M I É R C O L E S 19 D E D I C I E M B R E D E 1 8 7 7 . 2 5 CÉNTS. DE PESETA.BOLETIN OFICIAL
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE.
Pnr nn Lúnes, Miércoles y Viernes.—Los suscrilores de esta Ciudad pagarán;
Tán* p J m ti-® ^ p o r ufr semestre 7, por un año 12‘50.— Los de fuera paga-
Los pdií*» " ^ '^ 1 por on semestre 9, por un año 15. ae ib á 31) id. 2; de 3ü en adelante, precio convencional; por cada repetición, la mita ____________ 03 y sen encías e los Juzgados y Tribunales, que no sean de oficio, pagarán 10 cents, de peseta por línea.—Las reclamaciones á D. Rafael Serna, Direclor de ia Imprenta.
Los anuncios particulares que se quieran insertar en el Bo le tín, previa licencia del Sr. Gobernador, pagarán: De una á seis líneas, 1.* vez, 1 peseta; de 7 á 15 id. 1,50;
de 16 á 30 id. 2; de 30 en adelante, precio convencional; por cada repetición, la mitad.
SE C C IO N DE LA P R O V IN C IA .
GOBIERNO CIVIL.
Sección de Fomento.— Montes.
D . Federico Terrer y Galvez, Gobernador civil de esta provincia.
Hago saber: Que el dia S de Enero próxi
mo, á las doce de la mañana, tendrá lugar en la villa de Peñascosa, bajo la presidencia del Alcalde y asistiendo al acto un funcionario del ramo ó de la Guardia civil, la tercera subasta para la enajena
ción de los pastos del monte Moheda Llana, per
teneciente á los propios de dicha villa, bajo el tipo de 150 pesetas y demás condiciones que cons
tan en el expediente, que obrará de raanidesto en dicha Alcaldía.
Albacete 1" de Diciembre de 1 8 7 7 .— El G o- tual; y veriücadas las oporlunas operaciones dic- beriiador, Federico Terrer y Golvez. ' ron el resultado siguiente:
DIPUTACION DE ALBACETE.
COMISION PROVINCIAL.
D . Francisco Oniiveros y Falcon, Secretario de la Excm a. Diputación provincial de Albacete.
Cer tifico: Que la Comisión provincial, en sesión de este dia, en unión del Comisario de Guerra y de conformidad al arí. 3 .“ de la instrucción de nue
ve de Agosto último, ha procedido al exáraen de los documentos referentes a los precios que en los pueblos cabezas de partido judicial han tenido las especies suministradas á las tropas del Ejército y Guardia civil durante el mes de Noviembre pró
ximo pasado, con objeto de 6jar los que han de ser
vir de tipo para valorar en esta provincia las que los Ayuntamientos hayan facilitado en el mes ac-
Ración de pan de 700
gramos.
Ración de cebada
de 6 cuar
tillos.
Ración de paja
de 6 kilo
gramos.
Litro de aceite.
ICilógra- mo de carbón.
Kilogra
mo de leña.
Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas. Pesetas.
0‘24 0‘71 0‘25 1‘07 0‘09 0‘ 02
Y para que conste y surta los efectos opor
tunos, expido la presente, visada por el S r. Pre
sidente de la Comisión, en Albacete á diez y sie
te de Diciembre de mil ochocientos setenta y sie
te — Francisco Ontiveros.— V ." B .”— El Goberna
dor, Presidente, Terrer.
PROVINCIA DE ALBACETE.
ESTADO del precio-raedio que lian tenido eii dielia provincia los artículos de consumo que á continuación se expresan, en el mes de ñíoviembre último.
PUEBLOS CABEZAS DE PARTIDO.
GRANOS. CALDOS, CARNES. P A JA
Trigo. Cebada. Centeno. Maíz. Garban
zos. Arroz. Aceite. Vino. Aguar-
1 diente. Carnero. Vaca. Tocino. de trigo. decebada
HECTOLITROS. KILOGRAMOS. LITROS. KILOGRAMOS. KILOGRAMOS.
Peset. Cs. Peset. Cs- Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs. Peset. Cs.
A lb a c e te ... 25,22 9,71 13,51 14,41 0,72 0,52 1,23 0,23 0,80 1,18 » 1,96 0,03 0,03 A lcaráz... 19,81 8,11 » 16,82 0,60 0,62 1,21 0,21 0,62 0,98 » 2,17 0,03 0 ,0 3 A lm an sa... 25,23 11,26 14,91 12,61 0.87 0,52 1,29 0,22 0,77 1,44 » 1,70 0,06 0,06 Casas-Ibañez... 19,81 8,11 11,71 » 0,95 0,52 1,11 0,20 0,72 1,09 » 2,26 0,02 0,02 C h in ch illa... 20,71 10,81 13,51 » 1,04 0,47 0,96 0,19 0,56 1,13 » 2,17 0,04 0,03 H e llin ... 24,71 10,77 16,10 11,68 1,08 0,52 1,08 0,33 1,00 1,12 1,09 2,10 0,06 0,04 La R o d a ... 20,71 8,56 10,81 » 0,60 0,48 0,88 0,12 0,56 0,98 1,89 0,03 0,03 Y e s te ... 21,62 12,61 14,61 14,61 0,87 0,52 1,18 0,25 0,75 0,98 X) 2,17 0,04 0,04
To t a l e s... 177,82 79,94 95,16 70,13 6,73 4,17 8,94 1,75 5,78 8,90 1,09 16,42 0,31 0,28
Pr e cio-m ediog e n e r a lenl a p r o v in c ia. 22,23 9,99 13,59 14,03 0,84 0,52 1,12 0,22 0,72 1,11 1,09 2,05 0,04 0,04
HECTOLITRO.
Pesetas. Céuts.
LOCALIDADES.
T r i g o . . . . í P fcío máximo... 25,23 Almansa.
i
19,81 Alcaráz y Casas-Ibañez.
1 C e b a d a ... ! Pjecio máximo...
j i Idem m ínim o...
12,61 Yeste.
8,11 Alcaráz y Casas-Ibañez.
Albacete 10 de Diciembre de 1877.— E l Jefe de la Sección de Fomento, Telesforo C ó n s u l . B .“— E l Gobernador, Terrer,
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T I N O FI C I A L .
CONTADURÍA DE LOS FONDOS DEL PRESUPUESTO PROVINCIAL.
Mes de Enero del año económico de 1877 á 1 8 7 8 .
Distribución de fondos por capítulos u artículos para satisfacer las obligaciones, formada por la Con
taduría de fondos provinciales, conforme á lo prevenido en el artículo o l de la ley de presupues
tos y contabilidad provincial de 20 de Setiembre de 1865, y al 95 del reglamento para su eje
cución, de la misma fecha.
>■
TOTAL TOTAL TOTAL
por artículos. por capítulos. por secciones.
o SECCIO N P R IM E R A ,— Gastos obligatorios. Pesetas. Pesetas. Pesetas.
C A P IT U LO I .—Adroini»tracíon provincial.
Personal de las oficinas de la Diputación. . • 3 .1 0 0 1." Material de las mismas oficinas... 3 4 3 ,7 5
3 .9 4 3 ,7 4 Sueldos del Depositario y Archivero... 3 3 3 ,3 3
Material para la Secretaría de la Junta de Agricultura 1 6 6 ,6 6 C A P IT U L O I I .—Servicios generales.
1 ." Gastos de reservas... 2 .5 0 0
2 .° Gastos de bagajes... 4 5 8 ,3 3 3 ,0 4 1 ,6 6 5.® Gastos de calamidades publicas... 2 .0 8 3 ,3 3 ' *
C A PÍT U LO 111.—Obras públicas de carácter obiigatorio.
1 .“ Personal de conservación de carreteras. . . . 3 .2 5 4
Material de id. id... 1 .9 2 3 0 .4 5 4 ,7 3 3 ." Gastos de reparación de carreteras... 2 7 7 ,7 3
C A P ÍT U LO V . — Instruccion'’ pública.
l . “ Personal y material de la Junta provincial de Ins-
truccion primaria... 3 9 5 ,8 3 \
2.'» Suplemento de fondos al Instituto de segunda j 3 8 .6 2 3 ,3 1
enseñanza... 3 .8 0 5 ,4 1
3 .“ Idem id. á la Escuela Normal de M aestros.. . 7 7 6 ,0 6 ( 5 .3 6 4 ,7 9 4 . “ Sueldo del Inspector de Instrucción primaria. . 1 6 6 ,6 6
Gastos de Biblioteca... 2 0 ,8 3
C A PIT U LO V I .— Beueñeencia.
1.“ Sueldos del Administrador, Médicos y estancias
de enfermos en otras provincias... 1 .1 1 0 ,8 3 2 ." Para gastos del Hospital... 4 .6 0 4 ,7 0
1 7 .6 1 0 ,0 5 3 ." Para id. de la Casa de Misericordia... 5 .4 1 3 ,8 2
4." Para id. de la Casa de Expósitos y Maternidad.. 6 .4 8 0 ,7 0 C A P ÍT U L O V IL
l . “ Gastos de cárceles... 1 6 6 ,6 6 1 6 6 ,6 6 C A P ÍT U L O V I I I .— Im previstos.
nico. Para los que puedan ocurrir de dicho carácter. i .0 4 1 ,6 6 1 .0 4 1 ,6 6 SECCION S E G U N D A .—Ga st o s v o lu n t a r io s.
C A P ÍT U L O I V .—Otros gastos.
Tiico. Gastos de interés provincial... 4 8 3 ,2 3 4 8 3 ,2 5 4 8 3 ,2 5 SE CCIO N T E R C E R A .—Resu t a s por a d ic ió n.
C A P ÍT U L O Ú N ICO .— Ejercicios cerrados.
1." Obligaciones pendientes de pago procedentes de
ejercicios anteriores.. , . ... s » 8 T O T A L... 3 9 .1 0 6 ,5 6 En Albacete á cuatro de Diciembre de mil ochocientos setenta y siete.-—El Contador de fondos provin
ciales, José María López.
La Comisión provincial, asociada de los Sres. Diputados residentes en la capital, en sesión del dia siete de Diciembre de mil ochocientos setenta y, siete, acordó la aprobación de la precedente distribu
ción de fondos provinciales.— El Secretario, Francisco Onliveros.
ADMINISTRACION ECONÓMICA- E l lim o. S r . Director general de Contribucio
nes, con fecha 7 del actual, comunica á esta Admi
nistración económica la siguiente circular:
«Por el Ministerio de Hacienda se dice á esta Dirección general, con fecha 10 de Noviembre úl
timo, lo que sigue:— Excm o. señor; E l S r . Minis
tro de Hacienda comunica con fecha de hoy al Di
rector general de Impuestos la Real orden siguiente:
Excm o. señor: He dado cuenta al Rey (Q . D . G .) del expediente instruido á consecuencia de una pro
puesta del Jefe económico de Zamora, consultando á quién corresponde autorizar las entradas en domi
cilio, y embargo y venia de bienes, en el caso de que los procedimientos se dirijan contra los Ayun
tamientos responsables in solidum, con sus bie
nes particulares, dado el contexto del artículo
6 .“ de la vigente ley de presupuestos, que pre
viene que en los procedimientos puramente adminis
trativos ejercerán los Alcaldes las funciones que á su publicación ejercían los Jueces municipales.
En su vista, S . M ., conformándose con lo pro
puesto por la Dirección general de Contribucio
nes, y mientras no se aprueba el proyecto de Ins
trucción de procedimientos de apremios de 4 de Agosto último, se ha servido resolver: Que cuando todos los individuos de un Ayuntamien
to sean responsables in solidum con sus bienes par
ticulares, de débitos á favor de la Hacienda, no obstante lo dispuesto en el art. 6 .° d e la le y d e 11 de Ju lio último, continuarán los Jueces muni
cipales autorizando, con arreglo á la ley de 19 de Julio é Instrucción de 3 de Diciembre de 1869, reformada en 25 de Agosto do 1871, la entrada en el domicilio de los deudores, el embargo y venta de sús bienes muebles, semovientes é inmuebles, y las demás funciones que les encomienda la referi
da Instrucción, cumpliéndose en su caso lo dispues
to en los artículos 24, 25 y 26 de la misma:
2.° Que cuando el Alcalde sea el responsable, o la responsabilidad sea divisible 6 individual, el proce
dimiento con respecto al Alcalde lo dirigirá el Con
cejal que legalmente deba sustituirle, formándose al efecto expediente separado, sin perjuicio de con
tinuar dicho Alcalde el procedimiento contra los demás deudores responsables; y en el caso de negarse todos los individuos de un Ayuntamiento á ejercer la sustitución expresada, se dará cuenta á la Direc
ción respectiva, á los efectos que correspondan, y se encargarán también al Juez municipal las fun
ciones que competen al Alcalde; y 3 .“ Q u e d e esta resolución se dé traslado á la Dirección general de Contribuciones, para su debida inteligencia y apli
cación en los casos en que haya lugar. De Real ór- den lo comunico á V . E . para su conocimiento y efectos oportunos. Lo que, de la propia Real órden, comunicada por dicho S r . Ministro, traslado á V . E . para iguales fines.»
Lo que he dispuesto se inserte en este periódico oficial para que llegue á conocimiento de los señores Alcaldes, Jueces municipales, Recaudadores y Co
misionados de apremio.
Albacete 15 de Diciembre de 1 8 7 7 .— E l Jefe económico, Pascual Camacho.
L a Dirección general de la Deuda pública me dice lo siguiente:
«Habiendo terminado en 31 de Octubre úl
timo el plazo señalado por circulares de 23 de Marzo, 29 de Mayo y 31 de Agosto últimos para la admisión por esa Administración económica de las facturas llamadas á convertir en deuda amor- tizable al 2 por 100 por el art. 2." de la ley de 21 de Julio de 1876, y teniendo en cuenta esta Dirección general que no ha sido posible devolver á algunas provincias todas las facturas-resguardos de cupones que los interesados han de presen
tar; la misma ha dispuesto prorogar nuevamente el referido plazo hasta el 31 del actual.»
Lo que se inserta en este periódico oficial para conocimiento del público.
Albacete 17 de Diciembre de 1 8 7 7 ,— Pascual Camacho.
AYUNTAMIENTOS.
JÜ R Q Ü E R A .
D . Ecequiel Royo, Alcalde constitucional de esta villa.
Hago saber; Q ue terminada la rectificación del repartimiento de consumos, según se ordenó por el S r . Jefe de la Administración económica de la pro
vincia, correspondiente a! actual año de 1877 al 78, se halla expuesto al público por término de seis dias para que los contribuyentes en el mismo compren
didos puedan presentar las reclamaciones que ten
gan por conveniente en la Secretaría de este Ayun
tamiento; en la inteligencia que trascurrido dicho tiempo lio se admitirá ninguna de ellas.
Jorquera i6 de Diciembre de 1877.— E l A l
calde, Ecequiel Royo.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T I N O FI CI AL . PO ZO -H O N D O .
D. Miguel Pascual, Alcalde constitucional de esta villa.
Hace saber: Que encontrándose vacante la pla
za de Médico-cirujano titular de este distrito mu
nicipal, por renuncia del que la desempeñaba, do
tada con 99o pesetas anuales, satisíechas por tri
mestres vencidos de fondos municipales por la asis
tencia gratuita á los vecinos pobres y actos de ofi
cio que tenga que practicar, el Ayuntamiento ha resuelto proveer ia referida plaza en persona í[ue reúna las cualidades de Profesor de medicina y ci- rujía; y al efecto so anuncia por el presente para que los que quieran optar á ella presenten sus so
licitudes, debidamente documentadas, en la Secre
taría de este Ayuntamiento dentro del plazo de treinta dias, á contar desde ia inserción del presen
te anuncio en el Boletín ofigíal de esta provincia y Gaceta de M adrid.
Pozo-bondo 14 de Diciembre de 1877.— El A l
calde, Miguel Pascual.
C A R C E L É N .
D . Patricio Lillo García, Alcalde constitucional de esta villa.
A los vecinos de la misma hago saber: Que terminado el repartimiento para cubrir el cupo se
ñalado á esta población por el consumo d éla sal, queda el mismo expuesto al público por término de ocho dias en la Secretaria del Ayuntamien
to para que los contribuyentes en él compren
didos puedan examinarlo y reclamar de agravios que ellos crean se les han inferido; el plazo de los ocho dias empezará á contar desde aquel en que aparezca el presente anuncio inserto en el Boletín oficial de la provincia; trascurrido no se admitirá ninguna clase de reclamaciones.
Carcelén 14 de Diciembre de 4877.— E l A l
calde, Patricio Lillo.
L A R O D A .
Terminado por la Junta repartidora el repar
timiento de consumos y de sai del año corrien
te de 1877 al 78, se hallará expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento por térmi
no de ocho dias, á contar desde el en que apa
rezca este anuncio en el Boletín oficial de la pro
vincia, para que los contribuyentes en él compren
didos puedan reclamar de agravio.
L a Roda 11 de Diciembre de 1877.— E l A l
calde, Fernando Escobar y Campo.
J U Z G A D O S .
C H IN C H IL L A .
D . Hermenegildo Miró, Juez de primera instan
cia de esta ciudad de Chinchilla y su partido.
Por la presente requisitoria cito, llamo y em
plazo á Francisco Hernández Gómez (a) Picanseco, vecino de Casas de Juan Núñez, para que en el término de diez dias, siguientes al de la inserción de esta requisitoria en el Boletín oficial de la pro
vincia, se presente en este Juzgado á responder á los cargos que le resultan en la causa que se le sigue por hurto de uvas; apercibido que de no verificarlo le parará el perjuicio que haya lugar;
encargando á los Sres. Jueces de primera instan
cia de esta provincia procedan, por medio de los agentes de policía, á la busca y captura del expre
sado reo, el qde, caso de ser habido, se pondrá á disposición de este Juzgado con las seguridades ne
cesarias.
Dada en Chinchilla á doce de Diciembre de mil ochocientos setenta y ^Herm enegildo M iró.
P . S- M ., Fernando Cano M aíias.
L A R O D A .
D r. D . Toribío de la Mata y Chaves, Juez de pri
mera instancia de este partido.
Por la presente requisitoria se cita, llama y em
plaza á Antonio Matías Rueño para que ilcntro de!
término de quince dias se presente en este Juzgado;
y por lo lanío se encarga á las autoridades civiles y militares y á los dependientes de la policía ju dicial procedan á la busca y captura del mismo, conduciéndolo con las seguridades convenientes á disposición de est ‘ Juzgado; pues así lo tengo acordado en las diligencias que rae hallo instru
yendo sobre fuga del mismo de la cárcel de Ta- razona, no haciéndose constar las señas del fugado per ignorarse.
Dada en La Roda á quince de Diciembre de mil ochocientos setenta y siete.— Toribio de ¡a M ala.
P . M . de S . S . , Nicolás González.
J U Z G A D O MUNI C I PAL DE A L B AC E T E .
SIM ER O 1.'
Nacimientos registrados en este Juzgado durante la primera decena de Diciembre de 4877
NACIDOS VIVOS. NACIDOS SIN VIDA
Y MUKRTOS A S T liS DIC S E R IN SC R ITO S. Total
D I A S .
LEG ITIM O S. NO LE G IT IM O S. LEGÍTIM OS- N C LEG ÍTIM O S. d e
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4 3 1 4 B » B 4 B B B B B B B 4
5 4 4 5 B a B 5 B B » B B B B 5
6 » » » B B B B B B B B B B B B
7 » » B B B B B B B B B B B B B
8 1 1 2 B B B 2 B B B B B B a 2
9 1 1 2 B B B 2 B B B B B B » 2
40 » 1 1 1 B 1 2 B B B B » » B 2
7 1 1 1 8 1 4 % 2 0 B B B B B B B 20
Albacete 11 de Diciembre de 1 8 7 7 .— E l Juez municipal, Jacobo Serra.
NUMERO 2.’
Defunciones registradas en este Juzgado durante la prim era decena de Diciembre de y clasifica
das por sexo y estado civil de los fallecidos.
DIAS.
F A T j t ^ B G I D O S .
VARONES. HEMBRAS.
Solteros. Casados. Viudos. To t a l. Solteras. Casadas. Viudas. To t a l.
1 B B 1 B B B B
1 B B 1 1 1 B 2
» B B » B B B
4 B B 4 B B B B
1 B B 1 1 B B 1
B B B B B 1 B 1
1 B B 1 » B B B
B » 1 1 1 B i 2
B B » B B B B B
B B B » 1 B B 1
5 B 4 6 4 2 1 7
TOTAL GENERAL.
IB
Albacete 11 de Diciembre de 1877.— E l Juez municipal, Jacobo Serra.
SECCION DE FUERA DE LA PROVINCIA.
UNIVERSIDAD LITERARIA DE VALENCIA- Secretaria general.— Primera ensefianza.^
La Real orden de 7 de Junio de 4850 man
da se celebren oposiciones en el mes de Enero próximo en la provincia de Alicante para pro
veer las escuelas vacantes en ia misma, y las que puedan resultar legalmeute durante el término de la convocatoria, teniendo presente lo dispuesto en la de 4 de Mayo de 1875.
ESCUELAS. PUEBLOS. DOTACION.
Pesetas. Cts.
Elemental completa de ni-
S. Miguel de Sa-
550
También se proveerán las escuelas de oposi- cicn que vaquen durante el término de la con
vocatoria, si hay suficiente numero de aspirantes.
Según lo dispuesto en la regla 13 de la Real orden de 10 de Agosto de 1858, los opositores pre
sentarán sus solicitudes en la Secretaría de la Ju n -
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T I N O F I C I A L , ta de Instrucción pública de la misma provin
cia, expresando los apellidos paterno y materno, naturaleza, provincia y edad, acompañadas de los documentos que acrediten su buena conducta mo
ral y religiosa, que poseen título y sus méritos y servicios, tres dias ántes por lo ménes de ter
minar el mes, á contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín oficial de la referi
da provincia, entendiéndose terminara^ el plazo el último dia para la admisión de solicitudes á las tres de su tarde en punto.
La misma Junta queda encargada de la eje
cución de cuanto disponen la regla 14 y siguien
tes de la última Real órden citada.
Lo que por disposición del Excmo. S r . Rec
tor de esta Universidad se publica en los Bo
letines OFICIALES de las cinco provincias del dis
trito universitario, para conocimiento de los maes
tros y maestras á quienes pueda interesar.
Valencia 10 de Diciembre de 1877.— E l Secre
tario general, Francisco Caballero Infante.
Conforme á lo dispuesto en Real órden de 4 de Mayo de 1875, que fija de nuevo los términos de redacción de la regla 20 de la de 10 de Agosto de 1858, los maestros y maestras que sirvan en propiedad escuelas de igual clase y de la mis
ma ó superior dotación <á la que aspiren, pueden solicitar su traslación por ccncursoá las que resultan vacantes en los pueblos que se expresarán.
Los aspirantes remitirán sus solicitudes do
cumentadas á la Junta de Instrucción pública de la provincia á que corresponda la vacante en el preciso término de 15 dias, á contar desde la fecha en que se publique este anuncio en el respectivo Boletínoficial; entendiéndose terminará el plazo el último dia para la admisión de solicitudes á las tres de su tarde en punto.
P R O V IN C IA D E A L B A C E T E .
ESCUELAS.
bos sexos
Sustitución de la elemental completa de niñas...
Elementa) completa deniñas.
DOTACION.
PUEBLOS. — EMOLUMENTOS.
Pesetas. Cts.
Horcajo i^aldea de Alcaráz)... 300 )) 4.* parte por retri
buciones y casa.
P R O V I N C I A D E C A S T E L L O N .
F a u z a ra ... 625 Casa y retribucio- Chodos... 625 )> nes.
Retribuciones y ca- Feñíscola... 275 » sa si no la habita
la propietaria.
P R O V I N C I A D E M U R C I A .
4 .' parte para ma- Cartagena... liO O » lerial , retribu
ciones Y casa.
Lo que de órden del Excm o. S r . Rector de esta Universidad se publica en los Boletines oficia
les de las cinco provincias del distrito universita
rio, para conocimiento de los maestros y maestras que aspiren á las vacantes que se anuncian por este edicto.
Valencia 4 de Diciembre de 1 8 7 7 .— E l Secre
tario general, Francisco Caballero Infante.
J U Z G A D O D E P R I M E R A I N S T A N C I A DE BARCELONA.
Distrito de San Beltran.
D . Luis Víctor Brugada, Juez municipal Letrado y accidentalmente de primera instancia del dis
trito de San Beltran de esta capital.
Por el presente se llama á Florencia García y N ., natural de Casas-Ibañez, soltera, planchado
ra, de treinta y ocho años de edad, y Virtudes González y Domenech, natural de Villena, sol
tera, modista, de veinte y un años de edad, pa
ra que dentro del término de diez dias se presen
ten en este Juzgado y Escribanía del que refren
da, en méritos de la causa criminal que contra las mismas se instruye sobre hurto; apercibidas de que no verificándolo se les declarará rebeldes y les parará el perjuicio que baya lugar. Y se en
carga á las Autoridades y demás agentes de la po
licía judicial del punto donde .se hallaren dichas procesadas, que las detengan y conduzcan á dispo
sición de este Juzgado.
Barcelona cuatro de Diciembre de mil ocho
cientos setenta y siete.— Lu is Víctor B r a g a d a .^
P . M . D . S . S . , Ignacio Gallüs Escribano.
Edicto.
D . José Ruiz Aguilera, Capitán graduado Tenien
te de la tercera compañía del segundo batallón del regimiento infantería de Castilla, número diez y seis.
Hallándome instruyendo sumaria en averigua
ción del paradero del soldado de la quinta com
pañía de este batallón y regimiento José Juárez Gar
cía, hijo de Faustino y de Josefa, natural y veci
no de la ciudad de Albacete, que en fin de No
viembre de mil ochocientos setenta y dos se sepa
ró del cuerpo;
Usando de las facuít ades que en estos casos con
ceden las Reales Ordenanzas á los OGciales del Ejér
cito, por el presente cito, llamo y emplazo por se
gundo edicto al expresado soldado, señalándole la guardia de Prevención del cuartel de San Fran
cisco de esta ciudad de Vitoria, ó la Comandan
cia militar más próxima al punto en que se encuen
tra, donde deberá presentarse dentro del término de veinte dias, á contar desde la publicación del presen
te edicto, á dar sus descargos; y en caso de no presentarse en el plazo señalado se seguirá la cau
sa y se sentenciará en rebeldía.
Vitoria tres de Diciembre de mil ochocientos setenta y siete.— José Ruiz A guilera.
SECCION NO OFICIAL.
ANUNCIO.
A G E N D A D E B O L S I L L O ,
verdadero Inseparable, ó Libro de memoria diario para 1878. Con el Calendario y la Guía de Madrid. Libro muy curio.so >' de gran utilidad para uso de todos los negocian
tes, comerciantes, banqueros, etc., y en una palabra, para toda clase de personas.
Entre otras novedades que lleva este año la Agenda de bolsillo, diremos que hemos añadido la lista de los Aboga-»
dos del Colegio do Madrid que ejercen actualmente.
Calendarios americanos para 1878.
Agenda de Bufete para 1878.
Agenda de Bolsillo para 1878.
Calendarios de Cuadro para l878r Agenda Médica para 1878.
Agenda de la Lavandera para 1878.
Anuario-Almanaque del Comercio y de ia Industria en España y Ultramar para 1878.
Se hallan de venta en la Librería extranjera y nacional de D. Carlos Baiily-Baillierc, plaza de Sania Ana, núme
ro 10, Madrid.—La misma'Librería remite el Prospecto es
pecial de os Calendarios, Agendas y Anuarios que se pu
blican para 1878 á lodo el que lo solicita.
También se hallan de venta en Albacete, Librería de Don Sebastian Ruiz, Mayor, 47, y en la de D. Juan Collado, Ma
yor, 36.
IM P R E N T A P R O V IN C IA L .
OBSERVATORIO DE ALBACETE.
O B S E R V A C IO N E S M E T E O R O L Ó G IC A S C O R R E S P O N D IE N T E S Á L O S D IA S 17 Y 18 D E D IC IE M B R E D E 1877.
DIAS.
BARÓMETRO
SNUILÍXETHO S V Á 0°. TERMÓMETROS CENTIGRADOS. PSICRÓMETRO.
HUU&DXD RELATIVA, Dirección Atmúmetro Pluvióme- Altura me
dia. Oscilación. Máxima sol.al
Máiima á la
sombra. Diferencia. Mínima aire.al
< Idem 1 del
j reflector. Diferencia. Tempera
media.tura Oscilación. Nueve de la mañana.
Tres la tarde.de
del viento.
en milímetros.
tro en milímetros.
ESTADO DEL CIELO.
17 708,86 0,47 9,0 6,0 3,0 - 5 . 7 - 9 , 5 3 ,8 0,1 11,7 82 87 N . 1,89 D Nubes con hielo.
18
—
709,88 0,73 10,5 G,0 4.5 - 2 , 4 — 5,0
! 2 . 6 l . s 8,4 65 87 O .N .O . 1,75 » Despejado con id.
P . 0 . del Catedrático encargado, Francisco Blanes.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»