En el desarrollo de las funciones de contenidos de la Universidad, la revista Iter Ad Veritatem está destinada a la comunidad científico-jurídica como soporte para su desarrollo académico y educativo, brinda para el trabajo de los investigadores, un lugar para la presentación de sus resultados y redes. entre academia y proyección social. A partir de la decisión del consejo editorial se elaborará una nota en la que se expresará el tema discutido, su importancia para el trabajo científico y su originalidad.
PARES ACADÉMICOS
Universidad Nacional De Colombia, Maestría en Derecho Universidad Nacional De Colombia, Facultad de Derecho Profesor Investigador, Teléfono correo electrónico [email protected]. Abogado Universidad Libre, Especialista en Derecho Procesal - Universidad Libre, Especialista en Derecho Probatorio - Universidad Sergio Arboleda, Diplomado de Magisterio de Nivel Único - Universidad Libre, Profesor Investigador de la Facultad de Derecho, Teléfono E-mail j.helvertramos@yahoo .es.
ARTÍCULOS DE PRODUCCIÓN INSTITUCIONAL
CONTENIDO
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN DERECHOS HUMANOS
ANÁLISIS DEL DERECHO PARA LAS VÍCTIMAS DE LA CONSTITUCIONALIDAD RESTRICTIVA Y DE LA TRADICIÓN PACTISTA DEL PODER.
ARTÍCULOS DE PRODUCCIÓN INSTITUCIONAL
EDITORIAL
PROLOGO
Por eso vengo a presentar otro candidato, otro que nos llevará a cumplir responsablemente con la obligación legal de ejercer el derecho al voto; porque el voto es un derecho y una obligación (artículo 258) y tal candidato viste realmente, como el candidato de los senadores romanos, la túnica blanca que ostentan como símbolo de su dignidad, ese candidato es el voto en blanco. Francisco Rubiales Moreno de España afirma: “El voto en blanco no es un fin en sí mismo, sino una opción honesta cuando no existen partidos políticos ni líderes dignos del voto de los ciudadanos libres en una democracia; El voto en blanco rechaza las opciones políticas, pero no el sistema democrático, es el más adecuado cuando la corrupción es rampante; Por eso los políticos lo devalúan y lo penalizan, ya que es a quien más temen.
Una voz vacía es una voz honesta, valiente y varonil; rechaza la mediocridad y la corrupción”. Por eso en la tarjeta están representados dos tipos de votos vacíos, el que promueve algún movimiento y quiere sacar provecho, y el voto vacío en sí, que es mi candidato. Rodrigo Lozada (analista político) señala: “En este país es difícil convencer a los ciudadanos de votar por los candidatos tradicionales, por lo que es poco probable que se movilicen por el voto en blanco”; Pero otros politólogos coinciden en que el atractivo electoral de los votos en blanco aumentará significativamente y que en las elecciones de 2013 se producirá un avance significativo.
Es significativo el ejemplo del alcalde de Cartagena, hubo una abstención del 73% y el alcalde ganó por un pequeño margen sobre el voto en blanco. Estoy de acuerdo en que el voto en blanco es una solución digna; Como dicen si no estás de acuerdo con ellos.
PRESENTACIÓN
Cuando crecimos y íbamos a la escuela, había algunos maestros que hacían todo lo posible para lastimar a los niños, burlándose de todo lo que hacíamos y señalando todas sus debilidades, sin importar cuán cuidadosamente los niños las ocultaran." - Pink Floyd, THE Wall 1976. A lo largo de las décadas el mundo se ha desarrollado de tal manera que el conocimiento ya no es limitado y permanece en la mente de la nueva sangre de cada generación, es por eso que la Revista Iter Ad Veritatem N°9 es el camino a través del cual los estudiantes puedan dar a conocer sus ideas dentro del mundo del derecho en sus diversas ramas como lo son el área penal, constitucional, administrativa, civil y laboral, nuevos conceptos que mejoren y se adapten a las tendencias de estos días sobre el antiguo derecho de los hombres.
Si bien es cierto que la existencia del derecho se debe a la provisión de soluciones a los conflictos humanos, la búsqueda de la estabilidad y la armonía bajo la figura de la justicia, aquí quisimos dar nuestras declaraciones respecto de la responsabilidad del Estado en diferentes aspectos que conducen a una violación de los derechos humanos. Asimismo, enfatizar la imagen de la constitución política como norma de normas dentro de nuestro sistema en materia de acceso a la justicia, manejo de la prueba, legitimidad de los actos estatales y elevación de derechos fundamentales en el ámbito civil y laboral. En otro aspecto, nos referimos a circunstancias por las que ha pasado nuestro ordenamiento jurídico, como los estados de división, donde nos atrevemos a postular tesis internacionales como el derecho penal del enemigo y en el mismo sentido analizamos la política lejana del Estado de referencia al derecho penal y a la actuación de entidades militares.
Finalmente, se espera que esta publicación atraiga y satisfaga las demandas académicas del derecho y de los lectores, ofreciendo nuevas ideas que fomenten la creación de espacios de reflexión, en materia jurídica y otros campos afines, tomando como convicción la investigación. de conformidad y así buscar nuevas verdades.
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN DERECHOS HUMANOS
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO: TRATAMIENTO
JURISPRUDENCIAL DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑO ESPECIAL Y LA TEORIA DEL RIESGO
INTRODUCCIÓN
Daremos una breve descripción de cómo ha evolucionado el tema de la Responsabilidad del Estado para llegar a la concepción de diferentes regímenes específicamente en el tema de la Responsabilidad del Estado por daños particulares frente a la teoría del riesgo, así como la importancia de esta en la actividad diaria de los particulares frente al daño causado por el Estado y las indemnizaciones que se promueven. Explicaremos lo anterior desde la perspectiva de cómo se ha desarrollado este tema y aclarando a qué se refiere el arte de responsabilidad. 90 de la Constitución Política de Colombia, sin pasar por alto que de alguna manera el citado artículo está encaminado a la implementación de un régimen de responsabilidad objetiva, que tenga como único fundamento el daño y que al solicitante le resulte más fácil obtener una indemnización. ., pero admitiendo que se menciona.
RESULTADOS
- Elementos del Régimen de la falla probada del servicio: es
- El régimen de la falla presunta del servicio: se encuentra en la mitad
- DAÑO ESPECIAL
- REQUISITOS DEL DAÑO ESPECIAL
- CAUSALES EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD EN EL DAÑO
- CAUSALES EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD EN LA TEORIA
Responsabilidad del Estado: el tratamiento jurisprudencial de la responsabilidad por daños especiales y la teoría del riesgo. Se comenzaron a establecer los 16 fundamentos de la responsabilidad estatal y la existencia de regímenes de responsabilidad patrimonial del Estado, como lo establece el art. Para el autor JAIME VIDAL PERDOMO10, las constantes de la responsabilidad civil son: “a) daño: el daño debe ser: 1) cierto: el juez debe encontrar probada su existencia.
Este vínculo no existe cuando el daño es causado por fuerza mayor, caso fortuito, acción de tercero o culpa de la víctima. Responsabilidad del Estado: tratamiento jurídico de la responsabilidad por daños especiales y teoría del riesgo... para la vida en sociedad. El Consejo destaca que el daño debe ser inusitado y anormal, porque la responsabilidad no proviene de la naturaleza del hecho dañoso, sino de la naturaleza única o extraordinaria del daño causado.
17 Recomiendo también consultar la Decisión del Consejo de Estado, Sección Tercera, de 25 de septiembre de 1997, "Elementos de la responsabilidad por daños especiales". Bastará que el demandante pruebe la existencia del daño y la relación de causalidad entre éste y el acto de administración, realizado en el desarrollo de la actividad peligrosa. 22 Decisión del Consejo de Estado, Sección Tercera, 17 de marzo de 2010, Motivos de Exoneración Culpa Exclusiva de la Víctima.
Responsabilidad del Estado: el tratamiento jurídico de la responsabilidad por daños especiales y la teoría del riesgo... el afectado es la causa única, exclusiva o determinante del daño, la exención es completa.
CONCLUSIONES
Ahora bien, si las acciones de la víctima se convierten en causa concurrente de la ocurrencia del daño, habrá reparación parcial aplicando el principio de concavidad y reduciendo la valoración del daño de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2357 del Código. . La actividad de la administración debe ser lícita, realizarse en respuesta a un deber jurídico, debe causarse daño a bienes jurídicamente protegidos y debe existir una relación causal para su uso. Debemos asumir que el hecho que deseamos acoger al régimen especial de daños no puede ser clasificado bajo otros regímenes de responsabilidad y constituye una violación de los principios rectores de nuestra constitución política, como la equidad, la solidaridad y la justicia social.
Con esto demostramos el daño y no cuestionamos el problema del fallo del servicio, ya que partimos de la base del funcionamiento normal y legal. h.). En el daño especial, el Estado se exime de responsabilidad al probar la fuerza mayor, la culpa o la acción de un tercero, ya que con ello se rompe la relación de causalidad, la no alteración del equilibrio de las cargas públicas, la inexistencia de daño y culpa ilícita y exclusiva de la víctima. No.). Frente al régimen especial de daños como el de la teoría del riesgo, hablamos de una actividad jurídica de la administración y se realiza en cumplimiento de un deber legal y se vulnera el principio de igualdad de los ciudadanos ante las acusaciones públicas. . pero se diferencian en que en el daño especial la actividad no es peligrosa y en la teoría del riesgo sí lo es (riesgo grave y anormal), y ese riesgo favorece a la administración, por lo tanto esta es la base que hace que ese daño deba ser indemnizado. j.).
El régimen de responsabilidad por riesgos excepcionales no tiene en cuenta la falla del servicio, y para ser absuelto el Estado debe probar la existencia de una causa extraña, de fuerza mayor y de un acto exclusivo de un tercero o de la víctima que rompe el vínculo de causalidad. . Sólo deberá acreditarse la materialización del riesgo a compensar. k.). En la teoría del riesgo se puede decir que aquí tenemos que demostrar la existencia de un riesgo significativo, ya que muchas actividades humanas implican riesgos, y difícilmente podemos decir que esta teoría cubra todos los riesgos.