• No se han encontrado resultados

Contenido Pág. Pág. Iter Ad 9

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2024

Share "Contenido Pág. Pág. Iter Ad 9"

Copied!
42
0
0

Texto completo

Es una facultad abierta y comprometida con proyectos de desarrollo local y regional en el ámbito sociojurídico, producto de la investigación institucional, de la cual los estudiantes, docentes y directivos son artífices. Una facultad que se esfuerza por liderar procesos de cambio y defensa de las comunidades más débiles y pobres, a las que brinda un servicio social, no sólo en la solución de sus problemas jurídicos, sino también a los que responden a sus necesidades sociales más sentidas, en coordinación con la otras facultades de la universidad y en un marco de humanismo y valores cristianos, que sustentan la formación ética de sus estudiantes. Iter Ad Veritatem es la revista institucional promovida bianualmente por la Facultad de Derecho de la Universidad Santo Tomás, Departamento de Tunja, y su personal docente, que publica artículos inéditos como resultado final o parcial de los resultados de investigaciones en el campo de las ciencias sociales. ámbito jurídico, sino también reflexiones y memorias en el campo del conocimiento social, histórico, cultural y político, con el objetivo de visibilizarlas ante la comunidad nacional e internacional, en un esfuerzo por socializar los resultados de las investigaciones del país. comunidad académica y con la expectativa de contribuir al desarrollo del bienestar social.

En desarrollo de las funciones sustantivas de la Universidad, la revista Iter Ad Veritatem se dirige a la comunidad científico-jurídica como soporte de su desarrollo académico y formativo, como herramienta para el trabajo de los investigadores, como espacio para la presentación de sus resultados e integración entre academia y proyección social. A partir de la decisión del comité editorial se elabora un informe que expresa el tema discutido, su relevancia para el trabajo científico y su originalidad.

PARES ACADÉMICOS

Universidad Nacional De Colombia, Maestría en Derecho Universidad Nacional De Colombia, Facultad de Derecho Profesor Investigador, Teléfono correo electrónico [email protected]. Abogado Universidad Libre, Especialista en Derecho Procesal - Universidad Libre, Especialista en Derecho Probatorio - Universidad Sergio Arboleda, Diplomado de Magisterio de Nivel Único - Universidad Libre, Profesor Investigador de la Facultad de Derecho, Teléfono E-mail j.helvertramos@yahoo .es. Abogado UPTC, Especialización en Derecho Comercial Universidad Externado de Colombia, Especialización en Derecho Procesal Universidad Externado de Colombia, Maestría en Derecho Administrativo Universidad Externado de Colombia.

ARTÍCULOS DE PRODUCCIÓN INSTITUCIONAL

CONTENIDO

RESPONSABILIDAD DEL ESTADO EN DERECHOS HUMANOS

ANÁLISIS DEL DERECHO PARA LAS VÍCTIMAS DE LA CONSTITUCIONALIDAD RESTRICTIVA Y DE LA TRADICIÓN PACTISTA DEL PODER.

ARTÍCULOS DE PRODUCCIÓN INSTITUCIONAL

EDITORIAL

PROLOGO

Por eso vengo a presentar otro candidato, otro que nos llevará a cumplir responsablemente con la obligación legal de ejercer el derecho al voto; porque el voto es un derecho y una obligación (artículo 258), y tal candidato viste realmente, como el candidato de los senadores romanos, la túnica blanca que ostentan como símbolo de su dignidad, este candidato es el voto en blanco. Francisco Rubiales Moreno de España afirma: “El voto en blanco no es un fin en sí mismo, sino una posibilidad honesta cuando no existen partidos políticos ni líderes dignos del voto de los ciudadanos libres en una democracia; El voto en blanco rechaza las oportunidades políticas, pero no el sistema democrático, es el más apropiado cuando la corrupción está generalizada; Por eso los políticos lo subestiman y castigan, ya que es a él a quien más temen.

El voto en blanco es un voto honesto, valiente, viril, rechaza la mediocridad y la corrupción." En España el movimiento "Escaños en Blanco" deja vacíos los escaños que gana, en Uruguay se unen al candidato con mayor votación, y en Colombia en el última reforma política, a sus promotores se les reconocen, en su caso, los derechos y garantías establecidos por la ley para las campañas electorales, incluida la compensación de gastos de campaña, hasta el monto previamente establecido. Por ello, en el voto en blanco se presentan dos tipos tarjeta, el que promueve un determinado movimiento y busca lucrar, y la propia voz en blanco que es mi candidato.

Si el voto blanco es mayoritario en la elección, se debe repetir la elección (Acto Legislativo 1 de 2009) con candidatos diferentes, lo que no se hizo con nuestros representantes en el Parlamento Andino, premio de consolación para quienes no resultaron elegidos diputados. . En ese caso, el voto blanco fue mayoritario. Sin embargo, Rodrigo Lozada (analista político) señala: “En este país es difícil que los ciudadanos voten por candidatos tradicionales, por lo que es poco probable que se movilicen para votar en blanco”; Pero otros politólogos coinciden en que el atractivo electoral del voto blanco aumentará significativamente y se verá un retorno significativo en las elecciones de 2013. El ejemplo del alcalde de Cartagena es significativo, hubo una abstención del 73% y el alcalde ganó. . un pequeño margen en el voto blanco.

Estoy de acuerdo en que el voto en blanco es una solución digna; Como dicen cuando no estás de acuerdo con ellos.

PRESENTACIÓN

Cuando éramos pequeños y íbamos a la escuela, había maestros que habrían hecho todo lo posible para lastimar a los niños, burlándose de todo lo que hacíamos y resaltando todas sus debilidades, sin importar cuán cuidadosamente los niños las escondieran " - Pink Floyd, THE. Wall 1976. Con el paso de las décadas, el mundo ha evolucionado de tal manera que el conocimiento ya no es limitado y permanece en la mente de la sangre nueva de cada generación. Es por ello que se publica la Revista Iter Ad Veritatem N° 9. es el medio por el cual los estudiantes pueden dar a conocer sus ideas dentro del mundo del derecho en sus diversas ramas, como el derecho penal, constitucional, administrativo, civil y laboral, nuevos conceptos que mejoran y se adaptan a las tendencias de estos tiempos en el campo de la antigüedad. ley humana.

Si bien es cierto que la existencia del derecho se debe a la resolución de los conflictos humanos, a la búsqueda de la estabilidad y la armonía bajo la apariencia de la justicia, hemos querido hacer nuestras declaraciones respecto de la responsabilidad del Estado en diversos aspectos que conducen a violaciones. . de los derechos humanos. Asimismo, resaltar la imagen de la constitución política como norma de normas dentro de nuestro sistema en materia de acceso a la justicia, manejo de la prueba, legitimidad de los actos estatales y elevación de derechos fundamentales en el ámbito civil y laboral. En otro aspecto, nos referimos a las circunstancias por las que ha atravesado nuestro ordenamiento jurídico, como los estados de separación, donde nos atrevemos a postular tesis internacionales como el derecho penal del enemigo, y en el mismo sentido analizamos las políticas distantes. del estado de referencia al derecho penal y a la actuación de entidades militares.

Finalmente, se espera que esta publicación sea del agrado y cumpla con los requerimientos académicos del derecho y del lector, aportando nuevas ideas que fomenten la generación de espacios para la reflexión, en materia jurídica y otros campos afines, siendo la investigación una creencia que romper cadenas de conformidad y buscando así nuevas verdades.

ARTÍCULOS DE PRODUCCIÓN INSTITUCIONAL

ARTICULOS DE CARÁCTER GENERAL PARA EL ESTUDIO DE LA CIENCIA JURIDICA

La promulgación de la Constitución de 1991 cambió la forma de funcionamiento de un Estado legal a un Estado de bienestar legal. Colombia, entendida como un Estado social de derecho, tiene esencialmente su actividad enfocada a crear condiciones de convivencia que permitan el desarrollo individual y social de sus miembros a través de ciertos órganos y funcionarios que tienen la facultad de determinar los límites de la voluntad popular para lograr lo antes mencionado. meta. Por tanto, según los criterios emitidos por la policía nacional, la Constitución otorga a determinadas autoridades la facultad de hacerlo.

DIVISIÓN DE LAS FUERzAS CASTRENSES Y LA AUTONOMÍA DE LA POLICÍA NACIONAL FRENTE A LA

  • INTRODUCCIÓN
  • PROBLEMA
  • JUSTIFICACIÓN
  • OBJETIVOS
    • OBJETIVO GENERAL
  • METODOLOGÍA
    • DESARROLLO
    • LA TEORÍA DE LA DIVISIÓN DEL PODER
    • ORGANIzACIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO
    • DIVISIÓN DEL PODER
    • FUERzA PÚBLICA
  • DESARROLLO JURISPRUDENCIAL -Varios han sido los pronunciamientos
  • CONCLUSIONES
  • REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

La división de las fuerzas militares y la autonomía de la policía nacional frente a la intervención del Presidente de la República. Una de las principales diferencias entre el ejército y la policía es que la esencia de la actividad policial es el uso mínimo de la fuerza. Según la Ley 578 de 2000, otorga al Presidente de la República ciertas facultades extraordinarias para dictar normas y reglamentos de las fuerzas militares y de la policía nacional.

En relación con la policía estatal, el presidente de la república se encuentra entre los máximos órganos administrativos. Descubra si el monopolio de las fuerzas armadas y la policía nacional se encuentran bajo el mismo nivel de organización jerárquica constitucional y bajo qué autoridad el presidente de la república influye en sus decisiones. Determinar los niveles de influencia del presidente de la república según la organización jerárquica de la autoridad pública.

Analizar la constitucionalidad de la actuación del Presidente de la República frente a la actuación de la fuerza pública. El Presidente de la República es el Comandante Supremo de la Policía Nacional, quien ejerce su autoridad a través del Ministro de Defensa Nacional y del Director General de la Policía Nacional10. Cabe señalar que uno de los objetivos de la Policía Nacional es mantener las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas y garantizarlos de la misma manera.

15 La Policía Nacional se distingue entonces de las fuerzas armadas por la falta de disciplina militar y por su carácter civil, lo que implica que los subordinados son responsables de ejecutar las órdenes que reciben. Es decir, en ley en cualquiera de las variantes que puedan aparecer en el Congreso de la República, leyes o decretos legislativos. Ley 578 de 2000 (24 de marzo) Por la cual se otorga al Presidente de la República facultades extraordinarias para dictar reglamentos relativos al ejército y la policía nacional.

Referencias

Documento similar

Si bien es claro que el derecho al trabajo se encuentra enmarcado dentro de los humanos y fundamentales como se hizo mención anteriormente, Colombia no ha logrado establecer los