Número 9 7 . Miércoles 4 de Felrero del año económico de 1 8 7 3 - 7 4 . 3 8 cents, de peseta.
DE LA PROVINCIA DE ALBACETE^
Se publica los Lunes, M iércoles y V iériics.— Los su scrito res de esta Ciudad pa
garán 2 pesetas al mes.—Los de fuera 7,á0 por un trim e stre y 13,50 por medio año.
Los anuncios particulares que se q u ie ra n in se rta r en el BOLETIN, previ»
licencia del S r. G obernador, pagarán 13 céntim os de peseta por línea.
Sección be la CIBaceta.
Ministerio de Ultramar.
D E C R E T O .
Varias son U.s formas que desde su creación se ha dado á la Secre
taría del Ministerio de Ultramar; pe
ro ninguna ha producido resultados mejores que aquella en que los diver
sos Negociados de este departamento, agrupados eu Secciones distintas, se
gún la índole de los asuntos, i’es- pondian al saludable principio de la conveniente distribución del trabajo.
Atendiendo, pues, á las seguras y útiles indicaciones de la experiencia, es indudable que debe restablecerse la indicada forma, con tanta más ra
zón, cuanto que al hacerlo así no sólo no se aumenta el capítulo de gas
tos del presupuesto de este Minis
terio, sino que hasta se consigue in
troducir una economía, nunca des
preciable.
En tal concepto el Poder Ejecu
tivo de la llepública, á propuesta del Ministro que suscribe, ha tenido á bien decretar lo siguiente:
Artículo 1.“ La Secretaría del Mi
nisterio de Ultramar se dividirá en cuatro Secciones, que se denomina
rán de Gobernación y Fomento, Gra
cia y Justicia, Hacienda y Contabi
lidad.
Art. 2.“ Compondrán la plantilla de dicha Secretaría: un Secretario ge
neral, Jefe superior de Administra
ción, con el sueldo anual de 12.500 pesetas: cuatro Jefes de Sección, Jefes de Administración de primera clase, con el de 10.000: dos Oficiales pri
meros, Jefes de Administración de se
gunda, con 8.750: cinco Oficiales se
gundos, Jefes de Administración de tercera, con 7.500: siete Oficiales ter
ceros, Jefes de Administración de cuar
ta, con 6.500: cuatro Auxiliares pri
meros, Jefes de Negociado de segun
da, con 5.000: ocho Auxiliares, se
gundos Jefes de Negociado de ter
cera, con 4.000: ocho Auxiliares ter
ceros, Oficiales primeros de Adminis
tración, con 3.500: ocho Auxiliares cuartos, Oficiales segundos de Admi
nistración, conS.OOÓ: nueve Auxilia
res quintos. Oficiales terceros de Ad
ministración, con 2.500: diez Auxilia
res sextos. Oficiales cuartos de Admi
nistración, con 2.000: diez Auxiliares sétimos. Oficiales quintos de Adminis
tración, con 1.500.
Art. S.® El Negociado central de Aduanas y el Archivo de Indias conti
nuarán con su actual organización.
Art. i.** Quedan subsistentes las consignaciones para Escribientes y su
balternos.
Madrid seis de Enero de mil ocho
cientos setenta y cuatro.
El Preíideat* del Poder Ejecutivo de I» República, Francisco S errano.
El Ministro de Ultramar, V íctor B alaguer.
Ministerio de la Gobernación.
En el expediente relativo al recurso de alzada interpuesto an
te este Ministerio por D. Francis
co de Paula García, vecino de esa capital, contra un acuerdo de la Cotnision permanente de la Dipu
tación de esa provincia que revo
có el del Ayuntamiento por el cual se concedió al recurrente el derecho á una porción de terreno p ira edidear, la Sección de Go
bernación y Fomento del Consejo do Estado ha emitido sobre el asunto el siguiente dictamen:
«Exorno. Sr.: En cum plim ien
to de ór len del Gobierno de la Re
pública, la Sección ha examinado el adjunto expediente relativo á un recurso de alzada interpuesto por D. Francisco de Paula García contra un acuerdo de la Comisión provincial de Huelva que revocó otro del Ayuntamiento de la capi
tal por el cual se concedió al recur
rente el derecho á cierta parte de terreno para edificar.
Del expediente resulta que ha
biéndose formado en dicha pobla
ción el barrio denominado del Cár- men, adjudicándose á los dueños de las fincas circunvecinas la por
ción de terreno que aparecía so
brante por virtud de la alineación de las nuevas calles, D. Francisco de Paula García solicitó el que re
sultaba lindante con las casas de D. Francisco Moreno, D. José Alon
so Bermudez y D. Lope Prieto, por haber renunciado b s dos pri
meros el derecho á su adquisición.
El Ayuntamiento se lo conce
dió en ‘20 de Junio de 1872 no ob.s- tante que D. Lope Prieto, después de conocer el aprecio del terreno que correspondía á su casa, mani
festó su deseo de adquirirlo.
Habiendo hecho constar- Prie
to su no conformidad con el an
terior acuerdo, el Ayuntamiento lo confirmó en 14 del mes siguien
te por juzgar que no podía revo
car lo ya resuelto.
En 15 de Setiembre D. Lope Prieto recurrió á la Comisión pro
vincial, y esta en 3 de Febrero último revocó el acuerdo del Ayuntamiento, considerando in cuestionable el derecho del recur
rente por ser aplicables al caso de que se trata las disposiciones que otorgan á los dueños de fincas contiguas á la via pública el dere
cho á que se les adjudiquen por su aprecio y sin licitación las par
celas respectivas, dándose el ca
rácter de bienes de Propios á aquellas cuya adquisición se re
nuncie; y atendiendo al derecho de servidumbre que aquellas ca
sas tienen de comunicación con el nuevo barrio; á que el Ayunta
miento debe escogitar medios de obligar á los que adquieran las parcelas á que realicen las obras oportunas; y finalmente, á que en ningún caso el Ayuntamiento por autoridad propia podía di.sponer en la forma que lo hizo del ter
reno renunciado por los que á él tenían preferente derecho, pues adquiriendo por esta causa el ca
rácter da Propios, no podía excu
sarse la licitación pública.
En 18 del mismo mes D. Fran
cisco de Paula García acudió al Gobernador de la provincia solici
tando la suspensión del acuerdo de la Comisión, con arreglo á lo dis
puesto en el art. 49 de la ley pro
vincia vigente, y exponiendo que en el terreno de que se trata tiene yacási terminada la construcción de una casa; que dicho-terreno lo había adquirido por cesión del Ayuntamiento, prévio el pago de su aprecio: que por el art. 67 de la ley municipal vigente y Reales ór
denes de 14 de Abril y 24 de Julio de 1871 los acuerdos do los Ayun
tamientos que, siendo ejecutivos han llegado á ser hechos consuma
dos, no pueden revocarse, y estos acuerdos lo son en asuntos de poli
cía urbana; y finalmente, que la Comisión era incompetente para conocer del asunto; pues que ha
biendo adquirido el terreno por un contrato perfecto, la Real órden. de 17 do Noviembre de 1871 establece que los acuerdos referentes al cum plimiento, inteligencia, revisión y efectos de contratos municipales, y todos ios que perjudiquen derechos civiles sólo puedan impugnarse por la via Contenciosa, manifestan
do al mismo tiempo que recurría en alzada ante el Ministerio del digno cargo de V. E.
El Gobernador de la provincia de Huelva suspendió el acuerdo de la Comisión, fundándose en el ar
tículo 49 de la ley provincial y 67 y 77 de la municipal, según re
sulta del oficio de 22 de Febrero último de la Comisión remitiéndo
le los antecedentes del asunto.
Claras y terminantes son las razonasen que la Comisión pro
vincial de Huelva apoya su acuer
do, pero la Sección no necesita e n trar en examinarlas.
Fundándose la suspensión del acuerdo y el recurso de D. Fran
cisco de Paula García en que se lastiman por la Comisión sus de
rechos civiles, aparece que no es la via gubernativa la procedente para interponer el recurso.
El art. 51 de la ley provincial vigente establece que los que se crean perjudicados en sus dere
chos civiles por ios acuerdos de la Diputación, haya sido ó no sus
pendida su ejecución, puedan re
clamar contra ellos mediante de
manda ante el Juez ó Tribunal competente, sjgun lo que, aten
dida la naturaleza del asunto, dis
pongan las leyes.
Y por ello, la Sección opina que debe declararse improcedente el recurso que motiva el presente informe, reservando á los intere
sados el derecho de acudir ante los Tribunales competentes.»
Y conforme el Gobierno de la República con el preinserto dictá- men, se ha servido resolver cou^o en el mismo se propone.
De su órden, comunicada por el Sr. Ministro de la Gobernación, lo digo á V. S. para los efectos correspondientes. Dios guarde á V. S. muchos años. Madrid 20 de Diciembre de 1873.
El Secretario general, José M aría Celleruclo.
Sr. Gobernador de la provincia de Huelva.
Sccctaii líe Ipraoiucta.
G O B I E R N O C I V I L ,
CIRCLLA.U NUMERO U l .
Sección de Fomento .— M inas.
Por el Ingeniero Jefe del Dis
trito minero de Murcia, se remite á este Gobierno civil el cuadro que á continuación se inserta:
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
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Comisión Provincial.
Extracto de los acuerdos tomados por es
ta Corporación en los dias que se ex
presarán, jj que se publica en este pe
riódico oficial en cumplimiento á lo dispuesto en el párrafo 3.® del arl. 6i de la ley provincial vigente,
(Conclusión.) (1)
Se siOxN del dl\ 22 d e Julio. Presidencia del Sr. D. Pedro Gon
zález.
1. ° Aprobada el acta de la an
terior.
2 . ° Declarando útii parala re
serva actual al mozo Pedro Villa- escusa Clemente, del alistamiento de Almansa.
5.° Idem pendiente de expe
diente á Félix González Martínez, de id.
4. ” Idem prófugos á los mozos Miguel Martínez y Martínez, An
tonio Mejías González, Andrés Cuenca (González, Pedro Herrero Pina, Antonio Martínez Tomás, José Casanueva Navalon, Pascual Martínez Villaescusa, Atanasio Ló
pez Hernández y Mauro Mejías Oolomer, de id.
5. " Que se conteste A los Seño
res Gobernador civil y Comandan
tes militar y de la Caja, que con cargo el capítulo de imprevistos del presupuesto provincial se han librado 250 pesetas á favor de la última autoridad expresada, para atender á los gastos de Jos mozos en observación, sin perjuicio de que en su dia se haga el oportuno reintegro.
6. ° Daclarando prófugos á los mozos de Ja actual reserva, Mi
guel Gil Carpena, Cosme Cuenca Martí, Luis Amords Albertos, Luis Navarro Tornero, José Uiaz Sán
chez, Juan Diaz Arellano, Juan Rey Conejero, Luis Gallar Pe
drés, Pedro Pagen Gracia, Joa
quín Herrero Bañon, Joaquín Sán
chez Sánchez, Salvador Esteve Ruiz, José Benito Romero, To
más Puche Diez, Joaquín Marco, Juan Dónate Agulld, Ant-mio Vi
cente Solera, Francisco Martínez Pedrés, Bernardo Martínez, Joa
quín Benito García, Jáime Hues
ca Gil, José Requena Amorés y Francisco Amorés Diaz, del alis
tamiento de Caudete.
7 . ° Declarando pendiente de Observación al mozo José Muñoz López, de Paterna.
8 . " Idem id. de certifleado á José Contreras Perez, de Alpera,
9 . “ Idem id. id. á Juan Gar
cía Gallego, de id.
10. Idem prófugo á Juan Ló
pez Meglas, de id.
11. Idem exceptuado para la reserva al mozo Juan Garrido Gar
rido, de Víanos.
Sesióndel día23de Julio. Preside7¿cia d e lS r. D. Pedro Gon
zález.
\ A p r o b a d a el acta de la an
terior.
2.'’ Declarando prófugo al tuo-
(1) Véase d m'imer.) 95 Je este purióüeo oficial.
zo de la reserva actual, Alonso Cu- tanda Briones, del alistamiento de Pétrola.
3. ° Declarando pendiente al mozo Gerónimo Martínez Fernan
dez, de id., hasta que el Alcaide remita el expediente original de todos los mozos.
4. ° Idem ^prófugo á Do.mingo González Morote, de Pozo-hondo.
5 . ° Idem útil para la reserva al mozo Juan Moreno Molina, de Ídem.
6 . " Idem útil para id. á Poli- carpo Esparcía Saez, de id.
7. ” Idem útil para id. á José García Honrubia, de id.
8. ° Idem pendiente de expe
diente á Benito Plaza Romero, de Alcaráz.
9. “ Idem id. id. áBalbino Mal- donado Giménez, de id.
10. Idem útii para la reserva al mozo Juan Mansilla Cardan, do Fuente-álamo.
11. Idem útil para id. á An
drés Mansilla Sánchez, de id.
12. Idem pendiente do obser
vación á Luis Perez López, de Férez,
13. Idem útil para la reserva al mozo Justo Pastor Aguilar, del alistamiento de Alcaráz.
14. Idem útil para id. á A n
drés Rubio González, de id.
15. Idem útil para id. úJuan López Megías, de Alpera.
16. Idem exceptuado para idem á Antonio Palacius Sánchez, de Peñas de San Pedro.
17. Idem útil para id. á Sin- foriano López Font, de id.
18. Idem exceptuado p.ira idem á Manuel Ruescas Iñiguez, de Bo
nete.
19. Idem pendiente de expe
diente á Pascual Iñiguez Marti- nez, de id.
20. Declarando pendiente de certificado ai mozo de la reserva Giüés de la Torre López, del a lis
tamiento de Chinchilla.
21. Idem prófugo á Salustiano Tébar Giménez, de id.
22. Idem útil para la reserva al mozo Alonso Arenas López, de idem.
23. Idem pendiente de expe
diente á Ramón Rae Sarriá, de idem.
24. Idem id. de curación á Juan Molina y Molina, d e id .
25. Idem exceptuado parada reserva al mozo Antonio Robles Madrigal, de id.
26. Idem exceptuado para id.
á Juan Perez Mancebo, de id.
27. Idem exceptuado para id.
á Juan Campayo Cruzado, de id.
28. Idem exceptuado para id.
á Juan Calero Moreno, de id.
29. Idem exceptuado para id.
á Juan Moreno López, de id.
30. Idem útil para. id. á Juan Valera García, de id.
51. Idem útil para id. á Pas
cual Gil Núñez, de Hoya* Gonzalo.
32. Idem prófugo al mozo Pe
dro Corredor del Rey, de id.
33. Idem exceptuado para la reserva al mozo Julián Fúrio Cru
zado, del alistamiento d e H ig u e- ruela.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
B O L E T I N O F I C I A L , 5 Sesión deldía 24 de Julio.
Presidencia d ü S r. D. Pedro Oon- zalez.
1. " Aprobar el acta de la an
terior.
2. " Declarando útil para la re
serva al mozo Pedro Millan Bel- monte, del alistamiento de Hoya- Gonzalo.
3 . “ Idem útil para id. á Pas
cual Mejías Delicado, del de Bo
nete.
4 . *’ Idem pendiente de obser
vación á Juan Guerra Cortés, del de Alcaráz.
5. ” Idem pendiente de expe
diente á Juan Iniesta Sánchez, del de Hellin.
6. " Idem útil para la reserva al mozo Pedro Ruiz Alfaro, del de Alcadozo.
7. ® Idem en observación á Juan Blazquez González, de id.
8. ® Idem exceptuado para la reserva al mozo José López Sán
chez, de San Pedro.
9. ° Idem útil para id. á Agus
tín Guerrero López, de id.
10. Idem pendiente de expe
diente al mozo Manuel Martínez Navarro, del Pozuelo.
11. Idem exceptuado parala reserva al mozo Manuel Martí
nez Navarro, de id.
Sesión del d ía 25 de Julio. Presidencia del S r. D . Pedro Gon
zález.
1. “ Aprobar el acta de la an
terior.
2. ® Declarando pendiente de certificado al mozo da la reserva Agustín Picazo González, del alis
tamiento de La Roda.
3. ® Idem id. de expediente á José Dónate Ballestero, de id.
4 . ® Idem útil para la reserva al mozo Antonio Lozano Morales, de id.
5. ® Declarando pendiente de expediente al mozo de la reserva actual José López Montejano, del alistamiento de La Roda.
6. ® Idem útil para la reserva al mozo Rufino Alaroon Saez, de
ídem.
7 . ® Idem prófugo á Pedro Gon
zález Serrano, de id.
8. ® Idem id. á Antonio Tébar y Tébar, de id.
9. ® Idem útil para la reserva al mozo Pedro Tébar Martínez, de Ídem.
10. Idem útil para id. al mozo Jv.an Carretero López, del alista
miento de Minaya.
11. Idem pendiente de obser
vación á Juan Aranda Ballestero, de id.
12. Idem útil para la reserva al mozo Salustiano Ruiz Ortiz, de Ídem.
43. Idem exceptuado para Ídem á Daniel Montero García, de idem.
14. Idem exceptuado á Víctor Alameda del Pozo, de id.
15. Idem exceptuado á Juan Carrasco, de idem.
16. Idem pendiente de presen
tación á Julián Conejero Collado, de idem.
17. Idem prófugo A Matías Gar
cía López, de Tarazona.
18. idem id. á Ramón Mone
dero Valiente, de id.
19. Idem pendiente de obser
vación á Miguel Simarro Quilez, de id.
20 Idem prófugo á José Nan- jas Bautista, de id.
21. Idem pendiente de expe
diente á Juan Picazo Moraga, de idem.
22. Idem prófugo á Andrés Gómez Giménez, de id.
23. Idem id. á José Picazo Mar
tínez, de id.
24. Declarando prófugo al mo
zo de la reserva actual, Marceli
no Picazo Martínez, de Tarazona.
25. Idem prófugo á Juan Si- marro Tébar, de id.
26. Idem id. á José Picazo Ar- nedo, de id.
27. Idem id. á Juan Picazo, de Idem id. á José Córdoba,
>Idem pendiente de obser- á Nicanor Frias Santiago, idem.
28.
de id.
29. ■;
vacion de id.
50. Idem prófugo á Juan Gó
mez Herraiz, de id.
31. Idem pendiente de obser
vación á Gaspar López Panadero, de id.
32. Idem prófugo á Aníoiiio Aroca, de id.
33. Idem id. á Andrés Bueno García, de id.
34. Idem id. á Francisco Ro
mero, de id.
35. Idem id. á B’rancisco Pa
nadero Cuesta, de id.
36. Idem id. á Antonio Bar- borá, de id.
37. Idem pendiente de presen
tación á Leandro Soriano Ibarra, de id.
38. Idem útil para la reserva al mozo Julián Moya Ortiz, dei alistamiento de Minaya.
39. Idem pendiente porhallar
se procesado al mozo Serafín Ba
llestero Collado, de id.
40. Idem pendiente de presen
tación á José García Hernández, de Muñera.
41. Idem útil para la reserva al mozo Nicolás Palacios Fernan
dez, de id.
42. Idem pendiente de presen
tación á Antonio Moya Morcillo, de id.
43. Idem- prófugo á Alvaro Martínez López, de id.
44. Idem pendiente de presen
tación á Francisco Sierra Arenas, de id.
45. Idem prófugo á Juan Plaza Moreno, de id.
46. Declarando pendiente de presentación á Antero Moreno Diaz, de id.
47. Idem pendiente de expe
diente á Juan Fernandez Vinuesa, de id.
48. Idem id. de presentación á Bernardo Arenas García, de id.
49. Idem prófugo á José Mar
tínez Fernandez, de id.
50. Idem pendiente de presen
tación á Victoriano Morcillo Víllo- ra, de id.
51. Idem útil parala reserva al mozo Juan Tébar Moreno, del alistamiento de La Roda.
52. Idem útil para id. á Ma
nuel Martínez, del de Tarazona.
53. Idem útil para id. á Mi
guel Moya Gómez, de id.
54. Idem inútil para id. á Pas
cual Picazo Córdoba, de id.
55. Idem útil para id. á Anto
nio Perez Dónate, de id.
56. Idemútil para id. á Miguel Alarcon Madrigal, de id.
57. Idem útil para id. á Anas
tasio Vil lora Martínez, de Muñera.
58. Idem útil para id. á Láza
ro Paños, de id.
59. Idem prófugo al mozo Da
niel Giménez Giménez, de Fuen
santa.
60. Idem prófugos á los mozos Juan Leal Milla, Diego Saliuqui- lio Merino, Rosauro Villa Aroca, Cipriano García Sahuquillo, Me- liton Ibañez Clemente y Santia
go López Martínez, de Madri
gueras.
64. Idem excluido para la re
serva al mozo Alfonso Atienza Martínez, de Tarazona.
62. Alzando la nota de prófu
gos á los mozos Deogracias Iba- ñez, Antonio García Rodenas y Gervasio Sánchez Mendoza, dei alistamiento de Bienservida, y de
clarándolos útiles para el servicio de la reserva.
63. Declarando útil para el servicio de la reserva al mozo An
drés Moreno y Moreno, de Mon
ta! vos.
64. Declarando pendiente á Juan Ruiz Sánchez, de Lezuza.
65. Idem prófugos á los mozos del alistamiento de Lezuza, Félix Peña Abarca, Francisco López y López, José Martínez Rabadan.
Juan Sánchez Aparicio, Inocente Ortega, Fructuoso Martínez Gar
cía, Antonio Moreno, Félix Sierra y Torrres y Gabriel González Tor
res.
66. Disponiendo que el Ayun
tamiento de Lezuza verifique nue
vo juicio de exenciones para oir y resolver la alegación dol mozo Juan Saez Blazquez.
67. Se declara pendiente al mozo Juan Moreno y Coca, del alistamiento de Lezuza.
68. Idem id. de presentación á José Lapeila, de id.
69. Idem id. id. á los mozos Saturnino Fernandez Rodríguez, Carmelo Ortega Abendaño y Juan López Martínez, de id.
70. Declarando úli) para el servicio de la reserva al mozo Epi- fanio Sánchez Simarro, de id.
71. Idem útil para idem á Juan Sánchez Carretero, de idem.
72. Idem pendiente de expe
diente á Isaac Flores Sanz, de id.
73. Idem idem á Remigio Or
tega Sánchez, de id.
74. Idem útil para el servicio de lareservaáNicolásTondero Ta- lavera, de Madrigueras.
75. Idem útil para id. á Sil
vestre García Fuentes, de id.
76. Idem útil para id. á Ino
cencio Fuentes y Fuentes, de id.
Albacete 20 de Enero de 1874.
El Secretario, Manuel González Conde.— V.'' B.®—El Vicepresiden
te, Pascual Giménez de Córdoba.
3 lguutamíeuto 0 .
AYNA.
El primer Teniente Alcalde popu
lar de la villa de Ayna.
Hace saber: Que por el Ayun
tamiento que tengo la honra de presidir, por ausencia del propie
tario, se ha acordado redamar tan
to á vecinos como á terratenientes relaciones juradas y por duplicado de todos aquellos que hubieren tenido alteración en sus riquezas, tanto por inmuebles, como por cul
tivo y ganadería y se tengan en cuenta á la formación del apén
dice que ha de formar l.i Junta de evaluación, y el cual ha de servir de base al cupo de coutribucion territorial que le corresponda á es
te distrito municipal y año econó
mico de 1874 á75; ácuyoefecto se conceden treinta dias, contados desde ia fecha que el presente anuncio aparezca en el Boletín
OFICIAL, las cuales entregarán en Secretaría, recogiendo los interesa
dos la duplicada con el recibí del Secretario de este Municipio que ha quedado autorizado para ello;
debiendo advertirles al propio tiempo, y que no sirva posterior
mente de escusa como en años an
teriores, que tanto las relaciones presentadas después del plazo que se marca, como asimismo las que no vengan debidamente autoriza
das según previenen las reales ór
denes vigentes sobre la materia, no serán oidas aquellas, ocasio
nándoles con esto los perjuicios que no desearían sufrir.
Ayna 30 de Enero de 4874.—
Nicolás Cuenca.—P. S. M., A n drés Navarro.
Don Nicolás Cuenca, primer Te
niente de Alcalde de esta villa de Ayna.
Hago saber: Que terminado el repartimiento individual formado por el Ayuntamiento y Junta pe
ricial de este distrito municipal del cupo que corresponde pagar al mismo por el impuesto tran
sitorio sobre puertas, ventanas y balcones á ia vía pdblica, estable
cido por el art. 15 del decreto de 2 de Octubre de 1873 ó instruc
ción de 27 de Noviembre siguien
te, se acordó su exposición al pú
blico por término de seis dias, ha
llándose de manifiesto en la Se
cretaría de este Ayuntamiento con el fin de que los contribuyentes puedan enterarse de las cuotas que en él figuran por los huecos imponibles que comprenden sus casas; y que en su vista produzcan las reclamaciones que estimen conducentes, las que serán admi
tidas y resueltas en virtud á lo prevenick) por el art. 36 de la re
ferida instrucción; añadiendo que el que dejé de hacerlo en ios dias señalados, que se contarán desde que el presente aparezca en el Bo
letín OFICIAL de la provincia, no tendrá derecho á que sean resuel
tas sus reclamaciones.
Ayna 29 de Enero de 1874.—
Nicolás Cuenca.—Por su mandado, Andrés Navarro.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»
4 B O L E T I N O F I C I A L . VTT.L.\PA.LACI03.
D. Isidoro Martiaez, Alcalde de es
ta villa y Presidente de su Ayuntamiento.
Hago saber: Que por renuncia del que la desempeñaba se halla vacante laSecretaría deeste Ayun
tamiento, dotada con el sueldo anual de m il pesetas pagadas por trimestres vencidos; percibiendo además el que la obtenga 150 pe
setas por la formación del reparti
miento de la contribución de in muebles, cuUivo y ganadería, 37 pesetas 50 céntimos por derechos del expediente de subasta de los pastos de las dehesas do propios de esta villa, y lo que pueda producir
le el desempeño de la Secretaría del Juzgado municipal, que estará á su cargo.
Los aspirantes podrán presen
tar sus solicitudes documentadas en la forma que la ley determina dentro del término de veinte dias, á contar desde que aparezca el pre
sente anuncio en el Boletín o f i
cial de la provincia.
Villapalacios SO de Enero do 1874.— hidoTo M artínez.—El Se
cretario interino, Abelardo R ieki.
FUENSANTA.
Hallándose terminado el re
partimiento del impuesto transito
rio sobre puertas, ventanas y bal
cones á la via pública de esta villa, queda de manifiesto en es
tas Salas Capitulares por término de cinco dias, á contar desde aquel en que aparezca en el Boletín
OFICIAL este anuncio, para que los interesados puedan enterarse y presentar las reclamaciones que crean oportunas; pero trascurrido dicho plazo no serán atendidas.
Fuensanta 27 de Enero de 1874.— E. A. P., Nicasio M artínez.
Pascual Giménez, Secretario inte
rino.
COTILLAS.
D. Juan Campos Martínez, Alcal
de popular de esta villa.
Hago saber: Que estando ter
minado el repartimiento del im
puesto transitorio sobre puertas, ventanas y balcones á la via pú
blica de esta jurisdicción, queda de manifiesto sobre la mesa de es
te Municipio por término de cinco dias, á contar desde aquel en que aparezca anunciado en el Boletín
OFICIAL de la provincia, para que los interesados puedan enterarse de su contenido y producir las re
clamaciones que crean oportunas;
pero trascurrido que sea dicho plazo no serán atendidas.
Cotillas 27 de Enero de 1874.
Juan Campos.— V. S. M., Félix González, Secretario.
ALOARÁZ.
D. Marcial González de la Fuente, Juez de primera instancia de es
ta ciudad de Alcaráz y su par
tido.
Por el presente se cita, llama y emplaza á Pedro Moreno y Aguilar, vecino de Riopar, para que dentro del término de diez dias se presente en este Juzga
do para notificarle la sentencia recaida en la causa que contra el mismo se ha seguido por lesiones á su convecino Joaquín Cabezue- lo, pues de no hacerlo así le pa
rará el perjuicio que haya lugar.
Dado en Alcaráz á veintiséis de Enero de mil ochocientos seten
ta y cuatro.— Marcial González de la Fuente.— P. M. O. 3. 3., Awjel
Yagüe.
LEZUZA.
Se halla vacante la Secretaría del Juzgado municipal de Lezuza, por renuncia del que la des3mpo- ñaba. Los aspirantesáella presen
tarán solicitudes documentadas en el período de quince dias poc que durará el presente anuncio y da
rán comienzo desde el do esta fe
cha, en este Juzgado municipal;
pasados los cuales no se admitirán ningunas.
Lezuza 1 de Febrero de 1874.
El Juez municipal, Bernardo Pi^
ña.
JUNTA ECONÓMICA DE LA Fá
brica DE PÓLVOÍIA DE MURCIA.
Debiendo celebrarse á los trein
ta dias, á contar desde el siguiente al en que se inserte este anuncio en la Gaceta de Madircl, subasta pública para la adquisición de cien mil kildgramos de azufre al pre
cio máximo de diez y seis pesetas cincuenta céntimos cada cien k i
ldgramos, según drden de la Di
rección general de Artillería, fe
cha U de Noviembre pasado, se anuncia para conocimiento da to
dos aquellos que quieran tomar parteen la licitación, que tendrá lugar á las doce de la mañana del expresado dia, ante la Junta cita
da. Las proposiciones deben ser acompañadas del documento que acredite haber hecho en la Caja de la Administración econdmica de esta provincia el depósito de 825 pesetas. El pliego de condicio
nes estará de manifiesto en las ofi
cinas de esta Fábrica, todos los dias no feriados á las horas del despa
cho, y las proposiciones serán re
dactadas según el adjunto modelo.
«El que suscribe, vecino de..., enterado del anuncio y pliego de condiciones publicados para con
tratar en pública subasta, con des
tino á la Fábrica de pólvora de Múrcia, cien mil kildgramos de azufre, se compromete á efectuar la entrega al precio de... (por pesetas y céntimos en letra y sin enmienda) cada cien kildgramos, acompañando en garantía res
guardo del depósito exigido.
Fecha y firma del autor.»
Múrcia 28 de Enero de 1874.—
El oficial 2 .M e A. M., Secre
tario, Gabriel de la Plata.
Se vende al precio de 2 reales uno y 18 reales docena, franco de
porte.
Los pedidos á los infrascritos editores, en Lérida.—/ . Sol é hijo.
No se sirve pedido sin prévio pago.
SECCIO\[ MQ O FICIA L.
REGLAMENTO Y CUADRO
de exenciones físicas pa ra el servi
cio del ejército aprobado por decreto de 30 de Enero de 101U.
Consta de un folleto en 8 .“ y contiene el Decreto, preámbulo y notas aclaratorias.
SUEÑOS DE LÁ^INFANCIA.
Novela dedicada á los niños
ORIGI.VAL DE
Dúli Ramón Portillo y Roldan, con .una composición poética de la Excma. Sia. Doña María del Pilar Arniendiz de Ozores, Condesa de Príegue.
PRECIO CUATRO REALES.
Se halla de venta en las principa les librerías de Madrid y provincias.
INTERESANTE.
El Registro de la propiedad, á cargo interinamente de D. Cárlos’
.Vicén, ha sido trasladado á la calle de Salamanca, número 1.
Horas de oficina.
De nueve de la mañana á tres de la tarde.
ACADEMIA
DE REPASOS
(le las asignaturas de segunda enseñanza,
CALLE DEL ROSARIO, 10, BAJO,
á cargo de los Profesores D. Antonio Carpena, Licenciado en Filosofía y Le
tras, D. Valentín Giménez, Regente de la escuela práctica N'>rmal,' D. José Bar- berá y D. Tomás Campos, Bachilleres
y Maestros normales.
Habiéndose repartido prospectos en donde se detallan las condiciones decsta Academia, se omite aquí la ex
plicación de ellas, pudiendo dirigirse los que quieran aprovecharse de la en
señanza á cualquiera de los Profesores ({ue han de estar al frente de tan útil establecimiento.
OFICINA TIPOGRAFICA PROVINCIAL.
OBSER VATORIO DE ALBACETE.
OBSERVACIONES METEOROLÓGICAS CORRESPONDIENTES Á LOS DÍAS 2 Y 3 DE FEBRERO DE 1874.
BAROMETRO ■
EN u ulIm e t r o s y Á 0'>. TERMÓMETROS CENTIGRADOS. PSICRÓMETRO.
UUilEDAD RELATIVA. L - Dirección Almómetro Pluvióme-■ DIAS. Allura me
día. O&bilaciúD.
Máxima al
• sol.
Máxima á la sombra.
Difereocia.
1 Mínima 1 al 1
aire, j Idem
del reflector.
Diferencia.
Tempera
tura media.
Oscilación.
Nueve de la mañana.
Tres de la tarde.
del viento.
en milímetros.
tro en niilíineiro!.
ESTADO DEL CIELO.
2 ,707,17 0,82 2 2 , 1 10,5 1 1 , 6
i
-
1,5
- 3 , 4 - 1 , 9 4,5 1 2 , 0 j 85 78 S. E. 2,80 D e sp e jad o con hielo.3 706,27 1 , 0 0 1 23,1
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85 88 S. E. 1,89 » Id e m co n id .
P. 0. del Catedrático encargado, Francisco Manes.
Biblioteca Digital de Albacete «Tomás Navarro Tomás»