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Informe para Save the Children 13 marzo 2020

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¿Quién tiene la competencia actual?: La red de oficinas de la Generalitat de Atención a las Víctimas del Delito (OAVD). Decreto 165/2016, de 4 de noviembre, del Consell, por el que se crea y regula la red de oficinas de la Generalitat de Atención a las Víctimas del Delito (normativa autonómica).

Sensibilización COMPATIBLE

El acceso a los servicios de atención a las víctimas no estará condicionado a la presentación previa de una denuncia. Según la normativa, los familiares de la víctima pueden acceder a servicios de atención a la víctima en el caso de delitos que hayan causado daños especialmente graves.

Desarrollo de protocolos de actuación y colaboración COMPATIBLE Para la efectividad de los derechos contemplados en el Estatuto de la víctima del delito, y

Las víctimas con discapacidad o con necesidades especiales de protección, así como sus familiares, en su caso, recibirán la asistencia y apoyo necesarios, directamente o mediante derivación a servicios especializados. Derecho de acceso a servicios de asistencia y soporte COMPATIBLES en general con determinados PROBLEMAS en particular.

Artículo 8. Derecho de acceso a los servicios de asistencia y apoyo COMPATIBLE en general con algunos PROBLEMAS en particular

El funcionamiento del trabajo de creación de protocolos de actuación es compatible con la implementación de Barnahus, ya que persigue la misma actuación pero mejora la metodología actual. Esta lectura es igualmente favorable respecto del artículo 31 de la Ley 4/2015, sobre los protocolos de actuación a seguir.

Artículo 14. Derechos de las víctimas respecto a las Oficinas de Asistencia a las Víctimas COMPATIBLE

Artículo 15. Naturaleza Jurídica de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas COMPATIBLE

Las oficinas de atención a la víctima se configuran como un servicio multidisciplinar para atender las necesidades de la víctima, de forma pública y gratuita. Tampoco habría problema de dependencia de la comunidad autónoma de medios materiales y personales.

Funciones de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas COMPATIBLE

En principio también se pretende que Barnahus esté vinculado al Ministerio de Justicia, o al menos no se excluye esa posibilidad, o al menos su consideración no sería incompatible. En las comunidades autónomas que han asumido la transferencia de recursos materiales y personales de la administración de justicia, la organización de las oficinas de atención a las víctimas dependerá de la comunidad autónoma, si bien deberá garantizar el cumplimiento de los derechos desarrollados en el estatuto de la víctima. del crimen y en este dispositivo real.

La asistencia COMPATIBLE

El Ministerio de Justicia determinará la regulación, organización, dirección y control de las Oficinas de Atención a las Víctimas en función de su extensión territorial, que se configurarán como unidades administrativas. Para prestar esta asistencia, las oficinas llevarán a cabo planes de atención individualizados y coordinarán con todos los servicios competentes para la atención de las víctimas.

La atención jurídica. COMPATIBLE

De acuerdo con las funciones definidas en este capítulo, la Oficina de Atención a la Víctima ayudará a la víctima en los campos jurídico, psicológico y social, con el objetivo final de minimizar la victimización primaria y evitar la victimización secundaria.

La asistencia psicológica COMPATIBLE La asistencia psicológica supone

Para prestar esta asistencia, las oficinas llevarán a cabo planes de atención individualizados, y se coordinarán con todos los servicios competentes en la atención a las víctimas. desviar del delito, guiar el proceso y potenciar las estrategias y capacidades de la víctima, posibilitando la ayuda desde el entorno de la víctima. De acuerdo a los parámetros establecidos en los informes para la implementación de Barnahus, algunos de los factores a evaluar son: el tipo de relaciones de la víctima, el manejo de los problemas, fuentes de apoyo, valores, acumulación de estresores, problemas de salud y de conducta. , las condiciones socioambientales, así como las variables asociadas al hecho delictivo, incluyendo el impacto directo del delito y los disturbios causados ​​por el mismo, el riesgo de repetición, posibles represalias e intimidación.

La asistencia social COMPATIBLE

Fases de la Asistencia COMPATIBLE

Estos mismos poderes públicos tienen la obligación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Constitución, de adoptar medidas de acción positiva para hacer reales y efectivos estos derechos, eliminando los obstáculos que impidan o impidan su cumplimiento. Así, Barnahus es el espacio perfecto para ofrecer de forma especial o especializada garantizar la respuesta a las necesidades específicas de las víctimas y que viabilice su implementación a partir del precedente del reconocimiento de las oficinas de víctimas en relación con la violencia de género.

Principios rectores COMPATIBLE

La analogía de las mujeres podría aplicarse al caso de los menores en cuanto a las agresiones que ambos sufren y los cuidados que se les deben brindar y que la ley vigente debe garantizar.

Planes de sensibilización COMPATIBLE

Derecho a la información COMPATIBLE

Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a recibir información integral y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios, organismos u oficinas a disposición de las Administraciones públicas. Los recursos apropiados garantizarán que las mujeres con discapacidad que son víctimas de violencia de género tengan acceso integral a información sobre sus derechos y los recursos existentes.

Asistencia jurídica COMPATIBLE

Dicha información incluirá las medidas contempladas en esta Ley en relación con su protección y seguridad, y los derechos y asistencia en ellas previstos, así como las relativas al lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y reparación integral. De acuerdo con lo dicho anteriormente, el Barnahus pretende garantizar el derecho a la información de los menores, y con la atención más especializada posible, no sólo en su disciplina, sino como señalaremos más adelante con un enfoque específico, a través de la terapia. comportamiento, que está más específicamente dirigido a proporcionar esa información de la forma más adecuada posible.

Artículo 8. Información general COMPATIBLE en general y con algunos PROBLEMAS particulares

Los familiares, en el supuesto de que no hayan continuado con el abuso, deben recibir orientación, asesoramiento y tratamiento psicológico para superar la situación y apoyar al niño víctima, y ​​el espacio Barnahus es el lugar ideal para garantizarlo, de una forma no sólo compatible , pero suficiente para acceder a dicho asesoramiento, con el equipamiento del que se dispondrá, y su especialización en materia infantil.

Artículo 51. Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo COMPATIBLE

Conclusiones parciales

El problema más descubierto a través del análisis es la cuestión de a qué órgano de gobierno queremos asignar la dependencia de Barnahus. Se valora que, con carácter general, no habrá obstáculo para que Barnahus sea una entidad dependiente de la Generalitat, por las competencias que tiene, pero en colaboración permanente con la entidad estatal, al tratarse de una materia relacionada con el alcance.

Alternativas

Los respectivos Colegios de Abogados (en el caso de la Comunidad Valenciana, los Colegios de Abogados de Castellón, Alicante y Valencia) regularán y desarrollarán estos servicios gratuitos de asistencia, representación y defensa jurídica. Otra opción es solicitarlo ante el juzgado del domicilio del interesado, que lo dará traslado al Colegio de Abogados competente.

Análisis normativo

  • LEY 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita (Normativa Estatal)

A tal efecto, estos Colegios de Abogados establecerán servicios de asesoramiento a los solicitantes de asistencia jurídica gratuita, con el objetivo de orientar y canalizar sus reclamaciones, también de forma gratuita para los solicitantes, y facilitarles todo lo que necesiten. Para solicitarlo deberá dirigirse al SOJ del Colegio de Abogados del lugar donde se encuentre el juzgado que conoce del procedimiento por el que se presenta la solicitud.

Ámbito personal de aplicación COMPATIBLE

El Servicio de Orientación Jurídica (SOJ) del Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), sito en la Ciudad de la Justicia, Av. Para efectos de otorgar el beneficio de justicia gratuita, la condición de víctima se adquirirá mediante la presentación de denuncia. o denuncia, o se ha iniciado un proceso penal, por cualquiera de los delitos mencionados en este documento y continuará mientras esté vigente el proceso penal o cuando después de su cumplimiento se haya impuesto la pena.

Contenido material del derecho COMPATIBLE

Si bien el tema de la pericia se trata en otras partes de este informe, es importante comentar los aspectos relacionados con la asistencia jurídica gratuita que se relacionan con la misma. Esta asistencia de peritos privados se incluirá en la asistencia jurídica gratuita que se brinda a las víctimas menores de edad, para garantizar su protección.

Extensión temporal COMPATIBLE

Excepcionalmente, y cuando por falta de técnicos en la materia de que se trate, no sea posible la asistencia pericial de peritos dependientes de los órganos jurisdiccionales o de las administraciones públicas, ésta se realizará, si el Juez o Tribunal lo considera oportuno, de forma motivada. resolución, designados por peritos de conformidad con lo establecido en las leyes del proceso, entre los técnicos privados correspondientes. El Juez o Tribunal podrá acordar en resolución motivada que la asistencia pericial especializada gratuita deba ser prestada por profesionales técnicos privados cuando deba prestarse a menores de edad y a personas con discapacidad psíquica víctimas de abusos o malos tratos, teniendo en cuenta las circunstancias del caso. y el interés superior del menor o de la persona con discapacidad, y puede ser atendido inmediatamente.

Designaciones provisionales y traslados COMPATIBLE

En la solicitud se declararán las prestaciones para las que se solicita el reconocimiento del derecho, que podrán ser todas o algunas de las previstas en el artículo 6, y se declararán, acompañando los documentos que reglamentariamente se determinen para su acreditación, de los datos que permite valorar la situación económica y financiera del interesado y de sus familiares, sus circunstancias personales y familiares, la reclamación que quiere hacer y la parte o partes contrarias en el litigio, en su caso.

Efectos de la resolución COMPATIBLE

Impugnación de la resolución COMPATIBLE

La persona beneficiaria de la asistencia jurídica gratuita tendrá derecho a instar la designación de nuevos profesionales mediante solicitud debidamente justificada,

Dicha solicitud deberá formularla ante el Colegio profesional que hubiere realizado la designación. Recibida la solicitud, dicho Colegio dará traslado por cinco

La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita podrá negarse a tramitar la solicitud de sustitución, confirmando el nombramiento de los profesionales actuantes, siempre que la solicitud se base en un motivo ya rechazado en relación con el mismo caso y profesional, sin que se recuperen nuevos hechos. o circunstancias que lo justifiquen. Las resoluciones que denieguen el derecho a designar un nuevo profesional podrán ser impugnadas por el beneficiario de la asistencia jurídica gratuita, en las condiciones del artículo 20.

Formación y especialización COMPATIBLE

La resolución que determine que existe causa que justifica la sustitución será remitida por el colegio profesional correspondiente a la Comisión de Justicia Liberal, al solicitante e inmediatamente al nuevo perito designado en tal caso.

Efectos del reconocimiento del derecho COMPATIBLE

Renuncia a la designación COMPATIBLE

Finalidad COMPATIBLE

Ámbito de aplicación COMPATIBLE en general con algunos PROBLEMAS en particular

El reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita conllevará para las personas titulares el derecho a las prestaciones contempladas en la ley estatal que

En este sentido, el art. 2 del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad Valenciana determina el ámbito de aplicación de la citada ley. En definitiva, si bien inicialmente podemos encontrarnos con el problema de que no se menciona explícitamente a los menores como víctimas especialmente vulnerables, por estas referencias también estarán protegidos por la Ley 1/1996 y por el Estatuto de las Víctimas del Delito.

Información sobre los servicios de justicia gratuita COMPATIBLE

La información referida en los apartados anteriores estará a disposición de toda persona interesada en acceder a los servicios de justicia gratuita

Aunque no hay ninguna referencia específica a la concesión de esta ayuda a menores, hay que tener en cuenta que este artículo, según el art. 6 de la Ley 1/1996, y que a su vez, como hemos visto antes, remite al art. 2 g) de la Ley 1/1996, donde se reconoce este derecho a los menores que sean víctimas de abusos y malos tratos.

Los colegios profesionales mantendrán actualizada en todo momento la base de datos sobre las personas colegiadas dadas de alta en los servicios de asistencia jurídica

Solicitud COMPATIBLE

En la solicitud se indicará de forma expresa las prestaciones para las que solicita el reconocimiento del derecho, que podrán ser todas o algunas de las previstas en la

Si posteriormente el beneficiario solicita otras prestaciones a los interesados ​​en su solicitud inicial, deberá realizar una nueva solicitud, que será tramitada de forma completa e independiente de la anterior. El citado formulario deberá ser cumplimentado y firmado por quien lo solicita y irá acompañado de la documentación acreditativa en el mismo indicada.

Gestión colegial de los servicios COMPATIBLE en general con algunos PROBLEMAS en particular

Servicios de orientación jurídica COMPATIBLE

El asesoramiento prestado tendrá en todo caso carácter gratuito para las personas solicitantes del derecho a la asistencia jurídica gratuita

Los servicios de orientación jurídica estarán compuestos por un número suficiente de especialistas, en función del número de asuntos que atiendan y el número

Artículo 35. Servicios de orientación jurídica especializados COMPATIBLE en general con algunos PROBLEMAS en particular

Artículo 37. Turnos de oficio especializados COMPATIBLE en general con algunos PROBLEMAS en particular

Formación y especialización PROBLEMÁTICO

Análisis normativo

  • Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito (Normativa Estatal) Artículo 25 Medidas de protección COMPATIBLE

Ley 4/2015, de 27 de abril, sobre el Estatuto de la Víctima de un Delito (Reglamento Estatal) Artículo 25 Medidas de Protección Compatibles Artículo 25 Medidas de Protección Compatibles. Este artículo va plenamente en la línea de la idea de Barnahus, ya que lo que se exige es que las víctimas menores de edad testifiquen en un lugar adaptado a sus circunstancias, por profesionales del caso y, a ser posible, siempre por la misma persona.

Artículo 26.1. Medidas de protección para menores y personas con discapacidad necesitadas de especial protección COMPATIBLE

Funciones de las oficinas de asistencia a las víctimas COMPATIBLE Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas realizarán una valoración de sus circunstancias

Las Oficinas de Atención a las Víctimas estarán dotadas de profesionales especializados, entre los que podrán encontrarse psicólogos, personal de la Administración de Justicia, abogados, trabajadores sociales y otros técnicos cuando la especificidad del caso así lo aconseje. Las Administraciones Públicas garantizarán formación general y específica en asistencia y protección a las víctimas, especialmente a las vulnerables, a todos los profesionales de la Oficina de Atención a las Víctimas.

Funciones de las oficinas de asistencia a las víctimas COMPATIBLE Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas realizarán las siguientes funciones

  • El apoyo emocional a las víctimas y la asistencia terapéutica de las víctimas que lo precisen, garantizando la asistencia psicológica adecuada para la superación de
  • Evaluación y asesoramiento sobre las necesidades de la víctima y la forma de prevenir y evitar las consecuencias de la victimización primaria, reiterada y
  • La elaboración de un plan de apoyo psicológico para las víctimas vulnerables y en los casos en que se aplica la orden de protección
  • La colaboración y la coordinación con los organismos, instituciones y servicios que pueden estar implicados en la asistencia a las víctimas: judicatura, fiscalía,

Colaboración con estudios e investigaciones sobre distintos aspectos de la victimización a partir de los resultados de la intervención de las oficinas. La ejecución profesional de la función de ventanilla única en relación con la asistencia a las víctimas de delitos.

La asistencia psicológica COMPATIBLE La asistencia psicológica supone

Fase de intervención PROBLEMÁTICO

Artículo 30.3 Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección COMPATIBLE

Informe de la evaluación individualizada COMPATIBLE

Plan de apoyo psicológico: COMPATIBLE

La red de cooperación COMPATIBLE

Protección de la víctima en los procedimientos penales COMPATIBLE La administración de la Generalitat desarrollará las actuaciones necesarias para que los

Derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud COMPATIBLE Todos los niños, niñas y adolescentes al disfrute del más alto nivel posible de salud y a

Salud mental COMPATIBLE

Prestaciones profesionales COMPATIBLE

De la intervención COMPATIBLE

Establece que el deber de coordinación de los servicios sociales también deberá realizarse con instituciones u organizaciones que atiendan a las víctimas en casos de vulnerabilidad de las víctimas. La asistencia a las víctimas se desarrolla en cuatro fases: orientación de acogida, información, intervención y seguimiento.

Fase de intervención. COMPATIBLE

La intervención social incluye la coordinación y, en su caso, la derivación a servicios, instituciones u organizaciones sociales para ayudar a las víctimas, garantizar un alojamiento seguro, atención médica inmediata, asistencia económica que pueda corresponderles, con especial énfasis en las necesidades derivadas de situaciones de discapacidad. , hospitalización, muerte y aquellos agravados por la vulnerabilidad de la víctima. Coordinarse con el resto de servicios sociales, policiales o de otro tipo, en particular para hacer un seguimiento de las víctimas vulnerables de alto riesgo y apoyarlas en la obtención de la ayuda económica que les convenga, así como medidas de asistencia en caso de cualquier necesidad y especialmente en casos de discapacidad. , hospitalización o muerte.

Fase de seguimiento COMPATIBLE

Se destaca una vez más que las oficinas de atención a las víctimas deben coordinarse con otros operadores cuando se trata de víctimas vulnerables como es el caso en este caso.

Artículo 30. Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección COMPATIBLE

Se vuelve a subrayar que las oficinas de atención a las víctimas deben coordinarse con otros operadores en el caso de víctimas vulnerables como en este caso. a) Características personales de la víctima, su condición, necesidades inmediatas, edad, sexo, discapacidad y nivel de madurez. En el caso de víctimas menores de edad o personas con discapacidad que necesiten protección especial, también se tendrá en cuenta su opinión e intereses, así como sus especiales circunstancias personales y se tendrá especial cuidado en respetar los principios del interés superior del menor. o persona con discapacidad, la discapacidad que necesita especial protección, el derecho a la información, la no discriminación, el derecho a la confidencialidad, la privacidad y el derecho a ser protegido.

La red de coordinación COMPATIBLE

Zonas básicas de servicios sociales COMPATIBLE

Dispondrán de las infraestructuras y los equipamientos necesarios para el desarrollo de sus funciones de atención primaria de carácter básico de forma

Las Administraciones públicas de la Comunidad Valenciana trabajarán entre sí conforme al deber de colaboración, cooperación y coordinación institucional con el fin de asegurar la máxima eficiencia, eficacia, calidad y unidad en el funcionamiento del sistema público valenciano de servicios sociales. Habla del deber de colaboración, cooperación y coordinación institucional y de la necesidad de compartir información para asegurar la eficiencia, eficacia, calidad y uniformidad.

Competencias de la Generalitat COMPATIBLE

Atención diurna y nocturna, atención ambulatoria, vivienda alternativa para atención primaria de las características específicas de esta ley, sin perjuicio de la delegación que pueda realizarse, en su caso, en las entidades locales. i) No se debe delegar en entidades locales la prestación y gestión de los servicios sociales secundarios. j) La elaboración y suscripción de acuerdos de acción concertada con organizaciones privadas de iniciativa social, bajo el principio de responsabilidad pública, con carácter subsidiario. k) Las funciones de registro, autorización, acreditación y supervisión, así como las de inspección, control de calidad, potestad sancionadora y todas las demás funciones que les atribuya la normativa vigente. l) Estudiar, investigar, difundir y evaluar situaciones de necesidades sociales surgidas en el ámbito de los servicios sociales, con el fin de conocer sus causas y formular los medios adecuados para su prevención, rehabilitación, atención e intervención, así como la identificación de las causas. localizaciones territoriales de mayor vulnerabilidad. m) El diseño de herramientas de recogida de información y su tratamiento estadístico, desagregando datos por género, diversidad funcional o discapacidad, entre otras variables, para la evaluación y planificación en el ámbito de los servicios sociales, así como en el ámbito del desarrollo normativo de normas técnicas comunes. Instrumentos de intervención social. n) Seguimiento y evaluación de la calidad de la prestación de los servicios sociales y establecimiento de los mecanismos necesarios para su seguimiento continuo. o) La coordinación y supervisión de las competencias que ejercen los organismos y entidades instrumentales del sector público a los que están atribuidas. p) Todas las demás facultades que les confiera una disposición legal y la normativa aplicable. Entre las competencias de la Generalitat se encuentra el desarrollo de protocolos o planes de coordinación en materia de servicios sociales.

Competencias de los municipios COMPATIBLE

Garantía de recursos económicos, técnicos y humanos suficientes de los servicios garantizados que son objeto de su competencia dentro del sistema público de servicios sociales de Valencia, en colaboración con la Generalitat o la diputación provincial equivalente. h) Cualquier otra competencia que les sea asignada de acuerdo con una disposición legal y normativa aplicable. El ayuntamiento deberá informar al departamento responsable de los servicios sociales de los planes, estrategias, acciones, prestaciones y servicios vinculados a las competencias mencionadas en este artículo, así como la aprobación de las carteras de servicios zonales definidas en el artículo.

Artículo 42. Planificación del sistema público valenciano de Servicios Sociales COMPATIBLE

Barnahus puede intervenir en el procedimiento de elaboración de la planificación si tiene la consideración de entidad representativa de los usuarios o interviene en el ámbito de los servicios sociales, o como experto en esta materia. Coordinación, cooperación y colaboración entre administraciones públicas en el ámbito de los servicios sociales COMPATIBLE.

Coordinación, colaboración y cooperación entre las administraciones públicas en el ámbito de los servicios sociales COMPATIBLE

El procedimiento de elaboración de la planificación garantizará, a través del Órgano Interadministrativo de Coordinación y Cooperación en Servicios Sociales, la participación de las entidades locales y representativas de los usuarios, colegios, asociaciones profesionales y empresariales, entidades que intervienen en el ámbito de los servicios sociales. como expertos y organizaciones empresariales y sindicales más representativas.

Artículo 51.  Coordinación, colaboración y cooperación entre el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales y el sistema valenciano de salud COMPATIBLE

Las Unidades de Evaluación Integral Forense, tanto provinciales como autonómicas, contarán con un equipo multidisciplinar compuesto necesariamente por personal de Medicina Forense, Psicología y Trabajo Social, que realizarán sus propias tareas. Es responsabilidad del médico forense de la unidad coordinar las acciones del equipo forense en su área de trabajo.

Funciones de las Oficinas de Asistencia a las Víctimas. COMPATIBLE

Esto implica nuevamente que la ley tiene como objetivo proporcionar a la práctica una coordinación interdepartamental, lo cual es completamente compatible con Barnahus. En última instancia, esto resulta aún más beneficioso según el espíritu jurídico que el servicio que se presta hoy en la práctica, lo que hace que esta prescripción sea totalmente compatible con las aspiraciones de Barnahus.

La asistencia social. COMPATIBLE

Únicamente en estos casos Barnahus pretende que la mencionada coordinación entre las diferentes áreas de asistencia se realice bajo un mismo techo, y ello para mantener la eficacia del servicio prestado.

Fases de la Asistencia. COMPATIBLE

La red de coordinación. COMPATIBLE

Las Oficinas de Atención a las Víctimas podrán mantener reuniones periódicas con las organizaciones, instituciones y entidades enumeradas en el apartado anterior para optimizar la atención a las víctimas individuales, realizar, en su caso, un seguimiento de las víctimas vulnerables y asegurar su papel como punto de acceso o parada coordinadora. comercio. Los servicios médicos se encuentran entre las organizaciones que deben celebrar reuniones periódicas para optimizar la ayuda a las víctimas individuales y realizar su seguimiento.

Prestaciones profesionales. COMPATIBLE

AÑADIDOS NORMATIVOS y su análisis

Derechos de las víctimas. COMPATIBLE

Derecho a la información desde el primer contacto con las autoridades

A estos efectos, la víctima facilitará en su solicitud una dirección de correo electrónico y, en su defecto, una dirección postal o domicilio, al que se dirigirán las comunicaciones y notificaciones por parte de la autoridad. Esta información será actualizada en cada etapa del procedimiento para garantizar a la víctima la oportunidad de ejercer sus derechos.

Artículo 10. Derecho de acceso a los servicios de asistencia y apoyo

Colaboración y coordinación. COMPATIBLE

Los departamentos competentes en la materia regulada en la presente Decisión promoverán la cooperación y coordinación entre los servicios y centros sanitarios y las instituciones de protección de la infancia, con el objetivo de facilitar la prevención, detección y derivación, y, en su caso, abordar situaciones de riesgo y desamparo. De conformidad con el principio de cooperación institucional, el deber de cooperación e información, los servicios sociales municipales y las direcciones territoriales del departamento competente en materia de protección del menor deberán comunicarse con los servicios y centros sanitarios a la mayor brevedad posible e informarles. de las actuaciones inmediatamente ejecutadas, así como de cuantas otras medidas se adopten junto con el menor y su familia, para facilitar y promover la cotutela de la intervención.

Derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud: COMPATIBLE

  • Todos los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a disfrutar del más alto nivel posible de salud y a la atención sanitaria integral adaptada a sus necesidades,
  • Durante el período de hospitalización o de tratamiento domiciliario, los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a continuar con su formación educativa, cuando así
  • Las niñas, los niños y los adolescentes con medidas de protección tienen prioridad en la realización de las pruebas facultativas establecidas en los
  • Las niñas, los niños y los adolescentes con medidas de protección que se encuentren hospitalizados tienen derecho a que se garanticen los servicios de
  • Se debe garantizar el derecho del menor al acceso a sus datos clínicos y antecedentes genéticos, así como de sus familiares biológicos, aunque fuera adoptado y se modifiquen

Las niñas, niños y jóvenes con medidas de protección que se encuentren hospitalizados tienen derecho a que se les garantice el necesario servicio de acompañamiento y seguimiento, para lo cual deberán establecer la correspondiente coordinación, centro hospitalario y centro de protección de menores de donde provengan. El órgano competente de la administración pública deberá remitir información a las autoridades sanitarias sobre la situación de los menores; Estos deberán estar identificados con algún distintivo en el sistema informático de la red sanitaria.

Educación afectivo-sexual. COMPATIBLE

Salud mental. COMPATIBLE

Asimismo, el departamento responsable de la salud buscará la asistencia, rehabilitación e inclusión de quienes presenten problemas de salud mental, basándose principalmente en el ratio y distribución suficiente de la USMIA. Asimismo, la Generalitat Valenciana promoverá en la sociedad valenciana el tratamiento de las niñas, niños y adolescentes con problemas de salud mental que les proteja de los prejuicios y la discriminación.

Notificación de situaciones de desprotección infantil. COMPATIBLE

  • PROBLEMAS encontrados y CÓMO LLEVARLO a cabo en Barnahus
  • CONCLUSIONES
  • Actuación: Exploración forense peritaje psicológico, peritaje físico B) ¿Quién tiene competencia actual?
  • Obstáculos (normativos u otros)
  • ANALISIS NORMATIVO

Orden de 14 de abril de 1999 por la que se crea el servicio de laboratorio forense del Instituto de Medicina Legal de Valencia. Por tanto, se puede denegar el traslado de dichos médicos forenses a las instalaciones de Barnahus, pudiendo realizarse en el Instituto de Medicina Forense de Valencia donde se llevan a cabo actualmente.

Protección de la víctima durante la investigación penal. COMPATIBLE

  • En el mismo día o siguiente día hábil a la designación, el Letrado de la Administración de Justicia comunicará ésta al perito titular, requiriéndole para que en el plazo de dos días
  • Si el perito designado adujere justa causa que le impidiere la aceptación, y el Letrado de la Administración de Justicia la considerare suficiente, será sustituido por el siguiente
  • Sólo podrán ser objeto de recusación los peritos designados judicialmente
  • Cualquier parte interesada podrá dirigirse al tribunal a fin de negar o contradecir la tacha, aportando los documentos que consideren pertinentes a tal efecto. Si la tacha
  • Sin más trámites, el tribunal tendrá en cuenta la tacha y su eventual negación o contradicción en el momento de valorar la prueba, formulando, en su caso, mediante
  • Cuando la emisión del dictamen requiera algún reconocimiento de lugares, objetos o personas o la realización de operaciones análogas, las partes y sus defensores podrán
  • Si alguna de las partes solicitare estar presente en las operaciones periciales del apartado anterior, el tribunal decidirá lo que proceda y, en caso de admitir esa presencia,
  • Los peritos tendrán en el juicio o en la vista la intervención solicitada por las partes, que el tribunal admita
  • El tribunal podrá también formular preguntas a los peritos y requerir de ellos explicaciones sobre lo que sea objeto del dictamen aportado, pero sin poder acordar, de
  • CONCLUSIONES ¿Cómo podría esta actuación llevarse a cabo en el Barnahus?

Es compatible con el modelo de Barnahus en la medida en que se requiere una formación experta específica. Los peritos intervendrán en el juicio o audiencia según lo soliciten las partes, lo que el tribunal admita. admite el tribunal.

Formación inicial y permanente del profesorado. COMPATIBLE

Derecho a la información. COMPATIBLE

De acuerdo con lo dicho anteriormente, y en lo que respecta a la aplicación analógica, es evidente que Barnahus pretende aportar todas estas perspectivas informativas sobre los derechos de los menores y con la atención más especializada posible, no sólo en su disciplina, sino como Más adelante señalaremos con un enfoque específico, a través de la terapia cognitivo conductual, que más concretamente pretende proporcionar esa información de la forma más adecuada. Esto hace que la implementación de Barnahus como proveedor de información y como el mejor medio posible para acceder a dicha información no sólo sea plausible, sino también beneficiosa.

Asistencia jurídica. COMPATIBLE

Información general. COMPATIBLE, aunque PROBLEMÁTICO

Asistencia psicológica y psiquiátrica inmediata. COMPATIBLE

La información facilitada será personalizada y adaptada a las características y situaciones de los afectados [...] y estará encaminada a reconocer el régimen previsto en esta ley y el conjunto de prestaciones contenidas en el sistema nacional de salud. Para ello, se garantizará que las personas a las que se aplica esta ley y que tengan discapacidad o conocimiento deficiente del idioma puedan obtener información sobre sus derechos y recursos existentes de forma comprensible. satisfacer sus necesidades.

Sensibilización y tratamiento especifico de las víctimas del terrorismo

Las administraciones sanitarias, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, promoverán e impulsarán la actuación de los profesionales sanitarios para la atención específica de las víctimas del terrorismo, y propondrán las medidas que consideren necesarias para optimizar la contribución del sector sanitario en la atención. a ellos. El Sistema Nacional de Salud deberá prever, en el régimen específico a que se refieren los párrafos anteriores, la prestación de atención psicológica, psicopedagógica y, en su caso, psiquiátrica, [...], sin que de ello se derive automáticamente derecho alguno en el ámbito de recuperación o compensación financiera.

Información especializada. COMPATIBLE

En particular, se desarrollarán programas de sensibilización y formación continua de profesionales sanitarios para mejorar y promover el diagnóstico, la atención coordinada y la rehabilitación de las víctimas del terrorismo. Como se recoge en el informe "Bajo el mismo techo", los Centros Infantiles recopilan datos y estadísticas sobre los esfuerzos y los comparten con profesores e investigadores académicos, con profesionales de la protección de la infancia, con políticos y con la población en general con el objetivo de concienciar. sobre la violencia contra los niños y el papel de la sociedad en su prevención, así como facilitar estudios e investigaciones que respalden políticas e intervenciones basadas en evidencia.

Artículo 51. Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo COMPATIBLE

PROBLEMAS DETECTADOS y PLANTEAMIENTOS al respecto

A considerar: Circular 3/2009 de la Fiscalía General del Estado sobre protección de menores víctimas y testigos. Pero hay que decir que en la comunidad Valenciana también existe el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Castellón de la Plana y el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Alicante.

ANALISIS DE NORMATIVA

  • Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito

Por tanto, responderían ante el juez de instrucción y su personal colaborador, incluida la policía judicial y la fiscalía en casos urgentes. Se realizan en la Unidad de Psicología Forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Valencia.

Derecho de las víctimas a la protección. COMPATIBLE

Este artículo establece el derecho de las víctimas a la protección, mediante el cual las autoridades y funcionarios deberán tomar las medidas necesarias para evitar la victimización secundaria, especialmente al momento de declarar, por lo que, de conformidad con este derecho, es necesario el uso de prueba previamente preparada. Las declaraciones de las víctimas se reciben lo menos posible y sólo cuando es absolutamente necesario a los efectos de una investigación penal.

Informe de la evaluación individualizada. COMPATIBLE

  • En el escrito de defensa se podrá solicitar del órgano judicial que recabe la remisión de documentos o cite a peritos o testigos, a los efectos de la práctica de la
  • Obstáculos (normativos u otros)
  • CONCLUSIONES ¿Cómo podría esta actuación llevarse a cabo en el Barnahus?
  • Análisis de la normativa

El problema sigue siendo el uso de la palabra "puede", por lo que su uso sigue siendo opcional para el juez. Este artículo también establece la posibilidad de obtener prueba anticipada para su uso posterior en el juicio, que sea compatible con la prueba preparada previamente.

Derecho a que se evite el contacto entre víctima e infractor

Los juzgados de Valencia garantizan la aplicación de la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito. La declaración de la víctima, a través de un sistema audiovisual, puede ser grabada y seguida simultáneamente en la sala donde se encuentran el juez, la acusación y todas las partes del proceso.

Evaluación individual de las víctimas a fin de determinar sus necesidades especiales de protección. COMPATIBLE

En el caso de menores de edad que sean víctimas de cualquier delito contra la libertad o la indemnización sexual, se aplicarán en todo caso las medidas expresadas en las letras a), b) y c) del artículo 25.1. Los menores víctimas de LCA deben ser evaluados individualmente y en función de su especial necesidad de protección por su condición de menores de edad.

Medidas de protección. COMPATIBLE

Normativa aplicable

El Centro de Estudios Jurídicos, en colaboración con el Ministerio de Justicia, se encarga de la formación de los miembros de las autoridades fiscales, secretarios de tribunales, médicos forenses y demás personal al servicio de la administración de justicia, así como de los abogados del Estado (artículo 3 del Estatuto). . Por otro lado, dentro de la Consejería de Justicia de la Comunidad Valenciana, el IVAP ofrece formación a miembros de la administración, incluida la Oficina de Atención a las Víctimas.

Obstáculos (normativos, u otros)

Los planes de formación del CEJ se suelen ofrecer en su sede de Madrid, sin embargo se pueden ofrecer en diferentes localizaciones dependiendo del curso del que se trate (p. ej. para que puedan colaborar en el desarrollo de protocolos para la detección y prevención del abuso sexual a menores en ámbitos educativos como el trabajando como docente directamente frente a menores dentro de un programa de educación afectiva sexual.

ANALISIS DE LA NORMATIVA

Desde Barnahus se podría impartir toda esta formación específica necesaria a la hora de tratar con niños víctimas de abuso sexual, ya que el modelo Barnahus pretende crear un equipo multidisciplinar con profesionales del Derecho, médicos, psicólogos y trabajadores sociales. Esta formación podría consistir en docentes (en cuanto a detección y pautas de actuación recomendadas) y menores en ciclos sucesivos como destinatarios diferenciados, de modo que se les enseñe a reconocer y hacia dónde dirigirse, e incluso en años superiores se les puede dar algún tipo de indicación para llegar. cómo podría ser un juicio penal por abuso sexual como concientización o como consejo.

Artículo 30. Formación en los principios de protección de las víctimas

Para promover la protección de la víctima, el Estatuto de Víctimas establece que serán necesarios cursos de capacitación para los actores jurídicos, con énfasis en las víctimas menores de edad. La idoneidad del personal encargado de prestar este tipo de servicio está determinada por la ley; Una vez más destacamos la necesidad de una formación especializada para las personas que tienen contacto con niños.

Actuaciones en situación de desamparo. COMPATIBLE

Cuando no pueda determinarse la competencia con base en tales criterios, será competente el organismo público de la comunidad autónoma donde el menor o su familia tuvieran su última residencia habitual. Asimismo, podrían surgir problemas en cuanto a la publicidad de los protocolos y su difusión.

COMPATIBLE

Personal profesional del área de servicios sociales. COMPATIBLE

Es compatible con el modelo de Barnahus, considerando además que pretende ser un servicio gratuito y universal.

Incorporación de la formación en salud sexual y reproductiva al sistema educativo. COMPATIBLE

Actividades formativas. COMPATIBLE

La ley refleja la preocupación de los poderes públicos por prevenir daños a menores como consecuencia de actividades sexuales derivadas del desconocimiento. Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, por la que se modifica parcialmente el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.

COMPATIBLE

  • Principios: Artículo 8. Formación COMPATIBLE
  • Derecho a un trato digno y comprensivo COMPATIBLE
  • Aplicación COMPATIBLE
  • CONCLUSIONES

Los profesionales que trabajan con niños víctimas y testigos de delitos deben recibir formación, educación e información adecuadas para mejorar y mantener métodos, actitudes y enfoques especializados para proteger y tratar a los niños víctimas y testigos de delitos con eficacia y sensibilidad. a) Reglas, normas y principios adecuados de derechos humanos, incluidos los derechos del niño; De la misma manera, esto se aplica a los defensores públicos que pueden intervenir con menores, como es el caso de la violencia contra las mujeres en muchas provincias, donde el acceso a esto requiere una formación especial.

Segunda parte: análisis estadístico

Datos resultantes de las sentencias analizadas

  • Edad de las víctimas
  • Sexo de las víctimas
  • Relación familiar o no de la víctima con el agresor
  • Duración del proceso
  • Distribución anual y provincial de las sentencias analizadas y el sentido de las mismas
  • Causa de las absoluciones
  • Uso de la prueba preconstituida en los procesos analizados

Como se indicará más adelante, algunas de estas absoluciones se relacionan con la negación de pruebas preconstruidas. Además, en 6 casos en los que se dictó absolución por falta de pruebas, se rechazó expresamente el uso de pruebas concertadas.

Datos de criminalidad ofrecidos por el Ministerio del Interior

Los motivos de absolución en los casos analizados son muy diferentes, y aunque responde a consideraciones diferentes, se pueden agrupar aquellos casos en los que existe un problema de prueba de los hechos perseguidos (falta de pruebas, versiones contradictorias, hechos increíbles, etc.). y por ello se establece el principio de presunción de inocencia o in dubio pro reo y los casos en que las causas de la absolución sean otras (hechos que no constituyen el delito de abuso sexual, prescripción, conciliación de defensas... ). El número de casos en los que se utiliza la prueba preparada continúa siendo pequeño respecto al total de los analizados.

Conclusiones ejecutivas

Se estima que, dependiendo de las necesidades de salud, las instalaciones hospitalarias y los equipos médicos de salud pública pueden ser el lugar más adecuado para recibir atención médica en muchos casos. Es probable que la estrategia propuesta por la Generalitat sea utilizar las instalaciones de la ciudad de Valencia, minimizando al máximo los elementos negativos del paso de los menores por las autoridades judiciales.

Referencias

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