CULTURA POLÍTICA EN EL CAPITALISMO TARDÍO*
5. Conclusión: necesidades, derechos y justificación
Permítaseme concluir señalando varias cuestiones fundamentales en este proyecto pero que aún no han sido analizadas aquí. En este ensayo, me he concentrado en las cuestiones socioteóricas a expensas de las morales y las epistemológicas. Estas últimas son, sin embargo, muy importantes para un proyecto, como el mío, que aspira a ser una teoría social crítica.
Mi análisis de la discusión sobre las necesidades plantea dos cuestiones filosóficas obvias y acuciantes. Una es la cuestión de si es posible, y por qué, distinguir entre interpretaciones mejores y peores de las necesidades de las personas. La otra es la relación entre las reivindicaciones de necesidades y los derechos. Aunque no puedo ofrecer aquí respuestas completas a estos temas, me gustaría indicar algo acerca de cómo los enfocaría yo. Quiero también situar mis puntos de vista en relación con los debates contempo- ráneos entre las teóricas feministas.
Las estudiosas feministas han demostrado una y otra vez que pun- tos de vista autoritativos que afirman ser neutrales y desinteresados expresan de hecho las perspectivas parciales e interesadas de grupos sociales dominantes. Muchas teóricas feministas han utilizado, asi- mismo, enfoques posestructuralistas que niegan la posibilidad de distinguir entre las reivindicaciones justificadas y los juegos de poder. Como resultado, hay ahora una veta de sentimiento relativista en las 34 Frances Fox Piven y Richard A. Cloward, Regulating the Poor: The Functions of Public Welfare,
Nueva York, Vintage Books, 1971, pp. 285-340; y Poor People’s Movements, Nueva York, Vintage Books, 1979. Por desgracia, el estudio de Piven y Cloward no presta atención al género y es, en consecuencia, androcéntrico. Linda Gordon, «What Does Welfare Regulate?», Social Research, vol. 55, núm. 4, invierno de 1988, pp. 609-630, aporta una crítica feminista. Y Guida West, The National Welfare Rights Movement: The Social protest of Poor Women, Nueva York, Praeger Publishers, 1981, ofrece un análisis de la historia de la National Welfare Rights Organization (NWRO) más consciente de las cuestiones de género.
35 Frances Fox Piven, «Women and the State: Ideology, Power and the Welfare State», Socialist
filas feministas. A muchas otras feministas, al mismo tiempo, les preo- cupa que el relativismo debilite la posibilidad de compromiso político. ¿Cómo puede una, después de todo, argumentar contra la posibilidad de que existan afirmaciones justificadas al mismo tiempo que hace afir- maciones como «el sexismo existe y es injusto»?36.
Este problema del relativismo aflora aquí en forma de pregunta: ¿pode- mos distinguir entre interpretaciones mejores e interpretaciones peores de las necesidades de las personas? ¿O, dado que todas las interpretaciones de las necesidades emanan de posiciones específicas e interesadas en la socie- dad, están todas ellas igualmente comprometidas?
Yo afirmo que podemos distinguir entre interpretaciones mejores y peores de las necesidades de las personas. Decir que las necesidades están construidas culturalmente e interpretadas discursivamente no quiere decir que cualquier interpretación de una necesidad sea tan buena como otra. Por el contrario, es subrayar la importancia de analizar la justificación interpretativa. No pienso, sin embargo, que la justificación pueda enten- derse en términos objetivistas tradicionales como correspondencia, como si se tratase de encontrar la interpretación que coincide con la verdadera naturaleza de la necesidad propiamente dicha, tal y como es realmente, con independencia de cualquier interpretación37. Y tampoco pienso que esa
justificación pueda basarse en un argumento de superioridad epistemoló- gica preestablecido, como si se tratase de encontrar el grupo social con el «punto de vista» privilegiado38.
¿En qué debería consistir, entonces, el análisis de la justificación interpretativa? En mi opinión hay al menos dos tipos distintos de con- sideraciones que dicho análisis debería abarcar y equilibrar. Se trata, en primer lugar, de consideraciones de procedimiento referentes a los 36 Respecto al punto de vista de que la objetividad no es más que la máscara de la dominación,
véase Catherine A. MacKinnon, «Feminism, Marxism, Method and the State: An Agenda for Theory», Signs: Journal of Women in Culture and Society, vol. 7, núm. 3, primavera de 1982, pp. 515-544. Respecto al punto de vista de que el relativismo debilita al feminismo, véase Nancy Hartsock, «Rethinking Modernism: Minority vs. Majority Theories», Cultural Critique, vol. 7, otoño de 1987, pp. 187-206. Un buen análisis de las tensiones entre teóricas feministas acerca de este tema (que no ofrece, sin embargo, una resolución convincente) es el de Sandra Harding, «The Instability of the Analytical Categories of Feminist Theory», Signs: Journal of Women in Culture and Society, vol. 11, núm. 4, 1986, pp. 645-664. Y un análisis de los temas relacionados que suscita el fenómeno de la posmodernidad es el de Nancy Fraser y Linda Nicholson, «Social Criticism without Philosophy: An Encounter between Feminism and Postmodernism», Theory, Culture & Society, vol. 5, núms. 2-3, 1988, pp. 373-394.
37 Richard Rorty, Philosophy and the Mirror of Nature, Princeton, Princeton University Press,
1979, ofrece una crítica al modelo de verdad basado en la correspondencia.
38 El enfoque del «punto de vista» ha sido desarrollado por Nancy Hartsock. Véase su libro Money,
Sex and Power: Toward a Feminist Historical Materialism, Nueva York, Longman, 1983. Una crítica de la posición de Hartsock es la ofrecida por S. Harding, «The Instability of the Analytical Categories of Feminist Theory», cit.
procesos sociales por los cuales se generan interpretaciones opuestas de las necesidades. Por ejemplo, ¿en qué medida son excluyentes o incluyentes los diversos discursos rivales sobre las necesidades? ¿En qué medida son jerárquicas o igualitarias las relaciones entre los interlo- cutores? Las consideraciones de procedimiento dictan en general que, manteniendo todo lo demás igual, las mejores interpretaciones de las necesidades son aquellas alcanzadas por medio de los procesos comu- nicativos que más se aproximan a los ideales de democracia, igualdad y equidad39.
Considerar las consecuencias es, además, importante para justificar las interpretaciones de las necesidades, lo cual supone comparar los resultados distributivos alternativos de interpretaciones rivales. ¿Pondría, por ejemplo, la aceptación generalizada de una determinada interpretación de una nece- sidad social a unos grupos en desventaja con respecto a otros? ¿Se adapta la interpretación a los patrones sociales de dominación y subordinación en lugar de cuestionarlos? ¿Son las cadenas rivales de relaciones de finalidad a las que pertenecen interpretaciones de necesidades opuestas más o menos respetuosas, cuando deberían ser transgresoras, de los límites ideológicos que delimitan las «esferas separadas», y racionalizan en consecuencia la desigualdad? En gene- ral, las consideraciones consecuencialistas dictan que, manteniendo igual todo lo demás, las mejores interpretaciones de las necesidades son aquellas que no sitúan a ciertos grupos en desventaja respecto a otros.
Justificar que algunas interpretaciones de las necesidades sociales son mejores que otras supone, en resumen, equilibrar consideraciones de procedimiento y de consecuencias. Supone, dicho más sencillamente, equilibrar democracia e igualdad.
¿Cuál es, entonces, la relación entre necesidades y derechos? También éste es un tema controvertido en la teoría contemporánea. Los teóricas jurídicas críticas sostienen que las reivindicaciones de derechos van en contra de la transformación social radical, porque consagran principios del individualismo burgués40. Algunas teóricas de la moral feminista sugieren,
39 En su contenido normativo de primer orden, esta formulación es habermasiana. No deseo, sin
embargo, seguir a Habermas y darle una metainterpretación trascendental o semitrascendental. En consecuencia, mientras Habermas propone basar la «ética comunicativa» en las condiciones de posibilidad del discurso entendidas de manera universalista y ahistórica, yo la considero una posibi- lidad evolucionada de manera contingente e históricamente específica. Véase Jürgen Habermas, The Theory of Communicative Action, vol. 1, Reason and the Rationalization of Society, Boston, Beacon Press, 1984 [ed. cast.: Teoría de la acción comunicativa i: Racionalidad de la acción y racionalización
social, Madrid, Taurus, 1987]; Communication and the Evolution of Society, Boston, Beacon Press, 1979; y Moralbewusstsein und kommunikatives Handeln, Frankfurt, Suhrkamp Verlag, 1983.
40 Elizabeth M. Schneider, «The Dialectic of Rights and Politics: Perspectives from the Women’s
Movement», en Linda Gordon (ed.), Women, the State, and Welfare, Madison, University of Wisconsin Press, 1990.
por su parte, que es preferible una orientación basada en las responsabili- dades a la basada en los derechos41. Juntas, estas perspectivas podrían hacer
que algunos deseasen pensar en la discusión de las necesidades como una alternativa a la discusión de los derechos. A muchas feministas les preo- cupa, por otra parte, que las críticas izquierdistas a los derechos de ventajas a nuestros oponentes políticos. Después de todo, los conservadores prefie- ren tradicionalmente distribuir la ayuda como una cuestión de necesidad y
no de derecho, precisamente para evitar presuposiciones de titularidad de
un derecho reconocido, que podrían comportar deducciones igualitarias. Algunas activistas y algunas juristas feministas han intentado desarrollar y defender, por estas razones, interpretaciones alternativas de los derechos42.
Su enfoque podría dar a entender que las reivindicaciones de derechos y las reivindicaciones de necesidades adecuadamente interpretadas podrían ser mutuamente compatibles, incluso intertraducibles43.
Muy brevemente, yo me alineo con quienes prefieren traducir las reivin- dicaciones de necesidades justificadas en derechos sociales. Como muchos críticos radicales a los actuales programas de asistencia social, estoy decidida a oponerme a las formas de paternalismo que surgen cuando las reivindi- caciones de necesidades se divorcian de las reivindicaciones de derechos. Y al contrario que algunos críticos comunitarios, socialistas y feministas, no creo que hablar de derechos sea algo inherentemente individualista, liberal-burgués y androcéntrico; solo adquiere esas características cuando la sociedad establece los derechos equivocados, como cuando, por ejemplo, se permite que el (supuesto) derecho a la propiedad privada triunfe sobre
otros derechos, incluidos los sociales.
Tratar las reivindicaciones justificadas de necesidades como bases para nuevos derechos sociales significa, además, empezar a superar los obstáculos al ejercicio efectivo de algunos de los derechos existentes. Es cierto, como han afirmado los marxistas y otros estudiosos, que los clásicos derechos liberales a la libertad de expresión, de reunión y similares son «meramente formales». Pero esto dice más del contexto social en el que actualmente están insertos que de su carácter «intrínseco», porque, en un contexto des- provisto de pobreza, desigualdad y opresión, los derechos liberales formales
41 Los artículos incluidos en E. F. Kittay y Diana T. Meyers (eds.), Women and Moral Theory,
Totowa (NJ), Rowman and Littlefield, 1987, ofrecen argumentos a favor y en contra de este punto de vista.
42 Además de E. M. Schneider, «The Dialectic of Rights and Politics: Perspectives from the
Women’s Movement», cit., véase Martha Minow, «Interpreting Rights: An Essay for Robert Cover», The Yale Law Journal, vol. 96, núm. 8, julio de 1987, pp. 860-915; y Patricia J. Williams, «Alchemical Notes: Reconstructed Ideal from Deconstructed Rights», Harvard Civil Rights-Civil Liberties Law Review, vol. 22, núm. 2, primavera de 1987, pp. 401-433.
podrían ampliarse y transformarse en derechos sustantivos, pongamos, para la autodeterminación colectiva.
Debería resaltar, por último, que este trabajo está motivado por la convicción de que, por el momento, la discusión sobre las necesidades va a perdurar. En un futuro predecible, los agentes políticos, feministas incluidas, tendrán que operar en un terreno en el que la discusión de las necesidades sea la moneda discursiva de curso corriente en este ámbito. Pero, como he intentado mostrar, este lenguaje no es ni inherentemente emancipador ni inherentemente represivo. Es, por el contrario, polivalente y disputado. El objetivo más general de mi proyecto es el de aclarar las perspectivas de cambio social democrático e igualitario diferenciando entre las posibilidades emancipadoras de la discusión sobre las necesidades y sus posibilidades represivas.
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DEPENDENCIA SE HA convertido en una palabra clave en la política estadou-
nidense. Políticos de diversas tendencias critican con regularidad lo que denominan dependencia respecto a las prestaciones sociales. El magistrado del Tribunal Supremo Clarence Thomas hablaba en nombre de muchos con- servadores en 1980 cuando criticó en público a su hermana: «se enfurece cuando el cartero le entrega tarde el cheque de la prestación social. Hasta ese punto llega su dependencia. Lo peor es que ahora sus hijos también piensan que tienen derecho al cheque. No tienen motivación para mejorar ni para salir de esa situación»1. Los progresistas no son tan dados a criticar
a la víctima, pero también ellos denuncian la dependencia respecto a las ayudas sociales. El senador demócrata Daniel P. Moynihan prefiguraba el discurso actual al empezar un libro publicado en 1973 afirmando que
la cuestión de las ayudas sociales es la cuestión de la dependencia. No se trata de pobreza. Ser pobre es una condición objetiva; ser dependiente, lo es también subjetiva […]. Ser pobre está a menudo asociado con consi- derables cualidades personales; ser dependiente, rara vez. [La dependen- cia] es un estado incompleto en la vida: normal en el niño, anormal en el adulto. En un mundo en el que hombres y mujeres hechos y derechos se mantienen erguidos por sí solos, las personas dependientes –como denota el imaginario oculto de la palabra– se cuelgan de los demás2. *Nancy Fraser agradece el apoyo que el Center for Urban Affairs, Northwestern University, el Newberry Library/National Endowment for the Humanities y el American Council of Learned Societes le han prestado para su investigación. También agradece a Linda Gordon el permiso para reimprimir este capítulo en el presente libro. Linda Gordon da las gracias a la University of Wisconsin Graduate School, Vilas Trust, y al Institute for Research on Poverty. Ambas pre- sentamos nuestro agradecimiento al Rockefeller Foundation Research and Study Center en Bellagio, Italia. Y agradecemos también los útiles comentarios de Lisa Brush, Robert Entman, Joel Handler, Dirk Hartog, Barbara Hobson, Allen Hunter, Eva Kittay, Felicia Kornbluh, Jenny Mansbridge, Linda Nicholson, Eric Wright, Eli Zaretsky y los revisores y editores de Signs: Journal of Women in Culture and Society.
1 Clarence Thomas, citado por Karen Tumulty, Los Angeles Times, 5 de julio de 1991, p. A4. 2 Daniel P. Moynihan, The Politics of a Guaranteed Income: The Nixon Administration and the
Family Assistance Plan, Nueva York, Random House, 1973, p. 17.