Tasas de variación m ensuales (%) Estructura m ensual
La tasa de variación de la recaudación líquida es el resultado de la integración de las diferentes tasas que figuran en el cuadro desfasadas en el caso de los factores que obedecen al criterio de devengo (consumos y tipos) en tres meses.
-10 -8 -6 -4 -2 0 2 4 6 8
E10 M M J S N E11 M M J S N E12 M M J S N
considerando las estructuras de los meses de septiembre de 2011 y 2012, que la variación de la recaudación mensual imputable a la variación de la estructura de la demanda es del -0,3 por 100.
Las tasas de variación de la recaudación mensual que es imputable a la cesión del impuesto al País Vasco y Navarra, se han calculado relacionando las recaudaciones mensuales líquidas obtenidas por la Administración Central en cada uno de los meses y la suma de las recaudaciones líquidas obtenidas por las Haciendas central y foral de que se trate. A su vez, las recaudaciones líquidas de los territorios autonómicos se han calculado a partir de la recaudación bruta equivalente a las cuotas devengadas en los respectivos territorios forales, a las que se han aplicado los factores que relacionan en la Administración central, por un lado, la recaudación bruta correspondiente a las salidas de fábricas y depósitos fiscales y la total, indicativo de las salidas a consumo no distribuidas a través de fábricas y depósitos fiscales, y, por otro, la recaudación bruta y la recaudación líquida, que refleja, a su vez, las devoluciones realizadas; a esta recaudación bruta ajustada se le suman/restan las cantidades transferidas por/a la Administración Central. Evidentemente que la aplicación de estos factores al País Vasco y Navarra supone aceptar la hipótesis de que en estas Comunidades tales relaciones son iguales a las habidas en el territorio común.
Estas tasas se han anotado en el cuadro número 3.9.16 con referencia al criterio de caja y no al de devengo como se hizo con las tasas correspondientes a las variaciones de tipos impositivos y estructura. Las series relativas a estas cuatro tasas se han representado en el gráfico número 3.9.11.
Aplicando a las cantidades del cuadro número 3.9.15, los tipos impositivos medios vigentes en cada uno de los meses en que se ha producido el devengo del impuesto, se obtiene la cuota asociada a cada cesta, correspondiente a los años móviles que finalizan en cada uno de los meses considerados. Esta cuota asociada representa el tipo anual medio que se ha aplicado a la cerveza consumida en el período de doce meses que finaliza en cada uno de estos meses.
El importe de estas cuotas se ha anotado en la primera columna del cuadro número 3.9.17 siguiente, en el que también –en la segunda columna "estructura año anterior"– se incluye el importe de las cuotas resultantes de aplicar los tipos impositivos vigentes en cada uno de los años móviles de los que se dispone de información, a la estructura de consumo del año móvil que finalizó en el mismo mes del año anterior.
La evolución de las cuotas asociadas a una cesta de 1.000 litros de cerveza de las categorías que se han consumido en el año móvil que finaliza en cada uno de los meses considerados es el resultado de las variaciones habidas en los tipos impositivos, en la estructura del consumo y la cesión del impuesto a Navarra y el País Vasco y la modificación de su período de pago; esta última sin incidencia desde el año 1999.
Siguiendo un procedimiento paralelo al explicitado para la determinación de las tasas correspondientes a las variaciones mensuales de la recaudación, se han obtenido las tasas de variación de la recaudación anual móvil que se han anotado en la parte derecha del cuadro nº 3.9.17, al que acompaña el gráfico número 3.9.12 que representa la evolución de las mismas.
3.9.3.3. Estimación del consumo.
Para la medición de las variaciones cuantitativas de la demanda, se hace necesaria una estimación del consumo, que va a realizarse de forma global, comprendiendo todo el ámbito territorial de aplicación del impuesto con independencia de quien sea el sujeto activo del mismo.
Si se dividen los importes de las cuotas recaudadas en cada mes, tanto por la Administración Central como por las autonómicas, entre las cuotas asociadas a la cesta integrada representativa del consumo habido en el segundo o tercer mes anterior(*), habida cuenta que, en el período considerado, hay un desfase de dos o tres meses entre el período del devengo y el del ingreso de las cuotas, se hallará el número de cestas consumidas en cada uno de los meses.
(*) La distinción es consecuencia de lo establecido en la Orden de 8 de abril de 1997, que amplía en un mes el plazo para el ingreso de las cuotas devengadas.
TASAS DE VARIACIÓN Gráfico nº 3.9.12 Cuadro nº 3.9.17 año actual año
anterior Consum os Tipos Estructura Ces. P.Vasco Ces. Navarra Rec.Líquida
2008 87,92 87,10 -1,89 -0,04 0,94 -1,02 0,10 -0,48 2009 87,40 87,91 1,68 -0,02 -0,58 -0,34 -0,03 -2,92 2010 87,54 87,40 -2,11 0,00 0,16 -0,13 0,19 0,76 2011 87,51 87,56 1,04 0,02 -0,05 0,24 -0,15 0,06 2012 87,53 87,50 0,09 -0,01 0,03 0,50 0,02 1,44 En. 11 87,53 87,36 -1,90 0,00 0,19 -0,06 0,21 0,73 Feb 87,50 87,41 -1,90 0,00 0,10 0,02 0,36 -0,41 Mar 87,47 87,42 -2,55 -0,01 0,06 0,08 0,71 -1,17 Abr 87,50 87,43 -1,32 -0,01 0,08 -0,16 0,63 -1,24 May 87,48 87,47 0,20 0,00 0,01 -0,28 0,52 -1,56 Jun 87,48 87,49 0,36 0,00 -0,01 -0,30 0,49 -2,30 Jul 87,53 87,44 -0,45 0,01 0,11 0,19 0,40 -0,66 Ago 87,57 87,44 -0,48 0,01 0,15 0,20 0,30 0,71 Sep 87,63 87,43 -0,28 0,01 0,23 0,31 0,21 0,88 Oct 87,63 87,47 0,26 0,01 0,18 0,20 0,09 -0,04 Nov 87,56 87,55 0,59 0,02 0,01 0,24 -0,03 -0,10 Dic 87,51 87,56 1,04 0,02 -0,05 0,24 -0,15 0,06 En. 12 87,55 87,54 0,95 0,02 0,01 0,16 -0,25 0,36 Feb 87,57 87,51 1,05 0,02 0,07 0,13 -0,37 0,36 Mar 87,58 87,49 1,78 0,02 0,10 0,13 0,03 1,15 Abr 87,57 87,52 0,26 0,02 0,05 0,28 0,03 1,28 May 87,55 87,49 -0,57 0,02 0,07 0,44 0,03 1,61 Jun 87,54 87,50 -0,48 0,02 0,04 0,49 0,03 2,44 Jul 87,59 87,53 0,77 0,00 0,07 0,05 0,01 0,40 Ago 87,54 87,57 1,48 0,00 -0,03 -0,07 0,00 -0,56 Sep 87,51 87,63 1,05 0,00 -0,13 -0,03 0,00 -0,44 Oct 87,52 87,62 1,16 0,00 -0,12 0,96 0,02 1,82 Nov 87,52 87,55 0,77 -0,01 -0,04 1,02 0,03 2,50 Dic 87,53 87,50 0,09 -0,01 0,03 0,50 0,02 1,44
Las magnitudes no proporcionales se expresan en Euros y corresponden a cada uno de los años móviles que finalizan en el mes considerado.
Período