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CAPÍTULO 2. La importancia de la transparencia en las políticas públicas

2.1 Buen gobierno y transparencia

2.1.2 La democracia, el Estado de Derecho y la ética pública

La democracia es el régimen político que posibilita el bien común dentro de un marco de respeto a la persona y al Estado de Derecho. En la democracia no es que necesariamente los gobernantes sean mejores, sino que hay un sistema de contrapesos y límites al poder que reducen las posibilidades de abuso. Ocampo, afirma: “Existe […] una íntima relación entre los sistemas políticos y el control de la corrupción. Una regla elemental de la técnica de control es que quien controla sea independiente de quien es controlado”.142

La democracia tiene un complejo sistema de controles como son: el marco legal de responsabilidades, el voto de los ciudadanos, la participación de organizaciones de la sociedad civil, el escrutinio de los medios de comunicación, el contrapeso de otros poderes, la posibilidad de exigir rendición de cuentas, entre otros. La democracia es el único sistema político que prevé la independencia de estos controles; en cambio, en los sistemas autoritarios nada de esto sucede.

La democracia por su naturaleza es defensora de la igualdad, la libertad y la participación, y por su carácter de representatividad, tiene un sustrato ético fundamental, ya que reconoce la dignidad de las personas y por lo tanto afirma sus derechos y deberes. En la democracia, la legitimidad del gobierno se basa en un reconocimiento de poder ascendente que proviene del pueblo.143 Para Karl Popper, la democracia, más que ser “un gobierno del

pueblo”, es un “tribunal del pueblo”, porque su diseño comprende no tanto la posibilidad irreal de que el pueblo gobierne directamente, sino que el núcleo democrático implica que el pueblo pueda constituirse en juez de su gobierno. El principal valor de la democracia para Popper será la posibilidad de derrocar a los malos gobernantes a través del voto y no de la violencia. Así lo expresa: “Hablando con propiedad, existen únicamente dos formas de gobierno: aquellas en las que es posible derrocar al gobierno sin derramamiento de sangre

142 AA. VV.: La hora de la transparencia en América Latina, Lozano, J., Merino, V. (comps.), Ed. Granica,

Buenos Aire, 1996, p. 17.

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por medio de una votación, y aquellas en las que esto es imposible […]”. A la primera, forma Popper le llamará democracia y, a la segunda dictadura o tiranía.144

Sartori define a la democracia como: “una sociedad libre, no oprimida por una oligarquía cerrada y restringida, donde los gobernantes «responden» ante los gobernados”145

Es decir hay una soberanía popular, el poder es legítimo porque emana de abajo y obedece a los intereses de la mayoría.

Por su parte, Bobbio enumera los contenidos mínimos del Estado democrático, entre ellos podemos encontrar: derechos de libertad, existencia de partidos en competencia, elecciones periódicas, sufragio colectivo y debate libre de las ideas.146

Los criterios descriptivos de la democracia según apunta Roberth Dahl son los siguientes: participación efectiva, igualdad del voto, comprensión ilustrada, control de la agenda e inclusión de los adultos.147 Para Dahl, los beneficios que trae consigo la democracia

son varios: ayuda a evitar el gobierno de autócratas crueles; garantiza a sus ciudadanos una cantidad de derechos fundamentales que los gobiernos no democráticos no garantizan ni pueden garantizar; ayuda a las personas a autodeterminarse y proteger sus propios intereses fundamentales; ejercita la responsabilidad moral y fomenta un grado relativamente algo de igualdad política, entre otros.148

Para Linz, un régimen democrático debe contemplar las siguientes características: 1. Un sistema político basado en la libertad legal para formular y proclamar alternativas políticas en una sociedad. 2. Con libertades de asociación, de expresión y otras básicas de la persona que hagan posible una competencia libre y no violenta entre líderes. 3. Con revalidación periódica del derecho para gobernar. 4. Con inclusión de todos los cargos políticos efectivos en el proceso democrático. 5. Con participación de todos los miembros de la comunidad política, cualquiera que fuesen sus preferencias políticas, siempre que se expresen pacíficamente.149

144 Popper, K. (1995): La responsabilidad de vivir. Escritos sobre política, historia y conocimiento, Ed. Paidos,

Barcelona, p. 176.

145 Sartori, G. (2007): ¿Qué es la democracia?, Ed. Taurus, México DF, p. 39.

146 Cfr. Bobbio, N. (2008): El futuro de la democracia, Fondo de Cultura Económica, México DF, pp. 45, 46. 147 Dahl, R. (1999): La Democracia, una guía para los ciudadanos, Ed. Taurus, Madrid, pp. 47, 48.

148 Ibidem, pp. 55-72.

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Podemos afirmar entonces que la democracia posibilita la libre expresión, el escrutinio público, el contrapeso de los poderes, la posibilidad de la sanción electoral, todos ellos elementos que, por un lado, hacen inviable la instalación de un poder absoluto y, por otro, empoderan a los ciudadanos reconociéndoles derechos de participación, de protesta y propuesta.

Todos estos elementos se convierten en herramientas indispensables para vigilar a los poderes públicos. Sin reconocimiento de la igualdad, sin legalidad, sin información abierta, sin debate plural, ni participación efectiva, (situaciones propias de los regímenes autoritarios y totalitarios), el combate a la opacidad y a la corrupción resulta prácticamente imposible.

En el Manual de Anticorrupción en la Función Pública. editado por Transparencia Internacional, se recoge la fórmula de Klitgaard: (Corrrupción = Monopolio + Discrecionalidad – Transparencia). El sistema político que mejor se adecua a la fórmula es la democracia:

“En la democracia bien ejercida no hay monopolio de poder, ya que debe repartirse entre las distintas ramas de gobierno que se controlan unas a otras. Hay poca discrecionalidad, pues la ley es la que debe regular la conducta de los funcionarios públicos, y se facilita la transparencia pues se garantizan la publicidad de los actos de gobierno y la libertad de expresión”.150

Aunado a ello, la democracia también puede favorecer el desarrollo económico ya que genera certidumbre en las reglas del juego del mercado económico y facilita el Estado de Derecho.

La profundización de la democracia y el fortalecimiento de sus instituciones son un compromiso que debe asumir todo liderazgo político que quiere contrarrestar la opacidad y la corrupción. El optar por otro régimen político disminuye seriamente las posibilidades de fomentar la transparencia y la rendición de cuentas. Aunque ello no quiere decir que con la democracia, automáticamente se logran estos objetivos. A veces, incluso, puede suceder lo contrario, las transiciones democráticas pueden abrir espacios de poder, que si no son llenados con instituciones fuertes, pueden ser cooptados por los intereses meramente privados y por los agentes corruptos.151

150 Cfr. op. Cit. Lozano, Merino, p. 179.

151 Por ello, se puede hablar de transiciones exitosas como la española, la chilena o la checa y de transiciones fallidas como la rusa o la egipcia.

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Por lo tanto, la democracia exige el fortalecimiento de un Estado de Derecho que haga frente a la corrupción y al crimen organizado. De no hacerlo, el sistema democrático podrá fungir como un mero cascarón sin contenido, que un día se terminará por quebrar, dejando el poder en las mafias o trayendo consigo la añoranza de regímenes autoritarios que imponían de forma más efectiva el orden. Esto no es un simple escenario, sino el panorama que están enfrentando algunas jóvenes democracias latinoamericanas, de Europa del Este y África. Por ello, incluso hoy hay autores que hablan del Estado Democrático de Derecho, como elementos inseparables, que se complementan, tanto en su definición como en su aplicación y ejercicio.152

Fortalecer el Estado de Derecho, significa, siguiendo a Guillermo O´Donell, que nadie puede ser condenado si no es por aplicación de ley previamente sancionada; que los jueces deben decidir con criterios de igualdad ante casos semejantes; que existan posibilidades razonables de defensa legal, y que, la ley sea aplicada por igual, a través de las instituciones asignadas para ello.153

Así mismo, también vale la pena señalar, la importancia que debe tener un Estado de Derecho que sea verdaderamente neutral, y que no imponga sus leyes sólo para beneficio de un sector político, económico o social. Stephen Holmes afirma: “Las leyes que favorecen a los intereses especiales son la quintaesencia de la corrupción. Cuando los intereses particulares comienzan a hacerse notar y las pequeñas sociedades (les petites sociétés) a influir sobre la grande, el interés común se altera”.154 Y continúa páginas más adelante:

“Cuando unos pocos privilegiados –digamos, terratenientes, patrones, productores y acreedores– controlan, a discreción, los procesos legislativos, y la adjudicación y la aplicación de la ley, estamos en presencia de un gobierno que se vale de la ley para favorecer a los poderosos.155

El Estado de Derecho no sólo se conforma con un complejo entramado legal, con la división de poderes y con el combate a la impunidad (todos ellos elementos de por sí difíciles

152 José Ramón Cossío afirma que estudiando diversas concepciones del Estado de Derecho, se observan diferentes dimensiones o acentos de su definición, ya sea entendido como: imperio de la ley, límite al poder, fortalecimiento institucional o defensa de los derechos individuales. (Cfr., Cossío, J.: “Transparencia y Estado

de Derecho” en op. cit. Ackerman (coord.) pp. 101 – 105).

153 Cfr. O’Donnell G.: “Democracia y Estado de Derecho” en op. cit. Ackerman (coord.) p. 93 154 Holmes, S.: “Linajes del Estado de Derecho” en op. cit. Ackerman (coord.) p. 70.

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de construir y de hacer prevalecer en el tiempo). También se requiere de una ética pública enraizada en la sociedad.

El ser humano es un ser sociable, que requiere la ética no sólo por un sentido de sobrevivencia (visión de Hobbes), sino también por un sentido de perfeccionamiento (visión de Aristóteles). De aquí se deriva que la ética tiene dos dimensiones fundamentales. Por un lado, se ocupa de evitar que los seres humanos nos dañemos unos a otros, respetando siempre los derechos de terceros y su autonomía. Pero también, tiene una dimensión de promoción del bien, impulsando los principios de convivencia humana y solidaridad.

Si bien es cierto que la ética guarda una unidad, es necesario mencionar que se debe distinguir entre una ética privada y una ética pública. El ser humano se mueve en dos ámbitos de actuación distintos, el ámbito privado: su conciencia, el mundo de su fe, de sus convicciones, y el ámbito público, lugar propio de las reglas de convivencia social, de las leyes y de la actuación profesional.

Una de las razones por las que se consideran inmorales a los regímenes autoritarios, es precisamente porque confunden estos ámbitos y terminan anulando la vida privada de las personas, tratando de imponer convicciones y queriendo moldear la conciencia de los ciudadanos. Sin embargo, cabe señalar que también se incurre en un error cuando se anula la vinculación que existe entre ambos ámbitos. El ser humano es una unidad antropológica y psicológica que no puede segmentarse según las operaciones que realiza. La virtud personal termina por favorecer la vida en comunidad; por ello, la enseñanza de la ética, incluso en el ámbito personal, tiene relevancia para el ámbito público. Por eso, Victoria Camps afirma: “La vida en común necesita normas, libremente aceptadas, pero normas válidas para todos. De ahí que la ética individual y la colectiva necesariamente acaben convergiendo”.156

Para Bertrand Russell, como lo explica en su libro Sociedad humana: ética y política, la gran tarea en una sociedad implica conciliar los intereses individuales con los colectivos.

“[…] Se puede decir que el objetivo del moralista y del político debería ser tal que produjese la mayor concordancia posible entre la satisfacción individual y la general, para que en la medida de lo posible los actos por los

156 Ministerio de la Presidencia (1997): La ética en el servicio público, Organización para la Cooperación y el

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que se mueve un hombre para buscar su propia satisfacción sean aquellos que produzcan satisfacción a los demás”.157

Por su parte, Habermas sostiene:

“El necesario equilibrio entre diversas constelaciones de intereses y condiciones de vida no puede, en ninguna comunidad política, producirse

solamente a partir del cálculo interesado de las propias ventajas de cada uno

[…] Será necesaria más bien una «conciencia de pertenencia común» que haga posible que aquellos «asociados y unidos libremente» se identifiquen como ciudadanos.”158

Podemos sostener que la ética pública sostenida por la virtud de sus ciudadanos es condición fundamental para que la democracia se consolide.

La ética pública se convierte así tanto en un mecanismo de control para evitar la arbitrariedad en el uso del poder público, como un conjunto de principios para encausar las acciones de los funcionarios hacia el servicio y la de los ciudadanos hacia la solidaridad. Por ello, no es exagerado decir que la ética salvaguarda la democracia, preserva los derechos humanos fundamentales, favorece el respeto de los principios constitucionales justos y promueve el ejercicio de buen gobierno.

Por todo ello, el ámbito público requiere hoy, más que nunca, de una capacidad de reflexión y de prudencia, de virtud y coraje cívico; no basta sólo la técnica y la búsqueda de la eficacia. La razón técnica tiene que abrirse a la razón ética, porque el ámbito público no sólo se rige por lógica de medios, sino que necesita el horizonte de los fines. Para el progreso social no sólo es importante una lógica del cálculo, sino también la visión del deber moral. Como apunta Rodríguez Arana, en referencia a una «ética de la solidaridad»:

“[…] la Ética aplicada a la función pública tiene su eje central en la idea del servicio […] Ética, pues, como ciencia de la actuación de los funcionarios orientados al servicio público, al servicio de los ciudadanos, al compromiso con el bienestar general de la gente […] a la consecución del bien común”.159

Y en ese mismo sentido se pronuncia Llano haciendo énfasis en el carácter ético de la libertad, como empeño de construcción de bienes y valores positivos:

157 Russell, B. (2002): Sociedad humana: ética y política, Ed. Cátedra, Madrid, p. 154.

158 Habermas, J. (2000): La constelación posnacional. Ensayos políticos, Paidos, Barcelona, p. 20. 159 Rodríguez-Arana, J. (2001): La dimensión ética, Dykinson, Madrid, p. 13.

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“En la democracia, como proyecto de convivencia, el poder político es esencialmente la libertad social entendida como bien común […] El ideal de la sociedad democrática no es la democracia misma, sino la libertad social como empeño comprometido en la realización de los valores comunitarios”.160

Así pues, podemos concluir que sólo un gobierno que actúa con ética hace prevalecer el Estado de Derecho, sólo un gobierno ético puede sostener un régimen democrático en el largo plazo y sólo un gobierno ético es un buen gobierno.