CAPÍTULO I. MARCO TEÓRICO
1.4. El principio de seguridad jurídica y su aplicación en la legislación
1.4.5. Efectos de la vulneración del Derecho a la Seguridad Jurídica en el
La seguridad jurídica es un derecho constitucional que constaba ya en la Constitución del 1998 derecho que fue incorporada en la constitución actual, la seguridad jurídica como la protección, de los derechos constitucionales de las personas en sector público y privado este derecho debe ser garantizado por los jueces jurisdiccionales en todas las etapas del proceso sea en el ámbito administrativo o judicial ya que el derecho de la seguridad jurídica comprende la aplicación de las normas jurídicas que regula las conductas de la sociedad es por ello que el catedrático, Dr. Merck Benavides Benalcázar, menciona que el derecho a la seguridad jurídica debe ser observado y garantizado por todos los operadores de justicia.
Benavides, en la revista ensayos penales de la Corte Nacional de Justicia del Ecuador manifiesta lo siguiente: “…la seguridad jurídica es uno de los principios y derechos fundamentales de los sujetos procesales y debe ser entendido como exención de peligro o daño, firme convicción del libre ejercicio de los derechos públicos y privados…”. (Benavides, 2013, pág. 35).
El derecho a la seguridad jurídica tiene que ver principalmente con la protección de los derechos de las partes dentro de un proceso, ya que como hemos venido
mencionando la seguridad jurídica comprende un conjunto de derechos que deben ser garantizados por los administradores de justicia, en el ámbito público y privado, ya que las normas jurídicas tienen que ser perdurables en el tiempo, y que las sentencias judiciales tienen que velar y tutelar el derecho de las partes. Benavides manifiesta que: “El Estado a través de los diversos órganos que lo componen, está obligado por mandato constitucional, a velar porque el derecho a la seguridad este en plena vigencia en el país, lo cual garantiza a los ciudadanos la aplicación de los derechos y obligaciones…”. (Benavides, 2013, pág. 35), un país sin seguridad jurídica tiende a carecer de oportunidades, y al cual toda la comunidad internacional se le cierra y por ende se le limitan las oportunidades internacionales.
Benavides con relación a la seguridad jurídica manifiesta: “…que es determinante que una vez descubierta la verdad de un hecho histórico, llamado delito, el juzgador administre justicia aplicando la normas constitucionales y legales en el caso concreto, lo cual garantiza la seguridad jurídica de cada uno de los sujetos procesales que intervienen en el proceso penal”. (Benavides, 2013, pág. 36)
Al vulnerarse el derecho a la seguridad jurídica conlleva a que los juzgadores emitan sentencias con falta de certeza, ya que mediante uso de medios intimidatorios usados por las partes procesales y la presión física y moral a la que pueden estar expuestos los jueces y magistrados permite de forma arbitraria una flagrante violación de la ley, y por ende la vulneración de derechos constitucionales.
Luño, sobre la vulneración del derecho a la seguridad jurídica en el juzgamiento del delito de femicidio menciona lo siguiente: “Las dilaciones injustificadas o indebidas en la tramitación de los procesos y la falta de una tutela efectiva en la protección judicial de los derechos…”. (Luño, 1991, pág. 36), dentro de lo que corresponde al derecho del debido proceso que va de la mano con la seguridad jurídica, es que todas las personas tenemos derecho a ser juzgados en un plazo razonable, como así lo ha establecido la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, que un plazo razonable para ser juzgado es de dos años habiéndose resuelto todos los recursos existentes en el sistema procesal penal.
Terán, manifiesta lo siguiente efectos de la vulneración del Derecho a la Seguridad Jurídica en el juzgamiento del delito de femicidio: “Una de las más graves expresiones que puede afectar la seguridad jurídica en un país es, sin duda alguna, el error judicial”. (Terán, 2004, pág. 141), al existir una vulneración al derecho a la seguridad jurídica se corre el riesgo de que los administradores de justicia emitan sentencias arbitrarias y que el Estado sea condenado a una reparación por error judicial.
Con relación a la seguridad jurídica Terán manifiesta que: “El error judicial vulnera la tutela judicial efectiva, pues ésta parte del acierto y supone la ejecución de la decisión judicial correcta…”. (Terán, 2004, pág. 145), al emitirse sentencias que vulneren el derecho a la seguridad jurídica, también se estaría vulnerando la tutela judicial efectiva, por lo que la ejecución de la sentencia sería una total injusticia.
Benavides, en la revista publicando manifiesta que: “…Los jueces, eminentemente garantistas de los derechos de la víctima y el procesado, son los llamados a protegerlos. Se agrega, que la tutela judicial efectiva es tener acceso a la justicia, la cual es gratuita, oportuna, y basada en principios y garantías del derecho interno e internacional”. (Benavides, El principio de oportunidad, 2017, pág. 270)
Los administradores de justicia deben ser garantistas de derechos, y sobre todo velar porque el derecho a la seguridad jurídica se garantice, y esto se logra aplicando tanto las normas internas, como internacionales, ya que el Ecuador al ser parte y firmante de convenios y tratados internacionales los jueces tiene la obligación de aplicar las normas internacionales cuando estas garanticen y mejoren los derechos humanos, ya que son parte del bloque de constitucionalidad de nuestro estado.
En definitiva Terán asegura que: “La construcción de la efectividad de la tutela judicial, como es obvio suponer, no exige, por regla general, la expedición de nuevas normas jurídicas. Requiere del cumplimiento real de las vigentes a través
de la prestación eficiente del servicio público de administrar justicia…”. (Terán, 2004, pág. 145), la seguridad jurídica no es la creación de normas con la finalidad de ir adecuando a cada hecho, sino que es la correcta aplicación de las normas ya vigentes mediante una correcta administración de justicia libre se corrupción o de presiones de cualquier índole, respetando el la imparcialidad, e independencia de la justicia de cualquier otro ente del Estado.