• No se han encontrado resultados

Escrutinio uninominal y sistema de lista incompleta

DERECHO ELECTORAL

PARALELO ENTRE JOAQUÍN VÍCTOR GONZÁLEZ E INDALECIO GÓMEZ

V. Escrutinio uninominal y sistema de lista incompleta

La elección de un modelo no se presentaba como algo sencillo, teniendo en cuenta el estado que, entonces, poseía la población del país como el extenso territorio de éste. Particularmente, para González el escrutinio uninominal realizaría en la práctica lo más esencial del régimen de gobierno del país, ya que era representativo, republicano y democrático. Dicho modelo distribuía geográficamente el ejercicio del sufragio colectivo en tantos centros de acción como determinaba un cociente electoral, establecido constitucionalmente. Este sistema permitiría fomentar la formación de centros locales, distribuyendo el ejercicio de las fuerzas sociales en tantos centros de acción como fuera determinado por aquel cociente electoral. También, este sistema, al difundir los centros de acción, permitiría que las fuerzas comprimidas se difundan en diversos espacios, logrando una relación directa entre el elector y el elegido. Así, en la práctica, mediante la división en distritos uninominales o circunscripciones, se facilitaría la tendencia federativa, es decir, la división y la descentralización, fomentando el desarrollo de la vida local. Además, el sistema uninominal buscaría la consolidación de la paz interna, la supresión de los medios violentos gracias a la proliferación de los centros de acción de las fuerzas electorales, mediante la participación de las minorías en el sufragio y, en consecuencia, en la formación de la ley. Al respecto el riojano afirmaba:

“La ley recoge el hecho producido, la acumulación espontánea de las fuerzas productoras, de las fuerzas activas que se manifiestan en una votación al elegir a su representante; y de esa manera indirecta se realiza el más profundo propósito de la Constitución, que es dar representación en el Congreso, en la formación de las leyes, a la mayor suma posible de intereses, ideas y a todas las tendencias políticas.”347

160

También González consideraba que, en la práctica, era posible la realización del régimen uninominal como un medio para representar a las minorías de una provincia, o bien, de todas, de modo que, la necesidad de representación de las minorías encontraría un remedio en este sistema, mediante la reconcentración, en ciertos puntos del territorio, de determinados intereses de distintas colectividades. Así, por ejemplo, este régimen conduciría a la representación de los intereses sociales, de los gremios y de las clases obreras, en el marco de un panorama internacional donde estas últimas pretendían hacerse oír en los recintos legislativos y muchas perturbaciones de la época se debían, precisamente, a que estas clases no tenían representantes propios en el Congreso.

Por su parte, la propuesta de Gómez también perseguía el acercamiento o, más bien, la concurrencia del pueblo a los comicios y, en definitiva, la consolidación de las instituciones republicanas. Las partes fundamentales del proyecto eran la obligatoriedad del voto, el sistema denominado de lista incompleta que garantizase la representación equilibrada de mayorías y de minorías y, además, la libertad en la emisión del voto como la veracidad del escrutinio. Sin embargo, para que la reforma tuviera éxito era preciso que el pueblo lo haga por convicción en que dicha tarea no era algo inútil, sino que estaría respaldada por las garantías constitucionales y, en el mejor de los casos, podrían vislumbrar el triunfo de sus elegidos.

Sin embargo el Ministro de Sáenz Peña no dejaba de considerar al sistema de “lista completa” en el debate, explicando que en su momento éste había respondido a las aspiraciones de los demócratas de distintos países, como también lo había hecho el modelo de voto uninominal por distrito o por circunscripción. Es decir, todos estos habían sido instrumentos útiles para la reforma de las costumbres electorales, no obstante, luego se pervirtieron y se convirtieron en elementos de opresión y de vulneración de los derechos de la democracia. Por consiguiente, Gómez estimaba que ésta era una lección para tener en cuenta, “para no caer en la tentación de ensayar sistemas que la experiencia de otros pueblos había condenado como intrínsecamente frágiles”.348 En este propósito el Poder Ejecutivo había dado

preferencia al sistema de lista incompleta, por los motivos precitados.

Por el contrario, González estimaba que el sistema de lista se distanciaba en su esencia de base al sistema republicano representativo de gobierno, ya que suprimiría la voluntad del elector, generando una especie de relación mecánica, numérica, entre los electores y los

161

representantes. En cambio, la representación requería de la voluntad y de una relación íntima de confianza entre ambos. Y, precisamente, estas críticas fueron expuestas por González en el Senado en el marco de la reforma electoral de 1912, cuando en su rol de senador manifestó sus objeciones al sistema propuesto por el Poder Ejecutivo. Para él el sistema de lista incompleta era, en principio, un sistema poco estudiado. Además, él estimaba que tampoco podía lograr la representación de las minorías:

“(…) si la lista incompleta pretende colocarse en el grupo de los sistemas proporcionales, y de esa manera quiere ofrecer un porcentaje a favor de las minorías, realiza un acto inconstitucional, porque no puede dar representación al que no tiene mayoría (…).”349

Igualmente para González este sistema sería un obstáculo para el entusiasmo y el estímulo de la participación electoral, ya que las masas populares sólo podrían sentirse atraídas a votar gracias al interés directo y personal del elector con el elegido, situación que no sería posible con este sistema. Por el contrario, en su momento él había propuesto el único de los sistemas –uninominal– conocidos en el mundo que estimulaba la acción individual, el acercamiento entre los electores y los candidatos y, en consecuencia, el entusiasmo cívico.350

También, para el riojano en el sistema de lista incompleta la minoría sería sólo un producto o una concesión de la mayoría, por ende, la primera sería una masa dependiente de la otra o, bien, como él describía:

“(…) una especie de satélite que seguirá siempre la atracción de la masa principal, y nunca lo que el derecho republicano, el derecho electoral se propone al hablar de la representación de las minorías (…)”.351

Por su parte, Gómez respondía a las críticas de González, destacando que el ensayo del sistema uninominal no había sido exitoso en los comicios donde se había aplicado. En tal

349 Discurso de Joaquín V. González. Cámara de Senadores, 1/2/1912. 350 Discurso de Joaquín V. González. Cámara de Senadores, 2/2/1912. 351 Discurso de Joaquín V. González citado.

162

cometido él se cuestionaba ¿qué les decía la experiencia de 1904? Pregunta a la que él respondía:

“Si tuviese el sistema de circunscripción la excelencia que se le atribuye (…) es indudable que los comicios de 1904 habrían debido ser mucho más concurridos que en cualquiera otra época en la República Argentina.”352

Con el propósito de justificar esta afirmación Gómez incorporaba cifras353, donde

exponía que al comparar los comicios de 1904 con las elecciones posteriores, se veía que en las primeras la concurrencia de votantes fue mucho menor. Por otro lado, el salteño argumentaba que en la Argentina tampoco se contaba con la circunscripción anhelada, con el objeto de sancionar el voto uninominal.354

Halperín Donghi se ubica en el lugar de Gómez, respondiendo al siguiente interrogante: ¿Por qué sería preferible la lista incompleta a la circunscripción uninominal? Y, en su respuesta, afirma que la circunscripción uninominal amenazaba perpetuar una vida política protagonizada por numerosas máquinas electorales, destinadas a servir al individuo o al linaje que las manejaba, que no estaban separadas por ideologías ni por programas, lo que haría difícil superar la apatía en que había caído la vida política argentina. En tanto que la lista incompleta requería la organización de partidos auténticos, que se perfilarían mediante definiciones ideológicas precisas y programáticas.355 Y, respecto a esto último, los promotores

de la reforma de 1912 tenían presente que los sistemas de representación de las minorías exigían, para su buen funcionamiento, una sólida organización y una perfecta disciplina en los partidos políticos; aunque, eran conscientes de que este hecho era aún algo muy distante en la realidad de entonces. Pero, más allá del escenario fáctico que vislumbraban en el ámbito de la participación política, signado por la incredulidad y la apatía cívica, ellos confiaban que a raíz

352 Discurso de Joaquín V. González citado.

353 “En la Capital Federal, en 1904, los sufragantes fueron 9.252 y en 1910 30.000. En la provincia de

Buenos Aires no hubo sino 32.400 y en 1910 33.000. En Santa Fe tan sólo 9.318 sufragantes concurrieron a los comicios de 1904 en cuanto que en 1910 concurrieron 18.261.” (Discurso de Indalecio Gómez. Cámara de Senadores, 2/2/1912.)

354 Discurso de Joaquín V. González. Cámara de Senadores, 2/2/1912.

355 HALPERÍN DONGHI, Tulio, Vida y muerte de la República verdadera (1910-1930), Buenos

163

del contexto de libertad garantizado por la nueva normativa, sobrevendría la organización de los partidos políticos, que surgirían desde el interior mismo de la ciudadanía.