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Esfuerzos para evitar la reaparición del protestantismo.

In document urroz-97 (página 148-150)

La reforma del siglo XVI es aplastada definitivamente

5. Esfuerzos para evitar la reaparición del protestantismo.

Con la eliminación en masa de los focos de reformados y la más lenta pero inexorable destrucción de los pocos que todavía fueron descubiertos luego, no bastaba para tranquilizar a las autoridades; era necesario tomar medidas para que jamás se reprodujeran las condiciones que hicieron posible el primer brote. Estas medidas fueron varias.

En primer lugar, y de modo esencial, quedaba en pleno vigor toda la legislación de carácter punitivo acumulada en la época critica de 1557 a 1560, para los herejes que siguieran siendo aprehendidos. Nadie podía pensar en escapar del castigo si se probaba su culpa. Pero además se dieron nuevos pasos: se ampliaron y perfeccionaron las disposiciones preventivas y represivas anteriores, y se tomaron aún nuevas medidas.

En fecha tan remota como 22 de noviembre de 1559 ya dictó Felipe II una orden que había de tener nefasta influencia sobre la cultura española. Decretó que todos los estudiantes españoles que se hallaban en colegios extranjeros debían regresar a España en el término de cuatro meses; que en adelante quedaba prohibido para los españoles ir a estudiar al extranjero, bajo pena de confiscación y destierro perpetuo los seglares, y pérdida de temporalidades y ciudadanía los clérigos. Sólo los españoles residentes en Italia tenían permiso para asistir a las clases de un colegio de Bolonia y otro de Roma. Se quería evitar a toda costa que súbditos españoles, que luego pudieran regresar a España con un cierto relieve intelectual, lo hicieran inficionados de falsas doctrinas, incluso en grado mínimo.

Aparte de la estrecha vigilancia que sobre los extranjeros se ejercía, se prohibió por la Suprema, en 1572, que ningún francés fuera empleado como maestro de primera enseñanza en los territorios de Aragón, Pataluña y Valencia. La misma amistad y trato con extranjeros, aun cuando no se sospechara connivencia con la herejía, llegó a ser considerada' como inconveniente y peligrosa, como lo prueba el informe del inquisidor Morales, en 1568, acerca de las relaciones de algunos vecinos de San Sebastián con extranjeros, ya que éstos habían obtenido de ellos referencias que les habían permitido esquivar la enemiga del Santo Oficio.

Los navíos que tocaban puertos españoles eran visitados no sólo por los oficiales sanitarios, sino también por un inquisidor, el cual inspeccionaba si los pasajeros o la tripulación llevaban libros prohibidos; se establecía, además, una guardia para evitar que se descargara ninguno de modo subrepticio. Desde luego, cualquier pasajero o tripulante que desembarcara y se encontrara entre su equipaje algún libro herético o hiciera alguna manifestación que en un sentido o en otro se considerara contraria u ofensiva para la Religión Católica, cata bajo la jurisdicción del Santo Oficio.

La entrada de libros heréticos siguió siendo perseguida con el máximo rigor. Así, en carta de 25 de octubre de 158 a la Suprema, los inquisidores de Sevilla dan cuenta de que ninguna mercancía es descargada o abierta sin estar presente un delegado de la Inquisición, que observa si hay algún libro entre los paquetes, y si lo hay es enviado al tribunal para ser revisado, expurgado o destruido. Este sistema de inspección no se abandonó ni relajó durante siglos. En fecha tan tardía como 1667 hay quejas contra un delegado en Bilbao, Domingo de Leguina, que, en su furor investigatorio, esparcía el contenido de los paquetes por el muelle, y aun llegó a perforar unos barriles de alquitrán para introducir un bastón por su interior en busca de libros. Sin duda, prácticas tan extremas fueron excepcionales, pero muestran el cuidado con que la pesquisa seguía verificándose. Todavía en 1705 se mandó un resumen de instrucciones para los delegados a todos los tribunales sobre la necesidad de persistir en las visitas a los navíos a fin de evitar la entrada de libros prohibidos: habían de ser revisados barriles, fardos, balas, paquetes, juegos de naipes, y aun las cómodas y camas de los marineros, si bien se recomendaba el mayor tacto para evitar incidentes.

Nuevas listas de libros fueron añadiéndose a los Índices, para seguir manteniendo al día la prohibición de los títulos peligrosos que iban apareciendo, y en 1584 se publicó un Índice General por Quiroga. En este mismo año publicó también Quiroga, inquisidor general, un Índice Expurgatorio, el cual presentaba la ventaja de permitir que algunos libros prohibidos dejaran de serlo si se eliminaban de ellos las lineas o páginas del mismo indicadas en el Índice. La insistencia con que la Suprema procuraba hacer cumplir las disposiciones relativas a los libros prohibidos se muestra por sus continuas cuestiones con los libreros y encargados de bibliotecas. Varios nuevos Índices fueron publicados; así, en 1612 uno por Sandoval y Rojas; luego, otro por Zapata, y otros varios más adelante.

Con respecto a las licencias para leer libros prohibidos se llegó a tal severidad que, de momento, las únicas válidas en España, a partir del brote de protestantismo, fueron las concedidas por el mismo papa. Tan sólo más adelante fue autorizado el prepósito general de los jesuitas para facilitarlas. Los miembros de la Suprema necesitaban licencia del Santo Padre para leer libros vedados. Más adelante, la Inquisición empezó a conceder licencias, si bien las fricciones con la Santa Sede sobre este punto fueron frecuentes. Nadie estaba

exento de la obligación de pedir licencia para. leer un libro prohibido, ni aun el mismo rey, como lo prueba el que para leer uno que le interesaba, Felipe IV tuviera que pedir una licencia al inquisidor general, en 1640.

A pesar de todas las medidas, el temor de que pudiera volverse a propagar el protestantismo por España era invencible. Felipe II aún habla, en una; carta de 23 de septiembre de 1563 a los obispos, de los esfuerzos de los luteranos para esparcir sus doctrinas en España. Dice que la Inquisición debe ser ayudada, teniendo en todas partes quienes la informen de cualquier sospechoso de luteranismo u otros errores; ordena que los predicadores no rocen doctrina herética en sus sermones, ni aun para refutarla; que los confesores exijan a sus penitentes que denuncien a los que sepan está en error; que se requiera para dedicarse a la enseñanza, aun en sus grados más elementales, se pase un examen eclesiástico, y que sean satisfactorios el carácter y los hábitos del aspirante.

Tan exaltado era el fervor de la época o tan hiperestesiados estaban los ánimos que fácilmente se difundían rumores de fabulosas invasiones de libros heréticos en la Península, como ocurrió en 1566, cuando Margarita de Parma envió a Felipe informe de que habían sido enviados a Sevilla, desde Flandes, 30.000 ejemplares de obras de Calvino. Otra información que puso en vilo a la Inquisición fue la de que la princesa de Béarn, Juana d'Albret, habla mandado a España cierto número de ministros luteranos en calidad de misioneros, aunque no pudo ser descubierto ninguno a pesar de la rigurosa vigilancia con que fue escudriñada su posible presencia. Seis años más tarde se produjo igual revuelo cuando informes desde Flandes denunciaban que la nación estaba siendo literalmente inundada de ejemplares del Nuevo Testamento españoles, y que había correspondencia entre españoles en la Península y ministros protestantes allende la frontera.

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