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Experiencia común

In document Litigacion Penal y Juicio Oral (página 94-96)

3 “¡Yo me encargo de destruir al tonto!”

10. Formas de encarar el contraexa men

10.5 Experiencia común

Estamos más llanos a aceptar un relato cuando éste se acerca al formato de lo que en general ocurre en tales situaciones, de acuerdo a la experiencia más o menos repetida y uni- forme de la generalidad de las personas. Mien- tras el relato se aleja más de tal experiencia compartida, más se desplaza la carga de la prueba, en lo que concierne a su credibilidad, en contra de dicho relato.

Así, por ejemplo, la principal testigo de la fiscalía en un caso por violación ha declara- do que, una vez que encontró a su amiga vio- lada en la playa, ésta le dijo que había perdido uno de sus zapatos rojos en la casa del viola- dor y le había pedido que lo recuperara. El contraexamen de este caso (real), ocurrió co- mo sigue:

P: Usted ha señalado en su examen directo que encontró a su amiga violada en la playa...

R: Sí.

P: Pero no la llevó inmediatamente a un hospital ¿verdad que no?

R: No. Ella me pidió que fuera a buscar uno de sus zapatos, que lo había dejado en la casa de Ricardo.

P: Ricardo era el sujeto que la violó... R: Sí.

P: Y usted lo hizo... R: Sí.

P: Fue a buscar el zapato...

R: Sí.

P: A la casa donde, se supone, estaba el vio- lador de su mejor amiga...

R: Bueno, yo lo conocía, nos habíamos visto un par de veces...

P: Pero es usted quien ha venido a declarar que él la violó, ¿no fue eso lo que le escu- chamos decir en el examen directo? R: Sí.

P: De manera que usted fue a buscar el za- pato...

R. Sí.

P: A la casa de quien usted suponía había violado a su amiga...

R: Sí.

P: Y se había cortado la luz, ¿no es eso lo que usted acaba de contarnos?

R: Sí.

P: Así que estaba obscuro... R: Sí.

P: Y usted, entonces, entró por este obscuro jardín a la casa, para buscar el zapato... R: Sí, así es.

P: A la obscura casa donde estaba el viola- dor que acababa de violar a su mejor amiga...

R: Sí.

Como se ve en el ejemplo, lo que esta parte del contraexamen explota es el hecho de que resulta perturbador, desde el sentido co- mún más elemental, volver en busca de un za- pato a la obscura casa donde está el violador. El sentido común nos dice que la gente no es- tá dispuesta a hacer tal cosa, menos cuando nuestra mejor amiga acaba de ser violada y ne- cesita asistencia médica. El sentido común nos dice que uno evita el peligro más que buscar- lo y que, en todo caso, no es un zapato el tipo de razón por la cual las personas invierten es- ta regla. Lo que uno termina preguntándose, en consecuencia, es si es cierto que la famosa violación tuvo lugar, o si, en cambio, cualquier cosa que haya ocurrido allí fue lo suficiente-

mente menos intimidante para la supuesta víc- tima, como para ésta le pida a su amiga preo- cuparse por el zapato.

10.6 Detalles

Los detalles son relevantes para la credi- bilidad del testigo en varias formas, incluso en formas contrapuestas: tal vez el testigo provea de detalles tan exiguos que su declaración sea inverosímil, precisamente porque la experien- cia nos dice que, si efectivamente percibió lo que dice haber percibido, debería haber reteni- do también el tipo de detalles que la gente sue- le retener en ese tipo de situaciones. En otra versión ocurre precisamente lo opuesto: la de- claración es poco creíble precisamente por la enorme cantidad de detalles que aporta el tes- tigo, allí donde la experiencia nos dice que la capacidad para retener detalles es humana- mente limitada (por ejemplo, esto ocurre en Chile, con la preparación de testigos falsos en los juicios por accidentes automovilísticos: los testigos llegan al juicio declarando las cosas más inverosímiles, como el número de patente de los autos involucrados o el nombre y rubro de cada uno de los negocios en la esquina del accidente).

10.7 Consecuencias

Si lo que dice el testigo es cierto, ello im- plica que debieran haber ocurrido entonces al- gunas otras cosas, según nos informa también la experiencia compartida o el sentido común acerca de ese tipo de hechos (luego, la línea de contraexamen dice: “¿por qué no están ellas in- cluidas en el caso de mi contraparte?…"). La experiencia señala que hay hechos que gene- ran cierto tipo de reacciones, cierta clase de consecuencias. Si en el contraexamen un testi- go no puede declarar respecto de esos hechos adicionales, quizás sea posible inferir que tal vez las cosas no sucedieron tal y como el tes- tigo afirma. Se trata, pues, de utilizar la propia

experiencia para identificar los hechos que de manera consecuente debieron haber tenido lu- gar antes, durante y después del episodio prin- cipal relatado por el testigo.

Recordemos de nuevo el caso Kiev y el contraexamen a la madre de Ana. Si lo que ella decía era cierto -“Ana me dijo que su padre le estaba haciendo esas cosas”- ¿no debió haber buscado ayuda?, ¿no debió haberlo comentado con alguien?, ¿no debió haber denunciado a su marido? Esta, como se recordará, fue una línea de contraexamen de la defensa. Por supuesto, siempre es posible que el testigo tenga una ex- plicación para que los episodios que narra se hayan apartado de los hechos que la experien- cia común habría esperado estuvieran vincula- dos a éste. Aún así, el contraexamen logró en este caso invertir la carga de la prueba, y eso es siempre una ventaja.

10.8 La utilización de nuestra propia

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