Como violencia institucionalizada, la esclavitud animal se ejerce por el orden establecido, el cual no se identifica con el Estado –ni menos con el gobierno de tur- no– sino con las instituciones políticas, económicas, jurídicas, culturales y sociales en general. Es, entonces, una violencia de las estructuras, las cuales se convierten en estructuras injustas. Esta violencia es la causante de la mayor parte del dolor y del daño que nosotros los humanos, agentes morales, les provocamos a los otros anima- les, sean provenientes tanto de castigos como de privaciones. No todos los dolores dañan y “no todos los daños duelen” (Regan, 1983: 97).
Como vimos, la aceptación masiva del uso de los otros animales se acopla có- modamente con la sedación del discurso “proteccionista”, con o sin ley en mano. La variedad de antiguas y nuevas propuestas para comercializarlos da cuenta de los discursos que se han negociado. Los fundamentos y objetivos de estas leyes guardan relación de connivencia con los variados discursos que interseccionan en la degra- dación cotidiana del animal convertido en mercadería. Entre ellos, el de la publici- dad que induce a su compra e invita a participar en las variadas actividades que los utilizan. A la hora de jugar y entretenerse, las desigualdades sociales aparecen en las elecciones: el circo o las carreras de caballos. Pero todos se los comen. La om- nipresencia del poder sobre los no humanos se oculta en el lenguaje de la supuesta protección, recordándonos la violencia simbólica de la que habla Pierre Bourdieu:
La violencia simbólica es esa coerción que se instituye por mediación de una adhesión que el dominado no puede evitar otorgar al dominante (y, por lo tanto, a la domi- nación) cuándo sólo dispone para pensarlo y pensarse o, mejor aún, para pensar su relación con él, de instrumentos de conocimiento que comparte con él y que, al no ser más que la forma incorporada de la estructura de la relación de dominación, hacen que ésta se presente como natural... (1999: 224-225)
Esto es lo que hace tan difícil el quiebre del sentir/pensar especista: las nor- mas institucionalizan una creencia. Creer la mentira es crear la verdad. La verdad derrotada es en realidad convertida en una no-verdad. Los espacios formativos se modelan con un determinado modelo de producción y distribución de alimento, un determinado paradigma nutricional y encumbran una tecnociencia que utiliza al animal como objeto de laboratorio y, además, lo convierte en quimera.
Asociado a la adquisición de afecto, nos solicita un pedido de “respeto” un cartel colocado en la vidriera de una conocida veterinaria y pet shop del barrio Las
Cañitas, en Belgrano, Ciudad de Buenos Aires: “Por favor, no golpee el vidrio. No asuste a los cachorros. RESPÉTELOS!!!”. Detrás, gatitos a la venta se movilizan notoriamente agitados mientras rasgan con sus frágiles patas delanteras los barrotes de la pequeñísima jaula que los encierra. Una conocida marca de alimento balan- ceado, donde acabaron desecados los cuerpos de otros mamíferos o aves, completa el escenario avisando que “Estos cachorros son alimentados con…”56.
Podríamos creer que el Día del animal, festejado el 29 de abril en Argentina, se registra en los medios dando cuenta de que pocos pueden festejarlo. Pero no. Y no estoy remitiéndome a unos cuantos años atrás, cuando era día de “bautismo” de “mascotas”. Una extensa nota de la revista Viva, que data del 2011, centraliza los homenajes en el compañero incondicional y resulta en definitiva una oda a la zoo- terapia: otro uso reivindicatorio del animal manipulado hasta para generar dinero por lo que es capaz de hacer con su simple presencia. Es más, en la nota se critica la Ley 11.477 de Pesca de la provincia de Buenos Aires, que regula los oceanarios, no permitiendo el contacto de mamíferos marinos con humanos. El veterinario del circense Mundo marino se queja de esta ley absurda que no permite, como sucede en otros países como México, EE.UU. o Alemania, la terapia con delfines (Erbiti, 2011:58). En el mismo número de la revista se informa sobre la cada vez mayor contratación de animales para actores y se registra el típico artículo pro-ventas de- dicado a la moda para “mascotas”, mientras millones de perros y gatos sufren el desamparo de la calle, del encierro, de la persecución, o son envenenados, o son matados bajo el eufemismo de “eutanasia”, como parte del control de la denomina- da “sobrepoblación” que nunca alude a los que se multiplican por la cría comercial. Las campañas de la Asociación Argentina de Porcicultura han conseguido su objetivo. “Hace 20 años, cada argentino comía 5 kilos de carne porcina al año mien- tras que el 2013 cerró con un récord: cada argentino ya come, en promedio, 10,3 kilos de cerdo al año” (Sousa Dias, 2014). O sea que en 20 años se duplicó el consumo, de- jando atrás la idea de que tiene mucha grasa o es fuente de enfermedades. Lo avalan no sólo los que lo cocinan sino los especialistas del área de producción porcina de la Facultad de Ciencias Veterinarias y de las Escuela de Nutrición de la UBA. El dis- curso social se asienta como “verdadero” cuando lo dicen “los que saben”. La nota se complementa con la cita que había hecho dos años atrás la presidenta de Argentina: “Es mucho más gratificante comerse un cerdito que tomar viagra” (Sousa Dias, 2014).
Las Facultades de Veterinaria son lógicamente un gran centro de enseñanza de la cosificación del animal no humano. La Facultad de Agronomía de Buenos Aires no
56 Puede verse un registro fotográfico del cartel aquí: http://anyaboglio.com/reconfigurando-el-
se queda atrás. El área de Turismo rural, por ejemplo, dicta un Seminario denomina- do: “Consideraciones para el diseño y explotación de un coto de caza”, donde no sólo se habla de los beneficios de la explotación de un campo como coto de caza sino que también apela a los argumentos de la caza terapéutica tan usado por los ecologistas, haciendo alusión a los beneficios de la caza para mejorar las especies y aumentar su cantidad. Las estrategias de comercialización también son acompañadas, en el tema- rio, con la utilización de las carnes de caza, sus virtudes y los tabúes de la cocción (Agronomía, 2014).
La esperanza de cambio también alcanza proyectos de enseñanza, como el pre- sentado en el 2014 para la provincia de Buenos Aires, (D-1500/14-15-0), con el fin de educar a la sociedad contra el maltrato y la crueldad animal. En virtud del artículo 2, se entiende por maltratos y actos de crueldad a “todo comportamiento, en forma de acto u omisión, intencional, tendiente a proporcionar y causar daño, dolor innece- sario, sufrimiento o estrés al animal, sea éste doméstico o silvestre, según la especie, poniendo en peligro la vida del animal o afectando gravemente su salud” (Amendo- lara). Será “el Estado, a través de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires” quien esté a cargo de la formación docente, lo cual hace pensar cuál será el espacio permitido para la enseñanza de una posición liberacionis- ta. Podemos suponer que el Consejo Asesor que se crea por el artículo 9, integrado por veterinarios de la Facultad de La Plata y representantes de organizaciones pro- teccionistas, y con importantes funciones de control del proceso de enseñanza, tendrá mucho que decir al respecto.
Retomé estos nuevos ejemplos para introducir el tema de la ideología, concepto infinitamente analizado, que como una atmósfera recargada habita al Derecho en la cuestión animal. Dejando de lado la concepción crítica o negativa, Teun van Dijk de- fine la ideología en su concepción descriptiva o neutra como “base de las representa- ciones sociales compartidas por los miembros de un grupo”, aclarando que su noción es compatible con un análisis crítico de las “malas” ideologías, como las de domina- ción de clase, racismo o sexismo, o sea, las que niegan, ocultan, legitiman o controlan la diferencia social. Pero ¿quién “inventa” las ideologías? Muchas vienen de arriba hacia abajo, a veces provienen de unos pocos pensadores individuales pero para para entrar en esa definición, “debe ser compartida socialmente” (2000: 221)57.
57 La concepción más generalizada es la que se asocia a Marx, aunque este sentido peyorativo
le fue asignado por Napoleón Bonaparte, quien quería desacreditar a los “ideólogos” que consolidaban un sentido positivo como parte de la “ciencia de las ideas”, con Destutt de Tracy y la Escuela de los Ideólogos. Con este sentido aparece en otras teorías como los estudios poscoloniales, los estudios queer, el feminismo y el multiculturalismo, entre otros. Ver: Terry Eagleton, Ideología. Una introducción, Paidós, Barcelona, 1997: 96-102. En la crítica a La
Siguiendo a Teun van Dijk, las áreas más apropiadas para investigar la ideo- logía son la cognición, la sociedad y el discurso. Y aunque los discursos “no son las únicas prácticas sociales basadas en la ideología, son efectivamente las fundamenta- les en su formulación y, por lo tanto en su reproducción social” (van Dijk, 2000:19). Tomando la noción de discurso en sentido amplio, inclusiva de todos los dispositivos a través de los cuales fluyen las ideas, asistimos a la presencia de una mayúscula devaluación y uso del animal no humano. El “discurso de la especie” da forma y legitima la diferencia que destina lo animal a su identificación con la “vida sacrifi- cable” (Wolfe, 2012), inmerso en un sustrato biopolítico de intervenciones que deci- den los avatares del nacer, enfermarse, reproducirse y del cómo y cuándo morir de acuerdo a los saberes tecnocientíficos politizados58. La distinción humano/animal se redefine en la distinción Bíos/Zoé, sin equiparación de ambas duplas, lo que se evidencia en una protección jurídica que se sostiene en un cuerpo social donde sí se admiten –aunque sin confrontar su mercantilización– los reclamos relacionados con el animal doméstico ligado al círculo de los más cercanos, los animales familiares. Éstos no son “tan animales” –merecen los millones de pesos que genera su inclusión en el círculo ético– y acaso burlándose de Heideigger también mueran, como los humanos, en vez de sólo dejar de existir. Así que mientras se intenta dar algún tipo de empoderamiento a los no humanos a través de líneas de fuga que los extraigan del estatus jurídico actual, se refuerzan los parámetros de la teorética antropocén- trica que nos llevó a una crisis mundial sociopolítica-ambiental donde naufragan los “derechos”. Pero el discurso social predominante es un hecho histórico, producto de largos procesos durante los cuales se instrumentalizó el poder sobre quienes nunca pudieron defenderse por sí mismos. Las reflexiones asociadas a la abolición de la es- clavitud animal y a la consideración moral de los intereses de los otros animales –in- cluido el de seguir viviendo– suelen por lo tanto desdibujarse, pasando inadvertidas, reduciéndose su radical disconformidad a la idea de “lo pensable”, en una suerte de sobreimposición denominada alegoresis, o sea la “proyección centrípeta de los textos de toda la red sobre un texto-tutor o un corpus fetichizado” (Augenot, 2010: 26). Mientras tanto, las especies se revelan como lo que son: construcciones abstractas que se disuelven. Lo “característicamente humano” es hallable en lo no humano.
La discriminación moral arbitraria de la animalidad no humana se reprodu- ce en las interacciones entre el poder –principalmente económico– y la significación instalada. David Nibert señala que el especismo, al igual que el racismo o el sexismo,
ideología alemana, Althusser señala que la ideología es inherente al sujeto, pues el hombre
es el animal ideológico por excelencia.
58 Ver al respecto: Agamben, Giorgio. Homo sacer: el poder soberano y la nuda vida. Valencia:
no responde a prejuicios o simplemente a discriminaciones. Un análisis institucional revela que son ideologías. Y, para el caso, en su concepción negativa. Así, Nibert de- sarrolló una teoría trifactorial para dar cuenta de la opresión sostenida por diferentes fuerzas sociales que se potencian entre sí. Primero, la opresión es la noción de explo- tación económica o competición: el grupo percibido como diferente será explotado o discriminado si de ello se obtienen beneficios económicos y se tiene poder suficiente para hacerlo. Aquí surge el segundo factor, la desigualdad de poder: el grupo domi- nante controlará al estado, el cual aportará su propio poder y violencia para reforzar la explotación. El tercer factor es la manipulación ideológica que lleva a que se vean como de todos los intereses que son solo los de los opresores, instalándose actitudes, creencias y prejuicios que refuerzan la explotación (Nibert, 2002).
El análisis de la ideología, tanto en su versión neutra como en la negativa, pue- de hacerse en el ámbito de las normas, de los operadores jurídicos y de la dogmática jurídica. En el caso estamos analizando especialmente el área de las normas, ale- jándonos tanto del formalismo como del instrumentalismo del derecho59. En este sentido, las tensiones con el animal como propiedad sin ninguna consideración a su sintiencia, que surgieron al incorporarse los intentos legales de protegerlos, no de- mandaban más que una lucha por más y mejores condiciones de tratamiento. Pero la idea de dar una verdadera protección, de extraerlos del circuito de explotación ni siquiera se plantea, dando lugar a una serie de afirmaciones que sólo pueden asimi- larse con la ficción del doblepensar.
Esta “protección” jurídica no aspira a salvar al animal de carne y hueso de la violencia institucionalizada, ni podría hacerlo. Su limitado alcance se espeja en la mentalidad predominantemente –y con este sentido digo hegemónica– especista. Significa que para alterarla debe producirse un aumento significativo de los dis- cursos –otra vez recalco, dicho en sentido amplio– que la cuestionan y subvierten. Sólo aquellos legisladores (in)formados en la injusticia que representa el uso de los animales podrán desarticular –en el sistema normativo– los relatos que han llevado a ver como “aceptables” las atrocidades de los campos de cría y mataderos. En este sentido, no necesitan lidiar con la pregunta filosófica más ardua para incidir con su actuación, como la que sobrevendría si tuvieran que tomar decisiones acerca de si lo
59 Pierre Bourdieu entiende que para romper con el formalismo sin caer en su opuesto, es
necesario tener en cuenta lo que tienen en común, “la existencia de un universo social rela- tivamente independiente en relación a las demandas externas en cuyo interior se produce y se ejerce la autoridad jurídica forma por excelencia de la violencia simbólica legítima cuyo monopolio pertenece al estado y que puede servirse del ejercicio de la fuerza física.” Ver: Pierre Bourdieu, Poder, Derecho y clases sociales, 2ª edición, Desclée De Brouwe, Bilbao, 2001: 165-166.
correcto es el fin de la explotación o el fin de la domesticidad, o si importaría tam- bién intervenir en la naturaleza para evitar el sufrimiento de las presas.
El artilugio instaurado por la ley de protección consagra la explotación insti- tucional, derramando tolerancia sobre la violencia de la matriz estructural rebosan- te de maltrato, crueldad y sobre todo –y en cualquier forma– de injusticia. Ésta es su perversión. Si pensáramos en prevención del daño a los no humanos, no habría nada más eficiente que impulsar directa e indirectamente al veganismo. Pero la ley, al condenar los actos de maltrato y crueldad dentro de un esquema esclavista, le asegura a la dominación del animal las murallas de su propio panoptismo. Las dis- ciplinas que las refuerzan exteriorizan relaciones de poder que médicos, nutricio- nistas, veterinarios, biólogos y científicos desenvolverán dentro de otros paradigmas que mantienen sus propios discursos de necesidad del consumo/uso/producción de animales. Sin embargo, el control sobre los humanos empalidece al lado de la ma- quinaria que quebranta y despedaza al animal no humano –al cual incluso “produ- ce”– con la intención de destruir.
Esto nos lleva a repensar el concepto de víctima referenciado en la ley penal analizada60. El término procede del latín victîma: “persona o animal destinado a un sacrificio religioso” (Corominas, 1973: 605). Ésta sigue siendo la primera acepción en el Diccionario de la RAE, siendo la de la persona que se expone u ofrece a un grave riesgo en obsequio de otra, la segunda; la de la persona que padece daño por culpa ajena o por causa fortuita, la tercera, y la persona que muere por culpa ajena o por accidente fortuito, la cuarta. A diferencia de cuando se trata de humanos, los vic- timarios gozan de impunidad negando además –o pretendiendo hacerlo– cualquier encuadre moral a su actuación. Las víctimas son mayorías sin nombre. Hasta los usualmente más favorecidos perros, cuando pobres y sin techo, “deben ser sacrifica- dos.” Juzgo de extremo reduccionismo el concepto penal de víctima no humana. Si la norma no quiere o no puede asumir su estrecha visión del mismo, tendremos que enmendar la noción de víctima, redimensionando el real estado de situación. En lo que al lenguaje social se refiere, el concepto no debería identificarse con los “pobre- citos sometidos” que arrancan una lástima desconsolada –como se indica en su acep- ción coloquial: quejarse excesivamente buscando la compasión de los demás–, sino con los seres demandantes de justicia y de una reconstrucción social que nos señale a todos como victimarios y nos exija un papel activo en pos del desmantelamiento de los engranajes que articulan la permanente producción deliberada de esas víctimas. El animal no humano demandante podrá ser así representado en la resistencia a su uso
60 Zaffaroni (2012: 55) indica que la inclusión del término en el artículo 1° de la Ley 14.346 es
que implica el veganismo. La compasión entendida como lástima no sirve porque de- porta los principios de justicia al área de los sentimientos privados no universalizables, al ámbito de lo moral individual. La situación naufraga así entre simples módulos de quejas personales ante un sufrimiento que circula como espectáculo.
Sólo para referenciar mínimamente el campo jurisprudencial en relación a la ideología, preguntémonos qué análisis interpretativo hará un juez al dictar senten- cia en un caso de violación de la ley “proteccionista”, en medio del bien instala- do exterminio de no humanos que los ignora o destruye directa o indirectamente, arrasa su hábitat y le acerca sus productos al botiquín, a la mesa o al ropero. Cito a Agamben:
La pregunta correcta con respecto a los horrores del campo no es, por consiguiente, aquella que inquiere hipócritamente cómo fue posible cometer en ellos delitos tan atroces en relación con seres humanos, sería más honesto, y sobre todo más útil, inda- gar atentamente acerca de los procedimientos jurídicos y los dispositivos políticos que hicieron posible llegar a privar tan completamente de sus derechos y prerrogativas a unos seres humanos, hasta el punto de que el realizar cualquier tipo de acción contra ellos no se considerara ya como un delito… (1998: 217).
En la cuestión animal, la respuesta se puede encontrar en esta coexistencia “pacífica” de protección/desprotección que informa al conjunto del ordenamiento jurídico.
Conclusiones
La condición de bienes comerciales de los animales no humanos sujetos al ré-