Nadie muere porque sí: Suicidio, libertad y control Natalia Monasterolo
1. Introducción Hoja de ruta
Probablemente exista cierto consenso en asumir como una preten- sión de las sociedades más modernizadas, y, por cierto, occidentaliza- das, el dominio y neutralización del riesgo.
Al tiempo que una gran porción de los habitantes de este planeta recibe con beneplácito las “bondades” generadas al compás de los avances tecnológicos actuales, se imponen un sinnúmero de medicio- nes y controles destinados a disminuir, o desvanecer, cualquier res- quicio de peligro que ello pudiera importar.
En esta dinámica de doble juego, emerge una suerte de línea dis- cursiva algo “esquizo”, cuyo mensaje oscila entre la omnipotencia humana y la vulnerabilidad absoluta: Tenemos el sumo poder para conseguirlo todo pero a la vez nuestra infinita fragilidad nos impide actuar sin hacerlo sobre seguros.
103 Recuperado de Diego Stulwark “De la autopsia a la cartografía” fecha: 26/11/2017
De este modo el riesgo o el peligro (sin ingresar a precisiones dis- tintivas), se instalan como las fórmulas de advertencia ineludibles, ca- racterizándose por la ductilidad que poseen para justificar cualquier intervención, aún la más violenta, en la circulación de los cuerpos que tejen la trama social.
No me detendré aquí en las múltiples formas y contornos que adopta esta especie de mediación estratégica entre el devenir de los sujetos y los dispositivos de control104; la prisión preventiva para los
inocentes, la punitivización de conductas remotísimamente dañosas, el encierro indeterminado para la locura criminal; todos, representan ejemplos de injerencias violentas por parte del Estado a través de su bastión jurídico, y en todos habita una casi incuestionada justifica- ción105.
Pero como fuera anunciado, estas empresas de dominio bajo el lema de la desactivación del riesgo no son todavía las que en este ar- tículo persigo analizar, aun cuando, como tales, integren el universo argumental del cual emerge la vertiente del riesgo que sí será objeto de exploración.
Esta vertiente articula puntualmente con lo que suele llamarse el aspecto mental de la salud humana, nominación en la que suelen fil- trarse visiones reduccionistas de la locura y la negación de la autono- mía individual cual derivación inescindible de aquélla.
En esta línea repararé en una situación peculiar estrictamente vin- culada con el derecho a morir, pero no como prerrogativa exclusiva de quienes de manera ostensible se encuentran absolutamente limitados en sus posibilidades de circulación, o de quienes transitan tortuosa- mente el seguro y pronto camino hacia el final de la vida106, sino, como
104 Con el término “dispositivo” estoy pensando en todo lo que sintetizó Foucault (1977) al delimitar el concepto. Esto es, primero: “discursos, instituciones, instala- ciones arquitectónicas, decisiones reglamentarias, leyes, medidas administrativas,
enunciados científicos, proposiciones filosóficas, morales, filantrópicas” funcionando en red. Luego “…la naturaleza del vínculo que puede existir entre estos elementos heterogéneos”, situando aquí desde el programa de una institución a cualquier otra
articulación que incluso permita justificar y al mismo tiempo ocultar una práctica. Por
último, y esto me parece revelador, el origen emergente del dispositivo, su implemen- tación en la urgencia, lo cual le otorga su “posición estratégica dominante”.
105 Pienso aquí en las normas procesales que describen al detalle, y al borde de la
taxatividad más abierta, los indicadores de peligro procesal para fundar la prisión
preventiva; también en los delitos de peligro abstracto y en las medidas de seguridad curativas fundadas en un dictamen de peligrosidad respecto a la conducta de un sujeto que no ha delinquido.
106 Casos como los de Ramón Sampedro o Jean Dominque Bauby, probablemente ilustran situaciones como las del tipo, es decir, coyunturas en las que prescindiendo
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Salud Mental y Derecho: Derechos Sociales e Intersectorialidad
facultad de todos los sujetos -aún los más “prósperos”-, para ejecutar sin ocultamientos un deseo.
Será desde allí entonces que analizaré la fórmula del riesgo en su variante individual, refiriéndome con ello al riesgo de autolesión o autoeliminación (particularmente este último), y a la manera en que este concepto instrumental logra, mediante el desconocimiento (o re- afirmación) de la autonomía individual, interferir en el deseo humano, sino a través de una noción incapacitante de la locura (o capacitista de la normalidad), echando mano a la misma afirmación de libertad.
Para esto me detendré primero en algunas explicaciones medu- lares relativas al principio de autonomía de la persona y las posturas filosóficas en torno. Utilizaré en la ocasión el texto de Carlos Santiago Nino; Etica y Derechos Humanos. Un ensayo de fundamentación (2007).
Luego, intentaré escudriñar las posibles articulaciones entre au- tonomía y locura, adoptando esta última nominación en sentido rei- vindicativo antes que peyorativo. Buscaré visibilizar con ello los finos hilos que se anudan en punto a la idea de libertad individual.
A continuación, me concentraré en el específico marco normativo local en materia de salud mental. No para recorrer, minuciosamente, su técnica legislativa o las obligaciones que coloca en cabeza del po- der Estatal con el objeto de tornar efectivo dicho cúmulo de derechos, sino mejor para dar cuenta de las razones epistémicas del modelo que funciona como anclaje de dicho esquema legal.
Con esto, apuntaré a reflejar si el derecho al suicidio (es decir, a morir con las especificaciones expuestas supra) encuentra recepción en el modelo normativo vigente, y, de no hacerlo, si ello resulta cohe- rente con el universo jurídico del cual emerge. Precisamente en fun- quizá de algunos pruritos morales o determinados posicionamientos ideológicos, la mayoría coincidiría con la facultad de acabar con la propia vida. El primero de estos sufrió un accidente a la edad de veinticinco años por el cual quedó tetrapléjico; fue el primer ciudadano español que requirió un suicidio asistido, puesto que su estado físico actual no le permitía ejecutar su propia muerte y tampoco quería sanciones para quienes lo asistieran en tal deseo. En Cartas desde el Infierno agrupó los escritos rea-
lizados a lo largo de su “agonía”. Bauby, periodista editor de la revista francesa Elle,
fue víctima a los 43 años de un accidente cerebrovascular por el cual quedó paraplé- jico y mudo pudiendo movilizar únicamente su ojo izquierdo (dolencia esta conocida
como “síndrome de encierro”, en la que las facultades mentales permanecen intactas
hallándose paralizada la mayor parte del cuerpo). Antes de morir, a través de un sis- tema especial, dictó a una asistente sus memorias, las que fueron publicadas bajo el título La escafandra y la mariposa. Recuperados de https://es.wikipedia.org/wiki/ Ram%C3%B3n_Sampedro y https://es.wikipedia.org/wiki/Jean-Dominique_Bauby , respectivamente
ción de esto último es que me arrimaré a ciertas meditaciones cons- truidas en clave biopolítica, para trazar por fin una ruta de acceso al conocimiento que habilite una lectura “desde afuera”.
Probablemente al concluir queden algunas cuestiones abiertas; se- rán ellas las que darán sentido a este artículo.
Debo aclarar antes de iniciar el recorrido que, como lo que aquí se pretende es hacerse de una cartografía para pensar (tal como fuera re- ferido en el apartado preliminar), los puntos que siguen han adoptado esa dinámica, emulando diversas paradas hasta el desenlace contem- plado en la línea de llegada.
2. Primera parada. La autonomía de la persona como principio