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Es posible que los únicos documentos de archivo que hayan registrado las voces de los esclavizados neogranadinos sean los procesos penales, bien fueran en su contra o bien interpuestos por ellos en contra de sus amos. Como lo anotó Colmenares, la ejecución de la ley hacía posible un contacto más cercano entre los individuos y el ―Estado colonial‖; la ley penal, a diferencia de la civil, no tenía un carácter colectivo, se orientó en la mayoría de los casos a las castas y recurrió de manera frecuente a castigos ejemplarizantes que escenificaban relaciones de dominación.58

No obstante, el acercamiento a los casos individuales y a las relaciones entre los esclavizados se dificulta por el carácter tenue y fragmentado de las voces de los actores involucrados en los delitos. Los juicios apelaban a una serie de procedimientos y

56 Carlo Ginzburg, El queso y los gusanos (Barcelona: Muchnik Editores [1976] 1999) 4.

57 Amadou Hampaté Ba, ―La tradición viviente‖, Historia General de África, Tomo I, J. Ki Zerbo,

Director (Madrid: Tecnos, 1982) 186-192.

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fórmulas esquemáticas, los cuales reducían la posibilidad de que los protagonistas dejaran registradas sus impresiones de manera extensa y detallada. En la medida en que estas voces, provenientes de actores que no tenían acceso a la escritura, llegaban al documento mediante la pluma de un escribano, tampoco dejaron testimonios directos de los reos. Incluso, en varios casos no es posible siquiera conocer el destino del acusado o si la sentencia dictada durante el juicio se cumplió a cabalidad.

Pese a sus vacíos, los documentos escritos dejaron evidencia de actos recurrentes y abiertos de insubordinación esclava; a la par con las acciones manifiestas de desafío a la esclavitud, como lo fueron las agresiones contra los amos y las figuras de autoridad, los esclavizados ejercieron conductas de resistencia menos directas y amenazadoras del orden social, como los pequeños y recurrentes robos cotidianos. En este sentido, los documentos presentan dificultades para el estudio de la resistencia en el día a día y facilitan la aproximación a hechos que rompieron la rutina, tales como la rebelión o el homicidio. Otros delitos como el robo parecen haber sido mucho más comunes y para convertirse en una estrategia de supervivencia, debieron ser conductas ocultas. El éxito de la resistencia en el día a día fue justamente su invisibilidad ante los detentadores del poder. Sin embargo, los momentos particulares en los cuales la resistencia se hizo abierta o fue reconocida por las autoridades, dan luces sobre aquella cotidianidad no registrada por escrito. El problema de la lectura de la resistencia en los documentos históricos ha sido anotado por Scott, quien argumenta que

Salvo en el caso de una verdadera rebelión, el discurso oficial ocupa la mayor parte de los actos públicos, y por lo tanto la mayor parte de los archivos. E incluso en las ocasiones en que los grupos subordinados se hacen presentes, sus motivos y su conducta estará mediatizada por la interpretación de las élites dominantes. Cuando el grupo subordinado es casi completamente analfabeta, el problema se hace más grave. La dificultad, sin embargo, no consiste sólo en el hecho ordinario de que únicamente existan testimonios de las actividades de las élites, conservados por las élites de tal manera que reflejen su posición y su clase; la dificultad más profunda se debe a los decididos esfuerzos de los subordinados para ocultar aquellas actividades y opiniones suyas que podrían causarles problemas.59

Por otra parte, resulta problemático hablar de la conciencia de los actores involucrados en el delito, en la medida en que es imposible interrogarlos de manera directa sin la intermediación del documento histórico y sin la diferencia temporal que los separa de los observadores actuales. Mientras que las y los etnógrafos pueden contrastar aquellos comportamientos y relaciones que observan y documentan con lo que dicen, piensan y sienten los sujetos, las y los historiadores se aproximan a hechos sociales mediados por documentos sin la posibilidad de conocer de forma directa a los actores. En este sentido, la indagación histórica sobre los motivos del delito se torna complicada pues los procesos judiciales no necesariamente expresan las razones de los reos, las cuales representan en sí un problema para la investigación criminalística actual o del pasado.

Los expedientes judiciales no destinaban mucho espacio para que los esclavizados hablaran acerca de sí mismos y, por tanto, la información que tenemos sobre ellos es escasa. Los juicios omitieron sus historias de vida, así como sus orígenes y filiaciones étnicas, razón por la cual las resistencias analizadas en la presente investigación no aparecen articuladas en torno a sus proveniencias africanas. Lo que sí sabemos con certeza es que la mayoría ya habían cometido algunos delitos antes de ser procesados por la justicia penal. Por tanto, sólo podemos aventurar una idea muy fragmentada sobre cada uno de ellos en los casos en los cuales los fiscales se tomaron el trabajo de interrogarlos acerca de sus vidas. En otros, sus datos personales fueron omitidos entre el ir y venir de testimonios y declaraciones de testigos, fiscales y defensores. Los funcionarios que dirigían los procesos judiciales parecen haber estado mucho más preocupados por seguir procedimientos formales e inculpar a los acusados, que en indagar en sus historias personales como una forma de comprender los posibles motivos del hurto. Es significativo que para dejar de ser anónimos en los documentos coloniales, los esclavizados hayan tenido que infringir la ley.

Aún con estas limitaciones, es innegable que los documentos judiciales presentan una ventana interesante para el análisis de la resistencia esclava. Con base en ellos he propuesto una lectura del delito como estrategia de resistencia, supervivencia y autonomía. Para desarrollar este planteamiento presentaré en el Capítulo 1 un análisis de los procesos penales por hurto, en el cual pretendo mostrar que ésta conducta favoreció

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la autonomía y la movilidad de los esclavizados y les permitió tener una economía propia, así como participar en el mercado como sujetos que compraban y vendían sin la intervención de sus amos. En el Capítulo 2 me centraré en los juicios criminales por delitos contra la persona (homicidios e injurias de hecho, conocidas en la actualidad como lesiones personales) y mostraré que, bien fueran crímenes cometidos de manera individual y espontánea o planeados con anticipación en compañía de otros esclavizados, estas conductas tuvieron una relación directa con la esclavitud y la resistencia dado que involucraron con frecuencia a amos y figuras de autoridad.

Con respecto a los dos primeros capítulos, debo aclarar que, por una parte, al hablar de movilidad en un sistema de castas que se supone rígido y con posibilidades limitadas de ascenso social, me refiero principalmente a una movilidad geográfica y no social, la cual no es el objetivo de la presente investigación. En este sentido, es necesario anotar que utilizo el término casta como la designación dada a los individuos provenientes de la ―mezcla de sangre‖ entre los grupos mayoritarios que conformaron las sociedades coloniales americanas en sus inicios: blancos españoles, indios americanos y negros africanos;60 de acuerdo con Friedemann y Arocha, el vocablo casta, después de designar una ―mezcla genética‖, pasó a ser usado para reclamar una posición socioeconómica.61 Por otra parte, al profundizar en los delitos de hurto, homicidio e injurias de hecho, no pretendo afirmar que los esclavizados hayan sido más propensos al delito ni extender esta afirmación a los descendientes de los sujetos de mi investigación; por el contrario, mi idea es señalar que la criminalidad esclava estuvo vinculada de manera inexorable con unas condiciones particulares de la sociedad colonial.

En el Capítulo 3, abordaré las percepciones de los involucrados en los juicios penales en torno al delito y me centraré en los testimonios de los propios esclavizados, de sus fiscales, defensores y amos; planteo que los testimonios estudiados, además de

60 Patricia Seed, ―Social Dimensions of Race: Mexico City, 1753‖, The Hispanic American Historical

Review, Vol. 62, No. 4 (Nov, 1982), 572; Magali Carrera, ―Locating Race in Colonial Mexico‖, Art Journal, Vol. 57, No. 3 (Autumn, 1998), 38. Si bien en los comienzos de la conquista europea el término casta era utilizado para designar los grupos étnicos a los cuales pertenecían los esclavizados africanos llegados a América, con el tiempo esta palabra empezó a designar a los individuos que no eran blancos. Este es el sentido que le confiero al término casta en la presente investigación (Friedemann, Nina S. De, ―Presencia africana en Colombia‖, Presencia africana en Sudamérica, Luz Maria Martinez Montiel, Coordinadora (México: Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1995) 74.

61 Jaime Arocha y Nina de Friedemann, De sol a sol: Génesis, transformación y presencia de los negros

ser valiosos para mostrar los motivos que llevaron a los reos a incurrir en la ilegalidad, nos dan luces sobre las relaciones sociales entre los esclavizados y otros sectores de la sociedad colonial, así como sobre las distintas percepciones del delito. En el Capítulo 4, exploraré los castigos impuestos a los reos como formas de control social y expresiones de la tensión que generaba la criminalidad esclava en la colonia; más que reprimir y castigar, las sentencias infligidas en un espectáculo público pretendían prevenir el derrocamiento del orden social por parte de los grupos subordinados. La escenificación del castigo, además de ser una estrategia para frenar la criminalidad, debe ser concebida como la expresión de una cultura del terror, en la cual amos y autoridades imponían castigos que reflejaban sus propios temores a la insubordinación esclava. Finalmente, con base en la idea de que el análisis del delito esclavo como estrategia de resistencia permite comprender fenómenos más generales de la sociedad colonial, las conclusiones plantean varios puntos en los cuales los juicios criminales dan luces sobre la situación social y económica de la Nueva Granada a finales de la colonia.

A manera de aclaración final, debo señalar que he dado una visión predominantemente masculina del tema de la criminalidad y la resistencia esclava, debida a la infrecuente aparición de las mujeres en los expedientes delictivos estudiados. Sin embargo, esta ausencia no debe ser interpretada como evidencia de su pasividad con respecto a la esclavitud. Mediante el manejo relativamente autónomo de su sexualidad y maternidad, las mujeres esclavizadas ejercieron resistencias que con dificultad quedaron registradas en los documentos escritos (una excepción es el infanticidio, estudiado el Capítulo 2). Ellas, como los hombres en su misma condición, también se valieron del sistema jurídico para reclamar la libertad o denunciar maltratos y castigos excesivos; sin embargo, las demandas interpuestas por las mujeres también tuvieron un componente de género en la medida en que las quejas tenían relación con la violencia sexual ejercida por sus amos, en ocasiones utilizando como promesa la libertad.62 Además, la poca presencia de las mujeres como victimarias en delitos contra la persona parece enmarcarse en una tendencia más generalizada de criminalidad femenina durante el periodo estudiado, en el cual la gran mayoría de los juzgados por

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Jessica Spicker, ―El cuerpo femenino en cautiverio: aborto e infanticidio entre las esclavas de la Nueva Granada 1750-1810‖, Geografía Humana de Colombia. Tomo VI. Los Afrocolombianos, Adriana Maya, Coordinadora (Bogotá: Instituto Colombiano de Cultura Hispánica). Samira Ayala, Del silencio a la palabra: las esclavizadas en los espacios urbanos y domésticos del Nuevo Reino de Granada (1750- 1810). (Bogotá: Departamento de Antropología, Universidad Nacional de Colombia, 2003).

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los delitos contra la vida y la integridad personal, la propiedad y la familia fueron hombres. Entre 1740 y 1810, un 85.28% de los delitos cometidos en la Nueva Granada fueron masculinos mientras que las mujeres respondieron ante la justicia por apenas un 14.72%.63 También para el caso del centro de México y la Mixteca, estudiado por Taylor, una gran mayoría de los delitos hallados fueron cometidos por hombres y, como lo explica el mismo autor, esta parece ser una tendencia casi universal entre los seres humanos.64

La presente investigación se basa en expedientes del Archivo General de la Nación (Bogotá), el Archivo Histórico de Antioquia (Medellín) y el Archivo Central del Cauca (Popayán).65 Las fuentes primarias utilizadas fueron producidas entre los años de 1750 y 1800, periodo de gran interés para el estudio de la criminalidad esclava, debido al notable aumento de causas criminales seguidas contra esclavizados con respecto a la primera mitad del siglo XVIII.66 Este fenómeno puede atribuirse a una administración de la justicia más eficiente durante los años estudiados, o bien a un crecimiento real de los delitos cometidos por esclavizados en relación con condiciones particulares de la sociedad neogranadina de finales de la colonia. Por otra parte, los juicios criminales estudiados provienen en su mayoría de la Real Audiencia de Santa Fe, la cual, al ser un alto tribunal donde se expusieron y apelaron delitos graves, llevó registros de las causas penales que se encuentran hoy en el Archivo General de la Nación en Bogotá. Las citas extraídas de las fuentes primarias mantienen la ortografía de los documentos originales, aunque he eliminado las abreviaturas para facilitar su lectura y comprensión.

63 Gabriel de Domínguez 330-332. 64

Taylor 130.

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Hasta mediados de 2008, los documentos se encontraron digitalizados en la página web http://negrosyesclavos.archivogeneral.gov.co, creada con el apoyo del programa de la Unesco La Ruta del Esclavo. Después de esta fecha, la página salió de servicio, lo cual afectó la disponibilidad de las fuentes primarias de la presente investigación. Por ello, aunque incluyo algunos documentos del Archivo Central del Cauca con relación al hurto, la mayoría de los juicios analizados provienen de los archivos Histórico de Antioquia y General de la Nación.

66 Para establecer el aumento de juicios criminales realicé una búsqueda en los catálogos de los fondos

CAPÍTULO I