1.2 La Tutela Judicial Efectiva
1.3.2 Los grupos de atención prioritaria, según la Constitución de la República.
1.3.2.1 Las Personas en doble condición de vulnerabilidad
Como se ha mencionado anteriormente la vulnerabilidad de una persona es una condición mediante la cual sus acciones se pueden ver disminuidas de conformidad a sus limitaciones que pueden ser de diversa índole como por ejemplo físicas como las personas discapacitadas, migratorias como los migrantes indocumentados, así también las personas pertenecientes a un grupo indígena en particular con creencias y lengua propia, las personas que conforman el grupo de atención prioritaria como los adultos mayores, niñas, niños y adolescente, además de los y las privadas de libertad, entre otros. Una persona al encontrarse dentro de un conjunto similar con características de condición de vulnerabilidad, se puede sentir desprotegida fomentando su inseguridad tanto personal como jurídica, debido a que podrían verse afectados sus derechos debido a su condición; sin embargo, no es difícil comprender que al tratarse de una doble condición de vulnerabilidad podría encontrarse mucha más insegura en cuanto a la protección de sus derechos.
Se pueden mencionar varios ejemplos de las personas en doble condición de vulnerabilidad, como en los casos que se anotan a continuación:
Las personas migrantes con discapacidad o que padezcan una enfermedad catastrófica
Las personas migrantes que sean mayores adultas Los niños, niñas o adolescentes que sean migrantes
Los mayores adultos con enfermedades catastróficas o con discapacidad Los niños, niñas y adolescentes que padezcan de enfermedades
catastróficas o tengan algún tipo de discapacidad
Las mujeres embarazadas que padezcan de enfermedades catastróficas o tengan algún tipo de discapacidad
Los privados de libertad que sean mayores adultos; entre otros. Las mujeres privadas de libertad que están embarazadas.
Las personas en situación de extrema pobreza que sean mayores adultas, niños, niñas o adolescentes, mujeres embarazadas, o las personas con discapacidad que se encuentren en tal situación; también se consideran doblemente vulnerables; entre otros.
Con tales consideraciones, es importante que se realice una intervención oportuna y necesaria para que se proteja los derechos de las personas en estas condiciones de doble vulnerabilidad, de manera especial en el ámbito de administración de justicia penal; lo cual no ha podido materializarse, a pesar de los esfuerzos de las instituciones públicas que han sido creadas con tales finalidades.
Una vez que se ha analizado el tema de las personas en doble condición de vulnerabilidad, a continuación se realiza el estudio de algunas de las reglas de Brasilia que se aplican en el ámbito de administración de justicia.
1.3.3 Las Reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad
Para abordar este tema se indica primeramente que las Reglas de Brasilia constituyen un documento de elevado valor jurídico y normativo nacional e internacional, elaborado y aprobado por la XIV Cumbre Judicial Iberoamericana, que fue desarrollada en Brasilia durante los días 4 a 6 de marzo de 2008; en la cual se consideró de ineludible importancia, la elaboración de estas reglas básicas concernientes al acceso a la justicia de las personas que se encuentran en condición de vulnerabilidad.
Cabe destacar que los trabajos iniciadores y preparatorios de estas reglas, tuvieron la participación de importantes redes iberoamericanas tanto de operadores como de servidores del sistema judicial de justicia, como es el caso de la Asociación Iberoamericana de Ministerios Públicos, Asociación Interamericana de Defensorías Públicas, Federación Iberoamericana de
Ombudsman y la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados; quienes a través de sus valiosos aportes en base a la experiencia en el desempeño de sus funciones en la administración de justicia enriquecieron y dignificaron el contenido del documento otorgándole una innegable valor.
Además, resulta de gran importancia manifestar que desde un inicio, se presentó una compatibilidad y afinidad muy positiva de las Reglas de Brasilia con los esquemas y patrones de derechos humanos a nivel internacional, incluyéndose tanto el Sistema Interamericano, así como también del Sistema Universal en lo referente al acceso a la justicia y lo relativo a víctimas de violaciones a los derechos humanos; de manera que se convirtiera en un recurso positivo y efectivo.
De acuerdo al mismo documento, “Reglas de Brasilia sobre el acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad”, se cuenta con dos finalidades trascendentales:
“1.- Las presentes Reglas tienen como objetivo garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial. 2.- Se recomienda la elaboración, aprobación, implementación y fortalecimiento de políticas públicas que garanticen el acceso a la justicia de
las personas en condición de vulnerabilidad”. (Reglas de Brasilia, 2008:
Sección primera)
Además, propone que los servidores y operadores del sistema judicial den un trato adecuado a las personas en condición de vulnerabilidad, al igual que faciliten su acceso a la justicia, aún más al encontrarse en situaciones en las que su vulnerabilidad sea mayor.
De acuerdo a las Reglas de Brasilia,
“se consideran en condición de vulnerabilidad aquellas personas que, por razón de su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales, encuentran especiales dificultades para
ejercitar con plenitud ante el sistema de justicia los derechos reconocidos por el
ordenamiento jurídico”. (Reglas de Brasilia, 2008: Sección segunda)
De lo expuesto en las Reglas de Brasilia, se puede manifestar además, que se entiende por personas en condición de vulnerabilidad, a todas aquellas que poseen dificultades consideradas especiales para ejercer plenamente sus derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico frente al sistema y a la administración de justicia.
Así mismo, se considera como causas de vulnerabilidad: a la edad, discapacidad, integrantes de comunidades indígenas o a minorías poblacionales, la victimización, migración y el desplazamiento interno, además de la pobreza, el género y la privación de libertad; asevera que en cada país se determinará la condición de vulnerabilidad de las personas en base a sus características definidas, incluyendo su nivel de desarrollo social y económico. Como se puede apreciar en las Reglas de Brasilia, se extiende la situación de vulnerabilidad en lo referente al acceso a la justicia, a las personas que forman parte de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, situación que no contempla la legislación ecuatoriana.
Por otra parte, en el indicado documento, se determina además a los destinatarios del contenido de estas Reglas; es decir, quiénes son los llamados a observarlas y cumplirlas, entre los cuales se encuentran los siguientes:
A todas las personas que imparten justicia. En el caso del Ecuador, a los jueces que forman parte de los órganos jurisdiccionales de la Función Judicial; pero además estarían incluidos también los jueces de la Corte Constitucional
Los Fiscales. En el caso del Ecuador, el personal de la Fiscalía General del Estado debe cumplir con tales reglas, en especial cuando la víctima acude a la Fiscalía a denunciar un delito, el fiscal, le debería dar prioridad a esa denuncia por el hecho de haber sido presentada por una persona en esta situación; y, con mayor prioridad aún, si esta persona tiene doble condición de vulnerabilidad.
Los defensores Públicos, Procuradores y servidores del sistema de Administración de Justicia en general. En el caso del Ecuador, el personal que forma parte de la Defensoría pública debe priorizar su atención a estos grupos de atención prioritaria.
En un segundo plano pero no menos importante a los abogados y profesionales del Derecho. También es debe del abogado que brinde una atención especial a las personas que están incluidos en los grupos vulnerables de la sociedad.
Los policías y servidores penitenciarios operadores del sistema judicial y todos quienes actúan de una u otra forma en su funcionamiento.
Por otra parte, se indica además que en cuanto al efectivo acceso a la justicia para la defensa de los derechos de las personas en condiciones de vulnerabilidad, las Reglas de Brasilia se centran en promover las condiciones necesarias con el fin de que la tutela judicial de los derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico sea efectiva, acogiendo las medidas más adecuadas y que mejor se ajusten a cada condición de vulnerabilidad; dentro de las cuales se enuncian las siguientes:
Cultura jurídica: a fin de otorgar información básica acerca de derechos, procedimientos y requisitos para garantizar un eficaz acceso a la justicia, que incluye la capacitación hacia una cultura cívica jurídica.
Asistencia legal y defensa pública: mediante el asesoramiento técnico- jurídico para la efectividad en el cumplimiento de los derechos de las personas en condición de vulnerabilidad, así como también la asistencia de calidad, especializada y gratuita.
Derecho a intérprete: cuando el caso lo amerite, por ejemplo al hacer uso de la lengua oficial de la comunidad en interrogatorios o declaraciones. Revisión de los procedimientos y los requisitos procesales como forma de
facilitar el acceso a la justicia: con la adopción de medidas de organización y de gestión judicial que resulten conducentes para ese fin,
partiendo de medidas procesales, como la oralidad con el propósito de conceder celeridad a la resolución.
Medios alternativos de resolución de conflictos: con que se impulsará la resolución del conflicto, antes del inicio y durante del trámite con el fin de mejorar las condiciones de acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad al igual que descongestionan el servicio formal de la administración de justicia.
Sistema de resolución de conflictos dentro de las comunidades indígenas: de manera que se logre incentivar la armonización de los sistemas de administración de justicia estatal e indígena, fundamentada en el principio del respeto mutuo y de anuencia con las normas internacionales de derechos humanos, tomando en cuenta el derecho a expresarse en su propio idioma.
Además de lo expuesto, las Reglas de Brasilia, han considerado dejar precedente en cuanto a la celebración de los actos judiciales cuya aplicación es conveniente a cualquier persona en condición de vulnerabilidad que tenga participación en un acto judicial, sea como parte o en cualquier otra condición; de manera que se respete la dignidad de la persona dándole un trato particular frente a la situación; para lo cual deberá ser debidamente informada todo el tiempo, tanto del proceso como del trámite y de su intervención en el proceso judicial para garantizar sus derechos, incluso si se trata de un proceso penal desde el inicio con la policía como autoridad.
De manera que se consolide el propósito fundamental de reducir las dificultades de comunicación que perturben la comprensión del acto judicial en el cual una persona en condición de vulnerabilidad tenga participación, garantizando que consiga entender su significado y alcance.
Así mismo, se debe proporcionar un ambiente adecuado para la comparecencia de la persona en condición de vulnerabilidad a fin de que se sienta cómoda, tranquila y segura, procurando evitar la espera del menor tiempo posible para el desarrollo de la diligencia judicial y a la vez con la utilización de procurará adaptar un lenguaje claro y sencillo acorde a las condiciones de la persona, como la
edad, grado de madurez, nivel educativo, capacidad intelectiva, grado de discapacidad o las condiciones socioculturales que la persona tenga.
Para el caso de personas con discapacidad se tendrá que reducir las barreras arquitectónicas, facilitando tanto el acceso como la estancia en los edificios judiciales.
También, en el caso de que se requiera se mantendrá la reserva en las actuaciones judiciales evitando que sean públicas para además garantizar la imagen de la persona impidiendo la publicidad si el caso lo demanda.
Las Reglas de Brasilia, destacan la importancia de que el Poder Judicial ayude con los otros Poderes del Estado en la progreso del acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, de manera que promueve la participación de autoridades estatales cuyas competencias se encuentran muy adheridas a gestiones de protección social de las personas más desfavorecidas. Así mismo, exhorta a las Organizaciones Internacionales y Agencias de Cooperación para que Continúen brindando su colaboración y asistencia técnica como también económica, en el fortalecimiento y mejora del acceso a la justicia.
1.3.4 El acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad,