Los comentaristas nordeuropeos del Talmud, y en especial Rashi y sus discípulos, los autores de los tosafot, tenían un espíritu analítico, seguían el texto talmúdico paso a paso, aclarándolo y explicándolo, pero nunca pretendieron someter la doctrina a síntesis, reconstruirla desde sus principios implícitos. Esta tarea fue encarada por Moshé ben Maimón. Si su comentario a la Mishná todavía se ceñía a la letra y la estructura del texto mishnaico, su ruptura con toda la tradición de comentaristas anteriores culminaría en la Mishné Torá (Segunda Ley), un esfuerzo sintético sin precedentes en el mundo judío.
Dos años después de haber acabado la redacción del Luminar, cuando ya contaba 35 años de edad, ben Maimón emprendió una empresa mucho más ambiciosa, que le ocuparía los diez años siguientes, la redacción de la Mishné Torá, terminada en 1180. Fueron diez años de trabajo increíble, en los que, además de ganarse el sustento de su familia, ejerciendo de médico, y de ayudar y dirigir a la comunidad judía de Fostat, actuando de juez, guía y
consejero, tuvo que repasar la totalidad de la tradición legal judía, sistematizándola de un modo novedoso y creativo y redactando su gran obra. No es de extrañar que él mismo comentase al final: «cuán duramente he trabajado día y noche durante los últimos diez años».
Mishné Torá significa «segunda ley». La primera ley es la escrita, la Torá, atribuida al Moshé bíblico. La segunda ley es la sistematización de todas las leyes orales y tradicionales del pueblo judío, realizada por Moshé ben Maimón. La obra se conoce también entre los judíos como ha-Yad jazaqá (La mano fuerte), nombre que alude a la seguridad con la que el Rambam interpretó y sistematizó la ley. La obra se compone de 14 libros o tratados, y en hebreo (que emplea letras para expresar números, como el griego o el latín) el número 14 se escribe YD (donde Y equivale a 10, y D, a 4), mientras que mano (YaD) se escribe del mismo modo, YD (recuérdese que en hebreo sólo se escriben las consonantes). Esta coincidencia se puso en relación con el versículo bíblico que habla de «la mano fuerte que desplegó Moshé» [Deuter, 34,12] y con el hecho de que también ben Maimón se llamaba Moshé. Como solían decir los judíos, «entre Moshé y Moshé no hubo otro Moshé».
La Mishné Torá es la única gran obra de ben Maimón redactada en hebreo, pues iba dirigida a todos los judíos del mundo, no sólo a los que vivían en países islámicos y hablaban árabe. La Mishné Torá es una impresionante sistematización, una síntesis luminosa y coherente, una codificación minuciosa y completa de todas las leyes,
normas, preceptos, mandamientos, dictámenes y costumbres del judaísmo postbíblico. La esencia del judaísmo siempre ha sido un cierto tipo de práctica, de comportamiento, la práctica y el comportamiento definidos en la ley. La ley es en primer lugar la Torá propiamente dicha, los cinco primeros libros de la Biblia. También es ley el resto de la Biblia, la Escritura o TaNaK entera. La ley oral es también ley, y ella se manifiesta en los preceptos, decisiones y opiniones de los maestros, jueces y rabinos, de los tanaím y de los amoraim, en la Mishná, en la Toseftá, en la Gemará, en el Talmud entero, en las responsa de los geonim, en los comentarios del Talmud, etc. Todo ese inmenso y desordenado cuerpo doctrinal, en el que los mismos temas se tratan en mil sitios distintos, citándose todo tipo de precedentes, es un océano difícil de navegar y en el que es fácil perderse. Ben Maimón se propuso nada menos que reducir esa masa ingente a orden y estructura, codificándola y (casi podríamos decir) axiomatizándola de un modo claro y coherente a partir de principios.
La ley judía lo abarca todo, la religión, el derecho civil, el mercantil, el penal, la buena educación, incluso la higiene. El pecado religioso y el crimen social son lo mismo, transgresiones de la ley divina. De ahí la enorme amplitud de la codificación del Rambam.
Para ben Maimón no había diferencia de fondo entre la ley escrita y la oral. Por ello inicia su gran obra con una especie de introducción, llamada Sefer ha-mitzvot (Libro de los preceptos), que contiene los preceptos básicos del
judaísmo, los cuales se encuentran ya en la Torá y son también los fundamentos de la ley oral y los axiomas (por así decir) de la sistematización benmaimónida.
El número total de preceptos que son obligatorios para todas las generaciones son 613. De ellos 248 son positivos (mnemotécnicamente es el número de huesos del cuerpo humano) y 365 son preceptos negativos, tantos como días tiene el año solar.
Preceptos positivos son los que empiezan «Haz…», negativos los que empiezan «No hagas…». Esos 613 preceptos se presentan a su vez en función de catorce principios. La enmarañada legislación judía se transforma así en un sistema claro y bien encadenado.
La Mishné Torá está dividida en 14 tratados, cada uno de los cuales está dedicado a un asunto y comienza con la enumeración de la lista de los preceptos básicos que se aplican a ese asunto. Todos los otros preceptos secundarios se fundamentarán en función de los básicos. Los temas tratados en múltiples lugares del Talmud aparecen aquí expuestos en un solo tratado.
Los tratados son:
1) El conocimiento (religioso). 2) Amor (de Dios).
4) Mujeres (matrimonio, divorcio). 5) Santidad.
6) Maravillas (juramentos, promesas, abstinencias).
7) Semillas (agricultura, diezmos, primicias). 8) El culto en el templo.
9) Ofrendas. 10) Pureza. 11) Daños.
12) Patrimonios (compras, ventas, regalos). 13) Códigos (alquileres, préstamos, herencias). 14) Jueces (tribunales).
La legislación judía, la ley, interpretada y sistematizada por ben Maimón, abarca todos los aspectos de la vida, desde las creencias hasta la salud. Ben Maimón introdujo consideraciones filosóficas, escriturísticas y tradicionales para precisar lo que un judío debe creer, desde los famosos «trece principios» del Luminar hasta el primer tratado de la Mishné Torá, que establece la creencia en Dios y el conocimiento de Dios como la primera de las obligaciones. También, en el otro extremo, si se quiere, el médico ben Maimón introduce los preceptos de la medicina y la higiene
entre los mandamientos religiosos y los preceptos legales de su código. Para un judío es obligatorio —según ben Maimón— hacer aquellas cosas que benefician a la salud y están prohibidas las prácticas que perjudican a la propia salud.
Considerando que la conservación y el cuidado de la integridad corporal es un mandamiento divino, puesto que es imposible conocer o servir a Dios mientras uno está enfermo, debe el hombre apartarse de todo lo que pueda perjudicar a su cuerpo y realizar aquellas cosas que son saludables y lo fortalecen. Ben Maimón consideraba su misión similar a la de Rabí Yehudá ha-Nasí, el compilador de la Mishná. Pero, de hecho, fue mucho más allá que aquél. En vez de limitarse a anotar las opiniones discrepantes de los expertos, ben Maimón zanjó siempre las cuestiones, con perspicacia y seguridad, con «mano fuerte». Cuando encuentra suficiente apoyo en el Talmud para un precepto, se limita a enunciarlo del modo más claro y general posible, pero sin indicar cuáles son las fuentes o autoridades que lo avalan. Cuando no encuentra suficientes antecedentes, él indica lo que le parece más adecuado, basado en el razonamiento y el sentido común, señalándolo entonces con la expresión «a mí me parece que…». Esta manera de proceder, sin citar fuentes ni autoridades, rompía con el pasado y le valió numerosas críticas de los rabinos más conservadores, y en especial las
de Shemuel ben Eli, gaón de la gran Academia de Babilonia y envidioso del súbito prestigio del rabino de Fostat. A pesar de ello, muchos rabinos ilustres acogieron con júbilo la obra de ben Maimón, que pronto se convirtió en un clásico indiscutible de la tradición judía. La Mishné Torá no pretendía ser una contribución erudita más al estudio del Talmud, sino algo muy distinto: una legislación universal (a la vez constitución política, código sagrado, civil, mercantil, penal, etc.) para el pueblo judío. Los judíos posteriores han considerado al Rambam como el más grande de sus legisladores. Por eso en el Capitolio de Washington, en la Cámara de Representantes, un bajorrelieve en mármol blanco lo representa como uno de los grandes legisladores de la humanidad.
En su Mishné Torá, Maimónides reduce la inmensa maraña del Talmud a una constitución clara y precisa, que ayude a los judíos y al propio autor a saber qué hacer en cada caso.
Has de saber que no he compuesto esta obra para conseguir gran reputación en Israel o para ganar fama en el mundo […]. En primer lugar, la compuse para mí mismo, para librarme del peso de investigar y buscar los halajot (preceptos) que constantemente se necesitan y, además, para usarla en mi vejez […]. He visto ante mí una nación que no tiene un libro completo de leyes […]. Por eso he hecho lo que hice tan solo por amor a Dios[7].
Epístolas
Ben Maimón había conocido durante su juventud la persecución religiosa. El fanático monarca almohade al- Mumín había ordenado que los judíos y cristianos de su reino (que abarcaba el Magreb y al-Ándalus) debían convertirse al islam, bajo pena de muerte y confiscación de sus bienes. La subsiguiente persecución significó el final de las florecientes comunidades judías de al-Ándalus, en las que la cultura judía había alcanzado un esplendor inusitado. Todas las familias hebreas de la zona vivían en la zozobra. Algunos cabezas calientes elegían el martirio, pero la mayoría prefería simular una conversión o emigraban. También la familia de ben Maimón, acomodada y bien conocida en al-Ándalus, sufrió bajo esta situación, deambulando a escondidas por al-Ándalus y Marruecos para, finalmente, emigrar a Egipto.
El Rambam, que conocía por experiencia propia las vicisitudes de sus correligionarios en esa difícil circunstancia, quedó indignado por el dictamen o responsa enviado por un experto rabínico consultado, «un hombre
presuntamente sabio —en palabras de ben Maimón—, uno de esos que no ha padecido ninguna persecución religiosa como las que han sufrido la mayoría de las comunidades de Israel», cuya respuesta había sumido en la angustia a la comunidad andalusí. La pregunta era sobre el dilema que se planteaba a los judíos que vivían bajo el yugo almohade, puestos ante la disyuntiva de morir o reconocer que Muhammad era el verdadero profeta. El consultante quería saber
si un hombre puede hacer tal confesión para no morir y evitar que sus hijos e hijas sean asimilados entre los gentiles, o, por el contrario, debe morir a fin de no dar un testimonio diferente de aquel al que está obligado por la Torá de Moshé, ¡que en paz esté!, y si el dar ese testimonio comporta abandonar todos los preceptos.
El presunto sabio contestó tajantemente, diciendo que cualquier judío, en esas circunstancias, debía dejarse matar antes que reconocer la misión profética de Muhammad; que quien reconociera, aunque fuese sólo de boquilla y bajo amenaza, a Muhammad, por mucho que cumpliese toda la Torá, dejaba de ser judío. Ben Maimón replicó con una Epístola sobre la persecución religiosa en la que refutaba los argumentos del jurisconsulto y rebatía sus conclusiones. Esta Epístola sobre la persecución religiosa parece que fue escrita por ben Maimón hacia 1160, cuando contaba 25
años. En ella hace un estudio exhaustivo de las circunstancias de la persecución religiosa en general y de la de los almohades en particular, de los mandamientos que han de ser cumplidos en tales circunstancias y de los que pueden se transgredidos y del mérito de los que se ofrecen en martirio y de los que aparentan convertirse. Hay ciertos actos (idolatría, homicidio, perversión sexual) que nunca pueden realizarse, ni bajo persecución religiosa. Respecto a otras obligaciones, no hay que ser tan intransigentes. Esto se aplica en especial a la persecución de los almohades, peculiar en el sentido de que
no obliga a nadie a realizar actos, sino solo a pronunciar palabras. Y los muslimes saben bien que nosotros no creemos en lo que decimos y que son cosas que se dicen solamente para salvarse del rey, para apaciguarlo con simples palabras. Todo aquel que muera por no confesar que Muhammad es el Enviado, solo puede decirse de él que ha obrado rectamente y que ha hecho bien […]. Pero si alguien nos pregunta si debe morir o confesar, le aconsejaremos que confiese y no muera, pero que no se quede en el reino de ese rey […]. El consejo que yo me doy a mí mismo y que quiero para mí, para mis amigos y para todo el que quiera saber mi opinión es que uno debe marcharse de esos lugares e ir a un sitio donde pueda profesar su religión y cumplir su ley sin coacción y sin miedo[8].
Y, en efecto, como ya vimos, Moshé ben Maimón hizo lo que recomendaba hacer, abandonando el país en busca de una tierra más liberal, como la de Egipto. Incluso, como ya vimos, es posible que en algún momento simulara él mismo una conversión de boquilla al islam para salvar la vida. En cualquier caso, su postura es una rara mezcla de ortodoxia, tolerancia y racionalidad, tan alejada de la despreocupación religiosa como del fanatismo irracional de los partidarios del martirio.
Otra carta famosa de ben Maimón es la Epístola sobre el Mesías, dirigida a los judíos del Yemen y probablemente redactada en 1172. En ella, además de consolar a los judíos yemenitas en sus tribulaciones, advierte contra la excesiva credulidad y expectativa popular en la próxima llegada del mesías, que siempre acaba produciendo desgracias y decepciones en las comunidades judías. En concreto, considera que el «mesías» que había surgido en Yemen era un charlatán y un demente y no había que hacerle caso. No reunía ninguna de las características del mesías, llamado a restaurar el reino de Israel y reconstruir el templo de Jerusalén.
En la Epístola sobre astrología, dirigida a los judíos de Montpellier y redactada en 1194, Maimónides toma posición tajante a favor de la ciencia de la astronomía y en contra de la pseudociencia de la astrología, que tan en boga estaba en su tiempo y estaría en los siglos siguientes. Ya al principio hace una declaración racionalista, aunque completada con la alusión a la tradición judaica:
El hombre no debe creer nada que no se base en uno de estos tres enunciados. Primero: Aquello que presente una clara evidencia para el intelecto humano, como ocurre con las matemáticas, la aritmética o la astronomía. Segundo: Aquello que el hombre perciba por sus cinco sentidos […]. Y en tercer lugar: Todas las verdades que han recibido los hombres de los profetas…
Aplicando esos principios, rechaza las pretensiones de la astrología:
Yo he indagado mucho en estas materias. Para empezar, estudié esa «ciencia» que dicen que versa sobre «lo que decretan las estrellas» […]. Absolutamente todo lo que se relaciona con «lo que decretan las estrellas» —cuando dicen […] que el día del nacimiento de alguien le condiciona a ser de una determinada manera y que le sucedan determinadas cosas—, todas estas aseveraciones no son científicas, sino tonterías. Existen pruebas indubitables para rechazar todas estas hipótesis… Sin embargo, la astronomía, que se basa en cálculos serios y observaciones sistemáticas, merece toda nuestra confianza:
La auténtica ciencia que trata de las estrellas nos permite conocer la forma de las esferas, su cómputo y dimensiones, el curso de su movimiento, el tiempo de moción de cada una, su inclinación respecto al Norte o al Sur, su rotación hacia Occidente u Oriente, la órbita de cada estrella y cómo es su curso. Sobre todos estos temas escribieron libros los sabios griegos, persas e indios, pues es una ciencia que tiene una enorme importancia. Gracias a ella se explican los eclipses de los cuerpos celestes y se sabe cuándo se producirán en los diferentes lugares […]. Estas y otras cuestiones sorprendentes se conocen por medio de esta ciencia y son todas ciertas y basadas en los cálculos astronómicos […]. Las absurdas teorías de los astrólogos, en cambio, no tienen ningún valor.