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Desde la perspectiva de la doctrina

3. La financiación de los partidos políticos

3.6. Propuestas para una reforma y reforma de la LOFPP

3.6.2 Desde la perspectiva de la doctrina

Por su parte, la doctrina también trató de buscar soluciones que por lo general, se acercaban bastante a las formuladas en su día por los partidos. Estas propuestas son susceptibles de agruparse en dos tipos: relativas a la financiación y relativas a las técnicas de control.

Por lo que respecta a la financiación, se establecen en tres posturas. Para algunos autores como Diego López Garrido471

, se decantaba por fortalecer la financiación pública. Este autor proponía, entre otras medidas, el establecimiento de topes al gasto total; la congelación en un futuro de la financiación pública global (...) con un índice de crecimiento anual según IPC; el mantenimiento de la financiación privada en los límites legales actualmente vigentes con prohibición de aportaciones anónimas, debiendo de realizarse con cheques las superiores a 100.000 ptas. ; y el mantenimiento de exenciones fiscales a los partidos y desgravaciones en la cuota del IRPF para las cuotas de los militantes y aportaciones que no superen 100.000 ptas. Consideraba que los objetivos a conseguir son, entre otros “la suficiencia de la financiación de los partidos (...) (que) pasa, indefectiblemente, por el mantenimiento de una sólida financiación pública, sin la cual se produciría el hundimiento del sistema de financiación de los partidos, porque no está en el signo de estos tiempos el acercamiento militante a la política”.

En el extremo opuesto se situarían otros autores como Pilar del Castillo472, que

consideraba que la reforma de sistema de financiación debería centrarse en impulsar la financiación privada a la vez que limitar la pública. Como argumentos a su favor esgrimía que un sistema de financiación como el español, que se alimenta mayoritariamente de dinero público “es un sistema fracasado porque: a) no evita el tráfico de influencias y en cambio aísla a los partidos de la sociedad; b) no induce a que los partidos realicen una estricta gestión del gasto ya que son ellos los que libremente determinan la cuantía de los fondos públicos que reciben (no hay límites para incrementar las subvenciones ordinarias); c) perjudica la implantación de las organizaciones locales de los partidos a las que no incentiva para contactar con los electores y desarrollar actividades encaminadas a obtener su apoyo, en este caso económico; y d) refuerza el poder de la burocracia central de los partidos, únicas destinatarias y gestoras de los fondos públicos”. Para esta autora, las reformas a introducir deberían dirigirse a liberalizar las contribuciones privadas ya procedan de personas físicas o jurídicas, desgravar las donaciones y cuotas de los afiliados y limitar progresivamente el peso de la financiación pública ordinaria y su incremento, sometiéndolo al incremento del IPC473

.

Entre ambas tesis se situaba una postura intermedia a la que se adhiere la mayor parte de la doctrina, que abogaba por un sistema mixto de financiación fundamentado en un cierto equilibrio entre ambas formas de financiación que hoy no existe. Autores como Enrique Álvarez Conde o R. Blanco consideraban que las posturas anteriormente

471

Para mayor abundamiento véase López Garrido, D., “La financiación (...), op. cit., pág. 70.

472

Del Castillo Vera, P., “Objetivos para una reforma de la legislación sobre financiación de los partidos políticos”, en VV.AA, La financiación de los partidos políticos. Debate (...), op. cit., pág. 59.

473

mencionadas contienen algo bueno y la mejor propuesta emana de la combinación de ambas. Grosso modo, para esta parte de la doctrina, el cambio debería contemplar la modificación de la financiación pública en sus tres modalidades –ordinaria, electoral directa e indirecta-, introduciendo medidas tendentes a limitar al máximo y reducir el gasto de los partidos y asegurar el principio de igualdad de oportunidades entre ellos.

En relación a las subvenciones por gastos ordinarios y financiación electoral directa, estos autores insistían en la necesidad de adoptar criterios de reparto más equitativos que los que estipulaban la LOFPP 3/1987 y la LOREG y la fijación de una barrera legal para optar a este tipo de subvenciones más ecuánime que las se venían contemplando474

. En esta línea el criterio mayoritario proponía el cambio a un sistema en el que las ayudas se repartieran atendiendo exclusivamente al número de votos obtenido por las candidaturas en las diferentes circunscripciones siempre que, como es lógico se superara un determinado porcentaje de apoyos que no obstante, no tenía porqué coincidir con el establecido para optar al reparto de escaños475. De este modo tal y como señala Roberto

Blanco “partidos que no alcanzan representación parlamentaria por no llegar al porcentaje establecido para ello y que sin embargo reciben en el conjunto nacional un importante número de votos dejarían de verse perjudicados y de ver como se desperdician sus votos en la asignación de recursos”476. También es de destacar la

postura unánime que mantenían en torno a los ingresos por mailing, coincidiendo en la necesidad de su desaparición. Si atendemos a la escasa utilidad que presta en la actualidad, lo único que consigue es aumentar el marco discriminatorio entre partidos477.

En cuanto a las subvenciones indirectas electorales, consideraban que debería ser objeto de una profunda remodelación tendente a generar un entorno más favorable para las fuerzas políticas menos representativas. En todo caso, debería reducirse el tiempo de duración de las campañas y proceder a la acumulación de los procesos electorales.

En relación con la financiación privada se proponía la reformulación de la misma, abriendo los márgenes actuales de las donaciones a las organizaciones internacionales que en la actualidad siguen estando prohibidas por nuestra legislación. Estas medidas deberían establecer una relación cuantitativa entre los ingresos procedentes de la financiación pública y la privada. Así mismo, deberían ser acompañadas por otras que aseguraran la transparencia en la contabilidad de los partidos, sobre todo en materia de aportaciones. En una democracia como la nuestra, al contrario de lo que sucedería en un sistema no competitivo, no parece ya esgrimible el miedo a la publicidad de las donaciones por las represalias políticas que pueden sufrir los donantes, más cuando se trata de empresas si el partido al que financió no gana las elecciones. Por otro lado, es bien sabido lo fácil que resulta vulnerar esta medida utilizando intermediarios, sobre todo cuando la fuente de la que proviene el dinero es del todo inconfesable; y lo sencillo que es vencer los límites establecidos para las aportaciones ordinarias fragmentando la cuantía en varios ingresos que a su vez son hechos por terceros; o las aportaciones electorales, realizándola con anterioridad al proceso. Sin embargo, estas medidas deben

474

Véase Pajares Montolío, E., La financiación (...),op.cit., pág. 201-202.

475

Del Castillo Vera, P., La financiación de (...),op. cit., pág. 198.

476

Blanco Valdés, R. L., Las conexiones (...), op. cit., pág. 76.

477

Véase por ejemplo Álvarez Conde, E., “Algunas propuestas (...), op. cit., pág. 30, Nieto de Alba, U., Intervención (...), op. cit., pág. 90.

existir y aplicarse, pues de no hacerlo el riesgo de aumentar las aportaciones ilegales y por consiguiente las desigualdades interpartidistas, es mucho mayor478.

Así mismo, se proponía la introducción de medidas fiscales que permitieran la desgravación de las cuotas y donaciones con el establecimiento de un límite para beneficiarse de dichas desgravaciones. Por otro lado, se entendía que debían flexibilizarse las normas que impiden las donaciones provenientes del extranjero y que por tanto, no son congruentes con el contexto político-social en el que hoy se enmarcan la mayoría de los Estados al formar parte de organizaciones políticas supranacionales 479

.

En referencia a las técnicas de control, nadie duda que uno de los factores que facilita el comportamiento esquivo de los partidos en materia de financiación es, como indica Manuel Villoría, “la ausencia de verdaderos controles y la ineficacia de estos”480

.

De facto, toda la doctrina convergía en la necesidad de introducir mecanismos que paliaran la falta de transparencia de las cuentas de los partidos y que permitieran un control efectivo de la financiación. En este sentido, los teóricos consideraban en relación al control interno que las cuentas presentadas debían de adecuarse al Plan General de Contabilidad. Con referencia al control externo, consideraban que debía de dotarse tanto a las Juntas Electorales en lo relativo a la contabilidad electoral, como al Tribunal de Cuentas como supremo órgano fiscalizador del sector público, de los recursos adecuados y competencias reales que permitieran una verdadera potestad sancionadora.