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En este apartado comentaremos la forma jurídica que adaptaremos para nuestra empresa, su régimen fiscal y de cotización a la Seguridad Social, así como las características de los contratos y acuerdos.

1.

ESTRUCTURA JURÍDICA DE LA EMPRESA

La forma jurídica elegida para Digital Business S.L. es la de Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) de acuerdo a la normativa vigente, Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, Ley 7/2003 de 1 de Abril de la Sociedad limitada de Nueva Empresa….

Este tipo de sociedad hace que se pueda ejercer un control personal sobre la gestión del negocio y limitar la responsabilidad patrimonial de la empresa frente a terceros, a continuación se relaciona datos a tener presente en la sociedad.

La S.R.L. es una sociedad mercantil en la que el capital social está dividido en participaciones sociales. Tiene personalidad jurídica propia.

Su responsabilidad está limitada al capital aportado, no pudiendo ser inferior a 3.005,06 €. Debiendo estar suscrito en el momento de la constitución de la Sociedad.

La formalización de esta sociedad se realizará mediante escritura pública y posterior inscripción en el Registro Mercantil.

2.

CARACTERÍSTICAS DE LA SOCIEDAD

Las características de la sociedad se especifican en sus estatutos, que se detallan en el ANEXO II. A continuación se resumen los aspectos más destacados.

Razón social ... DIGITAL BUSINESS, S.L. Sede Social... C/ Leonardo da Vinci, 12

Isla de la Cartuja (41092 Sevilla)

Socios... José Sánchez-Pamplona García Fernando Fernández-LLébrez Rosa Miguel Martínez Prieto

Virginia Pividal García José Antonio Alonso Soler

Participaciones de los socios ... 200 participaciones cada uno de los socios

3.

PROCESO DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD

Para poder constituir la sociedad, se distinguirá entre los trámites de constitución y los previos y posteriores a la actividad en los siguientes apartados.

3.1.

TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN

Los trámites de constitución se detallan a continuación en los siguientes pasos:

3.1.1. Certificación Negativa del Nombre

Para la solicitud del certificado de disponibilidad de la razón social propuesta (certificación negativa del nombre) se presenta una instancia con el nombre seleccionado DIGITAL BUSINESS, S.L. como trámite necesario y previo a la constitución de una sociedad en el Registro Mercantil Central o a través de Internet (www.rmc.es). Este certificado tiene una validez de 2 meses a efectos de otorgamiento de la escritura.

3.1.2. Depósito bancario del capital social

Una vez que se ha obtenido el anterior certificado se acude a una entidad bancaria cualquiera para abrir una cuenta a nombre de la “sociedad en constitución” en la que se realiza el ingreso de los 100.000 € en concepto de “capital social de DIGITAL BUSINESS”, en dicha entidad se solicita certificado detallado de la aportación de cada uno de los socios al capital social que habrá que presentarse posteriormente

3.1.3. Redacción de Estatutos y Escritura de Constitución.

Los Estatutos sociales regulan el funcionamiento de la sociedad, así como los requisitos legales necesarios para su constitución y funcionamiento.

Los Estatutos Sociales de la sociedad se incluyen como anexo.

La escritura de constitución deberá ser otorgada por todos los socios fundadores por si o por medio de representante y en ella se expresará:

Identidad de los socios.

Voluntad de constituir una S. L.

Aportaciones de cada socio y número de las participaciones

Estatutos de la sociedad.

Determinar del modo concreto en que inicialmente se organice la sociedad.

Identidad de la persona o personas que se encarguen inicialmente de la Administración y de la representación social.

3.1.4. Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil

La Escritura Pública de la sociedad deberá ser inscrita en el Registro Mercantil de Sevilla, en el plazo de 2 meses a contar desde su otorgamiento. Con dicha inscripción la sociedad “DIGITAL BUSINESS, S.L.” adquirirá su personalidad jurídica propia.

3.2.

TRÁMITES POSTERIORES A LA CONSTITUCIÓN Y PREVIOS AL INICIO DE

LA ACTIVIDAD

Los trámites posteriores a la constitución y previos al inicio de actividad se detallan a continuación en los siguientes pasos:

3.2.1. Impuesto Actos Jurídicos documentados ITP / AJD.

Para la liquidación del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados en la modalidad de operaciones societarias ello hay que dirigirse a la Dirección General de Tributos de la Consejería de Hacienda y cumplimentar el modelo 600 y adjuntar la copia simple de la Escritura de Constitución y fotocopia del CIF provisional. El coste de la liquidación del impuesto es del 1% del capital inicial recogido en los Estatutos y debe desembolsarse en un plazo máximo de 30 días a partir del otorgamiento de escritura.

3.2.2. Obtención del Código de Identificación Fiscal (CIF) Provisional.

En la administración o delegación de Hacienda (AEAT) correspondiente al domicilio fiscal se solicitará a través del modelo 036 el CIF provisional de la sociedad.

3.2.3. Licencia de Actividades e Instalaciones para la Apertura

Documentos a presentar: Impreso normalizado, alta en IAE, contrato de arrendamiento o Escritura de propiedad del local, escritura de la sociedad y CIF, memoria descriptiva de la actividad y del local, plano o croquis del local y de su situación.

Plazo: Antes de la apertura del local.

Hay que tener en cuenta que una vez concedida la licencia se deberá comenzar la actividad durante los 6 meses siguientes a la concesión de la misma.

Lugar: La solicitud se debe presentar en la Delegación de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla, sita en Pabellón de la Madrina.

Con la solicitud de licencia de Apertura presentada, se pueden contratar los servicios (agua, luz y electricidad) en las distintas empresas suministradoras.

3.2.4. Comunicación de apertura del centro de trabajo

Documentos a presentar: Impreso Oficial con datos de empresa, del centro de trabajo, de la actividad que se desarrolla y de la plantilla.

Plazo: En los 30 días siguientes al inicio de la actividad.

Lugar: En la Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales.

3.2.5. Solicitud de libro de visitas

Documentos a presentar: Documento obligatorio ante una posible inspección de trabajo. Plazo: Se debe poseer antes de comenzar la actividad.

Lugar: Se ha obtenido en la Inspección Provincial de Trabajo y de la Seguridad Social.

3.2.6. Inscripción en la Seguridad Social

Inscripción de la empresa en la Seguridad Social dirigiéndose a la Dirección Provincial de Tesorería de la Seguridad Social o Administración de la misma correspondiente.

Impreso de afiliación, parte de alta de asistencia sanitaria, parte de alta de cotización, fotocopia de alta en el IAE y CIF de la empresa.

Plazo: En un plazo máximo de 30 días naturales al inicio de la actividad. Lugar: En la Tesorería General de la Seguridad Social.