En la OADIS se presentan quejas sobre atención, adaptación de currículos educativos y el trato al alumnado con discapacidad, en especial con síndrome de Down, límites en la comprensión, sordas y con autismo.
El servicio de tutoría y los padres están en continua contradicción y tanto unos como otros no llegan a acuerdos sobre los ajustes razonables que requieren cualquier tipo de educación inclusiva.
Al tratarse de temas que son competencia de las Comunidades Autónomas, cuando se observan las contradicciones entre los objetivos pedagógicos y actividades diarias incluso la ayuda de terceras persona para ingesta de
alimentos, fobias, control de esfínteres, etc. La OADIS lo remite a la Inspección de Educación.
A pesar de ello, se observa que cada vez hay más quejas sobre lo acontecido en las aulas. Por ello, es necesario que se realice un “pacto por la educación inclusiva” o un “libro blanco por la educación inclusiva”, junto con el CERMI, para posteriormente sacar una normativa básica de inclusión en todas y cada una de las discapacidades...
2. RECOMENDACIÓN.
A la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades
Al Cermi
«La realización junto con los representantes del diálogo civil de personas con
discapacidad de la ejecución de un libro blanco o un pacto de educación, o un protocolo que detalle en cada discapacidad la necesidad de realizar ajustes razonables entre los objetivos pedagógicos y actividades de la vida diaria con el fin de integrar al alumnado con discapacidad en todas las etapas de
estudios, para posteriormente incluirlas en una Ley Base de Educación».
3. ACTUACIÓN 3.1 Cermi
El pasado 23 de mayo, Cermi Estatal remite el siguiente informe:
«CERMI viene denunciado reiteradamente la absoluta inadecuación de la legislación educativa española al mandato de derecho a la educación inclusiva establecido en el Convenio Internacional sobre los Derechos de
sistemático y el CERMI espera y desea que Naciones Unidas abra una investigación a España por este incumplimiento flagrante.
Cualquier paso que España haya de dar en la garantía del derecho a la educación Inclusiva por parte de las personas con discapacidad, pasa por la reforma urgente y profunda de la Ley Orgánica de Educación, para acomodarla al artículo 24 de la Convención citada.
Una vez producida esta reforma, tendría que adoptarse y desarrollarse una Estrategia Española de Educación Inclusiva, que acabara con cualquier vestigio de educación segregada y estableciera un sistema
verdaderamente inclusivo, en un plazo dado y con la colaboración activa de todos los actores educativos, con especial presencia del movimiento
organizado de la discapacidad.
La interlocución del CERMI con el Ministerio de. Educación, Cultura y Deporte ha sido muy pobre en esta Legislatura pasada pudiendo afirmar que apenas ha existido diálogo civil. A título de ejemplo, en cuatro años, tan solo 1 vez se ha convocado el Pleno del Foro para la inclusión Educativa de las Personas con Discapacidad. De igual modo, en la tramitación de la LOMCE se ignoraron casi todas las demandas de la discapacidad.
• La realización de un libro blanco o medidas de este tipo no están a la altura del enorme desafío de la garantía efectiva de la educación inclusiva, por lo que hay que ir al fondo de la cuestión; la reforma urgente de la legislación y el desarrollo de una estrategia nacional.
El CERMI lamenta que el MSSSI no haya favorecido el diálogo civil en materia educativa, como Departamento responsable de las políticas generales de inclusión de las personas con discapacidad, alentado al de Educación a ahondar en la interlocución con el movimiento social español de la discapacidad representado por el Cermi».
3.2 Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades
Con fecha 4 de octubre se recibe en la Oadis, informe remitido por el
Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades que se transcribe, a continuación:
«En relación con su escrito por el que solicita información sobre las
medidas que esta Secretaría de Estado va a llevar a cabo, en relación con la propuesta del Consejo Nacional de Discapacidad de realizar un libro blanco, pacto de educación o protocolo para la integración del alumnado con discapacidad, le informo lo siguiente:
El artículo 71.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que las Administraciones educativas establecerán los
procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada, y se regirá por los principios de normalización e inclusión.
Por su parte, el artículo 74 señala que la escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales originadas por discapacidad se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo, pudiendo introducirse medidas de flexibilización de las distintas etapas educativas cuando se considere necesario. La
escolarización de este alumnado en unidades o centros de educación especial, que podrá extenderse hasta los veintiún años, sólo se llevará a cabo cuando sus necesidades no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad de los centros ordinarios. Al finalizar cada, curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos, dicha evaluación permitirá modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse el acceso del alumnado a un régimen de mayor integración siempre que sea posible.
La Ley 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, introdujo en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, diversas medidas para garantizar la inclusión y no discriminación de los alumnos con
discapacidad;
- Las Administraciones educativas velarán por que se adopten las medidas necesarias para asegurar accesibilidad universal de las personas con discapacidad que se presenten a las nuevas evaluaciones y pruebas del sistema educativo
- Se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.
- Las Administraciones educativas garantizarán al alumnado con
discapacidad que participe en los Programas de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento la disposición de los recursos de apoyo que, con carácter general, se prevean para este alumnado.
- Se incluye como objetivo de la Formación Profesional el fomento de la igualdad efectiva de oportunidades de las personas con discapacidad. Aquellas conductas que tengan una implicación de discapacidad o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características
personales, sociales o educativas tendrán la calificación de falta muy grave y llevarán asociada como medida correctora la expulsión, temporal o
definitiva, del centro.
la igualdad de oportunidades y no discriminación por razones de sexo raza, religión o discapacidad o cualquier otra condición o circunstancia persona! o social en el acceso a la universidad, ingreso en los centros, permanencia en la universidad y ejercicio de sus derechos académicos, y a la garantía de sus derechos, mediante procedimientos adecuados y, en su caso, la actuación de! Defensor Universitario.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte lleva a cabo actuaciones en relación con el alumnado que presenta necesidades educativas especiales, los centros educativos, el profesorado, las familias y las entidades sin ánimo de lucro que colaboran con ellos. En este sentido, entre otras, convoca becas, subvenciones y premios y suscribe convenios de colaboración.
Igualmente, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus
competencias, establecen los procedimientos y recursos precisos para la identificación y atención integral del alumnado y aseguran la participación de los padres o tutores en las decisiones que afectan a la escolarización y a los procesos educativos de sus hijos.
Por Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, se creó el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecieron sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento. Dicho foro está integrado por representantes del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, del Comité Español de Representantes de Personas con
Discapacidad (CERMI), del Consejo Escolar del Estado, de la Conferencia Sectorial de Educación, de ¡a Conferencia General de Política Universitaria, del Consejo de Estudiantes Universitario y de la universidad. Se constituye como espacio de encuentro, debate, propuesta, impulso y seguimiento de ¡as políticas de inclusión del alumnado con discapacidad en todas las enseñanzas que ofrece el sistema educativo.
El Ministro de Educación, Cultura y Deporte está impulsando un proceso colaborativo con todos los sectores para desarrollar un marco común sobre el que pueda construirse un pacto educativo con vocación estable. Aún en funciones, es una prioridad para el Gobierno la búsqueda de un consenso sobre las líneas básicas del sistema educativo, que deben formar parte de cualquier estrategia sostenible en el tiempo.
Para ello, e! Ministerio está trabajando con las Administraciones educativas, partidos políticos, familias, docentes, alumnos, centros docentes, agentes sociales y en general toda la comunidad educativa. A lo largo del mes de septiembre de 2016, el Ministro de Educación, Cultura y Deporte está trasladando a todos los agentes educativos en sucesivas reuniones que está manteniendo con sus representantes la necesidad de lograr un pacto nacional por la educación que de estabilidad y certidumbre a los alumnos, padres y profesores A lo largo del mes de octubre tendrán lugar nuevas reuniones con más representantes de la comunidad educativa, que darán lugar a la presentación de propuestas por todas las organizaciones.
Por ello, sería muy interesante que el Consejo Nacional de Discapacidad nos remitiera sus propuestas al efecto, para lo que puede ponerse en
contacto con mi Gabinete en el correo electrónico
R/20/15. ASISTENTES PERSONALES EN PROGRAMAS DE TERMALISMO