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Recapitulación Problemas de estos usos

II 4. El uso psicológico y simbólico

II. 7. Recapitulación Problemas de estos usos

Se observa en los “usos” reseñados una doble tendencia antagónica: de un lado el uso común (la consideración lingüística desde la etimología según la cual mérito es “toda acción digna de premio o de castigo”) tiende a considerar a éste desde una perspectiva formal sin un contenido determinado. Partícipe también de esta perspectiva, el uso psicológico y sociológico clásico incide en la consideración del mérito como inherente a toda forma de dominación e inclusive a toda autojustificación del dominio. Se trata aquí de la observación de Weber aquella según la cual el sujeto por evidente que sea el motivo puramente “accidental” de la diferencia, si está mejor situado siente la urgente necesidad de considerar como “legítima” su posición privilegiada, de considerar su propia situación como resultado

Moral Worth as Alone Deserving Happiness”, p. 31 y ss. En POJMAN, L., MCLEOD, O., What Do We

Deserve? op. cit.

106 FEINBERG, J., Nomos VI, “Justice”, eds. Friedrich and J. W. Chapman, Atherton, NY, 1963, pp. 63 - 97 107 MILLER, D., “Deserts”, op. cit., p. 96

108 En esto hay que coincidir con Miller. Salvo algunos casos, la necesidad no constituye un mérito. Lo cual no

significa que no deba ser tenida en cuenta, incluso como criterio distributivo. Sobre esto creemos que fue consciente y perfectamente consecuente Marx, cuando distinguió la función que debería cumplir el mérito como criterio distributivo: “De cada cual según su capacidad, a cada cual según sus necesidades”, en su Crítica

al Programa de Gotha

109 En este sentido, y para una síntesis de las posiciones de los autores reseñados, vid., “Desert and

Responsability”, en POJMAN, L. P., McLEOD, O., What Do We Deserve? A Reader on Justice and Desert,

de un “mérito” y la ajena como producto de una “culpa”. 110 Esto es, en su uso común así como en el lingüístico y también su uso inicial en la reflexión sociológica y en general en la psicológica, al mérito como acto digno de recompensa no se le atribuye un contenido determinado. El mérito aparece como “merecimiento” y lo que se destaca de su significado, es precisamente el papel legitimador o justificativo de la recompensa. Es más, en algunos casos se señala “el peligro de que, en la meritocracia, aquellos que se consideran a sí mismos “personas de gran mérito” sean quienes definen precisamente lo que significa mérito.111

Por otro lado, el uso jurídico en relación con el criterio del mérito y el sociológico moderno en relación con la educación y la estratificación social sí se refieren al mérito concretando su contenido como capacidad objetiva, o como suma de esfuerzo y de talento en procedimientos eminentemente selectivos. En este caso, el mérito se toma como una parte de la noción de “merecimiento”. Podría decirse que el merecimiento es el “género” y el “mérito” la especie112. O que el mérito es un género del que el mérito contemporáneo es sólo una especie a la que no se le ha buscado un nombre.

Según una primera hipótesis el inconveniente que estos “usos” presentan es su tendencia a ver el mérito en términos absolutos, ahistóricos o naturales113.

A nuestro entender, ver el mérito en términos estáticos supone el olvido de su íntima relación con la idea de merecimiento. Intuitivamente parecemos más dispuestos a aceptar que la noción de lo que las personas merecen cambia con el tiempo y con las circunstancias históricas y culturales, que a entender que la noción de mérito es un concepto asimismo contingente, variable, que depende de las circunstancias históricas y culturales, que en la actualidad mérito parece sinónimo de inteligencia y esfuerzo, quizás únicamente por un conjunto -ciertamente importante- de circunstancias que habrían elevado el talento y monopolizado los mecanismos de obtención de títulos que lo acreditan, a la vez que esto se habría hecho pensando en un sujeto determinado como su depositario excluyendo a otros sujetoes e identidades114. Si constatar la historicidad del concepto o su contingencia cultural,

110 WEBER, M., Economía y sociedad, op. cit., p. 705.

111 Como recalcaba el “uso lingüístico”, por ejemplo en el ya citado, K. HEINZ HILLMAN, Diccionario

Enciclopédico de Sociología, voz “meritocracia”.

112 En realidad, las diversas interpretaciones contemporáneas defienden tanto esta posición “ merit is a quite

specific kind of desert”, como la contraria “desert is a species of merit”. Esta última posición es explícitamente defendida en KAGAN, S., “Equaliy and Desert” POJMAN, L. P., McLEOD, O., What Do We Deserve? A

Reader on Justice and Desert op. cit p. 298 y ss. El desarrollo de este trabajo irá dando las razones de la

futilidad de tal distinción en la mayoría de las ocasiones. Por otro lado nuestra posición aparecerá en las conclusiones.

113 Este hecho es también notable en las “historias” que del mérito se han intentado realizar, - que no en las

historias del “uso” del mérito- bien como objeto central, bien al hilo del papel del talento en la modernidad frente a la preponderancia del nacimiento, sobre todo en el Antiguo Régimen. Como mucho al trazar una historia o una breve introducción del mérito-y quizás por su tentación de incorporar pensadores celebres a modo de frontispicio y así incluir a los griegos- ceden ante la evidencia de que el mérito no es lo mismo en la Francia del siglo XVIII que en la Atenas de la demokratía. Esto es, sería excesivo plantear el mérito como suma de esfuerzo y talento en una sociedad, en la que como viera Hannah Arendt, la sujeción a la necesidad así como los esfuerzos dirigidos para escapar de ella era considerada un obstáculo para la virtud ciudadana y la participación política. Esto es, las aproximaciones a este tema consultadas ceden ante la evidencia de que el contenido de lo que se considera meritorio ha cambiado, pero luego se refieren a él en términos estáticos como si éste no hubiera variado desde el concurse aux places de Diderot, o desde el art. 6 de la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano. H. ARENDT, La condición humana, p. 99, Barcelona, Paidós, 1993, trad. Ramón Gil Novales, p. 43-44.

114 Circunstancias y hechos entre los que cabría adelantar: el individualismo decimonónico, la impronta liberal

de las Declaraciones de Derechos de la época, el auge de la categoría económica, la sanción del trabajo en la ética laboral puritana, su posible conexión con el protestantismo tal como lo analizara Max Weber, o la necesidad de incorporar cantidades ingentes hasta entonces desconocidas de población a un mercado de trabajo y mercancías presidido por el panóptico de la fábrica tal y como lo propusiera Bentham.

aún sin ser una cuestión baladí, no parece una cuestión de primer orden, si nos parece interesante ahondar en la evolución normativa de su relación con el valor igualdad, y la desigualdad económica desde los usos filosófico, moral y jurídico.

Los estudios más recientes sobre el mérito en el ámbito anglosajón se centran bien en los problemas que el criterio del mérito encuentra en relación con los grupos que parten en desventaja económica, los más, bien por la desventaja derivada por su inclusión en un género, raza, o cultura históricamente segregada de la carrera de la oportunidades de lo que Adam Smith llamó el “mejorar la propia condición”. En nuestra opinión tales estudios volcados muchos de ellos en una obsesión que podríamos denominar “testocrática” tienen sus propias aporías. Desde ambas perspectivas no se cuestiona el contexto socio jurídico donde el mérito se desarrolla, creemos que tal cuestionamiento es también necesario a partir de su relación con la igualdad, la desigualdad y la exclusión que ahora planteamos.

III LA RELACIÓN DEL MÉRITO CON LA IGUALDAD, CON LA