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RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 039-2008-CNM
Lima, 19 de febrero de 2008 VISTO:
El Oficio Nº 706-2008-CE-PJ, del 07 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21 inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;
Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4 dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modificación en la denominación de la plaza originaria;
Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 706- 2008-CE-PJ, del 7 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolución Administrativa Nº 302-2007-CE-PJ, del 27 de diciembre del 2007, que declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por la magistrado Silvia Mercedes Sánchez Haro, Juez Titular del Cuarto Juzgado Penal de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto, en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado de la Investigación Preparatoria de Huamachuco, Distrito Judicial de La Libertad, por razones de salud;
Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolución Nº 675-2005-CNM, del 5 de abril del 2005, nombró a la doctora Silvia Mercedes Sánchez Haro, Juez Especializado en lo Penal de Maynas, Distrito Judicial de Loreto, con motivo de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37 incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4 del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de
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Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238- 2006-CNM;
SE RESUELVE:
Primero.- Cancelar el título otorgado a favor de la doctora SILVIA MERCEDES
SÁNCHEZ HARO, de Juez Especializado en lo Penal de Maynas, Distrito Judicial de Loreto.
Segundo.- Expedir el título a favor de la doctora SILVIA MERCEDES SÁNCHEZ HARO,
de Juez del Juzgado de la Investigación Preparatoria de Huamachuco, Distrito Judicial de La Libertad.
Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente
Disponen expedir título de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 044-2008-CNM
Lima, 20 de febrero de 2008 VISTO:
El Oficio Nº 859-2008-CE-PJ, del 18 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21 inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;
Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4 dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modificación en la denominación de la plaza originaria;
Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 859- 2008-CE-PJ, del 18 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolución Administrativa Nº 028-2008-CE-PJ, del 30 de enero del 2008, que declara fundada la solicitud de traslado por unidad familiar presentada por el señor Juan Miguel Vargas Girón, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Tumbes; en
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consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Lima;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37 incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4 del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238- 2006-CNM;
SE RESUELVE:
Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JUAN MIGUEL VARGAS
GIRÓN, de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Tumbes.
Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JUAN MIGUEL VARGAS GIRÓN, de Vocal
de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente
Disponen expedir título de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 045-2008-CNM
Lima, 20 de febrero de 2008 VISTO:
El Oficio Nº 821-2008-CE-PJ, del 18 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21 inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;
Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4 dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modificación en la denominación de la plaza originaria;
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Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 821- 2008-CE-PJ, del 18 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolución Administrativa Nº 043-2008-CE-PJ, del 6 de febrero del 2008, que declara fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el señor Jorge Alberto Aguinaga Moreno, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia del Cusco; en consecuencia, se dispone su traslado a una plaza vacante de igual jerarquía en la Corte Superior de Justicia de Lima;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37 incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 -Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4 del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238- 2006-CNM;
SE RESUELVE:
Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JORGE ALBERTO AGUINAGA
MORENO, de Vocal de la Corte Superior de Justicia del Cusco.
Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JORGE ALBERTO AGUINAGA MORENO,
de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima.
Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente
Autorizan participación del Presidente del CNM en reunión sobre el tema “Acuerdos de Solución Amistosa suscritos por el Estado Peruano y magistrados no ratificados”, a
realizarse en EE.UU. RESOLUCION Nº 045-2008-P-CNM
San Isidro, 6 de marzo de 2008 VISTO:
Vista la invitación de la Ministra de Justicia, a participar en la Reunión de Trabajo convocada para el 131º Período Ordinario de Sesiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la ciudad de Washington DC, en reunión prevista para el 11 de marzo de 2008.
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el Oficio RE (SME-DDH) Nº 2-19- B/118, de 11 de febrero de 2008, ha comunicado de la realización de una Reunión de Trabajo sobre el tema “Acuerdos de Solución Amistosa suscritos por el Estado peruano y magistrados no ratificados”, prevista para el martes 11 de Marzo de 2008 en la ciudad de Washington D.C. en el marco de su 131º Período Ordinario de Sesiones.
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Que, el Ministerio de Justicia, considera que para fundamentar la posición del Estado en dicha reunión, así como para una mejor presentación y sustentación, es necesario proponer al Consejo Nacional de la Magistratura, se designe un representante que integrará la delegación del Estado peruano a fin de que participe en la mencionada reunión de trabajo;
Que, conforme el Acta de Sesión Plenaria Ordinaria de fecha 29 de febrero de 2008, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura y según el Acuerdo Nº 302-2008, designó al Dr. Edmundo Peláez Bardales, representante del Consejo Nacional de la Magistratura para integrar la delegación del Estado peruano, a fin de que participe en la reunión de trabajo sobre el tema “Acuerdos de Solución Amistosa suscritos por el Estado peruano y magistrados no ratificados”, prevista para el martes 11 de Marzo de 2008 en la ciudad de Washington D.C. en el marco de su 131º Período Ordinario de Sesiones;
Que, los gastos de pasajes aéreos, viáticos, impuesto de salida al exterior de Perú, y del seguro de asistencia al viajero, serán asumidos por el Consejo Nacional de la Magistratura;
Que, la Ley Nº 27619 de 21 de diciembre de 2001, y el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, disponen que se autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores mediante resolución de la más alta autoridad de la entidad, debiéndose sustentar en el interés institucional, publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje, y presentar el comisionado dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la rendición de cuentas por el gasto realizado y un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado;
Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año 2008, están exceptuados de la prohibición de viajes al exterior los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212;
Que, para el Consejo Nacional de la Magistratura, es muy importante la participación en este evento, para exponer la sustentación y fundamentación de los procesos de evaluación y ratificación de jueces y fiscales, que la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica le confieren para el cumplimiento de sus fines institucionales.
Que, estando a lo aprobado por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en sesión plenaria del día 29 de febrero de 2008; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, la Ley Nº 27619, la Ley Nº 29142 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y con las visaciones de la Oficina de Administración, la Oficina de Planificación y, la Oficina de Asuntos Legales del Consejo Nacional de la Magistratura;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la comisión de servicios del 10 al 12 de marzo de 2008 del Dr. Edmundo Peláez Bardales - Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura para que en representación del Consejo Nacional de la Magistratura integre la delegación del Estado peruano, a fin de que participe en la reunión de trabajo sobre el tema “Acuerdos de Solución Amistosa suscritos por el Estado peruano y magistrados no ratificados”, prevista para el martes 11 de Marzo de 2008 en la ciudad de Washington D.C. en el marco de su 131º Período Ordinario de Sesiones;
Artículo Segundo.- Los gastos de los pasajes aéreos, viáticos y otros que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán asumidos por el Consejo Nacional de la
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Magistratura con la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001 Pliego 021 Consejo Nacional de la Magistratura, como sigue:
Dr. Edmundo Peláez Bardales - Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura:
Viáticos por 2 días a US$ 220.00 por día US$ 440.00
Pasaje Aéreo US$ 1,423.58
Impuesto de Salida al exterior US$ 30.25
Tarjeta de Asistencia al Viajero US$ 113.00
Artículo Tercero.- El Dr. Edmundo Peláez Bardales - Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, dentro de los quince días hábiles siguientes, de efectuado el viaje de retorno a Lima presentará la rendición de cuentas de gastos correspondientes a los fondos asignados, y un informe detallado describiendo las acciones y los resultados obtenidos en la reunión de trabajo sobre el tema “Acuerdos de Solución Amistosa suscritos por el Estado peruano y magistrados no ratificados”, prevista para el martes 11 de Marzo de 2008 en la ciudad de Washington D.C..
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo Quinto.- Encargar al Señor Vice-Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura Dr. Edwin Vegas Gallo, el ejercicio de las funciones de la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, mientras dure la ausencia del Titular del Pliego.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
EDMUNDO PELÁEZ BARDALES
Presidente
Expiden título de Juez del Juzgado Mixto de Paiján, Distrito Judicial de La Libertad RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 046-2008-CNM
Lima, 20 de febrero de 2008 VISTO:
El Oficio Nº 862-2008-CE-PJ, del 15 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21 inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;
Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4 dispone los casos en
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los cuales el Consejo extiende el título oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modificación en la denominación de la plaza originaria;
Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 862- 2008-CE-PJ, del 15 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolución Administrativa Nº 304-2007-CE-PJ, del 27 de diciembre del 2007, que declara fundada la solicitud de traslado por motivos de salud presentada por el señor José Helí Gálvez Chávez, Juez Titular del Juzgado Mixto de San Pablo, Distrito Judicial de Cajamarca; en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado Mixto de Paiján, Distrito Judicial de La Libertad;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37 incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y 4 del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238- 2006-CNM;
SE RESUELVE:
Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JOSÉ HELÍ GÁLVEZ CHÁVEZ,
de Juez del Juzgado Mixto de San Pablo, Distrito Judicial de Cajamarca.
Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JOSÉ HELÍ GÁLVEZ CHÁVEZ, de Juez
del Juzgado Mixto de Paiján, Distrito Judicial de La Libertad.
Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fines.
Regístrese, comuníquese y publíquese. MAXIMILIANO CÁRDENAS DÍAZ Presidente
Expiden título de Juez del Juzgado Especializado de Trabajo de Cajamarca RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 047-2008-CNM
Lima, 20 de febrero de 2008 VISTO:
El Oficio Nº 863-2008-CE-PJ, del 15 de febrero del 2008, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y,
CONSIDERANDO:
Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por
Sistema Peruano de Información Jurídica
el artículo 21 inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura;
Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el Diario Oficial El Peruano de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4 dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título oficial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, Traslado, d) Permuta, y e) Modificación en la denominación de la plaza originaria;
Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 863- 2008-CE-PJ, del 15 de febrero del 2008, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolución Administrativa Nº 305-2007-CE-PJ, del 27 de diciembre del 2007, que declara fundada la solicitud de traslado por razones de necesidad del servicio presentada por el señor Angel Mario Gutiérrez Valdiviezo, Juez Titular del Juzgado Mixto de Hualgayoc - Bambamarca, Distrito Judicial de Cajamarca; en consecuencia, se dispone su traslado al Juzgado Especializado de Trabajo de Cajamarca, Distrito Judicial de Cajamarca;
Que, de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154 inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37 incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 - Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, y 4 del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238- 2006-CNM;
SE RESUELVE:
Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor ANGEL MARIO GUTIÉRREZ
VALDIVIEZO, de Juez Titular del Juzgado Mixto de Hualgayoc - Bambamarca, Distrito Judicial de Cajamarca.
Segundo.- Expedir el título a favor del doctor ANGEL MARIO GUTIÉRREZ
VALDIVIEZO, de Juez del Juzgado Especializado de Trabajo de Cajamarca, Distrito Judicial de