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3. ESTADO DEL ARTE SISTEMA DE CONTROL INTERNO

3.2 El Sistema de Control Interno y Externo en otros países

3.2.5 El Sistema de Control en Brasil

Brasil es un país Constituido como República Federativa, políticamente conformada por Estados (26), Municipios (5.565) y un Distrito Federal. Es un País Soberano, Estado democrático de derecho y presidencialista, en cuanto a su organización administrativa, cuenta tres poderes independientes pero armónicos entre ellos; Legislativos, Judicial y Legislativo. (Constitución Politica de la Republica Federativa de Brasil [1988])

En Brasil el control está orientada a vigilar el uso de los recursos, es decir al control fiscal, y este está desagregado o estructurado teniendo en cuenta su organización político administrativa,

es decir en Estados, Municipios y el Distrito Federal , como se puede apreciar en el Artículo 31 de la Constitución Política de Brasil el cual cito a continuación; La fiscalización de los Municipios será ejercida por el Poder Legislativo Municipal, mediante control externo, y por los sistemas de control interno del Poder Ejecutivo Municipal, en la forma de la ley. (Constitución Politica de la Republica Federativa de Brasil [1988])

Adicionalmente existen los Tribunales de Cuentas de los Estados y de los Municipios para que el control externo sea ejercido en coordinación con las respectivas Cámaras Municipales.

El control está enfocado a vigilar y verificar el buen uso de los recursos, como se había mencionado anteriormente dependiendo su estructura política y organizacional del Gobierno tienen determinados actores, de acuerdo a su Constitución Política el Congreso Nacional (Cámara de Diputados y Senado Federal) que hace parte del Poder Legislativo será el encargado de ejercer la fiscalización contable, financiera, presupuestaria, operacional y patrimonial de la Unión y de las entidades de la administración directa e indirecta, en cuanto a la legalidad, legitimidad, economicidad, aplicación de las subvenciones y renuncia de los ingresos mediante control externo (con auxilio o colaboración del Tribunal de Cunetas) y por el sistema de control interno de cada Poder. Asimismo, la constitución fortalece el mecanismo de la Rendición de Cuentas cuando cita que rendirá cuentas cualquier persona física o entidad pública que utilice, recaude, guarde, gestione o administre, dinero, bienes o valores públicos o por los cuales la Unión responda o que asuma obligaciones de naturaleza pecuniaria en nombre de ésta. Artículo 70. (Constitución Politica de la Republica Federativa de Brasil [1988])

El Tribunal de Cuentas de la Unión, es el encargado de hacer control externo de las cuentas públicas del Gobierno Federal de Brasil dentro de sus funciones esta:

a) Examinar las cuentas rendidas anualmente por el Presidente de la República.

b) Juzgar las cuentas de los administradores y demás responsables por dinero, bienes y valores públicos de la administración directa e indirecta, incluida las fundaciones y sociedades instituidas y mantenidas por el Poder Público Federal.

c) Realizar, inspecciones y auditorías de naturaleza contable, financiera, presupuestaria operacional y patrimonial en las unidades administrativas de los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial y demás entidades.

d) Fiscalizar las cuentas nacionales de las empresas supranacionales en cuyo capital social participe la Unión de forma directa o indirecta, en los términos del tratado constitutivo.

e) Aplicar a los responsables, en caso de ilegalidad del gasto o irregularidad de las cuentas, las sanciones previstas en la ley.

El Tribunal de Cuentas de la Unión, está integrado por nueve Ministros, tiene la sede en el Distrito Federal, su cuadro propio de personal y jurisdicción en todo el territorio nacional, tiene la facultad de elegir sus órganos directivos, así como la elaboración de sus reglamentos internos y las demás situaciones de administración de personal.

Los ministros del Tribunal de cuentas de la Unión serán seleccionados así; un tercio por el Presidente de la República, con la aprobación del Senado Federal, siendo dos de ellos elegidos alternativamente de entre auditores y miembros del Ministerios Publico ante el tribunal, propuestos en terna por el Tribunal, según los criterios de antigüedad y méritos y dos tercios por el Congreso Nacional. El Tribunal de Cuentas de la Unión es miembro pleno de la OLACEFS.

La Constitución Política también define que para los Poderes Legislativo, Ejecutivo Judicial mantendrán de forma integrada Sistemas de Control Interno con la finalidad de evaluar el cumplimiento de las metas previstas en el plan plurianual, la ejecución de los programas de gobierno y de los presupuestos de la Unión, comprobar la legalidad y evaluar los resultados, en cuanto a su eficacia y eficiencia de la gestión presupuestaria, financiera y patrimonial de los órganos y entidades de la administración federal así como de la aplicación de los recursos públicos por entidades de derecho privado. Se destaca que en Brasil el Sistema de Control Interno está concebido para apoyar el control externo en el ejercicio de su misión institucional, es decir el Sistema de Control Interno apoya el control fiscal que hacen los actores externos.

Al igual que en el Sistema de Control Colombiano en Brasil, los responsables del control interno, al tener conocimiento de cualquier irregularidad o ilegalidad, darán conocimiento al Tribunal de Cuentas de la Unión, bajo pena de responsabilidad solidaria y la Norma también faculta para que cualquier ciudadano, partido político, asociación o sindicato es parte legítima para, en la forma de la ley, denunciar irregularidades o ilegalidades ante el Tribunal de Cuentas de la Unión y respectivamente en los Tribunales de Cuentas de los Estados y Consejos de Cuentas de los Municipios. (Constitución Politica de la Republica Federativa de Brasil [1988])

El Ministerio de Transparencia, Fiscalización y Contraloría General de la Unión (CGU) es el órgano o agencia del Gobierno Federal de Brasil responsable de dar asistencia directa e inmediata al Presidente de la República en los asuntos que, en el ámbito del Poder Ejecutivo, sean relativos a la defensa del patrimonio público y al aumento de la transparencia de la gestión por medio de las actividades de control interno, auditoría pública, corrección, prevención y lucha contra la corrupción y defensoría del pueblo. El Ministerio es miembro de la INTOSAI

La CGU también debe ejercer, como órgano central, la supervisión técnica de los órganos que componen el sistema de Control Interno, el Sistema de Corrección, de las oficinas de Defensor del Pueblo del Poder Ejecutivo Federal, prestando la orientación normativa necesaria. (CGU - Transparencia, Fiscalización y Contraloria General de la Union, s.f.)

Su estructura está compuesta por el Ministro, la Secretaria General, Secretaria Federal de Control Interno (SFC), Secretaria de Transparencia y Prevención de la Corrupción, Magistrado General de la Unión, Defensor General de la Unión, Unidades Regionales de la CGU, Consultores especiales de Control Interno (AECI) y Organismos del Sector de Control Interno (CISET).

Se hace necesario para el presente trabajo presentar la estructura que posee la Secretaria Federal de Control Interno (SFC). Está integrada por un gabinete y siete consejos o direcciones que son caracterizadas por los temas específicos que manejan., estas son; Dirección de Auditoría de la Política Económica y Producción; Dirección de Auditoría de Política Social I; Dirección de Auditoría de Política Social II; Dirección de Auditoria Área de Infraestructura; Dirección Auditoria de Gobierno y Gestión; Dirección de Auditoría de Estado y Dirección de Planificación

y Coordinación de las Acciones de Control. En este sentido, la SFC tiene la función de evaluar la aplicación de los programas de gobierno; la verificación de la legalidad y la evaluación de los resultados, en cuanto a la eficacia y la eficiencia de la gestión de la administración pública federal; ejercer el control de las operaciones de crédito.

Fuente. Diseño adaptado por los autores. (21/02/2017). Organigrama del Ministerio de la Transparencia, Fiscalización y Controlaría General de la Union y SFC.[Imagen PNG] Recuperado de

http://www.cgu.gov.br/sobre/institucional/quem-e-quem/index