5. El entramado institucional europeo en el siglo XXI
5.1. Tipología de las organizaciones internacionales
Para situar mejor el papel que, en este sentido, van a tener las instituciones europeas como actores internacionales, se ha utilizado la clasificación que propone el mismo Díez de Velasco, en perfecta sintonía con un complejo relacional sistémico y heterogéneo. Este autor trata de agrupar a las organizaciones internacionales según su finalidad, su composición y sus competencias.
Por un lado, y atendiendo a su finalidad, se encuentran las organizaciones de fines generales y las de fines específicos. En segundo lugar se encuentran las organizaciones de ámbito universal y aquellas de ámbito regional, esto es, según su composición. El último grupo estará ordenado siguiendo las competencias entre la organización y sus miembros y, de esta manera, se puede decir que existen entidades de cooperación y organizaciones de integración o de unificación. A continuación se van a explicar estas diferencias con la intención de situar perfectamente aquellas entidades que van a aparecer en el presente libro:
Las organizaciones de fines generales trabajan sobre todas aquellas áreas útiles para
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su interés. Un ejemplo sería la ONU. O bien pueden excluir deliberadamente algún tema, como ocurre con los asuntos de defensa en el seno del Consejo de Europa. Las organizaciones que buscan objetivos específicos son la mayoría y es muy probable
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que estén estructuradas de manera que puedan perseguir más de una finalidad, como es el caso de la Unión Europea, que se orienta hacia objetivos económicos, políticos y sociales.
DIPLOMACIA PÚBLICA EUROPEA
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En las organizaciones de cooperación, los Estados miembros no ceden competencias
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soberanas, sino que se establece cierta cooperación y una coordinación que buscará satisfacer un interés general y común.
En cambio, en los sistemas basados en la integración y en la unificación, los Estados
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transfieren competencias y se adhieren o se someten a una autoridad superior que rige esas atribuciones. Una organización interestatal de integración no puede ser conside- rada como un sistema de Estados federales, puesto que los propios Estados miembros aún retienen poderes soberanos fundamentales. La Unión Europea (con 27 miembros desde el año 2007) participa de éstas características y, de esta manera, dentro del ámbito que nos implica —puesto que existe cierta autonomía, una serie de recursos propios, un carácter unificador y determinados recursos económicos—, puede participar en su propio nombre en las Relaciones Internacionales. Es por ello por lo que pueden establecerse las condiciones necesarias para desarrollar labores de diplomacia pública que otros actores, en cambio, no pueden hacer.
De la misma manera existen organizaciones con vocación universal, en las que po-
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tencialmente pueden participar todos los Estados, siempre y cuando se ajusten a los requerimientos de la entidad.
Las organizaciones de ámbito regional, en cambio, se restringen a un número limitado
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de Estados con determinadas características o afinidades objetivas (situación geográ- fica) o subjetivas (similitudes económicas, políticas, religiosas, etc.). Estas afinidades, en palabras de Díez de Velasco, “constituyen comunidades de intereses restringidos a un número determinado de Estados”, lo cual deja entrever que, de nuevo, el interés vuelve a hacerse patente como vínculo integrador.
5.2. ¿Es posible desarrollar una diplomacia pública propia
en las organizaciones internacionales?
Seguramente, una primera cuestión que venga a la cabeza del lector será la pregunta sobre si es posible que las instituciones puedan desplegar actividades de diplomacia pública, al igual que lo hacen los Estados. La respuesta, que en el apartado anterior se ha dejado entrever, es que son este tipo de entidades las que más acciones de diplomacia pública deben realizar, debido a que sus actividades e intereses se encuentran repartidos por diferentes puntos del sistema internacional y afectan a variadas redes y capas.
Aunque la verdadera y más completa razón que explica por qué las instituciones internaciona- les desarrollan una diplomacia pública se encuentra en su propia naturaleza.
Para la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas, este tipo de organizaciones son entendidas como una asociación de Estados, instituida por tratado, que posee una Consti- tución y órganos comunes, y con personalidad jurídica distinta de la de los Estados miembros. Estas atribuciones obligan a entender que se trata de actores que poseen una voluntad propia distinta de la de sus miembros. Una voluntad que se adquiere a través de un tratado, que supone
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el documento base por el que se determinarán los objetivos, los órganos, las condiciones de fun- cionamiento y las obligaciones de sus miembros.
Las voluntades e intereses específicos de las organizaciones internacionales son la principal causa que justifica su capacidad para desarrollar actuaciones de diplomacia al más alto nivel. El siglo pasado se ha presentado como una etapa caracterizada por un crecimiento significativo en el número de organizaciones internacionales. El reto del siglo XXI consiste en la estabiliza- ción de ese gran número de instituciones y, para conseguirlo, la mejor herramienta será el uso de una diplomacia eficaz, que favorezca el establecimiento de redes compactas de cooperación y el compromiso con el resto de actores del sistema internacional. Una diplomacia renovada, lejos de su concepción bilateral.
La evolución de la diplomacia, por lo tanto, será otro de los factores determinantes que legitimarán el uso del poder blando en las organizaciones internacionales. Para Lozano Bar- tolozzi, las diferentes modalidades de la diplomacia han determinado la formación de estas entidades internacionales, en el sentido de que se ha ido institucionalizando el tratamiento multilateral de los problemas y se ha tenido en cuenta la importancia del actor individual en un sistema internacional con tendencia a “extender, intensificar e integrar sus procesos de interacción”.
Por último, las organizaciones internacionales desarrollan una doble tarea comunicativa, coin- cidiendo con los objetivos que, en este sentido, pretende alcanzar toda labor de diplomacia pública. En primer lugar sirven como foro de diálogo para sus integrantes y, a la vez, consti- tuyen un elemento con voz propia en el entramado internacional.
Así, atendiendo a todas estas características intrínsecas a las organizaciones internacionales, queda totalmente justificado su rango como actores capacitados para desarrollar acciones de diplomacia pública y, por consiguiente, de poder blando.