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Categoría No. Sup. (ha)

Parques Municipales 5 193.72

Reservas Ecológicas Federales Reservas Ecológicas Estatales

Areas de Protección de Flora y Fauna

1 12 1 17,038.00 100,670.74 126,798.98 Cimas de Montaña, Lomeríos y Cerros del Estado de

México

1 68,090.44

Sin Decreto 7 792.07

Total 88 851,485.14

Cuadro. Áreas Naturales Protegidas en el Estado de México. Fuente CEPANAF

Federales

Nombre: Área de Protección de Flora y Fauna Ciénegas del Lerma Superficie: 3,024 ha.

Fecha Decreto: 27 de Noviembre de 2002.

Municipios: 8 municipios Lerma, Santiago Tianguistenco, Almoloya del Río, Calpulhuac, San Mateo Atenco, Metepec y Texcalyacac en el Estado de México

Región: Centro y Eje Neovolcánico

Nombre: Área de Protección de Flora y Fauna Corredor Biológico Chichinautzín Superficie: 37,195 ha.

Fecha Decreto: 30 de Noviembre de 1988

Municipios: DF: Tlalpan, Edo. México: Ocuilan y Juchitepec y 8 municipios de Morelos Huitzilac, Cuernavaca, Tepoztlán, Jiutepec, Tlalnepantla, Yautepec, Tlayacapan y Totolapan, Morelos.

Región: Centro y Eje Neovolcánico

Nombre: Área de Protección de Recursos Naturales Cuencas de los Ríos Valle de Bravo, Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec

Superficie: 172,879 ha.

Fecha Acuerdo: 23 de Junio de 2005; Decreto: 15 de Noviembre de 1941. DECRETO que declara zona protectora forestal los terrenos constitutivos de las Cuencas de los Ríos Valle de Bravo, Malacatepec, Tilostoc y Temascaltepec, Mex.

Estado: Estado de México y Michoacán

Municipios: Michoacán: Susupuato y Zitacuaro y 14 municipios del Estado de México Región: Centro y Eje Neovolcánico

Nombre: Parque Nacional Desierto del Carme o Nixcongo Superficie: 475 ha.

Fecha Decreto: 10 de Octubre de 1942. DECRETO que declara Parque Nacional, con el nombre de “Desierto del Carmen” o de Nixcongo, los terrenos que circundan al Convento del Carmen, en Tenancingo, Méx.

Estado: Estado de México Municipios: Tenancingo

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Nombre: Parque Nacional Miguel Hidalgo y Costilla Superficie: 1,920 ha.

Fecha Decreto: 18 de Septiembre de 1936. DECRETO que declara Parque Nacional Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla, una Zona de los Llanos de Salazar, Estado de México.

Estado: Estado de México y D.F.

Municipios: Edo. México: Ocoyoacac, Lerma y Huixquilucan, D.F: Cuajimalpa de Morelos Región: Centro y Eje Neovolcánico

Nombre: Parque Nacional Ixtaccíhuatl – Popocatépetl Superficie: 28,980 ha.

Fecha Acuerdo: 11 de Febrero de 1992; Modificación: 11 de Febrero de 1948; Decreto: 8 de Noviembre de 1935. DECRETO que declara Parque Nacional, las Montañas denominadas Iztaccíhuatl y Popocatépetl.

Estado: Estado de México, Puebla y Morelos

Municipios: 7 municipios del Edo. de México, 1 de Morelos y 4 de Puebla Región: Centro y Eje Neovolcánico

Nombre: Parque Nacional Lagunas de Zempoala Superficie: 4,556 ha.

Fecha Modificación: 19 de Mayo de 1947; Decreto: 27 de Noviembre de 1936. DECRETO que crea el Parque Nacional "Lagunas de Zempoala”

Estado: Estado de México y Morelos

Municipios: Morelos: Huitzilac; México: Ocuilan y Tianguistenco Región: Centro y Eje Neovolcánico

Nombre: Reserva de la Biosfera Mariposa Monarca Superficie: 56,258 ha.

Fecha Decreto: 10 de Noviembre de 2000; Acuerdo: 7 de Junio de 2000. DECRETO por el que se declara área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, la región denominada Mariposa Monarca, ubicada en los municipios de Temascalcingo, San Felipe del Progreso, Donato Guerra y Villa de Allende en el Estado de México, así como en los municipios de Contepec, Senguio, Angangueo, Ocampo, Zitácuaro y Aporo en el Estado de Michoacán, con una superficie total de 56,259-05-07.275 hectáreas.

Estado: Estado de México y Michoacán

Municipios: 6 municipios de Michoacán y 4 del Estado de México Región: Occidente y Pacífico Centro

Nombre: Parque Nacional Molino de Flores Netzahualcoyotl Superficie: 46 ha.

Fecha Decreto: 5 de Noviembre de 1937. DECRETO que declara Parque Nacional “Molino de Flores Netzahualcóyotl”, los terrenos de la Hacienda el Molino de Flores, en Texcoco, Mex.

Estado: Estado de México Municipios: Texcoco

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Nombre: Parque Nacional Nevado de Toluca Superficie: 53,988 ha.

Fecha Modificación: 19 de Febrero de 1937; Decreto: 25 de Enero de 1936.

Estado: Estado de México DECRETO que declara Parque Nacional el "Nevado de Toluca" Municipios: 10 municipios

Región: Centro y Eje Neovolcánico

Nombre: Parque Nacional Los Remedios Superficie: 468 ha.

Fecha Decreto: 15 de Abril de 1938. DECRETO que declara Parque Nacional “Los Remedios”, los terrenos del Estado de México, que el mismo limita.

Estado: Estado de México

Municipios: Naucalpan de Juárez Región: Centro y Eje Neovolcánico

Nombre: Parque Nacional Sacromonte Superficie: 44 ha.

Fecha Decreto: 29 de Agosto de 1939. DECRETO que declara Parque Nacional el Cerro de "Sacromonte", en Amecameca, Méx.

Estado: Estado de México

Municipios: Amecameca y Ayapango Región: Centro y Eje Neovolcánico

Fuente: www.conanp.gob.mx Sistema de Información Geográfica. Consulta 09 de octubre de 2007

Vinculación con el Proyecto.- La zona de estudio no se encuentra dentro de las poligonales de las áreas naturales protegidas del Parque Nacional Lagunas de Zempoala ni del Área de Protección de Flora y Fauna Corredor Biológico Chichinautzín.

Áreas Naturales Protegidas Estatales

Nombre: Parque Estatal, la montaña denominada Xocotepetl, con sus contrafuertes y laderas, como sitio de belleza natural y museo vivo de la flora y fauna de esta región

Fecha del Decreto: 08-02-1975 Municipio: Jocotitlán

Nombre: Parque Estatal denominado «Sierra Morelos» Fecha del Decreto: 29-07-1976, modificado el 15-09-1981 Municipio: Toluca.

Superficie: 3’949,614.20 m2

Nombre: Parque Estatal denominado «Sierra De Guadalupe» Fecha del Decreto: 10-08-1976,

Municipio: Tlalnepantla, Ecatepec de Morelos, Coacalco y Tultitlán Superficie: 6,322.50 hectáreas arriba de la cota 2,350 m.s.n.m

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Nombre: Parque Estatal denominado «Sierra Patlachique» Fecha del Decreto: 26-05-1977

Municipio: Acolman, Tepetlaoxtoc y Chiautla Superficie: 3,123 Has, sobre la cota 2 350

Nombre: Parque Estatal denominado «Sierra De Tepotzotlán» Fecha del Decreto: 26-05-1977

Municipio: Tepotzotlán y Huehuetoca Superficie: 13 175 has, sobre la cota 2,350.

Nombre: Parque Estatal denominado «Chapa De Mota» Fecha del Decreto: 26-05-1977

Municipio: Chapa de Mota y Villa del Carbón Superficie: 6 215-00-00 has, sobre la cota 2,650

Nombre: PARQUE ESTATAL DENOMINADO «CERRO GORDO» Fecha del Decreto: 26-05-1977

Municipio: Temascalapa, Axapusco y San Martín de las Pirámides Superficie: 3,027 has, sobre la cota 2,500

Nombre: Parque Estatal denominado «El Oso Bueno» Fecha del Decreto: 07-06-1977

Municipio: Acambay y Aculco,

Superficie: 15,288 hectáreas con una zona de influencia que mantendrá características que abarcan una extensión total de 72,522 hectáreas, sobre la cota 2,450 metros en su parte norte y 2,700 metros en su parte sur

Nombre: Parque Natural de Recreación Popular denominado «El Ocotal» Fecha del Decreto: 23-07-1977

Municipio: Timilpa

Superficie: 122-14-43 has

Nombre: Parque Municipal denominado «Tecula» Fecha del Decreto: 13-08-1977.

Municipio: Texcalyacac

Superficie: 83-00-00 has incluyendo una zona de influencia o reserva potencial de 800-00-00 has., aproximadamente, conocida como Monte Alto

Nombre: Parque Natural de Recreación Popular denominado «Nahuatlaca-Matlazinca» Fecha del Decreto: 20-09-1977.

Municipio: Joquicingo, Texcalyacac, Malinalco, Ocuilan, Tenango del Valle y Santiago Tianguistenco

Superficie: 27, 878 hectáreas

Vinculación con el Proyecto.- El Artículo Segundo señala “Las causas de utilidad pública que

justifican la creación de este Parque, son entre otras las siguientes: promover en forma intensiva la forestación y reforestación, control de corrientes pluviales, prevención de inundaciones y erosiones, regeneración y mejoramiento del suelo, de las aguas y de la atmósfera, que integran el medio ambiente, prohibiciones de construcciones y asentamientos humanos, que de alguna manera lesionen o impidan el buen funcionamiento del Parque o el quebrantamiento de la ecología

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de ese lugar”. El Articulo Quinto indica que los linderos del Parque son los siguientes: El límite parte de intersección del camino que va de Toluca a Ixtapa de la Sal, en la curva de nivel 2,600 metros sobre el nivel del mar, yendo por dicha curva hacia al Oriente para después de pasar los límites de las zonas urbanas de los Poblados de Santa María Jajalpa, San Pedro Techuchulco, San Miguel de Ocampo, Texcalyacac y San Lorenzo Huehuetitlán, llegar a la intersección de la curva mencionada con el camino viejo que va de la última población mencionada a la Ranchería de la Lagunilla, quedan las poblaciones nombradas anteriormente fuera de los limites de este Parque, se prosigue por el camino viejo citado y se llega a la población de la Lagunilla en el punto que este camino se une a la carretera que va de Tianguistenco a Chalma, continuando con la carretera mencionada, pasando por la poblaciones de Santa Marta, Santa Lucía, Dr. Gustavo Baz, Ocuilan de Arteaga, hasta llegar a Chalma, de donde se prosigue por la carretera que de esta población va a Maninalco, pasando por la poblaciones de Pueblo Nuevo, El Puentecito y la Ladrillera hasta llegar a Maninalco, de donde se continúa por la carretera que de esta población va a Joquicingo, pasando por los límites de las zonas urbanas de las poblaciones denominadas San Nicolás, San Sebastián, El Guarda y Santa Cruz Tezontepec, de modo tal que estos queden fuera del Parque que se describe, llegando a la población de Jaquicingo lo que rodea por el límite Norte y Este de su zona urbana, hasta alcanzar el camino viejo que va la población de San Francisco Tepexoxuca, la que se pasa igualmente por el límite de su zona urbana hasta llegar al camino viejo que de este lugar va a San Pedro Zictepec, rodeándolo por el límite poniente de su zona urbana hasta alcanzar la carretera que de Tenancingo viene a la población de Tenango de Arísta, continuando esta carretera hasta alcanzar el camino viejo que comunica la población continuando por esta carretera hasta alcanzar el camino viejo que comunica la población de Tenancingo con las poblaciones de Atlatlahuca, San Miguel Balderas, San Francisco Putla y Calimaya de Díaz González, efectuándose dicho alcance al Noreste de la población de Atlatlahuca ya mencionada, yendo por el camino viejo último descrito hasta alcanzar el camino que rodea la traza del cerro El Pedregal y Tetepetl por donde se prosigue siguiendo el camino y traza mencionados, pasando al Suroeste de San Francisco Tetetla y el límite Poniente y Sur del Poblado de Tenango de Arísta hasta alcanzar la curva de nivel dos mil seiscientos metros sobre el nivel del mar, continuando por ella hacia el Sureste hasta alcanzar su intersección con la carretera de Toluca-Tenancingo. que fue tomado como punto de partida para esta descripción.

Nombre: Parque Natural de Recreación Popular denominado “Sierra De Nanchititla” Fecha del Decreto: 10-12-1977

Municipio: Tejupilco Superficie: 67,410 has

Nombre: Parque Natural denominado «El Llano» Fecha del Decreto: 05-01-1978

Municipio: Jilotepec Superficie: 101-89-81 has

Nombre: Parque Estatal de Recreación Popular denominado “Parque Atizapán-Valle Escondido»

Fecha del Decreto: 10-06-1978 Municipio: Atizapán de Zaragoza Superficie: 300-00-00 has

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Nombre: Parque Municipal de Recreación Popular denominado «Laguna De Chignahuapan» Fecha del Decreto: 08-07-1978

Municipio: Almoloya del Río Superficie: 77-32-12 has

Nombre: Parque Natural de Recreación Popular denominado «José María Velasco» Fecha del Decreto: 28-09-1978

Municipio: Temascalcingo Superficie: 29,393 m2

Nombre: Parque Estatal denominado «Metropolitano de Naucalpan» Fecha del Decreto: 15-02-1979

Municipio: Naucalpan de Juárez Superficie: 1’570,731.91 M2

Nombre: Parque Municipal denominado “Parque Tlalnepantla” Fecha del Decreto: 15-02-1979

Municipio: Tlalnepantla Superficie: 42,084.350 m2

Nombre: Parque Ecológico Turístico y Recreativo Zempoala-La Bufa que se Denominará «Parque Otomí- Mexica»

Fecha del Decreto: 08-01-1980

Municipio: Ocuilán, Tianguistenco, Capulhuac, Jalatlaco, Ocoyoacac, Lerma, Huixquilucan, Naucalpan, Otzolotepec, Xonacatlán, Isidro Fabela, Temoaya, Jiquipilco, Jilotzingo, Villa Nicolás Romero, Villa del Carbón y Morelos

Superficie: 105,875 hectáreas arriba de la cota de 2,800 metros sobre el nivel del mar

Vinculación con el Proyecto.- De acuerdo al Decreto el «Parque Otomí-Mexica», comprende a partir del Macizo de Zempoala: La Sierra de Ocuilán, Jalatlaco, Estribaciones del Ajusco, Las Cruces, Sierra de Montealto y Sierra de la Bufa, con una longitud de 85 kilómetros y una extensión aproximada de 105,875 Hectáreas, arriba de la cota 2,800 metros sobre el nivel del mar. Que las causas de utilidad pública, que justifican la creación de este Parque son entre otras, las siguientes: forestación y reforestación, control de corrientes pluviales, absorción de aguas, prevención de inundaciones y erosiones, mejoramiento y boficiación de suelos, desarrollo de programas silvícolas, de saneamiento y aprovechamiento forestal, agrícolas y ganaderos de montaña, infraestructura turística, prohibición de construcciones que dificulten su buen funcionamiento y restricción de asentamientos humanos.

Nombre: El Parque Estatal Ecológico, Recreativo y Turístico denominado «Hermenegildo Galeana»

Fecha del Decreto: 03-04-1980 Municipio: Tenancingo

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Nombre: Parque Estatal Ecológico, Recreativo y Turístico, denominado «Isla De Las Aves» Fecha del Decreto: 19-06-1980

Municipio: Atlacomulco

Superficie: El Parque comprenderá tres polígonos, el primero con una superficie de 44,782.700 M2 que constituye una Isla dentro de la Presa J. Trinidad Fabela; el segundo con una superficie de 26,817.659 m2. propiedad Federal, a cargo de la Secretaría de Recursos Hidráulicos; y el tercero con una superficie de 43,521.300 m2., propiedad de la comunidad de Santiago Maxda, municipio de San Andrés Timilpan, del Estado de México, así como la propia Presa Fabela.

Nombre: Parque Ecológico y Recreativo de «Tenancingo», «Malinalco» y «Zumpahuacán» Fecha del Decreto: 18-07-1981

Municipio: Tenancingo Superficie: 25,625-62-35 has

Nombre: Parque Ecológico, Zoológico, Recreativo y Turístico, denominado «Tollocan- Calimaya»

Fecha del Decreto: 29-08-1981 Municipio: Calimaya

Superficie: 159-22-79 Has., incluidas las 29-16- 75 Has., que constituyen el Zoológico ubicado en la Ex-hacienda de Zacango, municipio de Calimaya de esta Entidad Federativa

Nombre: El Parque Metropolitano de Naucalpan

Fecha del Decreto: 09-10-1982 por el que se modifica el diverso relacionado con el Parque Metropolitano de Naucalpan segregando a este las fracciones a) y b) por el que se constituye en esas áreas el denominado «Parque Estado de México-Naucalli»

Municipio: Naucalpan de Juárez Superficie: 532,395.01 M2

Nombre: Parque Municipal de Recreación Popular denominado «El Calvario» Fecha del Decreto: 20-07-1988

Municipio: Metepec

Superficie: 211,771.73 metros cuadrados

Nombre: Zona de Preservación Ecológica

Fecha del Decreto: 26-10-1992 por el que se expropia a favor del Gobierno del Estado, el inmueble denominado «El Cerrillo», «Cerro Cualtenco», «Ex-hacienda de Metlaltepec» y «San Gabriel Metlaltepec», ubicado en el municipio de Valle de Bravo, Méx., para ser destinado a la constitución de una zona de preservación ecológica

Municipio: Valle de Bravo

Superficie: 193-33-48 hectáreascon las medidas y colindancias siguientes: al Norte 313.79 m, con carretera Colorines-Valle de Bravo, al Sur 922.50 m., con ranchería “El Cerrillo” al Oriente 3,279.89 m., con Presa Valle de Bravo; y al Poniente 2,845.08 m, con segunda y tercera ampliación al Ejido de San Juan Atexcapan

Nombre: Área Natural Protegida, Recreativa y Cultural, denominado «Alameda Poniente San José De La Pila»

Fecha del Decreto: 20-01-1993 Municipio: Toluca

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Nombre: Área Natural Protegida denominada “Tiacaque” Fecha del Decreto: 04-05-1993

Municipio: Jocotitlán Superficie: 6-74-72 has.

Nombre: Área Natural Protegida en su Categoría de Zona Sujeta a Conservación Ambiental al «Malpaís de Santo Tomás de Los Plátanos»

Fecha del Decreto: 06-08-1993 Municipio: Santo Tomás

Superficie: 145-04-89 hectáreas

Nombre: Área Natural Protegida, denominada “Zona De Recursos Naturales Río Grande - San Pedro”

Fecha del Decreto: 15-09-1993 Municipio: Amatepec y Tlatlaya Superficie: 91 578-00-00 ha.

Nombre: Parque Estatal Ecológico, Turístico y Recreativo denominado «Sierra Hermosa» Fecha del Decreto: .05-04-1994

Municipio: Tecamac

Superficie: 653 hectáreas que corresponden a la Ex-hacienda de «Sierra Hermosa» propiedad del Gobierno del Estado de México

Nombre: Parque Estatal Ecológico, Turístico y Recreativo denominado «San José Chalco» Fecha del Decreto: . 02-06-1994

Municipio: Ixtapaluca Superficie: 169,321.30 m2

Nombre: Zona Sujeta a Conservación Ambiental denominada «Espíritu Santo» Fecha del Decreto: 11-08-1994

Municipio: Jilotzingo

Superficie: 234-01-07 hectáreas

Nombre: Área Natural Protegida sujeta a Conservación Ambiental de las «Barrancas del Huizachal»», del Arroyo «Santa Cruz» y del Arroyo «Plan de Zanja»

Fecha del Decreto: 16-08-1994 Municipio: Naucalpan de Juárez Superficie: 61-40-98.05 hectáreas

Nombre: Área Natural Protegida sujeta a Conservación Ambiental de as «Barrancas Río La Pastora», «Río De La Loma» y «Río San Joaquín»

Fecha del Decreto: 16 -08-1994 Municipio: Huixquilucan

Superficie: 129-77- 66.85 hectáreas

Nombre: Parque Municipal denominado «Las Sequoias» Fecha del Decreto: 08-03-1995

Municipio: Jilotepec Superficie: 80,394.90 m2

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Nombre: Zona Sujeta a Conservación Ambiental denominada «Barranca Tecamachalco» Fecha del Decreto17-01-1996

Municipio: Naucalpan de Juárez Superficie: 15-42- 28.61 has.

Nombre: Zona Sujeta a Conservación Ambiental denominada «Barranca México 68» Fecha del Decreto: 05-07-1996

Municipio: Naucalpan de Juárez Superficie: 1-15- 35.38 hectáreas.

Fuente: Áreas Naturales Protegidas con Decretos Estatales Vol. 1 Primera edición electrónica: marzo del 2001Instituto Nacional de Ecología-Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas. SEMARNAT

Vinculación con el Proyecto.- La zona de estudio no se encuentra dentro de las poligonales de las áreas naturales protegidas del Parque Nacional Lagunas de Zempoala ni del Área de Protección de Flora y Fauna Corredor Biológico Chichinautzín.

El Municipio de Ocuilan forma parte de las Áreas Naturales Protegidas estatales; Parque Natural de Recreación Popular denominado «Nahuatlaca-Matlazinca», decretado el 20 de septiembre de 1997, y del Parque Ecológico Turístico y Recreativo Zempoala-La Bufa que se Denominará «Parque Otomí- Mexica» decretado el 8 de enero de 1980, de acuerdo a la ubicación y lineamientos de ambos decretos, la zona de estudio no queda comprendida dentro de estas áreas.

II.3.1.- SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS (SINAP)

De acuerdo a las disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) en el Artículo 76 Título Segundo, Capítulo I, sección IV, referente al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, menciona que: “La Secretaría integrará el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, con el propósito de incluir en el mismo, las áreas que por su biodiversidad y características ecológicas sean consideradas de especial relevancia en el país.” Así mismo, con la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Reglamento de la LGEEPA en materia de Áreas Naturales Protegidas del 30 de noviembre del 2000, se establecieron los criterios que deben considerarse para incorporar a un ANP en el Registro del SINAP, aquellas áreas que presenten especial relevancia en algunas de las siguientes características:

1. Riqueza de especies; 2. Presencia de endemismos;

3. Presencia de especies de distribución restringida; 4. Presencia de especies en riesgo;

5. Diferencia de especies con respecto a otras áreas protegidas previamente incorporadas al Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas;

6. Diversidad de ecosistemas presentes; 7. Presencia de ecosistemas relictuales;

8. Presencia de ecosistemas de distribución restringida; 9. Presencia de fenómenos naturales importantes o frágiles; 10. Integridad funcional de los ecosistemas;

11. Importancia de los servicios ambientales generados, y 12. Viabilidad social para su preservación

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